La Municipalidad realizará la adjudicación de la obra, a la oferta que estime más conveniente a los intereses de la Municipalidad, y a un sólo oferente, siendo éste el que, de acuerdo a los resultados de la evaluación, obtenga mayor puntaje final conforme a los criterios indicados en el artículo N°13 de las presentes bases.
Los oferentes se obligan a mantener vigente el valor de su oferta por el plazo de vigencia de la garantía de seriedad de la oferta señalado en el artículo Nº9 letra A.1.-
En caso de existir empate en el resultado de la evaluación general se procederá a dirimir adjudicando de acuerdo al siguiente orden de prelación:
1
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A la Oferta más Económica, si el empate persiste
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2
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Al mejor puntaje en el criterio Experiencia del Oferente, si el empate continua
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3
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Cumplimiento Requisitos Formales de Presentación de la Oferta
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4
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A la oferta que haya sido ingresada primero en la Plataforma de Compras
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Para el caso en que el contrato involucre montos iguales o superiores al equivalente a 500 UTM, se requerirá el acuerdo del Concejo Municipal, para adjudicar la licitación.
La Adjudicación se realizará mediante Decreto Alcaldicio, el que será notificado al oferente, en conformidad con lo establecido en el artículo 6° del D.S. N°250 – Reglamento de Compras Públicas, a través del Sistema de Información del Portal Mercado Público, por la Secretaría Comunal de Planificación.