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Tipos de Prestaciones Licitadas |
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La Dirección de Compras y Contratación Pública, en adelante DCCP a petición del Fondo Nacional de Salud, en adelante FONASA, y de acuerdo a los criterios del Convenio de Colaboración suscrito entre ambos, realizará el proceso de licitatorio de Convenio Marco, de carácter nacional para "Diagnóstico y Tratamiento Quirúrgico Integral de Cataratas". Ello motivado por la necesidad de FONASA de complementar la oferta pública, para los beneficiarios del Régimen del libro II del DFL Nº 1 del 2005 de Salud, que requieren diagnóstico y tratamiento de cataratas en eventuales situaciones de escasez de oferta pública, contribuyendo a que FONASA pueda garantizar el acceso oportuno al Diagnóstico y/o al tratamiento Quirúrgico Integral de Cataratas. Lo anterior, sin perjuicio de que este Convenio Marco pueda ser utilizado por otras instituciones, afectas a la Ley 19.886, Ley de Compras y Contrataciones Pública.
En este proceso de licitación, licitará las siguientes prestaciones:
* Consulta Médica Oftalmológica Integral Consulta médica por oftalmólogo, que deberá incluir al menos lo requerido en las bases técnicas.
Precio Referencia: $ 6.970.-
* Examen de Ecobiometría Deberá incluir al menos lo requerido en las bases técnicas:
Precio Referencia: $ 10.680.-
* Confirmación diagnóstica Integral de Cataratas. Deberá incluir al menos lo requerido en las bases técnicas:
Precio Referencia: $ 38.350.-
* Intervención Quirúrgica integral de Cataratas. Deberá incluir al menos lo requerido en las bases técnicas:
Precio Referencia: $ 514.280.-
El número de prestaciones que se compren a partir de la fecha de vigencia del Convenio Marco, dependerá de las necesidades de la red pública.
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Presentación Oferta Técnica y Económica |
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Los oferentes deben constatar que el envío de sus ofertas técnicas y económicas a través del Portal Electrónico de Compras Públicas haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los Formularios y Anexos requeridos, para ello se debe verificar el posterior despliegue automático del “Comprobante de Envío de Oferta” que se entrega en dicho Sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo.
Las únicas Ofertas válidas serán las presentadas a través del Portal Electrónico de Compras Públicas. No se aceptarán Ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases.
Es responsabilidad de los Oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus Ofertas.
Respecto a las prestaciones a ofertar, en esta oportunidad se ha generado una ficha electrónica, la cual se deberá llenar en la forma y de acuerdo al procedimiento descrito en el número 8 de esta cláusula. De acuerdo a lo anterior y en relación a la presentación de las ofertas, los oferentes:
1. Deberán tener presente que sólo se considerarán las Ofertas realizadas en los formularios dispuestos por la DCCP y sólo aquellas ofertas que los proponentes hubiesen enviado oportunamente, así como también los antecedentes legales para ofertar y los otros antecedentes individualizados en el punto 6 "Instrucciones para la presentación de las ofertas", indicados en las presentes Bases de Licitación o bien que dicha documentación se encuentre acreditada en Chileproveedores.
2. Deberán informar:
- En el Anexo N° 1 "Formulario Datos del Prestador", los datos del Representante Legal de la empresa, del Coordinador Titular y Suplente del Convenio Marco y los datos de activación de la cuenta de administración.
-En el Anexo N° 2 “Formulario de Oferta Técnica”, indicar cuando corresponda el “Registro de Equipamiento”, el “Registro de Profesionales Médicos” y el “Registro de Infraestructura y Servicios.”
3. Podrán omitir su oferta para algunos de las prestaciones requeridas por la DCCP.
4. Deberán presentar el precio de las prestaciones ofertadas en la Ficha Electrónica de Oferta, en pesos chilenos, sin IVA (Impuesto al valor agregado) y sin decimales. El precio ofertado para cada tipo de prestación, deberá incluir todos los insumos y recursos necesarios para la realización del procedimiento.
5. La oferta económica deberá contemplar precio unitario por cada servicio ofertado. El prestador deberá considerar que las prestaciones licitadas incluyen, al menos, todas las prestaciones indicadas en el punto 2 "Servicios Licitados” de las Bases Técnicas.
- El traslado de los beneficiarios desde su domicilio hasta el Establecimiento del oferente, tanto dentro como desde fuera de la ciudad, no están incluidos en el precio de las prestaciones licitadas, no obstante podrá ser ofertado como beneficio adicional, sin costo.
6. La presentación de ofertas, implicará para los participantes la renuncia a solicitar la devolución de todos los antecedentes exigidos en estas Bases y sus anexos, así como de aquellos que compongan la oferta del oferente.
7. Para proceder al llenado de la Ficha Electrónica de Oferta, los oferentes deberán realizar lo siguiente:
a) Ingrese al Portal de Compras Públicas y tras digitar el “Usuario” y “Clave”; En el “Escritorio”, buscar por Número de Adquisición, con el ID 2239-23-LP08. Presionar el Botón “Buscar”.
b) Se desplegará una página, en la cual se señala: “Se encontró una adquisición para su búsqueda”. Haga click sobre “Ofertar”.
c) Se abrirá una página con el Paso 1: “Completar Nombre de la Oferta. Completar el nombre de la oferta y una breve descripción de ella. Presionar sobre el Botón “Siguiente Paso”.
d) Completar oferta económica, en el campo dispuesto para precio, ingresar un valor de referencia, que no será evaluado.
e) Proceder a ingresar los anexos solicitados. Además en los anexos económicos, deberá presionar el botón denominado "FORMULARIO CM " y luego se desplegará la Ficha Electrónica de Oferta.
f) A continuación deberá ingresar todos los datos requeridos en el Paso 1, tales como: * En el Paso 1, “Condiciones Generales de la Oferta”, deberá indicar, seleccionando si o no, si su oferta incluye alguno de los Beneficios Adicionales indicados señalando su características. Por ejemplo, en el caso de incluir la Colación, señalar en el recuadro respectivo, en qué consiste dicha colación; en el caso de incluir el traslado de pacientes desde y hacia su domicilio, indicar en el recuadro, la distancia en kilómetros a cubrir y como se producirá dicho traslado; en el caso de entregar lentes ópticos sin costo, indicar tiempo máximo de entrega.
“Condiciones Regionales”, deberá marcar el cuadro de su región de origen y señalar:
- Ciudad de Atención: Corresponde a la ciudad dentro de la región a ofertar, en la cual se realizará las prestaciones. - Capacidad Mensual IQI Cataratas: deberá indicar la capacidad mensual disponible para realizar las Intervenciones Quirúrgicas Integrales de Cataratas. - Plazo para realizar la Prestación: deberá indicar el plazo máximo en que el prestador abordará el procedimiento solicitado.
* A continuación, deberá activar el Paso 2 “Oferta de Productos” y proceder a filtrar por los distintos tipos de productos, de manera de acceder a aquellos que desea ofertar, ingresando el precio en cada línea de producto que desee participar.
Terminado el proceso, presione el botón “Siguiente”.
* En el Paso 3, “Guardar Documento”, deberá guardar el archivo generado, en su computador (Archivo PDF). El archivo guardado deberá adjuntarlo como “Anexo Económico”, presionando el botón “Ingresar Anexo Económico”, en la pantalla descrita en el punto e) anterior. Presione el Botón “Siguiente”.
* Verifique que los datos contenidos sean correctos (Paso 4) y presione el botón “Ingresar Oferta”, se desplegará (Paso 5) automáticamente el "Comprobante de Envío de Oferta", el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo.
Si por razones de fuerza mayor, resultase imposible ingresar la oferta económica en la Ficha Electrónica de la Oferta, el Prestador podrá presentarla en un archivo Excel que se adjunta, con el nombre de “Formulario Alternativo Oferta Económica”, e ingresarlo como “Oferta Económica”.
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Errores y Omisiones |
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Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la Comisión Evaluadora podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del Sistema de Información.
Los oferentes, tendrán un plazo máximo de 48 hrs., para responder lo solicitado por la Comisión.
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Operatoria del Proceso de Licitación. |
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La licitación consistirá en la presentación de Ofertas y Anexos, en una etapa, en la que se señalará la característica del servicio ofertado, sus respectivos precios y otros antecedentes solicitados, de acuerdo a lo establecido en las presentes Bases de Licitación.
Una Comisión, constituida por funcionarios de FONASA y la DCCP, según Convenio de Colaboración firmado entre las partes, revisará las ofertas y declarará la admisibilidad de ellas para ser evaluadas, posteriormente, seleccionará las ofertas que resulten más ventajosas, de acuerdo a los criterios de evaluación definidos en las Presentes Bases y le presentará una propuesta de adjudicación al Director de la DCCP o quien este facultado para ello.
Los Prestadores adjudicados, que hubieran cumplido lo dispuesto en las Bases, serán incluidos en el Catálogo Electrónico de Productos, publicado en el Portal Electrónico de Compras Públicas, el que quedará a disposición de las entidades.
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Procedimiento de Evaluación de las Ofertas |
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Se considerarán ítems válidamente ofertados, a aquellos ítems que correspondan a los tipos de prestaciones solicitadas en esta licitación y que cumplan con los requisitos establecidos en las Bases.
El proceso de evaluación de las ofertas considerará sólo aquellas que fueron declaradas admisibles. No obstante lo anterior, la DCCP a requerimiento de la Comisión, podrá eliminar del proceso de licitación las ofertas, que aún habiendo sido declaradas admisibles, estén incompletas, erróneas, falsas o que contengan antecedentes que no sean veraces. Asimismo, podrá eliminar a:
- Personas jurídicas que hayan sido objeto de sanción por parte de FONASA en la modalidad de Libre Elección, con multa de 100 o más Unidades de Fomento, con suspensión del ejercicio de la Modalidad de Libre Elección, o con cancelación del registro, por parte de FONASA; en los últimos 5 años. Se entenderá configurada esta causal, por la circunstancia de haberse dictado y notificado la correspondiente resolución sancionatoria. - Personas jurídicas que tengan entre sus socios, o profesional integrante de su equipo gestor, a personas que hayan sido socios o representantes legales, de personas jurídicas sancionadas en la forma indicada en el párrafo anterior. - Personas que tengan convenio con personas impedidas de participar de la presente licitación, según lo dispuesto en los números anteriores, cualquiera sea la participación de la entidad sancionada en la entrega del servicio.
* Evaluación de las Ofertas
La evaluación de las ofertas, se realizará por Tipo de Prestación, considerando para ello los siguientes criterios y ponderaciones:
1.- Oferta Económica (30%) 2.- Recurso Humano (30%) 3.- Equipamiento e Infraestructura (30%) 4.- Beneficios Adicionales sin costo (5%) 5.- Trayectoria del Oferente (5%)
Al respecto, es preciso indicar que la Comisión evaluadora aplicará el Criterio “Oferta Económica”, para cada una de las prestaciones ofertadas y los criterios “Recurso Humano” y “Equipamiento e infraestructura”, “Beneficios Adicionales sin costo” y “Trayectoria del Oferente”, se calcularán para el total de la oferta y el resultado de ésta, se agregará a cada una de las prestaciones evaluadas.
El Puntaje por Total de la Oferta estará dado por el siguiente polinomio, según la ponderación señalada:
Puntaje Total de la Oferta = (0,30 * Puntaje Oferta Económica) + (0,30 * puntaje por Recurso Humano + 0,30 * puntaje por Equipamiento e Infraestructura + 0.05 * puntaje de Beneficios Adicionales + 0.05* puntaje Trayectoria del oferente)
De acuerdo a lo anterior, los puntajes a considerar para cada uno de los criterios de evaluación serán asignados como sigue:
a) Precio (Oferta Económica) (30%) Para calcular el puntaje de la Oferta Económica, se utilizará la siguiente metodología, por prestación ofertada.
1. Se calcularán los puntajes de cada prestación ofertada, con la siguiente fórmula aritmética:
Puntaje Precio(i) Oferente(j) = (Precio Mínimo Ofertado/Precio(i) Oferente(j)) x 100
Es decir, el Puntaje para el Oferente i, es igual al precio mínimo ofertado del total de las ofertas, para ese tipo de prestación, dividido por el precio(i) del oferente(j), multiplicado por 100.
Por ejemplo, para una prestación, se ofertan los siguientes precios:
Oferta 1: $20.000.- Oferta 2: $25.000.- Oferta 3: $15.000.-
El Precio Mínimo Ofertado, para esta prestación es $15.000.-
Aplicando la Formula: Oferta 1=($15.000/$20.000)*100 Oferta 1= 75 Puntos Oferta 2=($15.000/$25.000)*100 Oferta 2= 60 Puntos Oferta 3=($15.000/$15.000)*100 Oferta 3= 100 Puntos.
2. El puntaje total de la oferta económica, será el resultado de:
a. Si un oferente postula para todas las prestaciones se aplicará para cada ítem los siguientes factores:
Consulta Médica Oftalmológica Integral 10% Examen de Ecobiometría 10% Confirmación diagnóstica Integral de Cataratas 20% Tratamiento Quirúrgico Integral de Cataratas 60%
b.- Si un oferente no postula el Tratamiento Quirúrgico Integral de Cataratas, pero si alguna de las otras prestaciones, el resultado de su oferta económica será el promedio simple de los puntajes obtenidos por las prestaciones ofertadas.
c. Si un oferente postula una sola prestación, el puntaje de su oferta económica será el puntaje obtenido para este ítem.
b) Recurso Humano (30%)
La evaluación de este criterio, estará dado por el nivel de cumplimiento respecto del perfil del recurso humano que realizará las prestaciones ofertadas y que se encuentra definido en las Bases Técnicas de este proceso licitatorio, sólo serán evaluadas las ofertas que cumplan con lo definido en ellas.
b.1) Prestador cumple superior a lo solicitado: 90 puntos b.2) Prestador cumple con mínimo solicitado: 75 puntos. b.3) Que los médicos presentados en la nómina no tengan sanciones en la MLE: 10 puntos
Se entenderá por cumplimiento superior a lo solicitado cuando:
- Además de lo indicado en las Bases Técnicas, en lo concerniente a Recurso Humano, el primer cirujano cuente con una experiencia acreditada en cirugía de Cataratas superior a 3 años y cuando el segundo cirujano acredite experiencia en cirugía de cataratas de al menos 1 año.
Se entenderá por cumplimiento mínimo solicitado cuando: - Se cumpla lo solicitado en las Bases Técnicas, en lo concerniente a Recurso Humano.
c) Equipamiento e Infraestructura (30%)
Para la evaluación de este criterio, los proponentes deberán cumplir con las exigencias establecidas en la normativa y reglamentación vigente, de acuerdo a los requisitos contenidos en las Bases Técnicas, sólo serán evaluadas las ofertas que cumplan con lo definido en ellas.
c.1) Prestador cumple superior a lo solicitado: 100 puntos c.2) Prestador cumple mínimo solicitado: 75 puntos.
Se entenderá por cumplimiento superior a lo solicitado cuando:
* Equipamiento: - Además de lo indicado en las Bases Técnicas, en lo concerniente a Equipamiento, el oferente certifique una antigüedad, del equipamiento (Facoemulsificador, Microscopio Quirúrgico y Ecobiometro), inferior a 5 años, y estos además, incluyan la totalidad de las características deseables expresadas en las Bases Técnicas.
* Infraestructura: - Además, en el caso de la Infraestructura, cuando el oferente cuente con infraestructura propia de pabellón de mediana complejidad, área de recuperación post quirúrgica y hospitalización, en caso de complicaciones en la cirugías realizadas.
Ambas condiciones deben cumplirse copulativamente.
Se entenderá por cumplimiento mínimo solicitado cuando: - Se cumpla lo solicitado en las Bases Técnicas, en lo concerniente a Equipamiento e Infraestructura.
d) Beneficios Adicionales (5%)
d.1) Entrega de Lentes ópticos (25 puntos) Se considera beneficio adicional, cuando al momento del alta se hace entrega al paciente de lente óptico (cualquier dioptría), de acuerdo a la graduación determinada para cada paciente, sin costo.
d.2) Exámenes médicos preoperatorios (25 puntos) Incluyen los siguientes exámenes:
* Ecografía ocular A y B, cuando corresponda (si no es visible el fondo del ojo) * Hemograma (recuento de leucocitos, eritrocitos, hematocrito, hemoglobina, características de elementos figurados y velocidad de eritrosedimentación), nitrógeno ureico y/o urea en sangre, orina completa, glucosa de sangre, tiempo de protrombina, electrocardiograma. * Evaluación de cardiólogo con ECG, cuando corresponda.
d.3) Controles médicos adicionales al alta (25 puntos) Son aquellos controles médicos ofertados como beneficios adicionales, cuyos costos son asumidos por el oferente, posteriores a los requeridos en las bases técnicas.
d.4) Colación (5 puntos) Se considera Colación como beneficio adicional, cuando esta es sin costo, e incluye al menos, un sándwich, un jugo, té, café o agua de hierbas.
d.5) Incluir traslado del paciente (20 puntos) Se considera el traslado sin costo, del paciente desde y hacia su domicilio, mínimo en radio urbano.
Se considera radio urbano, la distancia que medie entre la dirección declarada para la realización de la prestación y 20 kilómetros a la redonda.
e) Trayectoria del Oferente (5 %) e.1) Prestador inscrito en Modalidad de Libre Elección (MLE) y sin Sanciones en los últimos 2 años. 60 puntos. e.2) Prestador con antigüedad superior a 3 años, desde la autorización sanitaria. 40 puntos. e.3) Prestador no cumple con lo mínimo solicitado: 0 puntos.
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Adjudicación |
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La DCCP, podrá declarar inadmisible cualquiera de las Ofertas presentadas, que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes Bases. Podrá además, declarar desierta la licitación, cuando no se presenten ofertas, o cuando éstas no resulten convenientes a los intereses de FONASA y éste así lo solicite a la DCCP.
En los casos anteriores, dichas declaraciones deberán ser por Resolución Fundada.
La DCCP adjudicará, por Paleta Completa, a aquellos proveedores que obtengan 75 o más puntos ponderados en el resultado final de su evaluación, de acuerdo a los criterios de evaluación establecidos en las presentes Bases.
Sin perjuicio de lo anterior, en los casos en que efectuada la evaluación de las ofertas, se advierta que en una región del país, ningún oferente haya alcanzado los 75 puntos ponderados en el total de su oferta, la DCCP, podrá adjudicar la oferta que haya obtenido el más alto puntaje en dicha región y que permita satisfacer la demanda no cubierta.
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Resolución de Adjudicación |
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La DCCP adjudicará a través de una resolución fundada según su normativa interna.
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Regulación del Convenio Marco |
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Este Convenio Marco se regirá en todo momento por lo dispuesto en la Ley 19.886 y su reglamento, las presentes Bases Administrativas y Técnicas. Asimismo, formarán parte de las mismas, las Modificaciones y las Aclaraciones escritas que emita la DCCP, sea que ellas fueren requeridas por los mismos participantes o bien impartidas por ésta Dirección de oficio.
El proceso de adquisición se ceñirá a los siguientes documentos:
i. Convenio de Colaboración respectivo, celebrado entre la DCCP y FONASA. ii. Bases Administrativas, Técnicas y sus Anexos. iii. Aclaraciones, Respuestas y Modificaciones a las Bases si las hubiere. iv. Oferta de él o los Adjudicatarios respectivamente. v. Orden de Compra. vi. Contrato definitivo con cada Entidad, si lo hubiere. Los interesados en conocer los documentos señalados anteriormente, podrán hacerlo accediendo al Portal Electrónico de Compras Públicas, desde donde podrán bajar dicha documentación.
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Modificaciones de las Bases |
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La DCCP podrá modificar los documentos de la Licitación, ya sea por iniciativa propia, en atención a una solicitud de FONASA, o de alguna aclaración formulada por alguno de los Oferentes durante el proceso de la Licitación y hasta antes de la Apertura, otorgando un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos. Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del Portal Electrónico de Compras Públicas, Adquisición ID N° 2239-23-LP08. Estas modificaciones formarán parte integrante de las Bases.
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Consideraciones Generales del Proceso de Licitación |
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Si por motivos de fuerza mayor o caso fortuito, no se pudiere realizar la Apertura Electrónica de Ofertas Técnicas y Ofertas Económicas, oportuna y electrónicamente ingresadas, la DCCP podrá fijar nueva fecha y hora para la realización de dicho acto.
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Aclaraciones de las Bases |
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Las Solicitudes de Aclaraciones o preguntas que los oferentes deseen realizar con relación a la materia de esta Licitación, deberán ser realizadas a través del foro del Portal Electrónico de Compras Públicas, Adquisición ID N° 2239-23-LP08.
Las respuestas se pondrán a disposición de los proponentes, en el Portal Electrónico de Compras Públicas, Adquisición ID Nº 2239-23-LP08.
Para ingresar al foro, deberá entrar a su “escritorio” , ingresar el número de la ID N° 2239-23-LP08, pinchar la adquisición y seleccionar el icono “Ver Foro” ubicado al final de la pantalla e ingresar las consultas pertinentes.
Las respuestas a las solicitudes de aclaraciones o a preguntas que formulen, se entenderán formar parte integrante de las presentes Bases, para todos los efectos legales.
Sin perjuicio de lo anterior, la DCCP podrá efectuar aclaraciones a las bases de oficio o a solicitud de FONASA, hasta antes del cierre de las ofertas, las que formarán parte integrante de las presentes Bases, para todos los efectos legales.
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Suscripción del Contrato definitivo |
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Por acuerdo entre las Entidades y él o los prestadores adjudicados, podrá suscribirse un Contrato Definitivo, el que deberá basarse en las condiciones pactadas en el presente Convenio Marco.
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Operatoria del Convenio Marco |
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El o los prestadores que resulten adjudicados se relacionarán con las Entidades, a través del Catálogo de Convenios Marco y sólo se considerarán válidas las órdenes de compra que se generen y emitan a través de él, en el Portal Electrónico de Compras Públicas.
El Convenio Marco, una vez entrado en vigencia, operará a través del Catálogo Electrónico de Productos y Servicios disponibles en el Portal Electrónico de Compras Públicas, al cual el establecimiento comprador, ya sea FONASA o los Establecimientos del SNSS por mandato de FONASA (siempre que cuenten con la autorización respectiva), podrán acceder y desde él podrán emitir directamente la o las Órdenes de Compra al o a los prestadores, quienes para todos los efectos legales se relacionarán comercial y contractualmente de manera directa con FONASA.
Cualquier establecimiento del SNSS que compre sin la autorización respectiva, se entenderá que compra por sí y no por mandato de FONASA, en cuyo caso no obligará a este último para los efectos de la derivación y el pago de las prestaciones.
Adicionalmente cualquier otra institución pública que requiera contratar estas prestaciones, deberá hacerlo a través del Catálogo Electrónico de Productos disponible en el Portal Electrónico de Compras Públicas, desde el cual deberán emitir directamente la o las Órdenes de Compra al o a los prestadores, quienes para todos los efectos legales se relacionarán comercial y contractualmente de manera directa con cada institución.
El o los prestadores adjudicados no podrán establecer diferencias arbitrarias en el trato que deben dar a los organismos públicos que requieran sus servicios, a través de las emisiones de órdenes de compra que se ajusten al presente convenio.
El o los proveedores adjudicados no podrán rechazar las Órdenes de Compra válidamente emitidas en conformidad a este convenio, salvo existencia de deuda vencida de la Entidad que emite la Orden de Compra, con el proveedor destinatario de la misma.
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Incorporación Prestaciones al Catálogo |
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Las prestaciones adjudicadas y sus correspondientes condiciones contractuales, serán publicadas en el Catálogo Electrónico de Convenios Marco, disponibles en el Portal Electrónico de Compras Públicas, el cual quedará a disposición de las Entidades, siempre y cuando los adjudicatarios cumplan con lo siguiente:
1. Deberán estar inscritos en www.chileproveedores.cl, de acuerdo a lo señalado en estas bases de licitación. Aquellos Prestadores adjudicados que no se encuentren inscritos en dicho registro, No serán incorporados al catálogo, hasta su inscripción en dicho registro.
2. Deberán haber presentado los Antecedentes para ser contratado.
3. Deberán haber presentado la Garantía de Fiel Cumplimiento de contrato respectiva.
4. Requerimientos para Catalogación de las Prestaciones: Los proveedores que sean adjudicados, deberán completar toda la información faltante de sus prestaciones, de manera de cumplir con lo estipulado en las Bases de Licitación del Convenio Marco. Esto Implica, entregar a la Unidad de Catalogación, lo siguiente, para cada producto o servicio:
a) Foto Pequeña de 90X 90 Píxeles, en formato JPG y máximo 30 KB y con una resolución de 72 píxeles por pulgadas b) Foto Grande de 230X 320 Píxeles, en formato JPG y máximo 30 KB y con una resolución de 72 píxeles por pulgadas (se pueden colocar 4 fotos, pero al menos debe haber una). c) Solo en caso que la DCCP lo requiera enviara un archivo en Excel, donde el adjudicatario deberá completar toda la información: una columna con el IDProducto, otra con el nombre del archivo de la foto pequeña y una última columna con el nombre de la foto grande, que correspondan a cada IDProducto. Las fotos deben ser enviadas en un CD, con el nombre que se detalla en la planilla Excel, todas en una sola carpeta. El nombre de la foto será descrito de la siguiente forma:
*Nombre Foto pequeña: IDProducto_P.jpg *Nombre Foto Grande: IDProducto_G.jpg
Ejemplo: IDProducto = 2031 Nombre Foto pequeña: 2031_P.jpg Nombre Foto Grande: 2031_G.jpg.
d) Entregar archivos en PDF, en caso que fuera necesario, con fichas técnicas de los productos, para una mejor caracterización y descripción de las prestaciones adjudicadas.
e) La propiedad de la ficha electrónica, será de la DCCP, quien se reservará el derecho para utilizar uno o mas componentes de ella para lo que estime conveniente dentro del ámbito del presente convenio marco. Con todo, la veracidad de la información contenida en la ficha electrónica será de responsabilidad de cada proveedor al momento de entregarla.
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Vigencia y Reajuste de los Precios |
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El precio adjudicado podrá ser reajustado, una vez cumplido los 12 primeros meses de entrada en vigencia del Convenio Marco, previa solicitud formal del prestador, en la misma forma que se reajuste el Arancel de Modalidad de Atención Institucional, de la Ley 18.469.
Los precios vigentes conforme la oferta adjudicada y el reajuste señalado, se actualizarán en el Catalogo Electrónico de Convenio Marco por la DCCP, en un plazo no mayor a 10 días hábiles, una vez recibida la información respectiva de FONASA.
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Compromiso de Mejor Precio |
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Los adjudicatarios se comprometen a mantener en Convenio Marco, el mejor precio ofertado para las prestaciones adjudicadas. En caso que ofrezcan mejores precios, estos deberán verse reflejados en el Catálogo Electrónico de Convenios Marco.
De acuerdo a lo anterior, en cualquier momento, durante la vigencia del presente convenio, el o los prestadores adjudicados podrán rebajar sus precios, para todas las Entidades.
Estas rebajas se mantendrán hasta el término del convenio, salvo que exista una nueva modificación, cambio que deberá realizar el Adjudicatario, a través de la funcionalidad habilitada para ello. Asimismo el prestador podrá mejorar las condiciones ofertadas distintas del precio, tales como optimización del plazo para realizar los cuidados, aumento de beneficios adicionales, aumentos de cobertura geográfica, entre otras.
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Descuentos Especiales (Ofertas) |
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El prestador, cuando lo estime conveniente podrá otorgar descuentos especiales para todas las Entidades sobre los precios fijados en el convenio, independiente del monto de la compra que se trate. Con todo, estos precios con descuentos especiales tendrán el carácter de oferta y se deberán mantener por un plazo mínimo de 5 días hábiles desde su aplicación. La DCCP publicará en el Catálogo las rebajas de precios y descuentos especiales, en el plazo de 1 día hábil contado desde la recepción de la solicitud.
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Extensión de Ofertas Especiales a las Entidades |
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El oferente que resulte adjudicado, no podrá ofrecer de manera independiente a las Entidades mejores condiciones que las contenidas en el Convenio Marco, sin extender este beneficio al resto de las Entidades.
Toda rebaja de precios o descuentos especiales a una determinada Entidad deberá realizarse, siempre, a través del Catálogo Electrónico de Convenios Marco.
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Desarrollo Comercial del Convenio Marco |
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Dentro del ámbito comercial que involucra el desarrollo del convenio, se tendrá en cuenta los siguientes aspectos.
i.- Posicionamiento de Prestadores y Prestaciones. En este sentido, el prestador podrá desarrollar distintas actividades con el propósito de posicionar, entre las Instituciones, su participación como prestador Adjudicado en el convenio, los tipos de servicio presentes en éste, por medio de promociones especiales, jornadas de capacitación masivas para los compradores, entre otros.
ii.- El adjudicatario, podrá realizar acciones para activar prestaciones de baja rotación en el catálogo, durante la vigencia del convenio, pudiendo lanzar promociones especiales, para ser difundidas en el catálogo.
iii.- En caso que la DCCP desarrolle actividades de difusión de convenios marco, llámese encuentros, ferias u otros, los prestadores adjudicados podrán participar en estas actividades, con el fin de lograr un acercamiento con los compradores, promoviendo entre otros aspectos, los convenios existentes en Chilecompra Express y los proveedores que forman parte activa dentro de éste.
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Actualización del Servicio Adjudicado |
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Durante la vigencia del Convenio Marco, el o los Adjudicatarios, deberán mantener en el catálogo electrónico las prestaciones con las condiciones más ventajosas para los Organismos Públicos, para ello podrán solicitar lo siguiente:
1.-Eliminar una o más prestaciones adjudicadas. Para esto deberán solicitar autorización a FONASA, quién actúa como organismo técnico, con una anticipación mínima de 60 días a la fecha, indicando las causales fundadas que motivan dicha solicitud, la cual podrá ser rechazada o aceptada parcialmente y posteriormente comunicada a la DCCP, quien previa aprobación, procederá a su eliminación en el catálogo Chilecompra Express.
2.-Bloquear una o más prestaciones adjudicadas por un período de tiempo. Esta solicitud deberá ser informada a FONASA con anticipación de a lo menos 30 días, indicando las razones y fundamentos de dicha solicitud, la cual podrá ser aceptada total o parcialmente. FONASA informará su resolución posteriormente a la DCCP, quien previa aprobación, procederá al bloqueo de las prestaciones en el catálogo Chilecompra Express.
3.- Mejorar las condiciones comerciales ofrecidas, disminuir los plazos de entrega de las prestaciones, la incorporación de otros Beneficios Adicionales sin costo y de nuevas sedes de atención, siempre y cuando, el Prestador cumpla con los requisitos y condiciones establecidas en las presentes bases. Para esto, FONASA enviará el informe respectivo indicando las causales fundadas que motivan dicha solicitud, la cual podrá ser confirmada por la DCCP.
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Sanciones en la Ejecución de Convenio Marco |
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Multas: FONASA estará facultado para aplicar multas, por las causales que a continuación se señalan:
a. Cobro indebido de prestaciones al FONASA: 100 % del valor cobrado o por cobrar, sin perjuicio de la devolución de los montos cobrados indebidamente.
b. Cobros realizados al beneficiario con objeto de esta prestación: 500% del valor cobrado; sin perjuicio de la devolución de los montos cobrados al beneficiario.
c. Incumplimiento de las obligaciones señaladas en las Bases Administrativas y/o Técnicas: 50 UF. Lo anterior sin perjuicio de la realización de la prestación.
d. Reclamos de los beneficiarios de FONASA atendidos por el adjudicatario referidos a la calidad del servicio u atenciones otorgadas, al trato digno y respetuoso a los beneficiarios, al respeto de la confidencialidad, al derecho a la información, a la atención profesional adecuada: 20 UF por cada reclamo acogido.
e. No cumplimiento en la entrega de información, relativa a la atención de los pacientes beneficiarios, y otras solicitadas en las presentes Bases: no enviar en su oportunidad el informe al Supervisor, no entregar la información al paciente relativa a los cuidados, no acreditar la devolución de cobros indebidos a beneficiarios y por incumplimientos a las obligaciones establecidas en el Convenio.: 5 UF por cada evento.
f. Realizar cambios no autorizados por FONASA, respecto de las prestaciones licitadas, equipamiento, infraestructura o profesionales: 100 UF. Sin perjuicio, de la facultad de FONASA de solicitar a la DCCP término anticipado al Convenio Marco.
Cobro de la boleta de garantía por fiel y oportuno cumplimiento:
La DCCP, podrá realizar el cobro de la Garantía por Fiel Cumplimiento, en los siguientes casos:
i. No renovación oportuna de la Boleta de Garantía antes de los 30 días que preceden a su vencimiento. Lo anterior, sin perjuicio que, de no renovarse, antes de su vencimiento deberá ser ejecutada.
ii. Incumplimiento de las obligaciones impuestas por las presentes Bases, por sí o a requerimiento fundado de FONASA.
iii. Incumplimiento de las obligaciones del Art. 4° de la Ley 19.886 de Compras y Contrataciones Públicas.
iv. No pago de multas dentro del plazo establecido, a requerimiento fundado de FONASA.
v. Incumplimiento de las exigencias técnicas, establecidas en este Convenio Marco, para el otorgamiento de la prestación, a requerimiento fundado de FONASA.
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Término anticipado del convenio |
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El Convenio Marco podrá terminarse anticipadamente por la DCCP sin derecho a indemnización alguna para el adjudicatario, previo requerimiento fundado de FONASA, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:
i. Por resciliación o mutuo acuerdo de las partes.
ii. Caso fortuito o fuerza mayor, razones de ley o de autoridad que hagan imperioso terminarlo.
iii. Incumplimiento de las obligaciones contraídas por el adjudicatario, respecto de cualquier Entidad.
iv. Incumplimiento de las obligaciones del Art. 4° de la Ley 19.886 de Compras y Contrataciones Públicas.
v. Quiebra, notoria insolvencia, o cualquier otra causa que haga posible la pérdida de la libre administración del adjudicatario.
vi. Disolución de la Sociedad del Adjudicatario.
vii. Disminución notoria, evaluada y certificada por FONASA, de las capacidades técnicas del adjudicatario.
viii. Cambio no autorizado de los equipos, infraestructura o de los profesionales incluidos en la oferta.
ix. Incumplimiento de las obligaciones contractuales, que pongan en riesgo el otorgamiento oportuno de las prestaciones a los Beneficiarios de FONASA.
x. Cuando FONASA, haya cursado 2 multas, durante un período de 12 meses.
xi. Usar medios ilícitos en el ejercicio de las funciones, tales como inducir ilícitamente pacientes para la atención.
xii. En caso que el prestador tenga más de una sede y una de ellas incurra en alguna falta en la MLE, que se sancione con una multa sobre 100 Unidades de Fomento, o en su defecto con la suspensión del ejercicio de la Modalidad de Libre Elección, o con cancelación de este registro, por parte de FONASA. Esto se aplicará al prestador adjudicado, (incluyendo el total de sus sedes). Se entenderá configurada esta causal, por el sólo hecho de haberse dictado y notificado la correspondiente resolución sancionatoria.
xiii. Término de la vigencia de la Autorización Sanitaria en una o más de las sedes presentadas por el adjudicatario.
xiv. No pago de las multas en el plazo estipulado en estas Bases. Con todo, la DCCP por sí o a requerimiento fundado de FONASA, previa aprobación de la DCCP, podrá poner unilateralmente, término anticipado al presente Convenio Marco, por escrito y con aviso previo de 60 (SESENTA) días corridos.
*Procedimiento para aplicación de multas:
Detectada una situación que amerite la aplicación de multas, por parte del Supervisor del Convenio, éste le informará al prestador, por carta certificada, indicando los hechos que originan la multa y su monto. A contar del tercer día hábil del despacho de la comunicación precedente, el prestador tendrá un plazo de cinco días hábiles, para efectuar sus descargos, ante el Supervisor del Convenio acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes. Vencido el plazo sin presentar descargos, el Director de FONASA dictará la respectiva resolución aplicando la multa.
Si el prestador hubiera presentado descargos en tiempo y forma, FONASA tendrá un plazo de diez días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará, a proposición del Supervisor del Convenio, mediante resolución del Director de FONASA, comunicándose a través de fax o carta certificada al Representante Legal del prestador y al Coordinador del Convenio.
*Procedimiento de Reposición:
El prestador dispondrá del plazo de cinco días hábiles, a contar desde la fecha de notificada la resolución del Director de FONASA que le impone la multa, si hubiere sido notificado por fax, o de ocho días hábiles, a contar de la fecha de emisión de la carta certificada, para reponer fundadamente ante el Director de Fondo Nacional de Salud, acompañando todos los antecedentes pertinentes a la Reposición.
El Director de FONASA resolverá sin ulterior recurso, dentro de cinco días hábiles siguientes, acogiendo o rechazando total o parcialmente la Reposición. Se notificará dicha resolución por carta certificada.
*Cobro de la multa:
Quedará ejecutoriada la multa o la absolución de ella, con la notificación de dicha resolución del Director de FONASA, o en caso de no existir Reposición, transcurrido el plazo para interponerlo. Desde esos momentos el prestador se encontrará obligado al pago de la multa.
Dicho pago deberá efectuarse en la sección Tesorería de FONASA, dentro de los veinte días hábiles siguientes a su notificación, la cual se entenderá practicada a contar del tercer día siguiente a su recepción en la oficina de correos correspondiente. En el evento de que el prestador no pagare la multa que le fue aplicada dentro del plazo indicado, el monto de la(s) multa(s) será rebajado del pago que el FONASA deba efectuar al Prestador en las facturas o boletas más próximas. Lo anterior, sin perjuicio de las acciones legales que el FONASA pueda interponer, para cobrar las sumas devengadas e impagas.
El no pago de la multa, dentro de los plazos establecidos, faculta a FONASA, para requerir a la DCCP, la ejecución de la garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento.
Una vez pagada la multa, el prestador deberá informar al Supervisor del Convenio. Los montos percibidos por multas ingresarán al presupuesto del Fondo Nacional de Salud.
Procedimiento para la Aplicación de las Medidas de cobro de Garantía por Fiel y Oportuno cumplimiento y Término Anticipado del Convenio Marco:
Detectada una situación que amerite la adopción de alguna de las medidas descritas en Sanciones en la Ejecución del Convenio Marco, Cobro de la Boleta de Garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento y Término anticipado del Convenio Marco, el Supervisor del contrato notificará al adjudicatario por carta certificada, indicando los hechos que originan alguna de las medidas recién citadas.
A contar del 3º día hábil desde la fecha de emisión de la carta certificada, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles para efectuar sus descargos ante el Supervisor del Convenio, acompañando todos los antecedentes que acrediten fehacientemente que no ha tenido responsabilidad en los hechos que las originan. Vencido el plazo sin presentar descargos, se observará lo descrito en el párrafo cuarto de este punto.
Si el prestador hubiera presentado descargos en tiempo y forma, el Supervisor, tendrá un plazo de diez días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos total o parcialmente, lo que comunicará al Director Regional de FONASA a través de un informe.
Efectuado lo anterior el Director Regional de FONASA elevará los antecedentes al Director Nacional de FONASA, para su conocimiento, y con el mérito de estos determinará si corresponde aplicar dicha medida. En caso de ser afirmativo, dirigirá un Oficio al Director de la DCCP, quién dictará la correspondiente Resolución.
Procedimiento de Reconsideración:
El adjudicatario dispondrá del plazo de cinco días hábiles, a contar desde la notificación de la resolución del Director de la DCCP, que le impone la medida de cobro de la Boleta de Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento y/o Término Anticipado del Convenio Marco, para solicitar una reconsideración de la misma, la cual deberá ser fundada y acompañando todos los antecedentes que la justifiquen.
El Director de la DCCP deberá evaluar estos antecedentes y resolver el recurso en un plazo no superior a los quince días hábiles, desde su recepción. En caso de término anticipado, los Adjudicatarios deberán satisfacer íntegramente las órdenes de compra recibidas antes de la notificación del referido término anticipado, excepto que FONASA le requiera abstenerse de otorgar la prestación derivada.
En todos los casos de término anticipado señalados anteriormente, no operará indemnización alguna para los adjudicatarios.
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Informe mensual |
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El adjudicatario deberá entregar TODOS los meses, el informe de los resultados de las prestaciones derivadas al adjudicatario, realizados en el mes inmediatamente anterior. Dicho Informe deberá elaborarlo cada Prestador en forma mensual y contener los siguientes datos:
• Nº del Convenio Marco • Fecha Derivación • RUT del beneficiario • Nombre médico tratante • Establecimiento derivador • Prestaciones realizadas • Fecha ingreso • Fecha de egreso
Dicho informe debe ser remitido al Supervisor del Convenio, de la Dirección Regional de FONASA respectiva, en papel y en base de datos magnética (CD), dentro de los 10 primeros días hábiles de cada mes, con las prestaciones efectivamente realizadas, en virtud de este Convenio Marco, por beneficiario de FONASA, en el mes inmediatamente anterior (corresponde al Anexo Nº 5 “Informe al Supervisor”, adjunto a las Bases).
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Facturación y Pago de las Prestaciones. |
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El adjudicatario deberá facturar mensualmente a FONASA las prestaciones informadas a los Supervisores del Convenio, en el mes inmediatamente anterior a aquel en que se presenta la factura, señalando en la misma el número asignado en el Portal de Chilecompra a las órdenes de compra presentadas a cobro (Aceptadas por el Proveedor). Dicha factura deberá ser remitida al Sub-departamento de Gestión Comercial de la Dirección Regional de FONASA respectiva, dentro de los 10 primeros días corridos de cada mes, para su trámite de pago, en horario hábil de oficina, con la siguiente documentación:
a) Copia de las Órdenes de Compra emitidas por el Portal Electrónico de Compras Públicas para las prestaciones licitadas y aceptadas por el proveedor.
b) Informe mensual de las prestaciones otorgadas presentadas a cobro, debidamente visado por el establecimiento derivador.
El precio cobrado por el adjudicatario deberá corresponder al valor señalado en la oferta económica, por concepto de la prestación requerida y no procederá cobro adicional alguno, derivado del contrato que se suscriba.
*Facturación electrónica
Si el adjudicatario contare con la respectiva autorización del Servicio de Impuestos Internos, podrá emitir Documentos Tributarios (Dte’s) por medios electrónicos, utilizando el procedimiento establecido por dicho Servicio para estos instrumentos de cobro, debiendo informar oportunamente al Supervisor del Contrato. La emisión de este documento se deberá realizar posterior a la aprobación de los reportes e información establecida anteriormente en este numeral, situación que quedará reflejada al momento que el Establecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud o FONASA emita la Orden de Compra en el Portal Electrónico de Compras Públicas.
*Pago de las Prestaciones:
El pago de las prestaciones se hará por mensualidades vencidas. FONASA pagará las prestaciones contratadas conforme se acredite lo siguiente:
a. Que los pacientes deben haber sido derivados por un establecimiento del SNSS o por FONASA, de acuerdo a los criterios de derivación detallados en las Bases Técnicas de esta licitación.
b. Que el valor cobrado por las atenciones corresponda al valor suscrito en este Convenio Marco.
El Fondo Nacional de Salud pagará las facturas dentro de los treinta días hábiles siguientes a la fecha de su recepción, siempre que no existan reparos u observaciones por parte del Fondo. El plazo que tendrá el Fondo para efectuar reparos u observaciones técnicas o administrativas será de diez días hábiles, contados desde la recepción de las facturas.
De existir reparos u observaciones por parte del Fondo Nacional de Salud, éstas serán comunicadas por carta certificada al adjudicatario, para que éste, dentro de un plazo de diez días hábiles contados desde la fecha de despacho de tal comunicación, subsane o aclare los reparos formulados. Una vez que el adjudicatario haya corregido las observaciones formuladas por el Fondo, éste otorgará su conformidad dentro del plazo de los cinco días hábiles siguientes y procederá a pagar la factura objeto de reparos, dentro de los quince días hábiles siguientes a la aprobación.
Con todo, la DCCP no es la responsable final del pago de las prestaciones adquiridas a través del Convenio Marco que haya licitado; dicha responsabilidad recae únicamente en las Entidades que en cada caso actúen como Compradores. (Ej. FONASA-Servicios de Salud, Hospitales de Fuerzas Armadas, etc.)
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Reposición y Garantía de las prestaciones |
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El prestador garantizará de manera total, el otorgamiento integro y oportuno de las prestaciones contratadas, cumpliendo con la calidad que para estos se solicitan en las Bases Técnicas, además del buen trato al paciente, sin discriminación negativa de ninguna especie. Esta garantía se expresará por medio de la entrega de una Boleta de Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento, la que se podrá ejecutar por la DCCP o a requerimiento fundado de FONASA.
Lo anterior, sin perjuicio de la obligación del Prestador de responder integralmente al beneficiario por una prestación que no haya cumplido con la idoneidad y eficiencia requerida.
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Plazo de Vigencia del Convenio Marco |
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El presente Convenio Marco, tendrá una vigencia de 12 meses contados desde la fecha de la notificación de la Resolución de Adjudicación, renovándose automáticamente hasta por dos periodos de 12 meses cada uno, iguales y sucesivos, a menos que cualquiera de las partes manifieste su intención de ponerle término, mediante el envío de carta certificada con a lo menos 30 días corridos de anticipación a la fecha de su vencimiento o del vencimiento de su prórroga.
Lo anterior, considerando la naturaleza de las prestaciones de salud que se licitan, las cuales no pueden tener períodos de discontinuidad en la atención para los pacientes.
Con todo, la DCCP podrá prorrogar el Convenio Marco, más allá del plazo original o prorrogado, cuando sea estrictamente necesario y sólo por el tiempo en que se procede a un nuevo proceso de licitación.
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Supervisor del Convenio Marco |
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Este procedimiento se aplicará a FONASA y a todos los Servicios de Salud o sus establecimientos asistenciales públicos que formen parte de la Red Asistencial o Sistema Nacional de Servicios de Salud (SNSS), cuando compran por Mandato de FONASA.
Para una mejor ejecución del convenio y asegurar el cabal cumplimiento de estas Bases Administrativas - Técnicas y Condiciones Contractuales, se designará un Supervisor del Convenio por parte de FONASA y un Coordinador del Convenio por parte del adjudicatario.
Los Jefes de los Subdepartamentos de Gestión Comercial de las Direcciones Regionales de FONASA, serán Supervisores del Convenio por parte de FONASA, quienes realizarán al menos las siguientes funciones:
1.Coordinar las acciones que sean pertinente entre FONASA y el adjudicatario de este Convenio.
2. Monitorear y gestionar el cumplimiento de los plazos para el otorgamiento de las prestaciones, establecidos en estas Bases y en la oferta del adjudicatario.
3. Supervisar la adecuada aplicación de los mecanismos de derivación, facturación y pago de las prestaciones objeto del Convenio Marco.
4. Fiscalizar el estricto cumplimiento del Convenio en todos sus aspectos.
5. Solicitar al Director de FONASA curse las multas por incumplimiento del Convenio, adjuntando los antecedentes e informes que lo justifiquen.
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Coordinador del Convenio Marco |
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Por su parte, el Adjudicatario, deberá nombrar un Coordinador, el que deberá ser informado en el Anexo N° 1 Formulario “Datos del Prestador”.
En el desempeño de su cometido, el Coordinador del Convenio deberá, a lo menos:
1.- Representar al adjudicatario, en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del convenio. 2.- Establecer procedimientos para el control de la información manejada por las partes. 3.- Emisión y envío de Informes mensuales, según lo indicado en el punto 9 de las Bases Técnicas: "Proceso de Registro de Prestaciones". 4.-Informar cualquier cambio en el equipamiento, infraestructura o nómina de profesionales indicada en su Oferta, en los plazos estipulados en estas bases y a quién corresponda. 5.- Coordinación con FONASA y establecimientos del SNSS para discutir temas técnicos.
Todo cambio, relativo a la designación del Coordinador, deberá ser informado al Supervisor del Convenio, por el Representante Legal, dentro de las 24 horas siguientes, de efectuado el cambio.
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Responsabilidad de los Prestadores Adjudicados |
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Durante la Vigencia del Convenio Marco, y de acuerdo a lo estipulado en las Bases de Licitación, los Prestadores adjudicados deberán administrar y mantener el catálogo de servicios adjudicados, lo cual implicará para ellos las siguientes responsabilidades:
1. Entregar toda la información que sea necesaria para la catalogación de las prestaciones adjudicadas, tales como descripciones, especificaciones, u otros datos que correspondan, en los plazos y formatos establecidos por la DCCP.
2. Disponer de los recursos humanos y técnicos que sean necesarios para mantener actualizados las prestaciones catalogadas y sus respectivas condiciones comerciales, asegurando que las Entidades dispongan siempre de los mejores precios en el catálogo y de listas de prestaciones vigentes, de manera de evitar problemas por no satisfacción de la Demanda.
3. Conocer y operar adecuadamente el sistema de administración de Catálogo, disponible para los prestadores de Convenio Marco, a través del Portal Electrónico de Compras Públicas
4. Responder y gestionar, según corresponda, todos los casos de reclamos y/o consultas reportados por la DCCP y/o las Entidades, en un plazo máximo de 72 horas.
5. Los prestadores deberán asegurar la catalogación de su oferta, disponiendo de los recursos humanos necesarios para que esto se materialice.
6.- Actualizar los precios en el Catálogo Electrónico, módulo Administración Catálogo Electrónico, cuando corresponda, ofertados durante la vigencia del Convenio Marco, y de acuerdo a lo estipulado en las Bases.
Además, en la atención del beneficiario, desde el ingreso al centro o establecimiento que proporcionará la atención de salud solicitada, por parte del establecimiento Derivador, y hasta su egreso o traslado por cualquier causa, el adjudicatario será jurídicamente responsable de su manejo y protección. Por consiguiente, tanto FONASA como el establecimiento Derivador, no estarán obligados al pago de las indemnizaciones que resulten de las demandas interpuestas en contra del adjudicatario, por las prestaciones materia de la presente Licitación.
Por lo anterior, el adjudicatario, bajo ninguna circunstancia podrá traspasar o encomendar a terceros las obligaciones que le corresponden por la prestación convenida.
El adjudicatario deberá resguardar, durante el proceso de atención, el cumplimiento de los siguientes derechos del paciente:
1.- Informar al paciente sobre el tratamiento que se le otorgue y en general responder a cualquier consulta, orientación e información que éste requiera.
2.- Trato digno y respetuoso
3.- Personal que lo atiende debe portar identificación.
4.- Contar con un libro de reclamos y sugerencias visible y accesible a los pacientes.
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Cambio prestación, equipamiento e infraestructura |
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A petición escrita y por razones fundadas de FONASA, el adjudicatario retirará de su equipo de atención, para el otorgamiento de la prestación contratada, por el presente Convenio, a cualquier miembro de su personal que desempeñe labores materia de este contrato y lo reemplazará por otros que cumplan los requisitos establecidos en Bases Administrativas y Técnicas.
El adjudicatario tendrá plena y exclusiva responsabilidad del cumplimiento de las obligaciones demandantes de este contrato, no podrá subcontratar ni ceder, transferir o encomendar en forma alguna a terceras partes ninguno de los derechos u obligaciones estipulados en el presente contrato.
Posterior a la adjudicación, cualquier cambio, modificación y/o actualización que desee realizar el adjudicatario, que afecte la información proporcionada en relación al equipamiento, tendrá la obligación de informarlo por escrito a FONASA a través de su Coordinador, con una anticipación de 90 días anteriores al hecho. Lo anterior, dará origen a una evaluación y FONASA comunicará la decisión de autorizar o rechazar la solicitud, o en su defecto solicitar término anticipado del Convenio Marco.
Por lo tanto, el adjudicatario deberá esperar la aprobación de FONASA, para participar del Convenio Marco con nuevos profesionales, otro equipamiento u otra infraestructura. En caso que FONASA haya autorizado los cambios propuestos, se deja expresa constancia que los nuevos profesionales que se incorporen, cambios en la infraestructura o equipos, deben cumplir con los mismos requisitos y calificaciones exigidos en las presentes bases de licitación, y los que fueron exigidos a la entidad adjudicada.
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Entidades de SNSS que usen este Convenio |
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En caso de que otra Institución Pública que pertenezca al Sistema Nacional de Servicios de Salud (SNSS) requiera comprar “Diagnóstico y Tratamiento Quirúrgico Integral de Cataratas", podrá hacerlo a cualquiera de los proveedores del catálogo electrónico del Portal Electrónico de Compras Públicas, pagando el servicio directamente al prestador. A su respecto no le serán aplicables los puntos del Proceso de Licitación relacionados con las atribuciones y control ejercido por FONASA.
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Otras Entidades que Requieran usar este Convenio |
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En caso de que otra institución pública que no pertenezca al Sistema Nacional de Servicios de Salud requiera comprar "Diagnóstico y Tratamiento Quirúrgico Integral de Cataratas", podrá hacerlo a cualquiera de los prestadores del catálogo electrónico del Portal Electrónico de Compras Públicas, pagando el servicio al prestador.
A su respecto no le serán aplicables los puntos
a) Documentación indispensable de ser utilizada por el Prestador para el funcionamiento del Convenio.
b) Cambio equipos, infraestructura y nómina de profesionales.
c) Cobro de Boleta de Garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento.
d) Término anticipado del Convenio Marco.
e) Procedimiento para la aplicación de las medidas de cobro de Garantía y término anticipado del Convenio Marco.
f) Aplicación de multas
g) Proceso de facturación y pago de las prestaciones.
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