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DE LA ADJUDICACIÓN DE LA PROPUESTA |
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La adjudicación de la propuesta será resuelta por el Director del Hospital Carlos Van Buren o quien lo subrogue, según corresponda, quien adjudicará la propuesta más ventajosa considerando los criterios de evaluación con sus correspondientes puntajes y ponderaciones, establecidos en las Bases Administrativas, los que serán documentados en un Acta firmada por la Comisión de Adjudicación. Sin embargo, el Hospital podrá aceptar cualquiera de las propuestas presentadas, aunque no sea la más económica, o de rechazarlas todas y declararla desierta, de acuerdo a la propia conveniencia del Hospital. Durante este proceso de adjudicación, la Comisión de adjudicación revisará la documentación presentada por los oferentes en la Apertura de las ofertas y si ésta no corresponde a lo solicitado en las Bases Administrativas o los antecedentes proporcionados no son correctos, la Comisión podrá rechazar la oferta, quedando consignado el motivo en el acta de Adjudicación. Además el Hospital podrá rechazar una oferta que técnicamente cumple con todo lo solicitado pero que su oferta este fuera del presupuesto que se tiene designado para tal convenio de suministro. De esta forma el Hospital podría adjudicar a un oferente que permita mantener los presupuestos establecidos. La decisión que se adopte al efecto no dará lugar a indemnización de ningún tipo en favor de los Proponentes cuyas ofertas hayan sido rechazadas o no hayan sido favorecidas.
La licitación se entenderá oficialmente adjudicada, una vez que el Hospital Carlos Van Buren así lo dictamine a través de la emisión de una Resolución Exenta, en el cual, entre otras cosas, se deberá consignar el nombre de la empresa favorecida (persona natural y/o jurídica) denominada de ahora en adelante adjudicatario, el monto ofertado (IVA incluido o 10% Impuesto de Retención) y el período de vigencia del Contrato respectivo en meses corridos.
El tipo de Adjudicación será simple sin emisión automática de orden de compra por cada una de las líneas de producto o servicio licitado para adjudicar solicitada y visualizada en el Portal de Mercado Público.
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DEL EMPATE |
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En caso de empate, se reserva el derecho de adjudicar la oferta con mayor puntaje en el criterio con mayor ponderación de las presentes bases, y en caso de persistir el empate se adjudicará la oferta con mayor puntaje en el segundo criterio individual con mayor relevancia, de proseguir la situación se continuará el mismo análisis con el siguiente criterio. En aquellos criterios de evaluación en los cuales se repite la ponderación, se evaluará según el siguiente orden: Política de canje, Comercialización del producto en Hospitales Públicos de alta complejidad similares a HCVB, Plazo de entrega, Cumplimiento de presentación de documentos.
La puntuación de los criterios individuales serán números enteros de 0 a 10 más dos decimales. Para la asignación de puntajes finales de los criterios de evaluación como producto de la sumatoria total de éstos, se considerará en la nota final el número entero más un decimal. La centésimas menores a 0,5 se ajustan al decimal menor y las centésimas de 0,5 hacia arriba se ajustan al decimal mayor. Ej.: 1) 4,23 = 4,2 2) 4,25 = 4,3.
En caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación de las presentes bases de licitación, el Hospital Carlos Van Buren publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, informando allí las razones del atraso.
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FACULTAD DE READJUDICACIÓN |
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El Hospital, podrá en el caso que el proveedor originalmente seleccionado, se rehúse a suscribir el contrato, no entregue el Instrumento Financiero de Garantía del Contrato, se desista de su oferta y/o sea inhábil para contratar con el Estado, de acuerdo a los términos de la Ley Nº 19.886 y su Reglamento, readjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas, quien deberá cumplir con todas las exigencias establecidas en las presentes Bases.
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PRORROGA DEL CONTRATO |
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El contrato podrá ser prorrogado cuando resulte indispensable para las necesidades de la Entidad y sólo por el tiempo que se precede a un nuevo proceso de compras.
Sin embargo, esta prórroga, también queda sujeta a la evaluación por parte de la institución, en relación al cumplimiento técnico y económico, por la cual se estudia la calidad del servicio entregado dentro del período ya contratado.
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CONTACTO |
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jorge.villegastapia@redsalud.gov.cl
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