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PROCEDIMIENTO DE EVALUACION DE OFERTAS |
La evaluación de las ofertas será realizada por una Comisión, integrada por los siguientes funcionarios, designados por la Dirección Regional a través de una resolución:
-Encargado Operaciones del Departamento Áreas Silvestres Protegidas, o quien lo subrogue o quien lo represente
-Representante del Departamento de Desarrollo y Fomento Forestal, o quien lo subrogue o quien lo represente
-Jefe Sección Administración Departamento Finanzas y Administración, o quien lo subrogue o quien lo represente.
Esta comisión emitirá un informe de evaluación de ofertas, proponiendo a la Directora Regional la adjudicación de acuerdo a los criterios de evaluación contenidos en las presentes bases.
La comisión revisará el cumplimiento de los requerimientos establecidos en el punto número 4 “Antecedentes para incluir en la
oferta” de las presentes Bases de Licitación.
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COTIZACIÓN U OFERTA |
La cotización u oferta deberá presentarse exclusivamente a través del portal de compras públicas, a más tardar el día de cierre que indique la publicación en el portal. El o los precios deberán ser entregados en valores unitarios, pesos chilenos, en números enteros sin decimales y sin IVA (Impuesto al Valor Agregado), señalando la vigencia del mismo.
Será responsabilidad de los Oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus Ofertas.
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MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN |
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Las consultas deberán ser realizadas con el debido fundamento, dentro de las 48 horas siguientes a la adjudicación de la licitación, en la dirección de correo marcos.ayancan@conaf.cl
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ACREDITACION DE CUMPLIMIENTO DE REMUNERACIONES O COTIZACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL |
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Si no se encuentra en registro de Chileproveedores, se solicitará un documento donde señale el cumplimiento de este punto, mediante copia de formulario de cotizaciones timbrada por la institución previsional correspondiente o certificado vigente emitido por la Dirección del Trabajo.
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PRÓRROGA FECHA CIERRE RECEPCIÓN DE OFERTAS |
La fecha de cierre de recepción de ofertas podrá ser prorrogada, lo que se indicará oportunamente en el portal de compras públicas, www.mercadopublico.cl en caso que a dicha fecha no se haya recibido ofertas.
En este mismo acto, también podrán ser ampliadas cada una de las fechas de las demás etapas de esta licitación pública.
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COMPLEMENTACIÓN DE LAS BASES |
CONAF podrá complementar las bases de licitación, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por algunos de los oferentes durante el proceso de la licitación, otorgando un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos, informando de ello a través del sitio www.mercadopublico.cl.
Estas complementaciones formaran parte
integral de las bases
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ADJUDICACIÓN |
La Corporación Nacional Forestal declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases, sin perjuicio de la facultad de la Corporación de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, en virtud del artículo 40, del reglamento de la ley N° 19.886.
La Corporación podrá además, declarar desierta la licitación o parte de ella, cuando no se presenten ofertas, o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. Dichas declaraciones deberán ser por resolución fundada.
La Corporación Nacional Forestal adjudicará a través de una resolución fundada que será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada.
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PLAZO DE ADJUDICACIÓN |
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La Corporación podrá determinar ampliar el plazo de la adjudicación, informando oportunamente en el sistema de información la nueva fecha y las razones que justifican esta decisión.
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READJUDICACIÓN DE OFERTAS |
La Corporación podrá readjudicar las ofertas cuando el oferente adjudicado incurra en incumplimiento o desestimiento, de acuerdo a la Ley 19.886 y su Reglamento, adjudicando a la oferta que le siga en puntaje a quien haya obtenido la mejor calificación.
De igual manera hará efectiva la garantía que se hubiere establecido como seriedad de la oferta comprometida.
Inscripción en Chile Proveedores
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PRODUCTOS O BIENES ADICIONALES |
Si las unidades requieren de productos o bienes adicionales a los señalados en la presente licitación pública, se podrá recurrir a este proceso licitatorio ajustado a la normativa y procedimientos vigentes.
Regulación de la licitación y del Convenio de suministro
La presente licitación se regirá en todo momento por lo dispuesto en la Ley 19.886, su reglamento y las presentes bases.
El convenio de suministro se ceñirá a los siguientes documentos según el orden de prelación que se señala a continuación:
1.- Ley 19.886 y su Reglamento.
2.- Bases Administrativas, sus Anexos, Aclaraciones, Respuestas y Modificaciones a dichas Bases si las hubiere.
3.- Oferta efectivamente adjudicada.
4.- Contrato de Suministro celebrado entre la CONAF con el o los Adjudicatarios.
5.- Órdenes de Compra que emita la CONAF.
Los interesados en conocer los documentos señalados anteriormente, podrán hacerlo accediendo al sitio www.mercadopublico.cl, desde donde podrán bajar dicha documentación.
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PLAZO Y LUGAR DE ENTREGA |
El plazo para la entrega del o los bienes requeridos en la Orden de Compra serán los informados en la oferta del proveedor adjudicado.
Entrega considerada es VIVERO FORESTAL CONAF ubicado en RIO DE LOS CIERVOS a 5,5 km al Sur de la ciudad de Punta Arenas, Región de Magallanes y Antártica Chilena
El o los productos requeridos podrán ser entregados eventualmente en la Oficina Provincial de Última Esperanza o bien podrán ser retirado por funcionarios de la Corporación debidamente autorizados
Responsabilidad del oferente seleccionado
1.- Es responsabilidad del oferente entregar los productos de acuerdo a lo establecido en las presentes Bases de Licitación y otros documentos que así lo establezcan, el cual se denominará Convenio de Suministro o Orden de Compra
2.- El oferente seleccionado deberá entregar los productos requeridos en el lugar y plazo en que la CONAF determine o de acuerdo a oferta, lo cual para estos efectos es parte integrante del respectivo convenio de suministro.
3.- El oferente seleccionado deberá asumir, a su costo FLETES DE CAMIONES U OTROS TIPOS DE VEHÍCULOS, PERSONAL PARA CARGA Y DESCARGA, PERMISOS CORRESPONDIENTES u otros que sean necesarios para poner a disposición de la
Corporación los productos requeridos.
4.- La modalidad de retiro será con Orden de Compra, emitida y enviada vía www.mercadopublico.cl, el proveedor entregará sólo lo que indica la Orden de Compra, emitiendo la Guía de Despacho o Factura que deberá detallar el o los productos entregados.
5.- El oferente será responsable de la manipulación y traslado de los productos hasta la entrega y recepción física conforme por parte de la Corporación.
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DE LA RECEPCIÓN DE LOS BIENES O PRODUCTOS |
1.- La recepción de los bienes o productos se efectuará por funcionarios señalados en la Orden de Convenio de Suministros u Orden de Compra, quienes deberán verificar que el producto entregado cumpla con los requisitos establecidos en las OC (Orden de Compra) o OCS (Orden de Convenio de Suministros)
2.- Una vez verificado el cabal cumplimiento de los requisitos señalados en estas bases de licitación, se dará curso a la recepción de los bienes y/o productos informando a la unidad administrativa correspondiente para que procedan al proceso de registro y posterior pago de la factura.
3.-Si de la recepción de bienes y/o productos, resulta que estos no cumplen con los requisitos estipulados en estas bases
Administrativas y otros documentos o el producto es de deficiente calidad no se dará curso a la recepción, reteniéndose los valores a cancelar producto de este contrato, hasta que se entregue el producto requerido.
4.- Los funcionarios de CONAF poseen los instrumentos óptimos para medir el porcentaje de humedad de los tacos de leña, que puede ser comparados con los equipos que el proveedor adjudicado presente para medir lo señalado
Todos los costos en que se deba incurrir, incluido el flete, serán de cargo del oferente seleccionado.
Condiciones de pago
Toda Orden de Compra se debe encontrar en estado ACEPTADA en el sistema www.mercadopublico.cl
El pago se efectuará previa presentación de factura correspondiente y de la recepción conforme por parte de la unidad Técnica CONAF.
El pago se efectuará en un plazo máximo de treinta (30) días posteriores a la recepción de estos documentos.
El proveedor deberá emitir la respectiva factura o boleta extendida de la siguiente forma:
Razón Social : Corporación Nacional Forestal
RUT : 61.313.000-4
Giro : Servicios Forestales
Domicilio : Avenida Bulnes N° 0309, Punta Arenas
Fono : 61-2 238684
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REAJUSTABILIDAD |
El proveedor adjudicado podrá solicitar reajustar los precios de sus productos SEIS meses después del inicio de la vigencia del Convenio de Suministro, esta solicitud debe realizarla mediante carta dirigida a la Dirección Regional de CONAF, con copia al Administrador del Contrato CONAF.
El reajuste solicitado debe estar de acuerdo a la variación que el IPC (índice de precios al consumidor) registre entre la fecha de inicio del contrato o del último reajuste y el último día del mes anterior a la solicitud de reajuste.
El proveedor podrá solicitar, para productos en particular, un reajuste superior, fundamentando debidamente esta solicitud; la Corporación someterá a evaluación esta solicitud especial, tomando como base a las variaciones que registren los precios del mercado.
La Corporación deberá comunicar su resolución al proveedor e indicar los nuevos valores que estarán vigentes en el convenio
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MULTAS Y SANCIONES |
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El adjudicatario podrá ser sancionado por la Corporación con el pago de multas por atrasos en la entrega de los productos comprendidos en las presentes bases de licitación. Las multas por atraso en la entrega se aplicarán por cada día hábil de atraso, y se calcularán como un 5% del valor neto del producto solicitado y aplicable a las cantidades que se entreguen atrasadas respecto del plazo de entrega establecido por el proveedor con un tope de 10 días hábiles.
Para los casos en que el proveedor no hubiese aceptado formalmente la Orden de Compra, a través de www.mercadopublico.cl, y sin embargo haya entregado total o parcialmente los productos requeridos, se considerará que el plazo de entrega comenzó el segundo día hábil de emitida la Orden de Compra.
Las multas se podrán aplicar sin perjuicio de recurrir a los tribunales ordinarios de justicia.
Procedimiento para aplicación de multas: Detectada una situación que amerite la aplicación de multas, por parte de la Corporación o del funcionario responsable, éste le notificará al adjudicatario, por correo electrónico o por carta certificada, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar de la notificación de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles, para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes. Vencido el plazo sin presentar descargos, la Corporación dictará la respectiva resolución o acto administrativo aplicando la multa. Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la Corporación tendrá un plazo de hasta 30 días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará, mediante resolución o acto administrativo, lo que se notificará al adjudicatario, vía correo electrónico o por carta certificada
Cobro de la multa: Quedará ejecutoriada la multa o la absolución de ella, con la notificación de dicha resolución o acto administrativo. Desde ese momento el adjudicatario se encontrará obligado al pago de la multa, si es que procediera. El monto de las multas será rebajado del pago que la Corporación deba efectuar al adjudicatario en las facturas o boletas más próximas. De no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se le cobrará directamente, debiendo ser pagada dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación del requerimiento. El no pago de la multa, dentro de los plazos establecidos, faculta a la Corporación, para requerir la ejecución de la garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento.
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SUSPENCIÓN TEMPORAL DEL CONVENIO DE SUMINISTRO |
El adjudicatario podrá ser sancionado por la CONAF con la suspensión temporal del Convenio de Suministro, en los siguientes casos:
1.- Atraso en la entrega de los ítems o productos, superiores a 5 días hábiles desde el cumplimiento del plazo ofertado y/o acordado, según corresponda.
2.- No renovación oportuna de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, en el caso de vencimiento de la garantía antes del plazo de 60 días desde culminado el convenio de suministro o en caso de prórroga del convenio de suministro. Para estos efectos, se considera renovación oportuna la entrega dentro del plazo de 5 días hábiles antes del vencimiento de la garantía, de una nueva, con las mismas características que la anterior, que la reemplace, por todo el periodo de vigencia o renovación que corresponda.
3.- Aplicación de sanción de multa reiterada o suspensión de funcionamiento, cursada por la autoridad sanitaria correspondiente.
En los casos 2 y 3 la suspensión temporal se extenderá hasta que se subsane la situación que da origen a la aplicación de la sanción.
Cobro de la Boleta de Garantía por Fiel Cumplimiento de Contrato
El Adjudicatario podrá ser sancionado por la CONAF con el cobro de la Boleta de Garantía por Fiel Cumplimiento de Contrato, en los siguientes casos:
1.- No pago de multas dentro del plazo establecido.
2.-Aplicación de DOS o más veces de alguna de las sanciones
3.- Incumplimiento de las exigencias técnicas de los ítems adjudicados, establecidas en este convenio
4.- Incumplimiento de las obligaciones impuestas por las Bases y el Contrato.
Término anticipado del Convenio de
El Convenio de Suministro podrá terminarse anticipadamente por la CONAF sin derecho a indemnización alguna para el Adjudicatario, si concurre alguna de las causales que se señalan a
1.- Resciliación o mutuo acuerdo de las
2.- Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el adjudicatario. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución
o la ejecución parcial, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad por el incumplimiento, lo que le genera a la entidad contratante un perjuicio significativo en el cumplimiento de sus
3.- Quiebra o el estado de notoria insolvencia del adjudicatario, a menos que se mejoren las cauciones
4.- Si los representantes o el personal dependiente del adjudicatario no observan los más altos niveles éticos o cometan actos de fraude, corrupción, soborno y extorsión.
5.- No entrega oportuna de la Garantía de Fiel Cumplimiento, de acuerdo lo establecido en la cláusula 8, “Garantías requeridas” de las presentes bases.
6.- Registrar, a contar de los 6 meses de vigencia del convenio marco, saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores contratados en los últimos 2 años.
7.- Aplicación de sanción de cancelación de autorización de funcionamiento vigente, cursada por la autoridad sanitaria correspondiente.
Para concretar lo indicado en el párrafo precedente la CONAF notificará por escrito al adjudicatario, con un aviso previo de 10 días corridos. Sin perjuicio de lo señalado, el adjudicatario deberá satisfacer íntegramente las órdenes de compra recibidas antes de la notificación del referido término anticipado.
En todos los casos señalados anteriormente, no operará indemnización alguna para el Adjudicatario.
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PACTO DE INTEGRIDAD |
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El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos,regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes
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RESOLUCION DE EMPATES |
Si existiera igualdad de puntaje, se utilizará para realizar el desempate la aplicación de los siguientes criterios:
En primer lugar se privilegiará al oferente que haya obtenido el máximo puntaje en el criterio de evaluación “PRECIO”.
De persistir el empate, se privilegiará al oferente que haya obtenido el máximo puntaje en el criterio de evaluación “PLAZO DE ENTREGA”.
De persistir el empate, se privilegiará al oferente que haya obtenido el máximo puntaje en el criterio de evaluación “DESCUENTO”
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INSCRIPCION EN CHILEPROVEEDORES |
Aquellos participantes que al momento de la presentación de sus ofertas no estén inscritos en el Registro Electrónico de Proveedores del Estado, denominado “Chileproveedores”, estarán obligados a inscribirse en caso de ser adjudicados, dentro de los plazos reglamentarios establecidos.
El oferente que se adjudique esta licitación deberá encontrarse inscrito en el Registro Oficial de Proveedores del Estado, denominado “Chileproveedores”.
De no estar inscrito, se transcribe a continuación, la instrucción de la Circular N° 09, de fecha 6 de Marzo de 2007, de los Ministerios del Interior y Hacienda: “En caso que el o los proveedores adjudicados no estén inscritos en el registro electrónico oficial de contratistas de la Administración, Chileproveedores, estarán obligados a inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la adjudicación o de la emisión de la orden de compra respectiva”.
En caso de no cumplir con la obligación en el tiempo señalado o no tener la condición de “Habilitado” para contratar con el Estado de Chile, la Corporación solicitará la cancelación de la respectiva orden de compra y procederá a readjudicar la licitación al proveedor que siga en puntaje al que obtuviera la mayor calificación, si así lo estimare conveniente
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DEL CONTRATO |
CONTRATO
El Oferente adjudicatario, deberá suscribir el contrato con la Corporación Nacional Forestal, dentro de los 20 días hábiles siguientes a la fecha de adjudicación
VIGENCIA DEL CONTRATO
La vigencia del contrato será de VEINTICUATRO MESES desde el momento de la adjudicación, pudiendo renovarse por un período igual por UNICA VEZ, previa evaluación del cumplimiento del contrato.
Posibilidad de renovación por un periodo igual de 2 años por única vez conforme a lo establecido en art 12 del Reglamento Ley 19.886.Con el objeto de mantener el adecuado abastecimiento de este producto a las unidades CONAF, previa evaluación
MODIFICACIONES DEL CONTRATO
Las partes podrán modificar el correspondiente contrato suscrito por ellas. Todas las modificaciones de servicios acordadas durante el periodo de vigencia del respectivo contrato, se incorporarán en nuevos anexos, los que, para todos los efectos legales, formarán parte integrante de dicho contrato.
Al respecto, los señalados anexos deberán perfeccionarse por mutuo acuerdo de las partes y aprobarse mediante el correspondiente acto administrativo.Las modificaciones no podrán alterar la naturaleza del objeto de este.
TÉRMINO AL CONTRATO
Por las siguientes causales:
a) Vencimiento de plazo acordado por las partes.
b) En caso de muerte, declaración de quiebra o incapacidad sobreviniente del Adjudicado.
c) Cancelación o extinción de la personalidad jurídica del adjudicado.
d) Por mutuo acuerdo de las partes.
e) Por incumplimiento grave de cualquiera de las obligaciones emanadas del contrato. Se considerarán para estos efectos incumplimientos graves los siguientes:
e.1) No pago íntegro y oportuno de las remuneraciones; pagos de imposiciones y cotizaciones previsionales a los trabajadores del Adjudicado.
e.2) Incumplimiento reiterado y no justificado de las obligaciones que forman parte de las presentes Bases de Licitación y Especificaciones técnicas y de todos aquellos documentos que forman parte integrante del contrato. (en más de una oportunidad)
e.3) La no constitución oportuna ni la existencia, entrega y/o mantención continua de la vigencia de las garantías señaladas en las presentes Bases de Licitación, en caso que corresponda
e.4) Si se comprueba que las condiciones mínimas solicitadas del oferente no cumple con las características presentadas en la oferta adjudicada.
Modalidad de informar de parte de CONAF los motivos y aplicación de lo señalado, será a través de carta oficial
SUBCONTRATACION
El Adjudicado no podrá subcontratar en forma parcial o total los Servicios, por lo que será de total responsabilidad de éste en cumplir todas las obligaciones contraídas en la realización del servicio. Sin embargo, en caso de requerirse la subcontratación de algún servicio específico, el Contratista deberá solicitar la debida autorización a CONAF, a fin de verificar el cumplimiento de las causales para contratación con el estado de acuerdo a lo señalado en estas bases
CONTRAPARTE TÉCNICA DE CONAF
La contraparte la ejercerá el Jefe de la Sección Administración del Departamento de Finanzas y Administración, o quien éste designe
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ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS |
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ANEXO N°03
Cumplimiento de Condiciones técnicas
Suministro de Tacos de leña para Unidades CONAF ID N°1038-8-LE17
La empresa que suscribe, en caso de resultar adjudicada, se obliga a realizar en conformidad con las bases, especificaciones técnicas y todo antecedente que rige la licitación, que declara haber estudiado todos los antecedentes y verificado la concordancia entre sí de las bases administrativas, las especificaciones técnicas y demás antecedentes del presente llamado a licitación.
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ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MINIMAS SOLICITADAS
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CUMPLE
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OBSERVACIONES
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SI
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NO
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Línea 1 Tacos de Leña para calefacción. Tacos de aproximadamente de 8" de diámetro por 12" de largo con un contenido de humedad no superior a 35%
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Tacos de Leña de aproximadamente de 8" de diámetro
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Tacos de Lena de aproximadamente de 12" de largo
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Humedad no superior a 35%
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Entrega en Vivero Forestal CONAF
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Considera personal para carga y descarga de tacos de leña
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Línea 2 Tacos de Leña para calefacción. Tacos de aproximadamente de 8" de diámetro por 12" de largo. Tacos en VERDE.
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Tacos de Leña de aproximadamente de 8" de diámetro
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Tacos de Lena de aproximadamente de 12" de largo
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Tacos de leña en Verde
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Entrega en Vivero Forestal CONAF
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Considera personal para carga y descarga de tacos de leña
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NOTAS: Completar Anexo registrando cumplimento de especificaciones técnicas e Ingresar vía portal MercadoPúblico.
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Del origen de los tacos de leña |
El Adjudicatario de la licitación o proveedor o quién realice la venta de tacos de leña, debe entregar el producto con la respectiva Guía de Despacho o Factura respectiva y además debe adjuntar el original de la "Guía de Libre Tránsito de la Ley N°20.283" que señala que los productos forestales provienen de un Plan de Manejo Forestal autorizado por CONAF
Las Guías de Libre Tránsito están definidas como "Primaria", si la venta de tacos sale de un predio forestal o "Secundaria" si la venta de tacos sale de un depósito de Acopio de leña, aserradero o establecimiento en la ciudad, señalando la cantidad total o parcial de los tacos entregados por Vendedor al Comprador, utilizando una medida en metros cúbicos o por unidades de tacos e identificada en color amarillo y señalada como TRANSPORTISTA / LUGAR DE DESTINO, considerando la fecha del transporte y la patente del vehículo o camión que transporta, se adjunta un modelo de guía secundaria.
Esta normativa es para recibir conforme la compra y poder disponer en algún momento el traslado de los tacos a otra unidad o necesidad del Vivero.
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