|
1.-
Todo el proceso de licitación se realizará a través del portal www.mercadopublico.cl. Para participar en la licitación los proponentes deben cumplir con los siguientes requisitos:
(a) Ser persona natural o jurídica.
(b) Resulta deseable que los proponentes se encuentren registrados en el portal de Proveedores del Estado (www.mercadopublico.cl). En el caso en que el oferente al cual se adjudica este proceso no se encontrase registrado en el Portal de Proveedores, deberá estar registrado para los efectos de la suscripción del contrato, conforme los plazos previstos con posterioridad a la adjudicación.
(c) Declaración jurada simple, efectuada por el proponente, si es una persona natural (Anexo N° 1) o por el representante legal, si es una persona jurídica, (Anexo N° 2) que acredite no ser funcionario directivo de la entidad licitante, ni que se encuentra unido a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni es una sociedad de personas de las que formen parte aquéllos o éstos formen parte, ni sociedad en comandita por acciones o anónima cerrada en que aquéllos o éstos sean accionistas, ni sociedad anónima abierta en que aquéllos o éstos sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni gerentes, administradores, representantes o directores de las sociedades de cualquiera de las sociedades antedichas.
(d) Cumplir con las condiciones establecidas en los puntos 5.1 y 5.2 de las presentes bases administrativas.
En el caso de oferentes inscritos en el Registro de Proveedores del Estado, no deberán adjuntar los antecedentes que se encuentren en dicho registro.
Podrán participar en esta licitación los proveedores habilitados para participar en el proceso, de acuerdo con la Ley N° 19.886, Ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
2.1. NO PODRÁN PARTICIPAR.
a) Las personas naturales que sean funcionarios directivos de la entidad licitante o que estén unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 56 de la Ley Nº 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
b) Las sociedades de personas en las que formen parte funcionarios directivos de la entidad licitante o las personas que estén unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 56 de la Ley Nº 18.575; ni tampoco aquellas sociedades en comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquellos o éstas sean accionistas; ni aquellas sociedades anónimas abiertas en que aquellos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital; ni en la que dichos funcionarios se encuentren unidos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 56 de la Ley Nº 18.575 con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas.
c) Los oferentes que al momento de la presentación de la oferta, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los anteriores dos años, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 4º, inciso primero, parte final de la Ley Nº 19.886.
3. MODIFICACIONES A LAS BASES DE LICITACIÓN.
La entidad licitante podrá, por cualquier causa y hasta antes del vencimiento del plazo para la presentación de las propuestas, modificar estas bases y/o las técnicas mediante enmienda contenida en una resolución fundada, que será notificada a todos los proponentes a través del portal www.mercadopublico.cl y serán obligatorias para ellos. Si la magnitud de estas enmiendas así lo amerita, dicha resolución procederá a prorrogar el plazo de presentación de las ofertas.
|
|
|
|