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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Resolución de Empates |
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En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Precio”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “Plazo de entrega”. De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio "Servicio post venta” y, finalmente, de continuar aun así empatados los oferentes, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “Cumplimiento de los requisitos”.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
Las consultas deberán ser realizadas con el debido fundamento, dentro de las 48 horas siguientes a la
adjudicación de la licitación, en la dirección de correo: milson.cardenas@conaf.cl.
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
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Si no se encuentra en registro de chileproveedores, se solicitará un documento donde señale el cumplimiento de este punto, mediante copia de formulario de cotizaciones timbrada por la institución provisional correspondiente o certificado vigente emitido por la Dirección del Trabajo.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
Si es necesario aclaración de ofertas, se utilizará el foro inverso del sistema www.mercadopublico.cl
Los antecedentes que se soliciten deberán tener carácter informativo y/o complementario, y no podrán constituir temas evaluables por los criterios de evaluación de esta licitación.
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Cotización u oferta |
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La cotización u oferta deberá presentarse exclusivamente a través del portal de compras públicas, a más tardar el día de cierre que
indique la publicación en el portal. El o los precios deberán ser entregados en valores unitarios y moneda nacional, señalando la
vigencia del mismo. La oferta debe ser ingresada en valores netos.
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Definiciones |
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Además de las definiciones señalas en el artículo 2 de la ley 19886 se entenderá por : a) Corporación. La Corporación Nacional
Forestal, organismo de derecho privado que tiene a su cargo la administración del sistema nacional de áreas silvestres protegidas del
estado, de acuerdo al artículo 10 del D.S. 4363 del año 1931 del Ministerio de Tierras y Colonización, modificado por el artículo 85 de
la ley 18768 de 1989 en el cual se incluyen los parques nacionales b) Dirección o Dirección Regional: la Dirección de la XIIa. Región de
la Corporación. c)Director Regional: la persona que desempeña el cargo de Director de la XIIa. Región de la Corporación. d)Proveedor:
la persona natural o jurídica que, en virtud de la oferta, contrae la obligación de abastecer o entregar el bien requerido de acuerdo a
los presentes términos de referencia. e)Especificaciones técnicas: El pliego de características, requisitos, dimensiones, marcas,
garantías, etc. que deberán cumplir los bienes o artículos requeridos, permitiendo su clara identificación. g) Propuesta: La cotización
ofrecida por el proponente para los objetos indicados en la letra anterior, la que deberá ajustarse a los antecedentes suministrados
por la licitación.
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Prorroga fecha cierre recepción de ofertas |
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La fecha de cierre de recepción de ofertas podrá ser prorrogada, lo que indicará oportunamente en el portal de compras públicas,
www.mercadopublico.cl , en caso que a dicha fecha no se hayan recibido ofertas. En este mismo acto, también podrán ser ampliadas
cada una de las fechas de las demás etapas de esta licitación pública.
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Complementación de las bases |
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CONAF podrá complementar las bases de licitación, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno
de los oferentes, durante el proceso de la licitación, otorgando un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas
a los nuevos requerimientos, informando de ello a través del sitio www.mercadopublico.cl Estas complementaciones formaran parte
integral de las bases.
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Productos adicionales |
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Si la Unidad técnica requiere productos adicionales a los señalados en la presente licitación pública, se podrá recurrir a este proceso
licitatorio ajustado a la normativa y procedimientos vigentes
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Sobre la adjudicación |
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Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar yo la garantía de fiel
cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la
entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga
en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la
licitación. La CONAF declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan con los requisitos o condiciones
establecidas en las presentes bases, sin perjuicio de la facultad de la CONAF de solicitar a los oferentes que salven errores u
omisiones formales de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes bases. La CONAF podrá
además declarar desierta la licitación, cuando no se presenten ofertas, o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses.
Dichas declaraciones deberán ser por resolución fundada. Se adjudicará para cada oferente, aquellos ítems que obtengan 70 puntos o
más, de acuerdo con los criterios de evaluación establecidos en las bases de licitación. Asimismo, aquellos oferentes que en el
Resultado de la evaluación realizada, hubieran obtenido, al menos, el 80% de los ítems o productos ofertados con dicho puntaje
mínimo, adjudicarán la totalidad de ítems o productos evaluados.
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Resolución de adjudicación |
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La CONAF adjudicará a través de una resolución fundada que será publicada en www.mercadopublico.cl una vez que se encuentre
totalmente tramitada.
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Regulación de la licitación |
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La presente licitación se regirá en todo momento por lo dispuesto en la Ley 19.886, su reglamento y las presentes bases.
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Readjudicación de ofertas |
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La Corporación podrá readjudicar las ofertas cuando el oferente adjudicado incurra en incumplimiento o desistimiento, de acuerdo a
la Ley 19.886 y su Reglamento, adjudicando a la oferta que le siga en puntaje a quien haya obtenido la mejor calificación. De igual
manera hará efectiva la garantía que se hubiere establecido como seriedad de la oferta comprometida.
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Procedimiento de Evaluación de Ofertas |
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La evaluación de las ofertas será realizada por una Comisión, integrada por los siguientes funcionarios, designados por el Director
Regional a través de una resolución: 1.- Encargado Provincial Deprif., quien lo subrogue o represente. 2.- Encargado de A.S.P.
Provincial, quien lo subrogue o represente. 3.- Jefe de Brigada Deprif, quien lo subrogue o represente. Esta comisión emitirá un informe de evaluación de ofertas, proponiendo al Director Regional la adjudicación de acuerdo a
los criterios de evaluación contenidos en las presentes bases.
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Condiciones de pago |
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La Orden de Compra se debe encontrar en estado ACEPTADA en el sistema www.mercadopublico.cl El pago se efectuará previa
presentación de factura correspondiente y de la recepción conforme por parte de la unidad Técnica CONAF. El pago se efectuará
antes de los treinta (30) días posteriores a la recepción de estos documentos.
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Multas |
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El adjudicatario podrá ser sancionado por la Corporación con el pago de multas por atrasos en la entrega de los productos
comprendidos en las presentes bases de licitación. Las multas por atraso en la entrega se aplicarán por cada día hábil de atraso, y se
calcularán como un 2% del valor neto del producto solicitado y aplicable a las cantidades que se entreguen atrasadas respecto del
plazo de entrega establecido por el proveedor con un tope de 10 días hábiles. Para los casos en que el proveedor no hubiese
aceptado formalmente la Orden de Compra, a través de www.mercadopublico.cl, y sin embargo haya entregado total o parcialmente
los productos requeridos, se considerará que el plazo de entrega comenzó el segundo día hábil de emitida la Orden de Compra. Las
multas se podrán aplicar sin perjuicio de recurrir a los tribunales ordinarios de justicia. Procedimiento para aplicación de multas:
Detectada una situación que amerite la aplicación de multas, por parte de la Corporación o del funcionario responsable, éste le
notificará al adjudicatario, personalmente o por carta certificada, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el
monto de la multa. A contar de la notificación de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles,
para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes. Vencido el plazo sin presentar descargos,
la Corporación dictará la respectiva resolución o acto administrativo aplicando la multa. Si el adjudicatario hubiera presentado
descargos en tiempo y forma, la Corporación tendrá un plazo de hasta 30 días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para
rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará, mediante resolución o acto administrativo, lo que se notificará
al adjudicatario, personalmente o por carta certificada Cobro de la multa: Quedará ejecutoriada la multa o la absolución de ella, con
la notificación de dicha resolución o acto administrativo. Desde ese momento el adjudicatario se encontrará obligado al pago de la
multa, si es que procediera. El monto de las multas será rebajado del pago que la Corporación deba efectuar al adjudicatario en las
facturas o boletas más próximas. De no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se le cobrará
directamente, debiendo ser pagada dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación del requerimiento. El no pago de la
multa, dentro de los plazos establecidos, faculta a la Corporación, para requerir la ejecución de la garantía por Fiel y Oportuno
Cumplimiento. Procedimiento de Reposición: El adjudicatario dispondrá del plazo de cinco días hábiles, a contar desde la fecha de
notificada la resolución o acto administrativo que le impone la multa, para reponer fundadamente, acompañando todos los
antecedentes pertinentes a la reposición. El Director(a) Regional de la Corporación, resolverá dentro de 30 días hábiles siguientes,
acogiendo o rechazando total o parcialmente la Reposición. Se notificará dicha resolución o acto administrativo al respectivo
proveedor.
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Comportamiento Ético del Adjudicatario |
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El proveedor que resulte adjudicado, sus dependientes y en general quienes directa o indirectamente entreguen los productos que
resulten adjudicados, no podrán ofrecer obsequios, ofertas especiales al personal de la Corporación, o cualquier regalía que pudiere
implicar un conflicto de intereses presente o futuro entre dicho adjudicatario y CONAF, debiendo observar el más alto estándar ético.
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Plazo de adjudicación |
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La Corporación podrá determinar ampliar el plazo de la adjudicación, informando oportunamente en el sistema de información la
nueva fecha y las razones que justifican esta decisión.
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Inscripción en Chile Proveedores |
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El proveedor debe cumplir con su registro en Chile Proveedores de acuerdo a lo establecido en las presentes bases. El proveedor
adjudicado que no cuente con su registro vigente, tendrá un plazo de 15 días hábiles para regularizar su situación. En caso de
incumplir con su registro en el plazo indicado, la Corporación solicitará la cancelación de la respectiva orden de compra y procederá
a readjudicar la licitación al proveedor que siga en puntaje al que obtuviera la mayor calificación, si así lo estimare conveniente.
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