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Apertura de las ofertas |
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La apertura de las ofertas se realizará en forma electrónica de acuerdo a las fechas establecidas en el sistema.
La sola presentación de la oferta, importará la aceptación del oferente de todas y cada una de las condiciones señaladas en las presentes bases, en cuanto les sean aplicables.
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De la Adjudicación |
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La adjudicación se realizará sólo entre los oferentes que cuenten con la inscripción en el Registro de Proveedores del Estado, y que tengan habilidad para contratar con el Estado.
En el caso de que la mejor evaluación la obtenga un oferente sin lo solicitado, se procederá a adjudicar al que continúe en la respectiva tabla de evaluación, y así sucesivamente.
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Readjudicación |
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En caso de que el proveedor rechace la adjudicación y/o la orden de compra, se procederá a readjudicar al proveedor que continúe en la respectiva tabla de evaluación, y así sucesivamente.
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Plazo de Adjudicación |
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Si la adjudicación de la licitación no se efectuase en el plazo indicado, podrá aplazarse ésta, indicando el nuevo plazo de adjudicación.
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Metodología de desempate |
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En caso de igualdad de puntajes de diferentes propuestas, será el factor precio el que determine la adjudicación. En caso de persistir el empate será la Calidad Técnica de los Bienes o Servicios la que determine la adjudicación. Si aún persiste el empate será la primera oferta presentada en el Portal de Mercado Público la que obtendrá la adjudicación.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
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Posterior al cierre de la licitación no se aceptará ningún tipo de antecedentes técnicos, administrativos ni económicos, a menos que éstos sean solicitados por CONAF a través del Foro del portal, establecido para tales efectos.
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Consultas a la adjudicación |
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Las consultas a la adjudicación podrán hacerse hasta 2 días hábiles siguiente a la fecha de adjudicación, al correo miguel.vargas@conaf.cl
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Cláusula de confidencialidad |
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El proveedor adjudicado y el personal de su dependencia no podrán divulgar a terceros, bajo ninguna condición, el contenido del contrato y la información y/o documentación que, con motivo de su ejecución, reciba o tome conocimiento, actividades o cualquier otro tipo de información interna o propia de CONAF, respecto a su actuar administrativo, de investigación y de gestión. Específicamente, queda prohibido al proveedor adjudicado y a su personal, divulgar o hacer pública cualquier información obtenida y/o entregada.
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Comisión Evaluadora |
Las ofertas que cumplan con todos los requisitos formales de presentación serán evaluadas por CONAF, quien constituirá para tal efecto, una Comisión Evaluadora integrada por:
1) Jefa del Departamento Finanzas y Administración o a quién designe.
2) Jefe de la Sección Administración o a quién designe.
3) Analista de Compras o a quien se designe.
4) Jefa de la Unidad Jurídica o a quién designe, quién actuará como Ministro de Fe y asesor de la comisión.
La comisión, luego de su evaluación, emitirá un acta o informe con el análisis de las ofertas evaluadas y su proposición para la adjudicación por el Director Regional.
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Suscripción del contrato |
El adjudicatario deberá suscribir el contrato correspondiente en el lugar y fecha que señale CONAF. En cualquier caso, este se firmará en un plazo no mayor a 10 días hábiles a partir de la fecha de adjudicación de la licitación. Para la confección del contrato el adjudicatario deberá acompañar dentro de los 2 días hábiles siguientes a la fecha de adjudicación de la licitación la documentación necesaria para la confección de este previo a la firma del contrato, si el adjudicatario es una sociedad, deberá entregar a CONAF los siguientes antecedentes, a menos que éstos se encuentren disponibles en el Portal www.chileproveedores.cl
1) Fotocopia legalizada de la escritura de constitución de la sociedad y de sus modificaciones.
2) Constancia de publicación y modificaciones posteriores si las hubiera.
3) Certificado de Vigencia de la sociedad.
4) Documento que acredite personería y facultades del o los representantes legales.
Si el contrato no se suscribe por la no entrega de la documentación señalada o por desistimiento por parte del adjudicado, CONAF quedará en libertad de acción para licitar nuevamente o bien adjudicar la licitación al oferente que continúe en la tabla de evaluación de ofertas, y así sucesivamente. La redacción del contrato será efectuada por CONAF, siendo su tenor conocido por el adjudicatario, con anterioridad a su firma, a fin que manifieste su conformidad u observaciones.
Las presentes Bases de Licitación, sus anexos y la oferta formarán parte integrante del contrato a suscribir. El contrato que se suscriba para formalizar el servicio descrito en esta licitación no podrá ser transferido a un tercero bajo ningún título.
El contrato que se suscriba para formalizar el servicio descrito en esta licitación no podrá ser cedido ni transferido a un tercero bajo ningún título.
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Término anticipado del contrato |
La Corporación podrá poner término anticipado al contrato, y a su voluntad proceder a la redistribución de los fondos asignados entre los otros adjudicatarios de la licitación, o bien llamar a licitación nuevamente, por simple acto administrativo, sin necesidad de demanda ni requerimiento judicial, pudiendo hacer efectiva las garantías que se hubieren constituido, si concurre alguna de las causales que se señalan:
a. Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
b. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
c. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses y en general cualquier incumplimiento de las obligaciones laborales.
d. Incumplimiento en las obligaciones relativa a la Ley 20.123 que “Regula el régimen de subcontratación, el funcionamiento de las empresas de servicios transitorios y el contrato de trabajo de servicios transitorios”.
e. En caso de muerte, reorganización y liquidación o incapacidad sobreviviente.
f. Cancelación o extinción de la personalidad jurídica.
g. Las demás que se establezcan en las respectivas bases de la licitación o en el contrato.
h. Por mutuo acuerdo de las partes.
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Del término del contrato por incumplimiento |
El contrato terminará además en caso de que el adjudicatario incumpla gravemente cualquiera de sus obligaciones. Se considerarán para estos efectos incumplimientos graves las siguientes:
1. Más de 5 atrasos y demoras no autorizadas en la realización de la entrega de los servicios del presente contrato.
2. Decisión fundada de la Corporación.
3. Inhabilidad del proveedor para contratar con el Estado por el periodo del contrato.
4. No pago íntegro y oportuno a los trabajadores del proveedor.
5. No entrega del servicio solicitado, ya sea por los baños químicos arrendados o servicio de mantención de los baños arrendados.
6. Más de 5 incumplimientos reiterados y no justificados de las obligaciones que forman parte de las bases administrativas y especificaciones técnicas y de todos aquellos documentos que forman parte integrante de este contrato.
7. Incumplimiento de otras obligaciones esenciales, calificadas como tales al momento de suscribir el respectivo contrato, como asimismo en los demás documentos que las partes tienen como integrante del mismo.
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Procedimiento de aplicación en caso de incumplimientos del contrato |
1.- En los casos mencionados anteriormente, en el título “Del término del contrato por incumplimiento”, CONAF enviará una carta certificada al domicilio que el proveedor haya señalado en su oferta, comunicando la intención de poner término anticipado al contrato.
2.- El proveedor, tendrá un plazo de 5 días corridos, desde la fecha de recepción de la carta, señalado en el número precedente, para efectuar sus descargos.
3.- Una vez transcurrido el plazo, para realizar los descargos, la Corporación emitirá una Resolución fundada informando lo resuelto.
4.- Respecto de la Resolución, el proveedor dispondrá de los recursos establecidos en la Ley 19.880.
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Trabajadores dependientes del adjudicado |
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Los trabajadores que intervengan en la prestación del servicio adquirido serán dependientes exclusivos del oferente adjudicado, correspondiendo a éste cumplir las obligaciones legales, previsionales, laborales y otras que le correspondan en cuanto empleador, conforme a la legislación vigente. Por tanto, CONAF no tiene ni tendrá ningún vínculo laboral ni ninguna especie de relación contractual con estos trabajadores.
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Implementación de seguridad |
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El proveedor debe velar por el correcto uso de toda la implementación de seguridad, para el personal de su dependencia. Así mismo deberá tomar todas las precauciones necesarias para evitar accidentes ocurridos por causa de los trabajos licitados.
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Ley Subcontratación |
En caso de verificarse subcontratación, el proveedor adjudicado deberá dar cumplimiento fiel y oportuno a las disposiciones legales contenidas en la Ley 20.123, que “Regula el régimen de subcontratación, el funcionamiento de las empresas de servicios transitorios y el contrato de trabajo de servicios transitorios”. Para lo anterior, deberá observar la normativa contenida en el “Reglamento Especial para Empresas Contratistas y Subcontratistas de la Corporación Nacional Forestal”, el cual será entregado por CONAF una vez firmado el respectivo contrato.
Para ilustración del oferente, se describen las obligaciones legales que debe cumplir todo contratista en régimen de subcontratación, exigencias que podrán ser revisadas por CONAF durante la vigencia del contrato:
1. Listado de trabajadores o personal que va a realizar el trabajo.
2. Contratos de Trabajo del personal que va a participar en el trabajo a ejecutar.
3. Carta Gantt de actividad a realizar.
4. Registro de Entrega de Equipo de Protección Personal.
5. Registros de Inducción de Obligación de Informar a los Riesgos expuestos (ODI).
6. Matriz de Evaluación de Riesgos de la Faena a realizar.
7. Reglamento Interno de Orden Higiene y Seguridad.
8. F-30 (Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo) y F30-1 (Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo).
9. Certificado de afiliación a Organismo Administrador Ley.
10. Certificado de Accidentabilidad, emitido por el Organismo Administrador Ley.
11. Certificado de Siniestralidad, emitido por el Organismo Administrador Ley.
Los incumplimientos de esta normativa por parte del contratista, constatados por CONAF, podrán dar lugar al término anticipado del contrato, previa constancia de dichos incumplimientos o de irregularidades contenidas en la Ley N° 20.123.
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
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CONAF solicitará a la empresa o persona natural adjudicada el cumplimiento de las obligaciones legales para con sus trabajadores. El proveedor deberá entregar los antecedentes laborales y previsionales de los trabajadores que participen directamente en el servicio. Se deberán acompañar específicamente los comprobantes de pago de las remuneraciones y cotizaciones de seguridad social que correspondan, de todos los trabajadores que forman parte del equipo de trabajo. En caso que los antecedentes acompañados por el proveedor no sean suficientes, CONAF se encuentra facultada para ejercer los derechos que establece la Ley N° 20.123 sobre subcontratación. Esta documentación será solicitada para el pago de la factura.
Para la presentación de antecedentes previsionales, deberá adjuntar “Certificado de Cotizaciones Previsionales Pagadas”. No se aceptarán certificados de cotizaciones declaradas.
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Aplazamiento del cierre de la Licitación |
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En caso de no existir ofertas seis horas antes del plazo de cierre de la licitación, podrá aplazarse el cierre de la licitación por cinco días corridos desde la fecha de cierre original.
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Multas |
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El proveedor adjudicado deberá pagar multas por el o los atrasos en que incurra en la entrega de los bienes o la prestación de los servicios, objeto de la presente licitación.
Las multas por atraso en la entrega, entrega parcial o por rechazo por no cumplimiento de especificaciones, se aplicarán por cada día corrido de atraso y se calcularán como multa, un 3% del valor neto de los bienes o servicios objeto de la entrega, con un tope de 5 días corridos.
Las multas no podrán sobrepasar el 10% del valor total del contrato.
El monto de las multas será rebajado del pago que la entidad licitante deba efectuar al adjudicatario en los estados de pago más próximos y, de no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se le cobrará directamente.
Cuando el cálculo del monto de la respectiva multa convertido a pesos chilenos, resulte un número con decimales, éste se redondeará al número entero más cercano.
Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho de la entidad licitante de recurrir ante los Tribunales Ordinarios de Justicia, a fin de hacer efectiva la responsabilidad del contratante incumplidor.
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Procedimiento para la aplicación de medidas derivadas de incumplimientos: |
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Detectada una situación que amerite la aplicación de una multa u otra medida contemplada en las presentes bases, la entidad licitante notificará inmediatamente de ello al adjudicado, personalmente o por carta certificada, informándole sobre la medida a aplicar y sobre los hechos que la fundamentan.
A contar de la notificación singularizada en el párrafo anterior, el proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito, acompañando todos los antecedentes que lo fundamenten.
Vencido el plazo indicado sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente medida por medio de una resolución fundada de la entidad licitante.
Si el proveedor ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la entidad licitante tendrá un plazo de 5 días hábiles, contados desde la recepción de los descargos del proveedor, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del respectivo proveedor deberá formalizarse a través de la dictación de una resolución fundada de la entidad licitante, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la medida. La indicada resolución deberá notificarse al respectivo proveedor adjudicado personalmente o mediante carta certificada.
El proveedor adjudicado dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución fundada singularizada en los párrafos anteriores, para impugnar dicho acto administrativo mediante los recursos contemplados en la Ley 19.880, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva medida. La entidad licitante tendrá un plazo no superior a 5 días hábiles para resolver el citado recurso.
La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado.
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Modificación a las Bases |
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En caso de ser requerida la modificación de las bases, CONAF podrá efectuar las correcciones y/o modificaciones necesarias, previa resolución fundada, procediendo a aumentar los plazos establecidos para el proceso licitatorio.
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Modalidad de Pago |
El pago del servicio se efectuará contra la presentación de la factura, emisión de la Orden de Compra, y recepción conforme por parte de CONAF del servicio prestado, dentro de los 30 días siguientes a la fecha de recepción conforme. En la factura se debe indicar número de la orden de compra en la referencia de ésta para que pueda ingresar al proceso de pago.
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Plazo del contrato |
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Convenio de suministro de arriendo y mantención de baños químicos será por dos años contados (24 meses) desde la firma del respectivo contrato.
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Características del Servicio |
Nombre: Convenio de arriendo y mantención de baños químicos.
Descripción: Se requiere la contratación y suscripción de un convenio de suministro de arriendo y mantención de baños químicos, según características.
Características del baño químico requerido y mantención asociada:
1. Baños químicos de fibra de vidrio o plástico reforzado con filtro UV.
2. Deben incluir: WC, papelero y porta candado.
3. Capacidad estanque 180 lts.
4. Ventilación por rejillas plásticas
5. La mantención debe realizarse 2 veces a la semana, (viernes y lunes). Los horarios deberán ser coordinados con CONAF, así como cambios, por fuerza mayor, de los días estipulados.
6. La entrega de los baños debe efectuarse en los lugares señalados por CONAF.
7. El servicio de mantención consiste en:
a. Retiro de residuos.
b. Lavado interior y exterior de la unidad.
c. Reposición de agua estanque del lavamanos.
d. Reposición de líquido desinfectante.
e. Reposición de jabón y papel higiénico.
El servicio deberá cubrir todas las necesidades de Conaf, en el sentido de abarcar a todos los centros, unidades o sectores que indique Conaf dentro de la región de Valparaíso.
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