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Apertura de las ofertas |
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La apertura de las ofertas se realizará en forma electrónica de acuerdo a las fechas establecidas en el sistema.
La sola presentación de la oferta, importará la aceptación del oferente de todas y cada una de las condiciones señaladas en las presentes bases, en cuanto les sean aplicables.
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De la adjudicación |
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La adjudicación se realizará solo entre los oferentes que cuenten con la inscripción en el Registro de Proveedores del Estado, y que tengan habilidad para contratar con el Estado.
En el caso de que la mejor evaluación la obtenga un oferente sin lo solicitado, se procederá a adjudicar al que continúe en la respectiva tabla de evaluación, y así sucesivamente.
Se deja establecido que el servicio licitado se adjudicará a un solo proveedor.
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Readjudicación |
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En caso de que el proveedor rechace la adjudicación y/o la orden de compra, se procederá a readjudicar al proveedor que continúe en la respectiva tabla de evaluación.
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Plazo de adjudicación |
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Si la adjudicación de la licitación no se efectuase en el plazo indicado, podrá aplazarse éste mediante resolución fundada, indicando el nuevo plazo de adjudicación.
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Resolución de Empates |
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En caso de igualdad de puntajes de diferentes propuestas, será el criterio precio total de la oferta el que determine la adjudicación. En caso de persistir el empate será el criterio “Ubicación del recinto en donde se emplazarán los módulos de almacenaje” el que determine la adjudicación. Si aún persiste el empate será el criterio “características del servicio” el que determine la adjudicación.
Si aún persiste el empate será la primera oferta ingresada al portal la que determine la adjudicación.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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Las consultas referentes a la adjudicación, podrán hacerse hasta 2 días hábiles posteriores a la fecha de adjudicación, al correo electrónico ana.pinto@conaf.cl
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
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Posterior al cierre de la licitación no se aceptará ningún tipo de antecedente técnico, administrativo ni económico, a menos que estos sean solicitados por CONAF, a través del foro inverso del portal establecidos para tales efectos, lo que será evaluado en el criterio “cumplimiento de los requisitos formales de la presentación de ofertas”.
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Cláusula de confidencialidad |
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El proveedor adjudicado y el personal de su dependencia no podrán divulgar a terceros, bajo ninguna condición, el contenido del contrato y la información y/o documentación que, con motivo de su ejecución, reciba o tome conocimiento , actividades o cualquier otro tipo de información interna o propia de CONAF, respecto a su actuar administrativo, de investigación y de gestión. Específicamente, queda prohibido al proveedor adjudicado y a su personal, divulgar a hacer pública cualquier información obtenida y/o entregada.
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Aplazamiento del cierre de la licitación |
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En caso de no existir ofertas un día antes del plazo de cierre de la licitación, podrá aplazarse el cierre de la licitación por cinco días corridos desde la fecha de cierre original.
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Modificación de bases |
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De ser necesario podrán modificarse las presentes bases de licitación, para lo cual se emitirá y publicará una Resolución fundada, indicando la modificación y extendiendo el plazo de cierre de recepción de ofertas.
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Comisión evaluadora |
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Las ofertas que cumplan con todos los requisitos formales de presentación serán evaluadas por CONAF, quien constituirá para tal efecto, una comisión evaluadora integrada por el Jefe del Departamento Protección Contra Incendios Forestales o a quien designe, jefa del Departamento de Finanzas y Administración o a quien designe, Encargado Unidad Finanzas y Administración Departamento Protección Contra Incendios Forestales o a quien designe y como Ministro de Fe y asesor de la comisión, la Jefa de la Unidad de Jurídica o a quien designe. La comisión, luego de su evaluación, emitirá un acta o informe con el análisis de las ofertas evaluadas.
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Contrato |
El adjudicatario deberá suscribir el contrato correspondiente en el lugar y fecha que señale CONAF. En cualquier caso, éste se firmará en un plazo no mayor a 15 días hábiles a partir de la fecha de adjudicación.
Previo a la firma del contrato, si el adjudicatario es una sociedad, deberá entregar a CONAF los siguientes antecedentes, a menos que éstos se encuentren disponibles en el Portal www.chileproveedores.cl
1) Fotocopia legalizada de la escritura de constitución de la sociedad y de sus modificaciones.
2) Constancia de la inscripción del extracto y publicación en el diario oficial.
3) Certificado de vigencia de la sociedad.
4) Documento que acredite personería y facultades del o los representantes legales, con vigencia.
Si el contrato no se suscribe por la no entrega de la documentación señalada, la no entrega de la garantía de fiel cumplimiento de contrato, o por desistimiento por parte del adjudicado u otra causal, CONAF podrá licitar nuevamente o bien readjudicar la licitación a otro oferente, que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas, quien deberá cumplir con las exigencias establecidas en las bases de la licitación.
En caso que lo anterior se verifique y no hayan otros oferentes o existiendo éstos no cumplan con los requisitos establecidos en las bases, se procederá a declarar desierta la licitación.
La redacción del contrato será efectuada por CONAF, siendo su tenor conocido por el adjudicatario, con anterioridad a su firma, a fin que manifieste su conformidad u observaciones.
Las presentes bases de licitación, sus anexos y la oferta, formarán parte integrante del contrato a suscribir.
El contrato que se suscriba para formalizar el servicio descrito en esta licitación no podrá ser cedido ni transferido a un tercero bajo ningún título.
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Modificación de contrato |
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Cabe señalar que CONAF podrá modificar de común acuerdo con el oferente seleccionado, el contrato ya suscrito si así lo requiere, siempre que existan circunstancias o características fundadas de ejecución y que dichos cambios no se refieran a cláusulas esenciales del mismo.
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Termino anticipado del contrato |
CONAF podrá poner término anticipado al contrato, por las causales que se indica a continuación, las que no son de carácter taxativo:
1) Cualquier incumplimiento a las obligaciones establecidas en las respectivas bases de licitación y al respectivo contrato, facultará a CONAF para dar término anticipado al contrato, mediante una comunicación escrita remitida carta certificada al domicilio de la empresa, con 30 días corridos de anticipación.
2) El contrato puede terminar por mutuo acuerdo de las partes involucradas.
3) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores y en general cualquier incumplimiento de las obligaciones laborales.
4) En caso de muerte, declaración de quiebra o incapacidad sobreviviente del adjudicatario.
5) Cancelación o extinción de la personalidad jurídica.
6) Provocar por negligencia del personal del adjudicatario, daños a la propiedad de CONAF o de funcionarios de ésta.
7) No facilitar, cuando CONAF así lo solicite, documentos fotocopiados de las imposiciones, liquidaciones de pago o en general cualquier tipo de documento que emane de la relación laboral, de la totalidad de los trabajadores dependiente del oferente.
8) Inhabilidad del proveedor en el portal Chileproveedores durante la ejecución del servicio.
9) El no pago de 1 o más multas en el plazo estipulado en las presentes bases de licitación.
10) El haberse cursado más de 2 multas por incumplimiento o atraso en la entrega del servicio.
Cualquiera de estas causales hará incurrir al adjudicatario en el cobro total de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, a excepción de las números 2 y 4.
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Procedimiento de aplicación en caso de incumplimientos del contrato: |
1. En caso de los incumplimientos mencionados anteriormente, CONAF enviará carta certificada enviada al domicilio que el proveedor haya señalado en su oferta, comunicando la intención de poner término anticipado al contrato.
2.- El proveedor, tendrá un plazo de 5 días corridos, desde el envío de la carta certificada, señalada precedentemente, para efectuar sus descargos.
3.- Una vez transcurrido el plazo, para realizar los descargos, la Corporación emitirá una Resolución fundada informando lo resuelto.
4.- Respecto de la Resolución, el proveedor dispondrá de los recursos establecidos en la Ley 19.880.
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Sanciones y multas |
Serán consideradas como infracciones al contrato, y podrán ser sancionadas con multas equivalentes a 1 UF por incumplimiento, la cual se valorizará en pesos al momento de la emisión de la orden de compra del mes siguiente de emitida la Resolución que la aplica. Se podrá aplicar multa en los siguientes casos:
a) No continuidad en prestación del servicio, en cualquiera de los requisitos básicos establecidos.
b) Suspensión temporal de la vigilancia del recinto.
c) Obstrucción en las áreas externas a las bodegas de almacenaje dentro del recinto.
d) Causar daño o perjuicio, según calificación de CONAF, en los bienes de la Corporación.
e) No permitir el ingreso o egreso a las bodegas en los días y horarios convenidos.
Las multas serán de carácter acumulable y se aplicarán, previos a la facturación del pago. CONAF podrá aplicar la multa, por el valor de ésta.
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Procedimiento de aplicación de las multas |
a. En caso de que el adjudicatario incurra en uno o más incumplimientos mencionados anteriormente, CONAF comunicará esta situación, a través de carta certificada al domicilio indicado por la empresa dirigida al representante legal de la empresa adjudicada.
El adjudicatario, tendrá un plazo de 5 días hábiles, desde el envío de la carta certificada, para realizar las acciones de superación o corrección al incumplimiento que se hayan indicado en el registro ya mencionado y/o para formular descargos.
b. Una vez transcurrido el plazo para ejecutar acciones correctivas y/o emitir en términos formales los descargos, los que se deberán informar por correo electrónico dirigido al Director Regional, se podrá aplicar o no la multa correspondiente. En caso de proceder la aplicación de dicha multa, ésta se formalizará mediante Resolución del Director Regional, en un plazo de 05 días hábiles desde la recepción de los descargos o desde que haya transcurrido el plazo para efectuarlos. A su vez, el Director Regional comunicará al proveedor adjudicado la aplicación de la multa, a través de carta certificada al domicilio señalado por el adjudicado
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Modalidad de pago |
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El pago del servicio se efectuará por mes vencido contra la presentación de la factura, emisión de la orden de compra, y recepción conforme por parte de CONAF del servicio prestado, dentro de los 30 días corridos siguientes a la fecha de recepción de la factura respectiva. En la factura se debe indicar número de la orden de compra en la referencia de ésta para que pueda ingresar al proceso de pago.
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Plazo del contrato |
Se suscribirá con el oferente adjudicado un Contrato bajo la modalidad de convenio de suministro por un periodo de 12 meses contados desde la firma del respectivo contrato. El convenio de suministro se podrá prorrogar por un periodo de 12 meses adicionales al contrato inicial, siempre que este no sobrepase las 1.000 UTM.
Si se decidiera prorrogar el contrato el proveedor deberá extender el plazo de la garantía de fiel cumplimiento de contrato en las mismas condiciones de la garantía original.
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Trabajadores dependientes del adjudicado |
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Los trabajadores que intervengan en la prestación del servicio adquirido serán dependientes exclusivos del oferente adjudicado, correspondiente a este cumplir las obligaciones legales, previsionales, laborales y otras que le correspondan en cuanto empleador, conforme a la legislación vigente. Por tanto, CONAF no tiene ni tendrá ningún vínculo laboral ni de ninguna especie de relación contractual con estos trabajadores.
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Implementación de seguridad |
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El proveedor debe velar por el correcto uso de toda la implementación de seguridad, para el personal de su dependencia. Así mismo deberá tomar todas las precauciones necesarias para evitar accidentes ocurridos por causa de los trabajos licitados.
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Subcontratación |
En caso de verificarse subcontratación, será aplicable lo siguiente: El proveedor adjudicado deberá dar cumplimiento fiel y oportuno a las disposiciones legales contenidas en la Ley 20.123, que “Regula el régimen de subcontratación, el funcionamiento de las empresas de servicios transitorios y el contrato de trabajo de servicios transitorios”.
Los incumplimientos de esta normativa por parte del contratista, constatados por CONAF, podrán dar lugar al término anticipado del contrato, previa constancia de dichos incumplimientos o de irregularidades contenidas en la Ley N° 20.123.
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Características del servicio |
a) Líneas de Productos a licitar:
1. Servicio de almacenamiento, valor neto mensual, en contenedor-bodega marítimo de 40 pies (12 metros de largo x 2.40 metros de alto x 2.40 metros de ancho con 3 subdivisiones)
• Piso plancha de terciado estructural de 30 mm.
• Puerta exterior metálica con cerradura de seguridad.
• Cielo aislado térmicamente.
2. Servicio de almacenamiento, valor neto mensual, en contenedor-bodega de 20 pies (6 metros de largo x 2.40 metros de alto x 2.40 metros de ancho con 2 subdivisiones)
• Piso plancha de terciado estructural de 30 mm.
• Puerta exterior metálica con cerradura de seguridad.
• Cielo aislado térmicamente.
3. Servicio de almacenamiento, valor neto mensual, en contenedor-bodega de 10 pies (3 metros de largo x 2.40 metros de alto x 2.40 metros de ancho).
• Piso plancha de terciado estructural de 30 mm.
• Puerta exterior metálica con cerradura de seguridad.
• Cielo aislado térmicamente.
b) Requisitos Básicos:
El servicio deberá considerar al menos los siguientes requisitos considerados como básicos en el proceso de evaluación:
1. Las bodegas contenedores deben ser de uso exclusivo de CONAF, con administración de sus propias llaves.
2. El recinto debe contar con servicio de vigilancia las 24 horas del día los 7 días de la semana.
3. CONAF deberá tener acceso a las bodegas sin restricción de horario ni de días inhábiles (24/7).
4. El recinto debe contar con vías de fácil acceso.
5. El recinto debe tener accesibilidad para camiones de alto tonelaje.
6. El servicio debe contar con equipo de grúa horquilla para carga y descarga.
7. El recinto debe contar con iluminación externa a las bodegas de almacenaje.
Se hace presente que, cualquier servicio adicional a los básicos descritos precedentemente, darán lugar a obtener un mayor puntaje, de acuerdo a la tabla de evaluación de los criterios.
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