Licitación ID: 712307-62-LP18
CONSULTORIA MEJORAMIENTO AV. PEDRO DE VALDIVIA ENTRE EL ORBITAL Y P. NORTE
Responsable de esta licitación: SERVICIO DE VIVIENDA Y URBANIZACION IX REGION, Licitaciones y Costos
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 0
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
Dejar un reclamo sobre esta licitación Dejar un reclamo sobre esta licitación
Productos o servicios
1
Profesionales 1 Unidad
Cod: 80111715
INGENIERO CIVIL  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CONSULTORIA MEJORAMIENTO AV. PEDRO DE VALDIVIA ENTRE EL ORBITAL Y P. NORTE
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
SE REQUIERE LA CONTRATACION DE 1 PROFESIONAL PARA REALIZAR LABORES DE CONSULTORIA MEJORAMIENTO AV. PEDRO DE VALDIVIA ENTRE EL ORBITAL Y P. NORTE
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 2.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
SERVICIO DE VIVIENDA Y URBANIZACION IX REGION
Unidad de compra:
Licitaciones y Costos
R.U.T.:
61.821.000-6
Dirección:
O'Higgins 830
Comuna:
Temuco
Región en que se genera la licitación:
Región de la Araucanía
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 29-06-2018 12:00:00
Fecha de Publicación: 18-06-2018 16:24:43
Fecha inicio de preguntas: 18-06-2018 20:00:00
Fecha final de preguntas: 21-06-2018 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 22-06-2018 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 29-06-2018 12:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 29-06-2018 12:00:00
Fecha de Adjudicación: 09-10-2018 10:49:19
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- a) El oferente debe subir al Sistema de Información www.mercadopublico.cl uno de los siguientes documentos: a. Certificado de inscripción vigente a la fecha de la apertura de la licitación del Registro de Consultores del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, en el rubro, la especialidad y categoría que se indica a continuación: Rubro : Obras Especialidad : Inspeccion Tecnica de Obras y Procesos Categoría : 3° catergoria o Superior. b. Comprobante de ingreso por Oficina de Partes de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo respectiva, que acredite que se encuentra solicitada la inscripción del oferente en el Registro de Consultores el MINVU, en el rubro, la especialidad y categoría indicados en el punto anterior. Para la firma del contrato se requiere que el oferente adjudicado se encuentre inscrito y vigente en el Registro de Consultores del MINVU, por lo que el oferente que postule a la presente licitación bajo esta modalidad y resulte adjudicado deberá presentar el certificado de inscripción vigente al momento de la presentacion del primer estado de pago. De no hacerlo dentro de plazo, la adjudicación será dejada sin efecto por este solo motivo, readjudicándose de inmediato al oferente que siga en el correspondiente orden de prelación. b) Formulario de Presentación contenido en el Anexo A. c) Cédula Nacional de Identidad de la persona natural o del representante legal de la persona jurídica. d) RUT de la persona jurídica. e) Declaración Jurada simple, Persona Natural o Jurídica, Art. 4 Ley 20.238 (Anexos C / C’) f) Declaración jurada simple, firmada por el Consultor, acreditando no haber sido condenado como consecuencia de incumplimiento de contrato celebrado con alguna entidad regida por la Ley N° 19.886 de Compras, en los últimos dos años. En caso de personas jurídicas, dicha declaración deberá ser firmada por su representante legal. (Anexo D / D’) g) En caso de que el oferente sea persona jurídica, identificación de socios: individualización completa de los socios (nombre completo, número de cédula de identidad, estado civil, domicilio) indicando su porcentaje de participación en la empresa salvo que se trate de una sociedad anónima abierta. h) Certificados de títulos profesionales y/o especialización, del consultor y su equipo de trabajo. i) Currículum Vitae del consultor. El SERVIU se reserva el derecho de solicitar en cualquier momento la exhibición de la documentación original de los antecedentes citados al oferente que resulte adjudicado. j) Declaración jurada simple anexo E. El Certificado de Inscripción Vigente y la Calificación del Consultor (para efectos de evaluación), será verificado por la Comisión Evaluadora, a través de la plataforma virtual apta para dichos efectos. Para el caso de la Calificación, será considerada la correspondiente al año más cercano a la fecha de publicación de las presentes Bases de Licitación.
Documentos Técnicos
1.- Considerando los Proyectos a asesorar, el proponente deberá subir al Sistema de Información www.mercadopublico.cl los siguientes antecedentes: 1. Oferta Técnica: formada por: • Antecedentes de Propuesta Metodológica ofrecido. Se debe subir al Sistema una presentación PowerPoint o PDF, que contenga la Propuesta de Metodología a utilizar en el desarrollo de la consultoría: Etapas, metodología de trabajo, reuniones de revisión, consulta ciudadana, etc. • Formulario 1, Antecedentes de Experiencia del Consultor en procesos similares. Se debe subir al Sistema certificados de experiencia en proyectos similares.
 
Documentos Económicos
1.- El proponente deberá subir al Sistema de Información www.mercadopublico.cl, debidamente completado, el Anexo Formulario Oferta Económica adjunto. El monto o valor ofertado por el oferente o consultor para la consultoría no deberá ser superior al monto disponible señalado en las presentes bases. La oferta se expresará en pesos, sin derecho a reajustes ni intereses. Corresponderá a la consultoría terminada e incluido el pago de honorarios, impuestos, gastos notariales, materiales de trabajo, transporte. El valor de la Oferta deberá incluir todo gasto que irrogue el cumplimiento del contrato, sea directa, indirectamente o a causa de él. A su vez, el plazo total ofertado no podrá ser superior a 873 días aproximados, contados desde la fecha de la emisión de la orden de compra correspondiente.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Inscritos en Chileproveedores En caso que el o los proveedores adjudicados no estén inscritos en el Registro electrónico oficial de contratistas de la Administración, Chileproveedores, estarán obligados a inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la adjudicación o la emisión de la orden de compra respectiva
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Calificacion Registro Consultores RENAC Ver Anexos Criterios de Evaluacion 25%
2 Precio Ver Anexos Criterios de Evaluacion 5%
3 Oferta Tecnica Ver Anexos Criterios de Evaluacion 67%
4 Cumplimiento Requisitos Formales Ver Anexos Criterios de Evaluacion 3%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: SECTORIAL
Monto Total Estimado: 52200000
Justificación del monto estimado Monto incluye impuestos
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 873 Días
Plazos de pago: Otros
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: PATRICIO RIFFO C.
e-mail de responsable de pago: priffo@minvu.cl
Nombre de responsable de contrato: JORGE TRUJILLO C.
e-mail de responsable de contrato: jtrujillo@minvu.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-45-2964444-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
El servicio debe ser realizado por el oferente, La experiencia es condicion escencial del contrato.
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: SERVIU ARAUCANIA
Fecha de vencimiento: 31-03-2021
Monto: 200000 Peso Chileno
Descripción: Para garantizar el Fiel Cumplimiento del contrato
Glosa: Para garantizar el Fiel Cumplimiento del contrato de la consultoría: CONSULTORIA MEJORAMIENTO AV. PEDRO DE VALDIVIA ENTRE EL ORBITAL Y P. NORTE ID 712307-62-LP18
Forma y oportunidad de restitución: La garantía será devuelta en el plazo máximo de 15 días hábiles, contados desde la fecha de la Resolución que sanciona el término de la prestación del servicio.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
9.1.- Documentos que rigen la propuesta y el contrato
9.1.1. Ley 19.886 y su reglamento, las presentes bases, sus anexos, aclaraciones y respuestas, la oferta del adjudicatario, la resolución de adjudicación, la orden de compra y las instrucciones técnicas que emita el SERVIU Región de la Araucanía. Los interesados en conocer dichos documentos podrán hacerlo accediendo a www.chilecompra.cl, desde donde se podrá obtener dicha información cuando esté disponible.

9.1.2. El D.S. Nº 135, de 1978, de V. y U. Reglamento del Registro de Consultores del MINVU. Para todos los efectos legales, el Consultor fijará su domicilio en Temuco y se someterá a la Jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de Justicia de la ciudad de Temuco.
9.2.- Validez de la Oferta
Las ofertas tendrán una validez mínima de 30 días contados desde la fecha Cierre para Recepción de Ofertas indicada en estas bases. Si dentro de ese plazo no se puede realizar la adjudicación, el SERVIU Región de la Araucanía, podrá solicitar a la adjudicataria una prórroga de la oferta de hasta por igual período. Si la adjudicataria no lo otorgara, la oferta se entenderá desistida y el SERVIU Región de La Araucanía podrá adjudicar al oferente que, cumpliendo con los requisitos de adjudicación, le siga en el orden de prelación en la evaluación de las Ofertas.
9.3.- Errores u omisiones
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, el SERVIU Región de la Araucanía, podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información www.chilecompra.cl. Lo anteriormente indicado será considerado como incumplimiento de los requisitos formales de la licitación, cuando este sea de responsabilidad del oferente.
9.4.- Adjudicación, readjudicación y criterios de desempate

El SERVIU Región de la Araucanía, adjudicará la licitación al oferente que, cumpliendo con los requisitos establecidos en las bases, obtenga el mejor puntaje tras la evaluación de las ofertas presentadas. Si dos o más oferentes obtuvieren el mismo puntaje final de la oferta, se utilizará el siguiente criterio de desempate en orden de prioridad:

1° Puntaje sub Ítem Experiencia del consultor.
2° Puntaje sub ítem Experiencia del Consultor en Proyectos Similares.
3° Puntaje Entrevista Personal.

El proponente será citado a una entrevista, a traves de los medios formales establecidos; la no participacion de esta entrevista (lugar y horario indicado) dará puntuacion de "0" puntos, de acuerdo a lo señalado en las respectivas base de licitacion (criterios de evaluación)


Sin perjuicio de lo anterior, el SERVIU Región de la Araucanía, se reserva el derecho de declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando estas no resulten convenientes a sus intereses. Dichas declaraciones serán por resolución fundada, publicadas en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl. En caso de que el oferente originalmente seleccionado se rehúse a aceptar la orden de compra, se desista de su oferta, sea inhábil para contratar con el Estado de acuerdo a los términos establecidos por la Ley 19.886 y su Reglamento, no acepte la orden de compra correspondiente en el plazo de 5 días hábiles desde su emisión, el SERVIU Región de La Araucanía podrá adjudicar la licitación al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas, oferente que deberá cumplir con todos los requisitos necesarios para la adjudicación, y así sucesivamente entre los oferentes evaluados y por orden del puntaje obtenido.

El SERVIU comunicará a través del portal www.mercadopublico.cl la decisión de adjudicación de la propuesta en la fecha estipulada en las bases. Los proponentes cuyas propuestas no fuesen aceptadas, no tendrán derecho a pretender indemnizaciones.

9.5.- Plazo de la consultoría

El plazo de la consultoría será de 873 días aproximados, desde la fecha de adjudicación. Los plazos indicados deben considerar todas las etapas de la consultoría, indicadas en el punto 9.8.

Prorroga del contrato, dependera de la disponibilidad presupuestaia y de la calificacion del consultor la cual debe ser superior a 70 puntos,; y cuyo periodo de extencion no podrá ser superior al contrato inicial.







9.6.- Descripción general de los productos a contratar

se desempeñará como “Coordinador de la Asesoría” bajo las instrucciones del Inspector Técnico, reportando diariamente al Inspector Técnico de los acontecimientos ocurridos en el día. Deberá orientar al personal que trabaja en la inspección  de la obra. Esta labor en terreno tendrá además importancia por su acción detectora de errores u omisiones del Proyecto y para buscar soluciones y proponerlas al Inspector Técnica. 

9.7.- Supervisión y coordinación del contrato
El SERVIU Región de la Araucanía, definirá una Supervisión Técnica que ejercerá las siguientes funciones:
• Supervisar, coordinar y fiscalizar el cumplimiento de las gestiones establecidas en las presentes bases para el oportuno cumplimiento del contrato.
• Dar visto bueno y recepción conforme de los productos parciales y finales, como también la tramitación de pagos y sanciones.
• Las demás que le encomienden las presentes bases. El SERVIU Región de la Araucanía, a través de la Supervisión Técnica que se designe para la coordinación y supervisión de contrato, impartirá instrucciones técnicas al consultor adjudicado, con el propósito de orientar el adecuado desarrollo de los servicios contratados.

La Supervisión Técnica definida para velar por el cumplimiento de los servicios y entrega de los productos será el Jefe Oficina de Ejecución de obras.
9.8.- Etapas, productos a entregar por etapa y pago de los servicios prestados

La consultoria se pagará en pesos chilenos mediante estados de pago. El pago será efectuado dentro de los 15 días siguientes, contados desde la recepción conforme de la boleta de honorarios o factura correspondiente más los productos correspondientes, los que deberán contar con la conformidad de la Supervisión Técnica del SERVIU Región de la Araucanía. El SERVIU podrá solicitar información adicional al proveedor adjudicado en caso que lo estime pertinente, para verificar la correcta facturación. En este caso, se pospondrá el pago correspondiente hasta que se reciban y analicen todos los elementos correspondientes. En caso de existir multas por incumplimiento del plazo contractual, éstas serán descontadas del siguiente estado de pago, según lo establecido en las presentes bases.

El precio de la consultoría será pagado en parcialidades mediante Estados de Pago, los que se presentarán en el SERVIU Región de La Araucanía una vez cumplida y aprobada cada Etapa señalada en cuadro adjunto. Cada etapa es equivalente a 30 dias corridos:



Refierase a documento: Mejoramiento Av. P. de Valdivia entre el Orbital y Prieto Norte, adjunto en las bases.

9.9.-Responsabilidades y deberes del adjudicatario

  1. El consultor deberá disponer de los siguientes implementos para el desarrollo del contrato:

     

  1. Notebook (1); el notebook deberá contar con los accesorios necesarios para su correcto funcionamiento, además de conexión a internet personal o banda ancha móvil.

  2. Teléfono Celular (1); el teléfono celular deberá contar con un plan de internet y minutos mensuales, necesarios para mantener una oportuna comunicación.

  3. Implementos de Seguridad; el oferente adjudicado deberá contar con los exigidos por la normativa vigente para las Obras de Construcción.

  4. Cámara Digital (1); el oferente deberá contar con una cámara fotográfica, para mantener respaldo secuencial del trabajo en terreno, la cual debe contener las siguientes características: Mínimo 8 Megapíxeles, Video VGA.

     

  1. Además,

     

  1. Revisar diariamente el avance de la obra en terreno, verificando el cumplimiento de los antecedentes técnicos y administrativos, emitir  reportes y dar recomendaciones al Supervisor SERVIU (mínimo cinco visitas por semana)

  2. Obtener diariamente información de terreno, verificar los avances de obra, tanto físicos como financieros, de tal forma de permitir un adecuado control de las obras y de los pagos asociados. Las actividades de la fiscalización, deberán desarrollarse en forma compatible con la legislación y reglamentación vigente, las normas técnicas (NCh) y especificaciones técnicas propias de cada proyecto.

  3. Aplicar la metodología establecida en el Manual de Inspección Técnica de Obras, aprobado mediante el D.S. 85/2007 de V. y U.

  4. Adoptar, en caso de detectarse graves defectos constructivos, emergencias climáticas o naturales, accidentes laborales graves o cualquier otra contingencia que pueda afectar gravemente las obras inspeccionadas; las medidas que sean de su competencia, informando inmediatamente al Inspector Técnico de Obra SERVIU.

  5. Apoyar al ITO SERVIU en el control administrativo del contrato.

  6. Proporcionar un Libro de Inspección, que servirá como medio de comunicación oficial entre Inspección, proyectistas y contratistas.

  7. Mantener al día, y ordenadamente la documentación del contrato, en cuanto a: planos, especificaciones, certificados, cartas, formularios y toda otra información relacionada con el proyecto, desde el inicio al término de la asesoría.

  8. Verificar el cumplimiento por parte del contratista, de los programas de avance de obra, plazos y fechas, sean estos parciales, totales o finales, todo conforme a contrato

  9. Remitir de forma mensual al ITO SERVIU, el Informe de Avance de las Obras, comunicando el estado de desarrollo físico y económico de la obra, los hechos más relevantes producidos, y situaciones de conflicto presentes (en caso de que existan).

  10. Efectuar las labores propias de la gestión de fiscalización que se refieren a, recepción de las obras.

  11. Informar oportunamente al ITO SERVIU, de situaciones de conflicto o irregularidades (de forma inmediata), que hayan ocurrido en la obra.

  12. El consultor no podrá traspasar el contrato o subcontratar estudios sin la autorización escrita de la Supervisión Técnica, quien informará oportunamente de ello para su autorización. Los daños que se ocasionaren a terceros en el desarrollo de la consultoría serán de cargo del consultor, salvo aquéllos que se produzcan dentro de la obra y que, por tanto, queden amparados dentro del seguro de accidentes que todo contratista debe contratar para las obras que se realicen para el SERVIU de acuerdo al DS N° 236/02 de V. y U. En el desarrollo del trabajo, el consultor deberá respetar las disposiciones municipales y reglamentarias pertinentes y acatar las instrucciones que le formule el SERVIU a través de la Inspección Técnica.

  13. El consultor deberá propender al estricto cumplimiento a la Carta Gantt de ejecución de las obras por parte del contratista y a los términos técnicos de referencia del proyecto. Durante la vigencia del contrato resultante de este proceso licitatorio

  14. Asistir a todas las reuniones de coordinación y control que requiera el SERVIU Región de la Araucanía

  15. Disponer de los recursos técnicos para asegurar el cumplimiento de los requerimientos.

        9.10.- Sanciones
        - Si el consultor no cumple oportunamente con la disposición de mantener vigente la garantía por fiel cumplimiento del contrato ésta será ejecutada y quedará a beneficio fiscal.
        - si el consultor incumple los plazos por entrega de los productos por etapa.
        - Si el consultor no da cumplimiento a cualquier instrucción por escrito del Inspector Técnico a cargo de la consultoría, se le aplicará una multa equivalente al 0,15 por ciento del monto del contrato, por cada día de atraso, la que será descontada en el estado de pago siguiente.

        Si a criterio del Consultor existiere fuerza mayor o caso fortuito que justificaren un retraso en el término del proyecto, las razones serán dadas a conocer por éste mediante una solicitud escrita ingresada a la Oficina de Partes del SERVIU, dentro de los cinco días siguientes de sucedido los hechos que invoca, lo que será calificado por el SERVIU de manera fundada. Las multas serán aplicadas por el SERVIU de acuerdo al procedimiento establecido en la Ley 19.880 de Procedimiento Administrativo, y se descontarán del estado de pago siguiente o de la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
        9.11.- Término anticipado del contrato
        El contrato podrá terminarse anticipadamente por el SERVIU Región de la Araucanía, sin derecho a indemnización alguna para el proveedor adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:
        - Por resciliación o por mutuo acuerdo entre las partes.
        - Por caso fortuito o fuerza mayor.
        - En los casos indicados precedentemente, el SERVIU devolverá al consultor la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
        - Por estado de notoria insolvencia del adjudicatario.
        - Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el adjudicatario.
        - Por el incumplimiento infundado de una o más instrucciones técnicas entregadas por el SERVIU.
        - Por la no observancia del más alto nivel ético en el desempeño de la gestión encomendada o la comisión de actos de fraude, corrupción, soborno, extorsión, coerción y/o colusión de conformidad con las normas de probidad administrativa contemplada en la Ley Orgánica de Bases de la Administración del Estado, Estatuto Administrativo y con la legislación penal contenida en el código del ramo, que sanciona esta clase de ilícitos.
        - Por incumplimientos de las obligaciones establecidas en las presentes bases en materia de seguridad de la información.
        - Si el consultor no diere cumplimiento a los plazos en la entrega de los productos parciales o totales contratados, según lo establecido en las presentes bases administrativas en mas de dos ocasiones.
        - Si el consultor fuere declarado en quiebra, o le fueren protestados documentos comerciales, que se mantuvieren impagos por más de sesenta días. Se deja constancia que el Supervisor a cargo del contrato podrá solicitar en cualquier momento un informe de estado comercial y financiero del consultor a fin de verificar esta situación, estando obligado el adjudicatario a entregarlo en un plazo máximo de 3 días hábiles.
        - El incumplimiento injustificado será considerado como incumplimiento de instrucción y será causal de aplicación de la respectiva multa.
        - Si el consultor o alguno de los socios administradores fuera condenado por algún delito que merezca pena aflictiva o, tratándose de una sociedad anónima, lo fuere algún miembro del Directorio o Gerente.
        - Si el consultor no renueva oportunamente las garantías, en los casos que corresponda. En caso de término anticipado, el adjudicatario deberá satisfacer íntegramente los servicios que hubieren quedado pendientes antes de la notificación del referido término anticipado, debiendo entregar en todo caso un informe de situación actualizado a la fecha de término de prestación de sus servicios.
        - Por calificacion inferior a 70 puntos
        - En caso de muerte del consultor, el contrato quedará resuelto y se procederá administrativamente a la liquidación de los trabajos ejecutados, conforme al avance del proyecto.
        9.12.- Exigencia de no registrar saldos insolutos
        El proveedor adjudicado deberá acreditar que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con sus trabajadores contratados en los últimos dos años y la oportunidad en que ellos serán requeridos (Articulo 22 punto 9 del Reglamento 250) mediante certificado de la inspección del trabajo en cada estado de pago. No aplica para persona natural sin trabajadores a cargo.
        9.13.- Exigencia de adhesión al Sistema de Seguridad de la Información del SERVIU Región de La Araucanía
        Se deja constancia que el oferente que resulte adjudicado se obliga expresamente a cumplir con la Política de Seguridad de la Información del SERVIU y del MINVU, a utilizar la información únicamente para los propósitos autorizados, a respetar la confidencialidad de la información en los casos en que proceda; a reportar y tratar los eventos de seguridad de la información conforme a los procedimientos existentes, a procesar la información adecuadamente, asegurando su integridad.

        Toda información que el Consultor, los integrantes de su Equipo de Trabajo, sus dependientes, contratistas u otras personas vinculadas a aquél, conozcan o llegaren a conocer con ocasión o a propósito de este Estudio y sus actividades complementarias, serán y se mantendrán como propiedad confidencial. El incumplimiento de esta obligación autorizará al SERVIU Araucanía, para poner término anticipado al contrato. No obstante lo anterior, las disposiciones de esta cláusula no se aplicarán en los siguientes casos:

        a) Cuando la información a la fecha en que se revela sea de dominio público por motivos que no resulten del incumplimiento de esta cláusula por parte del Consultor, los integrantes de su Equipo de Trabajo, sus dependientes, contratistas u otras personas relacionadas con aquél.

        b) Cuando por virtud de la ley, o por resolución judicial, el Consultor sea obligado a revelar la referida información.
        9.14.- Pacto de integridad
        El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

        1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven, en especial en todo lo que dice relación con el contrato de la/s obra/s que le corresponde apoyar en su correcta ejecución,.

        2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.

        3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.

        4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.

        6. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

        7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

        8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
        9.15.- Disposiciones generales
        Las situaciones no consultadas en las presentes Bases Administrativas Especiales, como así también, los vacíos que se pudieren presentar durante el transcurso de la prestación de los servicios de asesoría y motivados por factores de contrato, serán resueltas por el SERVIU Región de La Araucanía, mediante resolución fundada.
        9.16.- Calificaciones

        La gestión realizada por el consultor deberá ser calificada por el SERVIU REGIÓN DE LA ARAUCANÍA, de acuerdo al D.S.Nº135, de 1978, de V. y U. Reglamento del Registro de Consultores del MINVU.

        Las calificaciones serán consideradas en todos los procesos licitatorios que realice este servicio, como criterio de evaluación de las ofertas.