Licitación ID: 1091-25-LE24
Adquisición de plantas nativas y exóticas
Responsable de esta licitación: CORP NACIONAL FORESTAL, IX Región - Oficina Regional de la Araucania
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 48
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Semillas o plantas de algodón 125680 Unidad
Cod: 10152201
Pino insigne proveniente de Huerto Semillero  

2
Semillas o plantas de algodón 8776 Unidad
Cod: 10152201
Coigue  

3
Semillas o plantas de algodón 720 Unidad
Cod: 10152201
Maitén  

4
Semillas o plantas de algodón 5130 Unidad
Cod: 10152201
Peumo  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Adquisición de plantas nativas y exóticas
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Adquisición de plantas exóticas y nativas convenio de colaboración en el marco del Programa de recuperación y restauración forestal para la prevención de incendios reconstrucción PAISAJES RESILIENTES
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
CORP NACIONAL FORESTAL
Unidad de compra:
IX Región - Oficina Regional de la Araucania
R.U.T.:
61.313.000-4
Dirección:
Bilbao 931, 2do Piso
Comuna:
Temuco
Región en que se genera la licitación:
Región de la Araucanía
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 13-08-2024 15:01:00
Fecha de Publicación: 30-07-2024 11:47:23
Fecha inicio de preguntas: 31-07-2024 12:00:00
Fecha final de preguntas: 05-08-2024 16:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 06-08-2024 14:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 14-08-2024 15:05:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 14-08-2024 15:05:00
Fecha de Adjudicación: 05-09-2024 13:32:09
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
 Evaluación de la Oferta Técnica: Realización de una visita técnica de la comisión que evaluará el cumplimiento del estándar de calidad (ver Anexo N°3). Procedimiento para la visita técnica: Se informará al proveedor vía correo electrónico de la fecha d 30-08-2024 10:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Documentos Administrativos  El Proveedor deberá completar y firmar en línea el formulario Declaración Jurada de requisito para ofertar, disponible en la plataforma mercado público.
Documentos Técnicos
1.- Documentos Técnicos Ingresar Anexo N°2.
 
Documentos Económicos
1.- 4.3 Documentos Económicos  Presentar oferta económica vía portal Mercado Público (Anexo N°1), expresado en moneda nacional y no podrá ser superior al presupuesto máximo disponible para esta contratación. En caso de inconsistencia entre la oferta económica y lo ingresado al portal de compras, prevalecerá lo indicado en el portal. EL VALOR INDICADO EN PORTAL DEBERÁ SER EXPRESADO EN VALOR NETO. CONAF declarará inadmisibles las ofertas que no cumplan los requerimientos mínimos establecidos en las bases. Además, declarará desierta la licitación si no se presentan ofertas, cuando se exceda el presupuesto disponible, o bien si no resultan convenientes a los intereses de la Corporación.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Oferta Económica En base al método del análisis del mínimo costo 30%
2 Plazo de Entrega una vez emitida la orden de compr Hasta 10 hábiles Entre 11 y 15 días hábiles Entre 16 y 18 días hábiles 10%
3 Presentación de toda la documentación al momento d Si presenta/Presenta después 5%
4 Calidad Técnica. Cumple con las características Técnicas solicitadas en el punto N° 9.1 y Anexo N°1 NO Cumple con las características técnicas solicitadas en el punto N° 9.1 Anexo N°1 55%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Financiamiento Interno
Monto Total Estimado: 39419869
Justificación del monto estimado Análisis departamento técnico
Contrato con Renovación: NO
Observaciones No se permite la subcontratación
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Orlando Pichintines Sepúlveda
e-mail de responsable de pago: orlando.pichintines@conaf.cl
Nombre de responsable de contrato: Omar Levet Cuminao
e-mail de responsable de contrato: omar.levet@conaf.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-45-2298108-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
No se permite la subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Corporación Nacional Forestal, RUT. 61.313.000-4
Fecha de vencimiento: 30-09-2024
Monto: 5 %
Descripción: La entrega de esta garantía se debe efectuar en forma presencial o la modalidad que corresponda dentro de los 5 días hábiles siguientes de realizada la adjudicación por resolución y publicada en el portal de compras públicas. De no ser entregada dentro del plazo estipulado, CONAF podrá realizar la re adjudicación al siguiente oferente mejor evaluado (con mayor puntaje) salvo que no sea conveniente para los intereses de la Corporación. Para la tramitación anterior, el documento debe entregarse en un sobre sellado o digital al correo claudio.tenorio@conaf.cl, dependiendo del tipo de que se trate, o ingresado en Oficina de Partes de CONAF, calle Francisco Bilbao N°931 Pasillo D, Temuco, a nombre de CONAF, con alusión a la ID de la Licitación y el nombre de la Licitación.
Glosa: Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato de “ADQUISICIÓN DE PLANTAS EXÓTICAS Y NATIVAS CONVENIO DE COLABORACIÓN EN EL MARCO DEL “PROGRAMA DE RECUPERACIÓN Y RESTAURACIÓN FORESTAL PARA LA PREVENCIÓN DE INCENDIOS – RECONSTRUCCIÓN (PAISAJES RESILIENTES)”
Forma y oportunidad de restitución: Una vez que se hayan recibido conforme las plantas y se haya cumplido de manera oportuna e íntegra.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
9. Productos requeridos
Las ofertas deben presentarse en el archivo Anexo N°1, como también en el portal de ChileCompra. Especie Cantidad Pino insigne proveniente de Huerto Semillero 125.680 Coigue 8.776 Maitén 720 Peumo 5.130 9.1 Detalle de los productos requeridos es el siguiente: Corresponde a un lote de plantas; las plantas según especie deberán cumplir con todas las especificaciones técnicas descritas continuación:  En speedling y/o tubete.  Rango altura de 15 a 30 centímetros.  Volumen radicular 100 cc  Diámetro de cuello >3mm  Más de 12 meses en vivero.  Bien lignificado. 9.2 Proceso de postulación: La Licitación se realizará en dos etapas (art. 34 Reglamento Ley de Compras), y estará formada por: 1era Etapa:  Evaluación de la Oferta Técnica: Realización de una visita técnica de la comisión que evaluará el cumplimiento del estándar de calidad (ver Anexo N°3). Procedimiento para la visita técnica: Se informará al proveedor vía correo electrónico de la fecha de visita de la comisión Técnica, este tendrá 48 Horas para responder el correo, si al cabo de las 48 horas no hay respuesta, se insistirá vía telefónica, si el proveedor no responde el mail o teléfono, se rechazará su postulación y no podrán acceder a la evaluación económica. La visita técnica, será realizada por un funcionario nombrado por el jefe del departamento solicitante. El funcionario emitirá un acta de evaluación técnica de calidad de los productos o bienes requeridos y se indicará su resultado final, ya sea aprobado o rechazado (Anexo N°3). De no ser aprobada la evaluación técnica de las plantas la oferta será rechazada. 2da Etapa:  Evaluación Económica: Sólo podrán acceder a la evaluación económica todos quienes Aprueben la evaluación técnica de calidad. La coordinación de la entrega de las plantas estará a cargo del Encargado Regional de Viveros Conaf Araucanía Sr. Víctor Albarrán Toledo al correo victor.albarran@conaf.cl, Teléfono +56984113386.
10. Garantías Requeridas.
Garantía de Fiel Cumplimiento Tipo de Documento: : Boleta de garantía, vale vista, certificado de fianza y/o similares que aseguren el cobro de esta de manera rápida y efectiva, pagadera a la vista e irrevocable, física y electrónicamente (cumpliendo Ley N°19.799) Beneficiario: : Corporación Nacional Forestal, RUT. 61.313.000-4 Pagadera: : A la vista Vigencia mínima: : Su vigencia mínima será el 30 de Septiembre 2024 Monto: : Equivalente en pesos al 5% del precio total del contrato, incluido impuesto. Glosa: : Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato de “ADQUISICIÓN DE PLANTAS EXÓTICAS Y NATIVAS CONVENIO DE COLABORACIÓN EN EL MARCO DEL “PROGRAMA DE RECUPERACIÓN Y RESTAURACIÓN FORESTAL PARA LA PREVENCIÓN DE INCENDIOS – RECONSTRUCCIÓN (PAISAJES RESILIENTES)” Forma y oportunidad de su restitución : Una vez que se hayan recibido conforme las plantas y se haya cumplido de manera oportuna e íntegra. La entrega de esta garantía se debe efectuar en forma presencial o la modalidad que corresponda dentro de los 5 días hábiles siguientes de realizada la adjudicación por resolución y publicada en el portal de compras públicas. De no ser entregada dentro del plazo estipulado, CONAF podrá realizar la re adjudicación al siguiente oferente mejor evaluado (con mayor puntaje) salvo que no sea conveniente para los intereses de la Corporación. Para la tramitación anterior, el documento debe entregarse en un sobre sellado o digital al correo claudio.tenorio@conaf.cl, dependiendo del tipo de que se trate, o ingresado en Oficina de Partes de CONAF, calle Francisco Bilbao N°931 Pasillo D, Temuco, a nombre de CONAF, con alusión a la ID de la Licitación y el nombre de la Licitación.
11. Otras cláusulas
11.1 Resolución de Empates: 1° Mayor cantidad ofertada. 2° Menor oferta económica. 3° Menor plazo de entrega. 11.2 Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación: En caso de existir dudas después de la adjudicación se deberán comunicar con el Sr. Claudio Tenorio Venegas, Jefe de Administración, CONAF Región de la Araucanía, al e-mail claudio.tenorio@conaf.cl 11.3 Pacto de integridad El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: 1.- En relación a la Ley N° 20.393 que Establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos que indica. En el marco de la aplicación de la citada Ley, resulta esencial detectar oportunamente posibles actividades sospechosas que pretendan introducir activos ilícitos en la economía chilena. De esta manera, la Corporación Nacional Forestal se encuentra obligada a reportar oportuna y reservadamente a la Unidad de Análisis Financiero (UAF) eventuales operaciones sospechosas que detecte en el ejercicio de su actividad, dando inicio con ello el flujo de prevención de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos funcionarios, razón por la cual, se requiere incorporar en los procesos de licitación y contratación, la siguiente cláusula: “CLÁUSULA PREVENCIÓN DE DELITOS DE COLUSIÓN, CORRUPCIÓN, ASOCIACIÓN ILÍCITA Y OTROS. En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Nº 20.393 y demás normas atingentes, que establecen la responsabilidad penal de las personas jurídicas y naturales en los delitos de colusión, uso de información privilegiada, cohecho-soborno, corrupción, lavado de activos, financiamiento del terrorismo, asociación ilícita, apropiación indebida, negociación incompatible, administración desleal, contaminación de aguas, veda de productos, pesca ilegal de recursos del fondo marino y procesamiento, almacenamiento de productos escasos, como también en relación a aquellos delitos que se incorporen en lo sucesivo en la citada Ley; las partes declaran rechazar cualquier actividad vinculada a dichos ilícitos.” 2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. 3.- Política de Igualdad de Género y No Discriminación de la Corporación Nacional Forestal. Adicionalmente, considerando la reciente implementación de la Política de Igualdad de Género y No Discriminación de la Corporación Nacional Forestal, en el mes de marzo del presente año, la cual impulsa un cambio de paradigma -de largo plazo- que debe abarcar la totalidad de las relaciones entre las personas que trabajan en la institución y de los servicios en el marco de los objetivos estratégicos de la Corporación Nacional Forestal, es que se actualiza la cláusula referida al Principio de Igualdad y No Discriminación Arbitraria en las bases de licitación, requerimientos y en convenios o contratos que la Institución suscriba, en los siguientes términos: “PRINCIPIO DE IGUALDAD Y NO DISCRIMINACIÓN ARBITRARIA. La Corporación Nacional Forestal y el proveedor adjudicado/ el proveedor, o la organización, según corresponda, con el fin de promover una adecuada implementación y desarrollo de las actividades descritas en el Convenio/Contrato establecen las siguientes obligaciones recíprocas: Respetar y promover el principio de igualdad y no discriminación arbitraria. Respetar y promover, entre las/os trabajadoras/es y/o funcionarias/funcionarios de ambas organizaciones, comportamientos acorde con las disposiciones legales vigentes en Chile, evitando todo tipo de hechos de carácter irregular, malos tratos, hostigamiento o acoso entre ellos. Generar relaciones de respeto al interior de las dependencias de ambas organizaciones, procurando un ambiente grato y sana convivencia entre las/os trabajadoras/es y/o funcionarias/os, para lo cual deberá promoverse la utilización de un lenguaje correcto, esto es, no discriminatorio y respetuoso. En este sentido, no está permitida la utilización de términos que resulten despectivos, denigrantes, hostiles, ofensivos o humillantes en relación con la raza, color, sexo, edad, estado civil, sindicación, religión, opinión política, nacionalidad, ascendencia nacional, situación socioeconómica, idioma, creencias, participación en organizaciones gremiales, orientación sexual, identidad de género, filiación, apariencia personal, enfermedad o discapacidad u origen social, aun tratándose de bromas o chistes. En general, adoptar todas las medidas que se estimen pertinentes destinadas a promover el respeto y trato digno entre las/os trabajadoras/es y/o funcionarias/os, para lo cual se establece que frente a conductas irregulares por parte de alguna/o, la institución respectiva, deberá informar de manera inmediata a la contraparte, con el fin de establecer las medidas pertinentes. Para estos efectos, se entenderá por “Discriminación arbitraria”, de acuerdo a la Ley N°20.609, que Establece Medidas contra la Discriminación “toda distinción, exclusión o restricción que carezca de justificación razonable, efectuada por agentes del Estado o particulares, y que cause privación, perturbación o amenaza en el ejercicio legítimo de los derechos fundamentales establecidos en la Constitución Política de la República o en los tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados por Chile y que se encuentren vigentes, en particular cuando se funden en motivos tales como la raza o etnia, la nacionalidad, la situación socioeconómica, el idioma, la ideología u opinión política, la religión o creencia, la sindicación o participación en organizaciones gremiales o la falta de ellas, el sexo, la maternidad, la lactancia materna, el amamantamiento, la orientación sexual, la identidad y expresión de género, el estado civil, la edad, la filiación, la apariencia personal y la enfermedad o discapacidad.” 4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase. 7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. 8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. 9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes. 11.4 Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes Si se requiere salvar algún error u omisión Formal en las ofertas, los oferentes tendrán un plazo máximo de 24 horas a contar de la fecha y hora de la solicitud de aclaración para responder a través del medio habilitado para este efecto en el portal electrónico, la que se encontrará sujeta a una ponderación menor, detallada en los criterios de evaluación. 11.5 Apertura electrónica de las ofertas: La apertura electrónica de las ofertas económicas y técnicas se realizará directamente en el portal de compras del Estado y será efectuada en reunión presencial por: Titular: Jefe del Departamento de Administración y Finanzas Regional. Suplente: Quien lo subrogue. Titular: Jefe del Departamento de Conservación de Ecosistemas Boscosos y Xerofíticos. Suplente: Quien lo subrogue. Titular: Jefe de la Sección Gestión Forestal, Suelos y Agua. Suplente: Quien lo subrogue. - Actuará como Ministro de Fe velando por la legalidad del proceso el Jefe de la Unidad Jurídica Regional, o quien lo subrogue. La apertura considerará la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos de participación; esto es, el chequeo de la recepción de todos los antecedentes requeridos. 11.6 Evaluación de las ofertas recibidas: Las ofertas aceptadas durante la apertura electrónica de esta licitación serán evaluadas por una Comisión compuesta por los siguientes funcionarios: - Titular: Jefe del Departamento de Administración y Finanzas Regional. Suplente: Quien lo subrogue. - Titular: Jefe del Departamento de Conservación de Ecosistemas Boscosos y Xerofíticos. Suplente: Quien lo subrogue. - Titular: Jefe Provincial respectivo. Suplente: Quien lo subrogue. - Titular: Jefe de la Sección Gestión Forestal, Suelos y Agua. Suplente: Quien lo subrogue. Actuará como Ministro de Fe velando por la legalidad del proceso el Jefe de la Unidad Jurídica Regional, o quien lo subrogue. La comisión deberá velar por la correcta aplicación de los Criterios de Evaluación, señalados en el Punto 6 de las presentes Bases. 11.7 Adjudicación de esta licitación: La Corporación adjudicará la presente licitación pública de acuerdo con las Bases Administrativas y Técnicas y podrá declarar inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan con los requisitos o consideraciones establecidas en éstas. Podrá, además, declarar desierta la licitación, cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses y/o excedan la capacidad presupuestaria de la Corporación; en estos últimos casos, dichas declaraciones deben ser manifestadas por Resolución Fundada. La adjudicación será publicada en el Portal www.mercadopublico.cl, señalando el nombre del oferente seleccionado por la Corporación. La Corporación emitirá una Resolución de Adjudicación, la cual se publicará en el portal de compras del Estado www.mercadopublico.cl, de acuerdo con la normativa vigente. La notificación de la Resolución de Adjudicación se entenderá realizada, luego de las 24 horas transcurridas desde que CONAF publique dicha Resolución en el portal de compras www.mercadopublico.cl. Esta licitación se adjudicará a la oferta que alcance el mayor puntaje, obtenido de la información que ingresen los oferentes, de acuerdo con los criterios de evaluación indicados en las presentes Bases. Si el adjudicatario se desistiere o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las Bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, la Entidad Licitante podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al Oferente que le siga en puntaje, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, y así sucesivamente, a menos que se estime conveniente efectuar una nueva licitación pública, declarando inadmisible el proceso. Si es declarado desierto el proceso anterior, CONAF podrá realizar la contratación a través de la modalidad “trato directo”. Quedan excluidos de esta disposición, aquellos adjudicatarios que justifiquen por motivos de fuerza mayor, que no podrán cumplir con lo requerido y adjudicado, cuestión que será decidida y evaluada por CONAF. 11.8 Documentos que regulan la oferta. Esta licitación se realizará y regirá por los siguientes documentos: • Las Bases Administrativas y Técnicas, las especificaciones y los anexos que se incluyan en este proceso de licitación. • Las consultas, respuestas y aclaraciones, derivado del procedimiento establecido en las Bases. • La oferta económica del (los) oferente(s) adjudicado(s). • Las modificaciones efectuadas a las Bases Técnicas y Administrativas, si las hubiere. • Otros antecedentes documentados que solicite o proporcione la Corporación.
12. Modificaciones de las bases
La Corporación podrá complementar o modificar las Bases de Licitación, de acuerdo al Art. 19° del Reglamento de la Ley de Compras, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los Oferentes durante el proceso de consultas a través del foro, otorgando en estos casos un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos, e informando de ello a través del sitio www.mercadopublico.cl. Estas complementaciones y /o modificaciones formarán parte integrante de las Bases.
13.Extensión de plazos.
La Corporación estará facultada para extender los plazos del llamado a licitación, incluyendo las etapas de la misma, si no se hubiesen presentado oferentes faltando 24 horas hábiles para el cierre, o si las ofertas fuesen inferiores al valor detallado en el Anexo N°2 o también en el caso que se efectuaron modificaciones o complementos a las bases.
14. Vigencia de la oferta.
14. Vigencia de la oferta.
15. Procedimiento para la aplicación de multas
La Corporación quedará facultada a aplicar una multa equivalente a 1 UF del total de la orden de compra, por cada día hábil de atraso (plazo entrega indicados por el oferente al momento de postular en anexo N°1) en la entrega completa de los productos. Para la determinación de los días hábiles de atraso, se tomará como fecha inicio para entrega la correspondiente a la emisión de la orden de compra (OC) de parte de CONAF. El monto total de la multa se descontará del total de los productos a cobrar, lo cual deberá detallarse en el informe final que acompaña a la factura, por lo tanto, la facturación es por el total de los productos menos la multa. El plazo máximo de entrega de los productos solicitados por CONAF corresponde al décimo octavo día hábil de emitida la Orden de Compra por parte de CONAF. Si a esta fecha el proveedor no ha entregado la totalidad de los productos en las condiciones requeridas se procederá a facturar de acuerdo a la cantidad recepcionada conforme a esta fecha. PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE MULTAS SE DETALLA A CONTINUACIÓN: 1) Detectada una situación que eventualmente amerite la aplicación de multa, la Contraparte Técnica del contrato informará mediante un Memorándum a la Contraparte Administrativa las situaciones que ameriten la aplicación de multa, señalando los antecedentes y documentos que justifiquen las faltas incurridas. 2) El Departamento de Finanzas y Administración regional calculará y validará el monto de las multas, y posteriormente notificará de ello al proveedor mediante carta certificada, informándole los hechos que motivan dicha sanción, y sobre los hechos en que aquéllas se motivan. 3) A contar de la notificación singularizada en el número anterior, el proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito a través de carta dirigida al Director Regional, acompañando todos los antecedentes y argumentos que respalden sus descargos. La carta deberá ser ingresada a través de la Oficina de Partes de la Oficina Regional de CONAF. 4) Vencido el plazo indicado en el número anterior sin que el proveedor haya presentado descargos, se aplicará la sanción y la correspondiente multa, informando de ello al proveedor por medio de una carta certificada. 5) Si el proveedor ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la Dirección Regional de CONAF dispondrá de un plazo de 30 días hábiles para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. 6) La medida a aplicarse deberá ser formalizada a través de una resolución fundada la que deberá pronunciarse sobre los descargos presentados, si existieran, y publicarse oportunamente en el Sistema de Información. 7) La aceptación o el rechazo total a parcial de los descargos del respectivo proveedor, deberá formalizarse a través de una carta certificada de CONAF, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la sanción a aplicar. 8) En contra de la mencionada resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado. 9) Recurso de Reposición: El proveedor seleccionado dispondrá del plazo de cinco días hábiles, a contar desde la fecha de notificada la resolución o acto administrativo que le impone la multa, para reponer fundadamente, acompañando todos los antecedentes pertinentes a la reposición, mediante carta dirigida al Director Regional de CONAF. 10) La Directora Regional, resolverá dentro de 30 días hábiles, acogiendo o rechazando total o parcialmente la reposición. 11) Se notificará dicha resolución al proveedor mediante carta certificada. En el evento de que la sanción sea finalmente cursada, sea total a parcialmente, ésta se hará efectiva mediante descuentos en los pagos más próximos que CONAF deba efectuar al proveedor. Además, de acuerdo a las Bases de Licitación, CONAF podrá poner término al contrato producto de la aplicación de estas sanciones. Lo anterior, sin perjuicio de las acciones legales que la Corporación pudiere interponer en contra del proveedor en virtud del daño ocasionado
16. Consultas y aclaraciones.
Las consultas referentes a las Bases Técnicas y Administrativas deberán ser realizadas sólo por la modalidad FORO del portal de compras del Estado, durante las fechas indicadas en el Calendario de esta licitación (punto 3). Las respuestas a dichas preguntas se publicarán a través de la mencionada modalidad FORO de esta licitación en el mencionado portal de compras.
17. Errores u omisiones
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, CONAF podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos errores u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás participantes, esto es, en tanto, no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del Sistema de Información. Este proceso se realizará a través de la funcionalidad de la Plataforma de Compras, www.mercadopublico.cl, denominada “Aclaración de Ofertas”, el cual se ajustará al Art. 40, del reglamento de la Ley de Compras Públicas.
18. Consideraciones generales
CONAF no considerará para ser evaluadas las ofertas que no acompañen los documentos o antecedentes solicitados ni aquellas cuyos contenidos no se ajusten a las exigencias establecidas en las Bases Técnicas y Administrativas. El oferente adjudicado asume la plena responsabilidad en cuanto a la calidad y oportunidad de los productos exigidos de acuerdo a las especificaciones técnicas y demás estipulaciones de las presentes Bases y sus Anexos. En conformidad con el artículo 13 de la Ley N° 19.886, CONAF podrá determinar aumentar el monto del contrato hasta un 30% del monto originalmente pactado, siempre que el aumento sea indispensable para el cumplimiento de los fines de CONAF y se cuente con la disponibilidad presupuestaria para ello. En todo caso, el monto total del contrato incluido el aumento, en ningún caso podrán superar las 1.000 UTM.