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9.1 INTRODUCCIÓN |
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La Corporación Nacional Forestal, como ente encargada del quehacer forestal en Chile y la protección de los recursos naturales, requiere del disponer del servicio de alimentación de brigadistas forestales en sus bases de brigada o en lugares rurales de difícil acceso, instruidos por la respectiva central de operaciones, siendo habitual y preferente en el territorio de la región de Los Ríos.
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9.2 NORMAS QUE REGULAN LA LICITACIÓN |
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La licitación se regirá por las presentes bases administrativas y técnicas y por Las normas legales, reglamentarias y técnicas vigentes a la fecha del llamado a licitación, especialmente la Ley 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de suministro y prestación de Servicios y su Reglamento. Asimismo serán reglas propias de la licitación, las aclaraciones que emita y publique CONAF, sean requeridas por los participantes de esta licitación o bien impartidas por CONAF, formando parte de estas bases.
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9.3 CARACTERÍSTICAS DE LOS OFERENTES |
9.3.1 REQUISITOS MÍNIMOS DEL OFERENTE
Estos son los requisitos mínimos que debe cumplir el postulante para poder ofertar:
Persona natural o jurídica:
a) El oferente debe ser contribuyente de 1° categoría “EMITIR FACTURAS”
b) Debe presentar certificado original de:
• Boletín de Informes Comerciales (deudas)
• Certificado deudas previsionales
• Certificado de adhesión a mutualidad
• Certificado de accidentabilidad (en Mutual)
9.3.2 CONTENIDO DE LA OFERTA
El oferente deberá adjuntar la siguiente documentación:
a) Experiencia del oferente:
El oferente debe demostrar experiencia en trabajo de similares características, para tal efecto, debe completar y subir “FORMAULRIO DE EXPERIENCIA” (ANEXO 1).
b) Presentación de la oferta económica:
El oferente debe completar y subir el “FORMULARIO DE OFERTA ECONÓMICA” (ANEXO 4), indicando el valor final de su oferta, con todos los costos incluidos.
c) Declaración Jurada Simple; debidamente firmada, donde el oferente debe completar y subir archivo indicando la equipamiento necesario para prestar el servicio. Debe respaldar con imágenes (ANEXO 2).
d) Declaración Jurada Simple; debidamente firmada, donde el oferente debe completar y subir archivo indicando el valor a pagar sus manipuladore(as) por concepto de ingreso bruto (ANEXO 3).
e) Declaración Jurada Simple; debidamente firmada, por quien asume la responsabilidad de aceptación del contenido de las bases. (ANEXO 5).
f) Declaración Jurada Simple; debidamente firmada: Por quién asume la responsabilidad por declarar que no tiene relación de parentesco con Directivos de CONAF. (ANEXO 6).
g) Declaración Jurada Simple; debidamente firmada: Donde el oferente declara no tener multas por prácticas antisindicales. (ANEXO 7).
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9.4 FORMA DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA: |
Se deberán adjuntar electrónicamente los anexos, todos y cada uno de los antecedentes que formen parte de la oferta, como así mismo aquellos que se consideren necesarios para su mejor comprensión y entendimiento, según la siguiente tabla:
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Item mercado público
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Documentos
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Económica
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(línea habilitada del portal) y Anexo 4
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Administrativa
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Anexos 5,6,7
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Técnica
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Anexos 1,2,3
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Las únicas ofertas válidas serán aquellas presentadas a través del sitio www.mercadopublico.cl. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases, salvo el caso contemplado en el artículo 62 del Reglamento de la Ley 19.886, sobre Compras Públicas. Los Oferentes deben constatar que el envío de sus ofertas técnicas y económicas a través del sitio www.mercadopublico.cl hayan sido ingresadas con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los Formularios y Anexos requeridos; para ello se deben verificar el posterior despliegue automático del comprobante de envío que se entrega en dicho sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo.
Será responsabilidad de los oferentes adoptar las medidas que sean necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente las respectivas propuestas.
Las ofertas permanecerán cerradas y se abrirán electrónicamente en las fechas indicadas en el cronograma de las presentes Bases.
Todos los antecedentes que acompañen la propuesta deberán presentarse en formato electrónico a través del portal.
Sólo se considerará la información solicitada en los "ANEXOS" adjuntos, para efecto de evaluación de los oferentes, a no ser, que se solicite expresamente algo complementario y/o distinto en las bases, en los mismos anexos o en el foro inverso.
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9.5 MECANISMO PARA LA SOLUCION DE CONSULTAS |
Las consultas que los oferentes deseen formular con relación a la materia de esta Licitación, se realizarán a través del portal http://www.mercadopublico.cl todas las consultas y solicitudes de aclaración que los oferentes soliciten, utilizando la sección de foro, hasta la hora y día en que se indica en el cronograma. Las respuestas a las consultas estarán disponibles en el mismo portal, a contar del día indicado en el cronograma de licitación.
Sin perjuicio de lo anterior y hasta el plazo en que deben responderse las consultas, CONAF se reserva el derecho de emitir, las aclaraciones a las Bases que estimare necesarias o las que hubieren surgido con motivo de las consultas efectuadas por los interesados durante el proceso de Licitación. Tales aclaraciones se entenderán informadas a los participantes, al encontrarse publicadas en la página web www.mercadopublico.cl. Las dudas sobre el manejo del portal deben efectuarse en el fono consulta del portal de compras públicas 600-7000-600.
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9.6 MODIFICACION Y/O COMPLEMENTACION DE LAS BASES |
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CONAF podrá modificar y/o complementar las Bases de la Licitación, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los Oferentes mediante el foro del sistema, durante el proceso de la Licitación, otorgando un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos, informando de ello a través del sitio www.mercadopublico.cl. Esta complementación formará parte integral de las bases.
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9.7 ACEPTACION DE ANTECEDENTES OMITIDOS FUERA DE PLAZO |
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la Conaf podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del Sistema de Información.
Se permitirá, asimismo, la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones NO mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
Los oferentes tendrán un plazo de 48 horas corridas, contadas desde la notificación del respectivo requerimiento, para responder a lo solicitado por la Entidad licitante o para acompañar los antecedentes requeridos por ésta. CONAF no considerará las respuestas o los antecedentes recibidos una vez vencido dicho plazo.
Dicho lo anterior, las bases contemplarán dentro de los criterios de evaluación uno que evalúe el cumplimiento de los requisitos formales de presentación de la oferta, asignando menor puntaje a las ofertas que no cumplieron, dentro del plazo para presentación de ofertas, con todo lo requerido. (Art. 40° Regl.).
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9.8 DERECHO A DESESTIMAR LAS OFERTAS O DECLARAR DESIERTA O INADMISIBLE LA LICITACIÓN |
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La CONAF se reserva el derecho de declarar inadmisible cualquier oferta por incumplimiento de los requisitos mínimos establecidos en estas bases y de declarar desierta la licitación, total o parcialmente, cuando no se presentaren ofertas o habiéndose presentado éstas resulten inconvenientes a sus intereses. En ambos casos se dictará una resolución fundada. (Art. 9° de la Ley 19.886).
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9.9 CALIDAD TECNICA DE LOS SERVICIOS |
9.9.1 El Oferente adjudicado asume la plena responsabilidad en cuanto a la calidad y oportunidad de los servicios exigidos de acuerdo a las especificaciones técnicas y demás estipulaciones de las presentes Bases.
9.9.2 El oferente debe ofertar por la totalidad del servicio solicitado, para poder ser considerada su oferta.
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9.10 PRORROGA DE FECHAS DE LA LICITACIÓN |
Las fechas del proceso licitatorio podrán ser prorrogadas en el portal de compras públicas www.mercadopúblico.cl, en los casos que a continuación se señalan:
1.- En caso que a la fecha de cierre no se hayan recibido ofertas
2.- Cuando a la fecha de cierre se hayan presentado menos de tres ofertas.
3.- Cuando no se haya respondido el foro de preguntas y respuestas en las fechas establecidas inicialmente.
4.- Cuando se realicen modificaciones a las Bases que impliquen un cambio en las postulaciones de los posibles oferentes.
5.- Cuando no se haya adjudicado la licitación en la fecha estipulada en las bases (Art.41 reglamento).
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9.11 CONDICIONES MINIMAS PARA ADJUDICAR |
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El oferente evaluado, deberá tener un puntaje mínimo de un 60% del total de la evaluación ideal, de acuerdo con los criterios de evaluación, para poder ser adjudicado.
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9.12 RESOLUCIÓN DE EMPATES |
De existir empate, CONAF seleccionará de acuerdo a los oferentes que hayan tenido el máximo puntaje según cada criterio de selección en orden decreciente en relación a los porcentajes de cada criterio de selección. En el caso de haber 2 o más criterios con el mismo porcentaje, se conservará el orden de los criterios entregado en este apartado.
1. Experiencia del Oferente
2. Oferta Económica
3. Condiciones de empleo y remuneraciones
4. Equipamiento.
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9.13 DE LA HABILIDAD PARA CONTRATAR CON EL ESTADO |
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El proveedor que se haya adjudicado la licitación, al momento de la firma del respectivo contrato u orden de compra según sea el caso, además de estar inscrito el Chileproveedores debe tener la calidad de "HABIL PARA CONTRATAR CON EL ESTADO" (Art. 41 Regl.), caso contrario no podrá prestar los servicios adjudicados, y facultará a la Institución para realizar una re adjudicación, si éste no presentare el certificado que lo acredite, dentro del plazo de 15 días hábiles posteriores a su adjudicación.
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9.14 COMISIÓN EVALUADORA |
Las ofertas técnicas y económicas de los proponentes, que cumplan con todos los requisitos formales de presentación, serán evaluadas por CONAF, quien constituirá para tal efecto una Comisión Técnica integrada por al menos tres (3) profesionales de su dependencia:
• Jefe Provincial (s) Valdivia o quién subrogue.
• Jefe DEPRIF o quién subrogue
• Jefe DEFA o quién subrogue.
• Enc. Higiene y Seguridad Regional
• Abogado Unidad Jurídica (como ministro de fe)
La Comisión Técnica, luego de su evaluación emitirá un Acta o Informe en el que propondrá al respectivo Director Regional la adjudicación, o rechazo de las propuestas analizadas.
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9.15 FACILIDADES Y APOYO |
CONAF, se reserva el derecho de supervisar los servicios de arriendo contratados, en todo momento, efectuar los controles que estime necesarios para comprobar la calidad del trabajo en ejecución, la observancia de las instrucciones y el cumplimiento de las actividades solicitadas.
El Prestador de Servicios deberá otorgar todas las facilidades que el caso requiera para permitir y facilitar estas labores de supervisión y control, debiendo además efectuar, a su entero costo, las correcciones indicadas por CONAF.
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9.16 PLAZOS |
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9.16.1 Plazo de vigencia de las Ofertas
Las Ofertas tendrán una validez mínima de 60 (sesenta) días corridos desde la fecha de Apertura electrónica de las mismas (Art. 63 Reglamento).
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9.17 DEBER DE ABSTENCIÓN |
Las autoridades y los funcionarios, como así también personal contratado a honorarios, que participen en procedimientos de contratación, deberán abstenerse de participar en dichos procesos, cuando exista cualquier circunstancia que les reste imparcialidad. (Art 6° BIS).
En concordancia con lo anterior, deberá ser nombrado otro funcionario en su reemplazo, para garantizar la transparencia y probidad del proceso licitatorio.
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9.18 ADJUDICACIÓN Y NOTIFICACIÓN |
Una vez, que la comisión encargada de evaluar las ofertas, entregue el informe, la Corporación resolverá la aprobación de adjudicación, para proceder con el proceso de contratación. La adjudicación se efectuará a través de una resolución emitida por la autoridad competente, la cual será publicada en el portal, entendiéndose por notificado al oferente adjudicado transcurridas 24 horas desde dicha publicación. (Art. 6° del Reglamento).
En ese caso, CONAF tendrá derecho a encomendar la labor al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente.
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9.19 DE LA REAJUDICACIÓN |
Serán causales de re adjudicación las siguientes:
a) Cuando el adjudicatario no está habilitado para contratar con el estado, según información entregada por www.chileproveedores.cl.
b) Cuando desiste de su oferta.
c) Cuando no entrega de la garantía de fiel cumplimiento cuando proceda.
d) Cuando no firma del contrato.
e) Cuando incumpla los plazos de entrega de los bienes y/o servicios establecidos en su oferta y que perjudiquen la normal operatividad de la Institución.
Facultará a la Corporación para seleccionar al oferente, que de acuerdo al resultado de la evaluación, le siga en puntaje, y así sucesivamente.
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9.20 OBLIGACIONES DEL OFERENTE ADJUDICADO |
a) Sin que la presente enumeración sea taxativa, serán de cargo del oferente adjudicado todos los gastos por concepto de, remuneraciones, honorarios, impuestos, y obligaciones previsionales del personal a su cargo, como asimismo la mantención y reparación del instrumental técnico, la movilización y todos los demás gastos que se generen en virtud de la ejecución de los trabajos que se encomiendan y que sean necesarios para la total, correcta y oportuna ejecución de los mismos.
b) Será obligación del Oferente adjudicado realizar todas las gestiones para la ejecución del servicio y las que le sean requeridas por CONAF, como asimismo, cumplir estrictamente las instrucciones y procedimientos vigentes o que se dispongan durante la ejecución de los trabajos en el marco de las presentes bases.
c) El Oferente adjudicado será el único responsable por los daños y perjuicios que ellos o quienes les presten servicios de cualquier índole irroguen a terceros.
d) Cualquier cambio por el Oferente adjudicado deberá ser autorizado por CONAF, previa presentación escrita con 10 días de anticipación, acompañando todos los antecedentes del nuevo personal.
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9.21 DEL CONTRATO |
9.21.1 DE LA FIRMA DEL CONTRATO
CONAF, a través del Director Regional, y el adjudicatario suscribirán un contrato aproximadamente dentro de los 15 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación a través del Portal www.mercadopublico.cl, en el que establecerán sus derechos y obligaciones, del cual las presentes Bases Administrativas y Técnicas son parte integral, así como sus Anexos y la propuesta del adjudicatario.
Si el adjudicatario del proyecto no suscribe el contrato dentro del plazo establecido anteriormente se entenderá que desiste de su realización. En ese caso, CONAF tendrá derecho a encomendar la labor al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente. Quedan excluidos de esta disposición, aquellos adjudicatarios que justifiquen por motivos de fuerza mayor (tales como accidentes, pérdida de vehículos, o por razones de carácter judicial), que no podrán ejecutar las actividades propuestas.
9.21.2 DEL PLAZO
Se estima que el plazo del presente servicio es por las temporadas 2017 – 2018 y 2018 – 2019, aproximadamente 5 meses cada una (Noviembre a Marzo), a excepción de que por decisión técnica del departamento, basada en antecedentes climáticos o de personal, la temporada de mayor ocurrencia cierre anticipadamente o se extienda.
9.21.3 DE LA RENOVACIÓN
a) Al finalizar la temporada 2017 – 2018, el departamento de Protección contra Incendios Forestales, por medio de su Jefe directo, realizará una evaluación técnica del servicio recibido, que definirá la permanencia o término del presente contrato por la siguiente temporada 2018 – 2019, en igualdad de condiciones. En caso de ser renovado el contrato, el adjudicatario deberá entregar una nueva garantía de fiel cumplimiento de contrato, la cual sera devuelta 60 días posteriores al termino del contrato.
9.21.4 DE LAS MODIFICACIONES DEL CONTRATO
Si en el curso del contrato, se introdujeren aumentos de los servicios contratados los cuales no podrán exceder, esto es, aumentar las prestaciones convenidas proporcionalmente, hasta en un 30% del monto total del contrato originalmente pactado. (Art. 77, Reglamento).; por lo anterior, estos aumentos contractuales deben ser igualmente respaldados por un aumento de la Garantía del Fiel Cumplimiento, en la proporción que corresponda, en relación a la totalidad del contrato.
9.21.5 DE LA REAJUSTABILIDAD
En la eventualidad que el contrato sea renovado, éste para efectos del segundo período (la prórroga, de acuerdo al inciso anterior), será reajustado con la variación del IPC del año anterior
9.21.6 TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
CONAF queda facultada para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, sin derecho a indemnización alguna para el Prestador de Servicios, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:
a) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
b) Si se produjese cualquier incumplimiento de las obligaciones establecidas en las Bases y/o el Contrato.
c) Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
d) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
e) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
f) Si durante el ejercicio del servicio se transgredieran gravemente las prohibiciones señaladas en las presentes Bases y en el respectivo contrato.
g) Si el Prestador de Servicios fuere declarado en quiebra.
Por su parte, el Prestador de Servicios podrá poner término anticipado al Contrato, dando aviso escrito al respectivo Director Regional de CONAF
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9.22 CONDICIÓN, MODO Y PLAZO DEL PAGO |
9.22.1 CONDICIONES:
a) Una vez que sea recepcionado (s) en total conformidad el o los producto (s) y/o servicio (s) del oferente adjudicado.
b) Previa visación y/o autorización explícita emitida por la contraparte técnica de CONAF.
c) Una vez solicitado y verificado que se han cancelado, las cotizaciones previsionales del personal utilizado en la prestación del servicio (cuando corresponda).
d) Todo el proceso administrativo, se verá íntegramente con el departamento de administración y Finanzas de la Provincia de Valdivia, solo el cálculo de la factura se hará con el departamento de Control de Incendios forestales,( quien llevara el control de raciones) no teniendo este ninguna injerencia en los tramites financieros y administrativos del contrato, ni en el pago de servicios facturados
e) La corporación realizara el cálculo mensual resultante de los días trabajados por el número de brigadistas, que se multiplicaran por el precio de la ración diaria, el resultado será facturado. Sera de responsabilidad de la Corporación llevar el control alimenticio de cada brigada, independiente del control del contratista.
9.22.2 MODO:
2.1.-Para proceder al pago, proveedor deberá presentar la correspondiente factura o boleta según corresponda, por los productos y/o servicios efectivamente recibidos conforme; ésta debe ir a nombre de:
a) Nombre: Corporación Nacional Forestal
b) RUT: 61.313.000-4
c) Dirección: Los Castaños 100 interior, sector Isla Teja, Valdivia
d) Giro: Incremento, conservación, manejo y aprovechamiento de recursos naturales.
9.22.3 PLAZO DE PAGO:
3.1.-El documento tributario será cancelado en un plazo no superior a 30 días corridos siguientes al de su presentación.
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9.23 PROHIBICIONES |
El Prestador de Servicios no podrá, ceder a cualquier título, los derechos u obligaciones del contrato a suscribir o subcontratar las actividades, salvo que esto se encuentre estipulado en el Contrato.
Queda estrictamente prohibido solicitar dineros, valores o bienes a los destinatarios de las actividades contempladas en el Contrato por servicios. Así mismo, se prohíbe obtener de ellos cesión de derechos por cualquier incentivo gubernamental, salvo autorización previa y escrita de la Dirección Regional y/o Provincial de CONAF correspondiente.
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9.24 PROPIEDAD INTELECTUAL |
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Los resultados de las actividades y procesos, así como documentos, registros y de cualquier tipo, producto del presente contrato constituyen propiedad intelectual de CONAF, y sólo podrán ser utilizadas, citando la fuente.
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9.25 SANCIONES |
a) El Adjudicatario podrá ser sancionado por parte de CONAF con una multa igual al 0,3% del valor bruto total del respectivo contrato; por cada día hábil de atraso en el desarrollo del trabajo contratado, de conformidad a los plazos señalados en la oferta y/o el contrato respectivo.
b) Se debe considerar además que cada vez que se incumpla la alimentación en la brigada, como falta de parte de la alimentación o cambios en la minuta injustificados, se multara al contratista con el 60% del total de raciones diarias de la brigada, las cuales se descontaran de su facturación; lo anterior deberá ser acreditado por el personal técnico del departamento por medio de un informe respaldatorio, el cual debe ser firmado por el Jefe de Brigada Y el Jefe del Departamento o quién subrogue.
c) CONAF podrá poner término anticipado al respectivo contrato cuando existieren incumplimientos graves por parte del Adjudicatario, detallados en la sección término anticipado del contrato.
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10 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS |
10.1 CONSIDERACIONES GENERALES
Las presentes bases tienen por objeto normar el proceso de licitación para disponer del servicio de alimentación de 5 brigadistas forestales en sus bases de brigada o en lugares rurales de difícil acceso, instruidos por la respectiva central de operaciones, siendo habitual y preferente en el territorio de la región de Los Ríos.
10.1.1 Generalidades
a) Por razones de emergencia calificadas por CONAF la alimentación, podrá alcanzar eventos, que sucedan en cualquier región del país o eventualmente en apoyo de zonas fronterizas con países vecinos, el operador de la alimentación tendrá que disponer de toda la implementación para la conservación y preparación de los alimentos así como del personal para dichas tareas.
b) El transporte de los alimentos a las bases de brigada o lugares acordados será de costo del operador, solo en el caso de misiones fuera de la región y excepcionalmente si las condiciones del servicio lo permiten se apoyara con transporte necesario para la realización exitosa de la tarea.
c) Será responsabilidad del operador que se adjudique esta licitación, la contratación del personal requerido, su administración y la atención de todas las obligaciones y derechos contractuales, pago de remuneraciones, control de feriados, permisos y descuentos legales, pagos previsionales y tributarios, mantención de convenios colectivos si los hubiere, redacción y liquidación de finiquitos, licencia de accidentes de trabajo y tramites de pago de subsidios, tramitación de pago de asignaciones familiares y beneficios de la caja de compensación, etc; de acuerdo a la legislación laboral vigente, así como también todos aquellos gastos que demande la adecuada prestación del servicio, los tipos de contrato que establecerá con sus empleados deberán cumplir con la legislación vigente.
d) El contratista proveerá además la implementación para el aseo de las cocinas de las unidades del dispositivo del Departamento contra Incendios Forestales en adelante DEPRIF.
10.2 CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO
Podrán participar en esta licitación, personas naturales o jurídicas que demuestren experiencia y conocimiento en servicios de “Alimentación de brigadas de incendios forestales o similares en régimen de campamentos” Que cumplan las especificaciones técnicas y administrativas, las cuales se ponen a disposición en el “Sistema de Informaciones de Compras y Contrataciones Pública”, en el Portal www.mercadopublico.cl, para lo cual es indispensable que los Proveedores estén registrados en el Portal.
No podrán postular, personas o empresas que hayan tenido problemas financieros, técnicos o de cualquier otra índole con la Corporación.
10.2.1 COMPONENTES DEL SERVICIO
La oferta para brindar los servicios antes descritos (alimentación) para las instalaciones del dispositivo de control de incendios forestales de la Región de los Ríos.
Deberán considerar los siguientes elementos de cargo del contratista:
a) Implementación de cocinas en lo referente a la preparación de alimentación y conservación de alimentos, así como conservación de cadenas de frío.
b) Transporte de la alimentación semanal a las brigadas o a un lugar previamente acordado con el departamento y por escrito, este transporte deberá contar con sistema de refrigeración para la conservación de la cadena de frío. (Se adjunta fotografía de modelos de refrigeración tipo).
c) Contratación de manipuladore(as) de alimentos necesarios para la ejecución de la tarea en cuestión, éstos deben contar con un curso de manipulación de alimentos al día certificado.
d) Preparar alimentación de acuerdo a la minuta anexa a esta licitación, (esta solo se podrá modificar previo acuerdo con el departamento en situaciones de apoyo interregional).
e) El aseo de las dependencias de la cocina y su sanitización deberá ser responsabilidad del manipulador de alimentos. Esto será inspeccionado periódicamente por personal de DEPRIF.
f) Para las bases de brigada que no cuenten con red de energía eléctrica el contratista deberá contar con un sistema de refrigeración a gas que le permita mantener alimentos congelados y alimentos refrigerados. (El gas será suministrado por el DEPRIF).
g) El contratista una vez que se adjudicó la licitación deberá presentar una carpeta al DEPRIF que contenga:
- Contratos de trabajo de manipuladores de alimentos.
- Obligación de informar de los manipuladores de alimentos.
- Procedimientos de trabajo de los manipuladores de alimentos.
- Registro de entrega de Equipo de Protección Personal de los manipuladores de alimentos.
- Certificado del curso del manipulador de alimentos.
- Colilla de recepción del reglamento interno de la empresa de los manipuladores de alimentos.
- Un ejemplar del reglamento interno de la empresa.
10.2.2 DE LA FORMA Y DISTRIBUCIÓN DE LOS ALIMENTOS
a) El servicio de alimentación de los brigadistas forestales constara de 4 comidas diarias en el caso de los que estén en un régimen de campamento.
b) Se considerara además una merienda de tarde cuando la unidad se encuentre en terreno que corresponde a la once, que será provista por el contratista de alimentación, respetando cadenas de frío e higiene considerando que esta será generalmente consumida como merienda de tarde en terreno (indicada en la minuta de alimentación anexa) esta debe ser transportada en cajas de transporte tipo Coleman.
c) El contratista deberá guiarse íntegramente por la minuta de alimentación entregada por la Conaf, la cual se adjunta a estas bases y se entenderá conocida por el proponente.
d) El contratista deberá contar con cocinas industriales, refrigeradores, congeladores e implementación de cocina, así como cajas de transporte de alimento tipo Coleman, este último elemento mencionado solo en caso de requerir trasladar la alimentación desde la base de brigada a un sitio donde se encuentre trabajando la brigada en terreno o en su defecto si se requiere la brigada en apoyos inter-regionales.
10.2.3 OTRAS SITUACIONES NO PREVISTAS
a) En el caso de que personal técnico o visitas justificadas (autoridades o invitados de la Corporación), que reciban alimentación en una brigada como almuerzo o cena, se considerara para efectos de costos el 50% de una ración diaria.
10.2.4 EN LO RELATIVO AL MANIPULADOR.
El Contratista deberá dar cumplimiento a los siguientes aspectos:
a) El manipulador no tendrá vínculo contractual laboral con CONAF, siendo responsabilidad del contratista, el pago de las remuneraciones, horas extras, reemplazos, leyes sociales, etc., de acuerdo al tipo de contrato que con ellos establezca y permita la legislación laboral vigente.
b) Experiencia: El manipulador deberá contar con documentación que acredite estar en conocimiento de los riesgos asociados a su labor y su procedimiento de trabajo correspondiente, así como también contar con su reglamento interno.
c) El manipulador deberá acatar las instrucciones del Jefe de Brigada, respecto a horarios, temas afines de la alimentación, régimen interno de brigadas y cumplir con las disposiciones establecidas en el Reglamento de Orden Interno, Higiene y Seguridad de CONAF, esto debido a prestar servicios dentro de un recinto administrado por CONAF.
d) La falta de cumplimiento del reglamento disciplinario, en lo referido a no acatar las instrucciones del Jefe de Brigada o incurrir en faltas a la moral, buenas costumbres y convivencia, que causen alteraciones al régimen interno de la brigada y que amenacen a la seguridad del personal de CONAF, será motivo suficiente para que la Corporación pueda exigir, a su juicio exclusivo, el reemplazo del manipulador.
e) CONAF controlará los turnos y días de permiso con cada contratista en particular los días de permiso. En todo caso, el contratista deberá proveer un manipulador de reemplazo para dichas ocasiones, contemplando también un manipulador extra para cubrir el servicio de alimentación en las bases de brigada que permanecen con personal (Cuando parte de una brigada se encuentre en misión fuera de la región) , el que deberá cumplir las mismas exigencias que el manipulador titular. Todo lo anterior sin perjuicio de la legislación laboral.
f) Estadía: esta será de cargo del contratista, excepto si este prestara servicios en una brigada que tuviera instalaciones para dicha estadía, en ese caso el contratista deberá proveer al manipulador, ropa de cama y demás elementos necesarios para su permanencia en la brigada.
g) Además, por razones de seguridad, higiene y sanidad el Contratista deberá proveer al manipulador de toda la implementación básica (Malla para el pelo, delantal blanco, pantalón blanco, una pechera, mascarillas, guantes, zapatos blancos y cubre calzado).
h) La alimentación del manipulador será de cargo de la empresa contratista y de acuerdo al régimen alimenticio establecido para la brigada.
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