1.10.- Requerimientos Técnicos y Otras Cláusulas:
1.10.1. PACTO DE INTEGRIDAD: El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1°,4°,5°,6°,12°,y 16°, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
1.10.2.- NORMATIVA
Este proceso de Licitación se regirá por lo estipulado en las presentes Bases, en lo dispuesto en la Ley Nº 19.886 de Bases de Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, en el Decreto Nº 661/24, del Reglamento de la Ley Nº 19.886 y sus modificaciones y por la normativa que regule la respectiva actividad comercial.
1.10.3.- PARTICIPANTES
Podrán participar Personas Naturales o Jurídicas, chilenas o extranjeras, habilitadas para funcionar legalmente en Chile. Todos los proveedores interesados podrán acceder a las Bases Administrativas, en el sitio www.mercadopublico.cl, sin perjuicio de lo cual, para poder presentar ofertas deberán cumplir con los requisitos de encontrarse inscritos en el sitio www.chilecompra.cl
1.10.4. MODIFICACIONES A LAS BASES:
La Dirección de Vialidad, podrá modificar las presentes bases de licitación, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes. Estas modificaciones se efectuarán hasta antes de la hora de cierre de la licitación, a través del Portal electrónico, otorgando además, un plazo prudencial, para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos y formarán parte integral de las Bases. Las respectivas modificaciones, se efectuarán mediante Resolución Fundada.
Las consultas efectuadas que no ameriten modificación de bases, se responderán mediante el mismo portal.
Aquellas consultas que, por alguna razón, no alcancen a ser respondidas en el portal, se responderán por circular aclaratoria, en un plazo no mayor a 2 días hábiles, contados desde el término de la Fecha de Publicación de Respuestas, otorgada por la Ficha de licitación correspondiente.
1.10.5.- ESPECIFICACIONES TÉCNICAS:
1.10.5.1 GENERALIDADES
Equipo mecanizado que tiene por función compactar materiales, su uso en el área vial es de primera necesidad, ya que es el equipo que nos entrega el acomodamiento de las partículas que se encuentran segregadas. Las características necesarias para el proyecto corresponden a un equipo superior a los 100 HP de motor diésel, con un peso operacional no superior a 13 ton.
El Rodillo Vibratorio Autopropulsado ofertado, debe cumplir con los siguientes requisitos mínimos:
a) Modelo de producción actual. Sin uso, acondicionado para uso en cualquier zona de Chile con insumos del mercado local, de acuerdo con normativas establecidas en la Ley de Tránsito de Chile y las relativas a contaminación.
b) El precio indicado en su oferta debe incluir el total de elementos y accesorios necesarios para su funcionamiento y uso productivo; documentos y equipamientos exigidos por ley de tránsito para desplazamiento en las vías públicas de Chile y de seguridad operacional. Debe considerar la entrega de 2 logos autoadhesivos institucionales del Gobierno Regional, de dimensiones aproximadas de 45 x 18 cm. Además, debe satisfacer las Especificaciones Técnicas requeridas en el Formulario N° 3.
c) La garantía técnica ofrecida debe comprender el total de componentes del tren de potencia, estructura, sistemas de control, equipo de trabajo, mandos, instrumentos, sistemas de protección y capacitaciones comprometidas. Todos los sistemas instalados en los equipos deben tener servicio técnico vigente en Chile, otorgado directamente por el adjudicatario.
d) Deberá cumplir con el Equipamiento y las Especificaciones Técnicas solicitadas en el Formulario N° 3, que corresponden a exigencias requeridas. Las ofertas que no cumplan con estos requerimientos deberán ser declaradas inadmisibles.
1.10.5.2 CARACTERÍSTICAS RODILLO VIBRATORIO AUTOPROPULSADO
SISTEMA
|
ESPECIFICACIÓN
|
PESOS
|
Peso de servicio con cabina ROPS mínimo /máximo
|
11.000/13.000 kg
|
DIMENSIONES DE LA MÁQUINA
|
Longitud total mínimo /máximo
|
5.700 /6.200 mm
|
Anchura total mínimo /máximo
|
2.250 /2.500 mm
|
Altura total mínimo /máximo
|
2.950/3.100 mm
|
Distancia entre ejes mínimo /máximo
|
Entre 2.950mm y 3.300 mm
|
Radio de giro de dirección interior mínimo /máximo
|
3.900/ 4.150 mm
|
DIMENSIONES DEL CILINDRO
|
Anchura del cilindro mínimo /máximo
|
2.100 /2.200 mm
|
Diámetro del cilindro mínimo /máximo
|
1.500 /1.600 mm
|
Grosor del cilindro
|
25 mm
|
Tipo de cilindro
|
Liso
|
DIMENSIONES DE LOS NEUMÁTICOS
|
Dimensión de los neumáticos, detrás
|
23.1-26
|
Cantidad de neumático
|
2
|
MOTOR
|
Tipo
|
Diésel
|
Cilindrada mínimo /máximo
|
3.5 / 4,7 L.
|
Potencia mínimo /máximo
|
110/130 HP
|
Norma sobre gases de escape.
|
Tier 4
|
MECANISMO DE TRANSMISION
|
Tipo de transmisión
|
Hidrostática
|
VIBRACIÓN
|
Frecuencia de vibración mínimo /máximo
|
28/35 Hz
|
Amplitud mínimo /máximo
|
0.75/ 2.0 mm
|
Fuerza centrífuga mínimo /máximo
|
130/250 kN
|
CAPACIDAD DEL DEPÓSITO COMBUSTIBLE
|
Depósito de combustible, capacidad
|
Entre 200 y 300 L.
|
Deposito DEF (Fluido de escape diésel) mínimo /máximo
|
18/35 lts
|
DIRECCIÓN
|
Tipo de dirección
|
articulada
|
Ángulo de suspensión pendular o de oscilación +/-
|
Máx. 12°
|
EQUIPAMIENTO
|
Sistema eléctrico
|
12 volt
|
Espejos retrovisores Exterior
|
si
|
Cabina
|
ROPS
|
Aire acondicionado
|
si
|
Calefacción
|
si
|
Baliza
|
si
|
Alarma retroceso
|
si
|
Asiento ajustable
|
si
|
Cinturón de seguridad
|
si
|
Luces de trabajo delantera
|
si
|
Luces de trabajo trasera
|
si
|
Modo eco consumo combustible
|
si
|
SISTEMA
|
ESPECIFICACIÓN
|
PESOS
|
Peso de servicio con cabina ROPS mínimo /máximo
|
11.000/13.000 kg
|
DIMENSIONES DE LA MÁQUINA
|
Longitud total mínimo /máximo
|
5.700 /6.200 mm
|
Anchura total mínimo /máximo
|
2.250 /2.500 mm
|
Altura total mínimo /máximo
|
2.950/3.100 mm
|
Distancia entre ejes mínimo /máximo
|
Entre 2.950mm y 3.300 mm
|
Radio de giro de dirección interior mínimo /máximo
|
3.900/ 4.150 mm
|
DIMENSIONES DEL CILINDRO
|
Anchura del cilindro mínimo /máximo
|
2.100 /2.200 mm
|
Diámetro del cilindro mínimo /máximo
|
1.500 /1.600 mm
|
Grosor del cilindro
|
25 mm
|
Tipo de cilindro
|
Liso
|
DIMENSIONES DE LOS NEUMÁTICOS
|
Dimensión de los neumáticos, detrás
|
23.1-26
|
Cantidad de neumático
|
2
|
MOTOR
|
Tipo
|
Diésel
|
Cilindrada mínimo /máximo
|
3.5 / 4,7 L.
|
Potencia mínimo /máximo
|
110/130 HP
|
Norma sobre gases de escape.
|
Tier 4
|
MECANISMO DE TRANSMISION
|
Tipo de transmisión
|
Hidrostática
|
VIBRACIÓN
|
Frecuencia de vibración mínimo /máximo
|
28/35 Hz
|
Amplitud mínimo /máximo
|
0.75/ 2.0 mm
|
Fuerza centrífuga mínimo /máximo
|
130/250 kN
|
CAPACIDAD DEL DEPÓSITO COMBUSTIBLE
|
Depósito de combustible, capacidad
|
Entre 200 y 300 L.
|
Deposito DEF (Fluido de escape diésel) mínimo /máximo
|
18/35 L.
|
DIRECCIÓN
|
Tipo de dirección
|
articulada
|
Ángulo de suspensión pendular o de oscilación +/-
|
Máx. 12°
|
EQUIPAMIENTO
|
Sistema eléctrico
|
12 volt
|
Espejos retrovisores Exterior
|
si
|
Cabina
|
ROPS
|
Aire acondicionado
|
si
|
calefacción
|
si
|
Baliza
|
si
|
Alarma retroceso
|
si
|
Asiento ajustable
|
si
|
Cinturón de seguridad
|
si
|
Luces de trabajo delantera
|
si
|
Luces de trabajo trasera
|
si
|
Modo eco consumo combustible
|
si
|
|
|
|
1.10.5.3 CAPACITACIÓN
El proveedor deberá proporcionar Capacitación en Operación y en Mantención.
La Capacitación Operacional se realizará en etapas cuyos contenidos mínimos se indica en cuadro 3.1, y se ejecutará según lo indicado a continuación:
CUADRO N°2 DISTRIBUCIÓN
|
Ítem
|
Equipo
|
Región a realizarse la capacitación
|
Etapas de
Capacitación Operacional
|
1
|
Rodillo Vibratorio Autopropulsado
|
Biobío
|
4
|
La capacitación operacional se efectuará en cuatro etapas y su contenido mínimo se indica en el siguiente cuadro:
CUADRO Nº3.1 DISTRIBUCIÓN (etapas capacitación)
|
Etapa
|
Descripción
|
Primera
|
Se realizará una inducción al momento de entregar la maquinaria, en el recinto de Vialidad indicado en las bases, para lograr el reconocimiento de componentes esenciales, elementos de seguridad en conducción y operación. La ejecución de esta etapa se coordina a través del Inspector Fiscal para Revisión de Entrega. Incluye revisión de Entrega Técnica. Participan hasta cuatro operadores y profesionales.
|
Segunda
|
Una vez recibida conforme la maquinaria, inicia el periodo de capacitación para la puesta en marcha del equipo en terreno, ésta deberá ser de una duración mínima de 8 horas en las instalaciones de Vialidad o del proveedor, previa coordinación, conforme al lugar de destinación del equipo por parte de Dirección Regional, considerando igualmente la región del Biobío, cuyo contenido mínimo será: una exposición explicativa respecto a especificaciones de la maquinaria, entrenamiento práctico en manejo de monitores electrónicos incorporados en la maquinaria, práctica en el uso de la maquinaria en faenas típicas, según indica el Manual de Operación y Mantenimiento Operacional correspondiente. El período mínimo de una sesión de exposición explicativa en sala o telemática de 8 horas y 8 horas de operación en la Maquinaria, para los participantes, incluida las revisiones operacionales previas a la puesta en marcha; la práctica del uso se realizará en terreno.
|
Tercera
|
Se realizará cuando la maquinaria haya cumplido 100 horas de operación. En esta etapa debe ejecutarse diagnóstico de la capacidad del operador en el conocimiento de la maquinaria y habilidades operacionales. La Capacitación incluirá descripción de las características y capacidades de la maquinaria y entrenamiento correctivo del uso y controles de funcionalidad. Comprende al menos una sesión teórica de 8 horas y 8 horas de operación en la maquinaria, para los participantes. Toda esta capacitación se realizará en la región de destino, según se indica en el cuadro Nº2 de Distribución, anterior.
|
Cuarta
|
Se realizará cuando la maquinaria haya cumplido 250 horas de operación. Se deberá evaluar capacidad del operador en el conocimiento de todos los controles y mantenimiento de la maquinaria. La Capacitación considera entrenamiento correctivo de: operación eficiente, mantención y controles de la funcionalidad. Se ejecuta considerando al menos una sesión teórica de 4 horas y 4 horas de operación en la Maquinaria, para los participantes. Toda esta capacitación se realizará en la región de destino, según se indica en el cuadro Nº2 de Distribución, anterior.
|
Se formalizará el término de la Capacitación mediante Informe de Contenidos del Programa y Evaluación de los operadores capacitados en conocimientos de las aptitudes para el uso de la maquinaria, incluido: conocimiento para usar el monitor electrónico que informa estado de funcionamiento de la maquinaria, mantención operacional y uso eficiente.
|
Costos de la Capacitación Operacional:
- Costos del instructor, incluidos sus traslados, alojamientos, mantención y elementos de apoyo didáctico para realizar las capacitaciones en la región correspondiente, serán de cargo de la empresa proveedora de la maquinaria.
- Costos de transporte y combustible para la maquinaria, transporte y mantención de operadores y funcionarios fiscales, serán de cargo de la Dirección de Vialidad, como también las salas para dicha capacitación, en caso que el adjudicatario no las posea en la localidad respectiva.
- Cantidad de Participantes: Hasta cuatro operadores y 4 profesionales del área de mantenimiento en todas las etapas.
1.10.6.- INGRESO DE OFERTAS
La documentación referida en el punto Nº 1.5 " Antecedentes para incluir en la oferta" de las Presentes Bases, deberá ser remitida sólo mediante la siguiente extensión: .jpg, .pdf, o algún archivo no modificable y debe ser subida en forma íntegra al portal Mercado Público, en la forma y plazo establecidos en las presentes bases.
1.10.6.1 CONTENIDO DE LAS OFERTAS.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 48 del DS 661/2024, se establece que en el presente proceso licitatorio, los oferentes no podrán, ofertar de forma individual y a través de Unión Temporal de Proveedores.
Las ofertas deberán ser serias, puras y simples, ajustadas al ordenamiento jurídico nacional y a los documentos que integran el proceso de compras, y únicas. Asimismo, deberán adjuntar todos y cada uno de los documentos solicitados, en soporte electrónico.
Asimismo, conforme al artículo 60 del Reglamento de Compras, se declarará inadmisible una o más ofertas cuando se presentaren en un procedimiento de contratación, ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas pertenecientes a los mismos grupos empresariales o relacionados entre sí, según dispone el artículo 9 de la Ley de Compras.
La sola circunstancia de presentar una oferta para esta licitación implica que el respectivo oferente ha analizado las bases administrativas y técnicas, y respuestas a las preguntas de la licitación, con anterioridad a la presentación de su oferta, y que manifiesta su conformidad y aceptación sin ningún tipo de reservas ni condiciones a toda la documentación referida.
1.10.7.- APERTURA DE LICITACIÓN:
1.10.7.1. PROCEDIMIENTO DE APERTURA: Esta será bajo la modalidad de "APERTURA ELECTRONICA" y pasarán a la etapa de evaluación de ofertas aquellos Proveedores que hayan cumplido con los requisitos para participar de la licitación punto Nº 1.4 de las presentes Bases.
1.10.7.2. DERECHO A SOLICITAR PRECISIONES: Para la debida comprensión del contenido de las ofertas presentadas por los proponentes, la Dirección de Vialidad Región del Biobío, podrá solicitar a través del foro Inverso del portal www.mercadopublico.cl, durante el proceso de evaluación para salvar errores de hecho u omisiones menores, observando siempre los términos de las presentes Bases y el principio de igualdad entre oferentes.
1.10.8. RESOLUCIÓN DE EMPATES
Si en la evaluación de las ofertas se produjera un empate entre 2 o más oferentes respecto de su evaluación final, se adjudicará al oferente que haya obtenido el mayor puntaje en el Criterio "Económico".
En caso de persistir el empate, se establece como segundo mecanismo de desempate, al proveedor que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio “Garantía Técnica”.
Si se mantiene el empate, se establece como tercer mecanismo de desempate, al proveedor que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio “Ubicación Servicio Técnico en Chile”.
En caso de mantenerse el empate, se establece como cuarto mecanismo de desempate, al proveedor que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio “Programas de integridad y ética empresarial”.
En caso de persistir el empate, se establece como quinto mecanismo de desempate, al proveedor que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio “Cumplimiento de Requisitos Formales”.
Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará a la propuesta que ingresó primero en www.mercadopublico.cl.
1.10.9. ADJUDICACIÓN DE LA PROPUESTA:
Se adjudicará esta licitación, al oferente que presente la totalidad del requerimiento y que obtenga el mayor puntaje, considerando 2 decimales en la evaluación de la oferta, de acuerdo al Acta de Evaluación de la Comisión Evaluadora, que estará integrada por funcionarios de la Dirección de Vialidad (designación que se realizará por resolución fundada de la Dirección Regional), y estudiará los antecedentes emitiendo una proposición de adjudicación, la que deberá ser aceptada o rechazada por la autoridad competente. Así mismo, podrá declarar desierta la propuesta por resolución fundada, cuando las ofertas no resulten convenientes a la Dirección de Vialidad Región del Biobío.
De conformidad con lo dispuesto en el inciso final del artículo 54 del Reglamento de Compras, la integración de la comisión evaluadora se publicará previo a la apertura de las ofertas en el Sistema de Información.
Además, la Dirección de Vialidad, Región del Biobío, podrá declarar inadmisibles las ofertas que no cumplan con lo requerido en las Bases de esta licitación.
En este caso, la Entidad licitante considerará, para efectos de la evaluación de la licitación pública, solo la oferta más conveniente de los respectivos proveedores de los mismos grupos empresariales o relacionados entre sí, según los criterios establecidos en las Bases, y declarará inadmisibles las demás. En caso de que las Bases no señalen criterios específicos, será considerada como oferta más ventajosa la de menor precio, siempre que no se encuentre en el supuesto del artículo siguiente (ofertas temerarias).
El Proceso de licitación contempla las siguientes etapas:
1.10.9.1. RESOLUCIÓN DE ADJUDICACIÓN: Se adjudicará a través de una resolución del Director de Vialidad Región del Biobío.
1.10.9.2. NOTIFICACIÓN DE ADJUDICACIÓN Y PUBLICACIÓN EN EL PORTAL: Una vez que se haya adjudicado la licitación, se procederá a notificar la decisión al adjudicatario, mediante el Portal www.mercadopublico.cl.
1.10.9.3. ENVÍO ORDEN DE COMPRA: La Orden de Compra será emitida una vez que el Proveedor adjudicado haya entregado la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato a plena conformidad y todos los documentos requeridos en el Punto N° 1.6. “Antecedentes para Contratar”.
Este contrato comenzará a regir a partir del día hábil siguiente de la aceptación de la orden de compra por parte del adjudicatario a través del portal www.mercadopublico.cl.
Para lo anterior, la Unidad de Compra verificará que dicha orden esté en estado de "aceptada" para dar inicio al contrato y en el caso que la orden de compra no haya sido aceptada durante el plazo de notificación, esta Dirección, a través de la Unidad Compradora, enviará un correo electrónico para dar cumplimiento a lo señalado en el inciso segundo del Art. 117 del Reglamento de Compras y Contrataciones Públicas que señala lo siguiente: “En caso de que una Orden de Compra no haya sido aceptada, las Entidades podrán solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas veinticuatro horas desde dicha solicitud”.
Para dar cumplimiento a lo anterior, la Unidad Compradora, ejecutará la acción de dejar en estado de “cancelada la orden de compra”.
1.10.10.- MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN
En caso que los oferentes quieran aclarar aspectos de la evaluación y/o adjudicación, podrán comunicarse con la Dirección de Vialidad Región del Biobío, dirigiendo sus consultas a la dirección señalada en la licitación, indicada en el Punto 1.1, "Organismo Demandante" de la presente licitación. Las consultas efectuadas, serán respondidas mediante Oficio al proveedor que realiza la consulta. Estas preguntas y respuestas, serán publicadas como anexos de la presente licitación.
1.10.11.- PLAZO DE ENTREGA
El plazo máximo de entrega será de 110 días hábiles, y comenzará a regir a partir del día hábil siguiente de la aceptación de la orden de compra por parte del adjudicatario a través del portal www.mercadopublico.cl
1.10.12.- GESTIÓN DEL CONTRATO
a) TRASPASO DEL CONTRATO: La Empresa adjudicada, no podrá ceder a terceros el contrato celebrado.
b) HABILIDAD DE LOS PROVEEDORES: La Dirección de Vialidad, verificará la habilidad del proveedor adjudicado, durante la explotación del Contrato, debiendo encontrarse en estado de "hábil"; en el caso que no se encuentre hábil, el proveedor adjudicado dispondrá de 10 (diez) días corridos, para regularizar su situación. En caso contrario, la Dirección de Vialidad dará término anticipado al contrato, y procederá al cobro de la garantía que hubiere caucionado el fiel y oportuno cumplimiento del mismo.
c) EVALUACIÓN DEL PROVEEDOR: La Dirección de Vialidad, evaluará al proveedor, de acuerdo a los siguientes parámetros: Oportunidad de entrega / calidad / cumplimiento de especificaciones técnicas / desempeño general.Esta evaluación, será efectuada por el Inspector Fiscal y deberá adjuntarla a la Factura. El formulario de evaluación es el siguiente:
Donde la nota 1 es muy deficiente, 2 deficiente, 3 aceptable 4 es bueno y 5 es muy Bueno.
d) DURACIÓN Y VIGENCIA DEL CONTRATO: El contrato tendrá una duración máxima de 110 días hábiles, y regirá desde su aprobación por la respectiva resolución, hasta incluso con posterioridad al pago, luego de la devolución y recepción por parte del proveedor de la correspondiente garantía que hubiere caucionado el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, o su cobro si no se hubiere dado estricto cumplimiento a lo pactado.
a) PREVENCIÓN DE RIESGOS: La Dirección de Vialidad requiere que las Empresas que participen en nuestros suministros, den cumplimiento a las obligaciones legales en materias de prevención de riesgos. Para ello, iniciado el contrato, la empresa adjudicada, deberá presentar fotocopia del registro de entrega de los elementos de protección personal. Esta información será verificada por el Inspector Fiscal, dejará consignado vía correo electrónico, cualquier incumplimiento asociado a esta exigencia, y procederá a la aplicación de la multa respectiva indicada en el punto 1.10.16.1.2 de las presentes bases de licitación.
f) MODIFICACIONES O TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO:
f.1. Modificación del contrato:
El contrato podrá modificarse durante su vigencia, de conformidad a lo establecido en el artículo 13 de la ley de compras, y art. 129 del Decreto 661/2024, por las siguientes causas:
a) Por mutuo acuerdo entre los contratantes.
b) Por razones de interés público y seguridad nacional.
c) Para hacerse cargo de situaciones de caso fortuito o fuerza mayor, debidamente calificadas por esta Dirección de Vialidad, acaecidas durante la vigencia del contrato y que incidan en su normal desarrollo.
En ningún caso podrán aprobarse modificaciones que puedan alterar los elementos esenciales de la contratación u orden de compra inicial, así como tampoco la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases e igualdad de los oferentes.
Cualquier modificación de aquellas señaladas en el presente numeral, deberá aprobarse mediante acto administrativo fundado en el que se consignen las razones que justifiquen las modificaciones efectuadas a la contratación o la orden de compra, y deberá ser publicado en el Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado.
Las modificaciones señaladas deberán respetar el equilibrio financiero de la contratación y el valor de éstas no podrá exceder, independientemente o en su conjunto con las demás modificaciones realizadas a éste durante su vigencia, el equivalente al 30 por ciento del monto originalmente convenido entre el proveedor y el organismo del Estado, siempre que este último cuente con disponibilidad presupuestaria para ello.
f.2. Término anticipado del contrato:
La contratación podrá terminarse anticipadamente, conforme a lo indicado en el artículo N° 13 bis de la ley de compras, y art. 130 del Decreto 661/2024, por las siguientes causales:
a) La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
b) La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones.
c) El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor.
d) El estado de notoria insolvencia del contratista, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento de la contratación.
e) La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar la contratación de conformidad con el artículo 13. En tal caso, el organismo del Estado sólo pagará el precio por los bienes o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia de la contratación. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento de la contratación obedezca a motivos imputables al proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 13 ter.
f) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
g) Por caso fortuito o fuerza mayor debidamente acreditado.
h) En el caso que el adjudicatario sea una UTP y concurra alguna de las siguientes circunstancias:
i. Inhabilidad sobreviniente de uno de los integrantes de la UTP en el Registro de Proveedores, que signifique que la UTP no pueda continuar ejecutando la contratación con los restantes miembros en los mismos términos adjudicados.
ii. De constatarse que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. En este caso, deberán remitirse los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
iii. Retiro de algún integrante de la UTP que hubiere reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
iv. Cuando el número de integrantes de una UTP sea inferior a dos y dicha circunstancia ocurre durante la ejecución del contrato.
v. Disolución de la UTP.
i) Las demás establecidas en la ley, en las respectivas Bases de la licitación o en el contrato. Dichas Bases podrán establecer mecanismos de compensación y de indemnización a los contratantes.
Los actos administrativos que dispongan tales medidas deberán ser fundados y publicados en el Sistema de Información.
1.10.13.- INSPECCIÓN FISCAL:
La Dirección de Vialidad Regional designará un Inspector Fiscal para garantizar el estricto cumplimiento de lo estipulado en las Bases de Licitación. El Inspector Fiscal será responsable de coordinar fecha y lugar donde se efectuará entrega para revisión del producto.
El Inspector Fiscal designado, inspeccionará la maquinaria entregada y, en caso de no encontrar reparos y de ajustarse a las especificaciones técnicas solicitadas en las bases de licitación, levantará un Acta para dejar constancia de la recepción conforme. Por el contrario, si la maquinaria entregada no cumple con dichas ET, o, de no subsanarse los reparos encontrados dentro del plazo de 5 días hábiles, contados desde la comunicación del inspector fiscal, éste levantará un Acta por la que dará cuenta del rechazo en la entrega, lo que dará lugar al término del contrato y al cobro de la garantía respectiva.
1.10.14. RECEPCIÓN, FACTURACIÓN Y FORMA DE PAGO
1.10.14.1.- RECEPCIÓN
La entrega: En el acto de entrega se podrá aceptar la presencia de un técnico del proveedor. En este proceso de recepción, el Servicio podrá realizar inspecciones, pruebas y ensayos, para reconocer y verificar la calidad del bien adquirido por la Dirección de Vialidad del Ministerio de Obras Públicas. En caso de observar daños y/o averías, el proveedor deberá repararlos sin cargo para el Ministerio de Obras Públicas, en un plazo de 5 días hábiles contados desde la comunicación del inspector fiscal, transcurridos los cuales, de no ser subsanados, se pondrá término al contrato procediéndose al cobro de la garantía.
Con el objeto de coordinar la entrega y recepción, el proveedor deberá informar, con al menos dos días hábiles de anticipación, la entrega al Inspector Fiscal.
Lugar de Entrega : La entrega deberá verificarse en el recinto de la Dirección de Vialidad, ubicado en Saavedra N°455, Oficina Provincial de Vialidad Lebu.
Documentos : Esta entrega contempla toda la documentación correspondiente, que incluye: Revisión Técnica, Inscripción R.N.V.M., Seguro Obligatorio, Permiso de Circulación, Certificado de Emisiones, Guía de Entrega y Comprobante de pago de Tag, si correspondiere, todos a nombre del Ministerio de Obras Públicas – Dirección General de Obras Públicas - Dirección de Vialidad, RUT: 61.202.000-0. Además de los documentos e instructivos de fábrica, que incluyen: Garantía para cubrir defectos de fábrica, Manuales de Operación y Mantenciones correspondientes al modelo ofertado y aceptado.
1.10.14.2.- FACTURACIÓN:
Una vez revisados los antecedentes previos al estado de pago, el Gobierno Regional solicitará a la Dirección Regional de Vialidad, la emisión de la factura a su nombre.
La Dirección de Vialidad a través del su Inspector fiscal solicitará al proveedor que emita la factura, de acuerdo a lo siguiente:
- Debe ser emitida a nombre de Gobierno Regional de la Región del Biobío, Avenida Prat N°525, Rut. 72.232.500-1
- La Factura deberá tener siempre fecha igual o posterior (nunca anterior) a la autorización del estado de pago por Parte del Gobierno Regional.
- Esta se efectuará una vez emitida la Recepción conforme, y cambiado estado en la respectiva orden de compra que formaliza el contrato, a través del portal www.mercadopublico.cl, por instrucción del Inspector Fiscal.
- La Factura electrónica deberá ser enviada al correo que se indique oportunamente, el campo 801 del documento deber permanecer vacío.
- Para el caso que sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP), deberá indicar en su oferta el nombre y Rut de la Empresa que hará la facturación.
1.10.14.3. PAGO:
El pago se realizará en Acuerdo de pago superior a 30 días, regulado en el nuevo artículo 2 de la Ley N°19.983, teniendo en consideración que dicha estipulación no constituye una situación abusiva por cuanto el obligado al pago es un tercero (El Gobierno Regional), que no es parte del contrato de compraventa y que requiere ejercer los mecanismos legales de control administrativo previo al pago, lo que fundamenta la extensión en los plazos para el efectivo pago de la factura y el reguardo de los recursos públicos.
1. 10.15.- FACTORING
El proveedor, podrá factorizar las facturas, de conformidad a la legislación respectiva, siempre y cuando se notifique a la Dirección de Vialidad y de conformidad a la Ley. (Art. 127 del Reglamento de la Ley de Compras).
1.10.16.- SANCIONES: Los incumplimientos serán sancionados con multas y con término anticipado del contrato, según su gravedad.
1.10.16.1 MULTAS.
1.10.16.1.1 Multa por atraso en la entrega: Cada día de atraso en la entrega del producto, se sancionará con una multa de 5UF, con un tope de 10 días hábiles de atraso. En caso de que dicha multa supere el valor de 50 UF, se dará término anticipado del contrato por incumplimiento grave.
El valor de la UF a considerar será el vigente al momento de la entrega.
1.10.16.1.2 Multa por incumplimiento en materia de prevención de riesgos: En caso de que el personal de la empresa, no disponga de los elementos de prevención de riesgos, se procederá a cursar una multa equivalente a 3 UTM, por cada vez que el Inspector Fiscal, sorprenda a cualquier integrante del equipo de trabajo de la empresa, sin sus elementos de prevención de riesgos respectivos, lo cual será consignado por el IF vía correo electrónico a la empresa. Además, el inspector fiscal suspenderá los trabajos cada vez que detecte esta infracción, y sólo los reanudará una vez sea subsanada. El máximo de incumplimientos permitidos en esta materia será de 3 oportunidades, de superarlo, será sancionado con término anticipado de contrato.
1.10.16.2 TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO Y COBRO DE GARANTÍA POR FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
La Dirección de Vialidad, en los casos de incumplimientos graves pondrá término anticipado al contrato, administrativamente, y hará efectivo el cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del Contrato, especialmente, en las siguientes situaciones:
a) En caso que el atraso en la entrega sea de más de 10 días hábiles, o fuere rechazada la maquinaria entregada por no cumplir con las especificaciones técnicas requeridas por bases.
b) Por la no aceptación de la orden de compra respectiva.
c) Si el proveedor adjudicado no subsana los reparos observados en la maquinaria al momento de la entrega, dentro del plazo de 5 días hábiles, indicado en el numeral 1.10.14.1 de las presentes bases.
d) Si la empresa adjudicada incumple su obligación de prevención de riesgos en más de 3 oportunidades, debidamente consignadas por el Inspector Fiscal.
e) Si durante la ejecución del contrato, la empresa adjudicada no regulariza su situación en el Registro de Proveedores, de conformidad con lo indicado en el punto 1.10.12 letra b).
1.10.17. PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE MULTAS Y OTRAS SANCIONES
1.10.17.1 Procedimiento para aplicación de multas:
La multa que corresponda aplicar, será tramitada de acuerdo a lo establecido en el Procedimiento para el ingreso a GORE de Estados de Pago de iniciativas de los subtítulos 29 y 31 que incluyan multas, descrito en el Ord N°543/2025 de Gobernador Regional del Biobío. Esto significa que previo a la aplicación efectiva de la multa, el Inspector Fiscal remitirá un oficio al adjudicatario incumplidor, en el que indicará la infracción cometida y la procedencia de la multa de conformidad a las bases, indicando los elementos utilizados para determinar el monto final de la multa.
En el mismo oficio, instará al adjudicatario incumplidor, para que formule descargos, expresando lo que estime conveniente a su defensa, y acompañe documentos u otros medios de prueba, en el plazo de tres días hábiles.
La notificación se hará de conformidad a lo dispuesto en el artículo 140 del Reglamento de Compras, esto es, mediante correo electrónico, a la casilla registrada en la Ficha de Proveedor. Será responsabilidad del proveedor adjudicado, mantener actualizado sus datos. En el caso de no obtener correo electrónico desde la página de Mercado Público o el correo registrado no permite almacenar mensaje por capacidad u otro motivo, la notificación será por carta certificada o personal. En el caso de notificación personal, se dejará constancia en un acta de notificación, de la fecha, y lugar de notificación, que firmará el notificado.
Con los descargos o sin ellos, si no se efectuaren dentro del plazo, la autoridad que adjudicó el contrato dictará una resolución fundada la que se pronunciará sobre los descargos presentados, si existen, y las razones de hecho y de Derecho que fundamentan la decisión de aplicar o no la multa o modificar la que fuera la propuesta por el Inspector Fiscal. Dicha resolución será publicada oportunamente en el Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado.
La resolución que disponga la aplicación de la multa, se podrá impugnar, conforme a las reglas generales, ejerciendo los recursos establecidos en la Ley 19.880.
Procedimiento GORE (Ord N°543/2025 de Gobernador Regional del Biobío)
- Una vez calculadas las multas, según el mecanismo de cálculo establecido en las bases de licitación (o en el acto que corresponda) y habiéndose agotadas las instancias de apelación contempladas en las mismas, el contratista o proveedor deberá depositar el monto total de la multa en la cuenta corriente de este Gobierno Regional indicada a continuación:
Titular: Gobierno Regional del Biobío
RUT: 72.232.500-1
Banco: BancoEstado
Cuente corriente N°: 53309172601
Correo electrónico: tesoreria@gorebiobio.cl
II. El comprobante bancario de este depósito deberá ser ingresado junto a los demás antecedentes del estado de pago correspondiente.
III. De este modo, una vez ingresado al Gobierno Regional el estado de pago, esta institución procederá a verificar el cumplimiento de todas las estipulaciones que rijan la contratación, entre ellas las obligaciones establecidas en el respectivo convenio mandato entre GORE y la Unidad Técnica, además de la incorporación del comprobante de depósito referido en el punto II.
- Por tanto, la facturación y eventual cesión de dicha factura, sólo serán autorizadas si el depósito de la totalidad de la multa fue realizado y se encuentra debidamente acreditado.
V. La excepción a lo indicado en el punto anterior está dada únicamente por la adquisición de vehículos motorizados, que requieren de la factura para la primera inscripción en el Registro de Vehículos Motorizados a cargo del Servicio de Registro Civil e Identificación. Para estos casos necesariamente se tendrá que facturar previo al ingreso del estado de pago y acorde a las instrucciones dadas en el Ordinario N° 1.815 del 03/06/24, pero sin modificar el hecho que, de producirse la aplicación de multas, el comprobante de este depósito tendrá que ser incluido en el estado de pago.
- Independiente del caso, una vez verificado todo lo anterior, este Gobierno Regional procederá al pago íntegro de la factura emitida.
1.10.17.2. Procedimiento para aplicación de otras sanciones como el término anticipado:
El Inspector Fiscal que verifique que se ha incurrido en una causal de término anticipado del contrato, remitirá un oficio al adjudicatario en el que indicará la causal y los hechos que la constituyen, de conformidad a las bases y a las normas legales vigentes, instándolo para que formule descargos, expresando lo que estime conveniente a su defensa, y acompañe documentos u otros medios de prueba, en el plazo de tres días hábiles. La notificación se hará de conformidad a lo dispuesto en el artículo 140 del Reglamento de Compras, esto es, mediante correo electrónico, a la casilla registrada en la Ficha de Proveedor. Será responsabilidad del proveedor adjudicado, mantener actualizado sus datos.
En el caso de no obtener correo electrónico desde la página de Mercado Público o el correo registrado no permite almacenar mensaje por capacidad u otro motivo, la notificación será por carta certificada o personal. En el caso de notificación personal, se dejará constancia en un acta de notificación, de la fecha, y lugar de notificación, que firmará el notificado.
Con los descargos o sin ellos, si no se efectuaren dentro del plazo, la autoridad que adjudicó el contrato dictará una resolución fundada la que se pronunciará sobre los descargos presentados, si existen, y las razones de hecho y de Derecho que fundamentan la decisión de aplicar o no la sanción o modificar la que fuera la propuesta por el Inspector Fiscal. Dicha resolución será publicada oportunamente en el Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado.
La resolución que disponga el término de contrato ordenará hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento y se podrá impugnar, conforme a las reglas generales, ejerciendo los recursos establecidos en la Ley 19.880.
1.10.18. ACREDITACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE REMUNERACIONES O COTIZACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL.
Para acreditar el cumplimiento de Remuneraciones o Cotizaciones de Seguridad Social, la Dirección de Vialidad Región del Biobío, verificará la habilidad del proveedor adjudicado en Registro de proveedores de la Dirección de Compras y Contratación Pública. Para el caso en que el Proveedor se encuentre "inhábil", tendrá un plazo máximo de 5 días hábiles, para regularizar su situación, de lo contrario su oferta será desestimada. Esta situación será informada a la empresa que se encuentre “Inhábil”, a través de un correo electrónico, durante la revisión de los documentos para contratar.
1.10.19. ESTÁNDARES DE PROBIDAD
El adjudicatario deberá observar, durante toda la época de ejecución de la relación contractual, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. Los estándares de probidad exigibles a el personal de apoyo, por lo tanto, deben entenderse equiparados a aquellos exigidos a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el título III de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
1.10.20. OFERTAS RIESGOSAS O TEMERARIAS
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 61 del Reglamento de Compras, esta Dirección de Vialidad podrá declarar inadmisible una o más ofertas, si determina que se trata de ofertas riesgosas o temerarias, por cuanto el precio ofertado está significativamente por debajo del promedio de las otras propuestas o de los precios de mercado, sin justificar documentadamente en las especificaciones técnicas cómo se cumplirán los requisitos del contrato.
Para estos efectos, el o los funcionarios a cargo de la revisión de ofertas, al momento de analizar el valor económico que hace suponer que se está frente a una oferta temeraria, deberán calcular la media aritmética de las demás propuestas que no sean consideradas riesgosas y calcular el cociente entre el valor de la “propuesta temeraria” y valor de la media aritmética. Si el valor obtenido es inferior a 0,40 y el monto de la propuesta es inferior al 50% de valor del presupuesto estimado (o disponible), se establecerá que la oferta es riesgosa o temeraria.
Para declarar la inadmisibilidad por ofertas temerarias o riesgosas, previamente esta Dirección analizará la viabilidad de la oferta de acuerdo con lo señalado a continuación:
a) La Comisión o la persona evaluadora solicitará, a través del Sistema de Información, al o los proveedores que, en un plazo de tres días hábiles, acompañen antecedentes que justifiquen detalladamente los precios, costos o cualquier parámetro por el cual han definido la oferta. Esto incluye demostrar factores como ahorros e innovaciones técnicas en su productividad, condiciones excepcionalmente favorables y/o subsidios.
b) La Comisión o la persona evaluadora analizará la información y documentos acompañados por el Proveedor y, en un plazo de cinco días hábiles, evacuará su informe, junto a la propuesta de adjudicación, señalando si propone adjudicar la oferta o declararla inadmisible.
Se considerará que la justificación presentada por el Proveedor no es suficiente si está incompleta, si está basada en suposiciones o prácticas inadecuadas desde una perspectiva técnica o económica, o que el precio compromete el cumplimiento del contrato. Asimismo, las ofertas serán rechazadas si el precio ofertado es resultado del incumplimiento de normativas sociales, laborales y medioambientales o conductas que vulneran la libre competencia.
De ser adjudicada la oferta, esta Dirección de Vialidad solicitará al proveedor o contratista el aumento de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento. El monto de esta garantía deberá corresponder al cinco por ciento neto del valor resultante entre la diferencia entre el precio de este oferente y el precio ofertado por el que le siga en su calificación económica.
1.10.21. FORMULARIOS ANEXOS
FORMULARIO Nº 1
(Para contratar)
“DECLARACIÓN JURADA”
El abajo firmante, para los efectos de la licitación pública “ADQUISICIÓN DE RODILLO VIBRATORIO AUTOPROPULSADO PARA PROYECTO BIP 40041271-0 QUE SE FINANCIARÁ CON RECURSOS DEL GOBIERNO REGIONAL DEL BIOBÍO”, declara bajo juramento que:
- El adjudicado no está unido a alguno de los funcionarios directivos de la Dirección de Vialidad por los vínculos de parentesco descritos en el artículo 4º de la Ley N° 19.886, ley de Compras Públicas.
- Su representada no es una sociedad de personas en la que los funcionarios directivos de la Dirección de Vialidad o las personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la el artículo 4º de la Ley Nº 19.886, ley de Compras Públicas, formen parte, ni es una sociedad comandita por acciones o anónima cerrada en que aquéllos o éstas personas sean accionistas, ni es una sociedad anónima abierta en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, y
- No es gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades mencionadas en el párrafo anterior.
__________________________________________ _____________________________________
Nombre Representante Legal Firma Representante Legal
FECHA ____ de _____________ de 2025
FORMULARIO Nº 2
(Para contratar)
“DECLARACIÓN JURADA”
El abajo firmante, para los efectos de la licitación pública, “ADQUISICIÓN DE RODILLO VIBRATORIO AUTOPROPULSADO PARA PROYECTO BIP 40041271-0 QUE SE FINANCIARÁ CON RECURSOS DEL GOBIERNO REGIONAL DEL BIOBÍO”, declara bajo juramento no haber sido condenado por la Ley 20.393, con prohibición de contratar.
__________________________________________ ______________________________________
Nombre Representante Legal Firma Representante Legal
FECHA ____ de _____________ de 2025
FORMULARIO N° 3
CUMPLIMIENTO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
El abajo firmante, para los efectos de la licitación pública, “ADQUISICIÓN DE RODILLO VIBRATORIO AUTOPROPULSADO PARA PROYECTO BIP 40041271-0 QUE SE FINANCIARÁ CON RECURSOS DEL GOBIERNO REGIONAL DEL BIOBÍO”, declara bajo juramento que la oferta presentada cumple con las siguientes especificaciones técnicas:
Equipo mecanizado que tiene por función compactar materiales, su uso en el área vial es de primera necesidad, ya que es el equipo que nos entrega el acomodamiento de las partículas que se encuentran segregadas. Las características necesarias para el proyecto corresponden a un equipo superior a los 100 HP de motor diésel, con un peso operacional no superior a 13 ton.
El Rodillo Vibratorio Autopropulsado ofertado, debe cumplir con los siguientes requisitos mínimos:
a) Modelo de producción actual. Sin uso, acondicionado para uso en cualquier zona de Chile con insumos del mercado local, de acuerdo con normativas establecidas en la Ley de Tránsito de Chile y las relativas a contaminación.
b) El precio indicado en su oferta debe incluir el total de elementos y accesorios necesarios para su funcionamiento y uso productivo; documentos y equipamientos exigidos por ley de tránsito para desplazamiento en las vías públicas de Chile y de seguridad operacional. Debe considerar la entrega de 2 logos autoadhesivos institucionales del Gobierno Regional, de dimensiones aproximadas de 45 x 18 cm. Además, debe satisfacer las Especificaciones Técnicas requeridas por este Anexo.
c) La garantía técnica ofrecida debe comprender el total de componentes del tren de potencia, estructura, sistemas de control, equipo de trabajo, mandos, instrumentos, sistemas de protección y capacitaciones comprometidas. Todos los sistemas instalados en los equipos deben tener servicio técnico vigente en Chile, otorgado directamente por el adjudicatario.
d) Deberá cumplir con el Equipamiento y las Especificaciones Técnicas solicitadas en este Anexo, que corresponden a exigencias requeridas. Las ofertas que no cumplan con estos requerimientos deberán ser declaradas inadmisibles.
SISTEMA
|
ESPECIFICACIÓN
|
PESOS
|
Peso de servicio con cabina ROPS mínimo /máximo
|
11.000/13.000 kg
|
DIMENSIONES DE LA MÁQUINA
|
Longitud total mínimo /máximo
|
5.700 /6.200 mm
|
Anchura total mínimo /máximo
|
2.250 /2.500 mm
|
Altura total mínimo /máximo
|
2.950/3.100 mm
|
Distancia entre ejes mínimo /máximo
|
Entre 2.950mm y 3.300 mm
|
Radio de giro de dirección interior mínimo /máximo
|
3.900/ 4.150 mm
|
DIMENSIONES DEL CILINDRO
|
Anchura del cilindro mínimo /máximo
|
2.100 /2.200 mm
|
Diámetro del cilindro mínimo /máximo
|
1.500 /1.600 mm
|
Grosor del cilindro
|
25 mm
|
Tipo de cilindro
|
Liso
|
DIMENSIONES DE LOS NEUMÁTICOS
|
Dimensión de los neumáticos, detrás
|
23.1-26
|
Cantidad de neumático
|
2
|
MOTOR
|
Tipo
|
Diésel
|
Cilindrada mínimo /máximo
|
3.5 / 4,7 L.
|
Potencia mínimo /máximo
|
110/130 HP
|
Norma sobre gases de escape.
|
Tier 4
|
MECANISMO DE TRANSMISION
|
Tipo de transmisión
|
Hidrostática
|
VIBRACIÓN
|
Frecuencia de vibración mínimo /máximo
|
28/35 Hz
|
Amplitud mínimo /máximo
|
0.75/ 2.0 mm
|
Fuerza centrífuga mínimo /máximo
|
130/250 kN
|
CAPACIDAD DEL DEPÓSITO COMBUSTIBLE
|
Depósito de combustible, capacidad
|
Entre 200 y 300 L.
|
Deposito DEF (Fluido de escape diésel) mínimo /máximo
|
18/35 L.
|
DIRECCIÓN
|
Tipo de dirección
|
articulada
|
Ángulo de suspensión pendular o de oscilación +/-
|
Máx. 12°
|
EQUIPAMIENTO
|
Sistema eléctrico
|
12 volt
|
Espejos retrovisores Exterior
|
si
|
Cabina
|
ROPS
|
Aire acondicionado
|
si
|
calefacción
|
si
|
Baliza
|
si
|
Alarma retroceso
|
si
|
Asiento ajustable
|
si
|
Cinturón de seguridad
|
si
|
Luces de trabajo delantera
|
si
|
Luces de trabajo trasera
|
si
|
Modo eco consumo combustible
|
si
|
SISTEMA
|
ESPECIFICACIÓN
|
PESOS
|
Peso de servicio con cabina ROPS mínimo /máximo
|
11.000/13.000 kg
|
DIMENSIONES DE LA MÁQUINA
|
Longitud total mínimo /máximo
|
5.700 /6.200 mm
|
Anchura total mínimo /máximo
|
2.250 /2.500 mm
|
Altura total mínimo /máximo
|
2.950/3.100 mm
|
Distancia entre ejes mínimo /máximo
|
Entre 2.950mm y 3.300 mm
|
Radio de giro de dirección interior mínimo /máximo
|
3.900/ 4.150 mm
|
DIMENSIONES DEL CILINDRO
|
Anchura del cilindro mínimo /máximo
|
2.100 /2.200 mm
|
Diámetro del cilindro mínimo /máximo
|
1.500 /1.600 mm
|
Grosor del cilindro
|
25 mm
|
Tipo de cilindro
|
Liso
|
DIMENSIONES DE LOS NEUMÁTICOS
|
Dimensión de los neumáticos, detrás
|
23.1-26
|
Cantidad de neumático
|
2
|
MOTOR
|
Tipo
|
Diésel
|
Cilindrada mínimo /máximo
|
3.5 / 4,7 L.
|
Potencia mínimo /máximo
|
110/130 HP
|
Norma sobre gases de escape.
|
Tier 4
|
MECANISMO DE TRANSMISION
|
Tipo de transmisión
|
Hidrostática
|
VIBRACIÓN
|
Frecuencia de vibración mínimo /máximo
|
28/35 Hz
|
Amplitud mínimo /máximo
|
0.75/ 2.0 mm
|
Fuerza centrífuga mínimo /máximo
|
130/250 kN
|
CAPACIDAD DEL DEPÓSITO COMBUSTIBLE
|
Depósito de combustible, capacidad
|
Entre 200 y 300 L.
|
Deposito DEF (Fluido de escape diésel) mínimo /máximo
|
18/35 L.
|
DIRECCIÓN
|
Tipo de dirección
|
articulada
|
Ángulo de suspensión pendular o de oscilación +/-
|
Máx. 12°
|
EQUIPAMIENTO
|
Sistema eléctrico
|
12 volt
|
Espejos retrovisores Exterior
|
si
|
Cabina
|
ROPS
|
Aire acondicionado
|
si
|
calefacción
|
si
|
Baliza
|
si
|
Alarma retroceso
|
si
|
Asiento ajustable
|
si
|
Cinturón de seguridad
|
si
|
Luces de trabajo delantera
|
si
|
Luces de trabajo trasera
|
si
|
Modo eco consumo combustible
|
si
|
|
|
|
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Nombre Representante Legal Firma Representante Legal
FECHA ____ de _____________ de 2025
FORMULARIO N° 4
GARANTÍA TÉCNICA
El abajo firmante, para los efectos de la licitación pública, “ADQUISICIÓN DE RODILLO VIBRATORIO AUTOPROPULSADO PARA PROYECTO BIP 40041271-0 QUE SE FINANCIARÁ CON RECURSOS DEL GOBIERNO REGIONAL DEL BIOBÍO”, declara que la garantía técnica por sobre la legal ofertada corresponde a __________________ horas.
__________________________________________ ______________________________________
Nombre Representante Legal Firma Representante Legal
FECHA ____ de _____________ de 2025
FORMULARIO N° 5
DECLARACIÓN JURADA SIMPLE
Programas de integridad y ética empresarial
En ___________________ de Chile, a _______ de ________________del 20__, don/doña ____________________________________, RUT __________________________, con domicilio en ___________________, en su calidad de persona natural o representante legal de _________________, viene en declarar lo siguiente:
Que, él o ella, o su representada, ___ (Sí/No) tiene programas de integridad y ética empresarial, los que son conocidos y aplicados por su personal, en conformidad al artículo 17 del D.S. N°661 de 2024, del Ministerio de Hacienda.
Nota: En caso de declarar que tiene programas de integridad y ética empresarial y que son conocidos y aplicados por su personal, debe adjuntar los documentos que permitan acreditar ambas circunstancias.
_____________________
Nombre, RUT y Firma
Oferente o Representante (s) Legal (es)*
* Debe tener facultades para ofertar y suscribir contratos por montos iguales o superiores a lo ofertado.
OBSERVACIONES:
1. Si el oferente es una UTP, debe presentar este formulario por cada empresa que forme parte de la UTP
2. La Comisión de Evaluación podrá verificar lo informado mediante la presente declaración jurada.
|
FORMULARIO N° 6
UBICACIÓN DE SERVICIO TÉCNICO
“ADQUISICIÓN DE RODILLO VIBRATORIO AUTOPROPULSADO PARA PROYECTO BIP 40041271-0 QUE SE FINANCIARÁ CON RECURSOS DEL GOBIERNO REGIONAL DEL BIOBÍO”
Nombre del Oferente
|
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Servicio Técnico
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Para marca…
|
Dirección (calle y N°))
|
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Comuna
|
|
Provincia
|
|
Región
|
|
(DEBE ADJUNTAR PATENTE COMERCIAL DEL LOCAL)
__________________________________________ ______________________________________
Nombre Representante Legal Firma Representante Legal
FECHA ____ de _____________ de 2025
FORMULARIO N° 7
CONTRATO
“ADQUISICIÓN DE RODILLO VIBRATORIO AUTOPROPULSADO PARA PROYECTO BIP 40041271-0 QUE SE FINANCIARÁ CON RECURSOS DEL GOBIERNO REGIONAL DEL BIOBÍO”
En Concepción, a XX de xx de 2025, entre la DIRECCION REGIONAL DE VIALIDAD, RUT 61.202.000-0, representada por el Sr. Director Región del Biobío o sus subrogantes, con domicilio en Prat 501, piso 5º, Concepción, en adelante VIALIDAD y la empresa xxx, RUT: xxxxxx, representada por don xx, RUT: xx, ambos con domicilio en xxx, Comuna de xx, Ciudad de xx, en adelante LA EMPRESA, se suscribe el presente Contrato:
- CONDICIONES GENERALES:
1.1. LA EMPRESA acepta la adjudicación de la Licitación por “ADQUISICIÓN DE RODILLO VIBRATORIO AUTOPROPULSADO PARA PROYECTO BIP 40041271-0 QUE SE FINANCIARÁ CON RECURSOS DEL GOBIERNO REGIONAL DEL BIOBÍO”, adjudicada por Resolución Exenta DRV Región del Biobío Nº xx, de fecha xx de 2025.
1.2. Las partes estipulan que las Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas y Aclaraciones de la Licitación por “ADQUISICIÓN DE RODILLO VIBRATORIO AUTOPROPULSADO PARA PROYECTO BIP 40041271-0 QUE SE FINANCIARÁ CON RECURSOS DEL GOBIERNO REGIONAL DEL BIOBÍO”, convocada por VIALIDAD y la Oferta presentada por LA EMPRESA, que dan origen a este Contrato.
2. DESCRIPCIÓN DEL PRODUCTO:
LA EMPRESA acepta entregar a VIALIDAD, la “ADQUISICIÓN DE RODILLO VIBRATORIO AUTOPROPULSADO PARA PROYECTO BIP 40041271-0 QUE SE FINANCIARÁ CON RECURSOS DEL GOBIERNO REGIONAL DEL BIOBÍO”, de acuerdo a Especificaciones Técnicas de la presente Licitación.
3. VIGENCIA DEL CONTRATO: El contrato tendrá una duración máxima de 110 días hábiles, y regirá desde su aprobación por la respectiva resolución, hasta incluso con posterioridad al pago, hasta la devolución y recepción por parte del proveedor de la correspondiente garantía que hubiere caucionado el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, o su cobro si no se hubiere dado estricto cumplimiento a lo pactado.
4. PLAZO DE ENTREGA DEL SUMINISTRO, este deberá ser entregado en un plazo máximo de 110 días hábiles, comenzará a regir a partir del día hábil siguiente de la aceptación de la orden de compra por parte del adjudicatario a través del portal www.mercadopublico.cl y MONTO DEL CONTRATO, asciende a un monto de $xxx, (en palabras), IVA Incl.
5. GESTIÓN DEL CONTRATO:
5.1. TRASPASO DEL CONTRATO: La Empresa adjudicada, no podrá ceder a terceros el contrato celebrado.
5.2. HABILIDAD DE LOS PROVEEDORES: La Dirección de Vialidad, verificará la habilidad del proveedor adjudicado, durante la explotación del Contrato, debiendo encontrarse en estado de "hábil"; en el caso que no se encuentre hábil, el proveedor adjudicado dispondrá de 10 (diez) días corridos, para regularizar su situación. En caso contrario, la Dirección de Vialidad dará término anticipado al contrato, y procederá al cobro de la garantía que hubiere caucionado el fiel y oportuno cumplimiento del mismo.
5.3. EVALUACIÓN DEL PROVEEDOR: La Dirección de Vialidad, evaluará al proveedor, de acuerdo a los siguientes parámetros: Oportunidad de entrega / calidad / cumplimiento de especificaciones técnicas / desempeño general.Esta evaluación, será efectuada por el Inspector Fiscal y deberá adjuntarla a la Factura. El formulario de evaluación es el siguiente:
Donde la nota 1 es muy deficiente, 2 deficiente, 3 aceptable 4 es bueno y 5 es muy Bueno.
5.4. PREVENCIÓN DE RIESGOS: La Dirección de Vialidad requiere que las Empresas que participen en nuestros suministros, den cumplimiento a las obligaciones legales en materias de prevención de riesgos. Para ello, iniciado el contrato, la empresa adjudicada, deberá presentar fotocopia del registro de entrega de los elementos de protección personal. Esta información será verificada por el Inspector Fiscal, dejará consignado vía correo electrónico, cualquier incumplimiento asociado a esta exigencia, y procederá a la aplicación de la multa respectiva indicada en el punto 1.10.16.1.2 de las presentes bases de licitación.
6. MODIFICACIONES O TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO:
6.1. Modificación del contrato:
El contrato podrá modificarse durante su vigencia, de conformidad a lo establecido en el artículo 13 de la ley de compras, y art. 129 del Decreto 661/2024, por las siguientes causas:
a) Por mutuo acuerdo entre los contratantes.
b) Por razones de interés público y seguridad nacional.
c) Para hacerse cargo de situaciones de caso fortuito o fuerza mayor, debidamente calificadas por esta Dirección de Vialidad, acaecidas durante la vigencia del contrato y que incidan en su normal desarrollo.
En ningún caso podrán aprobarse modificaciones que puedan alterar los elementos esenciales de la contratación u orden de compra inicial, así como tampoco la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases e igualdad de los oferentes.
Cualquier modificación de aquellas señaladas en el presente numeral, deberá aprobarse mediante acto administrativo fundado en el que se consignen las razones que justifiquen las modificaciones efectuadas a la contratación o la orden de compra, y deberá ser publicado en el Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado.
Las modificaciones señaladas deberán respetar el equilibrio financiero de la contratación y el valor de éstas no podrá exceder, independientemente o en su conjunto con las demás modificaciones realizadas a éste durante su vigencia, el equivalente al 30 por ciento del monto originalmente convenido entre el proveedor y el organismo del Estado, siempre que este último cuente con disponibilidad presupuestaria para ello.
6.2. Término anticipado del contrato:
La contratación podrá terminarse anticipadamente, conforme a lo indicado en el artículo N° 13 bis de la ley de compras, y art. 130 del Decreto 661/2024, por las siguientes causales:
a) La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
b) La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones.
c) El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor.
d) El estado de notoria insolvencia del contratista, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento de la contratación.
e) La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar la contratación de conformidad con el artículo 13. En tal caso, el organismo del Estado sólo pagará el precio por los bienes o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia de la contratación. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento de la contratación obedezca a motivos imputables al proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 13 ter.
f) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
g) Por caso fortuito o fuerza mayor debidamente acreditado.
h) En el caso que el adjudicatario sea una UTP y concurra alguna de las siguientes circunstancias:
i. Inhabilidad sobreviniente de uno de los integrantes de la UTP en el Registro de Proveedores, que signifique que la UTP no pueda continuar ejecutando la contratación con los restantes miembros en los mismos términos adjudicados.
ii. De constatarse que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. En este caso, deberán remitirse los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
iii. Retiro de algún integrante de la UTP que hubiere reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
iv. Cuando el número de integrantes de una UTP sea inferior a dos y dicha circunstancia ocurre durante la ejecución del contrato.
v. Disolución de la UTP.
i) Las demás establecidas en la ley, en las respectivas Bases de la licitación o en el contrato. Dichas Bases podrán establecer mecanismos de compensación y de indemnización a los contratantes.
Los actos administrativos que dispongan tales medidas deberán ser fundados y publicados en el Sistema de Información.
7. RECEPCIÓN, FACTURACIÓN Y FORMA DE PAGO
7.1.- RECEPCIÓN
La entrega: En el acto de Entrega se podrá aceptar la presencia de un técnico del proveedor. En este proceso de recepción, el Servicio podrá realizar inspecciones, pruebas y ensayos, para reconocer y verificar la calidad del bien adquirido por la Dirección de Vialidad del Ministerio de Obras Públicas. En caso de observar daños y/o averías, el proveedor deberá repararlos sin cargo para el Ministerio de Obras Públicas, en un plazo de 5 días hábiles, transcurridos los cuales, de no ser subsanados, se pondrá término al contrato procediéndose al cobro de la garantía.
Con el objeto de coordinar la entrega y recepción, el proveedor deberá informar, con al menos dos días hábiles de anticipación, la entrega al Inspector Fiscal.
Lugar de Entrega : La entrega deberá verificarse en el recinto de la Dirección de Vialidad, ubicado en Saavedra N°455, Oficina Provincial de Vialidad Lebu.
Documentos : Esta entrega contempla toda la documentación correspondiente, que incluye: Revisión Técnica, Inscripción R.N.V.M., Seguro Obligatorio, Permiso de Circulación, Certificado de Emisiones, Guía de Entrega y Comprobante de pago de Tag, si correspondiere, todos a nombre del Ministerio de Obras Públicas – Dirección General de Obras Públicas - Dirección de Vialidad, RUT: 61.202.000-0. Además de los documentos e instructivos de fábrica, que incluyen: Garantía para cubrir defectos de fábrica, Manuales de Operación y Mantenciones correspondientes al modelo ofertado y aceptado.
7.2.- FACTURACIÓN:
Una vez revisados los antecedentes previos al estado de pago, el Gobierno Regional solicitará a la Dirección Regional de Vialidad, la emisión de la factura a su nombre.
La Dirección de Vialidad a través del su Inspector fiscal solicitará al proveedor que emita la factura, de acuerdo a lo siguiente:
- Debe ser emitida a nombre de Gobierno Regional de la Región del Biobío, Avenida Prat N°525, Rut. 72.232.500-1
- La Factura deberá tener siempre fecha igual o posterior (nunca anterior) a la autorización del estado de pago por Parte del Gobierno Regional.
- Esta se efectuará una vez emitida la Recepción Conforme, y cambiado estado en la respectiva orden de compra que formaliza el contrato, a través del portal www.mercadopublico.cl, por instrucción del Inspector Fiscal.
- La Factura electrónica deberá ser enviada al correo que se indique oportunamente, el campo 801 del documento deber permanecer vacío.
- Para el caso que sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP), deberá indicar en su oferta el nombre y Rut de la Empresa que hará la facturación.
7.3. PAGO:
El pago se realizará en Acuerdo de pago superior a 30 días, regulado en el nuevo artículo 2 de la Ley N°19.983, teniendo en consideración que dicha estipulación no constituye una situación abusiva por cuanto el obligado al pago es un tercero (El Gobierno Regional) que no es parte del contrato de compraventa y que requiere ejercer los mecanismos legales de control administrativo previo al pago, lo que fundamenta la extensión en los plazos para el efectivo pago de la factura y el reguardo de los recursos públicos.
7.4. FACTORING
El proveedor, podrá factorizar las facturas, de conformidad a la legislación respectiva, siempre y cuando se notifique a la Dirección de Vialidad y de conformidad a la Ley. (Art. 127 del Reglamento de la Ley de Compras).
8. SANCIONES: Los incumplimientos serán sancionados con multas y con término anticipado del contrato, según su gravedad.
8.1 MULTAS.
8.1.1 Multa por atraso en la entrega: Cada día de atraso en la entrega del producto, se sancionará con una multa de 5UF, con un tope de 10 días hábiles de atraso. En caso de que dicha multa supere el valor de 50 UF, se dará término anticipado del contrato por incumplimiento grave.
El valor de la UF a considerar será el vigente al momento de la entrega.
8.1.2 Multa por incumplimiento en materia de prevención de riesgos: En caso de que el personal de la empresa, no disponga de los elementos de prevención de riesgos, se procederá a cursar una multa equivalente a 3 UTM, por cada vez que el Inspector Fiscal, sorprenda a cualquier integrante del equipo de trabajo de la empresa, sin sus elementos de prevención de riesgos respectivos, lo cual será consignado por el IF vía correo electrónico a la empresa. Además, el inspector fiscal suspenderá los trabajos cada vez que detecte esta infracción, y sólo los reanudará una vez sea subsanada. El máximo de incumplimientos permitidos en esta materia será de 3 oportunidades, de superarlo, será sancionado con término anticipado de contrato.
8.2 TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO Y COBRO DE GARANTÍA POR FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
La Dirección de Vialidad, en los casos de incumplimientos graves pondrá término anticipado al contrato, administrativamente, y hará efectivo el cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del Contrato, especialmente, en las siguientes situaciones:
a) En caso que el atraso en la entrega sea de más de 10 días hábiles, o fuere rechazada la maquinaria entregada por no cumplir con las especificaciones técnicas requeridas por bases.
b) Por la no aceptación de la orden de compra respectiva.
c) Si el proveedor adjudicado no subsana los reparos observados en la maquinaria al momento de la entrega, dentro del plazo de 5 días hábiles, indicado en el numeral 1.10.14.1 de las presentes bases.
d) Si la empresa adjudicada incumple su obligación de prevención de riesgos en más de 3 oportunidades, debidamente consignadas por el Inspector Fiscal.
e) Si durante la ejecución del contrato, la empresa adjudicada no regulariza su situación en el Registro de Proveedores, de conformidad con lo indicado en el punto 1.10.12 letra b).
8.3. PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE MULTAS Y OTRAS SANCIONES
8.3.1 Procedimiento para aplicación de multas:
La multa que corresponda aplicar, será tramitada de acuerdo a lo establecido en el Procedimiento para el ingreso a GORE de Estados de Pago de iniciativas de los subtítulos 29 y 31 que incluyan multas, descrito en el Ord N°543/2025 de Gobernador Regional del Biobío. Esto significa que previo a la aplicación efectiva de la multa, el Inspector Fiscal remitirá un oficio al adjudicatario incumplidor, en el que indicará la infracción cometida y la procedencia de la multa de conformidad a las bases, indicando los elementos utilizados para determinar el monto final de la multa.
En el mismo oficio, instará al adjudicatario incumplidor, para que formule descargos, expresando lo que estime conveniente a su defensa, y acompañe documentos u otros medios de prueba, en el plazo de tres días hábiles.
La notificación se hará de conformidad a lo dispuesto en el artículo 140 del Reglamento de Compras, esto es, mediante correo electrónico, a la casilla registrada en la Ficha de Proveedor. Será responsabilidad del proveedor adjudicado, mantener actualizado sus datos. En el caso de no obtener correo electrónico desde la página de Mercado Público o el correo registrado no permite almacenar mensaje por capacidad u otro motivo, la notificación será por carta certificada o personal. En el caso de notificación personal, se dejará constancia en un acta de notificación, de la fecha, y lugar de notificación, que firmará el notificado.
Con los descargos o sin ellos, si no se efectuaren dentro del plazo, la autoridad que adjudicó el contrato dictará una resolución fundada la que se pronunciará sobre los descargos presentados, si existen, y las razones de hecho y de Derecho que fundamentan la decisión de aplicar o no la multa o modificar la que fuera la propuesta por el Inspector Fiscal. Dicha resolución será publicada oportunamente en el Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado.
La resolución que disponga la aplicación de la multa, se podrá impugnar, conforme a las reglas generales, ejerciendo los recursos establecidos en la Ley 19.880.
Procedimiento GORE (Ord N°543/2025 de Gobernador Regional del Biobío)
I. Una vez calculadas las multas, según el mecanismo de cálculo establecido en las bases de licitación (o en el acto que corresponda) y habiéndose agotadas las instancias de apelación contempladas en las mismas, el contratista o proveedor deberá depositar el monto total de la multa en la cuenta corriente de este Gobierno Regional indicada a continuación:
Titular: Gobierno Regional del Biobío
RUT: 72.232.500-1
Banco: BancoEstado
Cuente corriente N°: 53309172601
Correo electrónico: tesoreria@gorebiobio.cl
II. El comprobante bancario de este depósito deberá ser ingresado junto a los demás antecedentes del estado de pago correspondiente.
III. De este modo, una vez ingresado al Gobierno Regional el estado de pago, esta institución procederá a verificar el cumplimiento de todas las estipulaciones que rijan la contratación, entre ellas las obligaciones establecidas en el respectivo convenio mandato entre GORE y la Unidad Técnica, además de la incorporación del comprobante de depósito referido en el punto II.
IV. Por tanto, la facturación y eventual cesión de dicha factura, sólo serán autorizadas si el depósito de la totalidad de la multa fue realizado y se encuentra debidamente acreditado.
V. La excepción a lo indicado en el punto anterior está dada únicamente por la adquisición de vehículos motorizados, que requieren de la factura para la primera inscripción en el Registro de Vehículos Motorizados a cargo del Servicio de Registro Civil e Identificación. Para estos casos necesariamente se tendrá que facturar previo al ingreso del estado de pago y acorde a las instrucciones dadas en el Ordinario N° 1.815 del 03/06/24, pero sin modificar el hecho que, de producirse la aplicación de multas, el comprobante de este depósito tendrá que ser incluido en el estado de pago.
VI. Independiente del caso, una vez verificado todo lo anterior, este Gobierno Regional procederá al pago íntegro de la factura emitida.
8.3.2. Procedimiento para aplicación de otras sanciones como el término anticipado:
El Inspector Fiscal que verifique que se ha incurrido en una causal de término anticipado del contrato, remitirá un oficio al adjudicatario en el que indicará la causal y los hechos que la constituyen, de conformidad a las bases y a las normas legales vigentes, instándolo para que formule descargos, expresando lo que estime conveniente a su defensa, y acompañe documentos u otros medios de prueba, en el plazo de tres días hábiles. La notificación se hará de conformidad a lo dispuesto en el artículo 140 del Reglamento de Compras, esto es, mediante correo electrónico, a la casilla registrada en la Ficha de Proveedor. Será responsabilidad del proveedor adjudicado, mantener actualizado sus datos. En el caso de no obtener correo electrónico desde la página de Mercado Público o el correo registrado no permite almacenar mensaje por capacidad u otro motivo, la notificación será por carta certificada o personal. En el caso de notificación personal, se dejará constancia en un acta de notificación, de la fecha, y lugar de notificación, que firmará el notificado.
Con los descargos o sin ellos, si no se efectuaren dentro del plazo, la autoridad que adjudicó el contrato dictará una resolución fundada la que se pronunciará sobre los descargos presentados, si existen, y las razones de hecho y de Derecho que fundamentan la decisión de aplicar o no la sanción o modificar la que fuera la propuesta por el Inspector Fiscal. Dicha resolución será publicada oportunamente en el Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado.
La resolución que disponga el término de contrato ordenará hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento y se podrá impugnar, conforme a las reglas generales, ejerciendo los recursos establecidos en la Ley 19.880.
9. GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DE CONTRATO:
LA EMPRESA entrega ____ (tipo de documento) ____________ Nº _______________ por garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato por un monto de $ xxxxxxxxxxx.- (xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx pesos) con fecha de vencimiento al ___ de ________ del __________.
Para conformidad, firman el presente Contrato (en dos ejemplares, si es de forma manuscrita):
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
DIRECTOR DE VIALIDAD
REGIÓN DEL BIOBÍO.
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Representante Legal
Empresa XXXXXX
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