1. CARACTERISTICAS TÉCNICAS GENERALES DEL SERVICIO A EJECUTAR
De los bosques se pueden extraer preferentemente madera de medidas especiales para la industria del aserrío, para la industria de la saponina, biocombustible o leña. La caracterización de estos productos se encuentra definidos en el primer punto de estas bases.
Corta para Bosques Irregulares o con Estructura Indefinida. Esta consiste en ejecutar la corta de vástagos de árboles plurifustales o fustes de árboles monofustales, bajo criterios de intervención por cobertura, densidad o espaciamiento o por criterio sanitario, como también volteo, trozado, madereo y la poda de ramas, dejando lo más limpio posible cada fuste o vástago y manejo de los desechos.
El Servicio incluye obligatoriamente el trozado de diferentes dimensiones de acuerdo a los productos definidos por CONAF, y el traslado al Sector de Administración cercana a la Sala de Aserrado de la Reserva, que CONAF ha dispuesto para estos efectos y su acopio ordenado en dicho lugar.
Entre las actividades a desarrollar, se incluyen el arrumado en cancha de acopio cercana a la Sala de Aserrío en el Sector Administración, todo con la finalidad de producir en orden de importancia y prioridad de producción para CONAF, los siguientes productos:
1. Primera Calidad: Troza industrial aserrable, de largo variable de 1 metro y más, con rectitud de estándar relativo, de cualquiera de las especies que componen el bosque nativo mediterráneo tipo esclerófilo: Quillay, Peumo, Litre; Molle, Maitén, Espino, otras.
2. Segunda Calidad: Troza de quillay, 1 metro de largo, no recta, con curvaturas pronunciadas o tortuosas, pero apta para la industria química de saponina y que por sus características No es apta para para ser clasificada como primera calidad para la industria del aserrío.
3. Tercera Calidad: Troza pequeña para dendroenergía o madera combustible (Leña) de largo 1 metro, no recta, con curvaturas pronunciadas o tortuosas, de cualquiera de las especies que componen el bosque nativo mediterráneo tipo esclerófilo: Peumo, Litre; Molle, Maitén, Espino, otras, menos Quillay.
Actividades mínimas a desarrollar:
1.- Corta para bosques irregulares o con estructura indefinida: consiste en ejecutar la corta o volteo de vástagos en árboles plurifustales o, eventualmente, de árboles monofustales, bajo criterios de intervención por cobertura, densidad o espaciamiento o por criterio sanitario, como también la poda de ramas delgadas a medianas, dejando lo más limpio posible cada fuste o vástago sin dañar la corteza, hasta una altura de 2,00 metro aproximadamente (rango 1,80-2,20 metro), libre de ramas.
2.- Manejo de los desechos ordenados y dispuestos en montones lo más reducido posible en altura, no superior a 1,00 metro).
3.- Trozado, madereo y transporte de todas las trozas de diferentes dimensiones de acuerdo a los productos definidos por CONAF. El traslado es desde el bosque nativo manejado al Sector de Administración cercana a la Sala de Aserrado de la Reserva, que CONAF ha dispuesto para los efectos y su acopio ordenado en dicho lugar.
Las propuestas que mejoren los estándares mínimos en uno 1 o más de las actividades mencionadas en el cuadro anterior, serán evaluadas con una mayor puntuación en el criterio “Estándar de las actividades a ejecutar en el servicio”. En especial aquellas propuestas técnicas que incluyan los métodos y elementos de madereo de trozas cortas y largas que MENOS DAÑO PROVOQUEN AL SUELO O PISO DEL BOSQUE, que forman parte de la actividad N°3.
Por lo tanto, las ofertas que se evaluarán serán aquéllas que propongan la ejecución del servicio considerando las tres actividades mínimas por realizar, señaladas precedentemente.
CUADRO N°1: Características del Bosque Nativo Mediterráneo a intervenir:
Unidad de Ordenación Forestal: UOF 1
Superficie (ha): 23,3
Crecimiento acumulado (m3/año): 223,5
Posibilidad Extracción acumulada (m3): 1.823
Actividad Silvícola autorizada en la Res N° 14/50/18: Corta Bosques Irregulares o con Estructura Indefinida.
En anexo técnico N°8 se adjunta plano del predio con la ubicación general y de la unidad de Ordenación Forestal N°1 a manejar.
La posibilidad de extraccción, que es el volumen de madera es un valor referencial y no obliga a CONAF ni al oferente a cumplir con estos volúmenes. El criterio prioritario será siempre dejar el espaciamiento necesario y la cobertura de copa necesaria establecida en el plano de manejo aprobado por Resolución N°14/50/18, igual 70% en promedio para el estrato de bosque denso, para que el bosque siga cumpliendo su función ambiental de regulación del ciclo hidrológico y protección del suelo.
El área a intervenir se presenta en el plano de referencia que acompaña a estas bases. El tipo de tratamiento se describe a continuación.
El manejo del bosque se hará de manera ordenada y sistemática, considerando trozado y ordenamiento de productos, así como transporte de productos a cancha. Los residuos del manejo serán ordenados de acuerdo con lo ya especificado precedentemente.
2. OTRAS PRESCRIPCIONES TÉCNICAS
Unidad de Ordenación:
UOF
Tratamiento: Conversión de monte bajo a monte medio: Se disminuirá el número de vástagos en cada cepa, buscando que aquellos que quedan aumenten su crecimiento y se fortalezcan, lo que hará cambiar la fisonomía del bosque de monte bajo a monte medio. La intervención pretende mejorar el bosque residual para la producción de piezas de valor para usos noble de la madera, como mueblería, revestimientos en el futuro.
Debido a la fuerte de degradación que ha experimentado el bosque se ha producido un aumento del número de vástagos por cepa, lo que ha aumentado la fitomasa del conjunto, pero ha afectado la forma de los individuos, de manera que se espera mejorar su rectitud a causa de este tipo de intervención.
El oferente adjudicado deberá respetar técnicamente en la ejecución de las faenas los siguientes aspectos específicos:
a) ZONAS DE EXCLUSIÓN DE INTERVENCIÓN: CURSOS DE AGUA TEMPORALES O PERMANENTES: Las fajas o franjas de protección alrededor de los cursos de agua temporales o permanentes identificados en el Plan de manejo, estas fajas están constituidas por 10 metro a cada lado del borde del cauce del curso de agua, medidos en distancia horizontal y perpendicular a eje o línea de borde del cauce. Véase plano.
b) Criterios para el tratamiento silvicultural – Justificación de la elección del tratamiento para:
Actividad silvicultural: Clareo y/o raleo de cepas en rodales muy densos, densos y ralos.
Especificación del Criterio: En general los rodales con bosques muy densos, densos y semidensos se encuentran con una estructura de Monte bajo, que se puede atribuir a explotaciones pasadas e incendios, encontrándose hoy con una fisonomía de renoval en la mayoría de los casos y con exceso de vástagos en su cepa. Debido a que estos bosques no han sido intervenidos hace ya muchos años, es posible encontrar en algunos pocos lugares regeneración de semilla de ejemplares arbóreos que no alcanzaría a constituir una fase de regeneración propiamente tal a causa de la escasez de plántulas halladas.
El tratamiento de conversión de la estructura de Monte bajo a Monte medio contribuirá a dar mayor vigor y aumentar el crecimiento de los vástagos que queden en cada cepa luego de reducir la competencia. Esta actividad de corta de vástagos se realizará en todas las especies y en cada caso se analizará cuales deberán ser cortados y cuales permanecerán. En las cepas pueden encontrarse vástagos de pequeño diámetro (<5 cm) como de diámetros mayores (>= 5 cm), lo que define llamar clareo de cepa en el primer caso, o raleo de cepa en el segundo caso. Este tipo de intervención silvicultural cambia un poco la fisonomía de Monte bajo a una de Monte medio, sin embargo, se espera que en sucesivas intervenciones en varias períodos de planificación no sólo sea la fisonomía la cambie, sino que sea un Monte medio en propiedad, al haberse generado las condiciones para que las especies puedan volver a regenerarse por vía sexual.
Adicionalmente, es importante mencionar que las cortas afectarán la cobertura en aquellos casos de rodales con bosques con menor densidad, sin embargo, como la intervención es sobre la cepa la cobertura debiese disminuir muy poco o no disminuir, por lo que mantener a lo menos el límite inferior de la cobertura actual es lo deseable.
Así se establecieron los siguientes criterios genéricos para la intervención:
1. Bajar la densidad de vástagos, dejando 50 a 60 % COMO REFERENCIA.
2. Los criterios generales para aplicar el raleo o clareo a los vástagos o fustes serán en orden de importancia :
i) Espaciamiento adecuado (Buena distribución espacial);
ii) Sombra o Cobertura adecuada o necesaria;
iii) No regresión (no retroceso) de los límites del bosque, y
iv) Calidad sanitaria de los vástagos o fustes de los árboles.
3. Asimismo Los criterios para escoger vástagos a dejar serán:
- Que queden lo más separado posible dentro de la cepa.
- Que estén sanos.
- Que sean los de mayor rectitud.
- Eliminar todos vástagos en formación para favorecer a los de mayor diámetro que quedarán en la cepa, EXCEPTO si se requiere dejar uno o más vástagos por Sombra o cobertura necesaria o también dejar árboles percha para la avifauna.
4. Las cepas que se encuentren en bordes de claros o caminos deberán intervenirse hacia su interior, dejando hacia el exterior las ramas que estén distantes del suelo para no disminuir la cobertura de suelo, pero podando aquellas cercanas al suelo para evitar la continuidad del combustible. Si las ramas que están hacia el claro o camino son rastreras deberán eliminarse. Hacia el interior de esas cepas de borde se aplican los mismos criterios ya descritos.
5. Aquellas especies menos frecuentes en cada rodal se favorecerán para evitar lo menos posible su eliminación, de forma de buscar su participación futura.
6. Los matorrales existentes en los bordes de los fragmentos de bosque de un rodal, deberán ser removidos en lo posible para bajar el riesgo de incendio.
7. Los Espinos (Acacia caven) existentes dentro de rodales que NO pertenezcan a la asociación Acacia caven – Maitenus boaria, propia de espacios más abiertos, se cortarán, ya que provienen de una sucesión anterior y están destinados a morir (algunos ya lo están o se encuentran en pésima condición sanitaria dentro del rodal), lo que permitirá su aprovechamiento, intervención habitualmente conocida como corta de salvamento. Sin embargo hay una excepción en la que no deben ser cortados los espinos: cuando sea necesario dejarlos por el criterio de sombra, cobertura o espaciamiento.
c) Medidas de silvicultura preventiva y protección contra incendios forestales.
Se realizarán cortas llamadas “corta fuego” y “corta combustible” que consisten en la construcción de fajas o áreas de terreno adyacente a caminos y sectores de riesgo de incendio, donde se debe cortar (Franja primaria) y/o reducir (Franja secundaria) la continuidad horizontal y vertical de la vegetación según corresponda, dejando al suelo con especies herbáceas de menor altura para evitar la erosión, con el objeto de retardar la propagación del fuego.
En caminos aledaños a los rodales a intervenir se deben realizar las siguientes acciones para ejecutar FAJAS CORTACOMBUSTIBLES:
- Franja primaria: Despejar completamente de vegetación una franja de 6 metros de ancho a cada lado del camino o sector de riesgo;
- Franja Secundaria: Franja aledaña a la franja primaria de 5 metros de ancho con poda de 3 metros mínimo de altura y remoción completa de residuos de dicha zona;
- Para bosques jóvenes, en que no sea aplicable dicha altura de poda, realizar una poda de las ramas inferiores dejando a lo menos de 40-50% del total de la copa de cada ejemplar intervenido;
- En franja secundaria mantener una densidad máxima de 200 vástagos o fustes por hectárea, es decir separaciones entre árboles mínima de 10 metros;
- Siendo el origen del bosque de monte bajo, dejar sólo el vástago mayor en cada cepa que cumpla con la densidad indicada (200 vástagos/ha);
- Caminos en terreno con más de 20% de pendiente:
o Franja primaria: 5 metros;
o Franja secundaria: hacia el lado de arriba del camino se mantiene en 5 metros y hacia el lado de abajo del camino se aumenta a 20 metros, podándose en ambos casos la vegetación bajo los mismos criterios anteriores;
d) Cortes para el volteo de vástagos o fustes y podas de ramas.
Los cortes de vástagos o fustes o podas de ramas, deben ser bien ejecutados, limpios y parejos, sin caudas daño a las cepas, los otros vástagos o fuste a dejar, sin “bisagras” idealmente a ras de piso lo más cerca del suelo del bosque:
Arboles Monte Alto Monofustales: El tocón debe dejarse con un máximo 15 cm de altura cuando el fuste tenga 30 cm de Diámetro a la Altura del tocón (DAT) y de 25 cm de altura, cuando tengan 31 cm o más de DAT.
Arboles de Monte Bajo (cepa) con UNO O MÁS Vástagos: El corte de volteo, no debe dañar a los otros vástagos residuales, ni la cepa madre, dentro de lo posible. Los cortes en estos casos, deben ser lo más cerca de la cepa, pero sin dañarla, idealmente de 10-15 cm de alto o menos si fuese posible, dado lo irregular o tortuosas de las formas que adquieren las cepas o los vástagos en algunas ocasiones.
La poda de ramas y “altura libre de ramas” el corte debe observar las mismas prescripciones de limpieza, sin bisagras, ni muñones sobresalientes, debe ser a ras de corteza pero si dañar la corteza de los vástagos o fustes, en general el criterio para la altura libre de ramas, debe tener en consideración los siguientes aspectos:
i. Despejar de ramas los fustes o vástagos de los árboles a dejar, de manera tal que a futuro se pueda obtener una primera troza libre de ramas de una longitud o altura de 2,00 metro como mínimo.
ii. Lo anterior NO implica necesariamente que la última rama se corte a los 2,00 metro de altura, salvo que si éstas se ubiquen justo a los 2,00 metro, que en ese caso si deben ser cortadas.
iii. Se permitirá un rango inferior de variación de 10%.
3. SUPERVISIÓN TÉCNICA PERMANENTE DE CONAF Y RESOLUCIÓN DE ASPECTOS TÉCNICOS
CONAF mantendrá supervisión permanente, para resolver técnicamente en terreno, cualquier situación especial o que no esté contemplada en las bases, siendo los ingenieros supervisores Jorge Burgos, Anita Morales, Hugo Rivera o Leonardo Möder, quienes se turnarán para efectuar la supervisión permanente y necesaria. Aspecto como trazado o localización de vías de sacas de madera, huellas de madereo, fajas de penetración, caminos- cortafuegos, fajas corta – combustibles, canchas de acopio o cualquier otro aspecto de carácter ambiental o forestal será resuelto por lo ingenieros supervisores de CONAF, con la debida coordinación con profesionales desinados para los efectos, por la Administración de la Unidad y/o del Departamento de Áreas Silvestres Protegidas de CONAF Región Valparaíso.
Asimismo, para los efectos demostrativos, se ha establecido:
i) Un área de 2,0 ha aproximadamente, al interior de la cual se practicó y ejecutó la actividad silvícola: “Corta para Bosques Irregulares o de Estructura Indefinida” (identificada en el plano de la Unidad de Ordenación N°1, véase plano),
ii) adicionalmente se marcará una nueva área demostrativa de aproximadamente 900 a 1000 m2, que será marcada por los ingenieros supervisores de CONAF.
Los ingenieros supervisores de CONAF, tendrán la potestad de paralizar la faena frente a cualquier situación anómala detectada, entendiéndose como tal incumplimiento señalado en la cláusula “Obligaciones generales del adjudicatario”, o a los aspectos técnicos específicos de las bases o de las normas de protección ambiental de la RESERVA NACIONAL LAGO PEÑUELAS.
4. CALENDARIO Y AVANCE DE LAS INTERVENCIONES
El adjudicatario deberá programar la faena de manera que el avance, de las actividades en los diferentes rodales que se distinguen y constituyen el Bosque Nativo Mediterráneo, el avance planificado debe ser geográficamente ordenado, no pudiendo dejar sectores rezagados sin intervenir.
El avance podrá tener más de un frente de trabajo, a condición que se respete el sentido de avance acordado y que una misma cuadrilla no inicie faenas en un sector sin haber finalizado totalmente la intervención en el sector anterior. La unidad básica de intervención serán las Microcuencas que constituyen la Unidad de Ordenación Forestal N°1.
5. DE LAS NORMAS DE PROTECCIÓN AMBIENTAL DE LA RESERVA NACIONAL LAGO PEÑUELAS
El adjudicatario, sus contratistas, subcontratistas y todos los trabajadores que formen parte de la faena, deberán cumplir las siguientes normas:
1) Todo residuo generado en los trabajos propios de la faena (basuras), así como también los provenientes de vehículos o maquinarias (combustibles, petróleo, aceites usados, trapos impregnados con derivados de hidrocarburos u otros) se deberán colocar en recipientes herméticos, sellados con tapa y su disposición final será fuera de los límites de la Reserva, en rellenos autorizados por el Servicio de Salud.
2) Se deberán instalar y mantener operativos e higienizados baños químicos y sitios de descanso adecuados para atender las necesidades de la totalidad del personal asignado a la faena.
3) No se podrá hacer fuego bajo ninguna circunstancia.
4) Está prohibido fumar en los lugares de faena.
5) No se permitirá la presencia ni estadía de personas ajenas a las faenas.
6) Queda prohibida la presencia de animales domésticos en los lugares de la faena.
7) Queda prohibido el uso de armas de fuego y de aire comprimido, así como el uso de hondas y trampas.
8) Se deben proteger los valores del paisaje especialmente en aquellos que limitan con sectores de uso público.
9) Se debe cubrir el suelo, con una superficie impermeable, en el momento de realizar llenado de combustible de maquinarias (motosierras), etc.
10) Se debe realizar la Mantención de los basureros donde se depositen los residuos generados por la faena. Estos deben ser eliminados a diario de la Reserva por parte de la empresa.
11) Queda estrictamente prohibido cazar, matar y/o molestar a especies de fauna de todo tipo, incluyendo aves, reptiles, anfibios y mamíferos inferiores.
12) En los rodales a intervenir, el contratista deberá evitar la corta o daño de especies vegetales nativas y/o endémicas a escala regional o nacional que se encuentren en alguna categoría de amenaza para su conservación, tanto se trate de especies arbóreas o arbustivas.
13) De ser necesario, la Administración de la Unidad desarrollará una inspección técnica de estos sectores, y podrá determinar la ejecución de actividades de rescate o protección de estas especies. El contratista deberá cumplir las instrucciones de la administración en este sentido y permitir al personal profesional y guardaparques de la Unidad ingresar al sector para el desarrollo de esta labor.
14) Cabe agregar que, antes del inicio de las faenas, todo el personal con el cual el adjudicatario opera al interior de la Reserva deberá asistir, junto con éste, a una exposición de inducción sobre los objetivos de la Unidad y de la importancia de los recursos naturales que se protegen y que impartirá la administración de la Reserva.
15) Por último, el adjudicatario y su personal deberán colaborar en el rescate de especies de flora y fauna silvestre que se hallen en el área de la faena y que sean de interés para la Corporación salvaguardar para su conservación, ya sea trasladando ejemplares o bien con el cercado del lugar donde se localizan.