La Municipalidad, procederá a la re adjudicación, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original o en un plazo superior por razones de continuidad del servicio, caso fortuito o fuerza mayor, debidamente fundadas, previo acuerdo del Concejo, en los siguientes casos:
● Si el oferente inicialmente adjudicado desiste formalmente de la contratación, ya sea que rechace o no firme el contrato dentro del plazo estipulado, o a su vez, manifieste a través de una comunicación escrita y formal las razones de dicho desistimiento.
● Si el oferente adjudicado no cumple con la entrega de la garantía por fiel cumplimiento, conforme a lo dispuesto en el artículo n°14.2 de las presentes bases administrativas.
● Si el oferente adjudicado no cumple con la entrega de la póliza, conforme a lo dispuesto en el artículo n°13 letra c) de las presentes bases administrativas.
● Si el oferente adjudicado no cumple con la entrega de la documentación técnica con visto bueno por parte de la UTM, exigida en el artículo n°13 letra e) en los plazos impuestos.
Se hace presente que la re adjudicación se realizará al proponente que obtenga la calificación de segunda oferta más conveniente y así sucesivamente, hasta inclusive declarar desierto el proceso