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DEFINICIONES: |
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Además de las definiciones contempladas en el artículo 2 del Reglamento de la Ley 19.886, las que forman parte integrante de las presentes Bases, se entenderá por:
a. Mandante: Corporación Nacional Forestal, que es la entidad que encomienda los trabajos materia de la presente Licitación Pública, poniendo a disposición del oferente los fondos necesarios para la realización de los trabajos.
b. Unidad Técnica de CONAF: Dependencia de la Corporación Nacional Forestal, a la que corresponde efectuar el control técnico y administrativo del desarrollo de la obra y de sus etapas de entrega.
c. Especificaciones Técnicas: El pliego de características que deberán cumplir los trabajos materia de la presente licitación, incluyendo las normas sobre procedimiento de elaboración, exigencia a que quedan sometidos los materiales y pruebas que deben superar las diferentes etapas de ejecución.
d. Diseño aportado por el Mandante: Se refiere al Proyecto definitivo de Arquitectura incluidos en los antecedentes de la presente licitación, para su evaluación presupuestaria por parte de los oferentes.
e. Inspector Técnico (I.T.O.): La persona que, en representación del director regional de la CONAF, actúa y se relaciona administrativa y técnicamente con el contratista en todas las materias relacionadas con el contrato de ejecución de la Obra, asumiendo la responsabilidad y la obligación de supervisar el cumplimiento correcto y oportuno en la ejecución del proyecto.
f. Presupuesto Oficial: El estudio detallado, efectuado por la Corporación, de las cubicaciones, precios unitarios y precio total previsto para una obra, y que representa su opinión oficial y justa sobre su verdadero valor.
g. Encargado técnico: El funcionario que, designado por el Director Regional de la Corporación Nacional Forestal, Región del Atacama, se le asignen las funciones de coordinación y dirección de los distintos estamentos de la licitación, durante la ejecución del proyecto o vigencia del contrato. Este estará representado por el Jefe del Departamento Áreas Silvestres Protegidas.
h. Administrador de la obra: es el profesional competente solicitado por las presentes bases de licitación, quien representa al contratista y es el responsable de dirigir y controlar la obra.
i. Propuesta: La cotización ofrecida por el proponente para los objetos indicados en esta bases de licitación.
j. Aumento o disminución de obras: La modificación de las cantidades de obras previstas en el proyecto materia de la presente licitación.
k. Obras nuevas o extraordinarias: Las obras que se incorporen o agreguen al proyecto, pero cuyas características sean diferentes a las especificadas o contenidas en los antecedentes que sirven de base al contrato.
l. Modificación de obras: El reemplazo de parte de las obras contenidas en el proyecto de la Corporación por obras nuevas o extraordinarias.
j. SNASPE: Sistema Nacional de Areas Silvestres protegidas del Estado
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I. PARTICIPANTES |
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Podrán participar en la presente licitación pública personas naturales o jurídicas, que estén inscritas en el portal de compras públicas www.mercadopublico.cl.
Aquellos participantes que al momento de la presentación de sus ofertas no estén inscritos en el Registro Electrónico de Proveedores del Estado, denominado “Chileproveedores”, estarán obligados a inscribirse previo a la fecha de suscripción del contrato.
Debe tenerse presente que no podrán participar en esta licitación aquellas personas que se encuentren en alguna de las situaciones contempladas en el inciso cuarto del artículo 4 de la Ley 19.886, norma que dispone que ningún órgano de la Administración del Estado o en que éste tenga participación, podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de servicios, con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley 18.575, antecedente del mismo regulado por el DFL. 1/19653 del año 2000, ni con sociedades de personas de las que aquellos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquellos o éstas sean accionistas, ni con sociedades abiertas en que aquellos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas.
Asimismo, quedarán excluidos de esta licitación pública quienes, al momento de la presentación de la oferta, hayan sido condenados por prácticas anti sindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los anteriores dos años.
UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES (UTP)
De conformidad al artículo 67 bis del Reglamento de Compras Públicas, dos o más proveedores podrán ofertar en el presente proceso licitatorio por medio de una Unión Temporal de Proveedores. Los miembros de la Unión Temporal de Proveedores deberán acompañar respecto de cada uno de ellos los mismos antecedentes y cumplir con los mismos requisitos que los señalados precedentemente para las personas naturales y/o personas jurídicas, según corresponda.
Las UTPs no podrán ocultar información relevante que afecte a alguno de sus miembros. En caso de hacerlo, se entenderá como un incumplimiento grave de las obligaciones del contrato por parte del proveedor, dando lugar al cobro de la garantía de fiel cumplimiento y a la resolución del contrato anticipadamente.
Siendo la presente contratación de un monto superior a 1000 UTM, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública y deberá ser presentado una vez adjudicada la licitación. Sin perjuicio de lo anterior, los proveedores que formen parte de la UTP podrán presentar, al momento de ofertar, documento privado para la constitución de la UTP, que luego deberá ser formalizado a través de escritura pública una vez efectuada la adjudicación. La escritura pública de constitución deberá contener, al menos, las siguientes estipulaciones:
- Establecer la solidaridad entre los proveedores que componen la UTP respecto de todas las obligaciones que se generen en virtud de la presente Licitación.
- Establecer un apoderado, con facultades suficientes, para representar a los integrantes de la UTP ante la Corporación durante el proceso de licitación y hasta la total ejecución del servicio requerido y de todas las obligaciones que emanen de este.
- Establecer el miembro de la UTP que facturará.
La vigencia de la UTP no podrá ser inferior a la vigencia de las obligaciones que emanen de las presentes bases y del contrato. Toda modificación que experimente la UTP deberá cumplir con las mismas formalidades necesarias para su constitución, debiendo informar a la Corporación de inmediato"
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II. ANTECEDENTES A CONSIDERAR EN LA OFERTA |
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Los interesados en formular una oferta deberán efectuar el estudio completo y detallado de todos los antecedentes del proyecto que se pretende ejecutar.
Para la confección de la oferta, deberá tener en cuenta las disposiciones siguientes; Reglamentos y Ordenanzas Municipales, Consejo Regional, Bienes Nacionales entre otros, sobre ejecución de proyectos de telecomunicaciones y otros, Ley 20.599 que regula la instalación de antenas emisoras y transmisoras de servicios de telecomunicaciones, Ley N° 18.168, Ley general de telecomunicaciones y sus modificaciones.
Si durante el estudio de los antecedentes, el oferente estima que existen dudas o contradicciones entre las Especificaciones Técnicas y demás antecedentes, deberá efectuar las Consultas en los plazos correspondientes a través del Portal Mercado Público, en la modalidad foro.
Las aclaraciones y las rectificaciones que la Unidad Técnica hiciere a las consultas de uno o más interesados o por iniciativa propia, serán enviadas a través del Portal, en la fecha indicada en el Cronograma del Portal Mercado Público.
Para dar cumplimiento a la disposición del inciso anterior, si fuere necesario, se podrá postergar la fecha fijada para el envío de las Aclaraciones y/o la Apertura de la Propuesta, en cuyo caso las nuevas fechas serán notificadas como Aclaración en el Portal Mercado Público.
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III. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS |
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Esta licitación pública se regirá por las Bases Administrativas y Técnicas que se publican en el portal de compras del Estado www.mercadopublico.cl y por las normas legales y reglamentarias vigentes a la fecha de su apertura, en cuanto le sean aplicables. Asimismo, formarán parte de las bases las aclaraciones escritas que emita CONAF, en respuestas a consultas que fueren requeridas por los participantes, a través de la modalidad FORO del mencionado portal de compras.
Todas las ofertas y documentos anexos obligatorios, deberán ser presentadas a través del portal de Mercado Público.
Las ofertas que se presenten deberán ceñirse a las bases, planos, especificaciones técnicas y otros antecedentes del proceso de licitación.
Por el solo hecho de presentarse a esta propuesta se entiende que el Proveedor ha estudiado todos los antecedentes y ha verificado su concordancia entre sí, de las bases, especificaciones técnicas, aclaraciones y presupuesto, ha verificado las condiciones de abastecimiento de materiales y está conforme con las condiciones del proyecto.
Los oferentes deberán ingresar la siguiente información en la licitación correspondiente en el portal de compras del Estado:
OFERTA ECONÓMICA La oferta económica deberá ser ingresada exclusivamente en la licitación denominada “CONSTRUCCIÓN E INSTALACION DE TORRES PARA ANTENAS REPETIDORAS CODIGO BIP 30128427” en el sitio www.mercadopublico.cl, cuyo ID N°1088-5-LQ18, en la línea correspondiente.
Las ofertas recibidas por cualquier otro medio No serán consideradas, salvo lo dispuesto en el artículo 62 del Reglamento de la Ley.
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IV. MONTOS Y DURACIÓN CONTRATO |
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Para los servicios descritos “CONSTRUCCIÓN E INSTALACION DE TORRES PARA ANTENAS REPETIDORAS CODIGO BIP 30128427” , se
cuenta con el siguiente presupuesto máximo disponible, $ 202.002.000 (Doscientos dos millones dos mil pesos) IVA incluido.
El
valor de la Oferta deberá incluir todo gasto que irrogue el cumplimiento del
Contrato, sea directo, indirecto, o causa de él.
Toda
oferta mayor al monto disponible indicado en las Presentes Bases, la
Corporación procederá a no evaluarla y será declarada inadmisible.
El
contrato tendrá una duración desde la firma del contrato hasta la obtención de la recepción final de las Dirección de Obras Municipales de todas las Comunas involucradas.
Previa a la firma del contrato la corporación invitara a una reunión de coordinación, la que se efectuara en la dependencia ubicada en la ciudad Copiapó.
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V. COTIZACIÓN U OFERTA |
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La cotización u oferta deberá presentarse EXCLUSIVAMENTE a través del portal www.mercadopublico.cl, a más tardar el día de cierre que indique la publicación en el portal. El o los precios de la oferta deberán ser entregados en moneda nacional, sin reajustes de ninguna especie y se ajustará (n) a la modalidad de Suma Alzada. La oferta debe ser ingresada en valores netos.
El oferente deberá indicar su calidad de contribuyente de primera categoría.
La cotización presentada deberá tener validez por los siguientes 90 días corridos a contar desde la fecha indicada como plazo máximo de recepción de ofertas.
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VI. PLAZO DE EJECUCIÓN DEL PROYECTO |
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El plazo máximo para la ejecución de las obra considerando hasta la recepción final será de 270 días corridos desde la firma del contrato, los que serán distribuidos de la siguiente manera.
*Plazo Máximo de ejecución de obras: 210 días Corridos
*Plazo Mínimo de ejecución de obras: 150 Días Corridos
*Plazo de obtención de recepción final de obra 60 días corridos a partir de la recepción de obra por parte de CONAF.
En caso que el proveedor invoque como causal de ampliación de plazo, aumentos de obras ordenados por la Unidad Técnica o situaciones de fuerza mayor o caso fortuito, reconocidas como tales por el ITO de la Unidad Técnica, la Corporación podrá otorgar un aumento en el plazo de entrega de la obra, el que será autorizado por el DIRECTOR REGIONAL de CONAF mediante una resolución.
De la Programación de las Obras
El contrato tendrá una duración, cuya fecha de término, sea al momento de la recepción final por las Direcciones de Obras Municipales de todas las comunas involucradas.
Esta programación debe ser consistente con la programación financiera correspondiente al año 2018 -2019, el gasto en la programación financiera y vinculado al avance en la carta Gantt.
En caso que el proveedor invoque como causal de ampliación de plazo, aumento de obras ordenados por la unidad técnica o situaciones de fuerza mayor o caso fortuito, reconocidas como tales por el ITO y el Encargado Técnico, la Corporación podrá otorgar una aumento en el plazo de entrega de la obra el que será autorizado por el Director Regional.
En especial, se podrá modificar el contrato cuando se requiera un aumento de plazo producto de hechos no atribuibles al proveedor, con causa justificada, la que deberá ser autorizada por el director Regional previo visto Bueno del encargado Técnico del proyecto y del ITO. Lo anterior podrá implicar la modificación de la carta Gantt.
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VII. DE LOS DOCUMENTOS DE LA LICITACIÓN |
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Esta licitación pública y los servicios que de ésta se desprendan se realizarán y regirán por los siguientes documentos:
- Las Bases Administrativas y Técnicas, las especificaciones y los anexos que se incluyan en este proceso de licitación.
- Las consultas, respuestas y aclaraciones, derivadas del procedimiento establecido en las presentes Bases de licitación.
- La oferta técnica y la oferta económica del oferente adjudicado.
- El contrato correspondiente a la adjudicación de los servicios licitados, sus anexos y los documentos que se entiendan incorporados al mismo.
- Las modificaciones efectuadas a las Bases Técnicas y Administrativas de esta licitación pública, si las hubiere.
- Otros antecedentes documentados que solicite o proporcione la Corporación.
La Corporación podrá modificar y/o hacer aclaraciones a las Bases de esta licitación, hasta antes de la fecha de cierre de la misma, por propia iniciativa, a objeto de precisar o complementar elementos de su contenido que, a su juicio, no hayan quedado suficientemente claros, y/o a causa de las consultas realizadas a través de la Plataforma de Compras, otorgando un plazo prudente para que los oferentes incorporen las modificaciones en sus propuestas.
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VIII. APERTURA DE LAS PROPUESTAS |
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La apertura electrónica de las ofertas económicas y técnicas se realizará directamente en el portal de Mercado Público. A la Apertura electrónica, se podrá invitar a los integrantes de la Comisión de Evaluación.
En la apertura del proceso, serán declaradas inadmisibles las ofertas que:
* No hayan presentado el documento de garantía por seriedad de la oferta, indicado en las presentes bases.
*No hayan realizado la visita a terreno.
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IX. EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS RECIBIDAS |
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Las ofertas serán evaluadas por una Comisión de Evaluación compuesta por los siguientes funcionarios:
- Jefe Departamento de Finanzas y Administración CONAF Atacama (o quien designe).
- Jefe Dpto. Areas Silvestres Protegidas, (o quien designe)
- Profesional Apoyo DASP, ( o quien designe)
- Profesional Externo (Constructor Civil o del Área de la construcción)
- Jefe Sección Administración, ( o quien designe)
Para este proceso de evaluación de las ofertas el rol de ministro de fe y asesor de la comisión será desempeñado por la abogada regional o quien la reemplace o designen.
La secuencia de evaluación considerará, primero, la verificación del cumplimiento de los Requisitos Mínimos de Evaluación, esto es, el chequeo de la recepción de todos los antecedentes requeridos, para concluir en la aplicación de los Criterios de Evaluación, señalados en las presentes Bases.
Nota: Dada la naturaleza de la licitación se podrá requerir el apoyo adicional de profesionales de la Corporación en las áreas técnica de obras, de Informática, Prevencionista de riesgo y administrativo. Además se podrá contar con un asesor del Gobierno Regional de Atacama.
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X. MODIFICACIÓN DE LAS BASES |
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La Corporación podrá complementar o modificar las Bases de Licitación, de acuerdo al Art. 19° del Reglamento de la Ley de Compras, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los Oferentes durante el proceso de consultas a través del foro, otorgando un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos, e informando de ello a través del sitio www.mercadopublico.cl. Estas complementaciones y /o modificaciones formarán parte integrante de las Bases.
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XI. DE LOS CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS |
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Para la evaluación de las ofertas recibidas, se considerarán como criterios relevantes para la adjudicación del servicio y/o mano de obra a contratar, los siguientes (cada aspecto será evaluado por separado):
Sustentabilidad social (Ponderación 15%)
Este criterio se evaluará aplicando una tabla de puntaje según cantidad de cartas compromisos presentadas en el proceso de Licitación, para la contratación de algún servicio en la comunidad local, requeridos para el desarrollo de la obra.
Los compromisos se presentarán según formato de cada oferente, indicando en ella los servicios a contratar para el desarrollo de la obra (Ejemplos, contratación de los servicios de pernoctación, de suministro de comidas, arriendo de espacio para bodegaje, subcontratos de obras u otros).
La comunidad local corresponderá a las comunidades inserta Caleta Pan de Azúcar y las comunidades aledañas al P.N. Pan de Azúcar de la comuna de Chañaral; comunidades locales de las Comunas de Diego de Almagro, Copiapó y Huasco.
Los puntajes serán los siguientes:
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Detalle
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Puntaje
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Más de 5 cartas compromiso
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100 puntos
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Entre 3 y 5 cartas compromiso
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50 puntos
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Menos de 3 cartas compromiso
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20 puntos
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0 cartas compromiso
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0 puntos
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Los compromisos presentados serán verificados por la Corporación con las personas firmantes y deben ser en las condiciones informadas en las Cartas Compromisos, salvo que la contraparte se desista voluntariamente de la prestación del servicio o modifique las condiciones establecida.
El formato de carta de compromisos será elaborado por el Oferente, las cuales deben contener como mínimo los siguientes datos:
- Descripción del Servicio y/o mano de obra
- Periodo mínimo de contratación del Servicio y/o mano de obra
- Identificación con nombre, rut , firma y teléfono de la persona con la que se contratará el Servicio y/o mano de obra
- Dirección en que se ubica el Servicio y/o mano de obra a Contratar
- Monto acordado para la contratación del Servicio y/o mano de obra
Nota: En caso que las cartas compromiso no presenten algunos de los contenidos mínimos indicados anteriormente, no serán consideradas.
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XI.A. CRITERIO OFERTA ECONOMICA |
- Criterio Oferta económica (Ponderación de 30%) Anexo 1 económico.
La oferta económica se evaluará por:
Precio ofertado a través del portal de Compras Públicas: (100% del criterio)
CONAF aplicará el método del “Análisis del Mínimo Costo”, donde se considera la relación entre cada oferta y la de menor costo, según la siguiente fórmula:
Puntaje económico = OM x 100
OE
Dónde:
OM: Valor Oferta total mínima
OE: Valor Oferta total en evaluación
El monto disponible o presupuesto estimado alcanza a $ 202.002.000 (Doscientos dos millones dos mil pesos).
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XI.C. EXPERIENCIA DE LOS OFERENTES |
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Experiencia de los oferentes en obras similares (20%)
(Subcriterio Experiencia en obras similares 70 %)
(subcriterio Experiencia en edificaciones en zonas aisladas 30%)
Para evaluar este factor el oferente deberá completar el Anexo T N°5 de las Bases.
Como experiencia se evaluará sólo obras similares que cumplan con los siguientes criterios: obras de construcciones de antenas o torres de radio o telecomunicaciones de a lo menos 10 metros de altura, realizadas por el oferente los últimos 10 años, demostrable con cartas de recomendación (según Anexo T-N°6) y algunos de los siguientes documentos:
*Facturas o Boletas que demuestren ejercicio en el rubro en el tiempo acreditar.
*Contratos firmados con trabajos del ejercicio comercial.
*Ordenes de compra emitidas por el portal mercado público que estén aceptadas.
Los documentos que acrediten la experiencia indicada en Anexo T N°5, serán exigidos como requisito para la firma del Contrato, previo a la firma de éste y deberán ser entregados a la Corporación, ingresando los antecedentes a través de la Oficina de Partes en un plazo máximo de 5 días hábiles siguientes a la fecha de adjudicación, será responsabilidad del Contratista preveer los tiempos necesarios para cumplir con los plazos en caso de un envío vía correo certificado. En caso de que el oferente no logre acreditar la experiencia en el período indicado, no se firmará el contrato generándose el cobro de la garantía de seriedad de la oferta. La CONAF podrá readjudicar al oferente que obtuvo el siguiente mayor puntaje.
Se ponderara el CRITERIO EXPERIENCIA entre los siguientes sub-criterios:
Sub-criterio: EXPERIENCIA EN OBRAS SIMILARES (70%)
Como experiencia se evaluara sólo obras similares que cumplan con los siguientes criterios: obras de construcción de antenas o torres de radio o telecomunicaciones de a lo menos 10 metros de altura.
La experiencia de los oferentes en obras similares será evaluada en los siguientes sub-criterios
a) Cantidad Proyectos ejecutados (50%):
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EL OFERENTE INDICA UNA EXPERIENCIA QUE CUMPLE CON LO DETALLADO EN EL CRITERIOS
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PUNTAJE
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ü Mayor o igual a 8 proyectos ejecutados
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100 puntos
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ü Mayor o igual a 6 y menor a 7 proyectos ejecutados
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75 puntos
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ü Mayor o igual a 4 y menor a 5 proyectos ejecutados
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50 puntos
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ü Mayor o igual a 2 y menor a 3 proyectos ejecutados
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25 puntos
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ü Menor o igual a 1 proyecto ejecutado ejecutados
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0 puntos
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b) Monto de Proyectos ejecutados (50%):
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EL OFERENTE INDICA UNA EXPERIENCIA QUE CUMPLE CON LO DETALLADO EN EL CRITERIOS
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PUNTAJE
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ü Mayor o igual a M$ 240.000.- en proyectos ejecutados
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100 puntos
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ü Mayor o igual a M$ 180.000.- y menor a M$ 240.000.- proyectos ejecutados
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75 puntos
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ü Mayor o igual a M$ 120.000.- y menor a M$ 180.000.- proyectos ejecutados
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50 puntos
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ü Mayor o igual a M$ 60.000.- y menor a M$ 120.000.- proyectos ejecutados
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25 puntos
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ü Menor a M$ 60.000.- proyectos ejecutados
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0 puntos
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Sub-criterio: EXPERIENCIA EN EDIFICACIONES EN ZONAS AISLADAS (30%)
Se evaluara la cantidad de proyectos ejecutados en zonas aisladas o remotas en los últimos 10 años.
Se entenderá por zonas remotas o aisladas para la presente licitación todo lugar geográfico que se encuentre alejado de zona urbana, a más de 50 km de ellas.
La experiencia de construcción edificación en zonas aisladas deberá indicarse en el Anexo T – 05 Técnico
Experiencia en Zonas Aisladas:
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EL OFERENTE INDICA UNA EXPERIENCIA QUE CUMPLE CON LO DETALLADO EN EL CRITERIOS
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PUNTAJE
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ü Mayor o igual a 3 proyectos ejecutados en zonas aisladas o remotas.
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100 puntos
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ü 2 proyectos ejecutados en zonas aisladas o remotas.
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50 puntos
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ü 1 proyecto ejecutado en zonas aisladas o remotas.
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15 puntos
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SI el oferente no presenta los antecedentes solicitados para evaluar este criterio, se otorgará puntaje de cinco puntos.
Nota: En el caso que el oferente sea una Unión temporal de proveedores (UTP), para evaluar el presente criterio se considerara lo señalado por el proveedor en su propuesta, pudiendo considerarse la experiencia de todos los miembros del UTP o de algunos de ellos, según se indique.
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XI.D. METODOLOGÍA DE EJECUCIÓN DE OBRAS |
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Metodología de Ejecución de Obras (Ponderación de 30%)
En este criterio se evaluarán los siguientes aspectos:
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SUB - CRITERIOS
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Metodología de trabajo
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Metodología especifica presentada
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20%
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Plan de actividades
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Coherencia entre actividades y plazos propuestos
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50%
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30%
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Coherencia entre actividades propuestas y asignación de recursos humanos y materiales
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50%
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Sub-criterio: Equipo de trabajo
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Capacidad del jefe de proyecto
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50%
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30%
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Personal idóneo y suficiente en experiencia
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50%
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Plazos
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20%
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Sub-criterio: METODOLOGIA DE TRABAJO (20%)
Se valorara la coherencia y pertinencia de las actividades identificadas para cumplir con los objetivos señalados en las bases técnicas, la comprensión del trabajo a realizar y la consistencia del proceso metodológico que se propone.
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CUMPLIMIENTO DE OBJETIVOS
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PUNTAJE
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Metodología especifica presentada contribuye con objetivos del proyecto
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100 puntos
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Metodología especifica presentada contribuye medianamente con objetivos del proyecto
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50 puntos
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Metodología especifica presentada no contribuye con objetivos del proyecto
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0 puntos
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Sub-criterio: PLAN DE ACTIVIDADES (30%):
Se estudiara el plan de actividades da cada proponente por lo cual será de importancia la relación existente entre la metodología propuesta, la organización y secuencia de actividades y el tiempo asignado a las mismas en cada etapa de la ejecución del proyecto
a) Coherencia entre actividades y plazos propuestos (50%):
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ACTIVIDADES Y PLAZO PROPUESTO
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PUNTAJE
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Metodología presentada en Anexo T – 04 Técnico, coherente con la organización, secuencia de actividades y tiempo asignado.
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100 puntos
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Metodología presentada en Anexo T – 04 Técnico, medianamente coherente con la organización, secuencia de actividades y tiempo asignado.
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50 puntos
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Metodología presentada en Anexo T – 04 Técnico, no es coherente con la organización, secuencia de actividades y tiempo asignado.
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0 puntos
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b) Coherencia entre actividades propuestas y asignación de recursos humanos y materiales (50%):
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ASIGNACION DE RECURSOS
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PUNTAJE
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Recursos humanos y materiales asignados son coherentes con las actividades propuestas en Anexo T – 01 Técnico: CARTA GANTT
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100 puntos
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Recursos humanos y materiales asignados son medianamente coherentes con las actividades propuestas en Anexo T – 01 Técnico: CARTA GANTT
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50 puntos
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Recursos humanos y materiales asignados no son coherentes con las actividades propuestas en Anexo T – 01 Técnico: CARTA GANTT
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0 puntos
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Sub-criterio: EQUIPO DE TRABAJO (30%):
Se valorara la conformación, organización, experiencia y nivel profesional del equipo de trabajo en relación a las distintas actividades propuestas en la metodología y el plan de actividades, las tareas específicas a ser desarrolladas por cada profesional y el tiempo asignado a cada una de ellas.
a) Capacidad y experiencia del Jefe de Proyecto(50%): (ANEXO TECNICO N°7)
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CAPACIDAD Y EXPERIENCIA
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PUNTAJE
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Considera Jefe de proyecto Profesional o Técnico en obras civiles, con experiencia en obras similares de más de 5 años.
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100 puntos
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Considera Jefe de proyecto Profesional o Técnico en obras civiles, con experiencia en obras similares de menos de 5 años.
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50 puntos
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Considera Jefe de proyecto Profesional con Experiencia en obras civiles, sin experiencia en obras similares.
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0 puntos
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b) Prevencionista de Riesgos idóneo y suficiente en experiencia (50%): (ANEXO TECNICO N°7)
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PERSONAL IDONEO
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PUNTAJE
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Prevencionista que tendrá la obra posee experiencia en obras similares de más de 5 años en promedio.
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100 puntos
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Prevencionista que tendrá la obra posee experiencia en obras similares de menos de 5 años en promedio.
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50 puntos
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Prevencionista que tendrá la obra no posee experiencia en obras similares.
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0 puntos
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Nota: El oferente solo deberá completar la experiencia del Jefe de Proyecto y Prevencionista en el Anexo Técnico N°7.
Sub-criterio: PLAZO (20%) ANEXO T N°1 (Carta Gannt)
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PLAZOS
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PUNTAJE
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Entre 150 y 160 días de ejecución de la obra
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100 puntos
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Entre 161 y 180 días de ejecución de la obra
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50 puntos
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Entre 181 y 210 días de ejecución de la obra.
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25 puntos
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Sobre 211 días de ejecución de la obra.
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0 puntos
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Si el oferente no presenta los antecedentes solicitados para evaluar este criterio, se otorgará puntaje cero.
A modo de aclaratoria los criterios que serán medidos corresponden a los siguientes:
De la coherencia técnica, se entenderá como la efectiva capacidad de realizar el trabajo solicitado con los recursos técnicos humanos y financieros declarados en su oferta en el plazo ofertado. Para determinar esta coherencia se analizarán el equipo de trabajo distribuido en horas diarias en la carta Gantt con el plazo indicado como máximo en su oferta. La metodología descrita deberá dar cuenta de esta distribución de tareas.
No Coherente: Es la oferta que presentando el anexo de metodología de trabajo (Anexo T N°4) se observen graves incoherencias técnicas las que se entenderán como las inconsistencias entre el equipo de trabajo, la programación (Anexo T N°1) o distribución de partida, el plazo de ejecución, la metodología descrita y la distribución del recurso financiero por cada actividad según lo estipulado en las bases técnicas, respaldado mediante una carta Gantt, elaborada según la asignación de profesionales y/o técnicos por hito y periodo detallado por actividad que pongan en riesgo la efectiva ejecución de la obra. Estas inconsistencias determinadas como graves serán justificadas con argumentos técnicos por comisión evaluadora.
Medianamente Coherente: Es la oferta que presentando el anexo de metodología de trabajo se observen moderadas incoherencias técnicas las que se entenderán como las inconsistencias entre el equipo de trabajo, la programación o distribución de partida, el plazo de ejecución, la metodología descrita y la distribución del recurso financiero por cada actividad según lo estipulado en las bases técnicas, respaldado mediante una carta Gantt, elaborada según la asignación de profesionales y/o técnicos por hito y periodo detallado por actividad que no pongan en riesgo la efectiva ejecución de la obra. Estas inconsistencias determinadas como moderadas serán justificadas con argumentos técnicos por comisión evaluadora.
Coherente: Es la oferta que presente coherencia técnica entre el equipo de trabajo, la programación o distribución de partida, el plazo de ejecución, la metodología descrita y la distribución del recurso financiero por cada actividad según lo estipulado en las bases técnicas, respaldado mediante una carta Gantt, elaborada según la asignación de profesionales y/o técnicos por hito y periodo detallado por actividad.
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XI.E. ANTECEDENTES FORMALES |
- Cumplimiento de antecedentes formales (Ponderación de 5 %)
En este criterio se asignará puntaje de acuerdo a la siguiente escala:
100 Puntos: Si presenta todos los antecedentes y requisitos solicitados en las Bases, hasta el cierre de la licitación.
50 Puntos: Si presenta todos los documentos y requisitos solicitados en las Bases pero parte de ellos entregados vía FORO posterior a la fecha de cierre de la licitación.
0 Punto: Si el Oferente no presenta algún documento formal (Administrativo), que le fuere solicitado por el Foro.
Si el oferente no presenta todos los documentos y requisitos solicitados en las Bases aún después de haberse solicitado por FORO Inverso, y en el evento de adjudicarse esta licitación deberá presentarlo al momento de la firma del contrato; si no fueren entregados, la Corporación podrá declarar inadmisible la oferta por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases.
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XII. CRITERIOS DE DESEMPATE |
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Frente a la igualdad de puntaje se optará por la oferta que tenga la más alta evaluación en la siguiente jerarquización de criterios:
1.-Experiencia
2.-Metodología de Obras
3.- Precio
4.-Sustentabilidad Social
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XIII. DE LA ADJUDICACIÓN DE LA LICITACION |
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La Corporación adjudicará la presente licitación pública de acuerdo a las presentes Bases Administrativas y, podrá declarar inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o consideraciones establecidas en las presentes Bases.
Podrá además, declarar desierta la Licitación pública cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses y/o excedan la capacidad presupuestaria de la Corporación; en estos últimos casos, dichas declaraciones deberán ser manifestadas por Resolución Fundada.
La adjudicación será publicada en el portal www.mercadopublico.cl, señalando el nombre del oferente seleccionado por la Corporación.
Esta licitación pública se adjudicará a la oferta que obtenga el mayor puntaje, de acuerdo a los criterios de evaluación indicados en las presentes Bases, salvo en los casos en que se produzca igualdad de puntaje; situación en la cual se aplicará la jerarquización de criterios indicados en el punto anterior.
La Corporación emitirá una Resolución de Adjudicación, la cual se publicará en el portal de compras del Estado www.mercadopublico.cl, de acuerdo a la normativa vigente.
La notificación de la Resolución de Adjudicación se entenderá realizada, luego de 24 horas transcurridas desde que CONAF publique dicha Resolución en el portal de compras www.mercadopublico.cl
Si la adjudicación no se realiza dentro del plazo señalado en las presentes bases de licitación públicas, la Corporación informará en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar y se indicará el nuevo plazo para la adjudicación.
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XIV. ANTECEDENTES DEL CONTRATO |
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Los antecedentes legales que debe cumplir y/o entregar el oferente adjudicado (persona natural o jurídica, según corresponda) en un plazo no superior a 5 días habiles contados desde la fecha de adjudicación: son los siguientes:
- Encontrarse inscrito en el Registro Oficial de Proveedores del Estado, denominado “Chileproveedores”. De no estar inscrito, deberá cumplir la instrucción de la Circular N° 09, de fecha 6 de Marzo de 2007, de los Ministerios del Interior y Hacienda, que se transcribe a continuación: “En caso que el o los proveedores adjudicados no estén inscritos en el registro electrónico oficial de contratistas de la Administración, Chileproveedores, estarán obligados a inscribirse dentro del plazo que estipula la Ley, contados desde la adjudicación o de la emisión de la orden de compra respectiva”.
- Copia de la escritura y extracto inscrito de constitución de la persona jurídica que póstula, sus modificaciones, y escritura en que conste la personería de su (s) representante (s) legal (es), en caso que el adjudicatario fuere una persona Jurídica. No se hará efectiva esta exigencia en caso que este antecedente se encuentre publicado en el registro electrónico “Chileproveedores”.
- Garantía de seriedad de oferta. Esta garantía se hará efectiva en caso que el oferente adjudicado no suscriba el contrato de prestación de servicios en el plazo señalado y/o no haga entrega de la garantía por el fiel cumplimiento del contrato. Dicho cobro se realizará sin mayor trámite, mediante simple acto administrativo.
Todos los gastos notariales e impuestos correspondientes a la protocolización del contrato, serán de cargo del contratista.
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XV. SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO |
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CONAF y el adjudicatario suscribirán un Contrato de ejecución de obras, el cual será publicado en la respectiva licitación pública del portal mercado público. Este contrato será confeccionado por la Unidad Jurídica Regional de CONAF y en él se establecerán las cláusulas que regirán el proceso de la ejecución de la obra, incluyendo derechos y obligaciones, los que deberán ser concordantes con lo estipulado en las presentes Bases. Contrato que deberá ser firmado por el adjudicatario dentro de los 5 días hábiles siguientes de haber sido puesto a su disposición, para la firma, por parte de la Unidad Jurídica Regional de la Corporación Nacional Forestal.
Si el oferente adjudicado no suscribe el contrato dentro del plazo establecido en el párrafo anterior, se entenderá que desiste de la ejecución del contrato, por lo tanto CONAF tendrá derecho a encomendar la realización de los servicios licitados al oferente que de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que se estime conveniente efectuar una nueva licitación, declarando desierto el proceso. Sin perjuicio de lo anterior, además, se hará efectivo el cobro de la Garantía de Seriedad de la oferta.
Del mismo modo, en el caso que el oferente adjudicado no entregare la garantía de fiel cumplimiento del contrato de acuerdo a lo estipulado en punto 8, la CONAF tendrá derecho a encomendar la realización de los servicios licitados al oferente que de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que se estime conveniente efectuar una nueva licitación, declarando desierto el proceso. Sin perjuicio de lo anterior, además, se hará efectivo el cobro de la Garantía de Seriedad de la oferta.
Cualquier diferencia en la interpretación de las Bases Administrativas, Técnicas y Anexos, será resuelta administrativamente por CONAF.
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XVI. DE LOS PAGOS Y RETENCIONES |
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El proveedor ingresara estado de pago a través de oficina de partes de Conaf Atacama previa visación del ITO junto a los siguientes documentos.
* Formato de Estado de Pago (Anexo Técnico "Metodología de medición de avance de obra) firmado por el ITO y Encargado Técnico del proyecto.
*Certificado de la Inspección del Trabajo por el período correspondiente que no registra deudas previsionales.
*Copia del pago de cotizaciones previsionales de los trabajadores que están en la obra. Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales (F30).
*Copia de los contratos, liquidaciones de sueldo y finiquitos si procede, que correspondan a cada mes de ejecución.
Luego de ser revisado y visado por el encargado técnico y el Jefe de Finanzas y Administración se solicitara a través del ITO la correspondiente factura, la cual deberá ser ingresada por oficina de partes de CONAF Atacama, para ser incorporada al expediente del estado de pago y su posterior envío al Gobierno Regional de Atacama.
El pago de la obra ejecutada se hará mediante estado de pago (Anexo T N°2), de acuerdo al avance de la obra y al cumplimiento de la programación financiera informado por la ITO presentada en Anexo Técnico "Metodología de medición de avance de Obra”.
Los estados de pagos deberán ser entregados a CONAF los días 20 de cada mes con objeto de ser enviados antes del termino de mes al Gobierno Regional de Atacama para su correspondiente pago.
CONAF tendrá un plazo de 5 días corridos contados desde la recepción de la factura para hacer observaciones y rechazarla si procede.
No se contempla anticipo de pago.
Condiciones CONAF para propuesta Financiera
* La cantidad máxima de estados de pago que podrá solicitar en la etapa de construcción es de 7 (Anexo T N°2). Además el proveedor deberá dejar un estado de pago para la etapa de la recepción final de la obra por parte de la Dirección de Obra de la Municipalidad Correspondiente.
* Por cada estado de pago se aplicara una Retención de un 10%, que será enterada en su totalidad al Contratista al momento de la Recepción definitiva de la Obra por parte de CONAF.
* Debe dejar al menos un 10% del presupuesto para el último pago, el cual incluye las recepciones finales.
Plazo de pago
El pago se realizará en un plazo máximo de 30 días corridos, contados desde la recepción conforme de la factura. La cual deberá ser extendida de la siguiente manera: Razón Social: Gobierno Regional de Atacama Rut: 72.232.200-2 Domicilio: Calle Los Carrera N°645 Copiapó.
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XVII. DE LOS SUBCONTRATOS |
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El adjudicatario podrá subcontratar, para ello deberá dejar constancia de la misma en el libro de obra. Sin embargo, el adjudicatario será siempre responsable de todas las obligaciones para con los trabajadores, empleados, proveedores u otros que omita pagar el subcontratante. El adjudicatario deberá cumplir con todo lo establecido en la normativa de accidentes laborales Ley 16.744.
Si el adjudicatario subcontrata sin que quede constancia en el libro de obra o no se encuentra al día en los pagos de sus trabajadores y/o de las obligaciones con el subcontratante, no se le cursará Estado de Pago alguno, hasta que no regularice dicha situación. Para acreditar esta circunstancia se le exigirán los certificados correspondientes.
Las empresas o persona natural contratistas deben cumplir con los requisitos de habilidad para contratar con el Estado y según el artículo 76 del Reglamento de Compras, el subcontratista o sus socios o administradores, no deben estar afectos a alguna de las inhabilidades e incompatibilidades del artículo 92 del mismo Reglamento.
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XVIII. DE LOS AUMENTOS, DISMINUCIONES, MODIFICACIONES U OBRAS NUEVAS |
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Si se produjeren variaciones en las necesidades institucionales durante la vigencia del contrato, será la Corporación Nacional Forestal quien autorice todas las modificaciones del contrato.
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XIX. DEL TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO |
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La Corporación podrá poner término anticipado al contrato, y a su voluntad podrá proceder al trato o contratación directa en los casos autorizados por la ley y el reglamento, o bien llamar a licitación nuevamente, por simple acto administrativo, sin necesidad de demanda ni requerimiento judicial, pudiendo hacer efectiva las garantías que se hubieren constituido, si concurre alguna de las causales que se señalan:
- Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
- Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
- Declaración de quiebra o incapacidad sobreviniente.
- Cancelación o extinción de la personalidad jurídica.
- Las demás que se establezcan en las respectivas Bases de la licitación o en el contrato.
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La constatación de que los integrantes de la UTP se constituyeron bajo aquella modalidad con el objeto de vulnerar la libre competencia.
7. En el evento de que uno de los integrantes de la UTP se retire de ésta, y dicho integrante hubiese reunido uno o más características objeto de la evaluación de las ofertas.
8. Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.
9. Disolución de la UTP
Casos en lo que no procederá el cobro de garantía:
- Mutuo acuerdo entre los contratantes, Resciliación.
- Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
- Caso Fortuito o Fuerza Mayor.
- Caso de muerte del adjudicatario, para personas naturales.
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XX. DEL TÉRMINO DEL CONTRATO POR INCUMPLIMIENTO |
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La Corporación podrá además dar término al contrato en caso de que el adjudicatario incumpla gravemente cualquiera de sus obligaciones y a su voluntad podrá proceder al trato o contratación directa en los casos autorizados por la ley y el reglamento, o bien llamar a licitación nuevamente, por simple acto administrativo, sin necesidad de demanda ni requerimiento judicial, haciendo efectiva las garantías que se hubieren constituido. Se considerarán para estos efectos incumplimientos graves las siguientes:
1. Atrasos y demoras NO autorizadas por la Dirección Regional de CONAF, en la realización de las obras materias del presente contrato.
2. No pago íntegro y oportuno de las obligaciones legales a sus trabajadores.
3. Mala ejecución de las obras o ejecución de obras distintas a las contratadas, situación calificada directamente por CONAF.
4. Incumplimiento reiterado y no justificado de las obligaciones que forman parte de las bases administrativas y especificaciones técnicas y de todos aquellos documentos que forman parte integrante de este contrato.
5. La no constitución oportuna ni la existencia, entrega y/o mantención continua de la vigencia de las garantías señaladas.
6. Incumplimiento de otras obligaciones esenciales, calificadas como tales al momento de suscribir el respectivo contrato, como asimismo en los demás documentos que las partes tienen como integrante del mismo.
7.En caso que la sumatoria de las multas aplicadas, por cualquier concepto, superen un 15%.
Si el término del contrato fuera imputable al adjudicatario, la Corporación Nacional Forestal continuará la ejecución de la obra de conformidad a la ley, y teniendo estados de pago pendientes, estos podrán retenerse con el objetivo de descontarse los perjuicios consistentes en el mayor costo de terminación de la obra y todo mayor gasto que sea ocasionado, directa o indirectamente por el incumplimiento.
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XXI. MULTAS Y SANCIONES |
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La aplicación de las multas se hará sobre el valor NETO del contrato, administrativamente, sin forma de juicio y se deducirán de los estados de pago, de las retenciones hechas al adjudicatario, o de la garantía del contrato si aquellas no fueren suficientes.
A: Por Atraso
El atraso en la entrega de los servicios contratados será la diferencia expresada en días corridos que exista entre el término del plazo establecido en el contrato, más las ampliaciones de plazo, si las hubiese, y la fecha de recepción de la obra por parte de la ITO, la cual debe estar debidamente registrada en el libro de obra.
El atraso en la ejecución y entrega de las obras, facultará a CONAF para resolver administrativamente con Cargo al Contrato una multa por cada día de atraso en el cumplimiento del plazo contractual la que será equivalente a 0.1% del valor neto del contrato.
En el caso que la CONAF ordene una paralización de Obra y el adjudicatario no acatare la orden, el periodo trabajado estará afecto a igual multa que los días de atraso.
Si durante la ejecución de la obra se produjeren atrasos parciales, ocasionados por fuerza mayor o por caso fortuito, el adjudicatario deberá presentar a la Inspección de la obra su justificación por escrito y consignado en el libro de obras, antes de que transcurran 7 días corridos desde que se hayan producido; pasado este período no se aceptará justificación alguna. La I.T.O de la Corporación Nacional Forestal estudiará el informe presentado por la Inspección y las razones invocadas por el adjudicatario para justificar el atraso y resolverá la aceptación o rechazo de la ampliación del plazo. Las interrupciones que puedan experimentar las obras a consecuencia del rechazo por la Inspección de materiales que no cumplan las condiciones del contrato, no autorizan al adjudicatario para solicitar prórroga del plazo.
B: Por incumplimiento de instrucciones de la l.T.O
Si el adjudicatario no cumpliere una instrucción de la I.T.O registradas en el libro de obra, se le aplicará una multa de 0.5% sobre el monto neto del del contrato por cada día que no se haya subsanado la observación una vez cumplido el plazo establecido por la I.T.O. Ante esta medida el adjudicatario tendrá un plazo de 5 días hábiles para presentar sus descargos al I.T.O.
Si el contratista no apela o si la apelación fuera rechazada y se resistiese a acatar la orden impartida por el mandante podrá, previa notificación, suspender la tramitación de los estados de pago según la gravedad del caso, y/o poner término anticipado al contrato por causas imputables a éste.
C: Por incumplimiento de Programa de Trabajo o Carta Gantt.
Se aplicará una multa del 0,5 % diario, sobre el valor neto del contrato, si el avance de las obras se encuentran más de un 10 % bajo los porcentajes acumulados en cada periodo de 28 días. El cómputo del plazo para el cálculo de la multa estará vigente mientras el contratista no compruebe que conforme al programa ha recuperado el atraso.
D: Por falta de aviso en caso de accidente de trabajo a la autoridad competente
Se aplicara una multa equivalente a 3 UTM en caso que el proveedor no de aviso en forma oportuna a la autoridad competente de accidentes de trabajo en las faenas.
Multas
Procedimiento de aplicación de multas:
1.- En caso de los incumplimientos mencionados anteriormente, CONAF comunicara al proveedor indicando la aplicación de la multa, por medio de carta certificada.
2.- El proveedor, tendrá un plazo de 3 días hábiles para realizar sus descargos, dicho plazo se contara desde la recepción de la carta, señalado en el número antecedente .
3.- Una vez transcurrido el plazo, para realizar los descargos, la Corporación emitirá una Resolución fundada, respecto a la aplicación o no de la multa.
4.- Respecto de la Resolución, el proveedor poseerá los recursos establecidos en la Ley 19.880.
5.- La aplicación de las multas se hará administrativamente sin forma de juicio, y se deducirán del estado de pago mas próximo por cursar.
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XXII. OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO |
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OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO
*El adjudicatario deberá revisar y conocer completamente el proyecto, ejecutando todos los trabajos solicitados de manera completa y oportuna, en tiempo y forma, con estricto apego a las bases.
*El adjudicatario debe dirigir los trabajos personalmente o a través de un profesional o especialista competente, por él designado, y atenderlos de manera que el avance de la obra esté de acuerdo con el programa de trabajo aprobado.
*Cualquier modificación al proyecto original deberá ser autorizado por el mandante y deberá registrarse en el libro de obras.
*La Corporación Nacional Forestal podrá exigir en cualquier tiempo que el adjudicatario mantenga un Arquitecto, Ingeniero Constructor o Constructor Civil, especialmente mandatado a cargo de las obras que se contraten.
*El adjudicatario está obligado a cumplir con todas las normas que el proyecto considera, gestionando y pagando todos aquellos permisos o autorizaciones que el proyecto requiera.
*Será responsable de todo el personal contratado para la ejecución de obras cumpliendo con normas de seguridad y prevención de riesgos asociado a dicho trabajo.
*El adjudicatario se obliga a cumplir las leyes laborales vigentes así como también toda normativa legal vigente aplicable al contrato.
*El adjudicatario deberá dar cumplimiento al Reglamento Especial para empresas contratistas y sub-contratistas de seguridad y salud en el trabajo, de CONAF.
*El adjudicatario deberá habilitar y mantener un libro de obras foliado y triplicado, en el que se anotarán las novedades de su ejecución y las instrucciones que imparta el Inspector, como las modificaciones que se autoricen en la obra, el que estará disponible y a la vista de CONAF en cualquier tiempo y cuando el mandante o sus delegados así lo requiera.
*Será obligación del adjudicatario mantener, en obra, copia de todos los contratos de trabajo, así como también todos los trabajadores deberán portar su cédula de identidad.
*Será responsabilidad del adjudicatario la procedencia de los materiales comprobando su óptimo estado, asegurándose que dichos materiales sean los especificados en las EETT. Si no fuese posible obtener los materiales especificados, estos deberán ser cambiados por materiales de igual o mayor calidad y en consenso con el mandante.
*El acopio de materiales deberá mantener el óptimo estado de materiales.
*Cuando el ITO y/o mandante encuentren trabajos en mal estado, podrá ordenar al adjudicatario rehacer la parte mal ejecutada. Los gastos que esto demande deberán ser pagados por parte del contratista considerando la inspección del ITO.
*Todas las herramientas, andamios, materiales e insumos necesarios para la óptima ejecución de las obras deberán ser proporcionados por el adjudicatario.
*Durante la ejecución de la obras, el adjudicatario contará con las medidas de seguridad y vigilancia necesarias para evitar pérdidas, hurtos, robos, daños o perjuicios producidos en el trascurso de la intervención.
*El adjudicatario deberá considerar todas las medidas necesarias para evitar daños a la obras, a su personal y a terceros. Si a pesar de las precauciones hubiese daños o perjuicios, el contratista queda obligado a reparar los daños causados e indemnizar los perjuicios.
*El adjudicatario asumirá todos los riesgos e imponderables de la construcción que signifiquen mayores costos, cualquiera sea su origen, naturaleza o procedencia. Así como de aquellos derivados de la mala construcción, por el empleo de materiales deficientes o de mala calidad. Por su parte será único y exclusivo responsable, de todos los daños provocados a las instalaciones, al medio ambiente, a funcionarios de CONAF o los ocasionados a terceros, por actos culpables o negligentes que se verifiquen en el desarrollo de las obras.
*Durante la ejecución de las obras se deberá mantener el orden y la limpieza en toda el área de intervención. Si el contratista no cumpliera con tal responsabilidad, el mandante podrá contratar a un agente externo, que realice tales funciones, descontando de la cantidad ofertada el costo de esta labor.
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XXIII. RESPONSABILIDAD DEL ADJUDICATARIO |
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El adjudicado deberá cumplir con la Ordenanza general de Urbanismo y Construcción (OGUC), Ley General de Urbanismo y Construcción (LGUC), ordenanza local y cualquier otra norma que corresponda al tipo de obra y emplazamiento de esta, siendo de responsabilidad del contratista, el pago de todos los permisos y/o derechos relacionados con la ejecución de la obras (permisos municipales, carga y descarga de materiales, traslado de materiales, retiro de escombros, etc.)
Como toda Empresa que suscriba contrato con la Corporación Nacional Forestal, el adjudicatario respectivo deberá aceptar y aplicar las normas y procedimientos generales de Prevención de Accidentes y las instrucciones escritas o verbales que le imparta al inspector respectivo sobre la materia, durante el desarrollo de las obras. Además de lo anterior, responderá del fiel cumplimiento de las disposiciones del Código del Trabajo, leyes previsionales, de medicina curativa y preventiva, sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, y en general, toda legislación social y previsional vigente.
El adjudicatario es el único responsable de la obra ante la Corporación Nacional Forestal y frente a terceros.
El adjudicatario será el responsable exclusivo de los daños y perjuicios que causare a funcionarios de CONAF o a terceros, y también respecto de su propiedad, ya sea por defecto del proyecto, por infracción a los Reglamentos y Ordenanzas, y en general, por cualquier error, negligencia o imprudencia de parte suya o de sus trabajadores.
DEL LIBRO DE OBRAS
El libro de Obras deberá ser en
triplicado y quedará bajo la custodia del adjudicatario, quien será el
responsable en caso de su extravío, enmendaduras, destrozos o adulteraciones
que contengan. Asimismo, será obligación del adjudicatario mantener dicho Libro
en un sitio adecuado para efectos de anotaciones oportunas de órdenes que sean
impartidas o efectuadas por los profesionales del Proyecto. El Libro de la Obra
quedará en poder de CONAF al término de la Obra, sin perjuicio que durante toda
la vigencia del contrato CONAF tendrá libre acceso al mismo en cualquier
tiempo.
Este
libro comenzará una vez iniciada la obra, registrando proceso constructivo e
hitos importantes del desarrollo del proyecto. Dejando constancia de los
siguientes aspectos del proceso;
*Visitas
relacionadas con el desarrollo del proyecto, órdenes, instrucciones,
observaciones y comunicación que estimen oportunas la inspección técnica de
Obra (ITO) y/o el mandante.
*En
caso de paralización transitoria de obras, o de fuerza mayor, se deberá
explicitar las causas de dicha decisión.
*En
caso de existir observaciones al momento de recepcionar las obras.
*Las
autorizaciones de posibles modificaciones de obra.
*Cualquier
otro aspecto que el jefe de obra considere relevante durante la ejecución.
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XXIV. DE LA EJECUCIÓN |
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El
adjudicatario debe iniciar los trabajos inmediatamente después de la firma del contrato de acuerdo con el programa de trabajo aprobado por la
Corporación.
La
demora por más de siete días corridos en la iniciación de los trabajos, y que
no haya sido causada por fuerza mayor o justificada plenamente ante el
I.T.O, dará derecho a la CORPORACIÓN para poner término anticipado al
contrato.
El
adjudicatario no puede hacer, por iniciativa propia, cambio alguno de las
bases, planos y especificaciones técnicas que sirvan de base al contrato, y si
lo hiciere, deberá reconstruir las obras sin cargo para la CORPORACIÓN, o
reemplazar, por su propia cuenta y costo, los materiales que a juicio de la
Inspección, se aparten a las condiciones del contrato.
Cuando
razones de orden técnico aconsejen paralizar o suspender temporalmente la
ejecución de las obras, las partes contratantes concordarán previamente la paralización
o suspensión, siempre y cuando esto no implique un incremento del presupuesto
asignado. El Director Regional de CONAF podrá autorizar la paralización o
suspensión del mismo hasta una fecha en que técnicamente sea aconsejable su
prosecución. Para avalar lo anterior, la Inspección técnica de la obra deberá
emitir un Informe Técnico, estableciendo las razones por las cuales deban
paralizarse temporalmente las obras.
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XXV. SUPERVISIÓN DE LA OBRA |
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Cumplidos todos los trámites que le den vigencia legal al contrato, se dará inicio al plazo contractual de la Obra.
La Corporación Nacional Forestal designará a un ITO para inspeccionar y controlar las obras quienes deberán entregar un Informe de avance cumplidos 30 días corridos de ejecución. Una copia de cada Informe se deberá incorporar al libro de obras respectivo.
La inspección citada en el punto precedente no libera al adjudicatario de ninguna de las obligaciones de responsabilidad que le son propias y dicha inspección no constituirá, en caso alguno, aprobación parcial o total de la Obra.
Los trabajos mal ejecutados, materiales mal empleados y elementos utilizados al margen de las normas técnicas correspondientes, que sean observados por la ITO, deberán ser sustituidos, reconstruidos, reparados o refaccionados a costa del adjudicatario en el plazo que la ITO establezca, según las indicaciones de esta, sin que ello represente, en caso alguno, aumento de Obra ni costo adicional para el Mandante.
Las observaciones efectuadas en el Libro de Obra por la ITO, deberán ser acatadas de inmediato por el adjudicatario, y su inobservancia será causal de multas parciales y/o término anticipado del Contrato, en caso de recurrencia.
La Inspección Técnica de la Obra (ITO) está facultada para no dar curso a los estados de pago cuando el adjudicatario no acreditare el pago oportuno de los sueldos, salarios e imposiciones de previsión del personal empleado en dichas faenas o trabajos, o bien, para ordenar retener de dichos estados de pago, las cantidades adecuadas por tales conceptos, los que serán pagados a cuenta del proveedor, a las personas o instituciones que corresponda.
La Inspección Técnica podrá solicitar en cualquier momento los Contratos de Trabajo de todas las personas que estén laborando, así como también solicitar la identificación de cada trabajador. Si se detectare que algún trabajador de la obra está sin contrato vigente, tal evento se consignará por escrito en el Libro de Obras y se le solicitará inmediatamente el abandono de la Unidad.
La inspección Técnica realizará visitas de inspección a las obras. En estas visitas se tratarán todos los temas relacionados con el desarrollo del proyecto, con el objetivo de ir avanzando según plazos, verificando la óptima ejecución del trabajo.
Sera responsabilidad del adjudicatario el contar con un teléfono permanente con el objetivo de permitir un contacto entre mandante y contratista.
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XXVI. DE LOS PAGOS Y RETENCIONES |
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En caso de que el Contratista tramite un estado de pago y existan deudas de remuneraciones y/o Previsionales con el personal que labora en la Obra, la CONAF podrá ejecutar los recursos retenidos para ser utilizados para el pago de estas deudas.
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XXVII. DE LA INSPECCIÓN DE LAS OBRAS |
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La inspección de las obras, será responsabilidad del I.T.O. (Inspector Técnico de Obras) el que velará por el correcto cumplimiento del contrato que en el caso de la Corporación Nacional Forestal lo suscribe en calidad de mandante quien establece las condiciones y requisitos que han de gobernar el cumplimiento de un contrato contra la cancelación de una compensación económica, y el adjudicatario (contratista) que suministra bienes y servicios de conformidad a lo pactado.
Ningún otro funcionario de CONAF podrá emitir directamente órdenes en la obra. Todo deberá ser canalizado a través del Encargado de Proyecto para que éste a su vez informe al I.T.O. quien deberá resolver.
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XXVIII. DE LA RECEPCIÓN DE LAS OBRAS |
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Terminados los trabajos, el adjudicatario notificará por escrito
en el Libro de Obras a la Inspección Técnica de la Obra, quien deberá verificar
el fiel cumplimiento de las bases, planos y especificaciones técnicas del
respectivo contrato y lo comunicará por escrito al Encargado del Proyecto,
indicando la fecha en que el proveedor puso término a la obra.
La
recepción provisoria de las obras se efectuará por una Comisión conformada por
él Encargado del Proyecto (o
quien lo represente), el jefe del Dpto. Finanzas y Administración o quien lo represente, la I.T.O. y funcionario del Gobierno Regional.
La
comisión deberá reunirse en las obras en un plazo no superior a 10 días
hábiles, a contar desde la fecha en que el adjudicatario solicite la recepción
de las obras. A esta reunión asistirá, aparte de la comisión, el adjudicatario
y/o su representante.
Verificado
y confirmado el término de las obras y el fiel cumplimiento del Contrato,
ajustado a los planos, especificaciones técnicas y proyectos de especialidad,
la ITO lo consignará en el libro de obras con la fecha exacta de término.
Si de
la Inspección de la obra que haga la Comisión, resulta que los trabajos no
están terminados o no están ejecutados en conformidad con las bases, planos,
especificaciones técnicas, o se han empleado materiales defectuosos o
inadecuados, la Comisión no dará curso a la recepción, fijando un plazo
para que el adjudicatario ejecute, a su costa, los trabajos y reparaciones que
aquella determine, situación que deberá quedar reflejada en el libro de obras.
Concluido
el plazo para subsanar las observaciones por parte del adjudicatario, la
comisión se constituirá nuevamente en terreno, para verificar la atención a las
observaciones y efectuar la Recepción Provisoria, si procediere, levantándose
el Acta de Recepción correspondiente. En caso de no cumplimiento, se procederá
a rescindir el contrato.
Si el
adjudicatario no hiciere las reparaciones y cambios que se ordenaren, dentro
del plazo establecido, la Corporación Nacional Forestal podrá
llevar a cabo la ejecución de dichos trabajos por cuenta del adjudicatario con
cargo a la garantía de fiel cumplimiento del contrato y/o retenciones, si las
hubiere.
Efectuada sin observaciones la recepcion definitiva de la obra por parte de CONAF, se procederá a realizar el pago del penultimo estado de pago ( según propuesta del adjudicatario) y a la devolución de las retenciones efectuadas en pagos anteriores. En caso que para el último estado de pago aún queden obras pendientes por ejecutar, del penultimo pago antes mencionado igualmente se retendra el 10%,
Una vez entregados a la Corporación los permisos de recepción definitivo se procederá a la liquidación final del contrato. Cumplida esta formalidad, y si no existen saldos pendientes a favor del mandante, la Corporación devolverá al adjudicatario el o los saldos de retenciones, si las hubiere.
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XXIX. OTRAS CLÁUSULAS |
- CONSULTAS
Y ACLARACIONES
Las consultas referentes a las Bases Técnicas
y Administrativas deberán ser realizadas sólo por la modalidad FORO del portal
de compras Mercado público, durante las fechas indicadas en el Calendario de
esta licitación. Las respuestas a dichas preguntas se publicarán a través de la
mencionada modalidad FORO.
- TRABAJADORES
DEPENDIENTES DEL ADJUDICADO
Será de responsabilidad única exclusiva del
adjudicatario velar por la salud, seguridad e integridad de sus trabajadores
dando estricto cumplimiento a la ley 16.744.
Los trabajadores que intervengan en la
prestación del servicio adquirido serán dependientes exclusivos del oferente
adjudicado, correspondiendo a éste cumplir las obligaciones legales,
previsionales, laborales y otras que le correspondan en cuanto empleador,
conforme a la legislación vigente. Por tanto, CONAF no tiene ni tendrá ningún
vínculo laboral ni ninguna especie de relación contractual con estos
trabajadores.
- OBSERVACIONES
A LA APERTURA DE LAS OFERTAS
Los oferentes podrán efectuar observaciones
dentro de las 24 horas siguientes a la apertura de las ofertas a través del
mecanismo establecido por el portal de compras, sin perjuicio de lo dispuesto
en el inciso final del artículo 33 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
Solamente para el caso de Apertura de las propuestas, automáticamente serán rechazadas las ofertas que no
cuenten con el documento de garantía por seriedad de la oferta.
- PRESENTACIÓN
DE ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS OFERENTES
En caso de que uno o más oferentes omitan
algún antecedente de carácter administrativo, podrán presentarlo en un plazo
fatal de 24 horas contados desde el requerimiento de CONAF, a través del FORO.
Se exceptúa de esta opción la entrega de antecedentes técnicos y económicos,
los cuales deberán ser entregados antes del vencimiento del plazo para
presentar ofertas. (Artículo N° 40 del Reglamento).
- CONSULTAS
POSTERIORES AL CIERRE DE LA LICITACIÓN
CONAF podrá realizar consultas y solicitar
antecedentes durante el período posterior al cierre de esta licitación y antes
de su adjudicación. Estas consultas serán realizadas a través de la modalidad
de FORO Inverso del portal de compras. Los antecedentes que se soliciten,
deberán estar orientados a aclarar aspectos de la oferta, o al requerimiento de
documentos o certificados originales, y no podrán constituir temas evaluables
de esta licitación.
- CONSULTAS
RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN
Las consultas respecto a la adjudicación se
recibirán a través del correo electrónico del funcionario encargado de la
licitación, las que serán respondidas por el mismo medio. Sólo se responderán
las consultas ingresadas hasta 48 horas (hábiles) a contar de la adjudicación.
- READJUDICACIÓN
DE LA LICITACIÓN
En los casos en que el oferente adjudicado no
suscriba el contrato dentro del plazo establecido, no entregue la garantía de fiel cumplimiento del contrato, no
cumpla con los requisitos para contratar establecidos en las presentes bases,
se desista de su oferta o sea inhábil para contratar de acuerdo con los
términos de la Ley 19.886 y su Reglamento, se entenderá que desiste de ejecutar
el contrato, por lo tanto, CONAF tendrá derecho a encomendar la adquisición de
los servicios licitados al oferente que de acuerdo al resultado de la
evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que se estime
conveniente efectuar una nueva licitación, declarando desierto el proceso. Sin
perjuicio de lo anterior, además, se hará efectiva la Garantía de Seriedad de
la Oferta.
- VISITA
A TERRENO
La visita a terreno ES OBLIGATORIA. Se realizará el día 30 de Julio del 2018, el punto de encuentro será la Oficina Regional Ubicada en calle Juan Martinez N° 55 a las 08.30 hrs.
Esta visita quedará consignada en un acta de asistencia que se levantará en el Portal de Compras Públicas y considerará un recorrido por los sectores de intervención con el propósito de dimensionar, prever y cautelar las condiciones propias del terreno, necesario para la correcta ejecución de las obras. La visita deberá coordinarse el día anterior con el Jefe de Areas Silvestres Protegidas, don Jorge Carabantes al email jorge.carabantes@conaf.cl con copia a luz.chacana@conaf.cl.
Los oferentes que no se presenten a la visita a terreno, no serán considerados en la evaluación.
Programación visita a terreno
08:30 Presentación de antecedentes del proyecto a oferentes.
Lugar: Oficina Regional Conaf, ubicada en Avenida Juan Martínez 55, Copiapó
09:30 Salida por Ruta 5 en dirección Sur por cuesta Cardones tomando luego by pass Toledo. Avistamiento cerros Capis e Infante.
12:30 Llegada al Parque Nacional Pan de Azúcar. Visita a Cerro Chango Aracena
14:30 Salida desde Pan de Azúcar en dirección a la ciudad de Diego de Almagro.
16:30 Llegada a Inca de Oro. Avistamiento Cerro Vicuña.
17:30 Ruta C-17. Avistamiento Cerro El Salto
18:00 Llegada a la ciudad de Copiapó. Termino de la visita.
- CONTRAPARTES
DE CONAF Las contrapartes técnicas será el Jefe DASP( Encargado Técnico del Proyecto) y el
I.T.O. de la obra. La contraparte administrativa de CONAF la ejercerá el Jefe del Departamento de Areas Silvestres Protegidas (o quien lo represente). El encargado del proyecto técnico del proyecto velará por el cumplimiento del contrato.
10.- Modificación de Programa de Trabajo durante la ejecución:
El adjudicatario podrá realizar ajustes en el Programa de Trabajo durante la ejecución de las obras hasta en 3 ocasiones distintas, que en ningún caso estos ajustes podrán implicar un aumento del plazo y presupuesto ofertado. De lo anterior y previa aprobación del ITO, deberá dejarse constancia en el libro de obra.
En el caso de ocurrir atraso o suspensión ocasionado por fuerza mayor o caso fortuito la empresa deberá entregar la programación de trabajo actualizada la que debe estar autorizada por la Unidad Técnica y deberá dejarse constancia en el libro de obra.
11.- Denuncias de Accidentes de Trabajo:
Es obligación del adjudicatario efectuar la denuncia de los accidentes de trabajo, y su no cumplimiento será sancionado con una multa de una UTM correspondiente al mes que ocurra el accidente, con cargo a las garantías o retenciones del contrato y su aplicación, cuando fuere necesario, se hará administrativamente.
Jurisdicción Aplicable
Cualquier dificultad que surja entre las partes será resuelta, una vez agotadas las gestiones extrajudiciales, por la Justicia Ordinaria, a la cual desde ya se someten las partes, estableciendo como domicilio la ciudad y comuna de Copiapó. Lo anterior, sin perjuicio de las facultades que la Controlaría General de la República pueda ejercer sobre la materia cuestionada.
13.- ALCANCE
FINAL
Las Bases Administrativas y Técnicas de esta
licitación pública, como también las aclaraciones a consultas realizadas a
través de las modalidades FORO y FORO INVERSO del portal de compras, forman
parte de las condiciones particulares del contrato que se suscriba en virtud de
esta licitación pública.
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XXX. ANEXOS DE ESTA LICITACIÓN: |
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ANEXOS ADMINISTRATIVOS (Evaluados)
Anexo 1. Identificación del Oferente
Anexo 2.Declaración de Conformidad con
las Bases
Anexo 3. Declaración de no haber sido
condenado por prácticas antisindicales
Anexo 4. Declaración de que no tiene calidad de funcionario
Anexo 5. Declaración de
no habérsele rescindido contrato
Anexo 6. Compromiso Equipo Profesional
Anexo 7. Seguridad y Salud Ocupacional
ANEXOS TECNICOS (Evaluados)
Anexo 1. Carta Gantt
Anexo 2. Programación Financiera
Anexo 3. Presupuesto detallado por partida
Anexo 4: Metodología Ejecución de la Obra
Anexo 5: Experiencia de los oferentes
Anexo: Base Técnica
ANEXOS ECONÓMICOS (Evaluados)
Anexo 1.- Economico
OTROS ANTECEDENTES TÉCNICOS
- Ficha Caracterización de sitios
- Fundación torres
- Ficha Lamina Región de Atacama
- Mapa Ubicación Antenas
- Metodología Medición avance de Obra
- Especificaciones Técnicas
Licitación ID 1088-5-LQ18: “CONSTRUCCIÓN E INSTALACIÓN DE TORRES PARA ANTENAS REPETIDORAS "
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XXXI. PACTO DE INTEGRIDAD |
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El oferente
declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta
expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y
cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las
que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos
integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la
información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo
a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes
compromisos:
1.- El
oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder,
sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo,
naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta,
con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos
que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas
a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso
licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y
ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2.- El
oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones,
actos o conductas que tengan por objeto influír o afectar de cualquier forma la
libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y
especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o
naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3.- El oferente
se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba
presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las
medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad,
consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4.- El
oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de
legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente
proceso licitatorio.
5.- El
oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y
condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes
y él o los contratos que de ellos se derivase.
6.- El
oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en
estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean
aplicables a la misma.
7.- El
oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio
es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y
económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con
la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8.- El
oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las
obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por
sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las
personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud
o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose
plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de
las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen
determinadas por los organismos correspondientes.
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XXXII. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS |
Los siguientes antecedentes técnicos se adjuntan en la base:
*Especificaciones Técnicas
*Bases técnicas
*Ficha Caracterización de sitios
*Fundación de Torres
*Lamina Región de Atacama
*Mapa Ubicación de Antenas
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XXXIII. FACTORING |
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- El contratista en la eventualidad que envíe las facturas a una empresa de factoring debe cumplir con el siguiente procedimiento, para que la Corporación proceda a realizar los pagos correspondientes:
1.- Informar oportunamente mediante una carta dirigida al Director regional de CONAF Atacama, indicando claramente todos los antecedentes de factura, empresa de factoring e incluir copia del contrato con dicha empresa.
2.- Dar cumplimiento al procedimiento de pago establecido en las presentes bases, vale decir cumplir con la entrega de todos los antecedentes que debe acompañar la factura al momento de su entrega.
3.- Cumplir con lo establecido en el Art. N°75 del reglamento en orden que no exista obligaciones o multas pendientes.
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XXXIV. SEGUROS |
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SEGUROS
El Contratista y/o sus Subcontratistas contratarán y mantendrán vigente hasta la recepción definitiva de las obras por parte de la Dirección de Obras Municipales respectiva, los seguros que se mencionan a continuación. Los seguros deberán cubrir los riesgos de todo el personal y de sus acciones.
a. Seguro de compensación legal de accidentes del trabajo. Se exige de acuerdo a Ley N° 16.744, sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.
b. Seguro contra todo riesgo de Construcción y Montaje. El Contratista deberá contratar a satisfacción del Mandante, un seguro contra todo riesgo de Construcción y Montaje, para cubrir las obras del Contrato, por el plazo que dure la ejecución de la obra y su aumento de plazo. El Contratista deberá incluir también en este seguro, las maquinarias y equipos móviles de su propiedad, que ocupará en la ejecución de las obras, como también los equipos y materiales del Proyecto, proporcionados por él y por el Mandante, que el Contratista o sus Subcontratistas deban montar. Además, deberá cubrir por medio de un adicional, el riesgo de transporte de los equipos y materiales de propiedad del Mandante y del Contratista, que deban ser trasladados desde sus propias bodegas, bodegas del Mandante, o bodegas de proveedores hasta el lugar de las obras. El seguro contra todo riesgo de construcción y montaje deberá cubrir en todo momento el costo total de las obras construidas, tanto directamente por El Contratista, como por sus Subcontratistas y todos los bienes y personas relacionadas con la obra de construcción. Se debe establecer claramente como asegurado adicional a la CORPORACIÓN NACIONAL FORESTAL.
c. Seguro de Responsabilidad Civil de Construcción. El Contratista deberá contratar a satisfacción del Mandante, un seguro contra daños a la propiedad pública y privada, y a las personas, para cubrir una responsabilidad civil, por el plazo que dure la ejecución de la obra y su aumento de plazo y por un monto equivalente al 10 por ciento del monto total del contrato. Esta póliza deberá ser de "Responsabilidad Civil Cruzada", considerando el personal, los bienes y las instalaciones del Mandante, como si fueran de terceros. Se debe establecer claramente como asegurado adicional a la CORPORACIÓN NACIONAL FORETSAL.
Las cláusulas de cobertura que deberá incluir, serán al menos las siguientes:
1.-Muerte de terceras personas y lesiones corporales causadas a las mismas.
2.-Daños causados a bienes de propiedad o arrendados directamente por el Mandante.
3.-Daños por incendio y explosión causados por El Contratista, su personal o terceros, como subcontratistas, instaladores, etc., o personal de éstos, que trabajen en la obra.
El hecho que el Mandante apruebe y acepte los seguros anteriores no limita la responsabilidad del Contratista, si los daños exceden el monto de la póliza o lo reglamentado por las autoridades o institutos de previsión. En tal caso el Contratista quedará personalmente responsable de cubrir cualquier diferencia. El Mandante está facultado para pagarse de los daños causados con ocasión del respectivo Contrato, de la garantía de fiel cumplimiento del Contrato. En caso que el Mandante ejerza esta facultad, el Contratista podrá recurrir al seguro para recuperar parte o el total del costo de los daños.
El Contratista se obliga expresamente a responder y pagar todo daño o perjuicio que se produzca o se ocasione en accidentes de tránsito u otros relacionados con la Obra contratada, cualquiera sea la causa, razón o motivo del accidente originado por responsabilidad total o parcial del Contratista. Dicha responsabilidad se extenderá incluso a aquellos casos en que encontrándose asegurado el riesgo respectivo, la Compañía de Seguro retardare el pago, o se negare a pagar los daños resultantes de acuerdo con cláusulas de la póliza u otras normas legales o reglamentarias o a disposiciones internas, comprometiéndose el Contratista a asumir la total responsabilidad en el accidente y a soportar el pago de tales daños o perjuicios, liberando al Mandante por los hechos que se produzcan y de todo cobro que se le formule.
El Contratista deberá mantener vigentes los Seguros mencionados, durante los periodos señalados para cada seguro. En caso de otorgarse extensión del plazo contractual o atraso en la Recepción Provisoria, el Contratista deberá prorrogar el período de vigencia de los Seguros, en igual número de días y el costo de éstos, será de cuenta del Contratista. El Mandante se reserva el derecho de verificar y exigir la vigencia de los Seguros anteriormente indicados. El contratista deberá acompañar una fotocopia de las pólizas de los seguros contratados al momento de la suscripción del contrato los cuales quedarán como antecedentes de dicho instrumento.
Todas las gestiones que sea necesario realizar ante las Compañías de Seguros, deberá hacerlas el Contratista a su cargo y costo. En todos los seguros deberán figurar como beneficiarios (asegurados) el propio Contratista y el Mandante.
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XXXXV SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL |
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Seguridad y Salud Ocupacional
Obligaciones Específicas Para Empresas Contratistas, Subcontratistas y Servicios Transitorios.
Las Empresas Contratistas y/o Subcontratistas, deben dar cumplimiento íntegro a lo establecido en el Reglamento Especial Para Empresas Contratistas y Sub – Contratistas de Seguridad y Salud en el Trabajo, también deberán cumplir con las siguientes obligaciones en materia de higiene y seguridad laboral:
a).- Equipo de Protección Personal:
Todo el personal dependiente de los contratistas o de las empresas subcontratistas deberá contar y utilizar correctamente los elementos de seguridad que sean requeridos en función de la tarea que se esté ejecutando.
En todo trabajo en altura con riesgo grave de caída, los trabajadores deberán usar arnés de seguridad según las normas que lo regulen, con cuerda de vida u otro sistema de seguridad que cumpla igual función.
En los lugares o faenas que presenten riesgos de daños o lesiones a la vista, el personal deberá utilizar anteojos de seguridad con protección lateral.
En ambientes donde se produzcan emanaciones tóxicas y en trabajos de limpieza con solventes y/o en interior de equipos, el personal deberá utilizar respiradores, guantes, delantales y cualquier otro elemento de protección personal que exija la hoja de seguridad del producto y en cualquier otra situación de trabajo especial o que requiera la utilización de alguna máquina o herramienta deberá utilizarse los elementos de protección personal indicados en las etiquetas de seguridad o manuales del fabricante.
b)- Protección de Máquinas - Herramientas:
El contratista o la empresa contratista deberán mantener protegidas las partes móviles y transmisiones de los equipos y máquinas-herramientas que utilice en la ejecución del trabajo.
Todas las máquinas y herramientas deben estar en perfectas condiciones de uso y mantención.
c).- Transporte, Carga de vehículos y Operación de Maquinaria:
Dentro de los establecimientos, deberán respetarse las normas de conducción de la Ley de Tránsito y cualquier otra norma interna establecida por CONAF.
Todo vehículo debe contar con su documentación y elementos de seguridad reglamentarios según la normativa legal vigente.
Los vehículos deben reunir, a lo menos, las siguientes condiciones: buen estado general mecánico y de carrocería, documentación del vehículo y del conductor.
No está permitido el tránsito o ubicación de personas debajo de cargas suspendidas.
Los conductores y operadores deberán acreditar sus respectivas licencias, cursos o certificados al día, según las exigencias de la normativa legal vigente.
Al transportar materiales o herramientas, éstas deberán estar bien estibadas y amarradas, de forma tal que no implique riesgos para los conductores, operadores o terceros.
No se admiten pasajeros en las maquinarias tales como tractores, grúas, camiones y cualquier otro vehículo que no esté destinado y en condiciones para transportar personal.
Los vehículos y maquinarias deberán ser utilizados únicamente para los servicios contratados.
Sólo con autorización previa del Departamento de Prevención de Riesgos Profesionales o sus unidades Regionales, el contratista podrá transportar materiales inflamables, sustancias tóxicas o explosivos dentro de los recintos de la Corporación. Lo cual deberá estar debidamente señalizado, según la normativa legal vigente aplicable al respectivo material a transportar.
Los conductores de camiones sin protección especial de cabina, deben salir de ésta cuando su vehículo está siendo cargado por una grúa, pala mecánica o métodos similares y alejarse a distancia prudente.
Toda maquinarias como grúas, y similares deben estar en perfectas condiciones de uso y mantención.
Los conductores y pasajeros si corresponde, deberán desocupar el vehículo durante el carguío de combustible.
d).- Servicios Higiénicos:
El contratista o las empresas sub-contratistas deberán proveer de los servicios higiénicos acordes a lo exigido en el D.S 594 reglamento de condiciones sanitarias básicas y ambientales en los lugares de trabajo, debiendo mantenerlas ordenadas, limpias y en condiciones higiénicas.
La disposición final de los residuos deberán ser dispuestos en lugares autorizados por la autoridad Sanitaria (entregar certificado de disposición final).
e).- Antecedentes de las Empresas Contratistas, Subcontratistas y Servicios Transitorios
- Copia de los contratos que mantiene la Corporación con las respectivas empresas contratistas, y de éstas a su vez con las subcontratistas, así como los que mantenga con empresas de servicios transitorios.
- Copia de la Razón Social de la(s) empresa(s), Rut y certificado de afiliación al Organismo Administrador de la Ley N° 16.744.
- Cronograma de las actividades o trabajos a ejecutar, indicando el nombre o razón social de la(s) empresa(s) que participará(n) en su ejecución (Carta GANTT).
- Listado de los trabajadores suministrados por la(s) empresa(s) contratista o/y sub-contratista.
- Copia de todos los antecedentes registrados en la identificación del Libro de Faena.
- Copia del comprobante de entrega del Reglamento Especial para Empresas Contratistas y Subcontratista de Seguridad y Salud en el Trabajo de Conaf, correspondiente al representante de la(s) empresa(s) contratista y sub-contratista, así como el comprobante de entrega a sus trabajadores.
- Informe de la evaluación de los riesgos que podrían afectar a los trabajadores en la obra, faena o servicios (Matriz de Control de Riesgos).
- Copia de los registros pertinentes relacionados con obligación de la(s) empresa(s) de informar a sus trabajadores de los riesgos que entrañan las labores; las medidas de control y prevención que deben adoptar para evitar tales riesgos y los métodos de trabajo correctos (Obligación de Informar de las empresas contratista o subcontratista y Procedimientos de trabajo seguro).
- Actas de entrega de los respectivos elementos de protección personal y ropa de trabajo a sus trabajadores, y registro de capacitación en el correcto uso de los elementos de protección personal de sus trabajadores.
- Copia del registro de entrega a los trabajadores del Reglamento Interno de Higiene y Seguridad o del Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad de la(s) empresa(s) contratistas o subcontratistas, según corresponda.
- Copia del Programa de Trabajo, aprobado por el representante legal de la respectiva empresa contratista y/o sub contratista, cuando corresponda.
- Exámenes Ocupacionales con evaluación para altura Geográfica y Altura Física (alteraciones de equilibrio)
- Copia del registro de la entrega del Protector solar.
- Copia del registro de la toma de conocimiento para trabajos en Altura.
- Registro de Capacitación para trabajos en Altura.
- Plan y Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Una vez iniciados los trabajos se deberá contar con los siguientes antecedentes, cuando correspondan:
- Copia de todas las actas de coordinación, con su respectivo listado de asistencia firmado por todos los asistentes.
- Copia de las observaciones registradas en el libro de faena perteneciente a la(s) empresa(s).
- Copia de los permisos especiales de ingresos emitidos por el administrador del contrato.
- Informe de siniestralidad y accidentalidad laboral de la(s) empresa(s) (Certificado Estadístico Organismo Administrador)
- Copia de las actas de constitución y el funcionamiento de los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad y los Departamentos de Prevención de Riesgos, cuando corresponda.
- Copia de las visitas y medidas prescritas por los organismos administradores de la Ley N° 16.744; e Inspecciones de entidades fiscalizadoras, copias de informes o actas, cuando se hayan elaborado. Correspondientes a las obras, faenas o servicios contratados por CONAF.
- Copia de las actas de constitución y el funcionamiento de los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad y los Departamentos de Prevención de Riesgos, cuando corresponda.
- Copia de las visitas y medidas prescritas por los organismos administradores de la Ley N° 16.744; e Inspecciones de entidades fiscalizadoras, copias de informes o actas, cuando se hayan elaborado. Correspondientes a las obras, faenas o servicios contratados por CONAF.
La información correspondiente será de uso exclusivo para fines atingentes al contrato, por lo que la información será manejada con la reserva correspondiente al caso.
NOTA: El contratista se obliga a mantener la Carpeta de arranque de Prevención, las cuales debe considerar:
1.- Plan de Emergencia por cada punto a intervenir en la ejecución de las obras.
2.- Matriz de riesgos correspondientes a los procedimientos involucrados.
3.-Analisis de riesgos de trabajo, para la metodología a aplicar.
4.- Certificados de los equipos de prevención
5.-Certificado de Altura Físicos y Geográficos según corresponda.
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