BASES TECNICO - ADMINISTRATIVAS
“CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE PROFESIONAL PARA FISCALIZACIÓN FORESTAL EN EL AREA DE CONSTITUCION, PROVINCIA DE TALCA"
1.- ANTECEDENTES GENERALES DE LA LICITACION:
La Corporación Nacional Forestal desarrolla diversas acciones de fiscalización forestal en el Área de Constitución, Provincia de Talca, con el objetivo de detectar las posibles trasgresiones que ocurren en el Recurso Forestal del Área y la Provincia, siempre con un mayor énfasis en el recurso nativo dada la dificultad de reposición, recuperación y por constituir un recurso especialmente sensible para la ciudadanía.
La fiscalización forestal se circunscribe a aquellas formaciones vegetales que conforman bosque dentro de nuestro territorio nacional, ya sean éstos nativos o plantaciones forestales, formaciones xerofíticas o ejemplares declarados Monumentos Naturales. Asimismo, la fiscalización forestal aplica al medio ambiente asociado a este recurso forestal, velando por la protección de los suelos, aguas y humedales que pudieran verse afectados por las actividades productivas o extractivas que se realicen en él.
En este sentido, los servicios a contratar se requieren para la Provincia de Talca, Área Constitución, con las especificaciones técnicas detalladas más adelante. Además, cabe señalar, que toda propuesta deberá ajustarse a las condiciones que establecen las presentes Bases Técnico-Administrativa y las aclaraciones que en el proceso de licitación se hicieren a ellas.
1.1.- Objetivo General.
Contratar los servicios profesionales de un Ingeniero Forestal que contribuyan a incrementar el grado de cumplimiento de la normativa forestal vigente a través de las diferentes acciones de fiscalización en el ámbito de la protección y/o conservación de los recursos forestales del Área de Constitución.
2.- INDIVIDUALIZACION MANDANTE
2.1.- NOMBRE MANDANTE: CORPORACIÓN NACIONAL FORESTAL, PROVINCIA TALCA, AREA CONSTITUCION
DOMICILIO: BLANCO Nº671 CONSTITUCIÓN
RUT: 61.313.000-4
TELEFONO: 071- 2230038
REPRESENTANTE: DIRECTOR REGIONAL - ROBERTO MARCELO MENA TOLEDO
2.2.- MODALIDAD DE LA LICITACIÓN:
La licitación se ajustará a la modalidad de Propuesta Pública, según calendario contenido en el Portal Mercado Público.
3.- FINANCIAMIENTO:
El financiamiento de las actividades consideradas en la presente licitación será con fondos institucionales en el marco del Departamento de Fiscalización que se ejecuta en la Provincia de Talca, Área Constitución.
El presupuesto para realizar los servicios que se licitan asciende a la suma total de $ 10.000.000.- (impuesto y todos los gastos incluidos).
4.- PARTICIPANTES:
En la licitación podrán participar profesionales del área forestal que acrediten los requisitos de postulación detallados en el punto siguiente.
5.-REQUISITOS DE POSTULACIÓN:
5.1. Ser Ingeniero Forestal en calidad de titulado.
5.2. Con amplio conocimiento del territorio Provincial
5.3. Con disponibilidad horaria suficiente para desarrollar las actividades licitadas durante el año 2019.
5.4. Conocimiento básico del Sistema de Información Geográfica.
5.5. Salud compatible con el cargo.
6.- DE LA PRESENTACION DE LAS PROPUESTAS:
6.1.- Los interesados deben postular a través del Portal Mercado Público adjuntando el o los archivos electrónicos necesarios que deben contener los siguientes antecedentes:
- Fotocopia del título profesional.
- Currículum Vitae que indique experiencia en terreno, conocimiento respecto a la Normativa legal vigente.
- Declaración jurada simple firmada por el interesado en que el postulante indique poseer un amplio conocimiento del territorio forestal en el Área Constitución, Provincia de Talca, disponibilidad horaria suficiente para desarrollar las actividades licitadas en los tiempos considerados por las presentes bases.
- Los profesionales que participen en la licitación deberán adjuntar una declaración jurada con firma simple, que acredite que el licitante no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los dos últimos años.
- Otros antecedentes que el postulante estime conveniente incorporar.
- El oferente debe presentar un archivo donde señale expresamente bajo que modalidad presentará sus servicios (Factura o Boleta de Honorarios).
Todos estos antecedentes serán evaluados por una comisión que hará una propuesta para la sanción del Director Regional. La comisión citará a entrevista personal a los postulantes que cumplan con la totalidad de los documentos y aspectos técnicos-administrativos solicitados en las bases, la cual será debidamente informada a través del portal Mercado Público.
7. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL SERVICIO REQUERIDO
Las actividades a desarrollar por el profesional se enmarcan por una parte en el apoyo a las actividades que realiza el Departamento de Fiscalización y Evaluación Ambiental, relativo a los procesos de fiscalización en plantaciones forestales y bosque nativo, de acuerdo a lo establecido en el D.L N° 701 de 1974 y la Ley N° 20.283, con el propósito de que las actividades que ejecutan ya sea propietarios y/o usuarios de bosque y/o formaciones xerofíticas, sean realizadas acorde a la normativa forestal vigente.
El alcance de este procedimiento contempla las siguientes actividades:
- Actividades Preventivas de Fiscalización Forestal
- Fiscalización por Denuncias de Terceros en Plantaciones y Bosque Nativo.
- Control Cumplimiento a Estudios Técnicos de Plantaciones y Bosque Nativo.
- Otras Acciones de Fiscalización.
- Inspecciones Prediales.
A continuación, se hace una breve reseña de las mismas:
- Actividades Preventivas de Fiscalización Forestal: Actividades de fiscalización orientadas a difundir y educar sobre la importancia del manejo de los bosques y la legislación forestal que se debe cumplir, tales como días de campo, charlas, capacitaciones, talleres, etc. Estas actividades se desarrollan principalmente en el territorio pudiendo apoyarse de la participación ciudadana, ya sean estos agrupados en Juntas de Vecinos, Municipio o el apoyo del Prodesal.
- Control de Cumplimiento de estudios técnicos de plantaciones y bosque nativo: Proceso cuyo propósito es verificar el cumplimiento de las prescripciones técnicas, medidas de protección, coherentes y pertinentes con las características específicas del recurso forestal y su entorno inmediato y cualquier otra obligación contenida en los estudios técnicos aprobados por la Corporación. Esta verificación realizada en terreno, se hace principalmente sobre el programa de corta y/o de reforestación establecido, como también, sobre las medidas de protección indicadas.
- Fiscalización por denuncias de Terceros o Delaciones Ciudadanas : Corresponde a una denuncia interpuesta formalmente por terceras personas (naturales o jurídicas), que entrega los antecedentes mínimos de información relativos a una presunta infracción a la legislación forestal sobre la cual la Corporación tiene competencia, en que se informa al denunciante o al propietario del predio fiscalizado, sobre los resultados de la inspección en terreno derivadas de los procesos de Denuncias de Terceros o Control de Cumplimiento de estudios técnicos, respectivamente.
- Inspección Predial: Actividad en terreno que tiene por objetivo, entre otros, verificar la existencia de eventuales infracciones a la legislación forestal en un determinado predio o sector, en el marco de las competencias fiscalizadoras de CONAF.
- Otras Acciones de Fiscalización: Corresponden a actividades de fiscalización forestal complementarias, tales como: Fiscalización a Autorización Simples de Corta (ASC), el Control de Guías de Libre Tránsito (GLT) de Bosque Nativo, centros de acopio, controles carreteros, requerimientos judiciales (comparendos, notificaciones, inspecciones oculares, declarar como testigo), requerimientos de otros organismos; como también en la coordinación de reuniones y de las capacitaciones que realiza el Departamento a su Staff técnico.
Nota: Los registros deberán ser realizados a través de la plataforma que utiliza dicho Departamento, para todo el registro e informes respectivos denominado SAF
CONAF en conjunto con el adjudicatario (a) podrán modificar la cantidad de acciones descritas en las tablas Valorización de Actividades, en la medida que dichos cambios no afecten ni superen el valor total de la licitación descrita en el punto N°11 de las presentes bases. No obstante, estos posibles cambios deberán ser acordados y contemplados en las planificaciones respectivas.
8.- PLANIFICACIÓN Y SUPERVISIÓN DE LAS TAREAS DEL PROFESIONAL
Para la adecuada ejecución y supervisión de las actividades a desarrollar por el profesional (ya adjudicado), se elaborarán planificaciones de acuerdo a los siguientes criterios:
- CONAF y el profesional deberán concordar una Plan de Trabajo Mensual de las actividades a ejecutar en su respectiva área o territorio. En este contexto será posible establecer los requisitos y medios de verificación que permitan dar por cumplida cada actividad.
- Esta planificación podrá ser modificada por el encargado o supervisor designado por CONAF, en conjunto con el profesional, con el objeto de efectuar ajustes y agregar detalles a la planificación. Para ello, se deberá realizar a lo menos, una reunión mensual con el Encargado o Supervisor para analizar el avance de las actividades realizadas y los posibles ajustes a la planificación bimensual, aspecto que deberá quedar registrado en los informes mensuales elaborados por el profesional. En este sentido, se debe considerar que las actividades establecidas en el numeral N° 11 de las presentes bases podrían eventualmente complementarse por razones de buen servicio. En todo caso, estos eventuales cambios no afectarán el valor total de la licitación ni la valorización individual de las mismas.
- Mensualmente el profesional deberá presentar un Informe de Avance de las actividades valorizadas ejecutadas durante el período a rendir, el cual será requisito previo para el pago, toda vez que sea aprobado por el Encargado o supervisor designado por CONAF. Los contenidos de este informe deben ser definidos por Conaf. Así mismo, la aprobación del mismo estará sujeta a la verificación del cumplimiento de las actividades y que éstas sean acordes en calidad, tipo y cantidad con la planificación realizada. Para proceder al pago de los servicios prestados, CONAF realizará una evaluación escrita cuya conclusión debe encontrarse en las categorías “suficiente” u “óptima”. Esta “Ficha de Evaluación de Prestación de Servicios”, se encuentra en Anexo Nº 2.
- El Informe mensual que emita el profesional podrá ser aprobado con observaciones, las cuales deberán ser corregidas en el plazo que CONAF indique. El no cumplimiento reiterado de esta exigencia, podrá ser considerado como causal para poner término anticipado al contrato, sin desmedro de otras medidas que se contemplen en estas bases técnicas y administrativas.
- El Plan de Trabajo bimensual deberá ser firmado por el profesional y el encargado o supervisor, constituyéndose en parte del contrato CONAF – Profesional.
- El Plan de Trabajo bimensual sólo podrá ser modificado con el consentimiento escrito de las partes.
CONAF se reserva el derecho de supervisar la gestión del profesional pudiendo, en todo momento, efectuar los controles que estime necesarios para comprobar la calidad del trabajo en ejecución, la observancia de las instrucciones y el cumplimiento de las actividades. El profesional en tanto, deberá otorgar todas las facilidades que el caso requiera para permitir y facilitar estas labores de supervisión y control, debiendo además efectuar, las correcciones indicadas por CONAF.
9.- MODALIDAD FORMA Y PLAZO DE PAGO
Los servicios licitados serán contratados bajo la modalidad de prestación de servicios y el pago se efectuará mediante avances mensuales (informe mensual descrito anteriormente). El informe mensual y la boleta o factura mencionados deberá ser entregados a CONAF hasta el último día hábil de cada mes, mientras que el pago se efectuará dentro de los 10 días del mes posterior a la recepción de estos documentos.
Previo a cada pago y según corresponda, el prestador de servicios deberá acreditar ante CONAF, mediante documentación consistente en liquidaciones de pago de remuneraciones u honorarios, pago de impuestos ante el SII, el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales respecto de los trabajadores dependientes de él que han ejecutado labores asociadas a los servicios considerados en esta licitación.
10.- TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
CONAF queda facultada para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, sin derecho a indemnización alguna para el profesional, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:
a) Si el adjudicatario fuere declarado en quiebra o manifiesta insolvencia financiera.
b) Si se produjese cualquier incumplimiento grave de las obligaciones establecidas en Bases y Contratos.
c) Si el Profesional no diese cumplimiento reiterado a la planificación y cronograma señalado en el Plan de Trabajo bimensual.
d) Si durante el ejercicio del servicio se transgredieran gravemente las prohibiciones señaladas en las presentes Bases y en el respectivo contrato.
e) Cuando CONAF y el Profesional de común acuerdo resuelvan poner término al Contrato.
f) Si el adjudicatario es formalizado a proceso por algún delito que merezca pena aflictiva.
g) Si el Profesional no iniciara la ejecución del contrato dentro de los 5 días hábiles después de haber suscrito el contrato.
h) Si el Profesional no realiza las correcciones que se le soliciten en la “Ficha de Evaluación de Prestación de Servicios”, conforme a lo establecido en el numeral 8 de las presentes bases.
Por su parte, el prestador de servicios podrá poner término anticipado al contrato por causa debidamente justificada, la que debe ser aceptada por CONAF, dando aviso por escrito al Director Regional de CONAF, con 60 días de anticipación.
11.- MONTO DE LAS ACTIVIDADES CONTEMPLADAS EN EL CONTRATO
‘Los valores a pagar por las actividades se detallan en el siguiente cuadro:
Cuadro N°1: Actividades o acciones de Fiscalización a realizar
|
Actividad
|
Número de actividades
|
Rango Costo por Actividad ($)
|
|
Actividades preventivas
|
12
|
46.000-50.000
|
|
Control de Cumplimiento
|
50
|
63.000-67.200
|
|
Denuncias de Terceros
|
20
|
63.000-69.000
|
|
Inspecciones Prediales
|
50
|
65.000-68.000
|
|
Otras acciones de Fiscalización
|
18
|
66.000-70.000
|
|
TOTAL
|
150
|
9.400.000-10.000.000
|
Los valores a pagar corresponden al valor bruto de los honorarios del servicio que incluye entre los impuestos correspondientes, etc.
CONAF pagará aquellas actividades terminadas, las cuales deberán estar debidamente acreditadas por el profesional supervisor de CONAF. El profesional se obliga a ejecutar todos los servicios definidos en las presentes bases, bajo las normas y procedimientos predefinidos por la Corporación.
12.- DURACION DEL CONTRATO
El período de ejecución de las actividades comprenderá desde la fecha del contrato hasta el 31 de diciembre de 2019, pudiendo ser renovado por un año previa evaluación positiva de los servicios prestados, dependiendo de las necesidades y sujeto a la disponibilidad presupuestaria para el año 2020. De darse este caso, el valor se reajustará de acuerdo a la variación que experimente el IPC desde enero a diciembre del año 2019 elevado a un número entero.
13.- EFECTOS DE LA OMISIÓN DE ALGÚN DOCUMENTO, ANTECEDENTE O DATOS REQUERIDOS CONFORME AL PUNTO ANTERIOR
La omisión de uno o cualquiera de los documentos o antecedentes requeridos en las presentes Bases Técnico – Administrativa o de algún dato o mención que deba constar en ellos, será causal suficiente para rechazar o no considerar la propuesta presentada.
14.- COMISIÓN TÉCNICA Y DE LA EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS.
La evaluación de las propuestas será llevada a cabo por la Corporación Nacional Forestal Región del Maule, Provincia de Talca y Área Constitución, la que constituirá para tal efecto una Comisión Técnica integrada por la
El Jefe Provincial Talca o quien designe
Jefe de Área Constitución o quien designe
El Encargado de Fiscalización Provincial o quien designe
El Jefe de Administración y Finanzas Regional o quien designe
15.- FACTORES Y PONDERACIÓN PARA LA EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS.
15.1.- La Comisión Técnica considerará los siguientes aspectos:
Cuadro N° 2 Ponderación de cada uno de los Factores.
|
FACTOR
|
SUB- FACTOR
|
PONDERACIÓN (%)
|
RANGOS
|
|
|
|
≥ a 10 Años
|
≥ a 5 años y < a 10 Años
|
≥ a 3 y < a 5 Años
|
< a 3 Años
|
|
|
|
100
|
75
|
50
|
25
|
|
|
|
(F1) EXPERIENCIA EN BOSQUE NATIVO y PLANTACIONES
|
Experiencia en Manejo y Cosecha Bosque Nativo y Plantaciones Forestales
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Ponderación Factor (PF1)
|
25
|
|
|
|
|
|
100
|
75
|
50
|
25
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Ponderación Factor (PF1)
|
|
|
|
|
(F2)ENTREVISTA
|
Entrevista Personal**
|
30
|
76-100
|
51-75
|
26-50
|
0-25
|
|
|
|
100
|
75
|
50
|
25
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Ponderación Factor (PF3)
|
|
|
|
|
(F3)CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS
|
Entrega oportuna de antecedentes
|
10
|
*
|
*
|
*
|
*
|
|
|
|
Ver detalle
|
Ver detalle
|
Ver detalle
|
Ver detalle
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Ponderación Factor (PF3)
|
|
|
|
|
(F4)OFERTA ECONOMICA
|
Mejor Oferta Económica
|
25
|
Se aplicará la Siguiente fórmula: P=(Precio Min Oferta/Precio Oferta)*100
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Ponderación Factor (PF4)
|
|
|
|
|
(F5) RESIDENCIA EN LA PROVINCIA DE TALCA
|
Residencia en la Provincia de Talca, de preferencia en Constitución
|
10
|
Que viva en Constitución
|
Que viva en la Provincia de Talca
|
Que viva en la Región
|
Que viva en otra región
|
|
|
100
|
50
|
25
|
0
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Ponderación Factor (PF5)
|
|
|
|
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|
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* El proveedor deberá presentar toda la documentación en el sistema antes del cierre de esta, si hubiere que solicitar documentación o información faltante se realizará por este medio. Ponderación. 100 puntos; quien presente toda la información dentro del plazo; 40 puntos, a quien le falto información, le fue solicitada y la hizo llegar; 0 punto; a quien se le solicito la información y no la envió.
** Se realizará una entrevista personal con la comisión técnica constituida para la citada licitación, dicha entrevista dará cuenta del grado de conocimiento del postulante de materias técnicas relacionadas desde el punto de vista normativo, vale decir de la Legislación Forestal y Ambiental, pudiendo la comisión enfrentar al postulante a preguntas simples de estudios o situaciones de casos que se relacionarán con el desarrollo normal del Trabajo.
El puntaje de cada factor se obtiene de la suma de los sub-factores ponderados:
Puntaje F1 = puntaje PF1 x ponderación (F1)….Puntaje F5 = puntaje PF 5 x ponderación (F 5).
El puntaje total obtenido por cada oferente se obtiene de la suma de los factores ponderados:
Puntaje Total = (Puntaje F1) +...... + (Puntaje F5).
15.2.-Criterios Desempate
En caso de igualdad de puntaje, CONAF resolverá del siguiente modo:
a) Como primera opción de desempate primará la mejor calificación obtenida en la entrevista personal.
b) Como segunda opción de desempate primará la mejor calificación obtenida en la Prueba Teórica
c) Como tercera opción de desempate primará la mejor calificación obtenida en experiencia en plantaciones y bosque nativo.
En el caso de persistir la igualdad, se entregarán los antecedentes para la decisión final por parte del Director Regional.
16.- ADJUDICACION, ACEPTACIÓN Y/O RECHAZO DE LAS PROPUESTAS:
La adjudicación, aceptación y/o rechazo de las propuestas corresponderá finalmente al Director Regional de CONAF Región del Maule considerando el acta elaborada por la comisión.
La calificación mínima para adjudicar será de 60 puntos. De no cumplirse dicha calificación la presente licitación se declarará desierta por no ser conveniente a los intereses de la Corporación (Art. 9, Ley 19.886).
Re adjudicación:
En el caso que el adjudicatario desista de suscribir el contrato, o bien, se vea imposibilitado de continuar cumpliendo con la prestación de servicios, la Corporación podrá adjudicar las actividades al profesional que haya obtenido el puntaje inmediatamente inferior, en la medida que se cumpla con lo establecido en el punto precedente, esto es, que dichos puntajes superen la calificación mínima de la licitación.
17.- FACILIDADES Y APOYO
CONAF podrá facilitar al profesional que se adjudique los servicios licitados, un lugar para atender público en el Área de Constitución y en la Oficina Provincial, donde atenderá a sus destinatarios, en los días y horarios que se acuerden por las partes en la respectiva provincia. Por otra parte, el profesional podrá utilizar cartografía de propiedad de CONAF, para el buen cumplimiento de las funciones para las cuales ha sido contratado.
18.- SEGURO
Al profesional adjudicado se le exigirá al momento de la firma del contrato, poseer un seguro con cobertura por muerte accidental e invalidez accidental por el periodo de duración del contrato. El financiamiento de este seguro corre por cuenta del profesional.
19.- PROHIBICIONES
El Profesional contratado no podrá, durante la vigencia de su contrato, elaborar o presentar estudios técnicos, en forma privada, relacionados con el Decreto Ley 701 o la Ley Nº 20.283 de “Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal” en la Región Del Maule, Provincia de Talca, salvo autorización previa y escrita de la Dirección Regional.
Quedará estrictamente prohibido al Profesional, ceder a cualquier título, los derechos u obligaciones del contrato a suscribir o subcontratar las actividades, salvo que esto se encuentre estipulado en el Contrato.
Queda estrictamente prohibido solicitar dineros, valores o bienes a los destinatarios de las actividades contempladas en el Contrato por servicios o asesorías técnicas. Así mismo, se prohíbe obtener de ellos cesión de derechos por cualquier incentivo gubernamental.
Durante la ejecución de las actividades contempladas en las presentes Bases, el profesional no podrá poseer, postular ni suscribir un nuevo contrato de prestación de Servicios con la Corporación Nacional Forestal.
20.- CONFIDENCIALIDAD
Toda la información que el Adjudicatario conozca con ocasión de la ejecución de los servicios contratados, será considerada reservada quedando prohibida su difusión por cualquier forma o medio, salvo expresa autorización de CONAF.
21.- PROPIEDAD INTELECTUAL
Los resultados de las actividades y procesos, así como documentos, registros fotográficos, audiovisuales y de cualquier tipo, producto del presente contrato constituyen propiedad intelectual de CONAF, y sólo podrán ser utilizadas, citando la fuente.
22.- ERRORES U OMISIONES
La Corporación podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales detectados durante el proceso de evaluación, de acuerdo a lo señalado en el Art. 40° del Reglamento, de la Ley 19.886.
23.- DE LOS DOCUMENTOS DE LA LICITACIÓN
Esta licitación pública y los servicios que de ésta se desprendan se realizarán y regirán por los siguientes documentos:
- Las Bases Administrativas y Técnicas, las especificaciones y los anexos que se incluyan en este proceso de licitación.
- Las consultas, respuestas y aclaraciones, derivadas del procedimiento establecido en las presentes Bases de licitación.
- La oferta técnica y la oferta económica del oferente adjudicado.
- El Informe de Evaluación de las Ofertas
- El contrato correspondiente a la adjudicación de los servicios licitados, sus anexos y los documentos que se entiendan incorporados al mismo.
- Las modificaciones efectuadas a las Bases Técnicas y Administrativas de esta licitación pública, si las hubiere.
- Otros antecedentes documentados que solicite o proporcione la Corporación.
La Corporación podrá modificar y/o hacer aclaraciones a las Bases de esta licitación, hasta antes de la fecha de cierre de la misma, por propia iniciativa, a objeto de precisar o complementar elementos de su contenido que, a su juicio, no hayan quedado suficientemente claros, y/o a causa de las consultas realizadas a través de la Plataforma de Compras, otorgando un plazo prudente para que los oferentes incorporen las modificaciones en sus propuestas.
24.- MODIFICACIÓN DE LAS BASES
La Corporación podrá complementar o modificar las Bases de Licitación, de acuerdo al Art. 19° del Reglamento de la Ley de Compras, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los Oferentes durante el proceso de consultas a través del foro, otorgando en estos casos un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos, e informando de ello a través del sitio www.mercadopublico.cl. Estas complementaciones y /o modificaciones formarán parte integrante de las Bases.
25.- CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN
Las consultas respecto a la adjudicación se recibirán a través del correo electrónico del funcionario encargado de la licitación, las que serán respondidas por el mismo medio.
samuel.saldias@conaf.cl
Se responderán consultas ingresadas hasta 48 horas.
26.- CONTRAPARTES DE CONAF
Las contrapartes técnicas de CONAF ante el oferente adjudicado, será el Encargado de Fiscalización Forestal Provincial, Francisco Berríos Valenzuela o quien designen.
27.- ANEXOS DE ESTA LICITACIÓN:
Anexo 1. Antecedentes del Oferente
Anexo 2. Declaración de Conocimiento y Aceptación de Bases
Anexo 3. Declaración que NO tiene Condenas
28.- ACCIONES Y DOCUMENTOS PREVIAS AL PAGO:
- Aceptar la Orden de Compra en el mercado público.
- Acreditar habilidad en Chile proveedores.
- Boleta o Factura de cobro.
- La recepción total de los productos/servicios señalados en la Orden de Compra.
La falta de alguna de estas acciones o de alguno de estos documentos retrasará el pago
29.- ACCIONES Y DOCUMENTOS PREVIAS AL PAGO:
- Aceptar la Orden de compra en el mercado público.
- Acreditar habilidad en Chile proveedores.
- Boleta o Factura de cobro.
-La recepción total de los productos/servicios señalados en la Orden de Compra.
La falta de alguna de estas acciones o de alguno de estos documentos retrasará el pago.
30.- DE LA ADJUDICACIÓN DE LA LICITACION
La Corporación adjudicará la presente licitación pública de acuerdo a las presentes Bases Administrativas y, podrá declarar inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o consideraciones establecidas en las presentes Bases.
Podrá, además, declarar desierta la Licitación pública cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses y/o excedan la capacidad presupuestaria de la Corporación; en estos últimos casos, dichas declaraciones deberán ser manifestadas por Resolución Fundada.
La adjudicación será publicada en el portal www.mercadopublico.cl, señalando el nombre del oferente seleccionado por la Corporación.
Esta licitación pública se adjudicará a la oferta que obtenga el mayor puntaje, de acuerdo a los criterios de evaluación indicados en las presentes Bases, salvo en los casos en que se produzca igualdad de puntaje; situación en la cual se aplicará la jerarquización de criterios indicados en el punto anterior.
La Corporación emitirá una Resolución de Adjudicación, la cual se publicará en el portal de compras del Estado www.mercadopublico.cl, de acuerdo a la normativa vigente.
La notificación de la Resolución de Adjudicación se entenderá realizada, luego de 24 horas transcurridas desde que CONAF publique dicha Resolución en el portal de compras www.mercadopublico.cl
Si la adjudicación no se realiza dentro del plazo señalado en las presentes bases de licitación públicas, la Corporación informará en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar y se indicará el nuevo plazo para la adjudicación.