Licitación ID: 2408-260-LE18
SHOWS COMUNITARIOS AÑO 2018
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE LOS ANGELES, IMUNI_LOSANGELES ADQUISICIONES
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 32
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Producción de eventos 1 Unidad
Cod: 80141607
Producción de eventos, incluye nº artístico, amplificación, iluminación y generador, según ttr adjuntos  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SHOWS COMUNITARIOS AÑO 2018
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Se requiere contratar shows artísticos con amplificación, iluminación y generador para eventos a realizarse en sectores indicados en ttr, durante año 2018
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
I MUNICIPALIDAD DE LOS ANGELES
Unidad de compra:
IMUNI_LOSANGELES ADQUISICIONES
R.U.T.:
69.170.100-K
Dirección:
colo colo 1100
Comuna:
Los Angeles
Región en que se genera la licitación:
Región del Biobío
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 25-05-2018 9:00:00
Fecha de Publicación: 14-05-2018 16:47:58
Fecha inicio de preguntas: 14-05-2018 17:30:00
Fecha final de preguntas: 17-05-2018 13:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 23-05-2018 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 25-05-2018 10:30:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 25-05-2018 10:30:00
Fecha de Adjudicación: 06-06-2018 16:17:47
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- PARA LOS EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA DEBERÁ ADJUNTARSE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA:
i) Identificación del Oferente, según Anexo Nº1.
ii) Declaración Jurada Simple, según Anexo Nº2.
iii) Anexo Declaración Jurada de no Tener Prohibición de Contratar, según Anexo Nº3.
iv) Copia de Patente Municipal al día del oferente, correspondiente al rubro.
v) En caso que el oferente sea persona jurídica deberá acompañar además: Certificado de Vigencia de la inscripción en el registro de comercio de la constitución de la entidad y sus modificaciones, o certificado de vigencia del registro de empresas y sociedades, emitido por la página www.tuempresaenundia.cl, documento que deberá tener una vigencia no superior a 30 días corridos contados hacia atrás de la fecha de apertura.
vi) En caso que el oferente postule con la modalidad “Unión Temporal de Proveedores”, el representante de dicha unión deberá adjuntar el documento público o privado, que da cuenta del acuerdo para participar de ésta forma. Documento que deberá tener una antigüedad no superior a 30 días corridos contados hacia atrás de la fecha de apertura.
Nota: Para los oferentes inscritos en chileproveedores, los documentos señalados en los Nº 4 y 5, solicitados anteriormente, que estén ingresados en el link documentos acreditados de chileproveedores, no se requerirá su presentación. Sin embargo, en dicho link la patente municipal debe estar vigente a la fecha de apertura de la propuesta y el certificado de vigencia indicado en el Nº5 debe tener una antigüedad no superior a 30 días corridos, contados hacia atrás desde la fecha de apertura de la propuesta.
Toda la documentación requerida, deberá ser remitida mediante alguna de las siguientes extensiones: .jpg .bmp .pdf .doc .tif .xls .mpp ó .zip . rar.
2.- EL OFERENTE QUE NO INGRESE LOS DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS SOLICITADOS O INGRESE UNO O MÁS DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS ILEGIBLES, O SIN LA VIGENCIA SOLICITADA, SERÁ DECLARADO FUERA DE BASES EN EL ACTO DE APERTURA.
Documentos Técnicos
1.- Experiencia del Oferente, según Anexo Nº5. El o los oferentes deberán subir obligatoriamente Anexo Nº5. En el caso de informar experiencia, ésta deberá corresponder a servicios de producción, ejecutados en los dos últimos años, a contar desde la fecha de cierre de la licitación. Si el oferente informa experiencia, deberá subir al portal obligatoriamente, de preferencia en carpeta comprimida, documentos de acreditación de experiencia informada, los cuales deberán ser facturas o certificados emitidos por el mandante. Si el oferente informa experiencia pero no sube los documentos de acreditación solicitados, la oferta se considerará fuera de bases. Si el oferente no posee o no informa experiencia, deberá indicarlo en Anexo Nº5 y no deberá subir documentos de acreditación.
 
2.- EL OFERENTE QUE NO INGRESE LOS DOCUMENTOS TÉCNICOS SOLICITADOS O INGRESE UNO O MÁS DOCUMENTOS TÉCNICOS ILEGIBLES, SERÁ DECLARADO FUERA DE BASES EN EL ACTO DE APERTURA
 
Documentos Económicos
1.- Oferta Económica, según Anexo Nº4. El oferente deberá ingresar listado completo según Anexo Nº4, de lo contrario su oferta se declarará inadmisible.
2.- EL OFERENTE QUE NO INGRESE LOS DOCUMENTOS ECONÓMICOS SOLICITADOS O INGRESE UNO O MÁS DOCUMENTOS ECONÓMICOS ILEGIBLES, QUEDARÁ FUERA DE BASES EN EL ACTO DE APERTURA.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 PRECIO Según Anexo Nº4. El menor precio obtendrá puntaje máximo. El resto de las ofertas se evaluará en base a la fórmula:
Puntaje = (precio mínimo ofertado/precio oferta)x 100 puntos.
Se evaluará Oferta Total con IVA incluido.
60%
2 EXPERIENCIA Experiencia, según Anexo Nº5, se certificará mediante facturas o Certificados emitidos por el mandante de servicios de Producción de eventos al aire libre. Se evaluará según siguiente tabla:
- 10 y más Eventos ejecutados = 100 puntos
- Entre 5 y 9 Eventos ejecutados = 80 puntos
- Entre 1 o 4 Eventos ejecutados = 50 puntos
- No Informa experiencia = 0 Puntos.
La experiencia deberá ser de dos años hacia atrás, desde la fecha de cierre de la licitación. Si el oferente informa experiencia de data inferior o de servicios diferentes no se considerará para la evaluación.
Si el oferente no sube documentos de acreditación, la oferta se declarará fuera de bases.
40%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Municipal
Monto Total Estimado: 6000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones EL PRESUPUESTO INDICADO COMO MONTO TOTAL ESTIMADO CORRESPONDE AL VALOR DISPONIBLE PARA EL TOTAL DEL CONTRATO, CON IMPUESTOS INCLUIDOS.
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Tesorería Municipal
e-mail de responsable de pago: mjimenez@losangeles.cl
Nombre de responsable de contrato: Juan Manuel Opazo Mellado
e-mail de responsable de contrato: jopazo@losangeles.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-43-2971541-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Municipalidad de Los Ángeles
Fecha de vencimiento: 29-03-2019
Monto: 10 %
Descripción: Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato, el adjudicatario entregará las cauciones o garantías que correspondan, cuyo monto será equivalente al 10% del monto total del contrato. El adjudicatario deberá presentar documento Financiero de Garantía . La caución o garantía deberá ser pagadera "A LA VISTA" y tener el carácter de "IRREVOCABLE" asegurando el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, según lo indicado en el Art 68 del Reglamento de la ley 19.886, tomada por el oferente a nombre de la Municipalidad de Los Ángeles. En caso de que la garantía corresponda a un Vale Vista u otro documento financiero, en que la entidad emisora de la garantía no incorpora Glosa correspondiente en el documento, éste deberá ser acompañado por un documento (formato libre) en el que contemple los antecedentes indicados en el Anexo Complemento de Garantía, de lo contrario quedará fuera de bases. La garantía podrá ser sólo del Oferente participante, no se aceptarán garantías de terceros. No se aceptará documentos de garantía con cláusulas de pago a 30 días u otras indicaciones que modifiquen la características "A LA VISTA" del documento. Esta Garantía deberá permanecer vigente durante todo el tiempo que dura el contrato o sus eventuales ampliaciones. La garantía podrá ser sólo del Oferente participante, no se aceptarán garantías de terceros. Se deberá entregar junto al contrato firmado.
Glosa: "Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato en propuesta pública: SHOWS COMUNITARIOS AÑO 2018."
Forma y oportunidad de restitución: Para su devolución, se deberá emitir documento escrito o correo electrónico a profesional responsable del contrato, con nombre e ID de la licitación e institución financiera que haya emitido la garantía una vez liquidado el contrato.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
1. REQUISITOS DE LOS PARTICIPANTES
Podrán participar personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras habilitadas para funcionar legalmente en Chile, con fines de lucro, cuya actividad tenga relación con la adquisición que motiva esta Licitación. También podrán postular los proveedores que utilicen la nueva figura “Unión Temporal de Proveedores”. Todos los proveedores interesados que cumplan con la condición anterior, podrán acceder a las bases administrativas, en el sitio www.mercadopublico.cl, sin perjuicio de lo cual, para poder presentar ofertas deberán cumplir con los siguientes requisitos: Contar con infraestructura, equipo y personal idóneo. El idioma español regirá para todo el proceso de Licitación, para todos los documentos asociados y aquellos que posteriormente originen la realización de esta adquisición. La omisión, distorsión o alteración de cualquiera de los documentos o antecedentes requeridos en las bases administrativas, será causal suficiente para rechazar la propuesta presentada declarándola como inadmisible. Atendidas las características de los procesos licitatorios, en el Portal www.mercadopublico.cl, no se contempla la asistencia en forma personal ni representantes de los oferentes en el acto de Apertura.
2. ITEM PRESUPUESTARIO
Ítem: 22.08.011
Subprograma: 04
Centro de costo: 11.03.05
3. APLICACIÓN DE NORMAS DE DERECHO
La presente Licitación se regirá exclusivamente por estas Bases Administrativas, Anexos, Consultas y Aclaraciones, si las hubiere, Términos Técnicos de Referencia, así como toda la restante Documentación complementaria y la Oferta Económica, que se entiende forma parte de la referida propuesta. Una vez adjudicada la Licitación toda la Documentación que forman parte de la propuesta será obligatorio y se entenderá que forma parte de las presentes Bases para los efectos de su cumplimiento y sanciones por infracción. Supletoriamente se aplicarán las disposiciones legales y reglamentarias que sobre la materia contempla la legislación chilena. Para la interpretación de los antecedentes de esta licitación regirá el orden de prelación indicado a continuación:

PRELACIÓN ADMINISTRATIVA
-Normativa Vigente.
-Consultas y Aclaraciones, si las hubiere.
-Decretos modificatorios, si los hubiere.
-Bases Administrativas y sus Anexos.
-Oferta Económica.
-Contrato.

PRELACIÓN TÉCNICA
-Normativa Vigente.
-Consultas y Aclaraciones, si las hubiere.
-Términos Técnicos de Referencia.
4. DE LA COMISIÓN DE APERTURA
Comisión de Apertura, conformada por Director de Asesoría Jurídica o funcionario de dicha repartición, funcionario de Secplan, Delegado de Santa Fe o profesional responsable de la licitación, quien levantará acta circunstanciada de lo obrado, la que será firmada por todos los integrantes de la Comisión. El acto de apertura de la propuesta será en Forma Electrónica a través del portal www.mercadopublico.cl, plataforma de licitaciones, en Dependencias de la Municipalidad de Los Ángeles, en presencia de la comisión de apertura. En caso que la oferta no cumpla con los requisitos solicitados ésta será rechazada en forma electrónica, y no será considerada en la evaluación, la misma facultad corresponde a la comisión de evaluación en caso que el incumplimiento se detecte en esa etapa (evaluación). Se declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas. Se declarará inadmisible las ofertas cuando éstas no cumplan con los requisitos establecidos en las bases y/o la normativa vigente, en esta etapa o en la etapa de evaluación de ofertas. Los oferentes podrán hacer observaciones en relación al proceso de la apertura de la licitación, dentro de las 24 horas siguientes de ocurrida. Atendidas las características de los procesos licitatorios, en el Portal www.mercadopublico.cl, plataforma de licitaciones, no se contempla la asistencia en forma personal ni representantes de los oferentes en el Acto de Apertura.
5. DE LA OFERTA
La presente licitación pública corresponde al llamado para contratar servicio de producción de eventos para 10 shows comunitarios a realizarse en Sector Santa Fe, durante año 2018. El o los oferentes deberán ingresar sus ofertas económicas según Anexo Nº4, Oferta Económica. Se deberá ingresar el costo por cada show y el valor total de todos los shows, correspondiente a la suma de los 10 eventos a realizar. En caso de que el oferente omita un show la oferta se considerará inadmisible, de la misma forma, en el caso de encontrarse errores aritméticos en Anexo Nº4, la oferta se considerará inadmisible. En caso de haber incongruencias entre el monto ofertado en Anexo Nº4 y el monto ingresado en el portal, se entenderá, para todo evento, que el monto válido ofertado por el oferente es aquel ingresado en Anexo Nº4, Oferta Económica. El lugar de los eventos, tanto como la fecha de realización de éstos, está establecido en los Términos Técnicos de Referencia adjuntos, de igual manera, se coordinará entre el mandante y el oferente adjudicado la realización, sector y fecha, de cada evento. Las ofertas que sean aprobadas por la comisión de apertura al momento de la apertura electrónica, serán calificadas en una única instancia por la Municipalidad, la que en el proceso de evaluación técnica y selección de las Ofertas podrá solicitar la asesoría que considere necesaria. Por el sólo hecho de la presentación de una oferta, los oferentes aceptan las presentes Bases y Términos Técnicos de Referencia.
6. DE LA VIGENCIA DE LA OFERTA
Los oferentes, con la sola presentación de su oferta, quedan obligados al mantenimiento de la misma durante un plazo de 60 (Sesenta) días corridos contados desde la fecha de Apertura de la Propuesta. Sin perjuicio de lo anterior, el oferente o los oferentes que se adjudiquen la propuesta están obligados a mantener los valores de su oferta durante todo el período de vigencia del Contrato.
7. DE LA SUFICIENCIA DE LA OFERTA
Se considerará que el oferente, antes de presentar su oferta, está en conocimiento de todos los riesgos, contingencias y demás factores de todo tipo y financiamiento requerido para cubrir todas las obligaciones en las condiciones establecidas en las Bases Administrativas, sus Anexos, Términos de Referencia, Especificaciones Técnicas, Consultas y Aclaraciones, si lo hubiere, y toda la Documentación que rige esta licitación.
8. DE LAS CONSULTAS Y RESPUESTAS
Las consultas sobre antecedentes deberá formularse a través del Portal www.chilecompra.cl Link Foro. No se aceptará ni responderá ningún tipo de consulta telefónica ni extraoficial. Las aclaraciones respectivas se entregarán a través de documento Anexo en la respectiva página Web del Portal www.mercadopublico.cl al que podrán acceder todos los participantes de la propuesta.
9. DE LA COMISIÓN DE EVALUACIÓN
La Comisión de Evaluación conformada por Delegado de Santa Fe o quien lo subrogue, Directora de SECPLAN o quien la subrogue, con exclusión de funcionarios que elaboraron las bases, Profesional de Administración Municipal, y Profesional responsable de la unidad solicitante, estudiarán las diferentes ofertas recibidas, que corresponderán a los Anexos y Documentación exigida en el artículo Nº4 "Antecedentes para incluir en la oferta". La evaluación de las ofertas considerará los aspectos Administrativos, Técnicos y Económicos, en cada caso se asignarán puntajes, serán estandarizados y se confeccionará un ranking de evaluación según la ponderación establecida en las presentes Bases Administrativas.
En el caso que en la etapa de evaluación, la Comisión comprobase que uno o más antecedentes presentados por el oferente son falsos o han sido adulterados, la oferta se considerará inadmisible.
La Comisión de Evaluación evaluará las distintas Ofertas recibidas y presentará, en un plazo máximo de 15 días corridos, al Sr. Alcalde una nómina de los Oferentes ordenados de acuerdo a la evaluación realizada, proponiendo adjudicar al Oferente mejor evaluado. Durante el proceso de evaluación la Municipalidad podrá solicitar a los oferentes aclaraciones, siempre y cuando éstas no le confieran a ninguno de los oferentes una situación de privilegio respecto a los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del Sistema de Información. La Municipalidad se reserva el derecho de rechazar todas las ofertas, según convenga a los intereses Municipales, con el debido fundamento y sin que por ello incurra en responsabilidad alguna respecto del proponente afectado, no dando lugar a indemnización alguna al oferente.
10. DE LA ADJUDICACIÓN Y READJUDICACIÓN
Se propondrá al sr. Alcalde la adjudicación al oferente mejor evaluado por la comisión en la etapa de evaluación. La adjudicación se efectuará mediante decreto alcaldicio y se notificará al oferente adjudicado a través del portal de mercado público. Los oferentes no adjudicados serán también notificados a través del sistema. Si el oferente adjudicado no se encuentra hábil en chileproveedores, tendrá un plazo máximo de 5 días para regularizar su situación, a partir de la adjudicación. Si la contratación supera las 500 U.T.M, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 65 letra j) de la Ley 18.695, dicha Contratación deberá contar con el acuerdo de la mayoría absoluta del Concejo Municipal.

READJUDICACIÓN: Si el respectivo adjudicatario se desiste de su Oferta, o no entrega los antecedentes legales para contratar , no firma el contrato, no entrega garantía de Fiel cumplimiento del contrato, o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la Municipalidad podrá dejar sin efecto la adjudicación en cuyo caso se hará efectiva la garantía de seriedad de la oferta (si correspondiere), y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses Municipales, se estime declarar desierta la licitación con el debido fundamento.
11. DE LAS OBLIGACIONES DEL OFERENTE ADJUDICADO
Será obligación del Adjudicado cumplir cabalmente lo dispuesto en las Bases Administrativas, Anexos, Términos Técnicos de Referencia, Consultas y Aclaraciones, si lo hubiere.
Será obligación del Adjudicado pagar las remuneraciones correspondientes a todo el personal que colabore en su acción, siendo de su cargo el pago de impuestos, leyes sociales, remuneraciones que se devenguen por este concepto con ocasión de la prestación de este servicio.
12. DEL PLAZO DE ADJUDICACIÓN
En caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación de las presentes bases de licitación, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, informando allí las razones del atraso.
13. DE LA RESOLUCIÓN DE EMPATES
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido la mayor ponderación en el criterio “Precio”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido la mayor ponderación en el criterio “Experiencia del Oferente”.  En caso que aún aplicando la resolución de empates descrita en la presente cláusula, el empate persista, se adjudicará al oferente que haya ingresado más tempranamente su propuesta al portal de mercadopublico.cl, una vez publicada la presente licitación, primero en día y después en hora.
14. DEL CONTRATO Y SU VIGENCIA
Para contratar, el oferente adjudicado deberá contar con inscripción en el sitio www.mercadopublico.cl en calidad de proveedor del rubro respectivo. Una vez resuelta la adjudicación de la licitación mediante Decreto Alcaldicio y una vez notificado a través del sistema www.mercadopublico.cl al proponente favorecido, se procederá a la suscripción del Contrato respectivo, de carácter Privado ante Notario, redactado por la Dirección de Asesoría Jurídica de la Municipalidad. El presente contrato será vigente a partir de la fecha de decreto que aprueba contrato, hasta el 31 de diciembre de 2018.
Una vez redactado el Contrato, se le informará al Contratista para que proceda a retirarlo y firmarlo Notarialmente, lo que deberá efectuar, dentro de los 05 días hábiles contados desde la notificación, haciendo entrega de éste al encargado del contrato, en la misma ocasión el Contratista deberá:
- Hacer entrega de la Garantía de “Fiel Cumplimiento del Contrato” y demás documentación solicitada en las presentes bases.
- Si el Contratista no suscribiere o no entregare el contrato en el plazo indicado o no hiciere la entrega de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, se le tendrá por desistido de su oferta. En caso de desistimiento, el Mandante podrá llamar
una nueva licitación o aceptar aplicar la readjudicación.
- Todos los gastos que se originen tanto de la Propuesta como de la suscripción del Contrato serán exclusivamente de cargo del Contratista.
- El Contratista no podrá traspasar su contrato a otra persona, sea natural o jurídica.
15. DEL TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
La Municipalidad de Los Ángeles notificará por escrito al adjudicado de su decisión de rescindir o poner término anticipado unilateralmente del Contrato, sin intervención de los Tribunales de Justicia ni arbitrales, en los siguientes casos:
a. Resciliación o mutuo acuerdo de las partes
b.- Incumplimiento grave de cualquiera de las obligaciones impuestas por estas Bases Administrativas, Consultas y Aclaraciones, si lo hubiere, Términos Técnicos de Referencia y por la Oferta Económica.
c.- Declaración de quiebra del Adjudicado.
d.- Fuerza mayor o caso fortuito debidamente justificado.
e.- Disolución de la sociedad, si se trata de una persona jurídica.
f.-  Muerte en caso de persona natural.
g.- Cuando lo exija el interés público o la seguridad nacional, según lo establece el Artículo Nº 77 del Decreto Supremo 250-04, del Ministerio de Hacienda.
En caso de producirse las causales indicadas en las letras b, c, y/o e, la Municipalidad de Los Ángeles podrá hacer efectiva la Garantía correspondiente y poner término anticipado al Contrato en forma administrativa y sin necesidad de intervención de los Tribunales de Justicia ni arbitrales, sin perjuicio de ejercer las acciones legales por los montos no cubiertos por la Garantía.
16. DE LA ORDEN DE COMPRA
Una vez publicado en el portal mercadopublico.cl el decreto que aprueba contrato y el contrato firmado por ambas partes ante notario, el profesional responsable del contrato solicitará a profesional de Secplan la emisión de la primera orden de compra, con los respectivos antecedentes para su emisión, junto con copia de la garantía de fiel cumplimiento de contrato entregada por el oferente adjudicado. En caso de solicitar más de una orden de compra, a partir de la segunda hacia adelante, el profesional responsable del contrato solicitará a la unidad de Adquisiciones la emisión de la orden de compra correspondiente. Una vez emitida la orden de compra, el oferente adjudicado tendrá un plazo de 48 horas hábiles, considerando de lunes a viernes, para aceptar o rechazar la orden de compra.
17. DE LA SUBCONTRATACIÓN
En todo evento el Contratista es el responsable de todas las obligaciones contraídas con la Unidad Técnica en virtud del Contrato, como asimismo de las obligaciones para con los trabajadores, proveedores o cualquier otra que incumpla el subcontratista. El contratista previo informe y autorización del I.T.S. podrá subcontratar hasta un 30% como máximo.
18. DE LOS PLAZOS
Las fechas de ejecución de los eventos será previa coordinación entre el mandante y el oferente adjudicado. La duración de los show será desde las 20:30 hrs y hasta las 01:00 AM, sin embargo, el horario podrá ajustarse de acuerdo a las condiciones de cada show, previo acuerdo entre el mandante y el oferente adjudicado.
19. DEL PAGO
La Municipalidad, pagará por cada show realizado contra factura con visto bueno de Delegado de Santa Fe e Inspector Técnico del Servicio (ITS), de acuerdo a la oferta presentada en Anexo Nº4 Oferta Económica.
Previo a la emisión de la factura, se deberá contar con visto bueno del I.T.S.
El pago será contra Factura a nombre de la Municipalidad de Los Ángeles, RUT N° 69.170.100-K, la cuál deberá indicar el número de la orden de compra correspondiente.
20. DE LOS DOCUMENTOS PARA EL PAGO
El oferente adjudicado deberá presentar la siguiente documentación para solicitar su pago:
- Factura a nombre del municipio por monto adjudicado, según Anexo Económico., con visto bueno de Delegado Santa Fe y profesional a cargo de la inspección del servicio, con el número de la orden de compra correspondiente.
- Orden de compra aceptada por el oferente adjudicado.
- En caso de factura cedida al factoring, informe de cesión emitido por el SII (www.sii.cl).
- Copia de bases administrativas, términos técnicos de referencia, Anexo Nº4: Oferta Económica.
- Copia de decreto alcaldicio de adjudicación.
- Copia de decreto alcaldicio que aprueba contrato y contrato.
- Copia garantía de fiel cumplimiento del contrato.
- Copia decreto alcaldicio aprueba Inspector Técnico.
- Certificado de cumplimiento emitido por profesional responsable e ITS.
21. DE LAS GARANTÍAS Y SU DEVOLUCIÓN
Los documentos de garantía deberán ir a beneficio y nombre de la Municipalidad de Los Ángeles, RUT: 69.170.100-K. Toda devolución de documentos de garantía a nombre de la Municipalidad deberá ser solicitado por el interesado en documento dirigido a Directora de Dideco, en el cual se identifique el nombre de la propuesta, el nombre del oferente, el número del documento y la institución financiera que la emitió, habiéndose cumplido los compromisos contractuales. La garantía de fiel cumplimiento del contrato deberá permanecer vigente durante todo el tiempo que el contrato esté vigente y sus posibles ampliaciones.
22. DE LAS SANCIONES/MULTAS Y SU APLICACIÓN
Cualquier incumplimiento de las presentes Bases Administrativas, facultará a la Municipalidad de Los Ángeles para aplicar una sanción o multa. El adjudicado podrá ser sancionado con una multa a beneficio municipal de 10 UTM en el caso de no cumplir por cada servicio no entregado, según lo estipulado en los ttr.

Aplicación y Apelación de Multas:
De la aplicación de las sanciones y/o multas, el adjudicado podrá apelar por escrito mediante carta dirigida al Delegado de Santa Fe en el plazo de 5 días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la sanción. Dicha comunicación deberá ingresarse en Oficina de partes del Municipio en horario desde las 08:15 horas hasta 14:00 horas y
desde las 15:00 hasta las 17:00 horas de Lunes a Jueves y hasta las 16:00 horas los días Viernes. De dicha apelación conocerá una comisión Municipal de Apelación, la cual estará conformada por el Director de la Dirección a cargo de la licitación, Directora de Secplan, Directora de Asesoría Jurídica, Directora de Control y Director de Administración y Finanzas de la Municipalidad de Los Ángeles. Dicha comisión resolverá, en el plazo de 10 días hábiles contados desde la presentación efectuada por el Contratista. La falta de apelación por parte del Contratista a multas cursadas o el rechazo de la misma por la Comisión de Apelación dará motivo a la confirmación de la multa aplicada la cual se hará efectiva en el estado de pago del mes siguiente de ocurrido el incumplimiento. La resolución de la Comisión de Apelación que acoja o
rechace la apelación de la multa será sancionada mediante Decreto Alcaldicio.
23. DE LA INSPECCIÓN TÉCNICA
Para todos los efectos de las presentes Bases se entenderá por Inspector Técnica del Servicio (I.T.S.) al profesional a quien la Unidad Solicitante, le ha encomendado velar directamente por la correcta ejecución del Contrato. Toda comunicación y relación entre el adjudicado y la municipalidad se realizará por escrito a través del Libro de Inspección del Servicio (L.I.S.) que estará a cargo de la Inspección del Servicio.
24. DEL LIBRO DE INSPECCIÓN
El oferente adjudicado mantendrá un libro foliado en triplicado, que será adquirido por él mismo denominado en adelante “Libro de Inspección del Servicio (L.I.S.)”, que será el medio de comunicación oficial entre el Inspector del Servicio y el adjudicado. En dicho libro, se deberá dejar constancia de todo hecho relevante del contrato, tales como:
- Fecha de inicio del servicio.
- Las observaciones, instrucciones y resoluciones que realice la Inspección del Servicio.
- Las observaciones, respuestas y descargos que plantee el adjudicado.
- Notificaciones de multas y apelaciones que plantee la I.T.S.
- Otras anotaciones relativas al desarrollo del contrato. La hoja original del libro será retirada por el I.T.S., y la primera copia por el oferente adjudicado, previa firma conforme de ambas partes, para sus respectivos archivos.
25. DEL CONTROL
El control que ejerza la Municipalidad de Los Ángeles por medio de la Inspección Técnica, no libera al oferente adjudicado de la responsabilidad contractual y técnica que le cabe. La responsabilidad por la calidad del servicio será exclusivamente del oferente adjudicado.
26. DE LA RESPONSABILIDAD
La Municipalidad de Los Ángeles queda exenta de toda responsabilidad por daños que se produjeren a terceros con motivo u ocasión de la ejecución del servicio, recayendo la responsabilidad civil y penal pertinente en el adjudicado.
27. DE LA UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES, UTP
Fomentando el principio de asociatividad en las compras públicas se reconoce una nueva figura para contratar denominada “Unión Temporal de Proveedores o UTP” regulada por el Articulo Nº67 bis del Reglamento de la Ley de Compras y Contrataciones Públicas. Sin perjuicio de todos aquellos alcances contemplados en la Directiva de Compras y Contrataciones Públicas Nº22. Se considerará que una oferta es presentada bajo esta figura cuando dos o más proveedores se encuentran unidos en la presentación de una oferta a un proceso de compra y adjuntan a su oferta el documento que formaliza la UTP sea este de carácter público o privado, el cual debe contener a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con La Municipalidad, además de nombrar un representante o apoderado. Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción del contrato, establecidas en la legislación vigente, afectaran a cada integrante de la UTP individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la unión, esta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso. En el caso que la Unión Temporal de Proveedores haya presentado la oferta más conveniente y la Municipalidad le va a contratar deberá tener en consideración lo siguiente:
a. En todo proceso igual o superior a 1.000 UTM en que conste la Unión Temporal de Proveedores deberá materializarse en una escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.
b. La vigencia de la UTP no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo la renovación que se contemple en virtud de lo dispuesto en el Art. 12 del Reglamento de la Ley Nº 19.886.
c. Cada proveedor integrante de la UTP para suscribir el contrato deberá contar con inscripción vigente en el registro de Proveedores.

MODIFICACIONES DE LA UTP. Toda modificación que experimente la UTP debe ser informada de inmediato a La Municipalidad, debiendo hacer entrega del documento modificatorio y teniendo en consideración que dicha modificación deberá materializarse a través de las mismas formalidades que fueron necesarias para su constitución.

 DE LA FACTURACIÓN: En el caso de una UTP, será el representante de la misma, indicado en el documento de su constitución, quien deberá emitirá la boleta o factura respectiva para cursar los pagos que generen la ejecución contractual.

TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO: Son causales de término anticipado del contrato las siguientes:
a. La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
b. Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
c. Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros.
d. Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.
e. Disolución de la UTP.
28. DE LA JURISDICCIÓN, DOMICILIO Y LEY APLICABLE
Toda divergencia que surja entre las partes acerca de la interpretación o aplicación de cualquiera de las cláusulas de estas Bases Administrativas o del Contrato y demás Documentación que rige esta Licitación, será sometida a juicio de los Tribunales Ordinarios de Justicia. Para los efectos del Contrato las partes fijan su domicilio en la ciudad de Los Ángeles, prorrogando en consecuencia ante sus Tribunales de Justicia la competencia. En todos los casos será aplicable la legislación Chilena que se presume conocida por las partes.
29. PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de
Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente s e obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con l os principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases
de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.