Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influír o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluídos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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EVALUACION TECNICA (CALIDAD) |
Todo producto que es licitado debe estar contenido en la Pauta de Evaluación de Insumos (Hoja Excel) que se anexa. En los casos que los proveedores estén licitando un producto que no está contenido en dicha Pauta adjunta, deberá enviar una muestra a Enfermera de Abastecimiento, indicando el ID de la licitación que está postulando, para que esta muestra pueda ser evaluada y pueda ingresar al proceso de licitación en el caso de cumplir con las características del producto licitado. Dicho producto será sometido a evaluación, en las mismas condiciones que los productos ya contenidos en esta Pauta de Evaluación. Las muestras de productos deben ser entregadas rotuladas con el ID 608-22-LE18,Envío de muestras hasta tercer día desde la publicación a las 12:00 en la Secretaría de Abastecimiento, Edificio Principal 2º piso.
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ADJUDICACION |
El Hospital Dr. Gustavo Fricke adjudicará a la oferta más ventajosa por líneas de insumo. El Hospital se reserva el derecho de adjudicar en forma total o parcial cada línea de insumo, según presupuesto a la empresa que presenta la oferta más ventajosa, de acuerdo a la evaluación. El Hospital Dr. Gustavo Fricke podrá declarar desierta la licitación si se determina que ningún proveedor cumplió con todo lo exigido en las bases ni con los plazos establecidos. Así mismo, podrá desertar por línea uno o más productos si no hubo ofertas por éstas.
El Hospital podrá poner término anticipado al Contrato sin derecho a indemnización alguna al adjudicado, si concurre alguna de las siguientes causales:
1.-Mutuo acuerdo de las partes. Para estos efectos, deberá comunicarse por escrita esta decisión la cual deberá ser fundada.
2.-No prestación de los servicios o entrega de productos establecidos de manera total o parcial, de acuerdo a lo ofertado y adjudicado.
3. Incumplimiento grave de las obligaciones establecidas con el Hospital, Se entenderá por incumplimiento grave Ia no ejecución o Ia ejecución parcial de parte del adjudicado de una a más de sus obligaciones, que imparte una vulneración a las elementas esenciales del Contrato, siempre y cuando no exista alguna causal que Ie exima de responsabilidad, y que dicho incumplimiento le genere al Hospital un perjuicio significativo en el cumplimiento de sus funciones.
4. Quiebra del proveedor adjudicado, a menos que se mejoren las cauciones entregadas.
5. Incumplimiento de uno o más de los compromisos asumidos por los adjudicatarios, en virtud del "Pacto de Integridad contenido en estas bases de licitación
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Resolución de Empates |
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “CALIDAD TECNICA”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “PRECIO, luego criterio PLAZO DE ENTREGA, luego criterio CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS y si continúa el empate se adjudicará a aquel oferente que haya ingresado primero su propuesta en el portal mercado público considerándose estrictamente el orden de ingreso.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
Se recibirán todas las consultas posibles a la adjudicación a través del Portal www.mercadopublico.cl. Las consultas y las respuestas se subirán a los archivos adjuntos de esta licitación
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
El Hospital podrá solicitar a los oferentes que salven errores y omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de información. Si el oferente no da respuesta en los plazos establecidos por la entidad licitante podrá ser causal suficiente para quedar fuera del proceso de licitación.
La entrega de respuesta no podrá ser superior a 48 horas hábiles, luego de hecha la solicitud a la empresa a través del Foro Inverso.
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COMISIÓN EVALUADORA |
La comisión evaluadora estará conformada por el Maria Paz Delaunoy Sepulveda, RUT: 13.458.596-K, Teresita Cuadra Guerra , RUT: 10.207.324-K y Vania Galvez Leiva, RUT: 12.849.760-9. El Hospital designará como Asesora experta a doña Claudia Carrasco Rojas, Enfermera de Abastecimiento, RUT: 12.625.085-1 para que evalué técnicamente las ofertas recibidas conforme artículo 37 DS 250 de la Ley de Compras 19.886.
DEJASE CONSTANCIA: que en caso de ausencia de alguno de los miembros, le reemplazará aquel funcionario que ejerza sus funciones en su ausencia, esta situación quedará registrada en la respectiva acta de apertura o evaluación de las ofertas.
La integración de la comisión evaluadora se publicará en el sistema de información de contratación pública. Esta comisión informará sobre las ofertas que mejor cumplan los requisitos exigidos y la más conveniente a los intereses de la Institución, o bien la proposición fundada de declarar desierta la licitación.
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Readjudicación |
El Hospital podrá readjudicar la licitación al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje total obtenido, dejando sin efecto la adjudicación previa, en los siguientes casos:
a.- Si la orden de compra no es aceptada, por razones o causas atribuibles al adjudicatario.
b.- Si el adjudicatario desiste de su oferta.
c.- Si el adjudicatario es inhábil para contratar con el Estado en los términos del Art. 4º de la Ley de Compras o no proporciona los documentos que sean requeridos para verificar dicha condición o le sobreviene una inhabilidad.
d.- Si el adjudicado no se encuentra con registro hábil en el sistema Chile Proveedores.
e.- Si el adjudicatario no cumple con las condiciones y requisitos establecidos por las bases para contratar
El hospital determinará si adjudica a la segunda oferta mejor evaluada, en el marco de los recursos asignados, o efectúa un nuevo llamado a licitación, emitiéndose para cada caso, la respectiva resolución fundada.
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ACEPTACION DE LA ORDEN DE COMPRA |
El oferente deberá aceptar la orden de compra en un plazo de un día hábil de publicada la orden de compra en el portal www.mercadopublico.cl
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REQUISITOS PARA EL PAGO DE LA FACTURA |
Factura de proveedor, nombrando la orden de compra, Copia de la orden de compra, Recepción conforme de bodega sin observaciones y Certificado de la Inspección del Trabajo que acredite estar al día en el pago de las obligaciones laborales y previsionales, de no más de quince días de antigüedad a la fecha de presentación de la factura. Formularios F-30. Se materializará en el cierre de cada mes dentro de los 5 días siguientes del mes siguiente a través de cheque o transferencia electrónica. Se fija dicho plazo en atención al actual flujo de pago del Hospital.
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SANCIONES |
Todo incumplimiento del proveedor al contrato facultará al mandante para aplicar una o más sanciones que se indican, sin perjuicio de los otros derechos que corresponden, en especial, el de hacer efectivas las garantías que tenga constituidas el proveedor y poner término anticipado al contrato, es decir, anular la orden de compra.
a) Multa : Corresponde a la sanción de cualquier falta, de gravedad leve, moderada o grave, en que incurra la empresa, coda vez que el contratista no cumpla con cualquiera de las obligaciones asumidas por el proveedor en esta licitación. Se expresará en Unidades de Fomento (UF).
El monto de codo multa, dependerá de la gravedad de la infracción cometida, en este sentido las multas se clasifican en:
1) Multa Leve: Su importe será de 1 Unidades de Fomento (UF),
- Por cada día de atraso en la entrega de productos cantados desde la fecha de entrega ofertada.
2) Multa Moderada: Su importe será de 2 Unidades de Fomento (UF),
Por la entrega de productos con vencimiento inferior a un año.
3) Multa Grave: Su importe será de 5 Unidades de Fomento (UF),
-Entrega de productos que no se ajustan a las especificaciones técnicas ofertadas
- Entrega de productos con atraso de igual o superior a 10 días, contados desde la fecha de entrega ofertada.
- Entrega de productos que se encuentren con los envases alterados y/o dañados durante el transporte y lo manipulación de los mismos por personas ajenas a la institución.
Las multas tienen como límite el equivalente al treinta por ciento del precio total del contrato, impuesto incluido.
Anulación de la orden de compra: se anulará la orden de compra si las multas superan el 30% del valor del contrato o el atraso en la entrega de los productos superan los 10 días cantados desde la fecha de entrega ofertada, lo que ocurra primero.
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Procedimiento de aplicación de multas y término anticipado del contrato |
El Organismo Público, previo requerimiento de su Administrador del Contrato, procederá a informar al proveedor por carta certificada al domicilio que éste fijó en su oferta, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa o, en su caso, la decisión de poner término al contrato.. A contar del tercer día hábil del despacho de la comunicación precedente, el proveedor tendrá un plazo de cinco días hábiles, para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes.
El mandante tendrá un plazo de cinco días hábiles a contar de la recepción de los descargos o, en su caso, desde el vencimiento del plazo para presentar descargos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará, mediante resolución exenta, comunicándose a través de carta certificada al interesado. La no presentación de los descargos, implica que la empresa se opone a todos los fundamentos de hecho y de derecho expuestos por el Administrador del Contrato.
En contra de la resolución exenta señalada, procederán los recursos dispuestos en la Ley 19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
Conforme al artículo 57 de la Ley 19.880, la interposición de recursos administrativos no suspenderá la ejecución del acto impugnado.
Conforme a la misma disposición legal, la autoridad llamada a resolver el recurso, a petición fundada del interesado, podrá suspender la ejecución cuando el cumplimiento del acto recurrido pudiere causar daño irreparable o hacer imposible el cumplimiento de lo que se resolviere, en caso de acogerse el recurso.
En consecuencia, el cobro de la multa se ejecutará desde que se notifique al interesado la resolución exenta que refiere el inciso segundo de esta cláusula.
La multa se hará efectiva mediante cheque nominativo, emitido por la empresa, con el valor de la multa, el que deberá ser entregado en la Unidad de Recaudación del Hospital.
Todo lo anterior conforme a las reglas indicadas en artículo 79 ter del Reglamento.
En total las multas no podrán exceder el 30% del valor total de la compra.
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Consumo mensual estimado |
Las cantidades establecidas en las Bases son sólo referenciales y el Hospital podrá aumentar o disminuir la cantidad de productos de acuerdo a las necesidades y requerimientos, lo que se reflejará en las órdenes de compra parciales emitidas. En tal caso, el hospital informará oportunamente a la empresa adjudicada, pudiendo modificar el período que abarca el servicio licitado. El valor unitario neto de los insumos deberá quedar ofertado en el Portal www. mercadopublico.cl, incluyendo el costo del flete y todos los costos asociados serán de cargo exclusivo del proveedor adjudicado. El aumento no podrá exceder el 30% del valor presupuestado.
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Devoluciones |
El Hospital hará efectiva las devoluciones de los productos que tengan características distintas a las acordadas, y de los productos que se encuentren en mal estado. La devolución se efectuará a través de un medio de transporte a cargo y costo de la Empresa, en un plazo máximo de 24 horas hábiles desde la notificación vía correo electrónico o llamado telefónico al Proveedor adjudicado. Al momento de la devolución del producto, el proveedor extenderá Nota de Crédito a la factura correspondiente al envío.
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GARANTIAS |
No se exigen garantías de seriedad de la oferta ni del fiel cumplimiento para favorecer mejores precios.
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