Licitación ID: 712307-56-LR20
Anteproyecto Interconexión Vial Norponiente Temuco
Responsable de esta licitación: SERVICIO DE VIVIENDA Y URBANIZACION IX REGION, Licitaciones y Costos
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Productos o servicios
1
Profesionales 1 Unidad
Cod: 80111715
PREFACTIBILIDAD Y ANTEPROYECTO DISEÑO MEJORAMIENTO INTERCONEXIÓN VIAL NORPONIENTE DE TEMUCO  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Anteproyecto Interconexión Vial Norponiente Temuco
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Prefactibilidad y Anteproyecto Diseño Mejoramiento Interconexión Vial Norponiente de Temuco
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 5.000 UTM (LR)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
SERVICIO DE VIVIENDA Y URBANIZACION IX REGION
Unidad de compra:
Licitaciones y Costos
R.U.T.:
61.821.000-6
Dirección:
O'Higgins 830
Comuna:
Temuco
Región en que se genera la licitación:
Región de la Araucanía
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 24-08-2020 18:00:00
Fecha de Publicación: 24-07-2020 15:21:29
Fecha inicio de preguntas: 24-07-2020 18:01:00
Fecha final de preguntas: 03-08-2020 10:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 06-08-2020 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 24-08-2020 18:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 24-08-2020 18:00:00
Fecha de Adjudicación: 07-10-2020 18:25:13
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- • Formulario A-1: Estructura Legal de la firma. • Formulario A-2: Declaración Jurada. • Formulario A-3: Hoja de Declaración. • Certificado de Inscripción Vigente Registro de Consultores MINVU o Certificado de solicitud de inscripción en trámite. La inscripción debe en ambos registros indicados a continuación: Cód. Especialidad Subespecialidad Categoría 1605 Ingeniería Vialidad y/o Tránsito 1° 1606 Ingeniería Pavimentación 1° • Copia simple de la Escritura Pública donde consta la personería del representante de la persona jurídica que comparece a la licitación o Instrumento legal que valide la sociedad u otro, donde se indique claramente la representación. Todos los Formularios aquí indicados deben estar firmados por el representante legal de la firma. La ausencia de alguno de estos documentos dejara fuera de bases a la empresa consultora.
Documentos Técnicos
1.- • Formulario T-1: Consultorías ejecutadas por la firma (últimos 5 años – certificado). • Formulario T-2: Listado del personal que participará en la consultoría. • Certificados de Titulo de Cada Integrante. • Curriculum Vitae de cada Integrante. • Plan de trabajo: o Portada e Índice de la Metodología de Trabajo o Metodología detallada para las tareas a ejecutar en el desarrollo del Estudio (por etapa y actividad). Además, debe proponer un plan de entrega de Informes Parciales de Avance, Preinforme Final e Informe Final, indicando claramente el lapso de tiempo -desde el inicio al término - de cada uno de los informes, en días corridos, cuya suma (de los informes) no puede ser superior a la fecha estipulada como duración del contrato. Este plan de trabajo debe consultar la entrega de las fases según lo indicado en las presentes bases. Todos los Formularios y la Metodología de trabajo aquí indicados deben estar firmados por el representante legal de la firma. Los Curriculums solo firmados por el profesional correspondiente. La ausencia de alguno de estos documentos dejara fuera de bases a la empresa consultora.
 
Documentos Económicos
1.- • Formulario OE-1: Oferta Económica. • Formulario OE-2: Presupuesto detallado. • Formulario OE-3: Presupuesto y plazo por etapas. • Copia del Ingreso de la Garantía de Seriedad de la Oferta en la oficina de Partes del SERVIU Araucanía, y fotocopia simple del documento de garantía. Todos los Formularios aquí indicados deben estar firmados por el representante legal de la firma. La ausencia de alguno de estos documentos dejara fuera de bases a la empresa consultora.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Trayectoria laboral De acuerdo a Anexo 3, CRITERIOS DE EVALUACIÓN 35%
2 Cumplimiento de requisitos formales De acuerdo a Anexo 3, CRITERIOS DE EVALUACIÓN 5%
3 Precio De acuerdo a Anexo 3, CRITERIOS DE EVALUACIÓN 15%
4 Experiencia Especifica De acuerdo a Anexo 3, CRITERIOS DE EVALUACIÓN 45%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: No hay información
Monto Total Estimado: 307850590
Contrato con Renovación: NO
Observaciones El plazo indicado no considera tiempos de revisión, solo considera el plazo por el cual debe ofertar la consultora.
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Patricio Riffo
e-mail de responsable de pago: priffo@minvu.cl
Nombre de responsable de contrato: Francisco Ibarra
e-mail de responsable de contrato: fibarra@minvu.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-45-2964325-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
SERVIU Región de La Araucanía debe asegurar que la empresa adjudicada tenga la experiencia solicitada, sumado a que también este criterio es parte de la evaluación.
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: SERVIU Region de La Araucania
Fecha de vencimiento: 27-10-2020
Monto: 500000 Peso Chileno
Descripción: Instrumento financiero físico (boleta de garantía, póliza, vale vista u otros) o electrónica (deberá Art. ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, D.O. 06.10.2009 Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma), por un valor equivalente al $500.000 pesos, con una vigencia de 60 días hábiles posteriores a la fecha de Apertura de la presente licitación, pagadera a la vista, nominativa e irrevocable, que asegure el pago de la garantía de manera rápida y efectiva. Debe ser ingresada a oficina de partes del SERVIU Araucanía, hasta el día hábil anterior a la fecha de cierre y apertura de la presente licitación.
Glosa: Garantía por seriedad de la oferta, licitación pública ID 712307-56-LR20, Prefactibilidad y Anteproyecto Mejoramiento Interconexión Vial Norponiente de Temuco, Código BIP 40003729-0.
Forma y oportunidad de restitución: Forma y oportunidad de restitución: Se devolverá en Depto. Administración y Finanzas del SERVIU al oferente. Respecto de proponentes cuyas ofertas no fueron aceptada: en el plazo de 15 días hábiles contados desde la fecha de notificación de la adjudicación de la licitación en el portal www.mercadopublico.cl. Respecto del adjudicatario y el oferente que obtenga el 2° lugar, la devolución se realizara tras la entrega de la garantía de fiel cumplimiento del contrato al departamento técnico. Si el oferente desiste de la oferta presentada antes del cese de su vigencia, omite información, no perfeccionare la contratación, se negare a mantener los términos y condiciones de su oferta o no presentare las garantías respectivas; SERVIU Araucanía podrá dejar sin efecto la resolución que le adjudicó el contrato por resolución fundada y hacer efectiva la garantía por seriedad de la oferta.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: SERVIU Region de La Araucania
Fecha de vencimiento: 11-01-2022
Monto: 5 %
Descripción: Instrumento financiero por un valor equivalente al 5% del monto del contrato, expresada en UF, con una vigencia de 60 días hábiles posteriores a la fecha de término del contrato (el plazo del contrato se estima en, el plazo oferta del consultor + tiempo aproximado de revisión), pagadera a la vista, nominativa e irrevocable, que asegure el pago de la garantía de manera rápida y efectiva.
Glosa: Para garantizar el oportuno y total cumplimiento del contrato y obligaciones laborales y sociales de los trabajadores, licitación ID 712307-56-LR20, Prefactibilidad y Anteproyecto Mejoramiento Interconexión Vial Norponiente de Temuco, Código BIP 40003729-0. Se debe presentar previo a la suscripción del contrato. El ingreso debe realizarse en Oficina de Partes del SERVIU Región de La Araucanía, ubicada en O’Higgins 827, Temuco.
Forma y oportunidad de restitución: Se devolverá al consultor una vez aprobado el proyecto completamente tramitada la resolución de finiquito del contrato. La devolución de la Garantía de fiel cumplimiento de contrato se hará por medio del endoso correspondiente.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
CLÁUSULA DE READJUDICACIÓN
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
9.1 BREVE DESCRIPCION DEL PROYECTO
El diseño contempla es efectuar los análisis técnicos de prefactibilidad, desarrollar el anteproyecto y realizar la evaluación social definitiva del Mejoramiento de la Interconexión Vial Norponiente de Temuco. con el objetivo de dar continuidad a dos proyectos de inversión pública, que se relacionan con la mejora de la ruta S-20 en el tramo interurbano (MOP) y la obra en ejecución del “Mejoramiento de Av. Pedro de Valdivia entre Prieto Norte y el Orbital”, se deberá estudiar a nivel de Pre-factibilidad y elaboración de anteproyectos de Pedro de Valdivia o Ruta S-20 en el tramo comprendido entre el Limite Urbano y El Orbital. El conjunto de proyectos objeto de esta licitación totaliza 12 km aproximadamente de anteproyectos viales orientados a mejorar la interconexión del sector Norponiente de Temuco. Los proyectos contemplados incluyen: (i) Doble Calzada Av. Martin Lutero, (ii) Habilitación El Valle, (iii) Habilitación Av. Los Fundadores (Los Sibaritas), (iv) Habilitación Av. Los Creadores (M. Lutero), (v) Los Urbanistas y (vi) Pedro de Valdivia entre El Orbital y Limite Urbano. En este Estudio, además, se realizará la evaluación social del proyecto, tanto global como por eje, generando una priorización de proyectos que permite establecer el orden en el cual se irán materializando en los proyectos de Iluminación, Paisajismo, Aguas Lluvias, Modificaciones de Servicios, Riego amplias aceras y Ciclovía de alto estándar, proyectos de señalización, Demarcación, Semáforos, Sincronismo y Comunicaciones, entre otros.
9.2 RESOLUCIÓN DE EMPATES
De producirse igualdad de puntaje entre dos o más oferentes, prevalecerá la oferta que hubiese obtenido el mayor puntaje en la Experiencia Especifica. En la eventualidad de que existiese igualdad en el mejor puntaje final y mejor puntaje en la Experiencia Especifica, se escogerá al proponente con mayor calificación en la Trayectoria Laboral. De mantenerse el empate dirimirá el precio y, por ultimo, los requisitos formales. El proceso de evaluación culminará con la elaboración de un acta. Dicha acta será presentada al director del SERVIU Región de La Araucanía, quién procederá a declarar desierta, inadmisible o adjudicar la propuesta, según corresponda. Sin perjuicio de lo anterior, SERVIU se reserva el derecho de declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando estas no resulten convenientes a sus intereses. Dichas declaraciones serán por resolución fundada, publicadas en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl. En caso de que el oferente originalmente seleccionado se rehúse a aceptar la orden de compra, se desista de su oferta, sea inhábil para contratar con el Estado de acuerdo a los términos establecidos por la Ley 19.886 y su Reglamento, no suscriba el contrato en el plazo establecido en el punto 9.4. “Procedimiento de contratación”, el SERVIU Región de La Araucanía podrá adjudicar la licitación al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas, oferente que deberá cumplir con todos los requisitos necesarios para la adjudicación, y así sucesivamente entre los oferentes evaluados y por orden del puntaje obtenido. El SERVIU comunicará a través del portal www.mercadopublico.cl la decisión de adjudicación de la propuesta en la fecha estipulada en las bases mediante resolución o acto administrativo que lo sancione. Los proponentes cuyas propuestas no fuesen aceptadas, no tendrán derecho a pretender indemnizaciones.
9.3 PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN
Para la firma del contrato se requerirá que el oferente se encuentre inscrito en el Registro de Consultores del MINVU y entregue la correspondiente garantía de fiel cumplimiento del contrato. Lo anterior, conforme a lo indicado en las presentes bases administrativas. La modalidad de contratación corresponderá al sistema de suma alzada, sin reajustes ni intereses de ninguna especie y expresado en pesos chilenos. El contrato será suscrito por el director del SERVIU y el oferente adjudicado o consultor dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha en que se comunique por escrito la adjudicación. El contrato se firmará en 3 originales, quedando una en manos del adjudicatario y dos en poder de SERVIU Región de La Araucanía. El contrato entrará en vigencia a partir de la fecha estipulada en el contrato suscrito entre las partes. Todos los gastos, pagos e impuestos que se deriven de la ejecución del proyecto de diseño y del cumplimiento del contrato, serán de cargo exclusivo del Consultor. Eventuales modificaciones del contrato: podrán efectuarse solamente en aspectos que no afecten el principio de igualdad de los proponentes y siempre que exista acuerdo mutuo entre las partes contratantes, fundamentadas en informes escritos, sin prejuicio de las demás causales de enmienda señalados en el artículo 13 de la citada ley N° 19.886, y art. 77 de referido decreto N° 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda. Cualquier modificación que se acuerde introducir estará sujeta al mismo trámite de aprobación que el contrato original. Para la firma del contrato el consultor deberá haber garantizado el fiel cumplimiento de éste, mediante una boleta de garantía bancaria por un monto estipulado en las bases.
9.4 PLAZO DEL CONTRATO
Las Empresa consultora tendrá una duración máxima de contrato de 250 Días corridos. (Sin Revisión). El oferente que oferte más días, quedara fuera de bases. El plazo de elaboración del diseño/estudio será el ofrecido por el consultor en su propuesta, en días corridos. Regirá a contar de la fecha indicada en el contrato. Para todos los efectos de la presente licitación, los días serán considerados corridos, pero si algún plazo vence un día feriado o no laborable, se considerará que vence el día hábil siguiente. Los plazos ofertados deben considerar las etapas de realización de los estudios (incluido subsanaciones), excluyendo los días de revisión(es) por la contraparte técnica. Cabe mencionar que los plazos ofertados en cada etapa no son acumulativos para las siguientes etapas. A su vez, los días que el Consultor exceda los días prestablecidos para las correcciones le serán imputables como atraso y por tanto podrán ser objeto de multas según las presentes bases, salvo que la causal de atraso no fuere imputable al Consultor lo que deberá justificar por escrito ante la Contraparte Técnica.
9.5 FINANCIAMIENTO
La empresa consultora tendrá un monto máximo disponible de $307.850.590.-. provenientes de fondos sectoriales.
9.6 MODIFICACIONES DE CONTRATO
El SERVIU Región de La Araucanía podrá generar aumentos o disminuciones de plazo y contrato según sea la necesidad del estudio de Ingeniería de Detalles, esto implica generar los aumentos en los siguientes casos: 1) Necesidad de aumentos contractuales de levantamientos topográficos para dar una mejor solución vial. Así como la necesidad de generar proyectos adicionales cuando la contraparte técnica así lo amerite en pos de una mejor solución vial y urbana. 2) Aumento de plazos solamente por motivos ajenos a la gestión del consultor y SERVIU Región de La Araucanía, donde el director del Diseño deberá justificar mediante un Informe Técnico dicho aumento. El Informe deberá ser firmado por el director del SERVIU Región de La Araucanía. 3) Se podrán generar las disminuciones de contrato en caso de que no se generen los proyectos de especialidades por los motivos de que los estudios previos hayan definido la no necesidad de realizarlos. Se considerará un aumento o disminución contractual financiero de un máximo de un 25% del valor contractual. SERVIU Región de la Araucanía en base a los conceptos aquí indicados podrá disminuir diseños que no se contemplen debido a las soluciones planteadas, estas disminuciones serán solamente a las especialidades que no requieran proyecto. Cabe mencionar que actualmente dada la contingencia que se vive actualmente en el país y debido a que no es posible desarrollar normalmente tareas de mediciones de tránsito, se hace estrictamente necesario realizar una modificación del punto 14.12 Informes de entregas de los Términos de Referencia inserto en las presentes bases administrativas. Considerando lo siguiente: A. Informe de Avance N° 1: 15% del precio del contrato. Se entregará dentro del plazo de 30 días corridos contados desde la fecha de inicio del plazo de ejecución del estudio y deberá comprender las siguientes tareas: 2.4.1 Recopilación de Antecedentes y Revisión Metodológica 2.4.2 Catastros 2.4.3 Zonificación del Área de Estudio B. Informe de Avance N° 2: 20% del precio del contrato. Se entregará dentro del plazo de 100 días corridos los cuales comenzaran a regir a partir del día siguiente a la aprobación de la Fase o Etapa anterior y deberá comprender: 2.4.4 Definición Preliminar de las Redes Viales de Modelación para el Estudio 2.4.5 Mediciones de Variables de Tránsito 2.4.6 Encuestas de Interceptación a Vehículos de Transporte Privado 2.4.7 Modelo de Situación Actual (MSA) 2.4.8 Calibración de Redes de Modelación 2.4.9 Definición de la Situación Base 2.4.10 Diagnóstico de la Operación de la Red Vial y análisis urbano general del Área de Estudio C. Informe de Avance N° 3: 15% del precio del contrato. Se entregará dentro del plazo de 40 días corridos contados del día siguiente hábil de la comunicación en virtud de la cual el Director del Estudio da inicio a este informe y deberá comprender: 2.4.11 Definición de Alternativas Preliminares 2.4.12 Modelación de Alternativas Preliminares 2.4.13 Estimación de Costos de las Alternativas Preliminares 2.4.14 Evaluación social de alternativas preliminares D. Informe de Avance N° 4: 30% del precio del contrato. Se entregará dentro del plazo de 80 días corridos contados del día siguiente hábil de la comunicación en virtud de la cual el Director del Estudio da inicio a este informe y deberá comprender: 2.4.15 Estudios de Base para la Definición del Anteproyecto 2.4.16 Desarrollo de anteproyectos 2.4.17 Modelación de Asignación de Viajes en Situación con Proyecto 2.4.18 Evaluación Social Definitiva de cada Anteproyecto E. Informe Final: 20% del precio del contrato. Finalmente, dentro del plazo de 20 días corridos, contados desde el día hábil siguiente a la aprobación del Informe de Avance N°4, el Consultor deberá entregar el informe final, el cual deberá necesariamente incluir la totalidad de las tareas comprometidas y los proyectos definitivos con todas las observaciones subsanadas y presentarse en la forma que dispongan estas bases de licitación.
9.7 FORMA DE PAGO
Se efectuarán estados de pago por etapa. Se cancelará cada etapa una vez que esté completamente entregada y aprobada la etapa respectiva.
9.8 MULTAS
El procedimiento para la aplicación de medidas derivadas de incumplimientos será el siguiente: Detectada una situación que amerite la aplicación de una multa u otra medida contemplada en las presentes bases, la entidad licitante notificará inmediatamente de ello al adjudicado, personalmente o por carta certificada, informándole sobre la medida a aplicar y sobre los hechos que la fundamentan. A contar de la notificación singularizada en el párrafo anterior, el proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito, acompañando todos los antecedentes que lo fundamenten. Vencido el plazo indicado sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente medida por medio de una resolución fundada de la entidad licitante. Si el proveedor ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la entidad licitante tendrá un plazo de 30 días hábiles, contados desde la recepción de los descargos del proveedor, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del respectivo proveedor deberá formalizarse a través de la dictación de una resolución fundada de la entidad licitante, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la medida. La indicada resolución deberá notificarse al respectivo proveedor adjudicado personalmente o mediante carta certificada. El proveedor adjudicado dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución fundada singularizada en los párrafos anteriores, para impugnar dicho acto administrativo mediante los recursos contemplados en la Ley 19.880, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva medida. La entidad licitante tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso. La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado. Las multas serán descontadas en el estado de pago siguiente. El tope máximo de las multas no podrá sobrepasar el 15% del monto del contrato, en este caso SERVIU Región de la Araucanía podrá poner término anticipado al contrato. La consultoría estará afecta a las siguientes multas en caso de incumplimiento de los servicios contratados. Los plazos, montos y conceptos de multas son los siguientes:
9.8.1 MULTAS POR INCUMPLIMIENTOS DE ÓRDENES O INSTRUCCIONES:
La consultoría debe someterse a las órdenes o instrucciones que la Contraparte Técnica del Serviu o Inspector Técnico del Diseño, impartan por escrito oficio o correos electrónicos, las instrucciones deben ser cumplidas por la asesoría en el plazo indicado por el Inspector del diseño. Se considerará una multa de 2 UF diaria en caso de no cumplimiento de la orden. Si después de resueltos los reclamos o dificultades, el consultor se resistiere a acatar las órdenes impartidas, o si su calificación semestral o a la mitad de la asesoría es menor a 70 puntos, se podrá poner término anticipado al contrato de asesoría. Los criterios para evaluar a la consultoría, se realizará de acuerdo al Título V, Artículos 29 en adelante del Decreto 135 (V. y U.) de 1978.
9.8.2. MULTAS POR RETRASO EN ENTREGA DE INFORMES O RECHAZO DE FASE.
El incumplimiento por la entrega de informes de etapa se sancionará con una multa diaria de 2 UF, que se descontará administrativamente del estado de pago siguiente.
9.8.3. MULTAS POR CAMBIO O AUSENCIA DE PROFESIONALES.
El incumplimiento de la solicitud de cambio de profesionales, en el plazo de 45 días corridos, contados desde la fecha del oficio con la solicitud respectiva, se sancionará con una multa diaria de 5 UF, que se descontará administrativamente del estado de pago siguiente. En el caso que se genere la ausencia de un profesional de forma injustificada, se sancionará con una multa diaria de 5 UF. La justificación de la ausencia podrá ser mediante correo electrónico u oficio del consultor justificando la ausencia. En caso de que sea necesario el consultor deberá generar el reemplazo del profesional según lo indicado en los párrafos anteriores.
9.8.4. MULTAS POR NO ACTUALIZACIÓN DE GARANTIAS.
El consultor siempre deberá mantener vigente las boletas de garantía por fiel cumplimiento del contrato hasta que se cumplan las condiciones establecidas en las presentes bases administrativas para que se proceda a su devolución. Si el consultor no cumple oportunamente con esta disposición, se ejecutará la boleta de garantía de fiel cumplimiento de contrato y se le aplicará una multa equivalente al 0,3 por mil del monto del contrato, por cada día de atraso, la que le será descontada en el siguiente estado de pago. En caso de aplicarse descuento por este concepto, el SERVIU podrá poner término anticipado al contrato de inmediato.
9.8.5. MULTAS POR RECHAZO O ATRASO DE ENTREGA DE ETAPAS.
En el caso de rechazo se aplicará una multa de 2 UF por día hasta el nuevo ingreso. En caso que el periodo contractual de la fase haya expirado, se procederá al cobro de multas de 2 UF diaria.
9.9 TERMINO ANTICIPADO DE CONTRATO
Se podrá dar término anticipado a la asesoría en los siguientes casos. • Por una calificación de la consultora inferior a 70 puntos: Los criterios para evaluar a la consultoría, se realizará de acuerdo al Título V, Artículos 29 en adelante del Decreto 135 (V. y U.) de 1978. • 15% o más del contrato en Multas. • Incumplimiento de las exigencias de adhesión al sistema de seguridad de la información del SERVIU Región de L Araucanía. El término anticipado se hará efectivo mediante un informe escrito del ITO, que dará cuenta del término anticipado de la asesoría sin derecho a indemnización y con 15 días de aviso previo, lo cual será sustento para dictar la respectiva resolución.
9.10 METODOLOGÍA DE ENTREGA DE ETAPAS
El consultor deberá proponer los días de entrega de cada etapa según lo indicado en el Formulario OE-3, estos plazos no incluirán días de revisión de la contraparte técnica. Las entregas por etapa o fase tendrán el siguiente procedimiento: El consultor deberá ingresar la Fase dentro de los plazos indicados en el formulario OE-3 para revisión, donde los plazos contractuales serán congelados para dar inicio al periodo de pronunciamiento de la Contraparte Técnica. SERVIU Región de La Araucanía emitirá un oficio rechazando, observando o aprobando la etapa según corresponda. El rechazo se realizará mediante Oficio conductor, donde los plazos contractuales volverán activarse. En caso de que el proyecto sea observado mediante Oficio conductor, volverán a correr los días contractuales hasta la nueva entrega de subsanación o fase siguiente. Cabe señalar que el consultor debe distribuir los días de entrega de fase y días de subsanación de la misma en su plan de entrega, las cuales sumadas no deben sobrepasar los días de fase indicados en el Formulario OE-3. Además, se deberá considerar formatos de entrega de legajos técnicos especiales para cada contraparte, dependiendo del ámbito de la especialidad, lo anterior para buscar su aprobación.
9.11 VALIDEZ DE LA OFERTA
Las ofertas tendrán una validez mínima de 60 días contados desde la fecha Cierre para Recepción de Ofertas indicada en estas bases. Si dentro de ese plazo no se puede realizar la adjudicación, el SERVIU Región de la Araucanía, podrá solicitar a la adjudicataria una prórroga de la oferta de hasta por igual período. Si la adjudicataria no lo otorgara, la oferta se entenderá desistida y el SERVIU Región de La Araucanía podrá adjudicar al oferente que, cumpliendo con los requisitos de adjudicación, le siga en el orden de prelación en la evaluación de las Ofertas.
9.12 ERRORES U OMISIONES (Art. 40 DS 250/04 de Hacienda)
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, el SERVIU Región de la Araucanía, podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información www.chilecompra.cl. Lo anteriormente indicado será considerado como incumplimiento de los requisitos formales de la licitación, cuando este sea de responsabilidad del oferente.
9.13 RESPONSABILIDADES Y DEBERES DEL ADJUDICATARIO
El consultor es el único responsable de la dirección de los trabajos. Será obligación del Consultor, mantener bajo su cargo y responsabilidad el personal adecuado para la ejecución del diseño/estudio. Se deja expresamente establecido que dichos trabajadores no tendrán vínculo ni relación laboral alguna con el SERVIU Araucanía. El Consultor, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de todos los integrantes de su equipo de trabajo. El certificado que acredite lo anterior, deberá entregarlo al día, en cada estado de pago. En consecuencia, el Consultor será responsable en forma exclusiva del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, beneficios y en general, de toda suma de dinero que por cualquier concepto deba pagarse a los integrantes de su equipo de trabajo. Los daños que se ocasionaren a terceros en el transcurso del proyecto serán de cargo del consultor. En el desarrollo del trabajo, el consultor deberá respetar las disposiciones municipales y reglamentarias pertinentes y acatar las instrucciones que le formule el SERVIU a través de la Contraparte Técnica. El consultor deberá dar estricto cumplimiento a la Carta Gantt y a los términos de referencia del proyecto. El consultor asume, asimismo, un compromiso con el proyecto hasta su ejecución, prestando asistencia técnica ante eventuales omisiones y/o vacíos que pudieran evidenciarse en la etapa de obra. Durante la vigencia del contrato resultante de este proceso licitatorio, el oferente adjudicado deberá: • Asistir a todas las reuniones de coordinación y control que requiera el SERVIU Región de la Araucanía. • Disponer de los recursos técnicos para asegurar el cumplimiento de los requerimientos. • Informar oportunamente al SERVIU Región de la Araucanía, de todo imprevisto o situación extraña al desarrollo del contrato que detecte o de la cual tome conocimiento durante la vigencia del mismo. Terminada la recepción, durante el plazo de revisión correspondiente, la Contraparte Técnica del SERVIU, a cargo del contrato, realizará un Informe final donde se dejará constancia de las condiciones en que se recibió el diseño ingeniería y de las observaciones que hubiese. Si en la recepción se detecta que el diseño no está totalmente terminado y el plazo contractual está vencido, se emitirá un informe de observaciones finales para cuya subsanación la Contraparte Técnica podrá otorgar un plazo máximo de 5 días hábiles. Transcurridos los 5 días sin ingreso conforme del producto final, el SERVIU aplicará las multas estipuladas en las presentes bases a contar de la fecha de término contractual y hasta que efectivamente se realice la entrega conforme del mismo (2 UF diarios). Si tal situación persiste por un período superior al 10% del plazo contractual del proyecto, será causal para que el SERVIU de término anticipado al contrato, por causas imputables al consultor y a ejecutar la garantía de fiel cumplimiento del contrato. El informe definitivo de recepción se realizará cuando no existan observaciones respecto de la elaboración del diseño ingeniería.
9.14 EXIGENCIA DE NO REGISTRAR SALDOS INSOLUTOS
El proveedor adjudicado deberá acreditar que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con sus trabajadores contratados en los últimos dos años y la oportunidad en que ellos serán requeridos (Articulo 22 punto 9 del Reglamento 250) mediante certificado de la inspección del trabajo en cada estado de pago. No aplica para persona natural sin trabajadores a cargo.
9.15 PROPIEDAD INTELECTUAL Y REPRODUCCIÓN DEL DISEÑO/ESTUDIO
En las reproducciones que el SERVIU Región de La Araucanía efectúe del diseño contratado o de los resultados de cualquiera de sus etapas, se indicará el nombre del Consultor, quien cede desde ya a SERVIU Araucanía sus derechos como autor de los productos que resulten del estudio. Si el Consultor quisiera reproducir total o parcialmente estos productos, deberá previamente solicitar autorización expresa de SERVIU Araucanía. El Consultor libera de toda responsabilidad al SERVIU Región de La Araucanía frente a acciones entabladas por terceros en razón de transgresiones al derecho de autor, de marca, de propiedad intelectual y otros, utilizadas por él indebidamente.
9.16 EXIGENCIAS DE ADHESIÓN AL SISTEMA DE SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN DEL SERVIU REGIÓN DE LA ARAUCANÍA
Cláusula de Protección de la Información Institucional Se exige la adhesión al Sistema de Seguridad de la Información del Serviu región de La Araucanía: El objeto del presente acuerdo es fijar los términos y condiciones bajo los cuales las partes mantendrán la confidencialidad de los datos e información intercambiados entre ellas, incluyendo información objeto de derecho de autor, patentes, técnicas, modelos, know-how, procesos, algoritmos, programas, ejecutables, investigaciones, detalles de diseño, información financiera, lista de clientes/usuarios/postulantes/beneficiarios, proveedores, funcionarios, relaciones institucionales y contractuales, y cualquier información revelada sobre terceras personas. Se deja constancia que el oferente que resulte adjudicado se obligará expresamente en el contrato a [1] cumplir con la Política de Seguridad de la Información del MINVU, que se encuentra disponible en www.serviuaraucania.cl a utilizar la información únicamente para los propósitos autorizados y a respetar la confidencialidad de la información en los casos que asi se establezca en el contrato [2]; asimismo se obliga a reportar a la contraparte SERVIU que se le designe a tratar los eventos de seguridad de la información que detecte conforme al Procedimiento de Gestión de Incidentes de Seguridad de la Información vigente, el que será puesto a su disposición. Se compromete a acceder, procesar, almacenar, comunicar la información y utilizar componentes de infraestructura de TI de la Institución respetando las políticas de seguridad internas, asegurando su integridad. Las partes se obligan a no divulgar a terceras partes, la “Información Confidencial” que reciban de la otra parte, y a darle a dicha información el mismo tratamiento que le darían a la información confidencial como si fuera de su propiedad. Para efectos del presente acuerdo “Información Confidencial” comprende toda la información divulgada por cualquiera de las partes ya sea en forma oral, visual, escrita, grabada en medios magnéticos o en cualquier otra forma tangible y que se encuentre claramente marcada o registrada como tal al ser entregada a la parte receptora. El producto del trabajo que el proveedor adjudicado desarrolle con ocasión de esta contratación, tales como programas, rutinas, procedimientos, archivos, manuales, documentos, informes, modelos, diagramas, diseños, diseños lógicos, diseños físicos, códigos, fuentes o ejecutables u otros serán de propiedad del SERVIU Región de La Araucanía, quien se reserva el derecho de disponer de ellos libremente sin limitación de ninguna especie, no pudiendo por tanto el proveedor realizar ningún acto respecto de ellos, ajenos al contrato, sin la autorización expresa del Servicio. Todo dato, estadística, códigos fuentes, ejecutables, y cualquier otra información del SERVIU Región de La Araucanía que el proveedor conozca o llegare a conocer con ocasión o a propósito de las labores que realice en virtud de este contrato se mantendrán como propiedad confidencial de éstos. El incumplimiento de esta obligación autorizará al SERVIU Región de La Araucanía para poner término anticipado al contrato. El incumplimiento será declarado administrativamente tras la aplicación del Procedimiento para la aplicación de medidas derivadas de incumplimientos establecido en el presente pliego de condiciones, sin perjuicio de perseguir las responsabilidades civiles y penales que según el caso corresponda, directamente o derivados de las acciones de los integrantes de su equipo de trabajo, subcontratistas u otras personas vinculadas a aquél. Y, en su caso, podrá dar lugar a responsabilidad por los daños y perjuicios que dicho incumplimiento llegase a ocasionar al Servicio. No obstante lo anterior, no habrá deber alguno de confidencialidad en los siguientes casos: a) Cuando la parte receptora tenga evidencia de que conoce previamente la información recibida: b) Cuando la información a la fecha en que se revela sea de dominio público por motivos que no resulten del incumplimiento de esta cláusula por parte del Consultor, los integrantes de su Equipo de Trabajo, sus dependientes, contratistas u otras personas relacionadas con aquél. c) Cuando la información deje de ser confidencial por ser revelada por el propietario con permiso de divulgación. d) Cuando por virtud de la ley, o por resolución judicial, el Consultor sea obligado a revelar la referida información. El proveedor acepta el derecho del SERVIU Región de La Araucanía a supervisar, revisar y auditar sus procesos y los controles que implemente relacionados con el presente acuerdo. El presente acuerdo de protección de la información institucional y cláusula de confidencialidad tendrá una duración indefinida. [1] En los contratos de prestación de servicios menores a 1000 UTM el contrato puede formalizarse mediante la emisión de la orden de compra por el comprador y aceptación por parte del proveedor (art. 63 DS N° 250/04 de Hacienda). [2] En el presente procedimiento, se entiende "contrato" en su sentido conceptual de acuerdo de voluntades, independiente del soporte de éste, que podrá ser un documento contractual propiamente tal, los pliegos de condiciones más la orden de compra u otro.
9.17 PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: 1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. 2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. 3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase. 6. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. 7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertada. 8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
9.18 DISPOSICIONES GENERALES
Las situaciones no consultadas en las presentes Bases Administrativas Especiales, como así también, los vacíos que se pudieren presentar durante el transcurso de la elaboración del (de los) proyecto(s) y motivados por factores de contrato, serán resueltas por el SERVIU Región de la Araucanía, mediante resolución fundada. El mandante queda facultado para suspender la recepción o cancelación del (de los) proyecto(s), cuando el proponente tuviere pendientes otros trabajos u obligaciones que sean informados por los Tribunales de Justicia, Inspección del Trabajo u otro servicio público.
9.19 CALIFICACION
Al momento de recepción del trabajo y a la mitad del plazo contractual, el SERVIU calificará al consultor conforme a lo establecido en el artículo 29 del D.S. 135/78 de V. y U. que aprueba el Reglamento del Registro Nacional de Consultores del MINVU.