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OTRAS CLAUSULAS |
a) Apertura electrónica de las ofertas: La apertura electrónica de las ofertas económicas y técnicas será realizada por el operador encargado de la licitación directamente en el portal de compras del Estado.
b) Observaciones respecto a la apertura de ofertas: Los oferentes que deseen efectuar alguna observación respecto de la apertura de las ofertas, deberán hacerlo mediante la modalidad disponible en el portal de compras públicas, sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso final del artículo 33 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
c) Evaluación de las ofertas: Las ofertas que no incluyan la información requerida para aplicar los criterios de evaluación serán eliminadas del proceso de evaluación de esta licitación.
Las ofertas aceptadas serán evaluadas por una Comisión de Evaluación de Ofertas formada, a lo menos, por los siguientes funcionarios:
* El Jefe del Departamento Plantaciones Forestales, o quien lo subrogue.
* El Jefe de Sección Sanidad del Departamento Plantaciones Forestales, o quien lo subrogue.
* Un profesional de la Sección Sanidad del Departamento Plantaciones Forestales.
* El Jefe Sección Compras Tácticas y Estratégicas del Departamento Abastecimiento, o quien lo represente.
Dicha Comisión se encargará del análisis de las ofertas en base a los Criterios de Evaluación de esta licitación pública.
Nota: La Corporación podrá requerir a los oferentes la superación de errores u omisiones, tales como completitud de antecedentes administrativos, complementación de información de la oferta y superar cualquier omisión que estime pertinente, que no representen aspectos evaluables.
d) Adjudicación de la Licitación: La Corporación adjudicará esta licitación pública de acuerdo a lo establecido en las Bases Administrativas y Técnicas, y podrá declarar inadmisible total o parcialmente cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o especificaciones establecidas en dichas Bases.
Podrá además, declarar desierta parte o la totalidad de esta licitación pública, cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses y/o excedan la capacidad presupuestaria de la Corporación.
Tanto la inadmisibilidad como la declaración de desierta, se manifestarán mediante Resolución Fundada.
La adjudicación de esta licitación será publicada en el respectivo ID del portal www.mercadopublico.cl, señalando el nombre del oferente seleccionado por la Corporación.
La prestación de los servicios incluidos en esta licitación pública será adjudicada a la oferta que obtenga el mayor puntaje, de acuerdo a los criterios de evaluación indicados en las presentes Bases.
De existir igualdad en el máximo puntaje final ponderado obtenido entre dos o más ofertas, CONAF adjudicará la oferta que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio de evaluación “Precio de la Oferta”. De persistir la igualdad, se adjudicará a la oferta que presente el mejor puntaje en el criterio “Metodología de trabajo”.
De persistir la igualdad, se adjudicará a la oferta que presente el mejor puntaje en el criterio “Experiencia del Oferente”. Si se mantiene la igualdad, se adjudicará a la oferta que presente el mejor puntaje en el criterio “Puntaje del Plazo de Entrega del Trabajo”. De seguir empatados, habiendo sido aplicadas todas las variables de desempate enumeradas anteriormente, se resolverá la adjudicación en favor de quien haya ingresado primero la oferta, según la fecha y hora indicada en el “Comprobante de Ingreso de la Oferta”, emitido por la plataforma de Mercado Público.
La Corporación emitirá una Resolución de Adjudicación, la cual se publicará en el portal de compras del Estado www.mercadopublico.cl, de acuerdo a la normativa vigente.
La notificación de la Resolución de Adjudicación, se entenderá realizada, luego de las 24 horas transcurridas desde que CONAF publique dicha Resolución en el portal de compras www.mercadopublico.cl
En caso que la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en las presentes Bases de licitación, la Corporación informará en el respectivo ID del portal www.mercadopublico.cl, las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar, y se indicará el nuevo plazo para hacer efectiva dicha adjudicación.
e) Vigencia de la oferta: Las ofertas deberán tener validez por los siguientes 60 días corridos a contar de la fecha que el portal de compras indique como plazo máximo de recepción de ofertas. Si la cotización no indicare vigencia, se entenderá que corresponde al plazo antes indicado.
f) Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación: Las consultas deberán ser realizadas con el debido fundamento, dentro de las 24 horas siguientes a la adjudicación de la licitación, en la dirección hector.poblete@conaf.cl. Las respuestas serán emitidas por ese mismo medio.
g) Requisitos que debe cumplir el adjudicado: Los requisitos que debe cumplir el oferente adjudicado, son los siguientes:
i) Acreditar encontrarse inscrito en el Registro Oficial de Proveedores del Estado, denominado “Chileproveedores”. De no estar inscrito, se transcribe a continuación, la instrucción de la Circular N°09, de fecha 6 de Marzo de 2007, de los Ministerios del Interior y Hacienda: “En caso que el o los proveedores adjudicados no estén inscritos en el registro electrónico oficial de contratistas de la Administración, Chileproveedores, estarán obligados a inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la adjudicación o de la emisión de la orden de compra respectiva”.
ii) En caso de no cumplir con la obligación en el tiempo señalado o no tener la condición de “Habilitado” para contratar con el Estado de Chile, la Corporación encomendará la adquisición de los servicios licitados al oferente que de acuerdo al resultado de la evaluación de esta licitación le siga en puntaje, y así sucesivamente.
h) Readjudicación: Si el oferente adjudicado no acepta la Orden de Compra; no cumple con los requisitos para contratar establecidos en las presentes Bases; se desiste de su oferta o le afecte alguna causal de inhabilidad para contratar de acuerdo con los términos de la Ley 19.886 y su Reglamento, se entenderá que se desiste de la realización de los servicios. Por lo tanto CONAF, tendrá derecho a encomendar la contratación de la prestación de los servicios licitados al oferente que de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos, que se estime conveniente efectuar una nueva licitación, declarando desierto el proceso.
i) Adquisición de los servicios: esta licitación pública y la prestación de los servicios adjudicados, se regirán por los siguientes documentos:
* Las Bases Administrativas y Técnicas, y los Anexos a dichas Bases.
* Las consultas, respuestas y aclaraciones, derivado del procedimiento establecido en las presentes Bases.
* La oferta técnica y la oferta económica del oferente adjudicado.
* La Orden de Compra enviada al oferente adjudicado.
* Las modificaciones efectuadas a las Bases Técnicas y Administrativas de esta licitación pública, si las hubiere.
* Otros antecedentes documentados que solicite o proporcione la Corporación.
j) Modificaciones a las Bases: La Corporación podrá modificar y/o hacer aclaraciones a las Bases de esta licitación, hasta antes de la fecha de cierre de la misma, por propia iniciativa, a objeto de precisar o complementar elementos de su contenido que, a su juicio, no hayan quedado suficientemente claros, y/o a causa de las consultas realizadas a través de la Plataforma de Compras, otorgando un plazo prudente para que los oferentes adecuen sus ofertas a las modificaciones.
k) Contrato: El contrato por la prestación de los servicios licitados será formalizado mediante la Orden de Compra que emita el portal de compras públicas www.mercadopublico.cl
El proveedor deberá Aceptar la Orden de Compra en el portal www.mercadopublico.cl, ya que dicha aceptación será requisito para formalizar el contrato y proceder al pago de los servicios que se adquieran mediante dicha Orden de Compra.
l) Prohibición de cesión del contrato: El Oferente adjudicado no podrá en ningún caso, ceder o traspasar la realización parcial o total de la prestación de servicios regida por las presente Bases de Licitación Pública. Los derechos y obligaciones serán intransferibles.
m) Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
1) Persona natural:
Encontrarse hábil en ChileProveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:
1. Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
2. Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
3. Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
4. La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
5. Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
6. Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
7. Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
8. Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
Documentos persona natural:
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad.
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco”.
2) Persona jurídica:
Encontrarse hábil en ChileProveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:
1. Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
2. Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
3. Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
4. La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
5. Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
6. Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
7. Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
8. Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
Documentos persona jurídica:
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa.
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco”.
- Certificado de Vigencia de la Sociedad.
- Certificado de Boletín de Informes Comerciales.
- Certificado de Quiebras/Convenio Judicial.
n) Término anticipado del contrato: La Corporación, queda facultada para declarar administrativamente el término anticipado del Contrato, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicatario, si concurre alguna o algunas de las causales que se señalan:
- Si el oferente no da cumplimiento a lo establecido en las Bases de Licitación.
- La Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
- Si se disuelve la Empresa adjudicada.
- Cuando CONAF, de común acuerdo con el oferente resuelvan poner término al Contrato.
- Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
- Si existe incumplimiento de obligaciones laborales, de seguridad social u otras de los dependientes que ejecutan o ejecutaron los servicios.
-Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el incumplimiento del contrato.
- Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
o) Sobre las Bases de licitación y el contrato: Se convendrá expresamente que todas y cada una de las estipulaciones contenidas tanto en estas Bases Administrativas, en las Bases Técnicas, sus respectivos Anexos, y demás antecedentes que se señalan en esta Licitación Pública, se entienden incorporadas en el contrato de servicios representado por la respectiva Orden de Compra. Asimismo, toda controversia, divergencia o dificultad que se suscite entre el adjudicatario y CONAF, que no pueda ser resuelta directamente por las partes, quedará sometida a la jurisdicción de los Tribunales de Justicia de la comuna y ciudad de Santiago de Chile. Para todos los efectos legales, el adjudicatario deberá fijar su domicilio en la ciudad de Santiago de Chile.
p) Trabajadores que presten los servicios licitados: Los trabajadores que presten los servicios licitados serán dependientes exclusivos del adjudicatario, correspondiendo a éste cumplir las obligaciones legales, previsionales, laborales y otras que les correspondan como empleadores conforme a la legislación vigente. Por tanto, CONAF no tiene ningún vínculo laboral, ni ninguna especie de relación contractual con estos trabajadores.
q) Consultas y aclaraciones: Las consultas referentes a las Bases Técnicas y Administrativas deberán ser realizadas sólo por la modalidad FORO del portal de compras del Estado, durante las fechas indicadas en el calendario de esta licitación pública. Las respuestas a dichas preguntas se publicarán a través de la misma modalidad FORO.
r) Consultas posteriores al cierre de la licitación y antes de su adjudicación: CONAF podrá realizar consultas y solicitar antecedentes durante el período posterior al cierre de esta licitación y antes de su adjudicación. Estas consultas y requerimientos serán realizadas a través de la modalidad de FORO INVERSO del portal de compras. Los antecedentes que se soliciten deberán estar orientados a aclarar aspectos de la oferta o al requerimiento de documentos o certificados originales, aun cuando no hayan sido indicados por estas Bases, en caso que CONAF lo estime necesario para el proceso de evaluación.
s) Responsabilidad: El Adjudicatario asume toda la responsabilidad civil, penal, laboral o administrativa que pueda caber o que se pueda originar por cualquier reclamo, daño, pérdida, costos y gastos, sin excepción, que sobrevenga con motivo de la ejecución de la prestación de los servicios contratados, incluyendo daños personales, materiales, perjuicio a terceros, y/o a CONAF, a su personal y patrimonio.
t) Modalidad de pago: El pago se efectuará en dos cuotas. La primera de ellas correspondiente a un 50% del monto total del servicio, se pagará dentro de los 30 días corridos siguientes a la recepción conforme de un documento con la metodología y la información referente a la determinación de los focos de la enfermedad en la Reserva Nacional Ralco y en el Parque Nacional Villarrica, y de la boleta o factura correspondiente.
La segunda cuota, por el restante 50%, se pagará dentro de los 30 días corridos siguientes a la recepción conforme del Informe Final del trabajo, y de la boleta o factura correspondiente.
La recepción conforme de los informes y documento solicitados, así como de las boletas o facturas correspondientes, será efectuada por el Jefe del Departamento Plantaciones Forestales, o por quien lo subrogue.
Es requisito para proceder al pago de los servicios, que previamente el adjudicado acepte la Orden de Compra en el portal de compras públicas y que se encuentre inscrito en el Registro Electrónico de proveedores del Estado, denominado Chileproveedores.
u) Facturación: La factura (o boleta) deberá ser emitida en pesos chilenos. Ésta deberá ser entregada en la Oficina de Partes de CONAF, ubicada en Paseo Bulnes 291, Piso 1, Santiago, en horario de 09:00 a 16:00 horas de lunes a viernes. En caso de ser factura (boleta) electrónica, ésta deberá ser enviada a la dirección de correo electrónico lorena.cavieres@conaf.cl
La factura deberá ser extendida de la siguiente manera:
* Razón Social : Corporación Nacional Forestal
* RUT : 61.313.000-4
* Giro : Incremento, conservación, manejo y aprovechamiento de recursos naturales.
* Domicilio : Paseo Bulnes 285, Oficina 303, Santiago.
v) Disposiciones generales: Para todos los efectos legales derivados de esta licitación pública, se fija como domicilio de la Corporación y de los oferentes a la misma, a la ciudad de Santiago de Chile.
w) Solicitud de aclaraciones y antecedentes: Si se estima que los antecedentes presentados por alguno de los oferentes deben ser aclarados o complementados, la Comisión Evaluadora podrá solicitar que los complemente o aclare.
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la Corporación podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del Sistema de Información.
Se permitirá, asimismo, la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad a vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones NO mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación (en estos casos, las bases deberán contemplar, dentro de los criterios de evaluación, el cumplimiento de los requisitos formales de presentación de la oferta).
Los oferentes tendrán un plazo de al menos 2 días hábiles desde la notificación del respectivo requerimiento, para responder a lo solicitado por CONAF o para acompañar los antecedentes solicitados por ésta. La Corporación no considerará las respuestas o los antecedentes recibidos una vez vencido dicho plazo.
x) Cláusula de Confidencialidad y propiedad intelectual: La información y/o documentación que, con motivo de esta Licitación, reciba o tome conocimiento el adjudicatario, esto es, la empresa, sociedad o persona natural, o sus representantes y/o sus dependientes, relativas a las actividades o cualquier otro tipo de información interna o propia de CONAF, no podrá ser divulgada a terceros, bajo ninguna circunstancia, incluso después de la terminación de dicha prestación de los servicios que se le encomendaren. En consecuencia, la empresa, sociedad o persona natural contratante y/o su o sus representantes, deberá o deberán instruir a cualquiera de sus empleados o dependientes y/o a los consultores que tengan acceso a dicha información y/o documentación, que no deberán copiarla, duplicarla, total o parcialmente y a mantener la confidencialidad correspondiente; evitando, asimismo, el acceso de tercero a la misma, y adoptando las medidas de seguridad adecuadas para conservar la confidencialidad de la mencionada Información, libre de robo o acceso por parte de terceros no autorizados; y adoptar, como mínimo resguardo, las mismas medidas utilizadas para proteger su propia Información confidencial.
Los resultados intelectuales y/o materiales, informes y/o productos, que con ocasión de la ejecución de la prestación de los servicios, se obtengan, sean que estén en soporte material o digital, tales como procedimientos, archivos, manuales u otros, serán de propiedad de la Corporación, quien se reserva el derecho de disponer de ellos libremente, sin limitaciones de ninguna especie, no pudiendo, por tanto, el oferente o su y/o sus representantes realizar ningún acto respecto de ellos, salvo expresa autorización escrita de CONAF.
y) Contraparte Técnica de CONAF: La contraparte técnica de CONAF ante el oferente adjudicado la ejercerá el Jefe del Departamento Plantaciones Forestales, o quien lo subrogue.
z) Contraparte Administrativa de CONAF: La contraparte administrativa de CONAF ante el oferente adjudicado la ejercerá el Gerente de Finanzas y Administración de CONAF, a través de los Jefes de los Departamento de Abastecimiento y Finanzas, respectivamente.
aa) Interpretación de las Bases de licitación: La interpretación de las Bases Administrativas, Técnicas y Anexos pertenecientes a esta licitación pública durante el proceso licitatorio, corresponderá a la Corporación.
bb) Alcance final: Las presentes Bases Administrativas y las respectivas Bases Técnicas de esta licitación pública, como también las aclaraciones a consultas realizadas a través de las modalidades FORO CONSULTA y FORO INVERSO del portal de compras, forman parte de las condiciones particulares del contrato de servicios emanado de esta licitación pública, representado por la respectiva Orden de Compra.
cc) Cobro de la Garantía de Fiel Cumplimiento
El incumplimiento de las obligaciones que se indican en las Bases de licitación y en el contrato, representado por la respectiva Orden de Compra, podrá ser sancionado con el cobro de la garantía de fiel cumplimiento. En tal caso, CONAF podrá hacer efectiva esta garantía administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna.Se considera a especialmente, el cumplimiento de las obligaciones de entrega completa, de todos los informes requeridos al prestador del servicio.
Procedimiento de aplicación de esta medida:
CONAF informará el incumplimiento detectado y el cobro de la garantía mediante carta certificada dirigida al adjudicatario de la licitación.
El adjudicatario podrá reclamar de dicho cobro, a través de una carta dirigida al Sr. Gerente de Finanzas y Administración de CONAF, la cual deberá incluir los argumentos que para el caso estime pertinentes. El reclamo deberá ser realizada en el plazo de 5 días hábiles desde la notificación de cobro emitida por la Corporación. Dicha carta deberá ser ingresada a través de la Oficina de Partes de CONAF, ubicada en Paseo Bulnes 291, Piso 1, Santiago.
La Corporación responderá en el plazo de 10 días hábiles a partir de la fecha de recepción de la mencionada carta. Si a juicio de CONAF los argumentos no son suficientes, hará efectiva la boleta de garantía de fiel cumplimiento, de acuerdo a las condiciones establecidas en las Bases de licitación y la Orden de Compra, y en la adjudicación publicada en el sitio www.mercadopublico.cl
De cualquier manera, todo incumplimiento será registrado por CONAF en los antecedentes que disponga del proveedor, pudiendo ser considerados negativamente en futuros procesos de licitación que la Corporación realice. Además, esta situación será puesta en conocimiento de la Dirección de Compras Públicas.
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