BASES ADMINISTRATIVAS
PROPUESTA PUBLICA
“PÓLIZAS DE SEGUROS GENERALES DE BIENES MUNICIPALES Y AL CONTENIDO
ID 4454-28-LQ18”
MANDANTE
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I. MUNICIPALIDAD DE HUALQUI
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UNIDAD ENCARGADA
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DIRECCION DE ADMINISTRACION Y FINANZAS
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RUT
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69.150.600-2
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DIRECCION
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R. FREIRE Nº 351
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PROCESO DE LICITACION
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DIRECCION DE ADMINISTRACION Y FINANZAS / ADQUISICIONES
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1. GENERALIDADES:
Las presentes Bases Administrativas tiene por objeto determinar y definir las condiciones generales que se deberán considerar en la presente Propuesta Publica que la Municipalidad de Hualqui convoca, para la suscripción de Contrato de Suministros de Pólizas de Seguros Generales para bienes muebles e inmuebles de dependencias de la Municipalidad de Hualqui, considerando además los bienes muebles e inmuebles de la Dirección de Salud Municipal, Dirección de Educación Municipal y Administración de Cementerios y al contenido de bienes de propiedad municipal en inmuebles arrendados. Con la finalidad de cubrir los riesgos de pérdidas, robos o el deterioro de las cosas o bienes materiales. Por ello, se requiere disponer de los mejores servicios disponibles en el mercado, propendiendo a asegurar el medio necesario para realizar, en buenas condiciones materiales y de coordinación, las funciones que la ley ha asignado a la Municipalidad.
En la presente propuesta, la I. Municipalidad de Hualqui actuará como mandante para todos los efectos originados durante la tramitación del presente proceso licitatorio y durante la ejecución del Contrato originado producto de la ejecución de éste. La Unidad Técnica a cargo de la presente propuesta, como en la ejecución y fiscalización del Contrato, será la Dirección de Administración y Finanzas del municipio.
2. NORMATIVA:
La normativa vigente que rige los Organismos de la Administración del Estado indica que: los contratos que celebre la Administración del Estado, a título oneroso, para el suministro de bienes muebles y de los servicios que se requieran para el desarrollo de sus funciones, se ajustarán a la Ley de Compras Públicas, sus principios y su Reglamento. Supletoriamente, se les aplicarán las normas de Derecho Público y en defecto de ellas, las de Derecho Privado.
De acuerdo a lo señalado en el Articulo N° 2 de la Ley de Compras Públicas, para los efectos de esta Ley se entenderá por Contrato de Suministro aquel que tiene por objeto la compra o el arrendamiento, incluso con opción de compra, de productos o bienes muebles.
El proceso de licitación, publicación, evaluación y adjudicación estará regulado por los mecanismos establecidos en la Ley N° 18.695, “Orgánica Constitucional de Municipalidades y sus posteriores modificaciones”, Ley Nº 19.886 del 30.07.2003, Ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios del Ministerio de Hacienda; Reglamento de fecha 09 de Marzo del 2004, aprobado por Decreto Supremo Nº 250 de fecha 24.09.2004 y sus modificaciones; Manual de Procedimientos de Adquisiciones de Municipio, aprobadas por Dec. Alc. N° 2619 del 22.10.2007; Ley N° 20.285, Ley de Transparencia sobre acceso de la Información Pública, Ley N° 18045 de Mercado de Valores y sus modificaciones, Dictámenes de la Contraloría y las Condiciones de uso del Sistema mercadopublico.
Ante alguna discrepancia en la interpretación de las bases, se aplicara los principios establecidos en la Ley N° 18575 del 05.12.1986 Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado y la Ley N° 19880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado
Ante alguna discrepancia en la interpretación de las presentes Bases Administrativas, se aplicara lo establecido en la Ley Nº 18.575 Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado y los principios señalados en la Ley Nº 19.880 que establece las Bases de los procedimientos que rigen los actos de la Administración del Estado.
3. BASES:
La presente propuesta se regirá por las Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas y demás documentos relacionados; por las normas legales vigentes a la fecha de su apertura en cuanto le sea aplicable. Al mismo tiempo, constituirán reglas propias de esta propuesta, las aclaraciones publicadas en el portal que emita la Municipalidad, sea que ellas fueren requeridas por los participantes o bien impartidas por éstas.
La I. Municipalidad de Hualqui podrá modificar los documentos de la licitación en atención a las aclaraciones solicitadas por parte de los oferentes y hasta la entrega de las aclaraciones, informado a través del portal www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las Bases.
Con todo lo anterior, las presentes Bases se considerarán como parte integrante del Contrato a que dé origen la adjudicación de la presenta licitación.
Las bases estarán a disposición de los proponentes a través del portal www.mercadopublico.cl
4. ANTECEDENTES QUE FORMAN PARTE DE LA PROPUESTA:
La presente propuesta se regirá de acuerdo a las condiciones que se establecen en la normativa chilena y los siguientes documentos, que para todos los efectos son parte integrante de las presentes Bases y posterior Contrato:
- Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas y Anexos.
- Consultas, Aclaraciones y Respuestas, si las hubiere.
- Oferta Económica presentadas por los proponentes.
- Informe Técnico de evaluación de las ofertas seleccionadas en orden de prelación
- Decreto Alcaldicio que adjudique la Propuesta Pública
- Contrato que se suscriba entre las partes.
- Y demás documentos relacionados.
5. OFERENTES QUE PUEDEN PARTICIPAR:
Podrán participar de la presente licitación todas aquellas personas naturales o jurídicas; chilenas o extranjeras que acrediten su situación financiera e idoneidad técnica conforme lo disponga el Reglamento de la Ley de Compras, cumpliendo con los demás requisitos que éste señale y con los que exige el derecho común y que se encuentren inscritas en https://www.mercadopublico.cl
Por aplicación de lo establecido en el artículo 4º, de la ley Nº 19.886, quedarán excluidos en la presentación de Propuestas, quienes se encuentren en las siguientes causales:
- Quienes, al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o de la suscripción del Contrato, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de la presentación de las ofertas (Ley 20.238). Esto se acreditará por declaración jurada que deben presentar los interesados en participar en la presente licitación, conforme el Anexo Formato N°4, Art 11 letra a) de las presentes Bases, sin perjuicio de las facultades de la Municipalidad de Hualqui de verificar esta información en cualquier momento y en los registros pertinentes.
- En caso de que la empresa que se adjudique la licitación o celebre Contrato, registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años.
- Los funcionarios Directivos de la Municipalidad de Hualqui, ni personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley Nº18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. Las mismas prohibiciones del inciso anterior se aplicarán a la Municipalidad de Hualqui respecto del Alcalde y Concejales, según sea el caso.
- Personas que se encuentren afectas a la prohibición del Art. Nº 10 de la Ley Nº 20.393, esto es, haber sido condenados, temporal o permanentemente, a celebrar contratos con los organismos del Estado, en virtud de haberse establecido su responsabilidad penal en delitos de lavado de activos, financiamiento de terrorismo y delitos de cohecho.
Para los proveedores que tengan contrato vigente en registro oficial www.chileproveedores.cl se verificara la información solicitada en el punto a), b), c) y d) y aquellos oferentes que no lo tengan acreditado los documentos (declaraciones juradas) deberán adjuntar declaración jurada simple según formatos adjuntos por cada una y subirlo en documentos anexos según lo señalado en Articulo 12 letra a) numeral 6, 7 y 8.
6. ESPECIFICACIONES TECNICAS
Las Especificaciones Técnicas del servicio a contratar, corresponde a la Contratación de Pólizas de Seguros Generales para Bienes Municipales, según lo especificados en Anexo Nº 1 de las presentes bases, siendo estos:
- Recintos de la Municipalidad y Contenidos de Inmuebles Arrendados por el Municipio.
- Recinto e Inmueble Cementerio Municipal
- Recintos de la Dirección de Administración de Educación y Contenidos de Inmuebles Arrendados por el DAEM
- Recintos de la Dirección de Salud Municipal y Contenidos de Inmuebles Arrendados éste.
- Vehículos Municipales de la Municipalidad
- Vehículos de la Dirección de Educación
- Vehículos de la Dirección de Salud.
7. REQUISITOS BASICOS DE LOS PARTICIPANTES:
Podrán participar de la presente licitación todas las Compañías de Seguros y/o Corredoras de Seguros con
oficina y/o sucursal en la Ciudad de Concepción, acreditado a través de Patente Comercial y deberán encontrarse, según entidades clasificadoras de riesgos, como mínimo base, en Categoría “BBB” o superior, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley 18.045 del Mercado de Valores y sus modificaciones y la normativa vigente de la Superintendencia de Valores y Seguros de Chile.
Para el caso de los Corredores de Seguros, éste deberá anexar a la oferta una carta de respaldo. Emitida por la Compañía aseguradora que represente, en el que se indique que asume toda responsabilidad y compromisos que el corredor oferta en estos casos.
En el caso de los Corredores de Seguros, se deberán acreditar mediante documento notarial que cuentan con oficinas y/o sucursal en la ciudad de Concepción y las Compañías de Seguros deberán acreditar que cuentan con presencia física en la Ciudad de Concepción.
8. CALENDARIO DE LICITACION:
Los oferentes deberán estudiar la propuesta de acuerdo al calendario de fechas proporcionado en el Sistema de Información de acuerdo a la Ley de Compras Públicas.
Los plazos, fechas y etapas de la presente propuesta serán las informadas en la respectiva ficha electrónica de la licitación que dispone el portal electrónico www.mercadopublico.cl
Ante alguna discrepancia en las fechas de publicación de proceso de licitación y las indicadas en Decretos que aprueben las presentes Bases, prevalecerá las indicadas en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl
9. CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS DURANTE LAS ETAPA DE APERTURA Y EVALUACION:
a) Cumplimiento de requisitos durante la etapa de apertura
Se considerará Ia completitud de la oferta en relación con los antecedentes administrativos requeridos en el Art. Nº 12 de estas bases de licitación. En tal sentido, una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas y en caso que uno o más oferentes omitan antecedentes de carácter administrativo, la Municipalidad podrá solicitar a los oferentes a través del Sistema de Información, adjuntar los documentos faltantes siempre y cuando las rectificaciones de dichas omisiones no les confiera a determinados oferentes una situación de privilegio respecto de los demás participantes, esto es, en tanto no se afecten los principio de estricta sujeción a las bases y de igualdad a los oferentes y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
b) Cumplimiento de requisitos durante las etapa de Evaluación
Durante la etapa de evaluación, la comisión evaluadora podrá solicitar a los oferentes salvar errores u omisiones formales y/o permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la ofertas en la forma y con las restricciones establecidas en el artículo 40 del Reglamento de la Ley de Compras, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del Sistema de Información.
Se permiten Ia presentación de certificaciones o antecedentes, siempre que dichos certificaciones o antecedentes se hayan obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo de presentación de ofertas y el periodo de evaluación.
Se deja claramente establecido, que no se aceptarán certificados que se encuentre en "trámite" o "no vigentes".
c) Procedimiento para los casos a) y b)
Los oferentes tendrán un plazo máximo de 48 horas corridas para acompañar los antecedentes requeridos por la Municipalidad, contados desde la notificación a través del Sistema de Información. Cabe señalar que, transcurrido las 48 hrs. indicadas en el sistema de información, este queda inhabilitado para ingresar documentos.
En caso que el proveedor cumpla con todos los requisitos solicitados en las Bases Administrativa que regularon el proceso de licitación, al momento de evaluar Ia oferta obtendrá 10 puntos en criterio de evaluación Cumplimiento de Requisitos, en caso contrario, el oferente que haya incumplido con los requisitos formales o haya omitido antecedentes o certificaciones al momento de presentar su oferta y fuesen solicitados por la Municipalidad en el proceso de apertura y/o evaluación, aun cuando los haya acompañado con posterioridad al cierre del proceso de licitación, obtendrá 0 puntos en el criterio de evaluación Cumplimiento de Requisitos, en virtud del artículo 40, inciso 2°, del Reglamento de Ia Ley N° 19.886.
De no ser enviada la información dentro del plazo establecido, la Municipalidad estará facultada para declarar inadmisible la oferta presentada, por tanto, no pasara al proceso de evaluación.
La responsabilidad de revisar el "foro inverso" disponible en www.mercadopublico.cl, a través del cual se solicitan los antecedentes y aclaraciones, recae exclusivamente en los oferentes participantes.
Si por indisponibilidad de sistema o por causa fortuita acreditada a través de certificado emitido por la Dirección de Compras, el sistema no permita el ingreso de los documentos solicitados, estos deberán ser ingresados en la Oficina de Partes de la Municipalidad, ubicado en R. Freire 351 de Hualqui dentro de los plazos establecido en el mismo sistema.
10. MODIFICACIONES A LAS BASES:
Mediante las consultas que realicen los proponentes y respuesta que proporcione la Municipalidad, el municipio señalará las modificaciones que estime necesario a las presentes Bases de Licitación, Especificaciones Técnicas y sus anexos.
Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del sitio Web www.mercadopublico.cl.
Estas modificaciones formarán parte integral de las bases de la presente licitación. Se entenderán siempre conocidas y será responsabilidad de los Oferentes que participen en la licitación consultar en el Sistema de Información.
Las modificaciones de bases de la licitación estarán a la vista conforme las fechas indicadas en el sistema de información.
En relación a las modificaciones realizadas, la Municipalidad de Hualqui podrá establecer un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas
11. VIGENCIA DE LA OFERTA:
Los oferentes deberán presentar solo una (1) propuesta. En caso que un mismo proveedor presentara más de una oferta, estas serán desestimadas.
Las ofertas tendrán una validez mínima de hasta 60 días corridos contados desde la fecha de apertura de la propuesta. Si dentro del plazo antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación, la Municipalidad solicitara a los proponentes, antes de la fecha de su expiración, una prórroga de la validez de las mismas por igual o menos período. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta se entenderá desistida, por tal razón, la propuesta se declarará desierta, previo Informe de la comisión.
- FORMA Y ANTECEDENTES OBLIGATORIOS PARA PRESENTAR LA OFERTA
Las Ofertas se deberán presentar solamente a través del Formulario de Presentación de Ofertas que incluye el Sistema de Información www.mercadopublico.cl. Adjuntando escaneados todos los formatos y antecedentes indicados en las presentes bases. Sólo se considerarán las Ofertas de los proponentes que hayan enviado oportunamente por la vía antes mencionada. Es decir, las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del sitio www.mercadopublico.cl. No se aceptarán Ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases. Los oferentes deben constatar que el envío de sus ofertas administrativas, técnicas y económicas a través del sitio www.mercadopublico.cl haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los Formularios Anexos requeridos. Para ello se debe verificar el posterior despliegue automático del “Comprobante de Ingreso de Oferta” que se entrega en dicho sistema, el cual puede ser consultado por el oferente en todo momento y puede ser impreso para su resguardo. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las medidas que sean necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente las respectivas propuestas.
a) Documentos Administrativos:
- Formato Nº 1 Identificación del oferente, firmado por el Oferente o Representante Legal.
- Formato Nº 2 Declaración Jurada Simple firmada por el Oferente o Representante Legal.
- Patente Comercial con pago al día (documento que deberá escanear al momento de presentar sus ofertas).
- De ser Persona Natural y al estar hábil para contratar con el Estado y en Ficha Electrónica no apareciere los siguientes documentos, éstos deberán ser escaneados al momento de presentar su oferta, los siguientes:
- Fotocopia Legalizada de su Cédula de Identidad
- Fotocopia de Iniciación de Actividades en SII
- De ser Persona Jurídica y al estar hábil para contratar con el Estado y en Ficha Electrónica no apareciere los siguientes documentos, éstos deberán ser escaneados al momento de presentar su oferta, los siguientes:
- Certificado de vigencia de la Sociedad con vigencia al momento de la fecha de apertura de la licitación.
- Copia Legalizada de Escritura de Constitución Social y Estatuto.
- Certificado de Vigencia del poder del Representante Legal.
- Copia Legalizada de las Modificaciones Sociales
- Formato Nº 3 Declaración Jurada Simple de Conflicto de Intereses por relaciones de Parentesco. (Art. 4º de la Ley de Compras Públicas 19.886). En caso que este documento no este en el Link de la ficha electrónica del proveedor, tal documento deberá ser escaneado al momento de presentar su oferta.
- Formato Nº 4 Declaración Jurada Simple sobre Condenas por Prácticas Antisindicales o Infracción a los Derechos Fundamentales del Trabajador y Deudas con Trabajadores (saldos insolutos de remuneraciones y cotizaciones) Ley 20.238, En caso que este documento no este en el Link de la ficha electrónica del proveedor, tal documento deberá ser escaneado al momento de presentar su oferta y Certificado emitido por la Dirección del Trabajo con una data de no más de 30 días de emitido por ese Organismo.
- Formato 5: Declaración Jurada Simple, establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento de terrorismo y delitos de cohecho
- Formulario Nº 29 de Declaraciones y Pagos simultáneos mensual de impuesto del último mes inmediatamente anterior a la presentación de la oferta.
- Certificado de Clasificación de Riesgos emitidos por una Entidad Clasificadora de Riesgos.
- Certificado de vigencia de la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS).
- Para el caso de los Corredores de Seguros, éste deberá anexar a la oferta una carta de respaldo, emitida por la Compañía aseguradora que represente, en el que se indique que asume toda responsabilidad y compromisos que el corredor oferta en estos casos. Además deberán acreditar mediante documento notarial que cuentan con oficinas y/o sucursal en la ciudad de Concepción y las Compañías de Seguros deberán acreditar que cuentan con presencia física en la Ciudad de Concepción.
b) Especificaciones Técnicas
La empresa aseguradora deberá describir detalladamente la consistencia de las pólizas de seguro y contacto directo para cada caso.
c) Documentos Económicos:
- Formato Nº 6 Oferta Económica, señalando montos asegurados y sus deducibles según las Especificaciones Técnicas, firmadas por el Oferente o Representante Legal.
Ante discrepancias de la oferta económica indicada en Comprobante de la Oferta emitido por el Sistema y Formato N° 6 de oferta Económica, prevalecerá la indicada en Formato N° 6 Oferta Económica.
La oferta en Portal debe ser en valor neto en UF, sin impuestos, de acuerdo a las exigencias del sistema
13. APERTURA DE LA PROPUESTA:
El Acto de Apertura de las ofertas, se realizará única y exclusivamente a través del Portal www.mercadopublico.cl, el día y la hora establecida en el Sistema de Información para este proceso de licitación, con presencia de funcionario responsable del proceso y Secretario Municipal o quien le subrogue, quien actuará como ministro de fé.
En la eventualidad que existiera una situación de indisponibilidad técnica que afecten el Sistema de Información en la fecha y hora del acto de apertura electrónica, el Secretario Municipal dará fé de la situación y estará facultado para interrumpir la continuidad administrativa de tales proceso y disponer su prosecución el día siguiente hábil de cuando dicho sistema se encuentre habilitado.
- DE LAS GARANTIAS:
No se aceptan documentos financieros tomados por terceros y deberán ser enviados en original.
Serán aceptados como instrumentos financieros válidos para garantizar la seriedad de las ofertas y garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato cualquier instrumento que asegure el cobro de la garantía de manera rápida y efectiva. En caso de ser Vale a la Vista, esta deberá indicar la glosa al dorso del documento.
Toda oferta que no esté acompañada físicamente de la Garantía de Seriedad de la Oferta o que ésta no cumpla con lo requerido en este Artículo, será rechazada por la Municipalidad por no ajustarse a los términos de las presentes bases.
a) Garantía de Seriedad de la Oferta
Para garantizar la Seriedad de las ofertas, todos los proponentes deberán presentar un instrumento financiero por un monto de $ 500.000 (quinientos mil pesos chilenos), la cual deberá ser extendida a nombre de Municipalidad de Hualqui, Rut. N° 69.150.600-2, pagaderas a la vista, tener el carácter de irrevocable y tomada por el mismo oferente en un banco comercial. El documento deberá ser entregado físicamente o bien enviado por correo certificado y recepcionado en Oficina de Partes de la Municipalidad, ubicada en Freire 351 Hualqui. El plazo para la recepción de este documento se extenderá hasta antes de la fecha y hora de cierre de presentación de las ofertas (el horario de atención a los oferentes, para estos efectos, será de lunes a viernes de 8:30 a 14:00 horas y de 15:00 a 16:30 horas).
La garantía deberá tener una vigencia de 60 días corridos a contar de la fecha de cierre de recepción de ofertas.
Esta garantía se otorgará para caucionar la seriedad de la oferta y de todas las obligaciones que se imponen al oferente, pudiendo hacerla efectiva unilateralmente por vía administrativa por la Municipalidad de Hualqui, en los sigtes casos:
- Si el oferente se desiste de su oferta la retira unilateralmente durante el periodo de vigencia de la misma.
- Si el adjudicatario no suscribe el contrato dentro del plazo respectivo
- Si el adjudicatario no entrega en forma oportuna la garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato.
La garantía deberá indicar en su glosa lo siguiente: “Garantizar la Seriedad de la Oferta Pólizas de Seguros Generales de Bienes Municipales y al Contenido - ID 4454-28-LQ18”.
Devolución de las Garantías
- § La devolución de las garantías de seriedad de la oferta a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la apertura que dé cuenta de la inadmisibilidad o desestimación de las ofertas.
- § Respecto de los oferentes aceptados y no adjudicados, éstos podrán solicitar la devolución de su garantía a contar del día siguiente a la fecha del proceso de adjudicación a través del Sistema de Información, en cuyo caso se entenderá que renuncia a la posibilidad de ser readjudicado de acuerdo a lo establecido en las presente Bases o bien, ser solicitadas una vez tramitada el Decreto que Aprueba el respectivo Contrato. En todo caso, las garantías serán devueltas a contar del quinto día hábil siguiente a la fecha de la total tramitación del Decreto que Aprueba el Contrato.
- § Respecto del oferente adjudicado, le será devuelta contra presentación de la Boleta de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato.
b) Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato.
Para garantizar el Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, el Adjudicatario deberán presentar un instrumento financiero por un monto de $ 5.700.000.- (cinco millones setecientos mil pesos), la cual deberá ser extendida a nombre de Municipalidad de Hualqui, Rut. N° 69.150.600-2, pagaderas a la vista, tener el carácter de irrevocable y tomada por el mismo oferente en un banco comercial.
La fecha de vigencia de la garantía será desde la fecha de celebración del Contrato hasta 60 días hábiles posterior a la fecha de término del mismo.
La garantía deberá indicar en su glosa lo siguiente “Garantizar el Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato Pólizas de Seguros Generales de Bienes Municipales y al Contenido - ID 4454-28-LQ18”
Esta garantía será recibida por parte del adjudicatario a cambio de la Boleta de Garantía de Seriedad de la Oferta.
La Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato se hará efectiva en el caso de término anticipado del contrato por las causales señaladas en Art 27, a excepción de lo indicado en la letra d) del mismo artículo.
La restitución de la respectiva garantía será realizada 60 días hábiles después del término del contrato, la que deberá ser solicitada por el adjudicatario.
- EVALUACION Y ADJUDICACION DE LA OFERTAS
Durante el periodo de evaluación, los oferentes sólo podrán mantener contacto con la entidad licitante para los efectos de la misma, a través de solicitudes de aclaraciones realizadas a través del sistema mercado público, quedando absolutamente prohibido cualquier otro contacto con la entidad licitante.
Etapas para proceso de evaluación y adjudicación:
Las Etapas que se realizaran para el proceso de la Evaluación y Adjudicación de las propuestas serán los siguientes:
a) Evaluación de las ofertas.
b) Informe Comisión Evaluadora de Propuestas.
c) Adjudicación
d) Decreto Alcaldicio que adjudica la Propuesta
e) Notificación de Adjudicación
f) Fecha de Adjudicación
g) Suscripción del Contrato y Emisión de la correspondiente Orden de Compra
h) Re adjudicación
a) Evaluación de las ofertas:
El proceso de evaluación será interno y se efectuara de acuerdo a los criterios de evaluación establecidos en las presentes Bases.
Para la evaluación de las ofertas se consideraran los siguientes criterios de evaluación
CRITERIOS DE EVALUACION
Criterios
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Porcentaje
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Observación
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Precio
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60%
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Se asignara el mayor puntaje a la oferta económica que tenga el menor costo total de los productos y servicio.
Formula de Evaluación: (menor precio/precio total ofertado)*porcentaje
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Categoría de clasificación
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30%
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Categoría AA = 30%
Categoría A = 20%
Categoría BBB = 10%
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Cumplimiento de Requisitos
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10%
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10 % Ofertas que presentan todos los documentos administrativos, según lo señalado en las bases administrativa, hasta la fecha de cierre de la propuesta
0% Ofertas que presentan los documentos administrativos después del cierre de propuestas
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Si en la evaluación de las ofertas se produjera un empate entre 2 o más oferentes respecto de la evaluación final, se adjudicará al oferente que haya obtenido el mayor puntaje en la sumatoria de los criterios de evaluación precio + categoría de clasificación.
En caso que se mantenga la situación de empate, se establece como segundo mecanismo de desempate, la adjudicación al proveedor que haya obtenido el mayor puntaje en la sumatoria de los criterios de evaluación precio + cumplimiento de requisitos.
b) Informe de Comisión de evaluación de las propuestas.
El informe Técnico de Evaluación de la propuesta será elaborado por una comisión conformada por funcionarios designados y nombrados por Decreto Alcaldicio previo a la apertura de la Licitación, el que posteriormente será ingresado al Sistema de Información como documento anexo.
La Comisión Evaluadora deberá estimar, apreciar, calcular el grado de utilidad o aptitud de las ofertas para satisfacer las necesidades propias de la Municipalidad a través de la revisión acuciosa de los antecedentes que constituyen la propuesta. La valoración que la Comisión realice, se hará en función a los criterios de evaluación ya establecidos.
La comisión de evaluación tendrá un plazo de cinco días (5) hábiles para estudiar y evaluar las ofertas y emitir un informe técnico de evaluación de éstas en orden de prelación, en relación al análisis administrativo, técnico y económico de las propuestas y según los criterios de evaluación, la que será presentada a consideración del Sr. Alcalde o quien le subrogue, donde señale él o los oferentes mejor evaluados y que cumple con todos los requisitos administrativos, técnicos y económicos solicitados, para su posterior aprobación
c) Adjudicación:
La licitación se adjudicara al proponente que haya obtenido el más alto puntaje, de acuerdo a los criterios de evaluación y sus ponderaciones, es decir, se adjudicada a un solo oferente. Así mismo, la Municipalidad declarará inadmisibles cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan con los requisitos o condiciones establecidas en las presentes bases de licitación, sin perjuicio a lo señalado en Art Nº 13 de las presentes bases, como también podrá, además, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando estas no resulten conveniente a los intereses del municipio.
La empresa que resulte adjudicada deberá respetar las condiciones estipuladas en su oferta original, durante todo el periodo de la vigencia del contrato.
d) Decreto Alcaldicio que adjudique la Propuesta Pública.
Una vez evacuado el informe de adjudicación, dicho acto será sancionado por el correspondiente Decreto Alcaldicio, el que será publicado en el sistema www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada.
e) Notificación de Adjudicación
Adjudicada la Licitación, se procederá a notificar la decisión al adjudicatario a través del Sistema de Información www.Mercadopublico.cl, como asimismo a los demás oferentes que hubiesen participados en la Propuesta Pública.
f) Fecha de Adjudicación:
Si por causas no imputable a la Municipalidad, las que serán oportunamente informadas a través del sistema de información, no se puede cumplir con la fecha indicada en las bases para adjudicar, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, la cual no podrá exceder los 20 días hábiles adicionales al plazo ya establecido.
g) Suscripción de Contrato y emisión de la correspondiente Orden de Compra.
El Alcalde, en conformidad a lo establecido en la Ley N°18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades, artículo 65 letra i), presentara la adjudicación al Honorable Concejo Municipal solicitando Acuerdo de la mayoría absoluta para la Suscripción del respectivo Contrato.
Una vez firmado el respectivo Contrato, se emitirá la correspondiente orden de compra la que deberá ser aceptada a través del Sistema de Información dentro las 24 hrs. Siguientes a la notificación.
De no cumplir con lo indicado anteriormente, la Municipalidad adjudicará al oferente cuya propuesta se estime más conveniente para los intereses municipales, de entre aquellos considerados en su oportunidad por la Comisión de Evaluación, según orden de prelación.
h) Re Adjudicación:
La Municipalidad podrá, en el caso de que el proveedor adjudicado rechace o se rehusé a firmar el respectivo Contrato, no entregue instrumento financiero que garantice el fiel y oportuno cumplimiento de contrato en el plazo establecido para estos efectos, se desista de su oferta, el oferente se encuentre inhabilitado para contratar con el Estado o no efectué la inscripción en el registro Chile Proveedores dentro de los 10 días hábiles después de notificada la adjudicación a través del sistema de información y previo a la fecha correspondiente a la firma del respectivo contrato, de acuerdo con los términos establecidos en la Ley 19.886 y su Reglamento. En estos casos se hará efectivo el instrumento financiero que garantiza la Seriedad de la Oferta.
La Municipalidad dejara sin efecto la adjudicación y readjudicará la licitación al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
La Municipalidad se reserva el derecho de verificar la autenticidad de la información contenida en todos los antecedentes incluidos en la oferta, quedando así mismo facultada para dejar fuera de bases a aquellos oferentes en que la referida información resulte ser falsa, incompleta, incongruente, inconsistente o discrepante o que no exista plena concordancia o equivalencia entre los antecedentes contenidos en la oferta.
- ACREDITACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES LABORALES
El adjudicatario deberá acreditar mediante Certificado emitido por la Dirección de Trabajo, que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años.
Este Certificado deberá ser presentado junto a la correspondiente factura. Sin perjuicio de ello, esta Institución también podrá solicitar al adjudicatario, en cualquier momento, la presentación otros antecedentes que estime pertinentes para acreditar el cumplimiento de las obligaciones laborales antes señaladas.
El Adjudicatario deberá cumplir con todas las obligaciones previsionales, de salud, accidentes del trabajo y en general de todas aquellas contempladas en nuestra legislación laboral vigente y por legislar, del personal contratado para el cumplimiento de los Servicios adjudicados, el que serán de su única y exclusiva responsabilidad.
17. FIRMA DEL CONTRATO:
El plazo máximo para suscribir el contrato será de 10 días corridos desde el día hábil siguiente de la notificación de adjudicación al proveedor adjudicado a través del portal, previa entrega de instrumento financiero que garantice el Fiel Cumplimiento del Contrato. Contrato que será redactado por la Municipalidad.
18. VIGENCIA DEL CONTRATO
El contrato a suscribir y vigencia de Pólizas de Seguros tendrá una vigencia máximo de duración de 2 años corridos, sin deducción de feriados, festivos, contabilizados a partir de las 12:00 hrs. del día 16 de Junio del año 2018 y hasta las 12:00 hrs. del día 16 de Junio del año 2020
Las pólizas deberán ser recibidas en un plazo no mayor a 30 días corridos desde la fecha de la suscripción del Contrato.
19. MODIFICACIONES DE CONTRATO
El contrato podrá ser modificado si durante el período de su vigencia el Municipio lo requiera, en la siguiente circunstancia:
- Incorporación de nuevos bienes adquiridos por la Municipalidad, Departamento de Educación, Departamento de Salud y Cementerio Municipal.
- Disminución de Bienes dados de baja
La Compañía cotizara de acuerdo al valor proporcional al tiempo que reste de vigencia, con las mismas tasas y condiciones pactadas en la licitación.
Las modificaciones al Contrato deberán ser aprobadas por Decreto Alcaldicio antes de la fecha de vencimiento del Plazo Contractual.
Las incorporaciones de nuevos bienes deberán ser debidamente garantizados en los porcentajes y vigencias estipuladas en el contrato original.
20. TRASPASO DE CONTRATO:
Se prohíbe absolutamente ceder o traspasar, parcial o totalmente, a cualquier título, el contrato definitivo, que con ocasión de la presente licitación suscribiere con el Municipio y/o los derechos y obligaciones que asuman en virtud de la presente propuesta pública. La infracción de esta prohibición será causal inmediata de término del contrato y hacer efectiva en forma inmediata del correspondiente instrumento financiero que garantiza el Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, sin perjuicio de las acciones legales que procedan, por tanto, el adjudicatario no podrá traspasar a terceros la responsabilidad contraída en este proceso de licitación y suscripción de respectivo Contrato que se celebre, salvo expresa autorización de la Municipalidad.
21. PROHIBICION DE SUBCONTRATACION
El proveedor adjudicado no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación.
Se prohíbe la Subcontratación ya que se adjudica de acuerdo a la oferta del proveedor y sus características técnicas especiales.
22. PRECIO Y FINANCIAMIENTO
El precio de los Servicios a contratar será pagado en UF, tomando como referencia el valor de la UF del primer día hábil del mes a facturar.
El oferente deberá considerar en el valor de su Propuesta todas las exigencias establecidas como condiciones mínimas en los Especificaciones Técnicas, así como todos los gastos directos e indirectos que irroguen el cumplimiento del contrato.
Si por alguna disposición del Supremo Gobierno, se rebaje o aumente el Impuesto al Valor Agregado, automáticamente el precio de los servicios se rebajaran o aumentaran en las mismas proporciones en que este impuesto varíe, lo cual empezara a regir en la fecha en que la norma legal pertinente entre en vigencia
23. FORMA DE PAGO:
Para efecto del pago de las primas, el precio total, expresado en UF, se dividirá 4 cuotas de acuerdo a las pólizas contratadas por la Municipalidad, Administración Cementerio Municipal, Dirección de Salud y Dirección de Educación, como sigue:
- § 1° Cuota mes de Noviembre del ejercicio presupuestario del 2018
- § 2° Cuota mes de Junio del ejercicio Presupuestario del 2019
- § 3° Cuota mes de Noviembre del ejercicio presupuestario del 2019.
- § 4° Cuota mes de Abril del ejercicio Presupuestario del 2020
En ambos casos, se deberá facturar en forma separadas, de acuerdo a las pólizas contratadas para la Dirección de Educación; Dirección de Salud, Administración Cementerio y para la Municipalidad, siendo cada una de éstas, responsables del pago de sus respectivas pólizas.
Las correspondientes facturas se pagaran dentro de los 30 días corridos desde la fecha de recepción de la respectiva factura en la Oficina de Partes del Municipio, siempre y cuando los servicios sean recepcionados conformes por Director de Finanzas de la Municipalidad, Jefe de Finanzas de Educación Municipal, Jefe de Finanzas de Salud Municipal y Administrador de Cementerio según corresponda
La facturación deberá ser realizada, según corresponda a:
a) Municipalidad
I. Municipalidad de Hualqui – Administración y Finanzas.
Rut N°: 69.150.600-2
Dirección: Freire N° 351 Hualqui
Fono: 41-2101107
b) Administración Cementerio Municipal
I. Municipalidad de Hualqui – Cementerio
Rut N°: 69.150.600-2
Dirección: Avda. Cementerio S/N, Hualqui
Fono: 41-2782151
c) Dirección de Educación Municipal
I. Municipalidad de Hualqui – Departamento de Educación
Rut N° : 69.150.600-2
Dirección: Errázuriz N° 510
Fono: 41-2780506
d) Dirección de Salud Municipal
I. Municipalidad de Hualqui – Departamento de Salud
Rut N°: 69.150.601-0
Dirección: Patricio Lynch 678 Hualqui
Fono: 41-2781095
24. MULTAS Y SANCIONES
El incumplimiento por parte del oferente adjudicado, de cualquiera de las obligaciones que contraiga, facultará a la Municipalidad para descontar del monto a pagar, una suma equivalente al 1% del precio neto total del Contrato por evento por incumplimiento oportuno en la entrega del servicio ante algún denuncio o siniestro informado. Este hecho se acreditará por un certificado extendido por la Dirección de Administración y Finanzas, todo esto sin perjuicio de la facultad que tiene la Municipalidad para hacer efectiva la garantía por fiel cumplimiento del contrato y para poner término a éste en forma anticipada y sin forma de juicio.
Para la aplicación de Multas, están serán informadas por escrito por la Unidad Técnica responsable de la ejecución y fiscalización del Contrato
25. CONFIDENCIALIDAD
El Adjudicatario no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución de los servicios licitados, la documentación, los antecedentes y, en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya accedido, en virtud de la ejecución del contrato, o de cualquier actividad relacionada con este.
El Adjudicatario, así como su personal dependiente que de una u otra manera se hayan vinculado a la ejecución del servicio licitado, en cualquiera de sus etapas, deben guardar confidencialidad sobre los antecedentes vinculados con el desarrollo de dichos servicios.
La responsabilidad del respectivo Adjudicatario en este ámbito, será solidaria respecto de la de sus administradores, representantes, personeros, empleados, etc.
El Adjudicatario debe dar garantías respecto al resguardo de la confidencialidad de la información, reservándose la Municipalidad el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, de acuerdo a las normas legales vigentes
26. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Y LEGISLACIÓN
Se establece, además, que el respectivo Contrato se regirá por las leyes de la República de Chile y cualquier desacuerdo que se presente entre las partes, procurará resolverse amistosamente entre las partes y en el plazo que las mismas estimen. De no resultar posible el acuerdo y de así corresponder, el conflicto será sometido a los Tribunales Ordinarios de Justicia de Concepción.
Para todos los efectos legales derivados del presente contrato, las partes fijan su domicilio en la ciudad de Concepción, sometiéndose así en todo a la competencia de los Tribunales Ordinarios de Justicia de Concepción.
27. TERMINO ANTICIPADO DEL PRESENTE CONTRATO.
La Municipalidad está facultada para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el oferente adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:
a) Si el adjudicado fuere declarado en quiebra o manifiesta insolvencia financiera, a menos que se mejoren las cauciones entregadas.
b) Si se disuelve la empresa adjudicada y/o cambia de razón social.
c) Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el adjudicatario. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones correspondientes al suministro de los servicios, que importe una vulneración a los elementos esenciales del contrato, siempre y cuando no exista alguna causal que le exima de responsabilidad y que dicho incumplimiento le genere a la Entidad contratante un perjuicio significativo en el cumplimiento de sus funciones.
d) Cuando de común acuerdo, la entidad licitante y el respectivo adjudicatario resuelvan poner término al contrato.
e) No existiendo una garantía de fiel y oportuno cumplimiento de respaldo en cualquier momento.
f) Por incumplimiento de la obligación de confidencialidad establecida en las presentes bases.
g) Registrar, a contar de los 6 meses de vigencia del respectivo contrato, saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años.
h) En caso de caer en inhabilidad durante la vigencia del contrato, y de no regularizar dicha situación dentro de los 15 días hábiles, en contrato será causal de término del Contrato aludido.
Para la aplicación de todas las causales de término anticipado previamente señaladas, salvo la de la letra d), procederá a la aplicación de sanciones regulado en el numeral 15 letra b) de las presentes bases
Resuelto el Término Anticipado del Contrato, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la Municipalidad concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha de liquidación del contrato
28. PACTO DE INTEGRIDAD:
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas del mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes, en relación a las Leyes Laborales.
29. ARTICULO FINAL:
“Con la sola presentación de la Oferta a la propuesta a través de Mercado Público, se entiende que el oferente conoce y acepta las Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas, Aclaraciones a la Propuesta, Ley Nº19.886 y su Reglamento y en general, todos los antecedentes que la conforman, y no podrá alegar desconocimiento de ellas, bajo ninguna circunstancia, estando obligado a cumplirlas cabalmente, aunque ellas no se señalen en forma tácita ni expresa en estas Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas”.
Para todos los efectos legales, judiciales y extrajudiciales derivados del presente contrato, las partes fijan su domicilio en la ciudad de Concepción, sometiéndose así en todo a la competencia de los Tribunales Ordinarios de Justicia de Concepción