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Apertura de las ofertas: |
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La apertura de las ofertas se realizará en forma electrónica de acuerdo a las fechas establecidas en el sistema.
La sola presentación de la oferta, importará la aceptación del oferente de todas y cada una de las condiciones señaladas en las presentes bases, en cuanto les sean aplicables.
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De la adjudicación |
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La adjudicación se realizará sólo entre los oferentes que cuenten con la inscripción en el Registro de Proveedores del Estado, y que tengan habilidad para contratar con el Estado.
En el caso de que la mejor evaluación la obtenga un oferente sin lo solicitado, se procederá a adjudicar al que continúe en la respectiva tabla de evaluación, y así sucesivamente.
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De la Readjudicación |
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En caso de que el proveedor rechace la adjudicación y/o la orden de compra, se procederá a readjudicar al proveedor que continúe en la respectiva tabla de evaluación.
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Plazo de adjudicación |
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Si la adjudicación de la licitación no se efectuase en el plazo indicado, podrá aplazarse ésta, indicando el nuevo plazo de adjudicación.
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Cláusula de confidencialidad |
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El proveedor adjudicado y el personal de su dependencia no podrán divulgar a terceros, bajo ninguna condición, el contenido del contrato y la información y/o documentación que, con motivo de su ejecución, reciba o tome conocimiento, actividades o cualquier otro tipo de información interna o propia de CONAF, respecto a su actuar administrativo, de investigación y de gestión. Específicamente, queda prohibido al proveedor adjudicado y a su personal, divulgar o hacer pública cualquier información obtenida y/o entregada.
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Resolución de Empates |
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En caso de igualdad de puntajes de diferentes propuestas, será el criterio de evaluación Plazo de entrega el que determine la adjudicación. En caso de persistir el empate será el precio el que determine la adjudicación. Si aún persiste el empate será la primera oferta presentada en el Portal de Mercado Público la que obtendrá la adjudicación.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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Las consultas a la adjudicación podrán hacerse hasta 2 días hábiles siguiente a la fecha de adjudicación, al correo ana.pinto@conaf.cl
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
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En caso que uno o más oferentes omitan algún antecedente de carácter administrativo no evaluable, podrán presentarlo en un plazo máximo de 48 horas contadas desde el requerimiento de CONAF, a través del foro inverso, lo que será evaluado en el criterio “cumplimiento de los requisitos formales de la presentación de la oferta”.
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Aplazamiento del cierre de la licitación |
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En caso de no existir ofertas 24 horas antes del plazo de cierre de la licitación, podrá aplazarse el cierre de la licitación por cinco días corridos desde la fecha de cierre original.
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Modificación de bases |
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En caso de ser requerida la modificación de las bases, CONAF podrá efectuar las correcciones y/o modificaciones necesarias, previa resolución fundada, procediendo a aumentar los plazos establecidos para el proceso licitatorio.
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Comisión evaluadora |
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Las ofertas que cumplan con todos los requisitos formales de presentación serán evaluadas por CONAF, quien constituirá para tal efecto, una Comisión Evaluadora integrada por el Jefe del Departamento de Protección Contra Incendios Forestales o quien designe, la Jefa del Departamento de Finanzas y Administración o quien designe, el Encargado de la Unidad de Finanzas y Administración del Departamento de Protección Contra Incendios Forestales o quien designe y la Jefa de la Unidad Jurídica, Abogado, Sra. Claudia Gaete Pino, quien además se constituirá como ministro de Fé, de este proceso.
La comisión, luego de su evaluación, emitirá un acta o informe con el análisis de las ofertas evaluadas.
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Contraparte de CONAF |
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La contraparte técnica y administrativa de CONAF en terreno ante el oferente adjudicado la ejercerá el Sr. José Contreras Lemonado, Profesional del Departamento de Protección contra Incendios Forestales de CONAF Región de Valparaíso. Adicionalmente CONAF designará un ITO para la supervisión de las faenas.
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Puntaje mínimo para adjudicar |
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No podrá ser adjudicada, bajo ninguna circunstancia, una oferta que obtenga un puntaje inferior a 50 puntos ponderados en total. Si ninguna oferta obtuviese más de 50 puntos, éstas serán declaradas inadmisibles, procediéndose a declarar desierta la licitación.
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Orden de Compra |
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Una vez adjudicada la licitación pública, se procederá al envío de la respectiva Orden de Compra. En caso de que la orden de compra no sea aceptada en un plazo de 48 horas, CONAF solicitará su cancelación, entendiéndose definitivamente cancelada una vez transcurridas 24 horas de dicha solicitud, procediendo a readjudicar. El envío de esta orden y la aceptación de ésta por parte del proveedor, facultarán a CONAF para realizar, en un plazo no mayor a 10 días hábiles el contrato respectivo.
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Trabajadores dependientes del adjudicado |
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Los trabajadores que intervengan en la prestación del servicio adquirido serán dependientes exclusivos del oferente adjudicado, correspondiendo a éste cumplir las obligaciones legales, previsionales, laborales y otras que le correspondan en cuanto empleador, conforme a la legislación vigente. Por tanto, CONAF no tiene ni tendrá ningún vínculo laboral ni ninguna especie de relación contractual con estos trabajadores.
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Suscripción del contrato |
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El adjudicatario deberá suscribir el contrato correspondiente en el lugar y fecha que señale CONAF. En cualquier caso, este se firmará en un plazo no mayor a 10 días hábiles a partir de la aceptación de la orden de compra. Para la confección del contrato el adjudicatario deberá acompañar dentro de los 2 días hábiles siguientes a la aceptación de la orden de compra la documentación necesaria para la confección de este. Previo a la firma del contrato, si el adjudicatario es una sociedad, deberá entregar a CONAF los siguientes antecedentes, a menos que éstos se encuentren disponibles en el Portal www.chileproveedores.cl
1) Fotocopia legalizada de la escritura de constitución de la sociedad y de sus modificaciones.
2) Constancia de publicación y modificaciones posteriores si las hubiera.
3) Certificado de Vigencia de la sociedad.
4) Documento que acredite personería y facultades del ó los representantes legales.
Si el contrato no se suscribe por la no entrega de la documentación señalada o por desistimiento por parte del adjudicado, CONAF quedará en libertad de acción para licitar nuevamente ó bien readjudicar la licitación a otro oferente, haciendo efectiva la garantía de seriedad de la oferta. La redacción del contrato será efectuada por CONAF, siendo su tenor conocido por el adjudicatario, con anterioridad a su firma, a fin que manifieste su conformidad u observaciones.
Las presentes Bases de Licitación administrativas y técnicas, sus anexos y la oferta formarán parte integrante del contrato a suscribir. El contrato que se suscriba para formalizar el servicio descrito en esta licitación no podrá ser transferido a un tercero bajo ningún título.
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Término anticipado del contrato |
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Las causales para poner término anticipado al contrato son las siguientes:
a) Mutuo acuerdo de las partes.
b) Cancelación o extinción de la personalidad jurídica.
c) En caso de muerte, declaración de quiebra o incapacidad sobreviviente del adjudicatario.
d) No atender las instrucciones de la Administración de la Reserva ó del supervisor que esté a cargo de las obras.
e) Provocar por negligencia del personal del adjudicatario, y/ó por los de sus contratistas, subcontratistas y trabajadores de éstos, un incendio en dependencias de la Corporación Nacional Forestal y zona de protección ubicadas en la Reserva Nacional Lago Peñuelas.
f) No facilitar, cuando CONAF así lo solicite, documentos fotocopiados de las imposiciones y comprobante de pago de remuneraciones, contratos, libros de asistencia u otros necesarios, de la totalidad del personal dependiente del contratista.
g) Si el adjudicado se encuentra en un procedimiento concursal de liquidación en calidad de deudor o se encuentra en manifiesta insolvencia financiera a menos que se mejoren las cauciones entregadas ó las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
h) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores y en general cualquier incumplimiento de las obligaciones laborales. (Ley 20.123 - Regula Trabajo en Régimen de Subcontratación, el Funcionamiento de Las Empresas de Servicios Transitorios y el Contrato de Trabajo de Servicios Transitorios).
i) Por no mantener la condición de Estado Hábil en el portal Chileproveedores durante el periodo de la contratación del servicio.
j) Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor adjudicado. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales, descritas en las presentes bases, si que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a la entidad licitante perjuicio en el cumplimiento de sus funciones.
k) La demora por más de cinco días hábiles en la iniciación de los trabajos, y que no haya sido causada por fuerza mayor o justificada plenamente ante CONAF, dará derecho a la CORPORACIÓN para poner término anticipado al contrato y el cobro de la garantía de Fiel cumplimiento del contrato.
l) Si concluido el plazo de entrega de la obra, el proveedor no ha concluido íntegramente en tiempo y forma, con las obras contratadas en un plazo máximo de 10 días hábiles posterior a la fecha de término, se dará término al contrato por incumplimiento y dará lugar al cobro de la garantía, sin perjuicio de la aplicación de multas correspondientes.
En todos los casos señalados anteriormente, exceptuando las letras a y c, se procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento de contrato.
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Procedimiento de aplicación en caso de incumplimientos del contrato: |
1.- En caso de los incumplimientos mencionados anteriormente, CONAF enviará carta certificada enviada al domicilio que el proveedor haya señalado en su oferta, comunicando la intención de poner término anticipado al contrato.
2.- El proveedor, tendrá un plazo de 5 días hábiles, desde el envío de la carta certificada, señalado en el número antecedente para efectuar sus descargos.
3.- Una vez transcurrido el plazo, para realizar los descargos, la Corporación emitirá una Resolución fundada informando lo resuelto.
4.- Respecto de la Resolución, el proveedor dispondrá de los recursos establecidos en la Ley 19.880.
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Obligaciones generales del adjudicatario |
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a)
a) El adjudicatario responderá por sus hechos y omisiones, por los de sus trabajadores y por los de sus contratistas, subcontratistas y trabajadores de éstos. Asimismo, el adjudicatario asumirá la señalada responsabilidad respecto de todas aquellas personas que ingresen a la dependencia por cuenta de aquel, bajo cualquier título.
b) Los bienes y productos que permanezcan en el lugar de las faenas, son de exclusiva responsabilidad del adjudicatario.
c) Será obligación del adjudicatario disponer de un supervisor general de la faena de contratación directa de la Empresa, que actúe como un representante con permanencia diaria en las faenas que se ejecuten con motivo de la presente licitación, a fin de que CONAF, a través de sus funcionarios pueda entenderse, solucionar problemas que se presenten y notificar al adjudicatario de incumplimientos y no conformidades. El adjudicatario deberá identificar ante CONAF a su representante en terreno, quien debe tener capacidad de resolución y decisión para planificar, programar e informar previa y oportunamente a CONAF, toda clase de novedades que afecten el proceso.
d) Ante cualquier problema que se suscite con terceros, se deja expresamente establecido que la relación contractual es entre CONAF y el adjudicatario.
e) En el caso de existir postes, cercos u otra clase de infraestructura y si éstos resultan dañados como consecuencia de las faenas, éstos deberán ser reparados por el adjudicatario.
f) El adjudicatario deberá cumplir con las obligaciones que emanen del Decreto Supremo N° 594 del Ministerio de Salud, que aprueba el “Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los lugares de trabajo”.
g) Además, el adjudicatario deberá dotar sin costo para los trabajadores, de los elementos de protección necesarios para proteger su integridad física de acuerdo al tipo de faena, considerando, al menos, los siguientes elementos: cascos, guantes, zapatos de seguridad, antiparras, entre otros.
h) El adjudicatario deberá dar estricto cumplimiento a las obligaciones que impone la Ley 16.744 sobre el Seguro de Accidentes y Enfermedades Profesionales, sus Decretos y Reglamentos, además de las Disposiciones Legales vigentes en materia de las actividades a realizar.
i) El adjudicatario velará por la correcta ejecución de los trabajos, de tal forma que se ejecuten sin accidentes, impactos y/o daños a la salud de las personas y al medioambiente.
j) El adjudicatario no podrá ejecutar más actividades administrativas que las estrictamente necesarias dentro de los recintos de CONAF.
k) No se permitirá fumar, el consumo de bebidas alcohólicas, estupefacientes, ni cualquier otro tipo de droga, así tampoco, trabajadores en estado de ebriedad o bajo el efecto de drogas al interior de las dependencias de CONAF ni de la Reserva Nacional Lago Peñuelas.
l) Al término del plazo de la faena, una vez de la recepción conforme por CONAF, el adjudicatario dispondrá de 3 días hábiles para retirar todo el personal, las instalaciones, escombros y maquinarias utilizadas en la faena, debiendo entregar el área usada con sus instalaciones libres de todo residuo sólido ó líquido que pueda generar un impacto ambiental y entregar el lugar en las mismas condiciones en que lo recibió al inicio de las faenas.
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Implementación de seguridad |
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El proveedor debe velar por el correcto uso de toda la implementación de seguridad, para el personal de su dependencia. Así mismo deberá tomar todas las precauciones necesarias para evitar accidentes ocurridos por causa de los trabajos licitados.
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OTRAS DISPOSICIONES: |
Ley de Subcontratación:
El proveedor adjudicado deberá dar cumplimiento fiel y oportuno a las disposiciones legales contenidas en la Ley 20.123, que “Regula el régimen de subcontratación, el funcionamiento de las empresas de servicios transitorios y el contrato de trabajo de servicios transitorios”. Para lo anterior, deberá observar la normativa contenida en el “Reglamento Especial para Empresa Contratistas y Subcontratistas de la Corporación Nacional Forestal”, el cual será entregado por CONAF al momento de la celebración del respectivo contrato y/o en la reunión de inicio de faena.
El proveedor adjudicado deberá obligatoriamente, al momento de la entrega las dependencias en donde se ejecutarán las obras y/o suscripción del contrato exhibir los siguientes documentos:
1. Listado de trabajo personal que va a realizar el trabajo.
2. Contratos de Trabajo, personal que va a participar en el trabajo a ejecutar.
3. Carta Gantt de actividad a realizar.
4. Registro de Entrega de Equipo de Protección Personal.
5. Registros de Inducción de Obligación de Informar a los Riesgos expuestos (ODI).
6. Matriz de Evaluación de Riesgos de la Faena a realizar.
7. Reglamento para Empresas Contratistas.
8. F-30 (Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo) y F30-1 (Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo).
9. Certificado de afiliación a Organismo Administrador Ley.
10. Certificado de Accidentabilidad, emitido por el Organismo Administrador Ley.
11. Certificado de Siniestralidad, emitido por el Organismo Administrador Ley.
Los incumplimientos de esta normativa por parte del contratista, constatados por CONAF, podrán dar lugar al término anticipado del contrato y al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, previa constancia de dichos incumplimientos o de irregularidades contenidas en la Ley N° 20.123.
Esta documentación podrá solicitarse durante todo el tiempo de vigencia del contrato.
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OTRAS DISPOSICIONES: |
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social:
CONAF solicitará a la empresa o persona natural adjudicada el cumplimiento de las obligaciones legales para con sus trabajadores. El proveedor deberá entregar los antecedentes laborales y previsionales de los trabajadores que participen directamente en el servicio. Se deberán acompañar específicamente los comprobantes de pago de las remuneraciones y cotizaciones de seguridad social que correspondan, de todos los trabajadores que forman parte del equipo de trabajo. En caso que los antecedentes acompañados por el proveedor no sean suficientes, CONAF se encuentra facultada para ejercer los derechos que establece la Ley N° 20.123 sobre subcontratación. Esta documentación será solicitada para el pago de la factura correspondiente.
Para el pago de la factura correspondiente el proveedor deberá adjuntar, para estos efectos los formularios F 30 y F30-1 emitidos por la Inspección del Trabajo respectiva, cuando corresponda
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OTRAS DISPOSICIONES: |
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Multas
Se considera como infracción cada día hábil (de lunes a viernes) de atraso en la entrega de la obra, de acuerdo al plazo de entrega estipulado en su oferta. Se acepta un atraso máximo de 2 días hábiles, superior a este plazo se pone término al contrato por incumplimiento de éste. La multa aplicada ascenderá a 5 UF, por cada día de atraso en la entrega del servicio, con un tope de 10 días hábiles, salvo eventos de fuerza mayor, que la Corporación se reserva el derecho de calificar. Esta multa se aplicará unilateralmente y se descontará inmediatamente en el pago correspondiente. A su vez CONAF informará al proveedor, el valor de la multa que se aplicará, (UF al último día hábil del mes en curso).
Procedimiento de aplicación de multas:
1.- En caso de producirse el incumplimiento antes mencionado, CONAF enviará un correo electrónico al proveedor, indicando la aplicación de la multa.
2.- El proveedor, tendrá un plazo de 48 horas, desde el envío del correo indicado precedentemente para realizar los descargos pertinentes.
3.- Una vez transcurrido el plazo, para realizar los descargos, la Corporación emitirá un Carta Oficial, respecto a la aplicación o no de la multa.
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OTRAS DISPOSICIONES: |
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Recepción Conforme Definitiva de todas las obras y servicios contratados por CONAF:
Al término de los trabajos en día y hora que acuerden las partes, CONAF efectuará una inspección y prueba de las obras y servicios contratados.
Si de la inspección resultasen observaciones en cuanto a que los trabajos no estén totalmente terminados ó no cumplen con lo establecido en las bases técnicas de la Licitación, CONAF establecerá un plazo para que el proveedor ejecute a su costa los trabajos que hubiere que hacer, levantando un Acta firmada por ambas partes.
Una vez subsanadas las observaciones, o si no las hubiera, se efectuará la Recepción Conforme Definitiva por medio de Acta firmada por ambas partes.
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Plazos de Pago |
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La fecha de pago será a 30 días corridos, desde la fecha de la factura emitida por el proveedor. Para ejecutar el pago, se deberá contar con el Acta de Recepción Conforme Definitiva firmada por ambas partes, y la acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social de los trabajadores.
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