9.1.- Documentos que rigen la propuesta y el contrato |
9.1.1. Ley 19.886 y su reglamento, las presentes bases, sus anexos, aclaraciones y respuestas, la oferta del adjudicatario, la resolución de adjudicación, la orden de compra y las instrucciones técnicas que emita el SERVIU Región de la Araucanía. Los interesados en conocer dichos documentos podrán hacerlo accediendo a www.chilecompra.cl, desde donde se podrá obtener dicha información cuando esté disponible.
9.1.2. El D.S. Nº 135, de 1978, de V. y U. Reglamento del Registro de Consultores del MINVU.
Para todos los efectos legales, el Consultor fijará su domicilio en Temuco y se someterá a la Jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de Justicia de la ciudad de Temuco.
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9.2.- Validez de la Oferta |
Las ofertas tendrán una validez mínima de 30 días contados desde la fecha Cierre para Recepción de Ofertas indicada en estas bases. Si dentro de ese plazo no se puede realizar la adjudicación, el SERVIU Región de la Araucanía, podrá solicitar a la adjudicataria una prórroga de la oferta de hasta por igual período. Si la adjudicataria no lo otorgara, la oferta se entenderá desistida y el SERVIU Región de La Araucanía podrá adjudicar al oferente que, cumpliendo con los requisitos de adjudicación, le siga en el orden de prelación en la evaluación de las Ofertas.
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9.3.- Errores u omisiones |
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, el SERVIU Región de la Araucanía, podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información www.chilecompra.cl. Lo anteriormente indicado será considerado como incumplimiento de los requisitos formales de la licitación, cuando este sea de responsabilidad del oferente.
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9.4.- Adjudicación, readjudicación y criterios de desempate |
El SERVIU Región de la Araucanía, adjudicará la licitación al oferente que, cumpliendo con los requisitos establecidos en las bases, obtenga el mejor puntaje tras la evaluación de las ofertas presentadas. Si dos o más oferentes obtuvieren el mismo puntaje final de la oferta, se utilizará el siguiente criterio de desempate en orden de prioridad:
1° Puntaje sub Ítem Experiencia del consultor.
2° Puntaje sub ítem Experiencia del Consultor en Proyectos Similares.
3° Puntaje Entrevista Personal.
El
proponente será citado a una entrevista, a traves de los medios
formales establecidos; la no participacion de esta entrevista (lugar y
horario indicado) dará puntuacion de "0" puntos, de acuerdo a lo
señalado en las respectivas base de licitacion (criterios de evaluación)
Sin perjuicio de lo anterior, el SERVIU Región de la Araucanía, se reserva el derecho de declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando estas no resulten convenientes a sus intereses. Dichas declaraciones serán por resolución fundada, publicadas en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl. En caso de que el oferente originalmente seleccionado se rehúse a aceptar la orden de compra, se desista de su oferta, sea inhábil para contratar con el Estado de acuerdo a los términos establecidos por la Ley 19.886 y su Reglamento, no acepte la orden de compra correspondiente en el plazo de 5 días hábiles desde su emisión, el SERVIU Región de La Araucanía podrá adjudicar la licitación al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas, oferente que deberá cumplir con todos los requisitos necesarios para la adjudicación, y así sucesivamente entre los oferentes evaluados y por orden del puntaje obtenido.
El SERVIU comunicará a través del portal www.mercadopublico.cl la decisión de adjudicación de la propuesta en la fecha estipulada en las bases. Los proponentes cuyas propuestas no fuesen aceptadas, no tendrán derecho a pretender indemnizaciones.
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9.5.- Plazo de la consultoría |
El plazo de la consultoría será de 174 días aproximados, desde la fecha de adjudicación.
Los plazos indicados deben considerar todas las etapas de la consultoría, indicadas en el punto 9.8.
Prorroga
del contrato, dependera de la disponibilidad presupuestaia y de la calificacion del consultor la cual debe ser superior a 70 puntos,; y cuyo
periodo de extencion no podrá ser superior al contrato inicial.
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9.6.- Descripción general de los productos a contratar |
De
acuerdo a la forma como se han proyectado materializar las obras y
considerando la imagen objetivo que se pretende alcanzar con la
materialización del proyecto se ha estimado necesaria la inspección
“residente” y la presencia del servicio en cuanto a una estricta
inspección, de tal forma de mantener un canal de comunicación permanente
entre la comunidad, empresa y Serviu.
Este
servicio sabe que una buena ejecución de obras y alta participación en
este proceso por parte de los actores, será la única manera de
garantizar obras de calidad.
El
profesional Asesor de la I.T.O deberá tener permanente contacto con el
profesional a cargo de realizar el seguimiento por parte del SERVIU
(I.T.O.) coordinando visitas en conjunto a la obra y haciendo entrega de
toda la documentación relativa a la obra que se requiera de acuerdo a
lo señalado en las Bases de Licitación.
El
inspector asesor entregará un informe final de ejecución de las obras a
la comisión receptora previa a la Recepción de las Obras, antecedente
que será fundamental para la calificación de la Empresa Constructora.
Será el encargado de agilizar la obtención de los planos finalmente
construidos y con las modificaciones de obra.
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9.7.- Supervisión y coordinación del contrato |
El SERVIU Región de la Araucanía, definirá una Supervisión Técnica que ejercerá las siguientes funciones:
• Supervisar, coordinar y fiscalizar el cumplimiento de las gestiones establecidas en las presentes bases para el oportuno cumplimiento del contrato.
• Dar visto bueno y recepción conforme de los productos parciales y finales, como también la tramitación de pagos y sanciones.
• Las demás que le encomienden las presentes bases.
El SERVIU Región de la Araucanía, a través de la Supervisión Técnica que se designe para la coordinación y supervisión de contrato, impartirá instrucciones técnicas al consultor adjudicado, con el propósito de orientar el adecuado desarrollo de los servicios contratados.
La Supervisión Técnica definida para velar por el cumplimiento de los servicios y entrega de los productos será el Jefe Oficina de Ejecución de obras.
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9.8.- Etapas, productos a entregar por etapa y pago de los servicios prestados |
El precio de la consultoría será
pagado en parcialidades, mediante Estados de Pago, los que se
presentarán en el SERVIU Región de La Araucanía una vez cumplida y aprobada
cada Etapa señalada en cuadro adjunto. Cada etapa es equivalente a 30 dias corridos:
PROYECTO
"Mejoramiento Avenida Perez Canto, Curacautín."
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TÍTULO
PROFESIONAL
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INGENIERO
CIVÍL O INGENIERO CONSTRUCTOR O CONSTRUCTOR CIVIL
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$ 8.206.000
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PLAZO
(días corridos)
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174
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ETAPA
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PRODUCTOS
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MONTOS
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1
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El
Consultor debe entrgar a la Unidad Técnica del Proyecto un informe impreso
(Nº1), para revisión; el día 20 de la primera etapa, que contenga como
mínimo lo siguiente:
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$ 1.450.000
|
a)
Oficios emitidos organismos publicos,
resoluciones, actas, informes modificaciones, memorandum entre otros. Además
debe apoyar a la Inspección Técnica, en las modificaciones que se pudiesen
presentar durante el contrato (adjuntar medios de verificación).
|
b)
Revisión y Chequeo de informes de laboratorio, avance obra, recepcion de
partidas; verificar la aplicación del plan autocontrol, para la
correcta ejecución de las obras del contrato
(adjuntar medios de verificación).
|
c)
Revisión en Terreno de las partidas de obras del Estado de Pago, del periodo a cursar. Visar y/o modificar
el estado de pago (en caso de que
corresponda) , confección de orden de pago (adjuntar medios de verificación).
|
|
d)
Revisión y visacion permanente del Plan de Autocontrol de obra, organigrama
empresa y plan de prevención de riesgos, que se utiliza para ejecutar las
obras. Participar de la totalidad de las reuniones que el SERVIU, Municipalidad, dirigentes, soliciten o
convoquen de la obra (adjuntar medios de verificación).
|
|
e)
Confección Informe semanal, que contenga la
informacion obtenida del avance de obras, con respaldo fotográfico de
lo ejecutado por la Empresa Constructora (adjuntar medios de verificación).
|
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f)
Visita a terreno diaria a la Obra (adjuntar medios de verificación).
|
|
g)
Avance Físico y Financiero de la Obra (adjuntar medios de verificación).
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2
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El
Consultor debe entrgar a la Unidad Técnica del Proyecto un informe impreso
(Nº2), para revisión; el día 20 de la segunda etapa, que contenga como
mínimo lo siguiente:
|
$ 1.450.000
|
a)
Oficios emitidos organismos publicos,
resoluciones, actas, informes modificaciones, memorandum entre otros. Además
debe apoyar a la Inspección Técnica, en las modificaciones que se pudiesen
presentar durante el contrato (adjuntar medios de verificación).
|
b)
Revisión y Chequeo de informes de laboratorio, avance obra, recepcion de
partidas; verificar la aplicación del plan autocontrol, para la
correcta ejecución de las obras del contrato
(adjuntar medios de verificación).
|
c)
Revisión en Terreno de las partidas de obras del Estado de Pago, del periodo a cursar. Visar y/o modificar
el estado de pago (en caso de que
corresponda) , confección de orden de pago (adjuntar medios de verificación).
|
d)
Revisión y visacion permanente del Plan de Autocontrol de obra, organigrama
empresa y plan de prevención de riesgos, que se utiliza para ejecutar las
obras. Participar de la totalidad de las reuniones que el SERVIU, Municipalidad, dirigentes, soliciten o
convoquen de la obra (adjuntar medios de verificación).
|
e)
Confección Informe semanal, que contenga la
informacion obtenida del avance de obras, con respaldo fotográfico de
lo ejecutado por la Empresa Constructora (adjuntar medios de verificación).
|
f)
Visita a terreno diaria a la Obra (adjuntar medios de verificación).
|
g)
Avance Físico y Financiero de la Obra (adjuntar medios de verificación).
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3
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El
Consultor debe entrgar a la Unidad Técnica del Proyecto un informe impreso
(Nº3), para revisión; el día 20 de la tercera etapa, que contenga como
mínimo lo siguiente:
|
$ 1.450.000
|
a)
Oficios emitidos organismos publicos,
resoluciones, actas, informes modificaciones, memorandum entre otros. Además
debe apoyar a la Inspección Técnica, en las modificaciones que se pudiesen
presentar durante el contrato (adjuntar medios de verificación).
|
b)
Revisión y Chequeo de informes de laboratorio, avance obra, recepcion de
partidas; verificar la aplicación del plan autocontrol, para la
correcta ejecución de las obras del contrato
(adjuntar medios de verificación).
|
c)
Revisión en Terreno de las partidas de obras del Estado de Pago, del periodo a cursar. Visar y/o modificar
el estado de pago (en caso de que
corresponda) , confección de orden de pago (adjuntar medios de verificación).
|
d)
Revisión y visacion permanente del Plan de Autocontrol de obra, organigrama
empresa y plan de prevención de riesgos, que se utiliza para ejecutar las obras.
Participar de la totalidad de las reuniones que el SERVIU, Municipalidad, dirigentes, soliciten o
convoquen de la obra (adjuntar medios de verificación).
|
e)
Confección Informe semanal, que contenga la
informacion obtenida del avance de obras, con respaldo fotográfico de
lo ejecutado por la Empresa Constructora (adjuntar medios de verificación).
|
f)
Visita a terreno diaria a la Obra (adjuntar medios de verificación).
|
g)
Avance Físico y Financiero de la Obra (adjuntar medios de verificación).
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4
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El
Consultor debe entrgar a la Unidad Técnica del Proyecto un informe impreso
(Nº4), para revisión; el día 20 de la cuarta etapa, que contenga como
mínimo lo siguiente:
|
$ 1.450.000
|
a)
Oficios emitidos organismos publicos,
resoluciones, actas, informes modificaciones, memorandum entre otros. Además
debe apoyar a la Inspección Técnica, en las modificaciones que se pudiesen
presentar durante el contrato (adjuntar medios de verificación).
|
b)
Revisión y Chequeo de informes de laboratorio, avance obra, recepcion de
partidas; verificar la aplicación del plan autocontrol, para la
correcta ejecución de las obras del contrato
(adjuntar medios de verificación).
|
c)
Revisión en Terreno de las partidas de obras del Estado de Pago, del periodo a cursar. Visar y/o modificar
el estado de pago (en caso de que
corresponda) , confección de orden de pago (adjuntar medios de verificación).
|
d)
Revisión y visacion permanente del Plan de Autocontrol de obra, organigrama
empresa y plan de prevención de riesgos, que se utiliza para ejecutar las
obras. Participar de la totalidad de las reuniones que el SERVIU, Municipalidad, dirigentes, soliciten o
convoquen de la obra (adjuntar medios de verificación).
|
e)
Confección Informe semanal, que contenga la
informacion obtenida del avance de obras, con respaldo fotográfico de
lo ejecutado por la Empresa Constructora (adjuntar medios de verificación).
|
f)
Visita a terreno diaria a la Obra (adjuntar medios de verificación).
|
g)
Avance Físico y Financiero de la Obra (adjuntar medios de verificación).
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5
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El
Consultor debe entrgar a la Unidad Técnica del Proyecto un informe impreso
(Nº5), para revisión; el día 20 de la quinta etapa, que contenga como mínimo lo siguiente:
|
$ 1.450.000
|
a)
Oficios emitidos organismos publicos,
resoluciones, actas, informes modificaciones, memorandum entre otros. Además
debe apoyar a la Inspección Técnica, en las modificaciones que se pudiesen
presentar durante el contrato (adjuntar medios de verificación).
|
b)
Revisión y Chequeo de informes de laboratorio, avance obra, recepcion de
partidas; verificar la aplicación del plan autocontrol, para la
correcta ejecución de las obras del contrato
(adjuntar medios de verificación).
|
c)
Revisión en Terreno de las partidas de obras del Estado de Pago, del periodo a cursar. Visar y/o modificar
el estado de pago (en caso de que
corresponda) , confección de orden de pago (adjuntar medios de verificación).
|
d)
Revisión y visacion permanente del Plan de Autocontrol de obra, organigrama
empresa y plan de prevención de riesgos, que se utiliza para ejecutar las
obras. Participar de la totalidad de las reuniones que el SERVIU, Municipalidad, dirigentes, soliciten o
convoquen de la obra (adjuntar medios de verificación).
|
e)
Confección Informe semanal, que contenga la
informacion obtenida del avance de obras, con respaldo fotográfico de
lo ejecutado por la Empresa Constructora (adjuntar medios de verificación).
|
f)
Visita a terreno diaria a la Obra (adjuntar medios de verificación).
|
g)
Avance Físico y Financiero de la Obra (adjuntar medios de verificación).
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6
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El
Consultor debe entrgar a la Unidad Técnica del Proyecto un informe impreso
(Nº6), para revisión; el día 20 de la sexta etapa, que contenga como
mínimo lo siguiente:
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$ 956.000
|
a)
Oficios emitidos organismos publicos,
resoluciones, actas, informes modificaciones, memorandum entre otros. Además
debe apoyar a la Inspección Técnica, en las modificaciones que se pudiesen
presentar durante el contrato (adjuntar medios de verificación).
|
b)
Revisión y Chequeo de informes de laboratorio, avance obra, recepcion de
partidas; verificar la aplicación del plan autocontrol, para la
correcta ejecución de las obras del contrato
(adjuntar medios de verificación).
|
c)
Revisión en Terreno de las partidas de obras del Estado de Pago, del periodo a cursar. Visar y/o modificar
el estado de pago (en caso de que
corresponda) , confección de orden de pago (adjuntar medios de verificación).
|
d)
Revisión y visacion permanente del Plan de Autocontrol de obra, organigrama
empresa y plan de prevención de riesgos, que se utiliza para ejecutar las
obras. Participar de la totalidad de las reuniones que el SERVIU, Municipalidad, dirigentes, soliciten o
convoquen de la obra (adjuntar medios de verificación).
|
e)
Confección Informe semanal, que contenga la
informacion obtenida del avance de obras, con respaldo fotográfico de
lo ejecutado por la Empresa Constructora (adjuntar medios de verificación).
|
f)
Visita a terreno diaria a la Obra (adjuntar medios de verificación).
|
g)
Avance Físico y Financiero de la Obra (adjuntar medios de verificación).
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h)
Para el último informe (final) el Asesor prestador de Servicios deberá
entregar un respaldo digital (CD) con
toda la documentación de la obra escaneada
(Actas, resoluciones, informes tecnicos, Oficios, Memorandum, Ordenes de
Servicio, fotografias, planos, certificados de laboratorio, fichas técnicas
etc.)
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PRESUPEUSTO
DISPONIBLE 2018
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$ 8.206.000
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El proyecto
se pagará en pesos chilenos mediante estados de pago. El pago será efectuado
dentro de los 15 días siguientes, contados desde la recepción conforme de la
boleta de honorarios o factura correspondiente más los productos
correspondientes, los que deberán contar con la conformidad de la Supervisión
Técnica del SERVIU Región de la Araucanía. El SERVIU podrá solicitar
información adicional al proveedor adjudicado en caso que lo estime pertinente,
para verificar la correcta facturación. En este caso, se pospondrá el pago
correspondiente hasta que se reciban y analicen todos los elementos
correspondientes. En caso de existir multas por incumplimiento del plazo
contractual, éstas serán descontadas del siguiente estado de pago, según lo
establecido en las presentes bases.
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9.9.-Responsabilidades y deberes del adjudicatario |
-
El consultor deberá disponer de los siguientes implementos
para el desarrollo del contrato:
-
Notebook (1); el notebook deberá contar con los accesorios
necesarios para su correcto funcionamiento, además de conexión a internet
personal o banda ancha móvil.
-
Teléfono Celular (1); el teléfono celular deberá contar con
un plan de internet y minutos mensuales, necesarios para mantener una oportuna
comunicación.
-
Implementos de Seguridad; el oferente adjudicado deberá
contar con los exigidos por la normativa vigente para las Obras de
Construcción.
-
Cámara Digital (1); el oferente deberá contar con una cámara
fotográfica, para mantener respaldo secuencial del trabajo en terreno, la cual
debe contener las siguientes características: Mínimo 8 Megapíxeles, Video VGA.
-
Además,
-
Revisar diariamente el avance de la obra en terreno,
verificando el cumplimiento de los antecedentes técnicos y administrativos, emitir
reportes y dar recomendaciones al
Supervisor SERVIU (mínimo cinco visitas por semana)
-
Obtener diariamente información de terreno, verificar los
avances de obra, tanto físicos como financieros, de tal forma de permitir un
adecuado control de las obras y de los pagos asociados. Las actividades de la
fiscalización, deberán desarrollarse en forma compatible con la legislación y
reglamentación vigente, las normas técnicas (NCh) y especificaciones técnicas
propias de cada proyecto.
-
Aplicar la metodología establecida en el Manual de
Inspección Técnica de Obras, aprobado mediante el D.S. 85/2007 de V. y U.
-
Adoptar, en caso de detectarse graves defectos
constructivos, emergencias climáticas o naturales, accidentes laborales graves
o cualquier otra contingencia que pueda afectar gravemente las obras
inspeccionadas; las medidas que sean de su competencia, informando
inmediatamente al Inspector Técnico de Obra SERVIU.
-
Apoyar al ITO SERVIU en el control administrativo del
contrato.
-
Proporcionar un Libro de Inspección, que servirá como medio
de comunicación oficial entre Inspección, proyectistas y contratistas.
-
Mantener al día, y ordenadamente la documentación del
contrato, en cuanto a: planos, especificaciones, certificados, cartas,
formularios y toda otra información relacionada con el proyecto, desde el
inicio al término de la asesoría.
-
Verificar el cumplimiento por parte del contratista, de los
programas de avance de obra, plazos y fechas, sean estos parciales, totales o
finales, todo conforme a contrato
-
Remitir de forma mensual al ITO SERVIU, el Informe de Avance
de las Obras, comunicando el estado de desarrollo físico y económico de la
obra, los hechos más relevantes producidos, y situaciones de conflicto
presentes (en caso de que existan).
-
Efectuar las labores propias de la gestión de fiscalización
que se refieren a, recepción de las obras.
-
Informar oportunamente al ITO SERVIU, de situaciones de
conflicto o irregularidades (de forma inmediata), que hayan ocurrido en la obra.
-
El consultor no podrá traspasar el contrato o subcontratar
estudios sin la autorización escrita de la Supervisión Técnica, quien informará
oportunamente de ello para su autorización. Los daños que se ocasionaren a
terceros en el desarrollo de la consultoría serán de cargo del consultor, salvo
aquéllos que se produzcan dentro de la obra y que, por tanto, queden amparados
dentro del seguro de accidentes que todo contratista debe contratar para las
obras que se realicen para el SERVIU de acuerdo al DS N° 236/02 de V. y U. En
el desarrollo del trabajo, el consultor deberá respetar las disposiciones municipales
y reglamentarias pertinentes y acatar las instrucciones que le formule el
SERVIU a través de la Inspección Técnica.
-
El consultor deberá propender al estricto cumplimiento a la
Carta Gantt de ejecución de las obras por parte del contratista y a los términos
técnicos de referencia del proyecto. Durante la vigencia del contrato
resultante de este proceso licitatorio
-
Asistir a todas las reuniones de coordinación y control que
requiera el SERVIU Región de la Araucanía
-
Disponer de los recursos técnicos para asegurar el
cumplimiento de los requerimientos.
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9.10.- Sanciones |
- Si el consultor no cumple oportunamente con la disposición de mantener vigente la garantía por fiel cumplimiento del contrato ésta será ejecutada y quedará a beneficio fiscal.
- si el consultor incumple los plazos por entrega de los productos por etapa.
- Si el consultor no da cumplimiento a cualquier instrucción por escrito del Inspector Técnico a cargo de la consultoría, se le aplicará una multa equivalente al 0,15 por ciento del monto del contrato, por cada día de atraso, la que será descontada en el estado de pago siguiente.
Si a criterio del Consultor existiere fuerza mayor o caso fortuito que justificaren un retraso en el término del proyecto, las razones serán dadas a conocer por éste mediante una solicitud escrita ingresada a la Oficina de Partes del SERVIU, dentro de los cinco días siguientes de sucedido los hechos que invoca, lo que será calificado por el SERVIU de manera fundada. Las multas serán aplicadas por el SERVIU de acuerdo al procedimiento establecido en la Ley 19.880 de Procedimiento Administrativo, y se descontarán del estado de pago siguiente o de la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
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9.11.- Término anticipado del contrato |
El contrato podrá terminarse anticipadamente por el SERVIU Región de la Araucanía, sin derecho a indemnización alguna para el proveedor adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:
- Por resciliación o por mutuo acuerdo entre las partes.
- Por caso fortuito o fuerza mayor.
- En los casos indicados precedentemente, el SERVIU devolverá al consultor la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
- Por estado de notoria insolvencia del adjudicatario.
- Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el adjudicatario.
- Por el incumplimiento infundado de una o más instrucciones técnicas entregadas por el SERVIU.
- Por la no observancia del más alto nivel ético en el desempeño de la gestión encomendada o la comisión de actos de fraude, corrupción, soborno, extorsión, coerción y/o colusión de conformidad con las normas de probidad administrativa contemplada en la Ley Orgánica de Bases de la Administración del Estado, Estatuto Administrativo y con la legislación penal contenida en el código del ramo, que sanciona esta clase de ilícitos.
- Por incumplimientos de las obligaciones establecidas en las presentes bases en materia de seguridad de la información.
- Si el consultor no diere cumplimiento a los plazos en la entrega de los productos parciales o totales contratados, según lo establecido en las presentes bases administrativas en mas de dos ocasiones.
- Si el consultor fuere declarado en quiebra, o le fueren protestados documentos comerciales, que se mantuvieren impagos por más de sesenta días. Se deja constancia que el Supervisor a cargo del contrato podrá solicitar en cualquier momento un informe de estado comercial y financiero del consultor a fin de verificar esta situación, estando obligado el adjudicatario a entregarlo en un plazo máximo de 3 días hábiles.
- El incumplimiento injustificado será considerado como incumplimiento de instrucción y será causal de aplicación de la respectiva multa.
- Si el consultor o alguno de los socios administradores fuera condenado por algún delito que merezca pena aflictiva o, tratándose de una sociedad anónima, lo fuere algún miembro del Directorio o Gerente.
- Si el consultor no renueva oportunamente las garantías, en los casos que corresponda. En caso de término anticipado, el adjudicatario deberá satisfacer íntegramente los servicios que hubieren quedado pendientes antes de la notificación del referido término anticipado, debiendo entregar en todo caso un informe de situación actualizado a la fecha de término de prestación de sus servicios.
- Por calificacion inferior a 70 puntos
- En caso de muerte del consultor, el contrato quedará resuelto y se procederá administrativamente a la liquidación de los trabajos ejecutados, conforme al avance del proyecto.
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9.12.- Exigencia de no registrar saldos insolutos |
El proveedor adjudicado deberá acreditar que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con sus trabajadores contratados en los últimos dos años y la oportunidad en que ellos serán requeridos (Articulo 22 punto 9 del Reglamento 250) mediante certificado de la inspección del trabajo en cada estado de pago. No aplica para persona natural sin trabajadores a cargo.
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9.13.- Exigencia de adhesión al Sistema de Seguridad de la Información del SERVIU Región de La Araucanía |
Se deja constancia que el oferente que resulte adjudicado se obliga expresamente a cumplir con la Política de Seguridad de la Información del SERVIU y del MINVU, a utilizar la información únicamente para los propósitos autorizados, a respetar la confidencialidad de la información en los casos en que proceda; a reportar y tratar los eventos de seguridad de la información conforme a los procedimientos existentes, a procesar la información adecuadamente, asegurando su integridad.
Toda información que el Consultor, los integrantes de su Equipo de Trabajo, sus dependientes, contratistas u otras personas vinculadas a aquél, conozcan o llegaren a conocer con ocasión o a propósito de este Estudio y sus actividades complementarias, serán y se mantendrán como propiedad confidencial.
El incumplimiento de esta obligación autorizará al SERVIU Araucanía, para poner término anticipado al contrato. No obstante lo anterior, las disposiciones de esta cláusula no se aplicarán en los siguientes casos:
a) Cuando la información a la fecha en que se revela sea de dominio público por motivos que no resulten del incumplimiento de esta cláusula por parte del Consultor, los integrantes de su Equipo de Trabajo, sus dependientes, contratistas u otras personas relacionadas con aquél.
b) Cuando por virtud de la ley, o por resolución judicial, el Consultor sea obligado a revelar la referida información.
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9.14.- Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven, en especial en todo lo que dice relación con el contrato de la/s obra/s que le corresponde apoyar en su correcta ejecución,.
2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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9.15.- Disposiciones generales |
Las situaciones no consultadas en las presentes Bases Administrativas Especiales, como así también, los vacíos que se pudieren presentar durante el transcurso de la prestación de los servicios de asesoría y motivados por factores de contrato, serán resueltas por el SERVIU Región de La Araucanía, mediante resolución fundada.
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9.16.- Calificaciones |
La gestión realizada por el consultor deberá ser calificada por el SERVIU REGIÓN DE LA ARAUCANÍA, de acuerdo al D.S.Nº135, de 1978, de V. y U. Reglamento del Registro de Consultores del MINVU.
Las calificaciones serán consideradas en todos los procesos licitatorios que realice este servicio, como criterio de evaluación de las ofertas.
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