Licitación ID: 2667-45-LQ18
PROYECTO DESARROLLO POLIDUCTO AV. VITACURA
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE VITACURA, SECPLA
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 10
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
Dejar un reclamo sobre esta licitación Dejar un reclamo sobre esta licitación
Productos o servicios
1
Asesorías en gestión de proyectos 1 Global
Cod: 80101604
VALOR TOTAL NETO EN $, PARA LA ELABORACIÓN DEL PROYECTO DE INGENIERÍA DESARROLLO POLIDUCTO EN ESPACIO DE BIEN NACIONAL DE USO PÚBLICO, EN AV. VITACURA, ENTRE AV. ALONSO DE CORDOVA Y EL PUENTE PEREZ ZUJOVIC, SEGUN BAE-BT.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
PROYECTO DESARROLLO POLIDUCTO AV. VITACURA
Estado:
Revocada
Descripción:
El objeto de la presente licitación es la contratación de una persona natural o jurídica, para realizar el Servicio de Elaboración del Proyecto de Ingeniería de Detalles, para diseñar el soterramiento de los servicios aéreos existentes en un Poliducto y el diseño del proyecto de ingeniería de rotura y reposición de pavimentos de aceras del espacio público intervenidos, en Av. Vitacura, entre Av. Alonso de Córdova y el Puente Pérez Zujovic, incluyendo las correspondientes aprobaciones del Servicio de Vivienda y Urbanismo SERVIU y la Superintendencia de Electricidad y Combustibles SEC, y otras que sean procedentes.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 2.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LQ)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
I MUNICIPALIDAD DE VITACURA
Unidad de compra:
SECPLA
R.U.T.:
69.255.600-3
Dirección:
AVDA. BICENTENARIO N° 3800.
Comuna:
Vitacura
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 28-08-2018 14:00:00
Fecha de Publicación: 10-07-2018 17:20:46
Fecha inicio de preguntas: 10-07-2018 19:00:00
Fecha final de preguntas: 26-07-2018 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 09-08-2018 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 28-08-2018 15:15:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 28-08-2018 15:15:00
Fecha de Adjudicación: 31-10-2018 18:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
VISITA A TERRENO OPTATIVA, día Viernes 13 de Julio de 2018, a las 10:00 hrs., en Dirección de Infraestructura Comunal, Av. Bicentenario N° 3.800, Piso 2, Edificio Centro Cívico de Vitacura. 13-07-2018 10:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- Adjuntar antecedentes administrativos, según Punto N° 6, BAE. REVISAR ARCHIVO ADJUNTO "ANEXOS EN FORMATO EDITABLE".
Documentos Técnicos
1.- Adjuntar antecedentes técnicos, según Punto N° 6, BAE. REVISAR ARCHIVO ADJUNTO "ANEXOS EN FORMATO EDITABLE".
 
Documentos Económicos
1.- La Oferta Económica asociada al ID 2667-45-LQ18 de esta licitación, deberá ser detallada conforme al Anexo Económico Nº 9 adjunto, expresada en pesos, el monto total sin impuestos. REVISAR ARCHIVO ADJUNTO "ANEXOS EN FORMATO EDITABLE".
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Cumplimiento de los requisitos CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS FORMALES DE PRESENTACION DE LAS OFERTAS: Revisar Pauta de Evaluación, según Punto N° 8, de las Bases Administrativas Especiales. 5%
2 Experiencia de los Oferentes EXPERIENCIA: Revisar Pauta de Evaluación, según Punto N° 8, de las Bases Administrativas Especiales. 15%
3 Plazo de Entrega PLAZO DE EJECUCION: Revisar Pauta de Evaluación, según Punto N° 8, de las Bases Administrativas Especiales. 10%
4 Precio OFERTA ECONOMICA: Revisar Pauta de Evaluación, según Punto N° 8, de las Bases Administrativas Especiales. 70%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Presupuesto Municipal
Monto Total Estimado: 180000000
Justificación del monto estimado De acuerdo a Factibilidad Presupuestaria Año 2018.
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Cheque
Nombre de responsable de pago: JOSE BUCAREY SEPULVEDA
e-mail de responsable de pago: jbucarey@vitacura.cl
Nombre de responsable de contrato: CRISTIAN CACERES VERA
e-mail de responsable de contrato: cbalbontin@vitacura.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-22402497-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: MUNICIPALIDAD DE VITACURA
Fecha de vencimiento: 26-12-2018
Monto: 5000000 Peso Chileno
Descripción: Los oferentes deberán Garantizar la Seriedad de su Oferta, mediante documento en la forma establecida en el artículo N° 53 de las Bases Administrativas Generales. La Garantía de Seriedad de la Oferta será de $5.000.000 (Cinco millones de pesos) y deberá estar vigente por al menos 120 días, desde la fecha de apertura de la licitación. La Garantía de Seriedad de la Oferta podrá ser digitalmente incorporada a través del portal www.mercadopublico.cl, sin perjuicio de que el documento el original debe entregarse obligatoriamente en la Secretaría Municipal, Av. Bicentenario 3.800 3° piso, teniendo como plazo límite, la fecha y hora de la apertura de la licitación. En el evento de no cumplir con la entrega material de la garantía de seriedad de la oferta en tiempo y forma, el oferente quedará fuera de Bases, siendo en consecuencia, inadmisible su oferta. En caso de que la adjudicación de la Licitación no se pudiese concretar antes de la fecha de vencimiento de esta garantía, el municipio solicitará prórroga de ésta, siendo obligación del Oferente su cumplimiento.
Glosa: Seriedad de la Oferta en la Licitación ID 2667-45-LQ18
Forma y oportunidad de restitución: La Garantía de Seriedad de la Oferta será devuelta a los proponentes conforme a lo previsto en los incisos séptimo, octavo y noveno del artículo 53° de las BAG.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: MUNICIPALIDAD DE VITACURA
Fecha de vencimiento: 30-06-2019
Monto: 20 %
Descripción: Una vez adjudicada la Licitación, y dentro del plazo máximo de veinte (20) días corridos, a contar de la fecha de notificación de dicha resolución, el oferente adjudicatario deberá presentar una Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato en la forma establecida en el artículo N° 55 de las BAG. La Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato será por un monto equivalente al 20% del valor total del contrato, expresada en pesos, a nombre de la Municipalidad de Vitacura, y deberá estar vigente hasta un plazo máximo 90 días después del plazo ofertado. Esta garantía cubrirá también el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores del contratista que cumplen funciones directas con la Municipalidad. En caso de variar el valor del contrato, esta garantía cubre posibles aumentos de plazo y montos del servicio y deberá modificarse en el plazo y/o mismo porcentaje del aumento, si correspondiere.
Glosa: Garantiza Fiel Cumplimiento del Contrato y el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores Licitación ID 2667-45-LQ18.
Forma y oportunidad de restitución: SEGUN BAG.
    Otras Garantías
Beneficiario: MUNICIPALIDAD DE VITACURA
Fecha de vencimiento: 30-06-2021
Monto: 10 %
Descripción: Una vez recibido provisoriamente el estudio, el Contratista deberá ingresar una Garantía de Buena Ejecución del Proyecto, equivalente al 10% del monto total del contrato, con una vigencia de 24 meses, a contar de la fecha del Decreto Alcaldicio que autorice la recepción conforme del Proyecto, por parte de la Unidad Técnica. Una vez que el adjudicatario ingrese esta Garantía, se procederá a efectuar la devolución de la Garantía de Fiel cumplimiento del Contrato.
Glosa: GARANTIZA BUENA EJECUCION DEL PROYECTO LICITACION PUBLICA ID 2667-45-LQ18.
Forma y oportunidad de restitución: SEGUN BAG.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
GENERALIDADES DE LA LICITACION

La Municipalidad de Vitacura, dada la necesidad de desarrollar un Proyecto de Ingeniería de detalles para el soterramiento de los servicios aéreos existentes en Av. Vitacura, entre Av. Alonso de Córdova y la ex Rotonda Pérez Zujovic, ha dispuesto se someta a Licitación Pública, el “Proyecto de Ingeniería Desarrollo Poliducto en Espacio de Bien Nacional de Uso Público, en Av. Vitacura entre Av. Alonso de Córdova y el Puente Pérez Zujovic”, identificado en el portal www.mercadopublico.cl con la ID 2667-45-LQ18.

En todo lo no regulado en las presentes Bases Administrativas Especiales (en adelante BAE) y Bases Técnicas (BT) de este proceso licitatorio, se regirá por el Decreto Alcaldicio Secc. 1ª N° 4/490 de fecha 01 de marzo de 2018 que aprueba las Bases Administrativas Generales (BAG), lo indicado en la Ley N.º 19.886 sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios (en adelante Ley de Compras Públicas) y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 250 del Ministerio de Hacienda de 2004 (en adelante el Reglamento de la Ley de Compras Públicas), y las disposiciones legales y reglamentarias citadas en el Punto N° 24 de estas BAE.

Para todos los efectos legales, se entenderá que forman parte integrante del Contrato a que dé lugar la adjudicación, tanto las presentes BAE, las BT y las BAG, las Consultas de los Oferentes, las Respuestas y Aclaraciones, los Decretos Alcaldicios pertinentes, los antecedentes administrativos, técnicos y económicos que conformen la oferta del Adjudicatario y todas las normas legales y reglamentarias vigentes que se relacionen con el objeto y la materia de la Licitación.

OBJETO DE LA LICITACION

El objeto de la presente licitación es la contratación de una persona natural o jurídica, para realizar el Servicio de Elaboración del Proyecto de Ingeniería de Detalles, para diseñar el soterramiento de los servicios aéreos existentes en un Poliducto y el diseño del proyecto de ingeniería de rotura y reposición de pavimentos de aceras del espacio público intervenidos, en Av. Vitacura, entre Av. Alonso de Córdova y el Puente Pérez Zujovic, incluyendo las correspondientes aprobaciones del Servicio de Vivienda y Urbanismo (SERVIU) y la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), y otras que sean procedentes.

Los Proyectos de Ingeniería deberán considerar el diseño del Poliducto para el soterramiento de las líneas de distribución eléctrica y de telecomunicaciones; así como también el tratamiento del espacio público en las aceras intervenidas, de conformidad con los Proyectos de Detalles y etapas especificadas en las Bases Técnicas de la presente Licitación.

OFERENTES QUE PUEDEN PARTICIPAR

Podrán participar en la presente licitación a través del Portal www.mercadopublico.cl aquellas personas naturales o jurídicas, así como las Uniones Temporales de Proveedores (UTP), sean chilenas o extranjeras, y que no se encuentren afectas a una o más de las inhabilidades contempladas por la Ley de Compras Públicas y, que en este contexto, cumplan además con los requisitos establecidos en el artículo 6º de las BAG, e ingresando al Portal, en tiempo y forma, los antecedentes solicitados en los numerales 6 y 7 de las presentes BAE.

Será responsabilidad y cargo del Contratista preparar, presentar, tramitar y obtener todos los permisos o autorizaciones que se requieran para la prestación de los servicios objeto de la presente Licitación. Asimismo, será responsabilidad del Contratista obtener las certificaciones que conforme las exigencias legales se requieran y todos los costos directos e indirectos asociados a la participación, preparación y presentación de su oferta, incluidos aquellos relativos a la Visita a Terreno Optativa. La Municipalidad en ningún caso será responsable de dichos costos.

VISITA A TERRENO OPTATIVA

Los oferentes podrán asistir a una Visita a Terreno de carácter voluntario, que se efectuará el día y hora indicados en el Decreto Alcaldicio de llamado a Licitación. La inasistencia no deja al oferente fuera de bases, pero se dará por conocido lo tratado durante la visita. En consecuencia, los proponentes, no podrán efectuar reclamo alguno alegando desconocer las características del terreno en que se deben ejecutar los servicios o las obras.

El punto de reunión será en las dependencias de la Dirección de Infraestructura Comunal, ubicado en Av. Bicentenario N° 3800, Piso 2, comuna de Vitacura, el día y hora especificados en el Decreto Alcaldicio de llamado a Licitación.

El representante de la Municipalidad levantará un Acta de la visita a terreno, consignando los asistentes, los eventuales documentos entregados, si correspondiere y las consultas efectuadas durante la visita. Esta Acta será fechada y firmada por todos los oferentes asistentes y una vez digitalizada, enviada al Departamento de Compras Públicas (en adelante DCP) de la Municipalidad para ser registrada y publicada en el Portal.

DE LA ADJUDICACION

La modalidad de esta adjudicación se realizará a suma alzada, por el total, a un solo oferente.

La adjudicación será resuelta por el Sr. Alcalde, previo informe de la Comisión Revisora y Evaluadora de Propuestas Públicas y Privadas. Esta recomendará la adjudicación al proponente cuya oferta resulte más conveniente a los intereses municipales, teniendo para ello en consideración el Informe que presente la Unidad Técnica Municipal que llamó a licitación.

La adjudicación de la licitación se entenderá notificada a las 24 hrs., desde su publicación en el Portal de acuerdo al artículo N°24 de las BAG.

La Municipalidad de Vitacura se reserva el derecho a desestimar fundadamente todas las ofertas presentadas, si estima que éstas no satisfacen los intereses municipales. Lo anterior no dará derecho a indemnización alguna a favor de los licitantes. De igual manera, y por razones de servicio, el Municipio, se reserva el derecho de modificar eventualmente la fecha de adjudicación establecida en el Portal, sin que ello genere un perjuicio para los Proponentes.   

Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación
Los Oferentes podrán realizar Consultas respecto de la Adjudicación, a través del Foro de Consultas y Aclaraciones disponible en el Sistema de Información, bajo el ID de la presente Licitación Pública.
ANTECEDENTES REQUERIDOS PARA PARTICIPAR EN LA LICITACIÓN

Los oferentes deberán elevar al portal www.mercadopublico.cl los documentos que se singularizan a continuación, hasta la fecha y hora del cierre de las ofertas, indicadas en el Decreto de llamado de licitación.

Los documentos son los siguientes:

a) Individualización completa del oferente, (Anexo Nº 1).

b) Garantía de Seriedad de la Oferta. De acuerdo al punto N° 10.1 de estas bases.

c) En el caso que el oferente sea una persona jurídica, deberá acompañar además una declaración jurada simple, firmada por el representante legal, acreditando la actual composición del directorio o la identificación de los socios, según sea el caso.

d) Declaración Jurada Simple (Anexo Nº 2).

e) Formulario de Condiciones de Empleo y Remuneraciones (Anexo Nº 3). No se requiere, para esta licitación.

f) Copia de Patente Municipal vigente al momento de la apertura de la licitación.

g) Acreditación de Experiencia, si la tuviera: Los participantes de la presente licitación deberán contar con profesionales idóneos para los servicios del contrato (adjuntar curriculum). Se valorará la cantidad de años elaborando estudios de Ingeniería de Detalles para Proyectos de Infraestructura Vial, Poliductos, cantidad de estudios en que los profesionales han participado y las labores realizadas, como así también los estudios de especialización, grados académicos de cada uno de los participantes. Finalmente, se deberá demostrar una permanencia en el rubro de al menos en los últimos cinco años. El profesional que se desempeñe como Jefe de Proyecto no podrá ejercer, además, labores de Ayudante (Anexo N° 6).

h) Plazo de Ejecución, según Anexo Nº 10 y Carta Gantt, consistente en un Informe que incluya planteamiento metodológico propuesto para realización del estudio y un Cronograma para la elaboración del estudio completo, en días corridos, el que será la base de control de la licitación.

i) Currículum de la Empresa Contratista, con listado de los estudios realizados en los últimos cinco años, indicando: superficie que abarca el estudio, Mandante, monto del contrato y ubicación. Se deberá entregar Organigrama de la empresa o del equipo de trabajo individualizando ubicación organizacional, cargo dentro del equipo y del nombre profesional (Anexo Nº 5).

j) Certificado de Inscripción Vigente Registro del Minvu según D.S. 135 del 1978, en que se acredite la capacidad para realizar estudios de esta naturaleza según la siguiente descripción: Área : II Rubro Estudios de Proyectos. Especialidad : Nº 1 Ingeniería. Categoría : Primera o Segunda.

k) Copia de Certificación de Calidad, según la norma ISO 9001:2015, si la tuviere.

Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

En el caso de los documentos indicados en las letras c), d) y f) precedentes, que no se hayan entregado en la oportunidad indicada en el párrafo primero del presente artículo, deberán ser entregados por el oferente a más tardar, al tercer día hábil de requerida la entrega por la unidad técnica municipal encargada de la propuesta pública, y si no lo hiciera quedará fuera de bases. VER CUMPIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES.

La presentación de estos eventuales antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, sólo será admisible cuando la emisión o certificación de dichos documentos se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.

Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social
No aplica en la presente Licitación Pública.
OFERTA ECONOMICA

La Oferta Económica asociada al ID 2667-45-LQ18 de esta licitación, deberá ser detallada conforme al Anexo Económico Nº 9 adjunto, expresada en pesos, el monto total sin impuestos, conforme a la descripción de la siguiente línea de oferta:

VALOR TOTAL NETO EN $, PARA LA ELABORACIÓN DEL PROYECTO DE INGENIERÍA DESARROLLO POLIDUCTO EN ESPACIO DE BIEN NACIONAL DE USO PÚBLICO, EN AV. VITACURA, ENTRE AV. ALONSO DE CORDOVA Y EL PUENTE PEREZ ZUJOVIC, de acuerdo lo establecido en las BAE y BT.

PRECIO DEL CONTRATO

El precio del Contrato, se refiere a la prestación completa del Estudio expresados en pesos, sin impuestos afectos, conforme a lo especificado en las presentes Bases, para lo cual, el licitante deberá considerar en este, el valor de todos los gastos en que deba incurrir con motivo de las exigencias estipuladas en la presente licitación, sean directos, indirectos o a causa de estos, aún el costo de las garantías a que se refieren en el punto N° 10 de las presentes BAE.

El precio del Contrato corresponderá al Proyecto terminado con su aprobación definitiva en el Serviu Metropolitano, incluido el valor de todo lo que se refiera a las exigencias para la tramitación, como número de copias de los informes, planos y respaldos magnéticos, entre otros, y la obtención misma de dicha aprobación, lo cual se individualiza en las Bases Técnicas.

ALCANCE DE LA OFERTA

La oferta será a suma alzada, comprenderá todos los trabajos necesarios para la elaboración del estudio y, por tanto, de cada una de las materias indicadas en las Bases Administrativas Especiales y Bases Técnicas, incluyendo también todas aquellas actividades que, sin estar expresamente indicadas en los Documentos Contractuales, fueran necesarias para el completo desarrollo del proyecto, incluido los costos de aprobación ante el Serviu Metropolitano.

Se entenderá que el oferente ha considerado en sus precios todos los aspectos tributarios que corresponden, cualquier otro tributo que afecte o que pueda afectar a la realización del proyecto materia del Contrato, será de cargo del Contratista.

EVALUACION DE LAS OFERTAS

Para la evaluación de las Ofertas se considerarán los siguientes Criterios de Evaluación y ponderaciones:

CRITERIOS DE EVALUACION

PONDERACION

P1: Oferta Económica

70%

P2: Experiencia

15%

P3: Plazo de Ejecución

10%

P4: Cumplimiento de Requisitos Formales

05%

P1: OFERTA ECONÓMICA: 70% (Anexo N° 9)

Fórmula: (Oferta económica menor / Oferta económica en evaluación) x 70

P2: EXPERIENCIA: 15%

Para la evaluación de la Experiencia se considerará la cantidad de Proyectos de Ingeniería de Detalles en Poliductos, ejecutados en Instituciones Públicas y/o Privadas, durante los últimos cinco años, de acuerdo a la siguiente Pauta de Evaluación: (Anexo N° 6)

SUBFACTOR PROYECTOS INGENIERÍA DE DETALLES

PUNTAJE

15 o más proyectos ejecutados y acreditados por el Mandante

15 puntos

05 y hasta 14 proyectos ejecutados y acreditados por el Mandante

10 puntos

Menos de 05 proyectos ejecutados y acreditados por el Mandante

05 puntos

Sin Experiencia, No informa o No acredita proyectos ejecutados

00 puntos

P3: PLAZO DE EJECUCION: 10%.

Sin perjuicio de la oferta de plazo propuesta por los Oferentes, el plazo de ejecución no podrá ser superior a 150 días corridos, y se evaluará como se indica:

Fórmula: (Oferta Plazo menor / Oferta plazo en evaluación) x 10

P4: CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS FORMALES: 5%

El cumplimiento de los requisitos formales de presentación de las ofertas, se realizará mediante la siguiente Pauta de Evaluación:

SUBFACTOR

PUNTAJE

El oferente cumple con la totalidad de los documentos solicitados, en los plazos requeridos (antes del cierre).

5 pts.

El oferente presenta los antecedentes omitidos en el plazo señalado en el Foro Inverso (posterior al cierre).

0 pts.

El oferente no cumple con la totalidad de los documentos solicitados o No informa.

Fuera de

 Bases


Resolución de Empates
Si al completarse la evaluación dos o más oferentes tuviesen igualdad de puntaje, se entregará la primera opción a favor de quien obtenga el mejor puntaje en el criterio de evaluación “Oferta Económica”. En caso de persistir la igualdad, será definido a favor de quien presente la mayor puntuación en el criterio “Experiencia”. De mantenerse aún el empate, se resolverá a favor de la mejor ponderación en el criterio “Plazo de Ejecución”.
GARANTIAS Y SEGUROS

Garantía de Seriedad de la Oferta.

Los oferentes deberán Garantizar la Seriedad de su Oferta, mediante documento en la forma establecida en el artículo N° 53 de las Bases Administrativas Generales. La Garantía de Seriedad de la Oferta será de $5.000.000 (Cinco millones de pesos) y deberá estar vigente por al menos 120 días, desde la fecha de apertura de la licitación.

La Garantía de Seriedad de la Oferta podrá ser digitalmente incorporada a través del portal www.mercadopublico.cl sin perjuicio de que el documento el original debe entregarse obligatoriamente en la Secretaría Municipal, Av. Bicentenario 3.800 3° piso, teniendo como plazo límite, la fecha y hora de la apertura de la licitación.

En el evento de no cumplir con la entrega material de la garantía de seriedad de la oferta en tiempo y forma, el oferente quedará fuera de Bases, siendo en consecuencia, inadmisible su oferta.

En caso de que la adjudicación de la Licitación no se pudiese concretar antes de la fecha de vencimiento de esta garantía, el municipio solicitará prórroga de ésta, siendo obligación del Oferente su cumplimiento.

La Garantía de Seriedad de la Oferta será devuelta a los proponentes conforme a lo previsto en los incisos séptimo, octavo y noveno del artículo 53° de las BAG.

Glosa Referencial de la garantía: “Seriedad de la Oferta en la Licitación ID 2667-45-LQ18”.

Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato

Una vez adjudicada la Licitación, y dentro del plazo máximo de veinte (20) días corridos, a contar de la fecha de notificación de dicha resolución, el oferente adjudicatario deberá presentar una Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato en la forma establecida en el artículo N° 55 de las BAG.

La Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato será por un monto equivalente al 20% del valor total del contrato, expresada en pesos, a nombre de la Municipalidad de Vitacura, y deberá estar vigente hasta un plazo máximo 90 días después del plazo ofertado.

Esta garantía cubrirá también el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores del contratista que cumplen funciones directas con la Municipalidad.

En caso de variar el valor del contrato, esta garantía cubre posibles aumentos de plazo y montos del servicio y deberá modificarse en el plazo y/o mismo porcentaje del aumento, si correspondiere.

Glosa de la garantía: “Garantiza Fiel Cumplimiento del Contrato y el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores Licitación ID 2667-45-LQ18”.

Pólizas de Seguro

En caso de que las garantías requeridas fueran entregadas mediante Pólizas de seguro, estas deberán excluir expresamente la cláusula de arbitraje respecto de la Municipalidad de Vitacura y debe incluir una cláusula que imponga la prohibición de introducir modificaciones sin autorizaciones del municipio, según lo establecido en el Título X “De las Garantías y Pólizas de Seguro” de las BAG. Así también, en el caso de existir deducibles en los términos de la Póliza, estos serán pagados por el Adjudicatario.

Garantías de Buena Ejecución del Proyecto

Una vez recibido provisoriamente el estudio, el Contratista deberá ingresar una Garantía de Buena Ejecución del Proyecto, equivalente al 10% del monto total del contrato, con una vigencia de 24 meses, a contar de la fecha del Decreto Alcaldicio que autorice la recepción conforme del Proyecto, por parte de la Unidad Técnica. Una vez que el adjudicatario ingrese esta Garantía, se procederá a efectuar la devolución de la Garantía de Fiel cumplimiento del Contrato.

FORMA DE PAGO

La forma de pago será en pesos chilenos con impuesto incluido, pagándose el precio convenido en estados de pago de acuerdo a las distintas etapas del Proyecto, dentro de los 30 días siguientes a la recepción conforme por el ITS del documento de cobro y toda la documentación solicitada para su pago.

El documento de cobro debe ser entregado en la Subdirección de Finanzas del Municipio o enviado al Email facturas@vitacura.cl

Los pagos del presente trabajo del Contratista, se realizarán mediante estados de pago en conformidad a las distintas etapas del estudio, y a los porcentajes asociados a estas, de acuerdo a lo señalado en la Tabla Nº 1, según se indica:

Tabla Nº 1: Etapas, Informes y Forma de Pago.

ETAPAS DEL TRABAJO

INFORMES

FORMAS DE PAGO

 

1

 

Primera Etapa A

 

Informe Preliminar y Diagnóstico

Sin pago.

Informe Análisis y Alternativas de Solución

 

Primera Etapa B

Informe Ingeniería Básica, Topografía, Auscultación Georradar, Servicios de Tensión, Telecomunicaciones, Gas, Aguas lluvias, Riego, Agua, Alcantarillado, Cruce con Proyecto Metro, Cruce con Estacionamientos Subterráneos, cruce con Colector Aguas lluvias, principal AVO y otros.

Calicatas de chequeo de servicios de validación.

Estado de Pago Nº1: 40%, al ser aprobado el informe por el ITS.

Informe de Anteproyectos

2

Segunda Etapa

Informe de Anteproyecto a nivel de detalle, explicitadas en las Bases Técnicas, Puntos N° 1 y 2.

Estado de Pago Nº2: 20%

3

Tercera Etapa

Verificación del Municipio: reuniones con los servicios involucrados, SEC y Subtel y eventual ajuste de proyecto por intereses Municipales, y definición Municipal de proyecto final a desarrollar y aprobar.

Sin pago, se detiene plazo de ejecución.

4

Cuarta Etapa

Ejecución final de Proyecto Serviu y Todos los proyectos de detalle incluido cámaras multiuso, de acuerdo a directrices Municipal

Estado de Pago N°3; 20% monto ofertado al ser aprobado por el Municipio la totalidad de proyectos de especialidades y los planos a nivel de detalle.

5

Quinta Etapa

Antecedentes Finales Aprobación Serviu, Metro, MOP (AVO) y UOCT e informe favorable de Empresas de Servicios y de Energía.

Estado de Pago Nº4

Final: 20%

Los estados de pago se pagarán contra aprobación por parte de la Inspección Técnica Municipal.

Documentación a solicitar:

Para dar curso a un estado de pago, el Contratista deberá entregar la siguiente documentación:

a) Certificación de aprobación del informe de cada etapa individualizada en la Tabla Nº 1 por parte del Inspector Técnico del Estudio, en el que conste la conformidad de la factura y la aprobación del estado de pago, de la documentación del contrato y de las garantías.

b) Factura del Contratista o Documento de Cobro.

c) Certificado emitido por la Inspección del Trabajo, si correspondiera, referido al período en que se curse el pago, conforme a lo dispuesto en el artículo 183-C, del Código del Trabajo y D.S. 319, sobre acreditación de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales, solo de los trabajadores que prestan los servicios directamente a la municipalidad.

d) Formulario de avance porcentual del Estudio.

e) Pago de multas cursadas en el mes, si las hubiere.

f) Comprobante de pago de la póliza y/o prima, si correspondiere.

g) Patente Municipal al día, para los meses de enero y julio, si correspondiere.

Las mediciones parciales del Estudio 1, Etapa A y Etapa B, se efectuarán conforme a las entregas de informe de avance e informe finales indicados en la Tabla Nº1, para determinar el porcentaje que sobre el Estudio Total representa el informe parcial o de avance entregado.

El último Estado de Pago, correspondiente al 20% del monto total del Contrato, y sólo se pagará después de aprobado por el SERVIU R.M. en cuyo Informe favorable, se aprueba el proyecto de pavimentación desarrollado y la conformidad de las empresas de servicios a intervenir.

Retenciones de pago:

El Estado de Pago, se podrá retener en los siguientes casos:

• Si no se acredita oportunamente, por el Adjudicatario, el cumplimiento íntegro de las obligaciones laborales y previsionales, conforme lo dispuesto en el artículo 183-C, del código del trabajo y Decreto Supremo Nº 319, sobre acreditación de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales.

• Existencia de reclamos en la Inspección del Trabajo o laborales o previsionales pendiente por parte del Adjudicatario y que hayan sido notificadas a la Municipalidad.

• Si la Municipalidad fuera demandada solidaria o subsidiariamente, quedará facultada para pagar con estos fondos. Cada estado de pago, una vez descontadas las deducciones correspondientes será pagado al Contratista como abono al precio del Contrato. Los estados de pagos serán considerados como abonos parciales que se efectúan al Contratista, a cuenta del valor del Estudio que se está realizando.

En ningún caso se estimará estos abonos como aprobación o recepción de las Etapas del Estudio realizadas hasta ese momento, y sólo tendrán la calidad de anticipo a cuenta del valor del contrato.

Retención del Estado De Pago Final

El Estado de Pago Final se podrá retener en los siguientes casos:

• Si no se acredita oportunamente, por el Adjudicatario, el cumplimiento íntegro de las obligaciones laborales y previsionales, conforme lo dispuesto en el artículo 183-C, del código del trabajo y Decreto Supremo Nº 319, sobre acreditación de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales.

• Existencia de reclamos en la Inspección del Trabajo o laborales o previsionales pendiente por parte del Adjudicatario y que hayan sido notificadas a la Municipalidad.

• Observaciones no subsanadas. En este caso se retendrá el asociado al último informe del estudio hasta que el Contratista obtenga el documento de aprobación total del Estudio.

• La no aprobación o informes favorables del proyecto por parte de los organismos competentes.

• Por incumplimiento de alguna de las exigencias de la Recepción del Estudio. De producirse alguna causal, no podrá facturarse hasta subsanar todas y cada una de las instancias pendientes.

MULTAS POR INCUMPLIMIENTO

En caso de incumplimiento de las obligaciones del Adjudicatario, la Inspección Técnica, aplicará las multas que a continuación se detallan, de acuerdo con el procedimiento fijado en los artículos 51 y 52 de las Bases Administrativas Generales, con la excepción de la unidad monetaria, que será en UTM.

• 10 UTM, por día de atraso en la entrega de los informes de avance o de los Informes Finales de cada etapa conforme a Carta Gantt entregada.

• 15 UTM, por día de atraso en la entrega de los Informes de Avance o Finales, pasado los primeros 7 días y hasta los 14 días corridos.

• 20 UTM, por día de atraso en la entrega del estudio, pasado los 14 días corridos.

• 10 UTM, por cada instrucción no cumplida, solicitada expresamente en Libro de Estudio.

• 10 UTM, por cada evento no cumplido a solicitud del ITS, en relación a alguna exigencia en particular, exigido en Libro de Estudio.

• 05 UTM, en caso de incurrir el contratista en cualquier incumplimiento no especificado, que atente contra la correcta ejecución del contrato y que no tenga señalada una multa específica en las presentes Bases.

El valor de la UTM a considerar será el correspondiente al del día de pago de la multa.

Respecto de las eventuales multas que se apliquen durante el Contrato, el adjudicatario podrá ejercer los derechos que se consignan en el inciso 3° y 6° del artículo 51° de las BAG.

DURACION DEL CONTRATO

El plazo de ejecución en ningún caso deberá ser superior a 150 días corridos, a contar de la firma del Contrato. El adjudicatario deberá contemplar en la ejecución del estudio, las fases independientes, señaladas en las presentes Bases. Cada fase tendrá el plazo parcial máximo allí indicado e incluirá la ejecución de los trabajos descritos en el mismo punto, dejando establecido como primer día, la partida de la Revisión Municipal.

El plazo que la Municipalidad requiere para la revisión de los Informes será descontado del plazo total, dejándose constancia de la fecha de ingreso y respuesta. Las fechas de aprobaciones ministeriales serán contabilizadas también como suspensión momentánea, retomándose el plazo si hay respuestas u observaciones que corregir (en suma, se suspende transitoriamente el plazo, cuando no depende del Contratista el avance del Proyecto).

El plazo de elaboración del estudio se contará, desde la fecha del Contrato previo Decreto Alcaldicio de Adjudicación.

El Contratista deberá considerar destinar personal idóneo a inspeccionar durante la ejecución de la obra proyectada, con visitas semanales. Se exigirá 8 horas semanales mínimo y se cancelará mensualmente, las 32 horas efectivas contra informe de inspección. En caso de detectarse interferencias constructivas no bien resueltas en el estudio, deberá considerar subsanar y dar solución pronta para no detener las obras, y los costos asociados; para ello, se considerará que aplica la Buena Ejecución del estudio y no tendrá pago adicional por sobre horas de ingeniería, salvo el pago de la inspección exigida Base. El ITS está calificado para exigir al Contratista readecuar el proyecto si existen reparos de servicios y/o redes, no resueltos durante el avance de la Obra y que entorpecen el buen desarrollo de la misma y que no se colige con los planos.

Una vez ejecutado el Estudio en su totalidad y aprobado ante el Serviu el proyecto de Pavimentación, se levantará un Acta de Recepción Provisoria, aprobada por Decreto Alcaldicio. La Recepción Definitiva del Estudio se emitirá una vez que se concluya la construcción del Poliducto.

Las fechas de inicio y término del Proyecto y sus etapas serán anotadas en el Libro de Proyecto, proporcionado por el Contratista.

MODIFICACIONES DE CONTRATO
Las Modificaciones de Contrato, se podrán realizar conforme a lo establecido en los artículos 44°, 45° y 46, de las BAG, no pudiendo exceder de un 20% del valor total del servicio.
PROFESIONAL DE COORDINACION E INSPECCION (ITS)

La Municipalidad se obliga a designar a un Inspector Técnico del Estudio. El Inspector Técnico será un funcionario Municipal quién será el encargado de las relaciones contractuales entre el Contratista y la Municipalidad.

Sin perjuicio de todas las otras funciones que le encomiende la Municipalidad al Inspector Técnico le corresponderán las siguientes funciones:

a) Para efectos contractuales ser el interlocutor de la Municipalidad con el Contratista, en todo aquello que el municipio no delegue en otro;

b) Ser el Interlocutor con entidades externas a la Municipalidad;

c) Aprobar los avances del estudio;

d) Aplicar multas;

e) Aprobar y cursar los estados de pagos,

f) Colaborar con el contratista, si procediere, en todo lo que fuere necesario para la ejecución del contrato.

REPRESENTANTE TECNICO DEL ADJUDICATARIO

El Contratista designará un Profesional quien deberá registrar en el Libro de Estudio su Nº de teléfono y horario en que pueda ser ubicado cuando la Municipalidad de Vitacura lo requiera.

Dicho personal deberá contar con la aceptación del Inspector Técnico del Estudio, y representarán válidamente en todo momento y en todo lo relacionado con ejecución del presente Contrato al adjudicatario. Deberá, asimismo, disponer del personal y equipos calificados y suficientes para la correcta ejecución en tiempo y calidad del trabajo.

LIBRO DE PROYECTO

Desarrollo del proyecto:

El Contratista deberá mantener permanentemente, un "Libro de Estudio" (Manifold) foliado, autocopiativo y en triplicado, en donde se anotarán las observaciones o consultas, tanto de parte del Inspector Técnico del Estudio como del propio Contratista. En este libro se redactará lo siguiente:

• Ordenes, instrucciones, observaciones y comunicaciones que estimen oportunas el Inspector Técnico del Estudio y el Contratista.

• De las autorizaciones a modificaciones, aumentos o disminuciones del Estudio que se ordene ejecutar, haciendo referencia a la orden escrita dada por la Municipalidad.

• Cualquier otra materia relacionada con el estudio y/o conformidad de las presentes Bases o del Contrato.

Al Libro de Estudio sólo tendrán acceso: la Contraparte Técnica de la DINC, SECPLA, DMAO, Dirección de Tránsito, el Inspector Técnico del Estudio y el Contratista.

Este libro se mantendrá en la Dirección de Infraestructura Comunal de la Municipalidad de Vitacura.

Ejecución:

En el Libro de Estudio se anotará, además el avance de los trabajos, la actividad en ejecución, las fechas reales de inicio de las mismas y todas aquellas anotaciones pertinentes al trabajo de elaboración del Proyecto.

REUNIONES
Las reuniones de trabajo se realizarán a requerimiento del Contratista o del ITS. Como regla general, éstas serán a lo menos coincidentes con la entrega de cada uno de los informes de avances establecidos en la Tabla Nº 1 de estas bases, no obstante que se desarrollarán pre reuniones de avance y decisión con el ITS, previo a la presentación. De lo anterior, se deberá coordinar un mínimo de 10 reuniones de trabajo de manera de asegurar el buen desarrollo del contrato. En ella se tratarán todos los temas relacionados con la marcha del Estudio, de manera de facilitar y agilizar todo tipo de información a beneficio del estudio y del normal desarrollo del Plan de Trabajo. De cada reunión el oferente deberá llevar un acta de asistencia y los temas y resoluciones tratados, como norma general.
SUBCONTRATACION

El Contratista podrá subcontratar parte de las actividades que componen el Estudio, siempre que se cumpla con lo estipulado en las presentes BAE, en el artículo 73° de las BAG y se presenten las cartas de compromiso respectivas de acuerdo al Anexo Nº 4.

No obstante, lo anterior, la subcontratación de cualquier especie, no libera al Contratista de las responsabilidades que genera el contrato, siendo éste el único responsable ante la Municipalidad de Vitacura y además solidario por los actos, errores y negligencias de cualquier Subcontratista, sus representantes, empleados u obreros, como si fueran propios, incluso respecto de aquellos contratos de especialidades en cuya selección haya intervenido la Municipalidad de Vitacura. Igualmente, la subcontratación no creará relación jurídica ni de ninguna especie entre los Subcontratistas y la Municipalidad de Vitacura.

En todos los casos los subcontratistas, deberán obligarse en los mismos términos y condiciones que el Contratista principal, quien será en todos los casos su representante ante el Inspector Técnico del Estudio y ante la Municipalidad.

La Municipalidad podrá ejecutar simultáneamente, ya sea directamente o a través de terceros, otros trabajos no previstos en el Proyecto o no incluidos en el Contrato, que contribuyan a un mejor proyecto. Si es el caso que el Municipio obtuviera información relevante que mejora el proyecto y produce beneficios a la Institución, y no fue analizado por el Contratista, el Municipio lo comunicará para reformular el proyecto y su costo debe ser asumido por el oferente, como parte de su responsabilidad con personal contratado específicamente para tal desarrollo.

CUMPLIMIENTO DE NORMAS LABORALES Y DE SEGURIDAD SOCIAL

El Contratista será considerado como empleador del personal que utilice y único responsable del pago de las remuneraciones, salarios, jornales o cualquier otra contraprestación, de las indemnizaciones, retenciones, aportes y contribuciones legales y/o convencionales, y toda otra obligación vinculada con la relación laboral o de índole previsional que deba ser cumplida por el empleador, de conformidad con el derecho vigente.

El Contratista deberá dar cumplimiento a las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas vigentes en materia laboral; de seguridad social, previsional, tributaria y de seguridad e higiene en el trabajo. (Artículo 184 del Código del Trabajo; Ley Nº 16.744, Decreto Nº40 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social), y demás normas aplicables, lo cual será debidamente fiscalizado por la Municipalidad.

Especialmente, el Contratista deberá mantenerse al día en el pago de las imposiciones previsionales y de accidentes del trabajo para todo su personal. En caso de que el Contratista no acredite encontrarse al día en el cumplimiento de estas obligaciones, o cometa infracción a las disposiciones sobre seguridad por parte del personal técnico designado por él, y sin perjuicio de otros derechos, la Municipalidad podrá suspender el pago de los Estados de Pago, hasta la normalización de las obligaciones que aparezcan morosas.

La ignorancia o el error con respecto a estas normas, no será atenuante ni eximente de responsabilidad alguna. Ante el sólo requerimiento del Supervisor Municipal, el Contratista deberá acreditar el cumplimiento de lo establecido en este artículo, pudiendo retener los pagos, hasta que se hayan presentado los comprobantes respectivos.

Si la Municipalidad debiera pagar cualquier suma de dinero en subsidio del Contratista, por alguno de los conceptos antes indicado, tal suma devengará un interés igual al máximo convencional por todo el tiempo que mediare entre la fecha del desembolso por parte de la Municipalidad y la fecha de su pago efectivo por parte del Adjudicatario.

En caso de haberse acordado la entrega de un anticipo para la ejecución de los trabajos, recién se dará curso al mismo una vez completada la presentación de la documentación.

TRABAJOS DEFECTUOSOS
Todo análisis que no haya sido bien logrado, a juicio de la Contraparte Técnica y/o del proyectista, quedará consignado en el Libro del Estudio y deberá ser corregido por el Contratista, en un plazo definido por el Inspector Técnico del Estudio.
RECEPCIONES DEL PROYECTO

Procedimientos de Recepción Parcial de los Informes del Proyecto.

El Contratista deberá solicitar por escrito a la Municipalidad la Recepción Parcial de cada Etapa del Proyecto, dejando estampada en el Libro de Estudio la fecha de su solicitud.

El Contratista deberá presentar todos aquellos documentos que son de su responsabilidad, tales como los informes de avance por triplicado individualizados en la Tabla Nº1.

Para la recepción de los informes finales de cada etapa individualizada en la Tabla Nº1, se solicitará la entrega además de todo lo solicitado para los Informes de Avance, el documento de aprobación emitido por los organismos ministeriales correspondientes.

El Inspector Técnico del Estudio determinará si corresponde o no otorgar el Vº Bº para que se realicen estas Recepciones, situación que quedará registrada en el Libro de Estudio.

Las Recepciones serán realizadas por la Comisión y deberá actuar dentro de un plazo no superior a cinco (5) días hábiles, contados desde la fecha en que el Inspector Técnico del Estudio otorgó el pase para la Recepción Provisoria.

Una vez efectuada la Recepción Provisoria y levantada el acta respectiva, la Unidad Técnica que supervigila el Estudio elaborará el Decreto Alcaldicio que las dará por aprobadas. Una vez notificado el Decreto Alcaldicio, se autorizará cursar el Pago y se dará por término del Proyecto, comenzando a regir el período de garantía hasta la Recepción Definitiva.

Recepción definitiva y finiquito del contrato.

Dado que la recepción definitiva dependerá de la ejecución de obras del mandante, se fija a priori que será de tres años después de la Recepción Provisoria, con posibilidad de ampliación en un año más a conformidad del Contratista.

Responsabilidad posterior del Contratista.

El Contratista deberá resolver y aclarar posteriormente todas las dificultades y dudas que por motivo del estudio se produjeran antes y/o durante la ejecución de las obras. Para tal efecto deberá entregar una declaración Jurada, antes del pago total del estudio, en la cual constará que atenderá oportunamente las materias observadas y sin mayor costo para la Municipalidad.

DOCUMENTACIÓN

DOCUMENTOS CONTRACTUALES

La siguiente documentación integrará el Contrato que se celebre entre el Contratista y la Municipalidad:

a) El Contrato y sus modificaciones, si existieren.

b) Las Bases Administrativas Especiales.

c) Los antecedentes que entrega la Municipalidad.

d) Las aclaraciones en serie de Consultas y Respuestas.

e) La Oferta y las aclaraciones posteriores que sirvieron de base para la adjudicación.

f) Las Notas en el Libro de Estudio emitidas por la Inspección Técnica del Estudio y el Contratista, asentadas en los libros correspondientes.

PROPIEDAD DE LOS DOCUMENTOS

Todos los documentos proporcionados al Contratista por la Municipalidad o la ITS son de única y exclusiva propiedad de la Municipalidad de Vitacura.

Por su parte, la propiedad intelectual de todos los documentos, diseños, manuales y otros materiales preparados por el Contratista, serán cedidos perpetuos y gratuitamente a la Municipalidad de Vitacura, para su uso exclusivo, y no deberán ser divulgados por el Contratista.

MARCO REGULATORIO VIGENTE

Para el fiel cumplimiento de las condiciones que irrogue el contrato, el Oferente del mismo, deberá considerar como parte integrante de las Bases que lo rigen, entre otros, el siguiente cuerpo de leyes, ordenanzas y normativas en lo que sea aplicable:

- Ley 19.886, ley de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios.

- Reglamento de la ley 19.886, publicado el 24 de septiembre del 2004.

- Manual de Pavimentación y Aguas Lluvias Serviu.

- Normas oficiales del Instituto de Normalización.

- Manual de Señalización de Tránsito, Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

- Especificaciones y métodos de muestreo y ensaye del Laboratorio Nacional de Vialidad (Normas LNV).

- Ley General de Urbanismo y Construcciones.

- Instrumentos de Planificación Territorial Comunal.

- Instructivos CONASET.

- Referencias normativas consignadas en las BT.

- DFL4 Ley General de Servicios Eléctricos de 2006 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.

- Ley 19.300. Aprueba Ley Sobre Bases Generales del Medio Ambiente.

- Decreto Supremo N°40 del Ministerio del Medio Ambiente de 2012. Aprueba Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

- Ley 19.653 Sobre Probidad Administrativa de los Órganos de la Administración del Estado.

- Ley 19.880 Establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado.

- Ley 20.285 Sobre acceso a la información pública.

- Ley 20.880 Sobre Probidad en la Función Pública y Prevención de los Conflictos de Intereses.

- Ley 20.730. Regula el Lobby y las Gestiones que representen intereses particulares ante las Autoridades y funcionarios.

- Ley 20.393, establece la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los delitos de Lavado de Activos, Financiamientos del Terrorismo y Delitos de Cohecho.

- Código del Trabajo En Particular Título III “Del Seguro Social contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales”, y sus modificaciones.

- Ley 20.123, regula trabajo en régimen de subcontratación, el funcionamiento de las empresas de servicios transitorios y el contrato de trabajo de servicios transitorios.

- Ley N°16.744, sobre prevención de accidentes del trabajo, de seguridad e higiene industrial.

- Decreto Supremo 594 de 1999 el Ministerio de Salud. Aprueba Reglamento sobre sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.

- Ley N°18.290, Ley de Tránsito, y su reglamento decreto 60 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones de fecha 22 de abril de 2013.

- Decreto N°40 de 1969 de la Subsecretaría de la Previsión Social. “Aprueba Reglamento sobre Prevención de Riesgos Profesionales”.

- Decreto N°54 de 1969 de la Subsecretaría de Previsión Social y sus modificaciones. “Aprueba Reglamento de Constitución y Funcionamiento de los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad”.

- Decreto N°50 de 1988 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. “De la Obligación de Informar a los Trabajadores de los Riesgos Laborales”.

- Decreto Alcaldicio Sección 1ª N 10/2420 de 10 de noviembre de 2017. Reglamento Especial para Empresas Contratistas y Subcontratistas de la Municipalidad de Vitacura.

- Decreto Alcaldicio Sección 1ª N° 4/490, de fecha 1 de marzo de 2018. Aprueba Bases Administrativas Generales para la Adquisición de Bienes, Ejecución de Obras y/o Prestación de Servicios a través de Licitación Pública o Privada, a través del portal www.mercadopublico.cl

- Decreto Alcaldicio N° 5/1245, de fecha 22 de junio de 2016, que aprueba el Reglamento sobre Función y Deberes de los Administradores de Contrato de la Municipalidad de Vitacura.

- Decreto Alcaldicio Sección 1ª N° 10/1839, de fecha 30 de agosto de 2017 aprueba texto refundido del Procedimiento de Resguardo de Boletas de Garantía y otras Acreencias.

- Las Ordenanzas Municipales Locales y sus posteriores modificaciones (Aseo y Ornato, Medio Ambiente, Obras, Tránsito u otras), de la comuna de Vitacura tales como: Ordenanza Local para Ocupación Transitoria de Espacios Públicos por Trabajos, Ordenanza Local Sobre Derechos Municipales, Ordenanza Local Sobre Horario de Carga y Descarga de Camiones de la Construcción, Ordenanza Comunal sobre Mantención de áreas verdes y especies vegetales en la vía pública, Ordenanza de Urbanismo y Construcción y Ordenanza Municipal Ruidos Molestos, entre otros.

- Políticas y condiciones de uso del Sistema Chile Compra, instrucción que la Dirección de Compras Públicas emite para uniformar la operatoria en el Portal Mercado Público.

- Dictámenes pertinentes de la Contraloría General de la República (CGR).

- Directivas de la Dirección de Compras y Contratación Pública (DCCP).

El Contratista deberá tener presente todo documento o investigación que exista, sobre materias relacionadas con el estudio, que propendan a la incorporación de innovación tecnológica al proyecto a desarrollar. Además, se deberá recurrir a los antecedentes y normativas que puedan existir en los distintos organismos que tutelen o administren servicios públicos tales como: alcantarillado, electricidad, agua potable, teléfonos, etc. También se deberá recopilar información en la Municipalidad y los proyectos desarrollados por el MINVU, SECTRA y MOPTT.

Todas estas normas serán parte de las Bases Técnicas, debiendo el Contratista conocerlas y la Inspección Técnica podrá a su vez exigírselas cada vez que lo estimen conveniente.

Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.

2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.

4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.

5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.

6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.

7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
ACLARACION N° 1
Compleméntese el Punto N° 2 de las BAE, “Del Objeto”, con el siguiente Inciso N° 3:

El Contratista deberá considerar en su oferta la entrega de los proyectos aprobados ante el Serviu Metropolitano en 2 etapas; considerando la primera de éstas, como el soterramiento de todos los servicios con un proyecto de rotura y reposición y, para la segunda etapa, el futuro tratamiento del B.N.U.P, donde ambas deben ser concordantes entre sí.
ACLARACION N° 2
Se adjunta en el portal “Memoria de Anteproyecto Ciclovía Av. Vitacura, Tramo Puente Pérez Zujovic – Av. Américo Vespucio Norte”, el cual debe cumplirse a cabalidad en el diseño del proyecto propuesto por cada Oferente.
ACLARACION N° 3
Modifíquese el Plazo establecido en el Item II, Punto N° 1, Letra b), de las Bases Técnicas, en lo siguiente:

“En caso de tenerse observaciones, el Contratista tendrá un plazo de 15 días corridos a contar de la fecha en que se le comuniquen las observaciones”.
ACLARACION N° 4
Del Punto 1.1.1 de las Bases Técnicas, elimínese la siguiente frase:

• Sondaje a Subsuelo hasta los 50 m.

En todo lo demás no modificado, se mantiene lo dispuesto en dicho punto de las Bases Técnicas.
ACLARACION N° 5
Modifíquese el monto de la Garantía de Seriedad de la Oferta establecido en el Punto N° 10.1 de las Bases Administrativas Especiales, de acuerdo a lo siguiente:

“El monto de la garantía corresponderá a dos millones de pesos ($2.000.000) y deberá estar vigente por a lo menos 120 días corridos, siguientes al día de apertura de la licitación. En lo no modificado, se mantiene todo lo señalado en el numeral señalado”.
ACLARACION N° 6
Los oferentes podrán asistir a una Segunda Visita a Terreno Optativa, la que se efectuará el día martes 14 de agosto, a las 10:00 hrs., en Av. Bicentenario 3.800, 2° piso, Dirección de Infraestructura Comunal.

No obstante, se encuentra disponible en el Portal www.mercadopublico.cl la asistencia de la primera visita.
ACLARACION N° 7
Del Punto 1.1.2 de las Bases Técnicas, denominado “REQUERIMIENTOS GENERALES”, elimínese la siguiente frase final del segundo párrafo:

“Es requisito que deberá considerar Profesional con experiencia en soterramiento de Poliducto al que deberá ser consultado durante la ejecución de las obras de construcción y buena marcha del proyecto en caso de haber hallazgos”.

En todo lo demás no modificado, se mantiene lo dispuesto en dicho punto de las Bases Técnicas.