Licitación ID: 1943-13-LE18
Manejo silvícola del Bosque Nativo Mediterraneo
Responsable de esta licitación: CORP NACIONAL FORESTAL
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 43
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Productos o servicios
1
Servicios de repoblación forestal 1 Unidad
Cod: 70151507
El adjudicatario deberá efectuar el manejo silvícola del bosque de acuerdo a las prescripciones técnico legales contenidos en Plan de Manejo Forestal de Bosque Nativo bajo criterio de ordenación, aprobado por Resolución. N° 14/50/18 de 25 de mayo de 2018.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Manejo silvícola del Bosque Nativo Mediterraneo
Estado:
Adjudicada
Descripción:
El adjudicatario deberá efectuar el manejo silvícola del bosque de acuerdo a las prescripciones técnico legales contenidos en Plan de Manejo Forestal de Bosque Nativo bajo criterio de ordenación, aprobado por Resolución. N° 145018 de 25 de mayo de 2018, que autoriza la ejecución de la actividad silvícola denominada: corta para bosques irregulares o con estructura indefinida. Ésta consiste en ejecutar la corta de vástagos de árboles plurifustales o fustes de árboles monofustales, bajo criterios de intervención por cobertura, densidad o espaciamiento o por criterio sanitario, como también volteo, trozado, madereo y la poda de ramas, dejando lo más limpio posible cada fuste o vástago y manejo de los desechos. El servicio incluye obligatoriamente el trozado de diferentes dimensiones de acuerdo a los productos definidos por CONAF, y el traslado al Sector de Administración cercana a la Sala de aserrado de la Reserva, que CONAF ha dispuesto para estos efectos y su acopio ordenado en dicho lugar. Entre las actividades a desarrollar, se incluyen el arrumado en cancha de acopio cercana a la Sala de aserrío en el Sector Administración, todo con la finalidad de producir en orden de importancia y prioridad de producción para CONAF, los siguientes productos: 1. Primera Calidad: Troza industrial aserrable, de largo variable de 1 metro y más, con rectitud de estándar relativo, de cualquiera de las especies que componen el bosque nativo mediterráneo tipo esclerófilo: Quillay, Peumo, Litre; Molle, Maitén, Espino, otras. 2. Segunda Calidad: Troza de quillay, 1 metro de largo, no recta, con curvaturas pronunciadas o tortuosas, pero apta para la industria química de saponina y que por sus características No es apta para para ser clasificada como primera calidad para la industria del aserrío. 3. Tercera Calidad: Troza pequeña para dendroenergía o madera combustible Leña de largo 1 metro, no recta, con curvaturas pronunciadas o tortuosas, de cualquiera de las especies que componen el bosque nativo mediterráneo tipo esclerófilo: Peumo, Litre; Molle, Maitén, Espino, otras, menos Quillay.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
Unidad de compra:
V Región - Oficina Regional de Valparaiso
R.U.T.:
61.313.000-4
Dirección:
Desde calle Colon con Francia Valparaíso a J.B.N. Viña del Mar
Comuna:
Valparaíso
Región en que se genera la licitación:
Región de Valparaíso
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 22-11-2018 15:30:00
Fecha de Publicación: 13-11-2018 17:26:38
Fecha inicio de preguntas: 13-11-2018 18:06:00
Fecha final de preguntas: 16-11-2018 19:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 20-11-2018 16:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 22-11-2018 15:31:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 22-11-2018 15:31:00
Fecha de Adjudicación: 27-11-2018 8:52:02
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- Plazo de entrega: El proveedor deberá indicar claramente el plazo de entrega del servicio licitado en días corridos. Se entiende por plazo de entrega el que comienza con la recepción de los rodales, por el proveedor adjudicado, lo que se efectuará con posterioridad a la firma del respectivo contrato. La entrega de los rodales se formalizará través de un acta debidamente firmada por las partes. El servicio concluye con las actividades consideradas en las bases totalmente terminadas, cada una de ellas, recibidas conforme por CONAF. Esta información se considerará para el proceso de evaluación. Aquellas ofertas que excedan los 20 días corridos como plazo de término, no serán evaluadas y serán rechazadas en el acto de apertura electrónica. Pueden postular personas naturales o jurídicas.
2.- Declaraciones Simples: El oferente deberá ingresar los siguientes antecedentes: 1) Anexo 1: El oferente deberá presentar una declaración simple en la cual señale conocer los lugares en que se efectuará la faena objeto de esta licitación, sus vías de acceso y caminos, con expresa mención que este conocimiento ha sido determinante para postular. 2) Anexo 2: El oferente deberá presentar una declaración simple de aceptación explícita del contenido de las Bases Administrativas y Técnicas. 3) Anexo 3: Información del Oferente. 4) Anexo 4: No tener condenas por prácticas antisindicales. 5) Anexo 5A: No tener calidad de directivo (persona jurídica) Anexo 5B: No tener calidad de directivo (persona natural). 6) Anexo 6: No tener deudas de remuneraciones y/o previsionales con sus trabajadores. 7) Experiencia del oferente en trabajo de manejo silvícola de Bosque Nativo Mediterráneo tipo esclerófilo (Anexo 7a o 7b según corresponda). Todos estos anexos deben venir debidamente firmados por el oferente y son de carácter obligatorio, de no ser incluidos, se rechazará la oferta. No obstante CONAF podrá solicitar a través del foro inverso la documentación administrativa que se haya omitido al momento de efectuar la oferta, en cuyo caso esta oferta se verá afectada en el criterio de evaluación “cumplimiento de los requisitos formales”, a excepción de los anexos 7a y 7b.
3.- Visita a Terreno: Esta licitación contempla la obligatoriedad de realizar una visita a terreno. Para estos efectos, al tercer día hábil siguiente a la fecha de publicación de las presentes bases, se prevé la ejecución de una visita al lugar donde se emplazará la faena, la que tendrá lugar a partir de las 11:00 hrs. El margen previsto para la hora de llegada no excederá a las 11:30 hrs, quien llegue en un horario posterior, no podrán participar en la visita a terreno. Los postulantes informarán su concurrencia a esta actividad al Administrador de la Reserva, Sr. Oscar Salazar, al teléfono móvil 09-96403568 (9-77259789), o al correo electrónico oscar.salazar@conaf.cl, con copia a leonardo.moder@conaf.cl, mario.garcia@conaf.cl y a ana.morales@conaf.cl. En esta visita se levantará un acta debidamente firmada por los oferentes y/o por sus representantes, la que será parte del expediente de la licitación. Aquellas ofertas que no cumplan con esta visita, no serán evaluadas y serán rechazadas en acto de apertura electrónica.
Documentos Técnicos
1.- Experiencia del Oferente: El proveedor deberá informar, en los Anexos N° 7a y 7b “Experiencia del Oferente”, adjunto a su oferta, la cantidad de trabajos de manejo silvícola del bosque nativo mediterráneo, del tipo esclerófilo; servicio del tipo objeto de la licitación realizados por el encargado de la faena en terreno y/o sus motosierristas. Para estos efectos deberá listar y respaldar la información requerida (contratos, facturas, curriculums vitae) indicando ordenadamente nombres y ubicación de fundos, predios, sus propietarios y teléfonos y/o correo electrónicos. CONAF se reserva el derecho de verificar todos los antecedentes presentados. Esta información será parte del proceso de evaluación. A su vez, aquellas ofertas que no entreguen esta información serán rechazadas en acto de apertura electrónica.
 
2.- Anexo técnico: El proveedor deberá ingresar un anexo técnico, en el cual detalle a lo menos: 1) Cantidad de trabajadores que ejecutarán la faena. 2) Carta Gantt que describa el desarrollo de las actividades, los costos asociados a éstas. Además del personal con que cuenta, de acuerdo a lo establecido en punto “Actividades mínimas a desarrollar”. 3) Detalle de las actividades a realizar. El anexo solicitado es parte esencial de la oferta presentada. La oferta que no acompañe este anexo no será evaluada y será rechazada. Sin perjuicio de lo anterior, CONAF podrá desestimar la oferta declarándola inadmisible en la etapa de evaluación si ésta no adhiriera plenamente a la ejecución de la actividad descrita en las bases de esta licitación. Actividades mínimas a desarrollar: 1.- Corta para bosques irregulares o con estructura indefinida: consiste en ejecutar la corta o volteo de vástagos en árboles plurifustales o, eventualmente, de árboles monofustales, bajo criterios de intervención por cobertura, densidad o espaciamiento o por criterio sanitario, como también la poda de ramas delgadas a medianas, dejando lo más limpio posible cada fuste o vástago sin dañar la corteza, hasta una altura de 2,00 metros aproximadamente libre de ramas. 2.- Manejo de los desechos ordenados y dispuestos en montones lo más reducido posible en altura, no superior a 1,00 metros). 3.- Trozado, madereo y transporte de todas las trozas de diferentes dimensiones de acuerdo a los productos definidos por CONAF. El traslado es desde el bosque nativo manejado al Sector de Administración cercana a la Sala de Aserrado de la Reserva, que CONAF ha dispuesto para los efectos y su acopio ordenado en dicho lugar. Las propuestas que mejoren los estándares mínimos en uno 1 o más de las actividades mencionadas en el cuadro anterior, serán evaluadas con una mayor puntuación en el criterio “Estándar de las actividades a ejecutar en el servicio”. En especial aquellas propuestas técnicas que incluyan los métodos y elementos de madereo de trozas cortas y largas que MENOS DAÑO PROVOQUEN AL SUELO O PISO DEL BOSQUE, que forman parte de la actividad N°3. Por lo tanto, las ofertas que se evaluarán serán aquéllas que propongan la ejecución del servicio considerando las tres actividades mínimas por realizar, señaladas precedentemente.
 
Documentos Económicos
1.- Antecedentes económicos El precio de la oferta debe ser indicado en valor neto unitario expresado en pesos por hectárea y por el total de las hectáreas (sin impuesto), de acuerdo a Anexo técnico N° 9 “FORMULARIO PRESENTACIÓN DE OFERTA”. La oferta debe considerar e incluir en el costo total del servicio, todos los costos asociados a los trabajos, tales como costo de personal, alimentación, elementos de seguridad, transporte, materiales a utilizar etc. como asimismo cualquier otro costo asociado. Una vez adjudicado los trabajos, CONAF no asumirá ningún costo adicional que el proveedor no haya incluido en su oferta.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Estándar de las actividades a ejecutar en el servi • Mejora el estándar básico en las 3 actividades mencionadas en el anexo técnico: 100 puntos. • Mejora el estándar básico de 2 de las 3 actividades mencionadas en el anexo técnico: 50 puntos. • Mejora el estándar básico en 1 de las 3 actividades mencionadas en el anexo técnico: 20 puntos. • Mantiene el estándar básico solicitado por CONAF: 0 puntos. 20%
2 Cumplimiento de los Requisitos Formales • Cumple con la entrega de toda la información en los plazos establecidos: 100 puntos. • Cumple con la entrega de toda la información fuera de los plazos establecidos: 50 puntos. 5%
3 Plazo de entrega Este factor se medirá de la siguiente manera • Actividad desarrollada en el plazo hasta 15 días corridos: 100 puntos. • Actividad desarrollada entre 16 hasta 20 días corridos: 50 puntos. 20%
4 Precio • El factor “precio” se calculará aplicando la siguiente fórmula: Valor mínimo ofertado * 100/valor ofertado 20%
5 Experiencia del Oferente Este factor se medirá de la siguiente manera: • 10 o más trabajos manejo silvícola BNM según anexo 7: 100 puntos. • 5 a 9 trabajos según anexo: 50 puntos. • Menor a 5 trabajos: 0 puntos. 35%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: 150 PROGES
Monto Total Estimado: 25000000
Justificación del monto estimado Monto máximo disponible para la ejecución del servicio es de 25.000.000, con impuesto incluido, de acuerdo con el presupuesto informado, aquellas ofertas que superen este monto, CONAF podrá desestimarlas y declararlas inadmisibles en etapa de evaluación.
Contrato con Renovación: SI
Justificación Renovación: El contrato podrá ser prorrogado por una sola vez, de común acuerdo entre las partes, a partir de una solicitud fundada del proveedor y que haga referencia a situaciones fortuitas o de fuerza mayor que hayan retrasado el normal desarrollo de la faena.
Observaciones Monto máximo disponible para la ejecución del servicio es de 25.000.000, con impuesto incluido, de acuerdo con el presupuesto informado, aquellas ofertas que superen este monto, CONAF podrá desestimarlas y declararlas inadmisibles en etapa de evaluación.
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Luisa Morales
e-mail de responsable de pago: luisa.morales@conaf.cl
Nombre de responsable de contrato: Leonardo Moder Zambrano
e-mail de responsable de contrato: leonardo.moder@conaf.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-32-2320273-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Corporación Nacional Forestal
Fecha de vencimiento: 17-12-2018
Monto: 100000 Peso Chileno
Descripción: El postulante deberá entregar a CONAF para garantizar la seriedad de la oferta, una garantía pagadera a la vista y tener carácter de irrevocable a nombre de la: "Corporación Nacional Forestal, Rut. 61.313.000-4 por un monto equivalente a $100.000.- (cien mil pesos). Entrega del documento: El documento deberá ser entregado en la Oficina de partes, ubicada en 3 Norte #555, Viña del Mar, en horario de atención de público, de lunes a viernes entre las 09:00 hrs. hasta las 14:00 hrs, antes del cierre de la licitación.
Glosa: La garantía debe indicar en su texto lo siguiente: “Para garantizar la seriedad de la oferta de la licitación Pública “MANEJO SILVÍCOLA DE BOSQUE NATIVO MEDITERRÁNEO, TIPO ESCLERÓFILO, EN LA RESERVA NACIONAL LAGO PEÑUELAS. AÑO 2018.CONAF – REGIÓN DE VALPARAÍSO”
Forma y oportunidad de restitución: La garantía será restituida, en el caso del proveedor adjudicado, una vez firmado el respectivo contrato. En el caso de los proveedores no adjudicados será restituida 10 días hábiles posteriores a la fecha de adjudicación. En caso en que el proveedor adjudicado no suscriba el contrato, o bien desistiere por cualquier otro motivo, CONAF hará efectiva la garantía de seriedad de la oferta.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Corporación Nacional Forestal
Fecha de vencimiento: 31-05-2019
Monto: 10 %
Descripción: El postulante que resulte adjudicado deberá entregar a CONAF garantías para el fiel y oportuno cumplimiento de contrato, consistente en una garantía pagadera a la vista de carácter de irrevocable, a nombre de la Corporación Nacional Forestal, Rut 61.313.000-4, por un monto equivalente al 10% del valor total de los servicios contratados (con impuesto incluido), y con vigencia hasta el 31 de mayo 2019. Entrega del documento: El documento se deberá entregar durante los 3 días hábiles siguientes a la adjudicación, en Oficina de Partes CONAF, ubicado en 3 Norte 555 Viña del Mar, en sobre cerrado dirigido al JEFE DEPARTAMENTO DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN, indicando la leyenda “Contiene garantía del fiel cumplimiento del contrato y del cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de la licitación pública “MANEJO SILVÍCOLA DE BOSQUE NATIVO MEDITERRÁNEO, TIPO ESCLERÓFILO, EN LA RESERVA NACIONAL LAGO PEÑUELAS. AÑO 2018.CONAF – REGIÓN DE VALPARAÍSO”.
Glosa: La garantía debe indicar en su texto lo siguiente: Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato y del cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de la licitación pública “MANEJO SILVÍCOLA DE BOSQUE NATIVO MEDITERRÁNEO, TIPO ESCLERÓFILO, EN LA RESERVA NACIONAL LAGO PEÑUELAS. AÑO 2018.CONAF – REGIÓN DE VALPARAÍSO”
Forma y oportunidad de restitución: Se efectuará la devolución de los documentos de la siguiente forma: A los 90 días hábiles siguientes al término del contrato, previo finiquito firmado por las partes, el cual se suscribirá una vez realizado el informe de cumplimiento parte del Jefe de Sección del Bosque Nativo y su correspondiente recepción conforme de la Jefa del Departamento de Desarrollo y Fomento Forestal.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Apertura de las ofertas
La apertura de las ofertas se realizará en forma electrónica de acuerdo a las fechas establecidas en el sistema.

La sola presentación de la oferta, importará la aceptación del oferente de todas y cada una de las condiciones señaladas en las presentes bases, en cuanto les sean aplicables.
De la adjudicación
Adjudicación La adjudicación se realizará solo entre los oferentes que cuenten con la inscripción en el Registro de Proveedores del Estado, y que tengan la habilidad para contratar con el Estado.

En el caso de que la mejor evaluación la obtenga un oferente sin lo solicitado, se procederá a adjudicar al que continúe en la respectiva tabla de evaluación, y así sucesivamente.
Readjudicación
En caso de que el proveedor rechace la adjudicación y/o la orden de compra, se procederá a readjudicar al proveedor que continúe en la respectiva tabla de evaluación. En este caso, se hará efectivo el cobro de la Garantía de Seriedad de la Oferta.
Plazo de Adjudicación
Si la adjudicación de la licitación no se efectuase en el plazo indicado, ésta se podrá aplazar indicando el nuevo plazo de adjudicación.
Metodología de desempate
En caso de igualdad de puntajes de diferentes propuestas, el primer factor de desempate será “Experiencia del oferente” el factor el que determine la adjudicación. En caso de persistir el empate el segundo factor será el “Plazo de entrega” el que determine la adjudicación. En caso de persistir el empate será el criterio “Precio” (valor de la oferta) el que determine la adjudicación. En caso de persistir el empate, será la primera oferta ingresada en el sistema www.mercadopublico.cl la que se adjudique la licitación.
Recepción de antecedentes
Posterior al cierre de la licitación no se aceptará ningún tipo de antecedentes técnicos o económicos. No obstante CONAF podrá solicitar a través del foro inverso la documentación administrativa que se haya omitido al momento de efectuar la oferta, en cuyo caso esta oferta se verá afectada en el criterio de evaluación “cumplimiento de los requisitos formales”.
Consultas a la adjudicación
Las consultas a la adjudicación podrán hacerse hasta 2 días hábiles siguiente a la fecha de adjudicación al siguiente correo: miguel.vargas@conaf.cl.
Cláusula de confidencialidad
El proveedor adjudicado y el personal de su dependencia no podrán divulgar a terceros, bajo ninguna condición, el contenido del contrato y la información y/o documentación que, con motivo de su ejecución, reciba o tome conocimiento, actividades o cualquier otro tipo de información interna o propia de CONAF, respecto a su actuar administrativo, de investigación y de gestión. Específicamente, queda prohibido al proveedor adjudicado y a su personal, divulgar o hacer publica cualquier información obtenida y/o entregada.
Orden de compra
Una vez adjudicada la licitación pública, se procederá al envío de la respectiva orden de compra. En caso de que la orden de compra no sea aceptada en un plazo de 2 días hábiles, CONAF solicitará su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas de dicha solicitud. El envío de esta orden de compra y la aceptación de ésta por parte del proveedor facultará a la Corporación para realizar, en un plazo no mayor a 10 días hábiles, el contrato respectivo.
Aplazamiento del cierre de la Licitación
En caso de no existir ofertas antes del plazo de cierre de la licitación, podrá aplazarse el cierre de la licitación por cinco días corridos desde la fecha de cierre original.
Modificación a las Bases
De ser necesario, podrán modificarse las presentes Bases de Licitación, para lo cual se emitirá y publicará una Resolución fundada, indicando la modificación y extendiendo el plazo de adjudicación.
Comisión evaluadora
Las ofertas que cumplan con todos los requisitos formales de presentación serán evaluadas por CONAF, quien constituirá para tal efecto, una Comisión Evaluadora integrada por Jefa del Departamento Finanzas y Administración o a quien designe, Jefe Departamento de Áreas Silvestres Protegidas o a quien designe, Jefe de la Sección Administración o a quien designe, Jefa de Departamento de Desarrollo Forestal o a quien designe, el Jefe de la Sección Bosque Nativo o quien designe. Como Ministro de Fe y asesor de la comisión, el Jefa de la Unidad de Jurídica o a quién designe. La comisión, luego de su evaluación, emitirá un informe con el análisis de las ofertas evaluadas y su proposición para el Director Regional de CONAF.
Suscripción y condiciones del contrato
El adjudicatario deberá suscribir el contrato correspondiente en el lugar y fecha que señale CONAF. En cualquier caso, este se firmará en un plazo no mayor a 10 días hábiles desde la aceptación de la Orden de Compra. Para la confección del contrato el adjudicatario deberá acompañar dentro de los tres días hábiles siguientes a la adjudicación la documentación necesaria para la confección de éste.

Previo a la firma del contrato, si el adjudicatario es una sociedad, deberá entregar a CONAF los siguientes antecedentes, a menos que éstos se encuentren disponibles en el Portal www.chileproveedores.cl

1) Fotocopia legalizada de la escritura de constitución de la sociedad y de sus modificaciones.
2) Constancia de la inscripción del extracto y publicación en el diario oficial
3) Certificado de vigencia de la sociedad.
4) Documento que acredite personería y facultades del o los representantes legales con vigencia.

La redacción del contrato será efectuada por CONAF, siendo su tenor conocido por el adjudicatario, con anterioridad a su firma, a fin que manifieste su conformidad u observaciones.

El contrato podrá ser modificado de común acuerdo, sólo con carácter operativo y/o funcional, sin contravenir lo establecido en las presentes bases de licitación, ni la calidad de la intervención silvicultural establecida.

Las presentes bases de licitación, sus anexos y la oferta, formarán parte integrante del contrato a suscribir.

El contrato que se suscriba para formalizar el servicio descrito en esta licitación no podrá ser cedido ni transferido a un tercero bajo ningún título.

La garantía de fiel cumplimiento del contrato asegurará el cumplimiento de todas las obligaciones establecidas en él, las bases y sus anexos y, en especial, de las obligaciones que se indican a continuación:

1) Ejecutar la totalidad de las actividades en las superficies indicadas en el contrato.
2) Cumplir con la calendarización propuesta.
3) Responder por daños y perjuicios que se ocasionen a bienes y/o inversiones existentes en el predio.
4) Incumplimiento por parte del contratista respecto de las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores, será considerado incumplimiento grave al contrato, lo que dará motivo para hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato, sin perjuicio de poner término anticipado al mismo.
5) Cumplir con la totalidad de lo señalado en las respectivas bases de licitación y en la oferta del proveedor.

El incumplimiento de éstas y otras obligaciones establecidas en el contrato hará incurrir al adjudicatario en el cobro total de la garantía indicada, pena que corresponde a la evaluación anticipada de los perjuicios producidos, sin necesidad de ningún otro trámite judicial ni extrajudicial.
Desistimiento del contrato
En caso de que el proveedor adjudicado no acompañe la documentación necesaria para la confección del contrato, no presente la garantía de fiel cumplimiento del contrato en tiempo y forma o no lo suscriba el contrato por cualquier razón en el plazo estipulado se le tendrá por desistido, se cobrará la boleta de garantía de seriedad de la oferta y se podrá readjudicar.
Término anticipado del contrato
Las causales para poner término anticipado al contrato son las siguientes:

a) El no pago de 3 multas acumuladas en el plazo estipulado en las presentes bases de licitación.

b) Provocar por negligencia del personal del adjudicatario, y por los de sus contratistas, subcontratistas y trabajadores de éstos, un incendio al interior de la Reserva Nacional Lago Peñuelas.

c) No facilitar, cuando CONAF así lo solicite, documentos fotocopiados de las imposiciones y comprobante de pago de remuneraciones de la totalidad del personal dependiente del oferente y, en general, cualquier incumplimiento relativo a la ley N°20.123 sobre subcontrataciones.

d) No atender 3 instrucciones de la Administración de la Reserva o del supervisor que esté a cargo de la faena.

e) Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.

f) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores y en general cualquier incumplimiento de las obligaciones laborales.

g) En caso de muerte, declaración de quiebra o incapacidad sobreviviente del adjudicatario.

h) Cancelación o extinción de la personalidad jurídica.

i) Las demás que se establezcan en las respectivas bases de la licitación o en el contrato y la ley N°19.886.-

j) Inhabilidad del proveedor en el portal Chileproveedores durante la ejecución del servicio.

k) Mutuo acuerdo de las partes.

l) Incumplimiento de lo señalado en el contrato y en las respectivas bases de licitación.

m) Incumplimiento del criterio de trozado de primera prioridad para obtener tozas de primera calidad para la industria del aserrío, observados por los ingenieros supervisores de faenas en 3 oportunidades y no corregido.
Finiquito del contrato
Se procederá a elaborar el finiquito del contrato una vez efectuado el informe de cumplimiento por el Jefe de Sección de Bosque Nativo, sobre la base del Informe del Supervisor(a) Forestal de CONAF de la Reserva Nacional Lago Peñuelas y con su correspondiente recepción conforme por parte de la Jefa del Departamento de Desarrollo Forestal o quien lo subrogue. Una vez suscrito el finiquito por las partes, CONAF procederá a restituir al adjudicatario la garantía de fiel cumplimiento de contrato en un plazo de 90 días hábiles, contado desde el término del contrato.
Prórroga de contrato
El contrato podrá ser prorrogado por una sola vez, de común acuerdo entre las partes, a partir de una solicitud fundada del proveedor y que haga referencia a situaciones fortuitas o de fuerza mayor que hayan retrasado el normal desarrollo de la faena.

La prórroga, en ningún caso, podrá ser mayor al plazo original en que se adjudicó la faena. Asimismo, ésta se regirá de acuerdo a los demás términos establecidos en el contrato original, sin que ello se traduzca en un aumento de los montos adjudicados.

De producirse esta prórroga, el adjudicatario deberá reemplazar la garantía de fiel cumplimiento de contrato, ampliando su vigencia por el plazo que contemple la prórroga.
Registros de Terreno
Con el fin de mantener un sistema de registro y comunicación efectiva entre la empresa adjudicataria y CONAF, respecto a la gestión de las actividades objeto de la presente licitación, sean ya no conformidades u otras situaciones que eventualmente surgieran en la faena, se establecerá un “Registro de terreno con observaciones, amonestaciones o multas”, cuya notificación deberá ser obligatoriamente recibida por el Supervisor de terreno de la empresa, quien deberá dar recepción conforme a través de la firma del documento.
Sanciones y multas
Serán consideradas como infracciones al contrato, y podrán ser sancionadas con multas y/o en la forma que en cada caso se indica, las siguientes situaciones o incumplimientos:

a) Atrasos en el avance de las faenas según lo comprometido en la carta Gantt presentada por el oferente, por causas imputables al oferente.

b) Faltas relacionadas con el cumplimiento de los implementos de seguridad para los trabajadores. La multa corresponderá a 1 UF por día por cada trabajador sin su equipamiento de protección personal adecuado.

c) Causar daño o perjuicio en los recursos naturales, bienes e inversiones existentes en la Reserva, ello, sin perjuicio, de iniciar las acciones legales que correspondan y/o término anticipado del contrato. La multa corresponderá al valor de reposición o reparación del daño.

d) Generar impactos ambientales o incumplimientos identificados a través de registros de terreno de los supervisores de faena de CONAF, en las siguientes situaciones:
i. Incumplimiento de prescripciones manejo de los residuos de cualquier naturaleza generados. La multa corresponderá a 1 UF por día que se mantenga la situación detectada.
ii. Incumplimiento de las prescripciones y/o parámetros silvícolas que se deben aplicar en la ejecución de la faena, la multa corresponderá a 1 UF por cada situación detectada.
iii. Manejo inadecuado de sustancias peligrosas. La multa corresponderá a 2 UF por día que se mantenga la situación detectada.
iv. Provocar incendios forestales. La multa corresponderá a 5 UF, sin perjuicio de acciones legales y de la aplicación del literal c) de la cláusula sanciones y multas.
v. Daño al interior de fajas o áreas de protección. La multa corresponderá a 3UF por árbol o arbusto cortado dentro de una faja de protección u otro tipo de daño detectado, como ejemplo introducción de maquinaria o contaminación de cualquier tipo dentro de la faja o área de protección.

Procedimiento de aplicación de las multas:

a. En caso de que el adjudicatario incurra en uno o más incumplimientos mencionados anteriormente, CONAF comunicará esta situación, a través de “Registro de terreno con observaciones, amonestaciones o multas” dirigido al supervisor de terreno por parte de la empresa adjudicada, estando éste obligado a recibir dicho documento.

b. El adjudicatario, tendrá un plazo de 5 días hábiles, contados desde la recepción del “Registro de terreno con observaciones, amonestaciones o multas” de la supervisión de CONAF, establecido en el literal a), para realizar las acciones de superación o corrección al incumplimiento que se haya incurrido o, formular descargos.

c. El oferente o su supervisor general de faenas, que lo representa en terreno, dentro del plazo otorgado, deberá informar vía correo al Administrador(a) de la Reserva Nacional Lago Peñuelas oscar.salazar@conaf.cl, con copia al administrador de contrato (Jefe Sección Bosque Nativo) leonardo.moder@conaf.cl, los descargos o las acciones realizadas para superar o corregir los hechos observados o amonestados.

d. CONAF analizará la procedencia de los descargos, o la efectiva y buena calidad de la ejecución de las acciones para superar las observaciones o amonestaciones.

e. El proceso será resuelto por Resolución del Director Regional de CONAF señalándose la aplicación o no de multas, fundadamente, según sea el caso, lo que será notificado por carta certificada al domicilio señalado por el adjudicatario.

f. El adjudicado está obligado a pagar las multas.

g. Se podrá reclamar esta Resolución de conformidad a las normas de la Ley 19.880.
Obligaciones generales del adjudicatario
1) El adjudicatario responderá por sus hechos y omisiones, por los de sus trabajadores. Asimismo, el adjudicatario asumirá la señalada responsabilidad respecto de todas aquellas personas que ingresen al predio por cuenta de aquél, bajo cualquier título.

2) El adjudicatario deberá realizar las instalaciones de campamento o pernoctación que requiera para sus trabajadores, fuera de la Reserva.

3) Será obligación del adjudicatario disponer de un supervisor general de la faena de contratación directa de la Empresa, que actúe como un representante con permanencia diaria en las faenas que se ejecuten con motivo de la presente licitación, a fin de que CONAF, a través de sus funcionarios pueda entenderse, solucionar problemas que se presenten y notificar al adjudicatario de incumplimientos y no conformidades. El adjudicatario deberá identificar ante CONAF a su representante en terreno, quien debe tener capacidad de resolución y decisión para planificar, programar e informar previa y oportunamente a CONAF, toda clase de novedades que afecten el proceso.

4) En el caso que el adjudicatario contrate los servicios de terceros para la ejecución de las faenas, las obligaciones estipuladas en las presentes bases serán de cumplimiento obligatorio para ellos, lo que no exime de las obligaciones contractuales al adjudicatario. CONAF no contraerá ningún vínculo laboral con los trabajadores que participen en las faenas. Sin perjuicio de lo anterior, CONAF podrá solicitar al adjudicatario copia de las planillas de pago de las cotizaciones y comprobantes de remuneraciones mensuales que acrediten que éstas se encuentran debidamente pagadas. Así también, podrá solicitar el Libro de Asistencia en la faena.

5) Ante cualquier problema que se suscite con terceros, se deja expresamente establecido que la relación contractual es entre CONAF y el adjudicatario.

6) La vigilancia diurna y nocturna de las instalaciones que realice el adjudicatario, así como de los bienes y productos que permanezcan en el lugar de la faena, son de exclusiva responsabilidad del adjudicatario. La nómina del personal de vigilancia debe ser informada oportunamente a la Administración de la Unidad.

7) En el caso de existir cercos u otra clase de infraestructura y si éstos resultan dañados como consecuencia de las faenas, éstos deberán ser reparados por el adjudicatario.

8) En concordancia con la Ley de Bosques y sus respectiva modificación efectuada por la ley Nº 20.653, se deberá instruir a los trabajadores de la prohibición de hacer fuego y fumar dentro de la Reserva.

9) El adjudicatario deberá cumplir con el procedimiento de seguridad y medioambiente que establece las obligaciones y responsabilidades, que en estas materias debe cumplir toda empresa que provee un servicio al interior de la Reserva y que se encuentran señaladas en el Manual de Implementación de Procedimientos de Seguridad y Medioambiente de Empresas Colaboradoras, documento que será entregado formalmente al adjudicatario al momento de la suscripción del contrato y que será exigible además a todo su personal.

10) Al término de la faena, el adjudicatario deberá entregar el área usada con sus instalaciones libres de todo residuo sólido o líquido que pueda generar un impacto ambiental y entregar el sector en las mismas condiciones en que lo recibió al inicio del contrato.

11) El adjudicatario deberá cumplir con las obligaciones que emanen del Decreto Supremo N° 594 del Ministerio de Salud, que aprueba el “Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los lugares de trabajo”.

12) Además, el adjudicatario deberá dotar sin costo para los trabajadores, de los elementos de protección necesarios para proteger su integridad física de acuerdo con el tipo de faena, considerando, al menos, los siguientes elementos: quepís, guantes, ropa contra agua, zapatos de seguridad, antiparras, mascarillas, bloqueador solar, entre otros.

13) El adjudicatario deberá dar estricto cumplimiento a las obligaciones que impone la Ley 16.744 sobre el Seguro de Accidentes y Enfermedades Profesionales, sus Decretos y Reglamentos, además de las Disposiciones Legales vigentes en materia de las actividades a realizar.

14) El adjudicatario velará por la correcta ejecución de los trabajos, de tal forma que se ejecuten sin accidentes, impactos y/o daños a la salud de las personas y al medioambiente.

15) El adjudicatario no podrá ejecutar más actividades administrativas que las estrictamente necesarias dentro de los recintos de CONAF.

16) El adjudicatario controlará que la instalación de faenas cumpla con las exigencias legales aplicables, especialmente en lo relacionado con el almacenamiento y disposición de materiales y sustancias peligrosas.

17) No se permitirá el consumo de bebidas alcohólicas, estupefacientes, ni sustancias sicotrópicas, ni cualquier otro tipo de droga, así como tampoco, trabajadores del adjudicatario en estado de ebriedad o bajo el efecto de drogas al interior de la Reserva.

18) Al término del plazo de la faena, el adjudicatario dispondrá de 5 días hábiles para ejecutar todas aquellas actividades relacionadas al abandono de faena. Entre estas actividades se encuentran:
a. Retiro de todo el personal desde la Reserva.
b. Retiro de las instalaciones y maquinarias utilizadas en la faena desde el interior de la Reserva.
c. Mejoramiento de caminos y alcantarilla si correspondiese.
d. Eliminación de desechos sólidos y líquidos, etc.
Trabajadores dependientes del adjudicado
Los trabajadores que intervengan en la prestación del servicio, serán dependientes exclusivos del oferente adjudicado, correspondiendo a éste cumplir las obligaciones legales, previsionales, laborales y otras que le correspondan en cuanto empleador, conforme a la legislación vigente. Por tanto, CONAF no tiene ni tendrá ningún vínculo laboral ni ninguna especie de relación contractual con estos trabajadores.
Implementación de seguridad
El proveedor debe velar por el correcto uso de toda la implementación de seguridad, para el personal de su dependencia. Así mismo deberá tomar todas las precauciones necesarias para evitar accidentes ocurridos por causa de los trabajos licitados.
Ley Subcontratación
El proveedor adjudicado podrá subcontratar solo la faena de transporte de los productos forestales obtenidos, hacia el Sector de Administración de la Reserva, y para los efectos deberá dar cumplimiento fiel y oportuno a las disposiciones legales contenidas en la Ley 20.123, que “Regula el régimen de subcontratación, el funcionamiento de las empresas de servicios transitorios y el contrato de trabajo de servicios transitorios”. Para lo anterior, deberá observar la normativa contenida en el “Reglamento Especial para Empresas Contratistas y Subcontratistas de la Corporación Nacional Forestal”, el cual será entregado por CONAF al momento de la celebración del respectivo contrato y/o en la reunión de inicio de faena. Para ilustración del oferente, se señalan a continuación los documentos que deberá exhibir el contratista en régimen de subcontratación, los que podrán ser revisados por CONAF durante la vigencia del contrato.

El proveedor deberá obligatoriamente, al momento de la entrega del terreno y/o suscripción del contrato exhibir los siguientes documentos:

1. Listado del personal que va a realizar el trabajo.
2. Contratos de Trabajo, personal que va a participar en el trabajo a ejecutar.
3. Carta Gantt de actividad a realizar.
4. Registro de Entrega de Equipo de Protección Personal.
5. Registros de Inducción de Obligación de Informar a los Riesgos expuestos (ODI).
6. Matriz de Evaluación de Riesgos de la Faena a realizar.
7. Reglamento Interno de Orden Higiene y Seguridad.
8. F-30 (Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo) y F30-1 (Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo).
9. Certificado de afiliación a Organismo Administrador Ley.
10. Certificado de Accidentabilidad, emitido por el Organismo Administrador Ley.
11. Certificado de Siniestralidad, emitido por el Organismo Administrador Ley.

Los incumplimientos de esta normativa por parte del contratista, constatados por CONAF, podrán dar lugar al término anticipado del contrato y al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, previa constancia de dichos incumplimientos o de irregularidades contenidas en la Ley N° 20.123.
Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social
CONAF solicitará a la empresa o persona natural adjudicada el cumplimiento de las obligaciones legales para con sus trabajadores. El proveedor deberá entregar los antecedentes laborales y previsionales de los trabajadores que participen directamente en el servicio. Se deberán acompañar específicamente los comprobantes de pago de las remuneraciones y cotizaciones de seguridad social que correspondan, de todos los trabajadores que forman parte del equipo de trabajo. En caso que los antecedentes acompañados por el proveedor no sean suficientes, CONAF se encuentra facultada para ejercer los derechos que establece la Ley N° 20.123 sobre subcontratación.

Esta documentación será solicitada para el pago de la factura correspondiente. Para la presentación de antecedentes previsionales, deberá adjuntar “Certificado de Cotizaciones Previsionales Pagadas”. No se aceptarán certificado de cotizaciones declaradas.
ASPECTOS TÉCNICOS ESPECÍFICOS “MANEJO SILVÍCOLA DE BOSQUE NATIVO MEDITERRÁNEO, TIPO ESCLERÓFILO, EN LA RESERVA NACIONAL LAGO PEÑUELAS. AÑO 2018. CONAF – REGIÓN DE VALPARAÍSO”
1. CARACTERISTICAS TÉCNICAS GENERALES DEL SERVICIO A EJECUTAR

De los bosques se pueden extraer preferentemente madera de medidas especiales para la industria del aserrío, para la industria de la saponina, biocombustible o leña. La caracterización de estos productos se encuentra definidos en el primer punto de estas bases.

Corta para Bosques Irregulares o con Estructura Indefinida. Esta consiste en ejecutar la corta de vástagos de árboles plurifustales o fustes de árboles monofustales, bajo criterios de intervención por cobertura, densidad o espaciamiento o por criterio sanitario, como también volteo, trozado, madereo y la poda de ramas, dejando lo más limpio posible cada fuste o vástago y manejo de los desechos.

El Servicio incluye obligatoriamente el trozado de diferentes dimensiones de acuerdo a los productos definidos por CONAF, y el traslado al Sector de Administración cercana a la Sala de Aserrado de la Reserva, que CONAF ha dispuesto para estos efectos y su acopio ordenado en dicho lugar.

Entre las actividades a desarrollar, se incluyen el arrumado en cancha de acopio cercana a la Sala de Aserrío en el Sector Administración, todo con la finalidad de producir en orden de importancia y prioridad de producción para CONAF, los siguientes productos:

1. Primera Calidad: Troza industrial aserrable, de largo variable de 1 metro y más, con rectitud de estándar relativo, de cualquiera de las especies que componen el bosque nativo mediterráneo tipo esclerófilo: Quillay, Peumo, Litre; Molle, Maitén, Espino, otras.

2. Segunda Calidad: Troza de quillay, 1 metro de largo, no recta, con curvaturas pronunciadas o tortuosas, pero apta para la industria química de saponina y que por sus características No es apta para para ser clasificada como primera calidad para la industria del aserrío.

3. Tercera Calidad: Troza pequeña para dendroenergía o madera combustible (Leña) de largo 1 metro, no recta, con curvaturas pronunciadas o tortuosas, de cualquiera de las especies que componen el bosque nativo mediterráneo tipo esclerófilo: Peumo, Litre; Molle, Maitén, Espino, otras, menos Quillay.

Actividades mínimas a desarrollar:

1.- Corta para bosques irregulares o con estructura indefinida: consiste en ejecutar la corta o volteo de vástagos en árboles plurifustales o, eventualmente, de árboles monofustales, bajo criterios de intervención por cobertura, densidad o espaciamiento o por criterio sanitario, como también la poda de ramas delgadas a medianas, dejando lo más limpio posible cada fuste o vástago sin dañar la corteza, hasta una altura de 2,00 metro aproximadamente (rango 1,80-2,20 metro), libre de ramas.

2.-  Manejo de los desechos ordenados y dispuestos en montones lo más reducido posible en altura, no superior a 1,00 metro).

3.- Trozado, madereo y transporte de todas las trozas de diferentes dimensiones de acuerdo a los productos definidos por CONAF. El traslado es desde el bosque nativo manejado al Sector de Administración cercana a la Sala de Aserrado de la Reserva, que CONAF ha dispuesto para los efectos y su acopio ordenado en dicho lugar.

Las propuestas que mejoren los estándares mínimos en uno 1 o más de las actividades mencionadas en el cuadro anterior, serán evaluadas con una mayor puntuación en el criterio “Estándar de las actividades a ejecutar en el servicio”. En especial aquellas propuestas técnicas que incluyan los métodos y elementos de madereo de trozas cortas y largas que MENOS DAÑO PROVOQUEN AL SUELO O PISO DEL BOSQUE, que forman parte de la actividad N°3.

Por lo tanto, las ofertas que se evaluarán serán aquéllas que propongan la ejecución del servicio considerando las tres actividades mínimas por realizar, señaladas precedentemente.

CUADRO N°1: Características del Bosque Nativo Mediterráneo a intervenir:

Unidad de Ordenación Forestal: UOF 1
Superficie (ha): 23,3
Crecimiento acumulado (m3/año): 223,5
Posibilidad Extracción acumulada (m3): 1.823
Actividad Silvícola autorizada en la Res N° 14/50/18: Corta Bosques Irregulares o con Estructura Indefinida.

En anexo técnico N°8 se adjunta plano del predio con la ubicación general y de la unidad de Ordenación Forestal N°1 a manejar.

La posibilidad de extraccción, que es el volumen de madera es un valor referencial y no obliga a CONAF ni al oferente a cumplir con estos volúmenes. El criterio prioritario será siempre dejar el espaciamiento necesario y la cobertura de copa necesaria establecida en el plano de manejo aprobado por Resolución N°14/50/18, igual 70% en promedio para el estrato de bosque denso, para que el bosque siga cumpliendo su función ambiental de regulación del ciclo hidrológico y protección del suelo.

El área a intervenir se presenta en el plano de referencia que acompaña a estas bases. El tipo de tratamiento se describe a continuación.

El manejo del bosque se hará de manera ordenada y sistemática, considerando trozado y ordenamiento de productos, así como transporte de productos a cancha. Los residuos del manejo serán ordenados de acuerdo con lo ya especificado precedentemente.

2. OTRAS PRESCRIPCIONES TÉCNICAS

Unidad de Ordenación:  UOF
Tratamiento: Conversión de monte bajo a monte medio: Se disminuirá el número de vástagos en cada cepa, buscando que aquellos que quedan aumenten su crecimiento y se fortalezcan, lo que hará cambiar la fisonomía del bosque de monte bajo a monte medio. La intervención pretende mejorar el bosque residual para la producción de piezas de valor para usos noble de la madera, como mueblería, revestimientos en el futuro.

Debido a la fuerte de degradación que ha experimentado el bosque se ha producido un aumento del número de vástagos por cepa, lo que ha aumentado la fitomasa del conjunto, pero ha afectado la forma de los individuos, de manera que se espera mejorar su rectitud a causa de este tipo de intervención.

El oferente adjudicado deberá respetar técnicamente en la ejecución de las faenas los siguientes aspectos específicos:

a) ZONAS DE EXCLUSIÓN DE INTERVENCIÓN: CURSOS DE AGUA TEMPORALES O PERMANENTES: Las fajas o franjas de protección alrededor de los cursos de agua temporales o permanentes identificados en el Plan de manejo, estas fajas están constituidas por 10 metro a cada lado del borde del cauce del curso de agua, medidos en distancia horizontal y perpendicular a eje o línea de borde del cauce. Véase plano.

b) Criterios para el tratamiento silvicultural – Justificación de la elección del tratamiento para:

Actividad silvicultural: Clareo y/o raleo de cepas en rodales muy densos, densos y ralos.
Especificación del Criterio:  En general los rodales con bosques muy densos, densos y semidensos se encuentran con una estructura de Monte bajo, que se puede atribuir a explotaciones pasadas e incendios, encontrándose hoy con una fisonomía de renoval en la mayoría de los casos y con exceso de vástagos en su cepa. Debido a que estos bosques no han sido intervenidos hace ya muchos años, es posible encontrar en algunos pocos lugares regeneración de semilla de ejemplares arbóreos que no alcanzaría a constituir una fase de regeneración propiamente tal a causa de la escasez de plántulas halladas.

El tratamiento de conversión de la estructura de Monte bajo a Monte medio contribuirá a dar mayor vigor y aumentar el crecimiento de los vástagos que queden en cada cepa luego de reducir la competencia. Esta actividad de corta de vástagos se realizará en todas las especies y en cada caso se analizará cuales deberán ser cortados y cuales permanecerán. En las cepas pueden encontrarse vástagos de pequeño diámetro (<5 cm) como de diámetros mayores (>= 5 cm), lo que define llamar clareo de cepa en el primer caso, o raleo de cepa en el segundo caso. Este tipo de intervención silvicultural cambia un poco la fisonomía de Monte bajo a una de Monte medio, sin embargo, se espera que en sucesivas intervenciones en varias períodos de planificación no sólo sea la fisonomía la cambie, sino que sea un Monte medio en propiedad, al haberse generado las condiciones para que las especies puedan volver a regenerarse por vía sexual.

Adicionalmente, es importante mencionar que las cortas afectarán la cobertura en aquellos casos de rodales con bosques con menor densidad, sin embargo, como la intervención es sobre la cepa la cobertura debiese disminuir muy poco o no disminuir, por lo que mantener a lo menos el límite inferior de la cobertura actual es lo deseable.

Así se establecieron los siguientes criterios genéricos para la intervención:

1. Bajar la densidad de vástagos, dejando 50 a 60 % COMO REFERENCIA.

2. Los criterios generales para aplicar el raleo o clareo a los vástagos o fustes serán en orden de importancia :
i) Espaciamiento adecuado (Buena distribución espacial);
ii) Sombra o Cobertura adecuada o necesaria;
iii) No regresión (no retroceso) de los límites del bosque, y
iv)  Calidad sanitaria de los vástagos o fustes de los árboles.

3. Asimismo Los criterios para escoger vástagos a dejar serán:
- Que queden lo más separado posible dentro de la cepa.
- Que estén sanos.
- Que sean los de mayor rectitud.
- Eliminar todos vástagos en formación para favorecer a los de mayor diámetro que quedarán en la cepa, EXCEPTO si se requiere dejar uno o más vástagos por Sombra o cobertura necesaria o también dejar árboles percha para la avifauna.

4. Las cepas que se encuentren en bordes de claros o caminos deberán intervenirse hacia su interior, dejando hacia el exterior las ramas que estén distantes del suelo para no disminuir la cobertura de suelo, pero podando aquellas cercanas al suelo para evitar la continuidad del combustible. Si las ramas que están hacia el claro o camino son rastreras deberán eliminarse. Hacia el interior de esas cepas de borde se aplican los mismos criterios ya descritos.

5. Aquellas especies menos frecuentes en cada rodal se favorecerán para evitar lo menos posible su eliminación, de forma de buscar su participación futura.

6. Los matorrales existentes en los bordes de los fragmentos de bosque de un rodal, deberán ser removidos en lo posible para bajar el riesgo de incendio.

7. Los Espinos (Acacia caven) existentes dentro de rodales que NO pertenezcan a la asociación Acacia caven – Maitenus boaria, propia de espacios más abiertos, se cortarán, ya que provienen de una sucesión anterior y están destinados a morir (algunos ya lo están o se encuentran en pésima condición sanitaria dentro del rodal), lo que permitirá su aprovechamiento, intervención habitualmente conocida como corta de salvamento. Sin embargo hay una excepción en la que no deben ser cortados los espinos: cuando sea necesario dejarlos por el criterio de sombra, cobertura o espaciamiento.

c) Medidas de silvicultura preventiva y protección contra incendios forestales.

Se realizarán cortas llamadas “corta fuego” y “corta combustible” que consisten en la construcción de fajas o áreas de terreno adyacente a caminos y sectores de riesgo de incendio, donde se debe cortar (Franja primaria) y/o reducir (Franja secundaria) la continuidad horizontal y vertical de la vegetación según corresponda, dejando al suelo con especies herbáceas de menor altura para evitar la erosión, con el objeto de retardar la propagación del fuego.

En caminos aledaños a los rodales a intervenir se deben realizar las siguientes acciones para ejecutar FAJAS CORTACOMBUSTIBLES:
- Franja primaria: Despejar completamente de vegetación una franja de 6 metros de ancho a cada lado del camino o sector de riesgo;
- Franja Secundaria: Franja aledaña a la franja primaria de 5 metros de ancho con poda de 3 metros mínimo de altura y remoción completa de residuos de dicha zona;
- Para bosques jóvenes, en que no sea aplicable dicha altura de poda, realizar una poda de las ramas inferiores dejando a lo menos de 40-50% del total de la copa de cada ejemplar intervenido;
- En franja secundaria mantener una densidad máxima de 200 vástagos o fustes por hectárea, es decir separaciones entre árboles mínima de 10 metros;
- Siendo el origen del bosque de monte bajo, dejar sólo el vástago mayor en cada cepa que cumpla con la densidad indicada (200 vástagos/ha);
- Caminos en terreno con más de 20% de pendiente:
o Franja primaria: 5 metros;
o Franja secundaria: hacia el lado de arriba del camino se mantiene en 5 metros y hacia el lado de abajo del camino se aumenta a 20 metros, podándose en ambos casos la vegetación bajo los mismos criterios anteriores;

d) Cortes para el volteo de vástagos o fustes y podas de ramas.

Los cortes de vástagos o fustes o podas de ramas, deben ser bien ejecutados, limpios y parejos, sin caudas daño a las cepas, los otros vástagos o fuste a dejar, sin “bisagras” idealmente a ras de piso lo más cerca del suelo del bosque:

Arboles Monte Alto Monofustales: El tocón debe dejarse con un máximo 15 cm de altura cuando el fuste tenga 30 cm de Diámetro a la Altura del tocón (DAT) y de 25 cm de altura, cuando tengan 31 cm o más de DAT.

Arboles de Monte Bajo (cepa) con UNO O MÁS Vástagos: El corte de volteo, no debe dañar a los otros vástagos residuales, ni la cepa madre, dentro de lo posible. Los cortes en estos casos, deben ser lo más cerca de la cepa, pero sin dañarla, idealmente de 10-15 cm de alto o menos si fuese posible, dado lo irregular o tortuosas de las formas que adquieren las cepas o los vástagos en algunas ocasiones.

La poda de ramas y “altura libre de ramas” el corte debe observar las mismas prescripciones de limpieza, sin bisagras, ni muñones sobresalientes, debe ser a ras de corteza pero si dañar la corteza de los vástagos o fustes, en general el criterio para la altura libre de ramas, debe tener en consideración los siguientes aspectos:

i. Despejar de ramas los fustes o vástagos de los árboles a dejar, de manera tal que a futuro se pueda obtener una primera troza libre de ramas de una longitud o altura de 2,00 metro como mínimo.
ii. Lo anterior NO implica necesariamente que la última rama se corte a los 2,00 metro de altura, salvo que si éstas se ubiquen justo a los 2,00 metro, que en ese caso si deben ser cortadas.
iii. Se permitirá un rango inferior de variación de 10%.

3. SUPERVISIÓN TÉCNICA PERMANENTE DE CONAF Y RESOLUCIÓN DE ASPECTOS TÉCNICOS

CONAF mantendrá supervisión permanente, para resolver técnicamente en terreno, cualquier situación especial o que no esté contemplada en las bases, siendo los ingenieros supervisores Jorge Burgos, Anita Morales, Hugo Rivera o Leonardo Möder, quienes se turnarán para efectuar la supervisión permanente y necesaria. Aspecto como trazado o localización de vías de sacas de madera, huellas de madereo, fajas de penetración, caminos- cortafuegos, fajas corta – combustibles, canchas de acopio o cualquier otro aspecto de carácter ambiental o forestal será resuelto por lo ingenieros supervisores de CONAF, con la debida coordinación con profesionales desinados para los efectos, por la Administración de la Unidad y/o del Departamento de Áreas Silvestres Protegidas de CONAF Región Valparaíso.

Asimismo, para los efectos demostrativos, se ha establecido:
i) Un área de 2,0 ha aproximadamente, al interior de la cual se practicó y ejecutó la actividad silvícola: “Corta para Bosques Irregulares o de Estructura Indefinida” (identificada en el plano de la Unidad de Ordenación N°1, véase plano),
ii) adicionalmente se marcará una nueva área demostrativa de aproximadamente 900 a 1000 m2, que será marcada por los ingenieros supervisores de CONAF.

Los ingenieros supervisores de CONAF, tendrán la potestad de paralizar la faena frente a cualquier situación anómala detectada, entendiéndose como tal incumplimiento señalado en la cláusula “Obligaciones generales del adjudicatario”, o a los aspectos técnicos específicos de las bases o de las normas de protección ambiental de la RESERVA NACIONAL LAGO PEÑUELAS.

4. CALENDARIO Y AVANCE DE LAS INTERVENCIONES

El adjudicatario deberá programar la faena de manera que el avance, de las actividades en los diferentes rodales que se distinguen y constituyen el Bosque Nativo Mediterráneo, el avance planificado debe ser geográficamente ordenado, no pudiendo dejar sectores rezagados sin intervenir.

El avance podrá tener más de un frente de trabajo, a condición que se respete el sentido de avance acordado y que una misma cuadrilla no inicie faenas en un sector sin haber finalizado totalmente la intervención en el sector anterior. La unidad básica de intervención serán las Microcuencas que constituyen la Unidad de Ordenación Forestal N°1.

5. DE LAS NORMAS DE PROTECCIÓN AMBIENTAL DE LA RESERVA NACIONAL LAGO PEÑUELAS 

El adjudicatario, sus contratistas, subcontratistas y todos los trabajadores que formen parte de la faena, deberán cumplir las siguientes normas:

1) Todo residuo generado en los trabajos propios de la faena (basuras), así como también los provenientes de vehículos o maquinarias (combustibles, petróleo, aceites usados, trapos impregnados con derivados de hidrocarburos u otros) se deberán colocar en recipientes herméticos, sellados con tapa y su disposición final será fuera de los límites de la Reserva, en rellenos autorizados por el Servicio de Salud.

2) Se deberán instalar y mantener operativos e higienizados baños químicos y sitios de descanso adecuados para atender las necesidades de la totalidad del personal asignado a la faena.

3) No se podrá hacer fuego bajo ninguna circunstancia.

4) Está prohibido fumar en los lugares de faena.

5) No se permitirá la presencia ni estadía de personas ajenas a las faenas.

6) Queda prohibida la presencia de animales domésticos en los lugares de la faena.

7) Queda prohibido el uso de armas de fuego y de aire comprimido, así como el uso de hondas y trampas.

8) Se deben proteger los valores del paisaje especialmente en aquellos que limitan con sectores de uso público.

9) Se debe cubrir el suelo, con una superficie impermeable, en el momento de realizar llenado de combustible de maquinarias (motosierras), etc.

10) Se debe realizar la Mantención de los basureros donde se depositen los residuos generados por la faena. Estos deben ser eliminados a diario de la Reserva por parte de la empresa.

11) Queda estrictamente prohibido cazar, matar y/o molestar a especies de fauna de todo tipo, incluyendo aves, reptiles, anfibios y mamíferos inferiores.

12) En los rodales a intervenir, el contratista deberá evitar la corta o daño de especies vegetales nativas y/o endémicas a escala regional o nacional que se encuentren en alguna categoría de amenaza para su conservación, tanto se trate de especies arbóreas o arbustivas.

13) De ser necesario, la Administración de la Unidad desarrollará una inspección técnica de estos sectores, y podrá determinar la ejecución de actividades de rescate o protección de estas especies. El contratista deberá cumplir las instrucciones de la administración en este sentido y permitir al personal profesional y guardaparques de la Unidad ingresar al sector para el desarrollo de esta labor.

14) Cabe agregar que, antes del inicio de las faenas, todo el personal con el cual el adjudicatario opera al interior de la Reserva deberá asistir, junto con éste, a una exposición de inducción sobre los objetivos de la Unidad y de la importancia de los recursos naturales que se protegen y que impartirá la administración de la Reserva.

15) Por último, el adjudicatario y su personal deberán colaborar en el rescate de especies de flora y fauna silvestre que se hallen en el área de la faena y que sean de interés para la Corporación salvaguardar para su conservación, ya sea trasladando ejemplares o bien con el cercado del lugar donde se localizan.
Prohibición de Subcontratación
No. Excepto los motosierristas e integrantes de las cuadrillas forestales que presentó para ejecutar las faenas. Todo lo demás puede subcontratarlo.
Monto máximo disponible
Se considera un monto máximo total disponible para la ejecución del servicio asociado descrito en esta licitación de $25.000.000. – con impuesto incluido, de acuerdo con el presupuesto informado, aquellas ofertas que superen este monto, CONAF podrá desestimarlas en la etapa de evaluación y declararlas inadmisibles en base al presupuesto informado.
Forma de Pago
El pago será contra avance a 30 días desde la recepción de la factura, previa conformidad y entrega de informe por parte del Jefe de Sección del Bosque Nativo y su correspondiente recepción conforme por parte de la Jefa del Departamento de Desarrollo y Fomento Forestal.

Primer estado de pago: El oferente adjudicado tendrá el derecho a cobrar el primer avance cuando la superficie ejecutada con conformidad, por parte de CONAF, del servicio entregado, alcance o cubra como mínimo una superficie igual o mayor a las 11,65 ha, lo que corresponde al 50% de la superficie adjudicada.

Segundo estado de pago: El oferente adjudicado tendrá el derecho a cobrar el segundo o último avance cuando la superficie ejecutada con conformidad, por parte de CONAF, del servicio entregado, alcance o cubra el 50% restante de la superficie adjudicada.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.