Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el solo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas. (No aplica para adquisiciones)
El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de esta.
El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus sub oferente adjudicados, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
|
|
|
Clausula de readjudicacion |
La municipalidad de Mejillones, dentro de las facultades establecidas en las normas que regulan la contratación pública, se reserva el derecho de proceder a la readjudicación de la presente licitación, en los casos que el proveedor adjudicado incurra en algunas de las siguientes causales:
1. Rechace la orden de compra.
2. Se desiste de su oferta, o se entiende desistimiento de ésta según lo señalado en la cláusula N°18.5 de las presentes bases;
3. Se encuentre sin información disponible, sin contrato vigente en el registro de Chile Proveedores, www.chileproveedores.cl, al momento de enviar la orden de compra para su aceptación.
4. Incurre en alguna causal de inhabilidad legal para contratar con el Estado
5. Si el producto o servicio adjudicado por proveedor perdió la certificación, registro, autorización u otro antecedente exigido en estas bases de licitación.
6. No cumple con las demás condiciones y requisitos establecidos en las presentes bases para la respectiva contratación.
7. Si el proveedor no mantiene las condiciones originalmente ofertadas, producto de las cuales, resultó adjudicado.
8. Si, mientras se realizan las gestiones precontractuales, esto es, entre el plazo de adjudicación y la fecha de celebración del contrato, se verifica el incumplimiento del Pacto de Integridad por parte de éste, el cual se encuentra en el numeral N° 20 de estas bases de licitación.
9. Resciliación, es decir, poner término anticipado al contrato por mutuo acuerdo
Una vez que se constata la ocurrencia de una de estas causales, mediante informe respectivo, se procederá a dictar el decreto que deje sin efecto la adjudicación inicial, y proceda en forma inmediata a la readjudicación de la licitación aquel oferente que haya sido evaluado en segundo lugar, de acuerdo al informe de la comisión evaluadora de las ofertas.
En caso de que el segundo oferente mejor evaluado no pueda o quiera asumir el contrato, se procederá a readjudicar al tercer oferente mejor evaluado.
La Municipalidad en el decreto que deja sin efecto la adjudicación inicial, ordenará hacer efectiva la respectiva Garantía de Seriedad de la Oferta (si procede) entregada por dicho oferente. La institución podrá adjudicar a la segunda oferta mejor evaluada y así sucesivamente.
|
|
|