Licitación ID: 5905-8-E225
ARRIENDO DE VEHÍCULO PROG. MÁS AMA Y CUIDADOS PALIATIVOS AÑO 2025
Responsable de esta licitación: ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE HUARA
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 23
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
Dejar un reclamo sobre esta licitación Dejar un reclamo sobre esta licitación
Productos o servicios
1
Arriendo de vehículos 1 Unidad
Cod: 78111808
Arriendo de vehículo para la movilización de ambos programas a todas las localidades indicados en ANEXO N°2, FORMULARIO N°4. El valor total neto ingresado en formulario N°4 debe ser el mismo monto ingresado por el proveedor en el comprobante de oferta.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
ARRIENDO DE VEHÍCULO PROG. MÁS AMA Y CUIDADOS PALIATIVOS AÑO 2025
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
adquirir el servicio de arriendo de vehículo 4x4, con capacidad para 4 pasajeros, año 2015 o mayor, para la movilización de la Dupla MÁS AMA y al equipo del Programa Cuidados Paliativos a las distintas Localidades de la Comuna de Huara.
Tipo de licitación:
Privada-Licitación Privada Inferior a 100 UTM (E2).
Tipo de convocatoria:
CERRADO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
ÁREA SALUD
R.U.T.:
69.010.200-5
Dirección:
AVDA. VICUÑA MACKENNA S/N
Comuna:
Huara
Región en que se genera la licitación:
Región de Tarapacá
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 15-07-2025 16:00:00
Fecha de Publicación: 04-07-2025 16:57:09
Fecha inicio de preguntas: 04-07-2025 17:01:00
Fecha final de preguntas: 08-07-2025 15:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 09-07-2025 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 15-07-2025 16:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 15-07-2025 16:01:00
Fecha de Adjudicación: 30-07-2025 15:49:15
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- BASES ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS
2.- ANEXO NRO. 01
3.- ANEXO NRO. 02, FORMULARIO N°1, 2, 3, 4, 5 Y 6
No hay información de Antecedentes Técnicos
No hay información de Antecedentes Económicos
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 PRECIO CONFORME LO ESTIPULADO EN LAS BASES ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS EN EL PUNTO 12.1 30%
2 AÑO DEL VEHÍCULO CONFORME LO ESTIPULADO EN LAS BASES ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS EN EL PUNTO 12.3 20%
3 PROGRAMA DE INTEGRIDAD Y ÉTICA EMPRESARIAL CONFORME LO ESTIPULADO EN LAS BASES ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS EN EL PUNTO 12.6 5%
4 EXPERIENCIA CONFORME LO ESTIPULADO EN LAS BASES ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS EN EL PUNTO 12.4 15%
5 HOJA DE VIDA DEL CONDUCTOR CONFORME LO ESTIPULADO EN LAS BASES ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS EN EL PUNTO 12.2 20%
6 CUMPLIMIENTO DE REQUISITO CONFORME LO ESTIPULADO EN LAS BASES ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS EN EL PUNTO 12.5 10%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: PROG. MAS AMA Y CUIDADOS PALIATIVOS UNIVERSALES
Monto Total Estimado: 4000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 6 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: DENIS SEGURA VALENZUELA
e-mail de responsable de pago: DESEVAL1@GMAIL.COM
Nombre de responsable de contrato: GERALDINE CRUZ CARRILLO
e-mail de responsable de contrato: ADQUISICIONES2.DEPSA.IMH@GMAIL.COM
Teléfono de responsable del contrato: 56-57-2267942-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
2.- LA PROPUESTA
2.1. Las presentes bases administrativas y técnicas en el marco de la ejecución de los dos convenios “PROGRAMA MÁS ADULTOS MAYORES AUTOVALENTES (MÁS AMA) AÑO 2025” y el “PROGRAMA CUIDADOS PALIATIVOS UNIVERSALES AÑO 2025”, tienen por objetivo adquirir el servicio de arriendo de vehículo 4x4, con capacidad para 4 pasajeros, año 2015 o mayor, para la movilización de la Dupla MÁS AMA y al equipo del Programa Cuidados Paliativos a las distintas Localidades de la Comuna de Huara, conforme a los requerimientos solicitados en el Anexo N°1
 2.2. EL DETALLE DEL REQUERIMIENTO SE ENCUENTRA INDIVIDUALIZADO EN DICHAS BASES. Dicho detalle se indica en la ID 5905-8-E225 y cada proveedor deberá ofertar directamente en el portal, asegurándose de poder dar cumplimiento a la entrega del traslado. Cabe mencionar que la cantidad de viajes depende de la programación, que se establecerá el mes anterior a la realización de los movimientos, debiendo gastar la totalidad del presupuesto a diciembre de 2025. 2.3 El valor ofertado se cotizará en pesos chilenos y deberá considerar todos los costos asociados con cargo exclusivo del adjudicatario para la entrega del servicio, ya que los movimientos son con salida desde Huara y con retorno a la misma localidad el mismo día en horario variable desde las 08:30hrs. a las 17:30hrs.
 2.4 El adjudicatario contará con toda la disponibilidad para los traslados en la fecha estipulada según programación, estando obligado a prestar el servicio desde la adjudicación hasta el 31 de diciembre de 2025 o hasta que se ejecute la totalidad del presupuesto.
 2.5 El vehículo deberá incluir conductor y combustible, tener los papeles al día (revisión técnica, SOAP y permiso de circulación, entre otros), cinturones de seguridad operativos y que el cierre de puertas cuente con la medida de seguridad correspondiente.
 2.6 El movimiento a las localidades está sujeto a programación, por ende, la IMH no asegura realizar las salidas a todos los poblados mencionados en el formulario N°4 del Anexo N°2.
3.- FINANCIAMIENTO Y PRESUPUESTO
3.1 Licitación privada MENOR a 100 UTM. 3.2 El presupuesto referencial para la presente licitación asciende a la cantidad de $4.000.000.- (cuatro millones de pesos) IVA incluido, correspondiente a los siguientes ítems: - Cuenta presupuestaria N°215-22-09-003/Arriendo de vehículos, por un monto de $3.000.000.- (tres millones de pesos) con cargo al “PROGRAMA MÁS ADULTOS MAYORES AUTOVALENTES (MÁS AMA) AÑO 2025”, no obstante, se debe indicar que el convenio celebrado entre la I. Municipalidad de Huara y el Servicio de Salud Tarapacá en contexto de movilización considera un valor de $4.000.000.- (cuatro millones de pesos), sin embargo, en primera instancia se contempla un monto de $3.000.000.- (tres millones de pesos), quedando el saldo a la espera de la aprobación de la Modificación Presupuestaria Área Salud por parte del Concejo Municipal que se llevará a cabo durante el mes de junio de 2025, en caso que dicha modificación sea aprobada por unanimidad, ésta pasará a formar parte del presupuesto disponible de la licitación de arriendo de vehículo para la buena ejecución del Programa. - Cuenta presupuestaria N°215-22-09-003/Arriendo de vehículos, por un monto de $1.000.000.- (un millón de pesos) con cargo al “PROGRAMA CUIDADOS PALIATIVOS UNIVERSALES AÑO 2025”, no obstante, se debe indicar que el convenio celebrado entre la I. Municipalidad de Huara y el Servicio de Salud Tarapacá en contexto de movilización considera un valor de $2.000.000.- (dos millones de pesos), sin embargo, en primera instancia se contempla un monto de $1.000.000.- (un millón de pesos), quedando el saldo a la espera de la aprobación de la Modificación Presupuestaria Área Salud por parte del Concejo Municipal que se llevará a cabo durante el mes de junio de 2025, en caso que dicha modificación sea aprobada por unanimidad, ésta pasará a formar parte del presupuesto disponible de la licitación de arriendo de vehículo para la buena ejecución del Programa.
 3.3 El oferente deberá ingresar valores en suma alzada en el comprobante de la oferta económica de la respectiva licitación, de ser lo contrario queda automáticamente fuera del proceso de evaluación de la oferta.
 3.4 Cabe destacar que la presente propuesta NO CONSIDERA ANTICIPO.
8.- DOCUMENTOS SOLICITADOS
8.1 Todo oferente deberá subir, a través del sistema de información, los documentos digitales a las carpetas habilitadas en el portal www.mercadopublico.cl de esta licitación privada, en el plazo indicado en el punto 4, los siguientes antecedentes:
 8.1.1 DOCUMENTOS A ADJUNTAR:
 a) VEHÍCULO
- Certificado de inscripción.
- Revisión técnica al día.
- Permiso de circulación al día.
- Seguro Obligatorio de Accidentes Personales al día.
- Carta simple que declare que el vehículo ofertado cuenta y contará durante la vigencia del contrato con las mantenciones mecánicas correspondientes y al día. - Fotografías del vehículo (frontal, trasera, costado derecho y costado izquierdo). (NOTA: Las ofertas en donde se omitan alguno de los documentos señalados se declararán inadmisibles y no avanzarán a la etapa de evaluación).

 b) CONDUCTOR
 - Hoja de vida del conductor.
 -.Certificado de antecedentes para fines especiales, este documento no debe poseer una antigüedad mayor a 30 días.
 - Fotocopia de Cédula de Identidad por ambos lados.
- Fotocopia de Licencia de Conducir por ambos lados.
(NOTA: Las ofertas en donde se omitan alguno de los documentos señalados se declararán inadmisibles y no avanzarán a la etapa de evaluación).
 8.1.2 ANEXOS ADMINISTRATIVOS:
- Anexo N°1, debidamente llenado y firmado por el proponente o el representante legal para conciencia de los detalles en los requerimientos, individualizados mediante tabla.
-.Formulario N°1: Identificación del oferente, debidamente llenado y firmado por el proponente o el representante legal (caso de ser persona jurídica) según formato adjunto en el Anexo N°02.
- Formulario N°2: Declaración Jurada Simple(obligatorio), debidamente llenado y firmado por el proponente o el representante legal (caso de ser persona jurídica) según formato adjunto en el Anexo N°02.
- Formulario N°5: Experiencia(obligatorio), debidamente llenado y firmado por el proponente o el representante legal (caso de ser persona jurídica) según formato adjunto en el Anexo N°02.
-.Formulario N°6: Declaración Durada Programa de Integridad y Ética Empresarial (obligatorio), debidamente llenado y firmado por el proponente o el representante legal (caso de ser persona jurídica) según formato adjunto en el Anexo N°02.

 8.1.3 OFERTA TÉCNICA Y ECONÓMICA:
- Formulario N°3: Oferta técnica (obligatorio): Deberá estar debidamente llenado y firmado por el proponente o el representante legal (caso de ser persona jurídica) según formato adjunto en el Anexo N°02.
 - El oferente que se adjudique la licitación será responsable de la mantención del vehículo, de los gastos de combustible, aceites, filtros y otros que sean necesarios para el buen funcionamiento del móvil. En caso de que el vehículo presente problemas para el traslado, el oferente deberá dar aviso inmediato al correo electrónico de la encargada de adquisiciones adquisiciones2.depsa.imh@gmail.com y a su vez, deberá velar por que el traslado se realice en forma segura y oportuna al destino programado, siendo su obligación cumplir con toda la documentación indicada en punto 8.1.1 de las presentes bases. - En caso que la empresa adjudicada presente problemas con el conductor ofertado en la presente propuesta, el adjudicatario deberá dar aviso inmediato al Correo electrónico adquisiciones2.depsa.imh@gmail.com, en el cual deberá adjuntar toda la documentación solicitada en el punto 8.1.1 de las Bases Administrativas y técnicas del conductor suplente que reemplazará antes de realizar el movimiento.
- Formulario N°4: Oferta económica (obligatorio): Deberá estar debidamente llenado y firmado por el proponente o el representante legal (caso de ser persona jurídica) según formato adjunto en el Anexo N°02.
- La oferta económica debe ser pura y simple. No se aceptan aquellas sujetas a condición o a las que se refieren a una modalidad de pago distinta a la requerida en las presentes bases administrativas.
- Dado que la presente licitación es el servicio de traslado a distintas localidades, la oferta económica corresponderá a la sumatoria de todos los precios unitarios que el oferente asignó a los ítems solicitados, por lo que es necesario que el proveedor oferte por la totalidad de los traslados a todas las localidades indicadas en el Anexo N°2 formulario N°4.
 - Si el proveedor no cumple con ofertar el servicio de traslado a las 12 localidades establecidas para el presente proceso, quedará automáticamente descartado al momento de hacer la apertura electrónica, no pudiendo realizar ningún reclamo al respecto.
 - El Comprobante de Oferta ingresado por el proveedor en el portal www.mercadopublico.cl asociado a la ID 5905-8-E225, será el que se considere para realizar la evaluación económica y deberá indicar el valor total neto del respectivo formulario N°4.
- Es indispensable que el proveedor tome en cuenta que todo valor ingresado deberá ser NETO, que en este caso coincidirá con el valor exento a ofertar.

 8.2 Los oferentes que NO adjunten los anexos con sus respectivos formularios solicitados según los formatos ingresados en el portal de mercado público correspondiente a las Bases Administrativas y Técnicas de la propuesta privada ID 5905-8-E225 o lo adjunten sin la firma del proponente y que son calificados como obligatorios en estas bases, serán descartados en la apertura electrónica, rechazando la oferta del oferente incumplidor. Cabe mencionar que los oferentes que adjunten el formulario N°3, N°4, N°5 y N°6 con los recuadros no rellenados, quedarán automáticamente descartados al momento de hacer la apertura electrónica.
 8.3 Los oferentes deben constatar que el envío de sus ofertas técnicas y económicas a través del portal www.mercadopublico.cl hayan sido realizadas con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los archivos anexos requeridos para ello se debe verificar el posterior despliegue automático del “comprobante de envío de oferta” que entrega el sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo.
 8.4 Las únicas ofertas validas serán las presentadas a través del portal www.mercadopublico.cl. No se aceptarán ofertas que se presente por un medio distinto al establecido en estas bases.
 8.5 Será de responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas.
 8.6 Se entenderá que, por la presentación de una propuesta, el proponente conoce y acepta irrevocablemente el contenido de estas bases y sus anexos.
11.- COMISION EVALUADORA
11.1 Sólo se considerarán para los efectos de la evaluación, las ofertas que cumplan con el 100% de los requisitos y especificaciones técnicas del bien y/o servicio licitado, de acuerdo con lo establecido en las presentes bases y sus anexos. Aquellas ofertas que no cumplan con lo requerido, serán declaradas inadmisibles y no serán consideradas en la etapa de evaluación.
 11.2 Las ofertas aceptadas serán sometidas a un proceso de análisis comparativo a cargo de una comisión evaluadora integrada por 03 personas, que corresponden a: a) La Directora del CESFAM Huara, Srta. Keren Yáñez Pérez o quien la subrogue. b) El Director de Administración y Finanzas, Sr. Denis Segura Valenzuela o quien lo subrogue. c) El Director del Departamento de Salud Municipal, Sr. Cristian Díaz Quispe o quien lo subrogue.
 11.3 Recepcionadas las ofertas a través del portal, la comisión deberá evaluar y estudiar los antecedentes de cada una de ellas, emitiendo una decisión fundada que se propondrá en el respectivo Informe de evaluación al Sr. Alcalde de la IMH. 11.4 La comisión, para los efectos de la selección y evaluación de las propuestas deberá basarse en los criterios que al respecto se han establecido en las presentes Bases. Sin perjuicio de ello, la comisión quedará facultada para consultar con expertos en temas relacionados con la propuesta.
 11.5 En caso de producirse un empate entre dos o más oferentes en el mayor puntaje obtenido en el resultado final de la evaluación, deberá preferirse entre estas, la oferta que haya obtenido el mayor puntaje entre los criterios que se señalan a continuación, bajo el orden de precedencia siguiente:
1º Precio
 2º Hoja de vida del conductor
3º Año del vehículo
 4º Experiencia
5º Cumplimiento de requisitos
6º Programa de Integridad y ética empresarial
13.- LA ADJUDICACIÓN
13.1 El oferente deberá ofertar por el total del requerimiento solicitado, conforme al Anexo N°01, de ser lo contrario quedará automáticamente afuera del proceso de evaluación según Propuesta Privada ID 5905-8-E225.
 13.2 La decisión de la adjudicación corresponderá en conformidad a lo previsto en el art.65, letra j), de la Ley 18.695 Orgánica de Municipalidades y sus modificaciones el cual indica "Suscribir los convenios de programación a que se refieren los artículos 8º bis y 8º ter y celebrar los convenios y contratos que involucren montos iguales o superiores al equivalente a 500 unidades tributarias mensuales, y que requerirán el acuerdo de la mayoría absoluta del concejo no obstante, aquellos que comprometan al municipio por un plazo que exceda el período alcaldicio, requerirán el acuerdo de los dos tercios de dicho concejo. Asimismo, suscribir los convenios sobre aportes urbanos reembolsables que regula la Ley General de Urbanismo y Construcciones". En el caso que el Honorable Concejo Municipal no apruebe lo indicado en el art. 65, letra j), de la Ley 18.695 Orgánica de Municipalidades y sus modificaciones no podrá ser adjudicada la presente licitación privada.
 13.3 La oferta que logre el mayor puntaje en la evaluación, será considerada como la más conveniente al interés fiscal, pudiendo no corresponder al menor precio ofertado.
 13.4 Las condiciones y requisitos administrativos y/o técnicos de las presentes Bases se consideran condiciones mínimas, no obstante, lo cual, será materia de la Oferta presentada por el proponente, descripción de otro tipo de garantías, servicios y adicionales no mencionados en estas Bases y sus documentos relacionados, los que serán evaluados favorablemente de ser ventajosos para la IMH.
 13.5 Si no es posible efectuar la adjudicación dentro del plazo señalado, el municipio informará oportunamente de esta circunstancia a través del portal de compras públicas, indicando las razones que justifican el retraso mediante resolución fundada y señalará, un nuevo plazo para llevar a cabo dicha actuación. 13.6 Una vez que se encuentre totalmente tramitada la resolución de adjudicación, se procederá a notificar dicha decisión a los adjudicatarios, mediante su publicación en el sistema www.mercadopublico.cl.
15.- CONTRATO
15.1 El contrato se formalizará mediante la emisión de la orden de compra y aceptación por parte del proveedor, de conformidad con lo establecido en el art. 63 del reglamento de la ley 19.886. El proveedor que resulte adjudicado se compromete a contar con toda la disponibilidad para los traslados en la fecha estipulada según programación, estando obligado a prestar el servicio desde la adjudicación hasta el 31 de diciembre de 2025 o hasta que se ejecute la totalidad del presupuesto. Además, mencionar que pasarán a formar parte del Contrato, las presentes Bases Administrativas, Respuesta de Aclaraciones si las hubiera, Bases Técnicas y demás antecedentes técnicos que se acompañen en todo el proceso licitatorio.
16.- DE LA GENERACIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA
16.1 El proveedor que resulte adjudicado, deberá entregar el servicio de traslado según el requerimiento dependiendo de la programación, que se establecerá el mes anterior a la realización de los movimientos. Dicha programación, deberá ser enviado por parte de los referentes comunales mediante vía correo electrónico a más tardar el día 15 de cada mes (o día hábil siguiente). Una vez recepcionado la programación, deberá ser visado por el Director del Departamento de Salud, que autorizará y solicitará de forma directa la emisión de orden de compra la que debe estar publicada y aceptada por el proveedor a más tardar el último día hábil del mes anterior de la programación. Es importante señalar que, cada orden de compra emitida se generará de acuerdo al requerimiento que tengan la Dupla Más AMA y el equipo paliativo, no garantizando que vaya a existir un pedido todos los meses, pues los requerimientos dependerán de los talleres realizados por parte del Programa MÁS AMA y las visitas domiciliarias entregados a los usuarios de la Comuna de Huara por parte del Programa Cuidados Paliativos.
17.- ENTREGA DEL SERVICIO ADJUDICADO
17.1 Una vez enviada la orden de compra proveniente de la licitación adjudicada a través del portal del sitio de internet www.mercadopublico.cl, el proveedor adjudicado procederá a realizar el movimiento en el día, mes y horario especificado en la orden de compra. Hay que mencionar que todas las salidas son desde Huara y con retorno a la misma localidad el mismo día.
18.- PROGRAMA DE INTEGRIDAD Y ÉTICA EMPRESARIAL
18.1 Por programa de integridad se entenderá un conjunto de políticas, procedimientos y herramientas diseñados para prevenir, detectar y responder a conductas irregulares, fraudes, corrupción y otros riesgos que puedan afectar la transparencia, legalidad y eficiencia en la gestión de los recursos públicos. Este tipo de programas es fundamental para garantizar que las contrataciones y operaciones en el sector público se realicen de manera ética, conforme a la normativa vigente y en beneficio del interés general. El artículo 17 del reglamento N°661/24, establece que los proveedores que contraten con Entidades deben demostrar tener programas de integridad y ética empresarial, conocidos y aplicados por su personal. Esta acreditación será un criterio de evaluación en licitaciones. En Tratos Directos, esta exigencia se incluirá en cláusulas específicas del contrato. Sobre la forma de acreditar los programas de integridad, para las personas naturales o jurídicas, se deberá a estar a lo que indique la entidad licitante. Además, debe demostrar que el programa es conocido por sus trabajadores.
 18.2 En caso de haber declarado en el Formulario N°6 del Anexo N°2 que cuenta con programa de integridad y ética empresarial, deberá adjuntar a la oferta dicha información. Además, como medio de verificación de conocimiento y difusión se aceptará al menos 1 (uno) de los siguientes: • Copia de mail de difusión a sus trabajadores o acta de entrega debidamente firmado por el personal. • Comunicado interno de difusión. • Publicación del programa de integridad en página web. • Lista de asistencia a inducción o seminario relacionado con el programa de integridad.
19.- FORMA DE PAGO
19.1 Para los efectos del pago, el adjudicatario por cada orden de compra emitirá una factura extendiéndola a nombre de “Ilustre Municipalidad de HUARA”, RUT Nº69.010.200-5, con domicilio en Av. Vicuña Mackenna s/n, HUARA y deberá ser enviado por vía correo electrónico adquisiciones2.depsa.imh@gmail.com.
 19.2 La modalidad de pago de toda factura presentada será dentro de los 30 días corridos, siempre y cuando exista recepción conforme del profesional a cargo del programa por cada orden de compra emitida del movimiento realizado; la respectiva factura deberá ser acompañada de la Orden de Compra y fotografías del servicio en el poblado correspondiente.
 19.3 El Municipio cumplirá con lo establecido en los contratos de factoring suscritos por el adjudicatario, siempre y cuando se le notifique oportunamente de dicho contrato y no existan obligaciones o multas pendientes de acuerdo con lo señalado y dispuesto en el artículo 75 del Reglamento de la Ley Nº19.886, sin perjuicio de que el oferente se mantendrá sujeto siempre a las obligaciones contraídas para con el municipio y que emanen de la presente licitación.
20.- PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DE SANCIONES Y MULTAS
1.- Multas: El proveedor adjudicado deberá pagar multas por el o los atrasos en que incurra en la entrega de los bienes o la prestación de los servicios, objeto de la presente licitación. Las multas por atraso en la entrega, entrega parcial o por rechazo por no cumplimiento de especificaciones, se aplicarán por cada día hábil de atraso y se calcularán como un _3__% del valor neto de los bienes o servicios objeto de la entrega, con un tope de _5_ días hábiles. Las multas no podrán sobrepasar el _15_% del valor total del contrato. El monto de las multas será rebajado del pago que la entidad licitante deba efectuar al adjudicatario en los estados de pago más próximos y, de no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se le cobrará directamente, o bien, se hará efectivo a través del cobro de la garantía de fiel cumplimiento, si la hubiere. Cuando el cálculo del monto de la respectiva multa convertido a pesos chilenos, resulte un número con decimales, éste se redondeará al número entero más cercano. Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho de la entidad licitante de recurrir ante los Tribunales Ordinarios de Justicia, a fin de hacer efectiva la responsabilidad del contratante incumplidor.

 2.- Procedimiento para la aplicación de medidas derivadas de incumplimientos: Detectada una situación que amerite la aplicación de una multa u otra medida contemplada en las presentes bases, la entidad licitante notificará inmediatamente de ello al adjudicado, personalmente o por carta certificada, informándole sobre la medida a aplicar y sobre los hechos que la fundamentan. A contar de la notificación singularizada en el párrafo anterior, el proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito, acompañando todos los antecedentes que lo fundamenten. Vencido el plazo indicado sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente medida por medio de una resolución fundada de la entidad licitante. Si el proveedor ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la entidad licitante tendrá un plazo de 30 días hábiles, contados desde la recepción de los descargos del proveedor, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del respectivo proveedor deberá formalizarse a través de la dictación de una resolución fundada de la entidad licitante, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la medida. La indicada resolución deberá notificarse al respectivo proveedor adjudicado personalmente o mediante carta certificada. El proveedor adjudicado dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución fundada singularizada en los párrafos anteriores, para impugnar dicho acto administrativo mediante los recursos contemplados en la Ley 19.880, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva medida. La entidad licitante tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso. La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado. Procedimiento para la aplicación de medidas derivadas de incumplimientos Detectada una situación que amerite la aplicación de una multa u otra medida contemplada en las presentes bases, la entidad licitante notificará inmediatamente de ello al adjudicado, personalmente o por carta certificada, informándole sobre la medida a aplicar y sobre los hechos que la fundamentan. A contar de la notificación singularizada en el párrafo anterior, el proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito, acompañando todos los antecedentes que lo fundamenten. Vencido el plazo indicado sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente medida por medio de una resolución fundada de la entidad licitante. Si el proveedor ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la entidad licitante tendrá un plazo de 30 días hábiles, contados desde la recepción de los descargos del proveedor, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del respectivo proveedor deberá formalizarse a través de la dictación de una resolución fundada de la entidad licitante, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la medida. La indicada resolución deberá notificarse al respectivo proveedor adjudicado personalmente o mediante carta certificada. El proveedor adjudicado dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución fundada singularizada en los párrafos anteriores, para impugnar dicho acto administrativo mediante los recursos contemplados en la Ley 19.880, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva medida. La entidad licitante tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso. La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.