Licitación ID: 2239-10-LP10
CM 9/2010 Convenio Marco Servicios de Impresión
Responsable de esta licitación: DIRECCION DE COMPRAS Y CONTRATACION PUBLICA
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 9
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Impresión digital 1 Unidad
Cod: 82121503
Impresión  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CM 9/2010 Convenio Marco Servicios de Impresión
Estado:
Adjudicada
Descripción:
La DCCP, de acuerdo a las atribuciones que le confiere la Ley 19.886 Art. 30 letra d), llama a Licitación Pública, a través de la suscripción de Convenios Marco, para la adquisición de Servicios de Impresión y Fotocopiado
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública Mayor 1000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
División de Convenio Marco
R.U.T.:
60.808.000-7
Dirección:
Monjitas 392, 8vo. Piso
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 25-08-2011 15:00:00
Fecha de Publicación: 22-07-2011 15:24:00
Fecha inicio de preguntas: 25-07-2011 10:25:00
Fecha final de preguntas: 29-07-2011 18:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 05-08-2011 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 25-08-2011 15:30:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 25-08-2011 15:30:00
Fecha de Adjudicación: 23-11-2011 18:06:51
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Reunión Informativa 27-07-2011 11:30:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador
No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador dentro de los 2 años anteriores a la presentación de la oferta. Esto se acreditará mediante la declaración jurada que deben presentar los adjudicatarios de cada licitación para la celebración del contrato respectivo (anexo N° 9), sin perjuicio de las facultades de la DCCP de verificar esta información, en cualquier momento, en los registros que para tal efecto lleva la Dirección del Trabajo.
2.- Presentar Ofertas por Sistema
Obligatorio
3.- Anexos Administrativos
Anexo N° 1 “Formulario Datos del Oferente” y Anexo N° 9 “Declaración Jurada para Ofertar”; los cuales deberán ser enviados a través del sistema www.mercadopublico.cl.
4.- Anexos Económicos
Anexo N°6 “Formulario Oferta Económica”. Los proponentes deberán completar este anexo y deberán ingresarlo como archivo electrónico a través de www.mercadopublico.cl, en la sección anexos económicos, disponible para esta licitación.
5.- Anexos Técnicos
Anexo N° 3 “Experiencia del Oferente”; y Anexo N° 10 “Declaración Políticas y/o Programas de Sustentabilidad”, junto con su documentación de respaldo. Los señalados anexos< y documentos deberán ser enviados a través del sistema www.mercadopublico.cl
6.- Asistir a reuniones y/o visitas a terreno
Se realizará una reunión informativa, de asistencia voluntaria, en la fecha señalada en el Punto 4 de estas Bases, "Etapas y Plazos", a la cual los interesados deberán confirmar su asistencia al correo electrónico reunion.informativa@chilecompra.cl, hasta un día antes de la fecha indicada.
No hay información de Antecedentes Técnicos
No hay información de Antecedentes Económicos
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
No hay información de requisitos para persona natural


No hay información de requisitos para persona jurídica

Observaciones Revisar Resolución N° 70 "Res.Tomada de razón Apruébanse Bases de Licitación Convenio Marco Servicios de Impresión y Fotocopiado", adjunta en el sitio.
En relación a la Inscripción en ChileProveedores En caso que el adjudicatario no esté inscrito en el registro electrónico oficial de contratistas de la Administración, ChileProveedores, deberá inscribirse dentro del plazo de 60 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Condiciones Comerciales Detalle en el Punto 11, "Requerimientos Técnicos y Otras Cláusulas”, acápite “Procedimiento de Evaluación de las Ofertas” 80%
2 Condiciones Técnicas Detalle en el Punto 11, "Requerimientos Técnicos y Otras Cláusulas”, acápite “Procedimiento de Evaluación de las Ofertas” 20%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: No hay información
Monto Total Estimado: 24000000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 36 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Confirming
Nombre de responsable de pago: No hay información
e-mail de responsable de pago: No hay información
Nombre de responsable de contrato: Gloria Venegas Castaño
e-mail de responsable de contrato: gloria.venegas@chilecompra.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-6007000-600
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
Se prohíbe absolutamente la subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Tipo de documento: Boleta de Garantía
Beneficiario: Dirección de Compras y Contratación Pública
Fecha de vencimiento: 30-01-2015
Monto: 500000 Peso Chileno
Descripción: Esta garantía deberá ser entregada físicamente o bien enviada por correo certificado y recepcionada en Monjitas 392 piso 8, Santiago, dentro de los 10 días hábiles siguientes contados desde la fecha de notificación de la adjudicación correspondiente. La boleta bancaria deberá ser pagadera a la vista, tener el carácter de irrevocable y ser tomada por el Adjudicatario. No obstante lo detallado en cláusulas precedentes, el vale vista y el certificado de fianza a la vista, también serán aceptados como instrumentos válidos de garantía de fiel cumplimiento de contrato. Éstos deberán ser de igual monto y características y se les aplicarán las mismas normas establecidas para la boleta de garantía, es decir, deberán ser a la vista, tener el carácter de irrevocable y ser tomados por el adjudicatario. En el caso del vale vista, este instrumento, en razón de su naturaleza, no requerirá la glosa indicada anteriormente.
Glosa: La garantía deberá indicar en su texto lo siguiente: “Para Garantizar el Cumplimiento de la Propuesta Pública por Convenio Marco ID N° 2239-10-LP10”.
Forma y oportunidad de restitución: En caso de cobro de esta garantía derivado del incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que impone el Convenio Marco, el proveedor deberá reponer la garantía por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza, dentro de los 5 días hábiles siguientes contados desde el cobro de la primera, so pena del término anticipado del convenio marco sin derecho a indemnización alguna. Será responsabilidad del contratado mantener vigente la garantía de fiel cumplimiento hasta 60 días hábiles después de culminado el convenio marco. Mientras se encuentre vigente el convenio marco, las renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del Proveedor. La restitución de esta garantía será realizada una vez que se haya cumplido la fecha de vencimiento de cada una de ellas, y su retiro será obligación y responsabilidad exclusiva del contratado.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas

Categorías Licitadas

La Dirección de Compras y Contratación Pública licitará las siguientes  categorías:

 

I.-   Papelería y Artículos Corporativos;

II.-  Gigantografías;

III.- Servicios de Fotocopiado.

 

Para efectos de la evaluación de las ofertas, las señaladas categorías se subclasifican en los tipos de productos e ítems singularizados en el anexo N° 5 de las presentes bases.

 

Asimismo, cabe agregar que la indicada categoría I “Papelería y Artículos Corporativos”, se encuentra desglosada en 3 tramos, de acuerdo a la capacidad productiva ofertada. Se consideran en dicha categoría, asimismo, una serie de “atributos variables”, los cuales pueden ser voluntariamente ofertados por los proponentes. Tanto los indicados tramos como los referidos “atributos variables” considerados en las respectivas ofertas, deben corresponder a aquellos singularizados en el citado anexo N° 5 de las presentes bases.

 

Presentación de Oferta

Los oferentes deben constatar que el envío de su oferta a través del portal electrónico de compras públicas haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los Formularios Anexos requeridos, para ello se debe verificar el posterior despliegue automático del “Comprobante de Envío de Oferta” que se entrega en dicho Sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo.

 

Las únicas Ofertas válidas serán las presentadas a través del portal electrónico de compras públicas. No se aceptarán Ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases. Será responsabilidad de los Oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus Ofertas.

 

De acuerdo a lo anterior y en relación a la presentación de las ofertas, los oferentes:

 

1.       Deberán tener presente que sólo se considerarán las ofertas realizadas en los formularios dispuestos por la DCCP y sólo aquellas ofertas de los proponentes que las hubiesen enviado oportunamente. Por lo tanto, no se deberá modificar el formato original de los Anexos (Excel y/o Word).

 

2.       Deberán presentar el Anexo N°1 "Formulario Datos del Oferente”.

 

3.       Deberán completar y presentar el anexo N°9 “Declaración Jurada para Ofertar”, que acredita no haber sido condenado por prácticas antisindicales e infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

 

4.       Deberán completar y presentar los anexos N°s 3 “Experiencia del Oferente” y 10 “Declaración Políticas y/o Programas de Sustentabilidad”, adjuntando además, y de manera digital, toda aquella documentación que respalde lo declarado en los anexos respectivos.

 

5.       Deberán completar y presentar el Anexo N°6 “Formulario Oferta Económica”, en el cual deberán ingresar los  precios ofertados, en pesos chilenos, en valores netos,  sin  impuesto, y en números enteros sin decimales. Los  valores informados deben incluir el flete y un máximo de 2 pruebas color, según corresponda. En el anexo N°6 sólo  se podrá ofertar por los tipos de productos, ítems y “atributos variables” singularizados en el anexo N° 5 de las bases. Por lo tanto, NO se deberán incorporar nuevos ítems o “atributos variables”, diversos a los singularizados en el indicado anexo. 

 

6.       Podrán omitir realizar ofertas para alguna o algunas de las categorías, tipos de productos, Ítems o “atributos variables” requeridos por la DCCP.

 

7.       Deberán presentar el precio de los Ítems y atributos variables ofertados en la Ficha Electrónica, en valores netos (sin IVA) y en pesos chilenos.

 

8.       Deberán indicar en la Ficha Electrónica de Oferta y cuando corresponda, todas las Condiciones Comerciales y Regionales allí requeridas.

 

9.       Para proceder al llenado de la Ficha Electrónica de Oferta, los oferentes deberán realizar lo siguiente:

 

a.       Habiendo ingresado al Portal de Compras Públicas, www.mercadopublico.cl, y tras digitar el “Usuario” y “Clave”, en el “Escritorio”, hacer clic en “Búsqueda de Licitaciones para Ofertar”, buscar por Número de Adquisición, con el ID 2239-10-LP10. Presionar el Botón “Buscar”.

 

b.      Se desplegará una página, en la cual se señala: “Se encontró 1 resultado para su búsqueda”. Hacer click sobre “Ofertas” y luego clickear sobre “Ingresar Nueva Oferta”.

 

c.       Se abrirá página “Realizar Oferta para Adquisición 2239-10-LP10”, donde se muestra el primer paso: “Completar el Nombre de la Oferta” y una breve descripción de ella. Luego, presionar sobre el Botón “Siguiente”.

 

d.      En segundo paso, “Completar Ofertas Económicas”, en  campo dispuesto para precio, ingresar un valor de referencia, que no será evaluado, por ejemplo $1. Luego, presionar sobre el Botón “Siguiente”.

 

e.      En tercer paso, “Ingresar Documentación Anexa”, proceder a ingresar los Anexos Administrativos (Anexo N°1 “Datos del Oferente” Anexo N° 9 “Declaración Jurada para Ofertar”), Anexos Económicos, (Anexo N° 6 “Formulario oferta Económica”) y Anexos Técnicos (Anexos N°s 3 “Experiencia del Oferente” y 10 Declaración Políticas y/o Programas de Sustentabilidad”). Además, en los anexos económicos, deberá presionar el botón denominado “FORMULARIO CM” y luego se desplegará la Ficha Electrónica de Oferta.

 

f.        A continuación, deberá ingresar todos los datos requeridos en el Paso 1, correspondiente a las Garantías Generales de la Oferta y Condiciones Regionales, aplicables a cada Orden de Compra y para tramo de valores de compra indicados. Una vez concluido el ingreso de las condiciones generales, regionales y descuentos ofrecidos de la oferta, presionar el botón “siguiente”.

 

g.       En el paso 2,  sólo para efectos de poder ofertar, deberá  seleccionar e ingresar un solo producto, predeterminado con precio 1 (este producto no se evaluará y se ingresa sólo para avanzar al paso 3), y presionar “siguiente”.

 

En el Paso 3 “Guardar Documento”, el proponente deberá guardar el “Archivo PDF” generado en su computador, buscar la licitación 2239-10-LP10, editar la oferta que estaba realizando y adjuntar obligatoriamente el archivo guardado anteriormente como un anexo económico. De esta manera queda terminado el proceso de carga de oferta. Luego, hacer click en “siguiente”.

 

En cuarto paso, “Confirmar e Ingresar Oferta”, revise la veracidad de los datos, si está todo correcto, presione el botón “Ingresar Oferta”.

 

Finalmente, deberá asegurarse de haber enviado la oferta a través del portal electrónico de compras públicas, para ello se debe verificar el despliegue automático del “Comprobante de Ingreso de Oferta”, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo.

 

El contenido del formulario de ficha electrónica se representa gráficamente en el anexo N° 7 de las presentes Bases.

 

Es responsabilidad de los oferentes la verificación del envío correcto y completo de los archivos adjuntos a su oferta.

 

Procedimiento de Evaluación de Ofertas

La evaluación de las ofertas será realizada por una comisión, integrada por 3 funcionarios públicos pertenecientes a la DCCP, designados por el Director de la DCCP.

 

Esta comisión emitirá un informe de evaluación de ofertas, proponiendo al Director las adjudicaciones, de acuerdo a los criterios de evaluación contenidos en las presentes bases y en virtud del proceso de evaluación descrito a continuación:

 

Evaluación de las Ofertas:

 

1.- Para efectos de esta evaluación, se considerarán aquellos ítems   que correspondan a las categorías y tipos de productos definidos en el anexo N° 5 de las presentes bases.   

 

2.- Se exigirá el cumplimiento de los requerimientos establecidos en el punto “Instrucciones  para Presentación de Ofertas” de las presentes Bases de Licitación. Aquellas ofertas que no fueran presentadas a través del Portal, quedarán marginadas de la propuesta y no serán consideradas en la evaluación de la oferta.

 

3.- La evaluación se realizará en forma nacional. El mecanismo de asignación de puntajes dependerá de cuál sea la categoría ofertada. Asimismo, en el caso de la categoría I “Papelería y Artículos Corporativos”, se considerará para la adjudicación el tramo que haya indicado el proponente en su oferta, y los “atributos variables” que éste haya decidido incorporar en su oferta. 

 

4.- No se considerarán como servicios válidamente ofertados los que correspondan a errores evidentes (Outliers), entendiendo por tales, aquellos en que los precios ofertados estén notoriamente fuera y alejados de la curva de distribución normal de precios. Los errores evidentes serán descartados con el objeto de no distorsionar la evaluación. Para los efectos de determinar los errores evidentes, la DCCP aplicará la siguiente fórmula para cada ítem o servicio:

 

IC=[P - nS, P + nS]

 

Donde:

IC= Intervalo de Confianza

P= Promedio de los valores ofertados

n= 1

S= Desviación Estándar (*)

 

Con la fórmula antes referida, se definirá un intervalo de confianza. Los precios que se encuentren por sobre el Limite Superior del intervalo, serán considerados errores evidentes y por tanto no serán considerados para la evaluación. En el caso de los valores que se encuentren bajo el Límite Inferior, se les asignará automáticamente 100 puntos en el criterio precio y no serán considerados en la aplicación de la fórmula de evaluación descrita para este criterio. 

 

Sólo los valores que se encuentren en el límite inferior serán publicados en la Tienda Chilecompra Express, en caso que  el proveedor haya sido  adjudicado.

 

(*) Se entenderá por Desviación Estándar a la dispersión de los datos del valor promedio.

 

En el Anexo N° 8 de las presentes bases se incluye la explicación de la aplicación de la formula antes referida.

 

CRITERIOS DE EVALUACION:

 

Para la evaluación de las propuestas, cualesquiera sean las categorías a las que pertenezcan, se aplicarán los siguientes criterios y ponderaciones:

 

CRITERIOS DE EVALUACIÓN

A.- Condiciones Comerciales (Precio)

80 %

B.- Condiciones Técnicas (20 %)

B.1.- Experiencia del oferente

10 %

B.2.-  Cumplimiento de Políticas y/o Programas de  Sustentabilidad

5 %

B.3.- Cumplimiento de Requisitos Formales de la oferta

5 %

 

 

El puntaje final se calculará de acuerdo al siguiente polinomio:

 

Puntaje total de la oferta=

0,80 * Puntaje  Condiciones Comerciales (Precio)  +

0,10 * Puntaje  Experiencia del oferente +

0,05 * Cumplimiento de Políticas y/o Programas de  Sustentabilidad

0,05 * Cumplimiento de Requisitos Formales de la Oferta.   

 

La evaluación de los sub-criterios “Cumplimiento de Requisitos Formales de la oferta” y “Cumplimiento de Políticas y/o Programas de  Sustentabilidad” se calculará por cada proponente, individualmente considerado, y su resultado se agregará al puntaje promedio final ponderado de cada una de las categorías ofertadas.

 

MECANISMO DE ASIGNACIÓN DE PUNTAJES:  

 

A.- CONDICIONES COMERCIALES – PRECIO (80%):

 

El mecanismo de asignación de puntajes para este criterio dependerá de si la oferta evaluada corresponde a las categoría “Papelería y Artículos Corporativos”, por un lado, o a las categorías “Gigantografía” y “Fotocopiado”, por otro. 

 

a.- Mecanismo de asignación de puntajes para la categoría “Papelería y Artículos Corporativos”:

 

En primer lugar, se comparará el precio por ítem ofertado, en relación a los ítems idénticos ofertados por los otros proponentes, de acuerdo al listado de ítems singularizados en el anexo N° 5 de las presentes bases, en virtud de la siguiente fórmula:   

 

Puntaje por Precio  = 

Precio mínimo ítem ofertado/Precio ítem Oferente X 100                                                                       

 

A continuación, se promediarán los puntajes  correspondientes a todos los ítems ofertados por un mismo proponente, que pertenezcan a una misma categoría, obteniéndose de este modo el “Puntaje Promedio por Categoría”.

 

Paralelamente, se comparará el precio que el proponente haya ofertado por alguno de los “atributos variables”, en relación a aquellos idénticos ofertados por los otros proponentes, de acuerdo al listado singularizado en el anexo N° 5 de las presentes bases, en virtud de la siguiente fórmula:  

 

Puntaje por Atributo Variable = 

Precio mínimo Atributo Variable/Precio Atributo Variable Oferente X 100                                                                       

 

A continuación, se promediarán los puntajes  correspondientes a todos los “atributos variables” ofertados por un mismo proponente, obteniéndose de este modo el “Puntaje Promedio por Atributo Variable”.

Se entenderá que el precio ofertado por un determinado “atributo variable” estará incluido en el precio final del producto adjudicado. En todo caso, se deja constancia que en el evento de que un proponente oferte 0 (cero) pesos por un “atributo variable” determinado, de los singularizados en el anexo N° 5, obtendrá  100 puntos en dicho atributo y no será considerado en la fórmula descrita. Cabe precisar, asimismo, que los oferentes no están obligados a ofertar por uno o más “atributos variables”. En tal sentido, en caso de que un oferente no desee ofertar por alguno de los “atributos variables”, bastará con que deje en blanco el campo correspondiente a dicho atributo. Por lo tanto, el Puntaje Promedio por Atributo Variable se calculará promediando únicamente los “atributos variables” efectivamente ofertados por el proponente. 

Finalmente, el Puntaje Promedio por Categoría se ponderará en un 95 %, mientras que el Puntaje Promedio por Atributo Variable se ponderará en un 5 %. De la suma de ambos puntajes ponderados se obtendrá el puntaje final del criterio A “Condiciones Comerciales” (Precio) para la categoría “Papelería y Artículos Corporativos”, el cual deberá ponderarse, a su vez, en un 80 %. Lo anterior se grafica en el siguiente polinomio:

 

Puntaje final del criterio A “Condiciones Comerciales”=

0,95 * Puntaje Promedio por Categoría  +

0,05 * Puntaje Promedio por Atributo Variable”

Ahora bien, si un proponente hubiese decidido no ofertar  por  ninguno de los “atributos variables” singularizados en el anexo N° 5, sólo será considerado en la evaluación de su oferta el Puntaje Promedio por Categoría, el cual será, por lo tanto, ponderado en un 100%, obteniéndose de este modo el puntaje final del criterio A “Condiciones Comerciales” (Precio) para la categoría “Papelería y Artículos Corporativos”. El señalado puntaje final deberá, a su vez, ponderarse en un 80%.

b.- Mecanismo de asignación de puntajes para las categorías “Gigantografía” y “Fotocopiado”:

 

En primer lugar, se comparará el precio por ítem ofertado, en relación a los ítems idénticos ofertados por los otros proponentes, de acuerdo al listado de ítems singularizados en el anexo N° 5 de las presentes bases, en virtud de la siguiente fórmula:  

 

Puntaje por Precio= 

Precio mínimo ítem ofertado/Precio ítem Oferente X 100                                                                       

A continuación, se promediarán los puntajes  correspondientes a todos los ítems ofertados por un mismo proponente, que pertenezcan a una misma categoría, obteniéndose de este modo el puntaje final del criterio para las categorías  “Gigantografía” y “Fotocopiado”, el cual, a su vez, deberá ponderarse en un 80 %.

B.- CONDICIONES TÉCNICAS (20%):

B.1.- Experiencia del Oferente (10 %):

Para estos efectos, se considerará la cantidad de años de experiencia comprobable, por categoría, informada por el oferente en el anexo N°3 “Experiencia de la Empresa”.  

La experiencia declarada deberá ser comprobable por la DCCP. Al respecto, esta Dirección, durante el período de evaluación,  podrá verificar la verisimilitud de la experiencia declarada, con los contactos referenciados en el indicado anexo N° 3.

La asignación de puntajes en este sub-criterio, se materializará de acuerdo a lo siguiente:

Más de 10 años

100 pts.

6 a 10 años

80 pts.

2 a 5 años

50 pts.

1 año

25 pts.

Menos de 1 año.

0 pts.

 

B.2.- Cumplimiento de Políticas y/o Programas de  Sustentabilidad (5 %):

 

Se considerará la declaración afirmativa o negativa que el oferente haga, respecto de si cuenta con Políticas y/o Programas de Sustentabilidad en su gestión. Para efectos de la presente licitación, se considerarán como tales, los siguientes:

 

1-Programas de Responsabilidad Social;

 

2-Normas de Gestión Ambiental.

 

En caso de contar con una política y/o programa de sustentabilidad, el oferente deberá declarar la opción “SI”, debiendo adjuntar la Declaración Jurada, Anexo N° 10, que respalde su declaración, de acuerdo a lo indicado en la presente cláusula, junto con los antecedentes y certificaciones de respaldo.  

 

En caso de que un oferente complete el señalado anexo en forma afirmativa, en cuanto indique que sí dispone de una o más políticas y/o programas de sustentabilidad, y presente, además, los antecedentes y certificaciones de respaldo, aquel proponente obtendrá 100 puntos en el señalado sub-criterio.

 

Ahora bien, en el evento de que un oferente omita acompañar el citado anexo, o lo complete  en forma negativa, en cuanto indique que no dispone de políticas y/o programas de sustentabilidad, o bien, no logre acreditar la existencia y validez de dichas políticas o programas, mediante antecedentes y certificaciones de respaldo, aquel proponente obtendrá 0 puntos en el señalado sub-criterio.

 

Información necesaria para la acreditación y/o comprobación del cumplimiento de las Políticas y/o Programas de  Sustentabilidad declarados:

 

1.- Programas de Responsabilidad Social:

 

Para acreditar el cumplimiento de alguno de estos programas, el oferente deberá informar  en forma completa y consistente, en la declaración jurada del Anexo N° 10, al menos, lo siguiente:

a.       -Programa y Objetivos.

b.      -Monitoreo del Programa.

c.       -Evaluación del programa.

 

No bastará con la mera enunciación de los puntos arriba señalados, debiendo el oferente, además, adjuntar, a través del Portal, los correspondientes antecedentes y certificaciones de respaldo. 

 

Se considerarán como Programas de Responsabilidad Social, entre otros, los que consideren uno o más de los siguientes tópicos:

 

·         Contratación de Discapacitados;

·         No discriminación;

·         Salud y Seguridad en el trabajo;

·         Mejoras, incentivos, fomento de buenas condiciones laborales.

·         Informe GRI -iniciativa de Reporte Global- (acreditable a través  de copia digital del último informe GRI presentado, el cual debe ajustarse a las orientaciones y directrices de la GRI. Mayor información en www.globalreporting.org/home/languagebar/spanishpage.htm). 

 

2.- Normas de Gestión Ambiental:

 

Al respecto, se considerará la Certificación ISO 14001-2004 de sistemas de gestión ambiental (o versiones posteriores, si ya estuviesen vigentes), o su equivalente en NCh (Normas Chilenas). Para acreditar el cumplimiento de estas normas,  el oferente deberá adjuntar, a través del Portal,  el certificado oficial emitido por el correspondiente organismo de certificación acreditado como tal, ya sea ante el INN o ante organismo reconocido por éste o que estuviese internacionalmente reconocido. La señalada certificación  deberá adjuntarse como archivo electrónico, y deberá estar vigente al momento de la presentación de la oferta.

 

Se deja expresa constancia que la Dirección ChileCompra se reserva el derecho a constatar la validez del certificado entregado, así como de la entidad certificadora.

 

B.3.- Cumplimiento de Requisitos Formales (5%):

 

El oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de presentación de la misma y acompañando todos los antecedentes requeridos obtendrá 100 puntos. El oferente que haya incumplido los requisitos formales o haya omitido antecedentes o certificaciones al momento de presentar su oferta, aun cuando los haya acompañado con posterioridad, en virtud del artículo 40, inciso 2°, del reglamento de la ley N° 19.886, obtendrá 0 pts. en este sub-criterio.

 

Finalmente, se procederá a sumar los puntajes ponderados correspondientes a los sub-criterios B.1, B.2 y B.3, obteniéndose de este modo  el puntaje final del criterio B “Condiciones Técnicas” para las categorías licitadas. Lo anterior se grafica en el siguiente polinomio:

 

Puntaje final del criterio B “Condiciones Técnicas”=

0,10*B.1 + 0,05*B.2 + 0,05*B.3

 

Adjudicación

La DCCP declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases, sin perjuicio de la facultad de la DCCP de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes bases.

 

La Dirección ChileCompra podrá, además, declarar desierta la licitación, cuando no se presenten ofertas, o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses.

 

Dichas declaraciones deberán materializarse a través de la dictación de una resolución fundada.

 

Tratándose de la categoría “Papelería y Artículos Corporativos”,  la DCCP adjudicará dicha categoría por tramos, de acuerdo a los tramos definidos en el anexo N° 5 de las presentes bases. Al respecto, la DCCP adjudicará a aquellos proponentes cuyas ofertas se encuentren en el 70% mejor evaluado dentro del respectivo tramo.

 

Tratándose de las categorías “Gigantografía” y “Fotocopiado”,  la DCCP adjudicará a aquellos proponentes cuyas ofertas se encuentren entre el 70% mejor evaluado dentro de la respectiva categoría.

 

Para efectos de las adjudicaciones indicadas en los dos párrafos anteriores, esta Dirección elaborará una lista jerarquizada para cada tramo y/o categoría, encabezada por el mayor puntaje obtenido en dicha categoría, de acuerdo a los criterios de evaluación establecidos en las presentes bases.  

 

En el evento de que en una o más regiones determinadas, no se registre ningún oferente local (proveedor de región de origen) que, en virtud de la regla establecida en los párrafos anteriores, se encuentre en condiciones de ser adjudicado, serán igualmente considerados en la adjudicación los primeros dos oferentes de la región que hayan obtenido los  mayores puntajes en las respectivas tramos y categorías, en comparación con los otros oferentes pertenecientes a la misma región.     

 

Resolución de empates:

 

En el caso que dos o más oferentes al final de la evaluación obtengan el mismo puntaje, los criterios para definir la oferta mejor evaluada se sujetarán al siguiente orden de prelación: 

1°) Mayor puntaje en el criterio Condiciones Comerciales.

2°) Mayor puntaje en el criterio Condiciones Técnicas. 

3°) Mayor puntaje en el sub-criterio Experiencia del Oferente. 

 

Resolución de Adjudicación

La DCCP adjudicará a través de una resolución fundada que será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada.   

 

Aclaraciones

Los interesados en participar en la presente licitación podrán formular consultas y solicitar aclaraciones dentro de los plazos señalados en la cláusula 4 de las presentes bases. Las preguntas deberán formularse a través del sistema www.mercadopublico.cl. La DCCP pondrá las referidas preguntas y sus respuestas en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en www.mercadopublico.cl, sin indicar el autor de las preguntas, dentro del plazo señalado en la referida cláusula 4.

 

Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la DCCP podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del Sistema de Información.

 

Además la DCCP podrá, durante la evaluación, solicitar aclaraciones o pruebas.

 

Se permitirá, asimismo, la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.

 

Los oferentes, tendrán un plazo máximo de 48 horas corridas, contados desde la notificación del respectivo requerimiento, para responder a lo solicitado por la DCCP o para acompañar los antecedentes requeridos por ésta. La DCCP no considerará las respuestas o los antecedentes recibidos una vez vencido dicho plazo.

 

Modificaciones a las bases

La DCCP podrá modificar las presentes bases y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas.

 

Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del sitio Web www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases. Las modificaciones de bases deberán someterse al trámite de toma de razón y estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe.

 

Junto con aprobar la modificación, se establecerá un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas.

 

Acuerdo Complementario

Para iniciar la operación de los servicios adjudicados, las Entidades requirentes deberán coordinarse con el proveedor seleccionado, con el objeto de verificar su disponibilidad y capacidad para prestar dicho servicio, como también para definir y acordar los detalles del requerimiento. Este contacto previo debe ser formalizado a través de un correo electrónico, en el cual conste al menos:

1 – El tipo de trabajo a efectuar

2 - Fecha y hora de entrega del trabajo

3- Fecha y hora de envío del original para impresión

4 – Fecha y hora del visto bueno a la prueba de impresión

A partir de lo anterior, y existiendo acuerdo entre las partes, las Entidades deberán generar y enviar al proveedor un protocolo de inicio de servicio, en adelante, Orden de Trabajo, a partir del cual se contabilizarán los plazos de entrega.

Los tiempos de entrega se determinan en función de la urgencia del comprador y la capacidad de producción del comprador, y su cumplimiento se contabilizará  a contar de la respectiva  prueba de color.

Por acuerdo entre las entidades y el proveedor adjudicado, podrá suscribirse un acuerdo complementario, en el cual se consignen los aspectos antedichos, así como el monto de la garantía de fiel cumplimiento, de acuerdo a lo establecido en artículo 68 del reglamento de la ley N° 19.886 -que en este caso corresponderá a un 5% del monto total del mencionado acuerdo-, y en el que se especifiquen otras condiciones particulares de la adquisición. Tales condiciones especiales, en todo caso, no podrán apartarse de los aspectos regulados por las presentes bases y por el convenio marco suscrito entre la DCCP y el respectivo adjudicatario.

 

Regulación de la licitación y del Convenio Marco

La presente licitación se regirá en todo momento por lo dispuesto en la ley N° 19.886, su reglamento y las presentes bases y sus anexos. Asimismo, formarán parte de las bases, las modificaciones y las aclaraciones escritas que emita la DCCP, sea que ellas fueren requeridas por los mismos participantes, o bien, impartidas por esta Dirección de oficio.

 

El convenio marco se ceñirá a la normativa y a los documentos que se señalan a continuación, según el siguiente orden de prelación:

 

-Ley N° 19.886 y su reglamento.

-Bases de licitación, sus anexos, aclaraciones, respuestas y modificaciones.

-Contenido de las respectivas ofertas adjudicadas.

-Contrato Marco celebrado entre la DCCP y el respectivo adjudicatario.

-Órdenes de Compra que emitan los organismos públicos habilitados para usar el sitio www.mercadopublico.cl

 

Los interesados en conocer los documentos señalados anteriormente, podrán hacerlo a través del sitio www.mercadopublico.cl, desde donde podrán acceder gratuitamente a dicha documentación.

 

Condiciones contractuales

Las condiciones se ajustarán a las cláusulas siguientes:

Vigencia de las condiciones comerciales

Las condiciones comerciales del presente Convenio Marco serán publicadas en el catálogo electrónico de Convenios Marco y se mantendrán vigentes por toda la duración del Convenio Marco, salvo que se produzca una modificación de acuerdo con las modalidades establecidas en el presente Convenio Marco. Asimismo, el Catálogo Electrónico contendrá los precios de los productos catalogados.

 

El Adjudicatario se compromete a mantener en Convenio Marco, las mejores condiciones comerciales ofertadas a sus clientes, de los productos objeto de dicho convenio. En caso que el Adjudicatario ofrezca mejores condiciones comerciales, deberá incorporar dichas condiciones en el Catálogo Electrónico de Convenios Marco.

 

De acuerdo a lo anterior, en cualquier momento, durante la vigencia del presente Convenio Marco, el o los proveedores adjudicados podrán aumentar sus descuentos o rebajar los precios para todas las Entidades, de todos o algunos de los ítems adjudicados. Estas rebajas se mantendrán hasta el término del convenio, salvo que exista una nueva modificación de acuerdo con lo establecido en el presente convenio. La DCCP publicará en el catálogo los nuevos valores en el plazo de 5 días hábiles contados desde la recepción de la solicitud del Adjudicatario.

 

Operatoria del  Convenio Marco

 

Una vez que el presente Convenio Marco entre en vigencia, operará a través del Catálogo Electrónico disponible en el sitio www.mercadopublico.cl, al cual cualquier Entidad, podrá acceder y emitir a través de él directamente Órdenes de Compra al Adjudicatario, quien para todos los efectos legales se relacionará comercial y contractualmente de manera directa con cada Entidad.

Para los efectos del presente convenio marco, sólo se considerarán válidas las Órdenes de Compra que se generen y emitan a través del sitio  www.mercadopublico.cl, salvo que concurra alguna de las siguientes causales: 

a) Cuando existan antecedentes que permitan presumir que los  proveedores adjudicados o la respectiva Entidad requirente, no cuentan con los medios tecnológicos para utilizar los sistemas electrónicos o digitales establecidos de acuerdo al reglamento de la ley N° 19.886.

b) Cuando haya indisponibilidad técnica del Sistema de Información, circunstancia que deberá ser ratificada por la DCCP.

c) Cuando en razón de caso fortuito o fuerza mayor no es posible generar y emitir las respectivas órdenes de compra a través del Sistema de Información.

d) Cuando no exista de manera alguna conectividad en la comuna correspondiente a la respectiva Entidad pública para acceder u operar a través del Sistema de Información.

El Adjudicatario sólo podrá rechazar las Órdenes de Compra válidamente emitidas en conformidad a este convenio en los siguientes casos:

a)      Que la Entidad que emite la orden de compra tenga una deuda vencida con el Adjudicatario o con cualquier proveedor de este Convenio Marco, acreditado por antecedentes objetivos y fidedignos presentados por el propio Adjudicatario.

b)      Que el valor de la orden de compra recepcionada por el Adjudicatario, sea inferior al valor mínimo declarado por el oferente en su oferta.

c)      No adjuntar a la orden de compra,  el certificado debidamente autorizado por la autoridad competente, que acredite la disponibilidad presupuestaria que posee el organismo requirente para adquirir los productos consignados en ella.

El Adjudicatario no podrá establecer diferencias arbitrarias en el trato que dé a las Entidades que requieran sus servicios, a través de las emisiones de Órdenes de Compra que se ajusten al presente convenio.

Incorporación de

Productos y/o

servicios al

Catálogo

Los ítems adjudicados y sus correspondientes condiciones contractuales, serán publicados en el Catálogo Electrónico de Convenios Marco, disponibles en el sitio www.mercadopublico.cl , lo cual quedará a disposición de las Entidades, siempre y cuando el Adjudicatario cumpla con lo siguiente:

a) Deberá estar inscrito en el Registro Nacional de Proveedores, www.chileproveedores.cl, de acuerdo a lo señalado en estas bases de licitación.

b) Haber entregado la Garantía por Fiel Cumplimiento de Contrato establecida en las bases de licitación.

c) Deberá dar cumplimiento a los requerimientos de catalogación que DCCP establezca para todos los adjudicatarios de la licitación a que se refiere el presente Convenio. Para ello deberá completar toda la información que la DCCP le requiera respecto de los productos adjudicados, esto implica entregar a la Unidad de Catalogación para cada producto, lo siguiente:

-Foto Pequeña de 90X 90 Píxeles, en formato JPG y máximo 30 KB y con una resolución de 72 pixeles por pulgadas.

-Foto Grande de 230X 320 Píxeles, en formato JPG y máximo 30 KB y con una resolución de 72 pixeles por pulgadas (se pueden colocar hasta 4 fotos, pero al menos debe proveerse de una).

Sólo en caso que la DCCP lo requiera, ésta enviará al adjudicatario un archivo en Excel, donde deberá completarse toda la información: una columna con el ID Producto, otra con el nombre del archivo de la foto pequeña y una última columna con el nombre de la foto grande, que correspondan a cada ID Producto. Las fotos deben ser enviadas en un CD, con el nombre que se detalla en la planilla Excel, todas en una sola carpeta.

El nombre de la foto será descrito de la siguiente forma:

- Nombre Foto pequeña: IDProducto_P.jpg

- Nombre Foto Grande: IDProducto_G.jpg

Ejemplo:  ID Producto = 2031

- Nombre Foto pequeña: 2031_P.jpg

- Nombre Foto Grande: 2031_G.jpg.

-Entregar archivos en PDF, en caso que fuera necesario, con fichas técnicas de los productos y/o servicios, para una mejor caracterización y descripción de los ítems adjudicados.

La propiedad de la ficha electrónica, será de la DCCP, quien se reservará el derecho para utilizar uno o más componentes de ella para lo que estime conveniente dentro del ámbito del presente convenio marco. Con todo, la veracidad de la información contenida en la ficha electrónica será de responsabilidad de cada proveedor al momento de entregarla.

La DCCP se reserva el derecho a deshabilitar productos cuyas fichas estén defectuosas, es decir, con fotos en blanco o mal dimensionado, fichas incompletas, datos falsos u otros que estime.

La DCCP se reserva el derecho de bloquear aquellos ítems que en un periodo de 6 meses o más, no experimenten transacciones generadas desde el comienzo de la vigencia del presente convenio marco. El Adjudicado podrá solicitar a la DCCP, mediante antecedentes fundados, la reincorporación del ítem bloqueado. La DCCP ponderará, de acuerdo al mérito de los antecedentes acompañados, si para el caso objeto de la solicitud se justifica la reincorporación del respectivo ítem.

Reajustabilidad

 Los precios podrán ser reajustados cada 6 meses, a partir del inicio de la vigencia del Convenio Marco, de acuerdo a lo siguiente:

Factores de Costo:

Factor de costo atribuido al IPC (FCIPC).

 Factor de costo atribuido al precio del barril de petróleo (FCP).

 Factor de costo atribuido al precio de la celulosa (FCCEL)

Variables:

 Variación del IPC (IPC).

 Variación del precio del barril de petróleo (PP).

 Variación en el precio de la celulosa en pesos (PCEL).

Dado lo anterior, el precio reajustado vendrá dado por la siguiente fórmula general:

PR = PA  [1 + (FCIPC  IPC) + ( FCP  PP) + ( FCCEL  PCEL)

PR: Precio reajustado.

PA: Precio actual.

 

Los factores de Costos serán aplicados según la categoría:

 

Categoría Papelería y Artículos Corporativos y Categoría Fotocopiado:

 

(a excepción de los s Artículos Corporativos)

FCIPC=20%

FCP=10%

FCCEL=70%

 

Categoría Gigantografía:

FCIPC=20%

FCP=80%

FCCEL=0%

 

Artículos Corporativos

FCIPC=70%

FCP=30%

FCCEL=0%

 

 

3.      Los organismos y sitios oficiales para obtener la información de la variación de las variables consideradas, y sus links respectivos son:

 

Variación del IPC (DIPC).

Instituto Nacional de Estadísticas – INE.

 

http://www.ine.cl/canales/chile_estadistico/estadisticas_precios/ipc/

nuevo_ipc/nuevo_ipc.php

Pinchar en: IPC General (Niveles y Variaciones)

 

Variación del precio del petróleo (DPP).

Banco Central.

 

http://si2.bcentral.cl/Basededatoseconomicos/951_455.asp?f=M&s=Precio-petroWTI

 

Variación en el precio de la celulosa (DPCEL).

Banco Central.

 

http://si2.bcentral.cl/basededatoseconomicos/951_455.asp?f=M&s=Precio-celulosa&idioma=E&c=n&d=3

 

 

Se podrá  aplicar la fórmula de reajustabilidad a todos o algunos de los bienes y servicios catalogados en la Tienda ChilecompraExpress. Este proceso queda a criterio del adjudicatario.

 

Las oportunidades para reajustar indicadas en este punto se refieren a la reajustabilidad cuando los precios se apliquen al alza o positivos.

 

Los adjudicatarios pueden aplicar reajustes a la baja o negativos todas las veces que deseen.

 

La reajustabilidad aplicada a los precios de los productos solicitada por el adjudicatario en ningún caso podrá incluir precios de lista mayores a los observados en el mercado o a los precios de lista, situación que será revisada por la DCCP.

 

 Si por voluntad propia decide no realizar reajuste durante ese mes o el no envío de la información correspondiente, se entenderá que el adjudicatario no desea realizar el proceso de reajuste y deberá esperar hasta la próxima oportunidad para realizarlo no siendo acumulativo.

 

Para solicitar el reajuste, el Adjudicatario deberá considerar lo siguiente:

 

i.             Las solicitudes de reajustabilidad de los títulos deberán realizarse a través del sistema electrónico (backoffice proveedor) disponible para tal efecto en el catálogo electrónico. Estas solicitudes deberán ser presentadas de acuerdo a los criterios establecidos en las presentes bases de licitación.

ii.            La DCCP se reserva el derecho de aceptar o rechazar la solicitud, en el plazo de 10 días hábiles de recepcionada, a través de las herramientas que disponga la DCCP para estos efectos. El silencio de la DCCP se entenderá como aceptación de la solicitud de reajustabilidad.

iii.           Sin perjuicio de lo anterior, la DCCP podrá analizar casos especiales de los reajustes de precio de aquellos artículos cuyos costos experimenten fuertes alzas en algún componente que se vea afectado por el comportamiento de variables nacionales o internacionales. En estos casos la DCCP podrá aceptar solicitudes de reajuste al momento de la publicación del convenio marco en el catálogo electrónico o con una periodicidad distinta a los 6 meses.

 

 

Descuentos Especiales (Ofertas)

El Adjudicatario, cuando lo estime conveniente, podrá otorgar descuentos especiales para todas las Entidades sobre los precios o descuentos vigentes en el convenio, independiente del monto de la compra que se trate. Con todo, estos descuentos especiales tendrán el carácter de oferta y se deberán mantener por un plazo mínimo de 3 días hábiles desde su publicación en el Catálogo. La DCCP publicará en el Catálogo los descuentos especiales, al día siguiente hábil, contados desde la recepción de la solicitud del Adjudicatario. Este descuento debe ser de a lo menos un 5% del precio del producto.

 

Extensión de Ofertas Especiales a las Entidades

El Adjudicatario que resulte adjudicado, no podrá ofrecer a alguna o algunas Entidades mejores condiciones que las adjudicadas y catalogadas en convenio marco, sin extender estos beneficios al resto de las Entidades. Toda rebaja de precios o descuentos especiales a una determinada Entidad deberá realizarse, siempre, a través del Catálogo Electrónico de Convenios Marco y extenderse a todas las Entidades.

 

Compras iguales o mayores a UTM 1.000 (mil UTM)

En las adquisiciones vía convenio marco superiores a 1.000 UTM, las entidades deberán comunicar, a través del Sistema, la intención de compra a todos los proveedores que tengan adjudicado en el presente Convenio Marco el producto requerido.

 

Esta comunicación será realizada con la debida antelación, considerando los tiempos estándares necesarios para la entrega de la cantidad de bienes o servicios solicitados, plazo que en ningún caso será inferior a los 10 días corridos antes de la emisión de la orden de compra.

 

En ella se indicará, al menos, la fecha de decisión de compra, el producto o servicio requerido, la cantidad y las condiciones de entrega. La entidad deberá seleccionar la oferta más conveniente según resultado del cuadro comparativo que deberá confeccionar sobre la base de los criterios de evaluación y ponderaciones definidas en las presentes bases de licitación, en lo que les sean aplicables, cuadro que será adjuntado a la orden de compra que se emita y servirá de fundamento de la resolución que apruebe la adquisición.

 

Desarrollo Comercial del Convenio

Dentro del ámbito comercial que involucra el desarrollo del Convenio, el Adjudicatario podrá desarrollar las siguientes actividades:

 

i.      Posicionamiento de ítems o productos. El Adjudicatario podrá desarrollar distintas actividades con el propósito de posicionar, entre las Entidades, su participación como proveedor de los bienes y servicios objeto del presente convenio marco, promociones especiales, jornadas de capacitación masivas, entre otros.

ii.     El Adjudicatario podrá realizar acciones para activar ítems o productos de baja rotación en el Catálogo, durante la vigencia del convenio, pudiendo lanzar promociones especiales para ser difundidas en el Catálogo.

iii.   En caso de que la DCCP desarrolle actividades de difusión de Convenios Marco, tales como encuentros, ferias u otros, el Adjudicatario podrá participar en estas actividades con el fin de dar a conocer sus productos con las Entidades.

 

Actualización de productos Adjudicados

Durante la vigencia del Convenio Marco, el Adjudicatario, deberá mantener en el Catálogo Electrónico los ítems  adjudicados con las condiciones más ventajosas para las Entidades. Para ello, el Adjudicatario podrá solicitar lo siguiente:

 

1. Eliminar uno o más ítems  adjudicados.

 

2. Bloquear uno o más ítems adjudicados por un período de tiempo, con la previa autorización de la DCCP.

 

El adjudicatario no podrá en ningún caso eliminar o bloquear los ítems adjudicados con anterioridad a los dos meses de la entrada en vigencia del presente Convenio Marco.

 

3. Reemplazar ítems por otros similares, siempre y cuando correspondan a una misma categoría. Para ello, será necesario lo siguiente:

 

-          La no presentación del nuevo ítem por parte del adjudicatario al momento de la oferta.

-          La identidad del ítem específico con la categoría a la que se adscribe, de acuerdo a lo que se detalla en el Anexo N° 5, de estas bases.

-          La mantención de las condiciones comerciales adjudicadas, establecidas en la ficha electrónica de la oferta, de acuerdo a lo señalado en el punto 11, “Requerimientos Técnicos y Otras Cláusulas”, en el acápite “Presentación de Oferta” de las presentes bases.

 

4. Agregar nuevos ítems, siempre y cuando correspondan a aquellas categorías licitadas, para lo cual será requisito lo siguiente:

 

-       La no presentación del nuevo ítem por parte del adjudicatario al momento de la oferta.

-       La identidad del ítem específico con la categoría a la que se adscribe, de acuerdo a lo que se detalla en el Anexo N° 5 de estas bases.

-       La mantención de las condiciones comerciales adjudicadas, establecidas en la ficha electrónica de la oferta, de acuerdo a lo señalado en el punto 11, “Requerimientos técnicos y Otras cláusulas”, en el acápite “Presentación de las oferta”, de las presentes bases.

 

En caso de que el ítem que se pretenda agregar (nuevo o en remplazo de uno anterior) no se encuentre en el catálogo del presente convenio marco, la DCCP verificará que el precio sea menor en al menos un 5 %, en relación al mejor precio ofrecido por el proveedor a sus clientes. Dicha circunstancia se constatará mediante un número representativo de facturas, listados públicos u otros documentos que estime necesarios, y que deberá presentar el adjudicatario solicitante.       

 

En el caso que el ítem que se pretenda agregar se encuentre en el catálogo del presente convenio marco, el precio de aquél debe ser menor al mejor precio publicado en el catálogo por el mismo ítem.

 

Se deja constancia que los oferentes no podrán agregar, en virtud de la presente cláusula, nuevos “atributos variables”, distintos a los previamente adjudicados, una vez que el convenio marco se encuentre vigente.

 

5. Mejorar las condiciones comerciales ofrecidas, tales como disminuir los precios de los ítems o atributos, aumentar los porcentajes de descuento ofrecidos por volumen, disminuir los plazos de entrega y de reposición, rebajar los valores de flete, ya sea para algunas o todas las regiones ofrecidas y la incorporación de otros servicios adicionales sin costo.

 

6. Transferir parte o el total de los descuentos por volumen al valor de los ítems o atributos adjudicados.

 

7. Ampliar la cobertura ofrecida, para la totalidad de los productos adjudicados, a otras regiones, en las mismas condiciones de precio, costo de flete y valor mínimo de la Orden de compra.

 

Las actualizaciones de los Ítems adjudicados señalados precedentemente, deberán solicitarse a través de las herramientas que la DCCP destine para dichos efectos en el Catalogo Electrónico.

 

La DCCP realizará un análisis de las solicitudes, pudiendo aceptarlas, rechazarlas o acordar modificaciones con el Adjudicatario, en un plazo de 10 (DIEZ) días hábiles, contados desde su recepción. El silencio de la DCCP, transcurrido el plazo antes referido, se entenderá como aceptación de la solicitud.

 

Sanciones

Los adjudicatarios podrán ser sancionados con una o más de las siguientes medidas:

 

Multas:

 

El Adjudicatario podrá ser sancionado por las Entidades contratantes con el pago de multas por atrasos en la entrega de los productos. Las multas por atraso en la entrega se aplicarán por cada día hábil de atraso, y se calcularán como un 2% del valor de los productos solicitados y aplicable a las cantidades que se entreguen atrasadas, respecto del plazo de entrega acordado, con un tope de 5 días hábiles.

 

Procedimiento para aplicación de multas:

 

Detectada una situación que amerite la aplicación de multas, por parte de la Entidad o del funcionario responsable, éste le informará al adjudicatario, por carta certificada, indicando, la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar del tercer día hábil del despacho de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles, para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes.

 

Vencido el plazo sin presentar descargos, la Entidad dictará la respectiva resolución o acto administrativo aplicando la multa.

 

Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la Entidad tendrá un plazo de diez días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará, mediante resolución o acto administrativo, comunicándose a través de fax o carta certificada al adjudicatario o a su Representante Legal, en el caso de las personas jurídicas, y al coordinador del convenio.

 

Cobro de la multa:

 

Quedará ejecutoriada la multa o la absolución de ella, con la notificación de dicha resolución o acto administrativo. Desde ese momento el adjudicatario se encontrará obligado al pago de la multa.

 

El monto de las multas será rebajado del pago que la Entidad deba efectuar al adjudicatario en las facturas o boletas más próximas y, de no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se le cobrará directamente.

 

El no pago de la multa, dentro de los plazos establecidos, faculta a la Entidad, para requerir a la DCCP, la ejecución de la garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento. Los montos percibidos por multas ingresarán al presupuesto de la Entidad.

 

Procedimiento de Reposición:

 

El adjudicatario dispondrá del plazo de cinco días hábiles, a contar desde la fecha de notificada la resolución o acto administrativo que le impone la multa, si hubiere sido notificado por fax, o de ocho días hábiles, a contar de la fecha de recepción de la carta certificada, para reponer fundadamente, acompañando todos los antecedentes pertinentes a la reposición.

 

El jefe superior de la respectiva Entidad o la autoridad que sea competente, resolverá dentro de cinco días hábiles siguientes, acogiendo o rechazando  total o parcialmente la Reposición. Se notificará dicha resolución o acto administrativo al Director de la DCCP.

 

Suspensión Temporal del Catálogo Electrónico:

 

El Adjudicatario podrá ser sancionado por la DCCP con la suspensión temporal en el Catálogo Electrónico de todos o parte  de los productos que tiene en el presente Convenio Marco, en los siguientes casos:

 

i. No entrega de la información solicitada para catalogación de los ítems o productos en los plazos convenidos.

 

ii. Atraso en la entrega de los ítems o productos, superiores a 5 días hábiles desde el cumplimiento del plazo ofertado y/o acordado, según corresponda. Cabe señalar que en este caso, el tiempo de suspensión temporal en el catálogo será de 2 veces el tiempo que se incurrió en atraso.   

 

iii. 3 reclamos mensuales de una o más Entidades. Cabe señalar que, en este caso, el tiempo de suspensión temporal en el catálogo será por un período de 7 días corridos.

 

iv. Rango de entre 4 y 6 reclamos mensuales de una o más Entidades. Cabe señalar que, en este caso, el tiempo de suspensión temporal en el catálogo será por un período de 15 días corridos. La sanción se hará efectiva durante el mes siguiente a aquel en el cual se verificaron los señalados reclamos.

v. No renovación oportuna de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, en el caso de la  prórroga del convenio marco, de acuerdo a lo establecido en el punto 11 “Requerimientos Técnicos y Otras Cláusulas”, sección “Plazo de Vigencia del Convenio Marco”, de las presentes bases. Para estos efectos, se considera renovación oportuna la entrega dentro del plazo de 5 días hábiles antes del vencimiento de la garantía, de una nueva, con las mismas características que la anterior, que la reemplace, por todo el periodo de vigencia que corresponda.

 

En los casos i y v la suspensión temporal se extenderá hasta que se subsane la situación que da origen a la aplicación de la sanción.

 

Cobro de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato:

 

El Adjudicatario podrá ser sancionados por la DCCP con el cobro de la Garantía por Fiel Cumplimiento del Contrato, en los siguientes casos:

 

i. No pago de multas dentro del plazo establecido, a requerimiento fundado de las Entidades.

 

ii. Más de 6 reclamos mensuales de una o más Entidades.

 

iii. Aplicación de 2 o más veces de alguna de las sanciones establecidas, a requerimiento fundado de una o más Entidades.

 

iv. Incumplimientos de las exigencias técnicas de los ítems o productos adjudicados, establecidas en este convenio marco, a requerimiento fundado de las entidades.

 

v. Incumplimiento de las obligaciones impuestas por las Bases y el Contrato, a requerimiento fundado de las Entidades o a iniciativa de la DCCP por esta misma causa, siempre y cuando dicho incumplimiento no importe una causal de término anticipado del contrato.

 

En el caso de los reclamos, la DCCP se reserva el derecho de revisar que aquéllos sean válidamente emitidos, los cuales serán informados al Adjudicatario.

Procedimiento para Aplicación de Sanciones

Para que la DCCP proceda a aplicar al Adjudicatario la sanción de Suspensión Temporal del Catálogo Electrónico o la del Cobro de la Boleta de Garantía por Fiel Cumplimiento de Contrato, deberá seguirse el siguiente procedimiento:

 

La Entidad afectada deberá remitir a la DCCP un oficio, donde conste lo siguiente:

-Número de la Orden de Compra.

-Fecha de emisión de la Orden de Compra.

-Razones que fundamentan la solicitud de aplicación de la sanción requerida.

-Explicación del proveedor, si la hubiere.

-Copia de la Orden de Compra.

-Solicitud expresa a la DCCP de la aplicación de alguna de las sanciones establecidas en el presente convenio.

 

En el caso de retraso en la entrega de los productos, deberá indicarse, además:

-La identificación de los productos con rezago.

-Las cantidades rezagadas.

-Los días hábiles de atraso en la entrega.

 

Una vez que la DCCP reciba el oficio señalado podrá, dentro de los siguientes 7 días hábiles, consultar o solicitar más antecedentes a la entidad reclamante y/o al proveedor, quienes deberán responder en un plazo no mayor a 7 días hábiles; La DCCP resolverá  sobre la aplicación de la sanción en un plazo no superior a los 30 días hábiles contados desde la recepción del respectivo oficio, o bien, desde la recepción de la respuesta de la entidad reclamante o del proveedor, según sea el caso.

En caso que la DCCP aplique alguna de las sanciones establecidas en el presente convenio, lo realizará por resolución fundada, la cual podrá ser impugnada mediante los recursos que franquea la ley para este tipo de actos.

Término Anticipado del Convenio Marco

El Convenio Marco podrá terminarse anticipadamente por la DCCP, sin derecho a indemnización alguna para el Adjudicatario, si concurre alguna de las siguientes causales:

 

i. Resciliación o mutuo acuerdo de las partes.

 

ii. Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el adjudicatario. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de una o más de sus obligaciones, que importe una vulneración a los elementos esenciales del convenio marco, siempre y cuando no exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y que dicho incumplimiento le genere a la DCCP o a la respectiva Entidad contratante un perjuicio significativo en el cumplimiento de sus funciones.

 

iii Quiebra o el estado de notoria insolvencia del adjudicatario, a menos que se mejoren las cauciones entregadas.

 

iv. Si el adjudicatario, sus representantes,  o el personal dependiente de aquél, no observaren el más alto estándar ético exigible, durante la ejecución del presente convenio marco, o propiciaren prácticas corruptas, tales como:

 

a. Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal adscrito a una entidad licitante, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y la entidad compradora.

 

b. Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la ejecución del presente convenio marco.

 

c. Tergiversar hechos, con el fin de influenciar la ejecución del contrato en detrimento de la respectiva Entidad pública.

 

v. No entrega oportuna de la Garantía de Fiel Cumplimiento, de acuerdo a lo establecido en el punto 10 “Naturaleza y Montos de Garantía” de las bases de licitación.

 

vi. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.

 

Para concretar lo indicado en el párrafo precedente, la DCCP notificará por escrito al adjudicatario, con un aviso previo de 10 (DIEZ) días corridos. Sin perjuicio de lo señalado, el adjudicatario deberá satisfacer íntegramente las órdenes de compra recibidas antes de la notificación  del referido término anticipado, las cuales, a su vez, deberán ser íntegramente pagadas por las respectivas Entidades.

 

En todos los casos señalados anteriormente, no operará indemnización alguna para el Adjudicatario.

 

De concurrir cualquiera de las causales arriba aludidas, además del término anticipado del convenio marco, procederá el cobro de la garantía de fiel cumplimiento por parte de la DCCP.

 

Del Pago

El pago de los productos, objeto del presente convenio,  serán en pesos chilenos y será efectuado directamente por cada Entidad, dentro de los 30 días siguientes a la recepción conforme de la factura respectiva, la cual deberá ser entregada acompañada de una copia de la Orden de Compra respectiva y de las Guías de Despacho en la cual se certifique la recepción conforme de los ítems o productos. La recepción conforme deberá ser acreditada por la Entidad que hubiere efectuado el requerimiento.

 

Con todo, la DCCP no es responsable del pago de los ítems o productos que se adquieran o soliciten a través del presente Convenio Marco. Dicha responsabilidad recae únicamente en las Entidades que en cada caso actúen como compradores.

 

Confirming

Las Entidades contratantes podrán otorgar a los proveedores respectivos, la opción de acceder al sistema de liquidación de facturas  habilitado al efecto por la Dirección de Compras y Contratación Pública, con el fin de que se les anticipen sus respectivos pagos por parte de entidades financieras que participen del mismo. 

 

Plazo de Vigencia del Convenio Marco

El convenio entrará a regir a contar de la total tramitación de la resolución de la DCCP que lo apruebe y su  vigencia se extenderá hasta que se cumplan 36 meses desde la total tramitación de la resolución de adjudicación, a menos que cualquiera de las partes manifieste su intención de ponerle término, mediante el envío de carta certificada con a lo menos 40 días corridos de anticipación.

 

La DCCP, con la antelación suficiente, procederá a licitar nuevamente este Convenio Marco. Con todo, si por causas no imputables a ella, el proceso se extendiese más allá de los límites previstos, podrá prorrogar este convenio sólo por el tiempo en que se procede a un nuevo proceso de licitación, para un nuevo Convenio Marco, lo cual no podrá superar los 9 meses.

 

Coordinador del Convenio Marco

El Adjudicatario deberá nombrar un coordinador del Convenio Marco, el que deberá ser informado a través del formulario que la DCCP destine para estos efectos, dentro de  los 10 días hábiles siguientes a la firma del presente convenio.

 

En el desempeño de su cometido deberá:

 

1. Representar al Adjudicatario en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del Convenio.

 

2. Establecer procedimientos para el control de la información manejada por las partes.

 

3. Informar cualquier cambio regulado por las bases de este convenio.

 

4. Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación de este convenio con la Institución que requiera sus servicios.

 

Todo cambio, relativo a esta designación, deberá ser informado a la DCCP, por el representante legal del Adjudicatario.

 

Responsabilidad del Adjudicatario

Durante la vigencia del Convenio Marco el Adjudicatario deberá administrar y mantener el catálogo de servicios adjudicados, lo cual implicará las siguientes responsabilidades:

 

1.- Entregar toda la información que sea necesaria para la catalogación de los ítems o productos adjudicados, tales como descripciones, especificaciones, fotografías u otros datos que correspondan, en los plazos y formatos establecidos por la DCCP. Para estos efectos, el Adjudicatario podrá trabajar en forma directa, o a través de alguna fábrica de contenidos disponible en el mercado, cuya elección será de su absoluta responsabilidad.

 

2.- Disponer de los recursos humanos y técnicos que sean necesarios para mantener actualizados los productos catalogados y sus respectivas condiciones comerciales, asegurando que las Entidades dispongan siempre de los mejores precios y de listas de productos vigentes, de manera de evitar problemas por discontinuidad o por falta de stock.

 

3.- Incorporar al catálogo aquellos ítems o productos licitados en este proceso y adjudicados al proveedor, de los cuales se tenga conocimiento que son de interés de las Entidades.

 

4.- Conocer y operar adecuadamente el sistema de administración de Catálogo, disponible para los proveedores de Convenio Marco, a través del sitio www.mercadopublico.cl.

 

5.- Responder y gestionar, según corresponda, todos los casos de reclamos y/o consultas reportados por la DCCP y/o las Entidades, en un máximo de 24 horas corridas.

 

6.- Los proveedores deberán asegurar la catalogación de su oferta, disponiendo de los recursos humanos necesarios para que esto se materialice.

 

Comportamiento ético del Adjudicatario

El proveedor que resulte adjudicado, sus dependientes y en general quienes directa o indirectamente entreguen los productos que resulten adjudicados en la presente propuesta, no podrán ofrecer obsequios, ofertas especiales al personal adscrito a una Entidad licitante, o cualquier regalía que pudiere implicar un conflicto de intereses presente o futuro entre dicho adjudicatario y la Entidad compradora, debiendo observar el más alto estándar ético.

 

Concordancia entre el producto ofertado y el producto entregado.

El proveedor que resulte adjudicado deberá siempre entregar el producto de acuerdo a las especificaciones técnicas, a la marca y al modelo que haya declarado en su oferta. La DCCP podrá en todo momento, requerir información a las Entidades compradoras acerca del cumplimiento de la presente cláusula, por sí o a través de  asociaciones vinculadas a la industria.

 

10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
Ha recibido 1 demanda ante el Tribunal de Contratación Pública. Conocer más