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Pacto de integridad |
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El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influír o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluídos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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Las consultas que los oferentes deseen formular con relación a la materia de esta Licitación, deberán ser realizadas a través del mecanismo que se dispone en el sitio www.mercadopublico.cl asociado a esta Licitación Pública, hasta la fecha de recepción de consultas señalada en el cronograma, indicando el numeral y tipo de base que dan origen a la consulta. Las respuestas se pondrán a disposición de los oferentes, en la página web www.mercadopublico.cl hasta la fecha establecida en estas bases para la publicación de respuestas.
Sin perjuicio de lo anterior y hasta el plazo en que deben responderse las consultas, CONAF se reserva el derecho de emitir, las aclaraciones a las bases que estimare necesarias o las que hubieren surgido con motivo de las consultas efectuadas por los interesados durante el proceso de licitación. Tales aclaraciones se entenderán informadas a los participantes, al encontrarse publicadas en la página web www.mercadopublico.cl. Las consultas y aclaraciones formarán parte integral de los respectivos contratos.
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COMPLEMENTACION DE LAS BASES |
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CONAF podrá complementar las Bases de la Licitación, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los Oferentes, durante el proceso de la Licitación, otorgando un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos, informando de ello a través del sitio www.mercadopublico.cl.
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PRESUPUESTO: |
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La Corporación para la realización de las actividades señaladas en el punto 3 de las Bases Técnicas cuenta con un presupuesto provincial máximo de $12.447.000 (doce millones cuatrocientos cuarenta y siete mil pesos), a distribuir en 11 meses, considerados de febrero a diciembre de 2017.
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PRESENTACIÓN DE OFERTAS TÉCNICAS Y ECONÓMICAS |
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Las ofertas deberán presentarse a través del portal www.mercadopublico.cl en valores totales. Los Oferentes deberán cumplir, además, con las especificaciones técnicas y administrativas, que se ponen a disposición en el “Sistema de Informaciones de Compras y Contrataciones Públicas”, en el portal www.mercadopublico.cl.
El Oferente deberá realizar, además, lo siguiente:
a) Completar el formulario de propuesta incluido en el sistema al que se accede desde el ambiente privado de cada proveedor u oferente. Los documentos que debe subir al portal el oferente, referido a su cotización, lo debe hacer en el Anexo Económico de la Plataforma www.mercadopublico.cl
b) Adjuntar documentos. Se deberán adjuntar electrónicamente como documentos anexos, todos y cada uno de los antecedentes que formen parte de la oferta, como asimismo aquellos que se consideren necesarios para su mejor comprensión y entendimiento.
Las únicas ofertas válidas serán aquellas presentadas a través del sitio www.mercadopublico.cl. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases, salvo el caso contemplado en el artículo 62 del Reglamento de la Ley 19.886, sobre Compras Públicas. Los Oferentes deben constatar que el envío de sus ofertas técnicas y económicas a través del sitio www.mercadopublico.cl hayan sido ingresadas con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los Formularios y Anexos requeridos; para ello se deben verificar el posterior despliegue automático del comprobante
de envío que se entrega en dicho sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo.
Será responsabilidad de los oferentes adoptar las medidas que sean necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente las respectivas propuestas.
Las ofertas permanecerán cerradas y se abrirán electrónicamente en las fechas indicadas en el punto 3 de las presentes Bases.
Todos los antecedentes que acompañen la propuesta deberán presentarse en formato electrónico a través del portal.
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OFERTA TÉCNICA-ECONÓMICA |
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El Oferente deberá analizar la propuesta de actividades valoradas que presenta CONAF, pudiendo modificar los valores unitarios para cada una de las actividades en un rango que puede variar entre el 90% y el 110% de su valor (Columna “Oferta-Unitario” del Archivo “Valorización de las actividades”).
Sin perjuicio de lo anterior, el valor de la oferta total para el área hecha por el oferente, no puede ser menor del 95% ni mayor al 100% de la valorización efectuada por CONAF.
La oferta debe ser desarrollada en el Formato que se presenta en el Archivo Excel Adjunto: “Valorización de las actividades”.
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CONSIDERACIONES GENERALES |
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CONAF no considerará para ser evaluadas las ofertas que no acompañen los documentos o antecedentes solicitados ni aquellas cuyos contenidos no se ajusten a las exigencias establecidas en las bases técnicas y administrativas.
El Oferente adjudicado asume la plena responsabilidad en cuanto a la calidad y oportunidad de los servicios y productos exigidos de acuerdo a las especificaciones técnicas y demás estipulaciones de las presentes bases.
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EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS |
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Las ofertas técnicas y económicas de los proponentes, que cumplan con todos los requisitos formales de presentación, serán evaluadas por CONAF, quien constituirá para tal efecto una Comisión Técnica-Administrativa integrada por al menos tres (3) profesionales de su dependencia: el Jefe(a) Provincial del Ranco, el Encargado(a) del Departamento de Desarrollo y Fomento Forestal Provincial, y el Jefe DEFOR Regional, o quienes se designen en sus reemplazos.
La Comisión Técnica-Administrativa, luego de su evaluación emitirá un Acta o Informe en el que propondrá al respectivo Director Regional la adjudicación, aceptación o rechazo de las propuestas analizadas.
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Criterios desempate |
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De existir empate, CONAF seleccionará de acuerdo a los oferentes que hayan tenido el máximo puntaje en la entrevista. Si aún persiste, se priorizará de acuerdo a:
• Experiencia en bosque nativo
• Experiencia en manejo de plantaciones
• Experiencia en elaboración de estudios técnicos
• Experiencia en metodología de extensión forestal
De permanecer el empate al finalizar el proceso, CONAF podrá seleccionar al Extensionista que obtenga el mayor puntaje en la entrevista personal
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ADJUDICACIÓN |
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Conforme a lo estipulado en la Ley 19.886, CONAF podrá declarar las ofertas inadmisibles cuando éstas no cumpliesen con los requisitos establecidos en las presentes bases. Asimismo, podrá declarar desierta la licitación si no se presentaren ofertas, o éstas no resulten convenientes a los intereses de la Corporación.
CONAF adjudicará la oferta que obtenga el puntaje más alto de acuerdo a los criterios de evaluación indicados en las presentes bases, considerando como puntaje mínimo 60 puntos, a menos que se presenten las excepciones descritas en el punto 13.1
La Corporación emitirá una “resolución de adjudicación”, la cual se publicará en el portal de compras del Estado www.mercadopublico.cl, de acuerdo a la normativa vigente.
La notificación de la resolución de adjudicación, se entenderá realizada, luego de las 24 horas transcurridas desde que CONAF publique dicha resolución en el portal de compras www.mercadopublico.cl.
En caso que la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en las presentes bases de licitación, la Corporación informará en el sistema de información de www.mercadopublico.cl, las razones que justifiquen el incumplimiento, y se indicará el nuevo plazo para la adjudicación.
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CONTRATO |
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CONAF, a través del Director Regional correspondiente, y el adjudicatario suscribirán un contrato aproximadamente dentro de los 15 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación a través del Portal www.mercadopublico.cl, en el que establecerán sus derechos y obligaciones, del cual las bases administrativas y técnicas de la presente licitación, son parte integral, así como sus anexos y la propuesta del adjudicatario.
Si el adjudicatario del proyecto no suscribe el contrato dentro del plazo establecido anteriormente se entenderá que desiste de su realización. En ese caso, CONAF tendrá derecho a encomendar la labor al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente.
El adjudicatario deberá, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación de adjudicación, presentar en CONAF, los documentos necesarios para suscribir el contrato, según corresponda.
• Fotocopia de licencia de conducir al día.
• Fotocopia que acredite la revisión técnica al día del vehículo.
• Copia del “seguro obligatorio de accidentes personales” (SOAP).
• Copia de póliza de seguro de vida.
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READJUDICACIÓN |
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En caso que el oferente adjudicado no suscriba el contrato dentro del plazo establecido, no entregue la garantía de fiel cumplimiento de contrato, no cumpla con los requisitos para contratar establecidos en las presentes bases, se desista de su oferta o sea inhábil para contratar de acuerdo con los términos de la ley 19.886 y su reglamento, se entenderá que desiste de su realización, por lo tanto, CONAF tendrá derecho a adjudicar los servicios licitados al oferente que, cuyo resultado de la evaluación, siga en puntaje del oferente adjudicado, y así sucesivamente.
Si es declarado desierto el proceso anterior, CONAF podrá realizar la contratación a través de la modalidad de “licitación privada”.
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FACILIDADES Y APOYO |
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El extensionista podrá utilizar información de los predios y cartografía de propiedad de CONAF, para el buen cumplimiento de las funciones para las cuales ha sido contratado.
La Corporación podrá entregar elementos distintivos, para la debida identificación del profesional como extensionista forestal en el territorio en el cual realizará su trabajo
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SUPERVISIÓN DE LA GESTIÓN |
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En el punto 5 "Planificación y supervisión de tareas del extensionista” de las bases técnicas, se establecen las condiciones en que se desarrollará la supervisión de la gestión del extensionista.
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Plazo de vigencia de las Ofertas |
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Las Ofertas tendrán una validez mínima de 30 (treinta) días corridos desde la fecha de apertura electrónica de las mismas.
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Plazo de duración del Servicio |
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El plazo para la prestación de los servicios licitados será hasta el 15 de Diciembre de 2017.
No obstante lo anterior, el contrato podrá ser renovado por 1 período adicional, hasta el 15 de Diciembre de 2018, en similares condiciones generales contractuales fijadas para el año 2017 (excepto la definición específica de actividades a realizar y otras que se establezcan de común acuerdo) siempre y cuando se cumplan los siguientes requisitos copulativos:
1) La Dirección Regional autorice por escrito, en forma anual, la continuidad de cada uno de los extensionistas (basada en la disponibilidad presupuestaria, necesidad del servicio, evaluación del servicio prestado y nivel de prioridad del mismo, entre otras consideraciones).
2) Se emita al final del año (o periodo de prestación de servicios del año) un informe, basado en el desempeño del cumplimiento de los servicios del Extensionista, por parte del supervisor directo, aprobado por el Jefe Provincial. Para este efecto se deberá utilizar el formulario de evaluación del Anexo N°2 (Formulario evaluación desempeño del postulante último trabajo realizad) de las presentes bases más la “Ficha de evaluación anual del extensionista”, Anexo N°5 de las Bases técnicas, en las cuales se deberá señalar la recomendación de continuidad del contrato por un período más. El informe, además, debe guardar coherencia con las conclusiones de las evaluaciones mensuales realizadas al extensionista.
3) Exista acuerdo entre CONAF y el extensionista en las condiciones de la renovación del Contrato por un nuevo período, las cuales se deberán materializar mediante la firma de un Anexo de Contrato.
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MODALIDAD FORMA Y PLAZO DE PAGO |
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Los pagos se efectuarán por avances mensuales previa presentación de la boleta o factura correspondiente, la planificación y reporte de sus actividades en SIGEDEFF (sujeto a su implementación) o en el formato que CONAF determine, y de un informe técnico de las actividades realizadas, el cual debe ser aprobado a través de la Ficha de Evaluación Mensual (Ver numeral 7.3, Anexo 3 de las bases técnicas) que en su conclusión califique la labor al menos como satisfactoria.
Los informes de avance mensuales se deberán entregar hasta el quinto día hábil del mes siguiente a aquel en el que se prestaron los servicios. El Jefe Provincial deberá aprobar los informes de avance mensual y generar la evaluación mensual correspondiente, luego de lo cual se podrá generar el pago, siendo el plazo hasta 15 días hábiles posteriores a la recepción conforme de los documentos antes señalados.
En cada pago, el prestador de servicios deberá acreditar ante CONAF, mediante documentación consistente en liquidaciones de pago de remuneraciones u honorarios, pago de impuestos ante el SII, el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales respecto de los trabajadores dependientes de él que han ejecutado labores en los servicios materia de esta licitación, cuando corresponda.
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TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO |
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CONAF queda facultada para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, sin derecho a indemnización alguna para el Extensionista, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:
a) Si el Adjudicatario fuere declarado en quiebra o manifiesta insolvencia financiera.
b) Si se disolviese la empresa adjudicataria.
c) Si se produjese cualquier incumplimiento gravísimo de las obligaciones establecidas en bases y contratos.
d) Si el extensionista no diese cumplimiento reiterado al cronograma del proyecto, señalado en el Plan de Trabajo Trimestral. (3 evaluaciones mensuales calificadas como regulares o menos)
e) Si durante el ejercicio del servicio se transgredieran gravemente las prohibiciones señaladas en las presentes Bases y en el respectivo contrato.
f) Cuando CONAF y el Extensionista de común acuerdo resuelvan poner término al Contrato.
g) Si el adjudicatario es sometido(a) a proceso por algún delito que merezca pena aflictiva.
h) Fallecimiento del representante legal, que implique el término de giro de la sociedad o su personalidad jurídica.
i) Si el Extensionista no iniciara la ejecución del contrato dentro de los 5 días hábiles después de haber suscrito el contrato.
j) Si el Extensionista no realiza las correcciones que se le soliciten en la “Ficha de Evaluación Mensual”, conforme a lo establecido en las Bases.
Para el caso de lo señalado en las letras f) y h), no aplicará el cobro de la “garantía de fiel cumplimiento del contrato”. Para efectos de las letras a), b), c), d), e), g), i) y j), CONAF estará facultada para hacer efectiva la “garantía de fiel cumplimiento del contrato”
Adicionalmente CONAF, podrá dar término anticipado de contrato, dando aviso por escrito al prestador de servicios, con 30 (corridos) días de anticipación, en las siguientes situaciones:
k) Cuando no exista disponibilidad presupuestaria para el pago del profesional.
l) Cuando CONAF fundadamente indique cambios en las necesidades y lineamientos de la Institución.
Por su parte, el Prestador de Servicios podrá poner término anticipado al contrato, dando aviso escrito al respectivo Director Regional de CONAF, con 60 días (corridos) de anticipación. El no cumplimiento de lo anterior, facultará a la CONAF para hacer efectiva la “Garantía de fiel cumplimiento de contrato”.
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CAMBIO DEL EXTENSIONISTA |
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En el caso que el adjudicatario corresponda a una persona jurídica existirá la posibilidad de reemplazar al extensionista a solicitud del adjudicatario o de CONAF. Esta posibilidad sólo se puede ejercer no antes de 3 meses desde el inicio del contrato, plazo no obligatorio en el caso que se cumpla alguna de las causales establecidas en el punto 21, excepto letras f) y h).
Esta solicitud debe efectuarse fundadamente por escrito. La respuesta a esta debe ser por la misma vía de acuerdo a la calificación expresada por la Corporación.
El profesional que se proponga como reemplazo, debe ser evaluado con los mismos criterios establecidos en las bases adjudicadas.
En el caso que el extensionista (persona natural o jurídica), se le aplique las condiciones descritas en el numeral 21 sobre término anticipado de contrato, a excepción de las letras k) y l), se podrá contratar en la modalidad de “licitación privada” a un nuevo extensionista con el objeto ejecutar las actividades anuales comprometidas.
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PROHIBICIONES |
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El Extensionista contratado no podrá, durante la vigencia de su contrato, elaborar o presentar estudios técnicos, en forma privada, relacionados con el Decreto Ley 701 o la Ley Nº20.283 de “Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal” en el Área en que cumplirá sus funciones, salvo autorización previa y escrita de la Dirección Regional y/o Provincial de CONAF correspondiente. Para ello, el prestador de servicios deberá solicitar la autorización por escrito al respectivo Jefe Provincial y/o Director Regional de la Corporación, con 30 días de anticipación.
Quedará estrictamente prohibido al Extensionista, ceder a cualquier título, los derechos u obligaciones del contrato a suscribir o subcontratar las actividades, salvo que esto se encuentre estipulado en el Contrato.
Queda estrictamente prohibido solicitar dineros, valores o bienes a los destinatarios de las actividades contempladas en el Contrato por servicios o asesorías técnicas.
El extensionista sólo podrá prestar los servicios licitados en un territorio.
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SEGUROS |
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El prestador de servicios, deberá contratar a su costo una póliza de seguros, con cobertura de accidentes personales con adicional de gastos hospitalarios y muerte accidental e invalidez accidental, que deberá mantenerse vigente hasta por lo menos un mes, posterior a la ejecución del contrato.
Además deberá contratar a su costo póliza de seguro obligatorio de accidentes personales (SOAP), este seguro exigido y regulado por la Ley 18.490, debe ser contratado por todo propietario de vehículo motorizado.
Ambas copias de las pólizas de seguro, deberán adjuntarse a la copia del contrato que quedará en poder de CONAF. Además, en el caso de seguro de vida, al momento de su entrega el adjudicatario deberá demostrar el pago total de la prima o adjuntar el pago mensual al informe mensual de evaluación.
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CONFIDENCIALIDAD |
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Toda la información que el adjudicatario conozca con ocasión de la ejecución de los servicios contratados, será considerada reservada quedando prohibida su difusión por cualquier forma o medio, salvo expresa autorización de CONAF.
En este sentido, el respectivo contrato establecerá la siguiente clausula:
“El (la) Sr. (a)… deberá cumplir con las normas establecidas en el Manual de Seguridad de la Información de la Corporación, que es expresión de la legislación y reglamentación vigente en la materia, en especial el Decreto Supremo N°83 del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, publicado en el diario oficial de 12 de enero de 2005. Don (doña)… declara conocer el referido Manual, el cual se da por reproducido expresamente sin necesidad de transcripción, entendiéndose que formará parte integrante del contrato de prestación de servicios”.
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PROPIEDAD INTELECTUAL |
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Los resultados de las actividades y procesos, así como documentos, registros fotográficos, audiovisuales y de cualquier tipo, producto del presente contrato constituyen propiedad intelectual de CONAF, y sólo podrán ser utilizadas, previa autorización de CONAF y citando la fuente.
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SUPLEMENTACION PRESUPUESTARIA AL CONTRATO |
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Por mutuo acuerdo de las partes, y dependiendo de la disponibilidad presupuestaria, se podrá suplementar presupuesto para el desarrollo de actividades de la misma naturaleza contratada, cuyo costo no podrá superar el 30% del valor total del contrato.
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ERRORES U OMISIONES |
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La Corporación podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales detectados durante el proceso de evaluación, de acuerdo a lo señalado en el Art. 40° del Reglamento, de la Ley 19.886.
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CONSULTAS Y ACLARACIONES |
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Las consultas referentes a las bases administrativas y técnicas deberán ser realizadas sólo por la modalidad “foro” del portal de compras del Estado, durante las fechas indicadas en el calendario de esta licitación pública. Las respuestas a dichas preguntas serán publicadas a través de la misma modalidad de “foro”.
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CONSULTAS POSTERIORES AL CIERRE DE LA LICITACION Y ANTES DE LA ADJUDICACION |
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CONAF podrá realizar consultas y solicitar antecedentes durante el periodo posterior al cierre de esta licitación y antes de la adjudicación. Estas consultas serán realizadas a través de la modalidad de “foro inverso” del portal de compras. Los antecedentes que se soliciten deberán estar orientados a aclarar aspectos de la oferta o al requerimiento de documentos o certificados originales, y no podrán constituir temas evaluables por los criterios de evaluación de esta licitación.
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CONSULTAS SOBRE LA ADJUDICACION. |
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Si una vez publicada la adjudicación, persisten dudas con respecto a ésta, se deberá proceder como sigue:
a) Existirá un plazo de 2 días hábiles para hacer consultas, contados desde la fecha de publicación de la adjudicación.
b) Las consultas deberán remitirse, formalmente por escrito a gerardo.pacheco@conaf.cl
c) La institución publicará las respuestas en documento adjunto a la licitación, en un plazo de 2 días hábiles, contados desde el día siguiente al vencimiento del plazo para realizar consultas.
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