Artículo 1°. Generalidades.
En todo lo no regulado por las presentes Bases Administrativas Especiales (en adelante e indistintamente “BAE”) y en las Bases Técnicas (en adelante e indistintamente “BT”), la presente Licitación se regirá supletoriamente por lo señalado en la Resolución Nº307/2025 de la Corporación de Desarrollo Social de Providencia, de fecha 02 de mayo de 2025, la cual aprueba las Bases Administrativas Generales (en adelante e indistintamente las “BAG”), para la Adquisición de Bienes, Prestación de Servicios o Ejecución de Obras, a través de Licitación Pública o Privada, y en subsidio, por lo dispuesto en la Ley N°19.886 sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios (en adelante, “Ley de Compras Públicas”), y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 661, de 03 de junio de 2024, del Ministerio de Hacienda (en adelante también el “Reglamento”), y por todos aquellos textos normativos vigentes que fueren pertinentes y aplicables, en especial las disposiciones legales y reglamentarias establecidas las presentes “BAE” y en las “BT”.
Para todos los efectos legales, se entenderá que forman parte integrante del Contrato a que dé lugar la adjudicación, los documentos consignados en el artículo 3° de las “BAG” y todas las normas legales y reglamentarias vigentes que se relacionen con el objeto y la materia de la Licitación. Para el correcto cumplimiento de los términos del Contrato y sus Anexos, se estará a lo establecido en el artículo 38° y siguientes de las “BAG”.
Serán de cargo del oferente todos los costos directos e indirectos asociados a la participación, preparación y presentación de su oferta, conforme lo previsto en los Artículos 4°, 16°, 44° y 54° de las “BAG”. La Corporación en ningún caso será responsable de dichos costos.
Artículo 2°. Objeto de la Licitación.
La Corporación de Desarrollo Social de Providencia, en adelante la “Corporación”, llama a licitación pública “SERVICIO DE PODA EN ALTURA Y TALA DE ÁRBOLES”, con el objetivo de contratar un Servicio de Poda y tala de Árboles en los distintos establecimientos administrados por la Corporación de Providencia, realizando las mantenciones adecuadas para resguardar el buen estado de las distintas especies arbóreas existentes. Esta medida busca mitigar posibles situaciones de peligro, así como prevenir daños en la infraestructura. La iniciativa responde a la necesidad de resguardar la seguridad, asegurar un entorno seguro, funcional y acorde a los estándares de mantenimiento preventivo de áreas verdes.
En todo lo no regulado en las presentes Bases Administrativas Especiales y Bases Técnicas de este proceso licitatorio, se regirá por las Bases Administrativas Generales.
Las Bases que rigen la presente licitación se encontrarán a disposición de los interesados en el Sistema de Información a partir del día de la publicación del llamado a licitación.
Artículo 3°. Condiciones particulares.
Las presentes bases establecen las condiciones y procedimientos que se deben seguir para la presentación de las ofertas y ejecución de la contratación, de acuerdo a las siguientes condiciones particulares:
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Moneda de la Oferta
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Pesos
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Monto estimado del contrato
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N/A
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Presupuesto Disponible
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$74.157.000 impuestos incluidos.
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Garantía de Seriedad de la Oferta
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N/A
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Garantía de Fiel Cumplimiento
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Corresponde a un 5% del monto Neto ofertado por el adjudicatario.
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Formalización de la contratación
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Contrato
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Plazo del Contrato
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12 meses
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Administrador del Contrato
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Mariana Ortiz Schulthess.
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Artículo 4°. Etapas y plazos.
La presente licitación se desarrollará conforme a los plazos que para sus diversas etapas se establecen en el siguiente cronograma, los cuales son contados desde la fecha de publicación de las Bases en el portal www.mercadopublico.cl.
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Etapa
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Plazo
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Publicación
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Una vez que se encuentre totalmente tramitada la Resolución que aprueba las Bases de Licitación.
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Inicio Período de Consultas
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Desde la publicación de las bases en la plataforma www.mercadopublico.cl.
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Cierre Período de Consultas
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Hasta las 12:00 horas del 10° día contado desde la publicación de las Bases de Licitación.
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Publicación de Respuestas
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A las 23:59 horas del día 14° día contado desde la publicación de las Bases de Licitación en la plataforma www.mercadopublico.cl.
Si el 14° día fuere sábado, domingo o festivo, el plazo se extenderá hasta el primer día hábil siguiente.
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Cierre de recepción de las ofertas
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Hasta las 16:00 horas del 20° día contado desde la publicación de las Bases de Licitación.
Si el 20° día fuere sábado, domingo o festivo, el plazo se extenderá hasta el primer día hábil siguiente.
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Acto de Apertura de las Ofertas
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A las 16:01 horas del día de cierre de recepción de ofertas.
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Período de Evaluación de las Ofertas
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Hasta el día 10 desde el Acto de Apertura.
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Fecha de Adjudicación
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Dentro de los 30 días hábiles contados desde la fecha del Acto de Apertura de las Ofertas.
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Suscripción de la contratación
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Dentro de los 10 días corridos contados desde la publicación de la Resolución de Adjudicación en el sistema de información.
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La Corporación podrá ampliar el plazo de “Publicación de Respuestas” hasta en 48 horas, pudiendo modificar el cronograma antes del cierre de recepción de ofertas solo si con relación a las preguntas o la cantidad de éstas, así lo amerita, lo cual será informado en el calendario de fechas de la licitación en la plataforma de Mercado Público.
Artículo 5°. Contenido de las Ofertas.
Los oferentes deberán presentar su propuesta en los formatos (Word, Excel o PDF) que estarán disponibles en la ficha de licitación respectiva en el Portal de Mercado Público, de acuerdo a lo siguiente:
- Antecedentes Administrativos:
1.1. Formulario Anexo N°1, denominado “Identificación del Oferente”.
1.2. Declaración Jurada Simple. Deberá ser presentada solo en caso de presentarse propuestas fuera del Sistema de Información conforme a lo previsto en el artículo 115 del Reglamento de la Ley N°19.886.
En caso de que se omitan o no se presenten debidamente estos documentos, podrán ser requeridos de conformidad al Artículo N°33 de las “BAG”.
1.3. Acuerdo de Unión Temporal de Proveedores, en el caso que corresponda, conforme a lo dispuesto en el artículo N°10 de las “BAG”.
En caso de que se omita o no se presente debidamente este documento, no podrá ser requerido de conformidad al Artículo N°33 de las “BAG” y su oferta será declarada inadmisible.
- Antecedentes Económicos:
2.1. Formulario Anexo N°2, denominado “Oferta Económica”.
Los oferentes deberán presentar su oferta económica representada por el valor total, en pesos, en su valor neto más impuestos, si corresponde, sin considerar reajustes y/o variación de precio alguno, salvo que en las presentes bases se establezca algo distinto.
En caso de existir discrepancias entre el valor indicado en el Anexo N°2 y el valor ingresado en el Portal, prevalecerá la oferta subida en el Anexo. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta.
En caso de que se omita o no se presente debidamente este documento, no podrá ser requerido de conformidad al Artículo N°33 de las “BAG” y su oferta será declarada inadmisible.
- Antecedentes Técnicos:
3.1. Formulario Anexo N°3, denominado “Declaración Jurada Simple Programas de Integridad”, debidamente completado.
En el presente Anexo los oferentes deberán declarar si cuentan con Programas de Integridad que sean conocidos por su personal, adjuntando el documento asociado a dicho Programa.
Para estos efectos se entiende por programas de integridad un conjunto de instrumentos o herramientas que fomenten entre sus trabajadores un comportamiento apegado a los valores que contribuyen a instalar estándares de integridad, fortalecimiento de una conducta ética que permita combatir la corrupción.
En caso de tratarse de una Unión Temporal de Proveedores, cada miembro de ésta deberá completar el presente formulario.
En caso de tratarse de una persona natural, para efectos de evaluación se considerará que cuenta con dicho programa si se acredita la realización de cursos, capacitaciones, diplomados u otros mediante la presentación de documentos fidedignos en que conste que se han capacitado en integridad o compliance, debiendo declararlo así en el correspondiente Anexo.
En caso de que se omitan o no se presenten debidamente estos documentos, podrán ser requeridos de conformidad al Artículo N°33 de las “BAG”. En caso de haber sido solicitado y no presentarse dentro del plazo otorgado su oferta se evaluará con 0 puntos.
3.2. Formulario Anexo N°4, denominado “Experiencia del Oferente”, en el que se resumirá la experiencia acreditada por los documentos que se señalan en el párrafo siguiente.
Para acreditar la experiencia declarada y ser considerados en la evaluación, los oferentes deberán presentar Orden de Compra en PDF en estado de aceptada o Recepción Conforme y/o Certificado de Recepción Conforme en formato libre, debidamente firmado por el mandante, indicando nombre, fecha y monto del contrato que se recepciona. Los documentos a presentar deben decir relación con la prestación del servicio de Mantención y poda de árboles y áreas verdes que hayan sido emitidas en los últimos 3 años desde publicado el presente proceso en Mercado Público.
Los oferentes deberán procurar que los documentos que integren la declaración de experiencia del proveedor sean claramente visibles y contengan las características pertinentes del servicio requerido por la CORPORACIÓN, en atención a lo establecido en estas Bases de Licitación.
En caso de que se omita el formulario solicitado en el presente punto, podrá ser requerido de conformidad al Artículo N°33 de las “BAG”, siempre y cuando se hayan acompañado los antecedentes o documentos de respaldo.
Los antecedentes o documentos de respaldo podrán ser solicitados de conformidad al artículo N°33 de las “BAG”, siempre que se haya presentado el referido formulario al momento de presentar la oferta y se hayan singularizado debidamente los antecedentes en éste. En caso contrario, no podrán ser solicitados y su oferta se evaluará con 0 puntos.
Se hace presente que, dentro de los subcriterios de evaluación, se asignará el puntaje que se señale en la “Metodología y Pauta de Evaluación”, a los oferentes que tengan un “Buen Comportamiento Base". Se entiende que un oferente tiene “Buen Comportamiento Base”, si su nota de calificación es igual o superior a 4/5 o si no tiene nota, mediante la glosa "Sin Información”.
Para estos efectos se considerará la información que proporciona la Ficha Electrónica del Proveedor del portal www.mercadopublico.cl, no siendo necesario que el oferente adjunte documentos para estos efectos.
Artículo 6°. Oferta Económica.
Los oferentes deberán presentar sus ofertas económicas conforme al Anexo de Oferta Económica dispuesto para estos efectos, expresado sus valores en moneda nacional, extranjera, UF, UTM, según corresponda en base a lo establecido en el artículo N°2.
El oferente deberá ingresar $1 (un peso) en la plataforma Mercado Público.
En caso de solicitarse, los valores unitarios expresados en este Anexo son los que serán considerados para un eventual aumento o disminución del contrato con el oferente adjudicado.
Para los efectos de evaluación, adjudicación y de determinación del precio del contrato, los valores serán considerados más IVA, si corresponde. Todos los ítems del Anexo económico deben ser completados y valorizados.
Artículo 7°. Garantía de Seriedad de la Oferta.
De conformidad con lo señalado en el del artículo 52 del Decreto Supremo N°661, de 3 junio de 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprueba Reglamento de la Ley Nº19.886 de Compras Públicas, no se requerirá garantía de seriedad de la oferta atendido a que el monto para la presente contratación no supera las 5.000 UTM.
Artículo 8°. Visita a Terreno.
La presente licitación NO considera una visita a terreno.
Artículo 9°. Metodología y Pauta de Evaluación.
Las ofertas serán evaluadas por la Comisión Evaluadora designada para tales efectos en la Resolución de llamado a Licitación Pública, de acuerdo a la siguiente:
- CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD.
Corresponde a la verificación del cumplimiento de los requisitos de admisibilidad indicados en las presentes Bases. Las ofertas que no den cumplimiento a todos los requisitos indicados serán declarados inadmisibles y no continuarán en el proceso de evaluación.
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CUMPLE / NO CUMPLE
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FACTOR DE MEDICIÓN
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Cumple (C) No Cumple (NC)
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El Anexo “Oferta Económica” se presenta con toda la información solicitada.
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- EVALUACIÓN TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y ECONÓMICA.
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CRITERIOS DE EVALUACIÓN
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PONDERACIÓN
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- Oferta Económica.
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60%
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- Oferta Técnica.
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2.1. Experiencia del Oferente.
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35%
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- Comportamiento Base.
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3%
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- Cumplimiento de requisitos formales.
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1%
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- Programas de integridad.
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1%
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- ASIGNACIÓN DE PUNTAJES.
- EVALUACIÓN OFERTA ECONÓMICA.
Para efectos de la Evaluación se considerará la sumatoria de valores unitarios ofertados, impuestos incluidos.
El puntaje del criterio se definirá en base a la siguiente fórmula:
Para los efectos de la evaluación y elaboración del ranking respectivo los puntajes serán considerados con hasta dos (2) decimales.
- EXPERIENCIA DEL OFERENTE.
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CANTIDAD DE CONTRATOS ACREDITADOS
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PUNTAJE
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21 o más Órdenes de Compra aceptadas o con recepción conforme ó certificados de recepción conforme
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100
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Entre 16 a 20 Órdenes de Compra aceptadas o con recepción conforme ó certificados de recepción conforme
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80
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Entre 11 a 15 Órdenes de Compra aceptadas o con recepción conforme ó certificados de recepción conforme
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60
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Entre 6 a 10 Órdenes de Compra aceptadas o con recepción conforme ó certificados de recepción conforme
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40
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Entre 1 a 5 Órdenes de Compra aceptadas o con recepción conforme ó certificados de recepción conforme
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20
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No acredita experiencia
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0
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La Corporación se reserva el derecho de consultar con el mandante la veracidad de los servicios prestados y/o verificar la veracidad o validez los antecedentes a través de cualquier otro mecanismo como, por ejemplo, consultando información a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl, descargando la Orden de Compra, el Contrato u otros antecedentes. La documentación en donde no sea posible verificar la experiencia, porque no ha sido acreditada, no será considerada en la respectiva evaluación.
- PROGRAMA DE INTEGRIDAD.
Este criterio de evaluación considera que el proveedor señale en el Anexo “Declaración Jurada Simple Programas de Integridad” si cuenta con programa de integridad conocido por su personal, el que debe ser acorde a los principios éticos, morales y de transparencia, legalidad y veracidad, durante el proceso licitatorio.
Para su evaluación, el oferente debe adjuntar el programa de integridad. En consecuencia, si el proveedor no presenta el programa, obtendrá puntaje 0.
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DESCRIPCIÓN
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PUNTAJE
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Cuenta con Programa de integridad
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100
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No cuenta con Programa de Integridad
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0
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- CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES.
Este criterio de evaluación considera el cumplimiento referido a la entrega y presentación de los documentos administrativos y anexos indicados en esta licitación, de acuerdo con la siguiente tabla:
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FACTOR A EVALUAR
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PUNTAJE
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La oferta cumple todos los requisitos formales y presenta todos los documentos y anexos administrativos, técnicos y económicos, dentro del plazo indicado para la recepción de ofertas, sin observaciones o aclaraciones presentadas con posterioridad al vencimiento del plazo destinado para ello.
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100
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La oferta cumple todos los requisitos formales para ofertar, pero se debe pedir subsanar o enmendar elementos que no sean obligatorios a través de foro inverso y el proveedor corrige y/o subsana en tiempo y forma.
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50
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La oferta cumple todos los requisitos formales para ofertar, pero se debe pedir subsanar o enmendar elementos que no sean obligatorios través de foro inverso y el proveedor NO corrige y/o subsana en tiempo y forma.
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0
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- COMPORTAMIENTO BASE.
Para la evaluación del criterio Comportamiento Contractual Anterior (CCA), se revisará la nota del “comportamiento base” en la Ficha del proveedor en el Portal de Mercado Público.
Lo anterior será evaluado de acuerdo con los siguientes puntajes:
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DESCRIPCIÓN
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PUNTAJE
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Proveedor registra nota entre 4/5
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100
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Proveedor registra nota inferior a 4
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0
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En el caso de que el proveedor no registre nota del comportamiento base (Sin información) en su Ficha del proveedor en el Portal de Mercado Público, se asignarán 100 puntos.
Artículo 10°. Resolución de Empates.
Si al finalizar la evaluación, dos o más ofertas tuviesen igualdad de puntaje, se entregará la primera opción a favor de quien obtenga el mejor puntaje en el criterio “oferta económica”. En caso de persistir la igualdad, será definido en favor de quien haya obtenido un mayor puntaje en el criterio "experiencia del oferente".
En caso de persistir la igualdad, será definido en favor de quien hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio "comportamiento base”. Si aun así se mantiene el empate, será definido en favor de quien hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Cumplimiento de requisitos formales”. Si aun así se mantiene el empate, será definido en favor de quien hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “programa de integridad”.
Por último, se resolverá por aquella oferta que primero haya sido ingresada al portal www.mercadopublico.cl
Artículo 11°. Adjudicación.
Para la presente licitación se seleccionará la oferta más ventajosa, teniendo en cuenta los puntajes obtenidos en cada criterio de evaluación y sus respectivas ponderaciones. La adjudicación se realizará a un solo oferente por el Presupuesto Disponible. En ningún caso se podrá adjudicar la línea a dos o más oferentes.
Artículo 12°. Formalización de la Contratación.
La contratación con el adjudicatario se formalizará mediante la suscripción de un contrato en los términos del Título XI las “BAG”.
Artículo 13°. Antecedentes adicionales a presentar por el adjudicatario.
Para la presente contratación, la Corporación no requiere la presentación de antecedentes adicionales a los indicados en las presentes Bases y en la “BAG”.
Artículo 14°. Modificaciones al Contrato.
La Corporación podrá aumentar o disminuir el contrato, de acuerdo con las exigencias estipuladas en el artículo 57° y siguientes del Título XV “Modificaciones de Contrato” de las “BAG”. En tal caso, no podrán alterarse la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases, igualdad de los oferentes y el equilibrio financiero del contrato.
Los aumentos o disminuciones no podrán superar el 30% del valor total del contrato y deberán ser aprobados por la Secretaría General de la Corporación y ordenadas por Resolución. Para estos efectos, los aumentos y disminuciones serán propuestos a través de Informe Técnico por parte del Administrador del Contrato, manteniéndose siempre los valores adjudicados al proveedor, según el respectivo Anexo Económico. Para que sea autorizado, se requerirá la aprobación de la Secretaría General o de quien ésta haya delegado dicha facultad, mediante la correspondiente resolución. Asimismo, se deberá contar con el certificado de disponibilidad presupuestaria, correspondiente.
En caso de que la modificación implique un aumento de monto de la contratación, el proveedor deberá entregar una nueva garantía de fiel cumplimiento, en los mismos términos dispuestos en las presentes bases de licitación.
La ejecución de dichos aumentos o disminuciones de los servicios contratados no podrán realizarse sin previa notificación al proveedor de la respectiva resolución que lo disponga. Todo lo anterior, según lo dispuesto en el Art. 129° del Decreto N°661/2024.
Artículo 15°. Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato.
Monto: 5% del monto NETO adjudicado.
Plazo de vigencia mínimo: 12 meses más 90 días hábiles, a contar de la adjudicación
Glosa: Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato del “SERVICIO DE PODA EN ALTURA”, ID 552975-XX-LP25. (Se deberá indicar el ID de la licitación, por ello donde se señala XX, el oferente deberá reemplazarlo por el número correspondiente).
Además, la glosa deberá contener la mención de la Resolución de Adjudicación, según se indica en el Articulo N°24 de las “BAG”.
Pagadera: Santiago.
A favor de: Corporación de Desarrollo Social de Providencia, RUT N°69.070.301-7.
En todo lo no regulado en este artículo se estará a las disposiciones contendidas en el Título VII de las Bases Administrativas Generales.
Artículo 16°. Plazo del Contrato y Prórroga.
El contrato tendrá una vigencia de 12 meses, contados desde la total tramitación de la Resolución que aprueba el Contrato.
No obstante, en caso de existir motivos fundados, la presente contratación podrá renovarse hasta un plazo máximo de 12 meses, contados desde el vencimiento del plazo del contrato original.
Se podrá prorrogar el contrato suscrito con el proveedor adjudicado solo por el tiempo en que se proceda a efectuar una nueva contratación para abastecer el referido suministro, ya sea que ésta sea efectuada a través de una licitación pública u otro mecanismo de adquisición que resulte pertinente.
Se deja constancia que el tiempo máximo de prórroga no podrá exceder 6 meses contados desde el vencimiento original del período de suministro. El contrato que emane de esta licitación no podrá ser renovado, ni modificado, en su vigencia, con la finalidad de extenderla en contravención a lo indicado en este párrafo.”
Tener presente que la prórroga del contrato deberá dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 14 que establece que la modificación del monto del contrato no puede implicar un aumento de más allá de un 30% del monto originalmente pactado.
Artículo 17°. Cobro de la Garantía de Fiel Cumplimiento.
No se contemplan causales de cobro de esta garantía adicionales a las reguladas en el artículo N°27 de las “BAG”.
Artículo 18°. Otras Garantías y Seguros.
Para la presente contratación, no se requieren otras garantías y seguros.
Artículo 19°. Anticipo y Garantía.
No se considera entrega de anticipo para la presente contratación.
Artículo 20°. Precio del Contrato y forma de pago.
El precio total del contrato será el Presupuesto Disponible correspondiente a $74.157.000.- impuestos incluidos.
La forma de pago será en pesos chilenos con impuestos incluidos, pagándose el precio convenido por los servicios efectivamente prestados, de acuerdo con el valor ofertado como precios unitarios por el adjudicatario y lo requerido en las bases y su formalización a través de la Orden de Compra en el Sistema de Información.
El pago se realizará por cada centro/establecimiento, por cada servicio prestado.
La factura debe ser emitida a nombre de la Corporación de Desarrollo Social de Providencia, R.U.T. N° 69.070.301-7, con el detalle del número de Orden de Compra emitida. Los documentos de cobro deberán ser enviados al correo electrónico tesorería@cdsprovidencia.cl de la Dirección de Administración y Finanzas de la Corporación, con copia al Administrador del Contrato (mortiz@cdsprovidencia.cl).
La documentación de respaldo que deberá ser presentada para el pago de una factura, será la siguiente:
- Guia de servicio ejecutado, con el detalle de las podas realizadas (cantidad y tipo), debidamente firmada por el establecimiento/centro.
- Registro fotográfico del tipo antes/después.
- Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, (F30) en donde la Dirección del Trabajo informa situación del Contratista, en cuanto a: multas ejecutoriadas (no incluidas en boletín de infractores), deuda previsional (boletín de infractores) y resoluciones de multa (boletín de infractores).
Artículo 21°. Administrador del Contrato.
El administrador del Contrato será Mariana Ortiz, Jefa del Departamento de Arquitectura y Mantención, quien realizará, a lo menos, las funciones señaladas en el artículo N° 46 de las “BAG”.
Artículo 22°. Multas por Incumplimiento.
En caso de incumplimiento de las obligaciones del proveedor, el Administrador del Contrato, aplicará las multas que a continuación se detallan, de acuerdo con el procedimiento fijado en el Título XVII “Sanciones y Multas” de las “BAG”, con un tope máximo de un 30% del monto total contratado, conforme a lo dispuesto en el Artículo 136 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas. Este tope no constituye una limitación a la responsabilidad del Proveedor en relación con otras estipulaciones del contrato. Dichas multas serán diarias o por evento, y se aplicarán según lo siguiente:
Nº
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MULTA
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MONTO
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1
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Incumplimiento de plazos en la realización de la visita inicial de diagnóstico, transcurrido el plazo máximo de 15 días hábiles, contados desde la total tramitación de la Resolución que aprueba el Contrato.
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1 U.T.M. por cada día hábil de retraso injustificado.
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2
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Incumplimiento de plazos en entrega de programación de visitas iniciales, transcurrido el plazo máximo de 5 días hábiles, contados desde la total tramitación de la Resolución que aprueba el Contrato.
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1 U.T.M. por día hábil de retraso injustificado.
|
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3
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Incumplimiento en plazo de entrega de informe técnico transcurrido el plazo máximo de 7 días hábiles, tras la finalización de las visitas.
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2 U.T.M. por día hábil de retraso injustificado.
|
|
4
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Incumplimiento en el plazo de realización de visita a solicitud, transcurrido el plazo máximo de 5 días hábiles, tras la notificación del requerimiento
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1 U.T.M por día hábil de retraso injustificado.
|
|
5
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Incumplimiento en plazo de ejecución del servicio, transcurrido el plazo máximo de 7 días hábiles, tras la notificación de la autorización correspondiente.
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2 U.T.M. por día hábil de atraso injustificado.
|
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6
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Incumplimiento en medidas de seguridad del personal que ejecuta el servicio.
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3 U.T.M. por evento.
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|
7
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Incumplimiento de plazos en la reparación de cualquier daño producto del trabajo realizado por el proveedor, transcurrido el plazo máximo de 10 días hábiles.
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1 U.T.M. por día hábil de retraso injustificado.
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Artículo 23°. Causales adicionales de término anticipado del contrato.
Las causales de término anticipado del contrato, será las contempladas en el artículo N°58 de las “BAG”.