Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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1. GENERALIDADES |
La presente propuesta es convocada por la Municipalidad de Pozo Almonte, en adelante IMPA, quien actuará como mandante para los efectos del llamado, adjudicación, contratación y recepción de los bienes solicitados.
Las unidades técnica a cargo de la presente propuesta seran la Unidad de Adquisiciones y el departamento requirente de la compra y/o servicio, la que estará encargada de realizar la evaluación de las ofertas y la correcta formalización y ejecución del contrato a que de origen la adjudicación del presente proceso licitatorio así como de gestionar los pagos derivados de la adquisición de los bienes.
Las condiciones y requisitos administrativos y técnicos de las presentes Bases se consideran condiciones mínimas, no obstante, será materia de la Oferta presentada por el proponente, la presentación y descripción de otro tipo de garantías, servicios y adicionales no mencionados en estas bases y sus documentos relacionados, los que serán evaluados favorablemente, de ser ventajosos para la Municipalidad.
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2. OFERENTES QUE PUEDEN PARTICIPAR. |
Todas las personas naturales o jurídicas que presten o comercialicen los bienes requeridos, y que cumplan con los requisitos establecidos en los antecedentes de esta propuesta, estén inscritos como proveedores en el Sistema de Compras y Contratación Pública, no se encuentren inhabilitados jurídicamente para contratar con organismos del Estado al tenor de lo dispuesto en el Artículo 4° de la Ley de Bases Sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios N° 19.886, no estar afectas a alguna de las inhabilidades o incompatibilidades contempladas en el Artículo 92° del Reglamento de la Ley N° 19.886 y que cumplan con los requisitos establecidos que rigen este proceso licitatorio.
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3. PUBLICACIÓN, CONSULTAS, ACLARACIONES Y MODIFICACIONES. |
El llamado a presentar propuestas y la recepción de las ofertas se hará exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl.
La Municipalidad podrá, fundadamente, suplementar o complementar los requerimientos técnicos y plazos de la licitación hasta antes de la Apertura. De igual modo, podrá emitir para todos los participantes, aclaraciones a las bases y modificaciones o enmiendas, ya sea por iniciativa propia o las que hubieren surgido con motivo de las consultas efectuadas por algún proponente.
Las consultas u observaciones que los interesados deseen formular con relación a la materia de esta propuesta, deberán ser realizadas SOLAMENTE a través de la página web www.mercadopublico.cl en el ciclo determinado para el foro de consultas. La Municipalidad procederá a analizar y responder las consultas formuladas.
Las respuestas se pondrán a disposición del público en la página web www.mercadopublico.cl, en los plazos dispuestos en el foro de consultas de esta adquisición, y desde entonces pasarán a formar parte integrante de las presentes Bases.
Las bases administrativas deberán considerarse como integrante del contrato a que de origen la adjudicación de la presente licitación.
Es obligación del oferente, el revisar permanentemente la página web www.mercadopublico.cl mientras dure todo el proceso licitatorio, no pudiendo alegar desconocimiento de la información que allí sea publicada.
Todos los servicios conexos o adicionales no solicitados por el municipio ofertados por el oferente que resulte adjudicado, se entenderán formar parte integral por la presente propuesta se contraten, quedando el adjudicatario obligado a entregarlos en los términos por él ofertados.
La Municipalidad de Pozo Almonte se reserva el derecho de “revocar” o “suspender” este proceso de licitación en cualquier momento mediante acto administrativo fundado y autorizado.
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4. FINANCIAMIENTO. |
La propuesta será financiada por la IMPA mediante fondos Municipales.
Encargado de la Dirección de Administración y Finanzas Don Alex Rojas Delgado, Electrónico: Director.daf@impa.gob.cl, fono : 57-2407208.
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5. FORMA DE PAGO. |
La Municipalidad pagará al adjudicado el valor correspondiente al monto bruto indicado en su oferta económica. Si las hubiere, se descontará de esta cantidad, el monto correspondiente a multas y/o sanciones del mes anterior.
Para el pago se deberá entregar en la DAF, factura en original a nombre de la Ilustre Municipalidad de Pozo Almonte, RUT Nº 83.017.500-8 con domicilio en Balmaceda Nº 276.
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6. PRESENTACIÓN Y RECEPCIÓN DE LA OFERTA. |
OBLIGATORIAMENTE toda la documentación solicitada en estas bases deberá ser ingresada al portal www.mercadopublico.cl.
Será responsabilidad única del oferente ingresar la oferta y la documentación solicitada para la presente propuesta en forma correcta en el portal www.mercadopublico.cl.
Al ingresar la documentación al portal, se debe considerar ésta sea realizada de manera clara y ordenada, especificando el nombre del archivo y documento que contiene, con el fin de hacer más expedito la revisión de éstos.
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7. APERTURA DE LA OFERTA. |
El Acto de Apertura es el acto público en la que los miembros de la Unidades Técnicas de Propuestas procede a verificar y constatar la oferta administrativa, técnica y económica de cada oferente.
En este caso, sólo se constatará la existencia y el cumplimiento en cuanto a su forma y plazos de la documentación exigida en estas Bases.
Las Unidades Técnica, se reservará el derecho de admitir aquellas ofertas que a su juicio presenten defectos de forma, omisiones, o errores sin importancia, siempre que estos no alteren el tratamiento igualitario de los proponentes ni la correcta evaluación de la propuesta atendiendo en primera instancia el beneficio municipal.
La Unidad Técnica podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, en tanto que las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a estos oferentes una situación de privilegio ni se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes. Asimismo, la Municipalidad podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar su oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables.
Lo dispuesto en el número anterior, se hará conforme los términos del inciso segundo del Art. 40° del Reglamento de la Ley de Compras y el plazo para su presentación será de dos (2) días hábiles desde que se le notifique a través del portal al oferente que haya incurrido en la omisión, bajo el apercibimiento de que su oferta será declarada inadmisible si no cumple con dicho plazo.
Todos los documentos, antecedentes comerciales, personales y demás datos subidos al portal, se presumirán fidedignos, por lo que la Municipalidad de Pozo Almonte, se basará en ello para analizar la propuesta, sin perjuicio de requerir mayor información cuando lo estime necesario. En consecuencia, cualquier falsedad en los datos y documentos proporcionados, falsificación de firmas, etc., será de exclusiva responsabilidad del proponente, sin perjuicio de las acciones legales a que diera lugar.
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8. EVALUACIÓN DE LA OFERTA. |
La Unidad Técnica, analizará las propuestas recibidas.
Esta Unidad constara del departamento Requirente y la Unidad de Adquisiciones de la.
Estas Unidades determinará la proposición de Adjudicación a la Autoridad Alcaldicia. De ser necesario, para una mejor Resolución, se solicitará antecedentes complementarios para la evaluación de la propuesta, además, se podrá requerir, en caso de ser necesaria la opinión y apoyo mediante consultas a especialistas externos de las áreas es cuestión.
También se podrán solicitar vía portal del mercado público a cada uno de los proponentes a través del Foro Inverso, en conjunto o individualmente, aclaraciones, documentación o certificados sobre cualquier aspecto de su oferta. Estas aclaraciones deberán ser ingresada en el portal www.mercadopublico.cl a más tardar dentro de los 02 días hábiles siguientes contados desde se notifique el requerimiento a través del portal del mercado púbico.
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9. ADJUDICACIÓN. |
La Municipalidad se reserva el derecho de aceptar total o parcialmente, cualquiera de las ofertas presentadas o rechazarlas todas. Igualmente, podrá adjudicar la Propuesta conjuntamente a más de un Proponente. Asimismo, podrá declarar desierta la Propuesta, aún antes de su apertura, en ejercicio de su deber de velar por el resguardo de los intereses municipales.
En tal sentido, la oferta se declarará inadmisible, si de acuerdo al estudio de los antecedentes presentados se estimará que las propuestas no reúnen los requisitos exigidos en las bases, o desierta, cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a los intereses de la Municipalidad.
La licitación será adjudicada al oferente seleccionado que presente la propuesta más ventajosa considerando los criterios de evaluación con sus correspondientes puntajes y ponderaciones.
Se comunicará por medio del Portal www.mercadopublico.cl, a los señores oferentes el resultado de la adjudicación, informándole al Oferente Adjudicado, el monto y plazo de la Boleta de Fiel Cumplimiento de Contrato, que deberá acompañar en su oportunidad.
El oferente que resulte favorecido con la adjudicación deberá concurrir a las oficinas de la Municipalidad de Pozo Almonte, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación oficial, para suscribir el contrato con la I.M.P.A. y efectuar su protocolización ante Notario Público, importe que será de cargo del contratista.
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10. FORMULACIÓN DE CONTRATO Y PLAZO DE DURACIÓN DE OFERTAS |
Los contratos menores a 100 UTM se formalizarán mediante la emisión de la orden de compra y la aceptación de ésta por parte del proveedor. De la misma forma podrán formalizarse las adquisiciones superiores a ese monto e inferiores a 1.000 UTM, cuando se trate de bienes o servicios estándar de simple y objetiva especificación.
En caso que una orden de compra no haya sido aceptada, esta entidad podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud.
El plazo de validez de las ofertas será de 60 días corridos, Si el Adjudicatario se niega a cumplir con su oferta, y a suscribir el correspondiente contrato definitivo, será responsable por el incumplimiento de conformidad a lo establecido en la Ley de Compras y en el Reglamento.
El contrato deberá ser suscrito dentro del plazo de 1 días hábiles a contar de la notificación a través del portal Mercado Público del Decreto Alcaldicio de Adjudicación y siempre que previamente el adjudicatario haga entrega de la Garantía de fiel cumplimiento del contrato si se requiere
El adjudicatario, no podrá ceder o transferir el contrato en cuanto a las obligaciones por él contraídas, a persona natural o jurídica alguna, salvo las disposiciones que permita la Ley de Compras en el marco de la creación de una Unión Temporal de Proveedores. No obstante lo anterior, el proponente que presente la oferta se mantendrá siempre como único y exclusivo responsable ante la IMPA.
Se entenderá que forman parte del contrato las presentes bases, las consultas y sus respuestas, las aclaraciones, las rectificaciones, complementaciones y enmiendas de las Bases, las propuestas económicas y otros documentos adjuntados por el oferente adjudicado.
La Ilustre Municipalidad de Pozo Almonte podrá incorporar al contrato toda cláusula que tenga por finalidad asegurar el correcto y completo cumplimiento de la entrega de los bienes solicitados.
La unidad técnica designada deberá velar por el cumplimiento de las obligaciones contractuales con el fin de monitorear que los trabajos se estén entregando en la forma ofertada por el proveedor. En caso de detectarse alguna falla se solicitará al proveedor tome las medidas para corregir el problema como instancia previa antes del curse de multas, término anticipado o el cobro de boleta según corresponda.
Nota: En caso que el o los proveedores adjudicados no estén inscritos en el Registro electrónico oficial de contratistas de la Administración, Chileproveedores, estarán obligados a inscribirse dentro del plazo de 15 días corridos contados desde la adjudicación.
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11. MODIFICACIONES Y TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO. |
El contrato podrá modificarse o terminarse anticipadamente, por las siguientes causas:
a. Resciliación o mutuo acuerdo de las partes.
b. Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante. Se entenderá por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante, la no ejecución o ejecución tardía de las prestaciones que el proveedor obligó al momento de firmar el contrato, sin que exista alguna causal que la exima de responsabilidad por el incumplimiento y que genere a la IMPA un perjuicio significativo en el cumplimiento de sus funciones.
c. Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
d. Por exigirlo el interés público o nacional o la seguridad nacional.
e. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores contratados en los últimos dos años.
f. Por reiterada aplicación de multas ante incumplimiento de los servicios contratados.
g. Quiebra del contratista.
h. En caso de muerte del contratista o socio que implique término de giro de la empresa.
i. Por subcontratación total del contrato.
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12. ERRORES U OMISIONES DETECTADOS DURANTE LA EVALUACIÓN: |
La Entidad Licitante podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. La entidad licitante podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Para ello, esta posibilidad deberá estar contemplada en las bases de licitación, en las que se especificará un plazo breve y fatal para la corrección de estas omisiones, contado desde el requerimiento de la entidad licitante, el que se informará a través del Sistema. En estos casos, las bases deberán contemplar, dentro de los criterios de evaluación, el cumplimiento de los requisitos formales de presentación de la oferta, asignando menor puntaje a las ofertas que no cumplieron, dentro del plazo para presentación de ofertas, con todo lo requerido.
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13. FECHA DE ADJUDICACIÓN |
En caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación de las presentes bases de licitación, se publicara una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, informando allí las razones del atraso.
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PLAZO DE ENTREGA DE LOS BIENES |
En caso de no indicar los plazos de entrega de los bienes, puesto en Pozo Almonte se procederá a evaluar los días de entrega, según tabla que indica.
I REGION 1 DIA
II REGION 2 DIAS
III A V REGION 5 DIAS
REGION METROPOLITANA 7 DIAS
VI A IX REGION 9 DIAS
X A XII REGION 11 DIAS
XIV REGION 10 DIAS
XV REGION 2 DIAS
No se asignara puntaje en evaluación de las ofertas, a los proveedores de otras regiones que indiquen o establezcan entrega inmediata de los bienes o servicios ofertados, quedando así establecido que es obligación, indicar plazo de entrega de los productos puesto en bodega municipal, Ubicada en calle comercio Nro. 276 de la Ciudad de Pozo Almonte, Región de Tarapacá, considerando flete, traslado y otros.
El plazo de entrega será ofertado por los proponentes y este será contado desde la fecha en que se suscriba el contrato.
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15. AUMENTOS Y DISMINUCIONES AL CONTRATO. |
Los aumentos y/o disminuciones de productos contratados o servicios extraordinarios de iniciativa Municipal, serán propuestos directamente por la Unidad Técnica, a fin que se autoricen por el Señor Alcalde o en quien éste haya delegado dicha facultad, mediante el correspondiente Decreto Alcaldicio. La ejecución de dichos aumentos y/o disminuciones de los productos contratados o productos extraordinarios no podrán realizarse sin previa notificación al contratista del respectivo Decreto Alcaldicio que lo disponga.
En los casos que la Municipalidad solicite un aumento y/o disminución, este no podrán sobrepasar en su conjunto, el 30% del precio inicial del contrato o de la orden de compra, siempre que dicho porcentaje no exceda de 1.000 UTM.
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16. MULTAS. |
El o los Adjudicatarios podrán ser sancionados con una multa igual a un 1 % sobre el 100% del valor bruto de la Orden de Compra, por cada día de atraso en su entrega. El comprador podrá aplicar la multa a través del correspondiente descuento en el precio a pagar al Adjudicatario.
Procedimiento cobro de multa: información recibida a través de la bodega municipal o unidad técnica, la cual será mediante un decreto alcaldisio y entregado a la unidad de adquisiciones con el fin de notificar al proveedor, la cual será enviada a través de mail y ingresada al portal mercado público, estipulando solo un plazo de 3 días corridos para su apelación.
Una vez apelada o mail de aceptación de cobro de multas la unidad de adquisiciones informara a la unidad de requirente o técnica, la cual procederá a efectuar el trámite administrativo para el posterior pago.
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17. LUGAR DE ENTREGA DE LOS PRODUCTOS ADJUDICADOS. |
La entrega de los productos deberá hacerse en las Bodegas de la IMPA ubicadas en Balmaceda N° 276 o en otro lugar que disponga la unidad técnica de la propuesta, en horario de Lunes a Viernes entre las 08:30 y 17:00 horas, en un horario previamente convenido.
En la eventualidad que la IMPA rechace total o parcialmente alguna entrega de productos, se notificará este hecho al proveedor mediante el envío de correo electrónico.
Los artículos que sean rechazados deberán ser retirados por el proveedor, a su costa, a más tardar dentro de 72 horas de ser notificado. Para estos efectos, el proveedor se entenderá notificado una vez que hayan transcurrido 24 horas desde el envío del correo electrónico.
El proveedor deberá corregir o reemplazar los artículos conforme a la muestra de los productos adjudicados, dentro del plazo de 15 días corridos, contados desde la fecha de envío del correo antes mencionado.
En caso que el proveedor no retire los productos rechazados, o no corrija o reemplace éstos en los plazos establecidos, la IMPA podrá rebajar del pago el valor correspondiente a los productos rechazados, o bien, si a su juicio los productos rechazados representan una cantidad importante del total contratado, dejar sin efecto en su totalidad el contrato de adquisición respecto a este producto.
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18. UNIDAD TECNICA |
Será la unidad municipal requirente del servicio o compra, siendo esta la responsable de entregar a esta unidad las respuestas o aclaración en caso de consulta a través del portal, previamente renviadas por la unidad de adquisiciones, respetando los plazos establecidos en el portal mercado público, además será la unidad encargada de realizar evaluación de las ofertas recibidas, solicitar disponibilidad presupuestaria a la Daf, entregando todos los antecedentes a la unidad de adquisiciones para realizar el trámite adjudicación.
cabe indicar que la unidad técnicas además son las encargadas de realizar el contrato en caso que se requiera, siendo responsables de velar por el cumplimiento del contrato suscrito y/o Orden de Compra Emitida, emitiendo certificado de recepción conforme para posterior realizar pago.
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