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Resolución de Empates |
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En el evento de existir empate en el puntaje promedio general de todas las líneas, la comisión evaluadora resolverá esto, aplicando las siguientes consideraciones:
Se buscará en primer término en las ofertas empatadas, el mejor promedio obtenido para el factor Oferta Económica, adjudicando a dicho oferente la licitación (Art.17.1).
Sí el empate aún persiste, se considerará de entre las ofertas en que persista el empate, el mejor promedio obtenido en el factor Cumplimiento Especificaciones Técnicas, a éste se procederá a adjudicar la licitación. (Art.17.1).
Si el empate aún persiste, se considerará de entre las ofertas en que persista el empate, el mejor promedio obtenido en el factor Plazo de entrega, a éste se procederá a adjudicar la licitación. (Art.17.1).
Si el empate aún persiste, se considerará de entre las ofertas en que persista el empate, el mejor promedio obtenido en el factor cumplimiento de requisitos formales, a éste se procederá a adjudicar la licitación. (Art.17.1).
De persistir el empate, se adjudicará al proveedor que cuente con el mayor puntaje en el criterio Cumplimiento de Programa de Integridad a éste se procederá a adjudicar la licitación. (Art.17.1).
Finalmente, de mantenerse la igualdad, se adjudicará a aquel oferente que haya ingresado primero su propuesta en el portal Mercado Público considerándose la hora en que aquello se efectúe.
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Pacto de integridad |
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El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
- El oferente se obliga a no intentar ofrecer o conceder sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
- El oferente se obliga a no intentar efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respeta las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y el o los contratos que de ellos se derivasen.
- El oferente se obliga y acepta asumir las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como también las previstas en la legislación y normativa que sean aplicables.
- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, asesores, agentes y todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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PRESENTACION DE LA OFERTA |
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El oferente no podrá ofertar por un periodo inferior a los meses establecidos en las bases como vigencia del contrato o su oferta será rechazada.
Las propuestas no podrán estar sometidas a restricciones que alteren las condiciones de estas bases o a condicionamientos para su adjudicación y deberán tener una validez mínima de 90 días contados desde la fecha de cierre de la licitación y los precios ofrecidos se cotizarán en pesos chilenos, netos. Tratándose de un contrato a suma alzada, será en moneda nacional y no podrá modificarse durante toda la vigencia del contrato, por cuanto el valor ofertado no devengará reajustes ni intereses.
No obstante, lo anterior deberá cumplir con lo requerido en el artículo Nº15, en cuanto a llenar los formularios, requisitos presentados por el Mandante. será obligatorio completar por parte del oferente todos los formularios que se adjuntan y los correspondientes respaldos de la información solicitada, ya que no se revisará otro tipo de presentación que efectúe el oferente, salvo alguna certificación que se solicite, lo que se evaluará en el criterio Cumplimiento de Requisitos.
La presentación de las propuestas deberá hacerse en los formularios que se indican en anexos, los que deben quedar ingresados junto a los antecedentes solicitados a través de www.mercadopublico.cl , debidamente adjuntados dentro de las fechas indicadas en las presentes bases Administrativas. Asimismo, deberá completarse en el campo respectivo en www.mercadopublico.cl que corresponda y que deberá ser de acuerdo con lo señalado en los documentos de la oferta.
Cualquier omisión por parte del Oferente, será a su propio riesgo y sólo él será responsable de los errores u omisiones en que incurra.
Se deja establecido que la modalidad expuesta anteriormente es obligatoria para todos los oferentes.
La licitación será por línea, el Valor Neto de cada línea es el que será evaluado en el Criterio oferta económica.
Aquellas ofertas que no fueran presentadas a través del portal, en los términos solicitados, quedarán marginadas de la propuesta y no serán consideradas en la evaluación. Lo anterior, sin perjuicio de que concurra y se acredite algunas de las causales de excepción establecidas en el artículo 115 del Reglamento de la Ley de Compras.
La entidad licitante declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases, sin perjuicio de la facultad de la entidad licitante de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, de acuerdo con lo establecido en el artículo 56, del Reglamento de la Ley N°19.886 y sus modificaciones.
Los oferentes no deben estar afectos a la prohibición establecida en la Ley 19.886. Capítulo II “De los requisitos para contratar con los organismos del Estado”, artículo 4º, y su modernización a través de la ley 21.634.
Sera exclusiva responsabilidad de los oferentes el proporcionar en forma oportuna, clara y completa todos los antecedentes exigidos y el contenido de estos y la veracidad de lo que en ellos conste. El Hospital tendrá las más amplias facultades, tanto para efectuar la verificación de los antecedentes presentados por los oferentes como de aquellos que apoyan o respaldan sus ofertas. En consecuencia, las ofertas no podrán contener limitaciones sobre la base de supuestos o interpretaciones estimadas por el licitante.
Los oferentes podrán presentar ofertas alternativas siempre y cuando estas cumplan con las especificaciones solicitadas, en este caso los oferentes deberán ingresar esta oferta por separado en el portal identificando claramente cuál es su oferta principal y cuál es su oferta alternativa.
Para ingresar la oferta al portal, se recomienda consultar el manual de proveedores, el cual se encuentra disponible en la página web www.mercadopublico.cl, link Centro de Información o llamando a la mesa de ayuda al 6007000600.
Además, con el objeto de que quede constancia del envío de la oferta, se recomienda, imprimir el comprobante de envío de la oferta.
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ADJUDICACION |
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La adjudicación será por línea para la contratación de CONVENIO DE SUMINISTRO DE APOSITOS DIFERENTES MEDIDAS. La Comisión evaluadora deberá entregar como resultado de su trabajo un cuadro comparativo de las ofertas y un informe final que lo resuma y propondrá al Director adjudicar a la oferta que obtenga mayor puntaje en la evaluación.
El resultado de dicho proceso conformará los antecedentes que sustenten el acto administrativo de adjudicación.
Así mismo y conforme a lo estipulado en la Ley Nº19.886 y Su modernización, el Hospital deberá declarar las ofertas inadmisibles cuando éstas no cumpliesen con los requisitos establecidos en las presentes Bases y declarar desierta la licitación por resolución fundada si no se presentaren ofertas.
Las ofertas que no hayan sido adjudicadas en la evaluación deberán mantenerse hasta que les sea devuelta la garantía de seriedad de la oferta.
El Hospital se reserva el derecho de adjudicar, de acuerdo con sus disponibilidades financieras.
El proceso de adjudicación contempla las siguientes etapas:
• Fecha de Adjudicación: Cuando la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado, se informará al Sistema de Información las razones que justifican tal incumplimiento. En este caso el Hospital Claudio Vicuña solicitará a los oferentes extender la vigencia de su oferta por un periodo no inferior de 5 días hábiles ni superior a 15 días hábiles. Se indicará un nuevo plazo para la adjudicación, el cual, no será superior a 10 días hábiles contando desde que se informan los incumplimientos.
• Resolución de Adjudicación: La adjudicación se hará mediante el acto administrativo dictada por la autoridad competente, una vez que esté totalmente tramitada será publicada a través del portal www.mercadopublico.cl, conjuntamente serán publicados en el mismo sitio los resultados de la evaluación de los proponentes.
• Publicación en Página Web: El Hospital adjudicará, publicará e informará el nombre de él o los adjudicatarios en el sitio www.mercadopublico.cl, y conforme al Reglamento de la Ley N°19.886 y sus modificaciones, se entenderá notificada dentro de las 24 horas una vez que se adjunte en el portal www.mercadopublico.cl, el acto administrativo totalmente tramitado que apruebe la adjudicación.
• Notificación de Adjudicación: Una vez que se haya adjudicado la licitación, el portal www.mercadopublico.cl procederá a notificar la decisión al adjudicatario mediante correo electrónico como asimismo a los demás oferentes que hubiesen participado en la presente Propuesta Pública.
• Desistimiento: Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se habilita en el registro de Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y proceder a readjudicar al oferente que de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje.
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CONTRATO |
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Para el proveedor que se adjudique un monto igual o superior a 1000 UTM (valor UTM enero 2025), el Contrato se formalizará con firma ante Notario en un plazo de 20 días corridos a contar de la fecha de Adjudicación de la Licitación en el Portal. Resuelta la adjudicación de la licitación el Adjudicado debe entregar el contrato firmado en la oficina de Partes del Hospital junto a la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, para asegurar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones contraídas en la forma y condiciones establecidas en las presentes Bases.
El Contrato será aprobado por Resolución Exenta del Director del Hospital. Al momento de contratar el Adjudicado debe estar Habilitado en ChileProveedores.
Vencido el plazo de los 20 días corridos sin que el proponente adjudicado haya suscrito el contrato, el mandante declarará nula la adjudicación, en esa circunstancia el mandante, deberá determinar si adjudica al siguiente proponente evaluado o declara desierta la propuesta efectuando un nuevo llamado a licitación.
En caso que la adjudicación a un proveedor sea menor a 1000 UTM (valor UTM enero 2025) El contrato se formalizará de acuerdo al Art. 63 del Reglamento de la Ley N°19.886 de Compras Públicas y sus modificaciones, mediante la emisión de Orden de Compra.
Formarán parte del contrato todos los documentos que la regulan señalados en el Art. Nº5 de las presentes Bases Administrativas.
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VIGENCIA DEL CONTRATO |
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El contrato que el Hospital Claudio Vicuña celebre con el adjudicatario tendrá vigencia de 12 meses y por razones de buen servicio del Hospital comenzara a regir desde la fecha de la tramitación de la Resolución de Adjudicación, pudiendo ser prorrogado, por una sola vez, hasta por 6 meses en las mismas condiciones, en la medida que exista disponibilidad presupuestaria independiente de la cantidad requerida para 12 meses, se podrá solicitar cualquier producto según la necesidad del servicio.
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AUMENTO Y DISMINUCION |
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El Hospital se reserva el derecho de aumentar o disminuir los productos, materia de encargo, del presente contrato, teniendo como límite del aumento el 30% del valor originalmente pactado en el presente contrato, en virtud de lo señalado en el inciso final del Artículo 77 del reglamento de compras públicas. Para tal efecto, en caso de realizarse un aumento de los insumos adjudicados, deberá ser efectuada mediante acuerdo suscrito a tal efecto y entrará en vigencia una vez totalmente tramitado el acto administrativo aprobatorio del mismo.
La facultad de aplicación de las acciones de este Artículo es de exclusiva responsabilidad del Director del Hospital y se canalizará con una petición escrita de parte de éste a las líneas jerárquicas subordinadas del Hospital.
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