9.1 La comisión de evaluación podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación (Art. 40 inc. 2 del Decreto 250).
La Entidad Licitante al momento de la evaluación podrá solicitar correcciones a los oferentes en la presentación de su o sus ofertas según lo señalado en el Punto 9.1 y 9.2 (a excepción de los antecedentes considerados como requisitos de admisibilidad), la Entidad Licitante solicitara estas correcciones vía Portal Mercado Público y en un plazo de 24 horas. Dicha correcciones serán sancionadas con un menor puntaje al momento de evaluar, según lo establecido en los factores de evaluación de las Bases Administrativas.
Si el oferente no cumple con dicha rectificatoria en los plazos definidos para ello, se dejará automáticamente fuera de Bases al o los Oferentes respectivos.
9.2 Todas las aclaraciones, preguntas y/o respuestas emitidas por el Hospital y los oferentes, formarán parte integrante de la licitación.