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Bases Administrativas |
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BASES ADMINISTRATIVAS
LICITACIÓN PÚBLICA ID N° 1147-2-LE19
“SERVICIOS DE OBRAS MENORES, EJECUCIÓN PROGRAMA COMUNITARIO MEJORAMIENTO DE AREAS VERDES VILLA GRANEROS DE CHILE – COMUNA DE TRAIGUEN"
1.- INVITACIÓN:
La Corporación Nacional Forestal, invita a los proveedores de www.mercadopublico.cl a participar en la licitación pública denominada para este efecto "MEJORAMIENTO DE AREAS VERDES VILLA GRANEROS DE CHILE –COMUNA DE TRAIGUEN".
2.- DESCRIPCIÓN:
La Corporación Nacional Forestal en conjunto con la Municipalidad de Traiguén ha elaborado el citado proyecto, cuya ejecución será financiada mediante recursos del Desarrollo de Programas Comunitarios y Proyectos Emblemáticos de la Provincia de Malleco, para ejecutar el proyecto denominado " Mejoramiento de areas verdes Villa Graneros de chile –comuna de Traiguén", por un monto de $6.000.000.
La Corporación Nacional Forestal, desarrollará el procedimiento de licitación y adjudicación de acuerdo a lo establecido en la Ley N°19.886 de Compras Públicas y su Reglamento, y al Convenio de cooperación, firmado entre La Corporación Nacional Forestal, Región de la Araucanía y la Ilustre Municipalidad de Traiguén.
Además, se efectuará la inspección técnica de las obras hasta su recepción final y todas las gestiones requeridas para la contratación, construcción y ejecución del proyecto individualizado.
Las Bases estarán a disposición de todos los proveedores a través del portal www.mercadopublico.cl
3.- LA PROPUESTA:
La propuesta se refiere al proyecto denominado "Mejoramiento de areas verdes Villa Graneros de chile –comuna de Traiguén".
Las presentes Bases Administrativas regirán la Licitación Pública, adjudicación, contrato, garantías, plazos, sanciones y sistema de pago de la propuesta mencionada precedentemente, conjuntamente con Planos y Especificaciones Técnicas, eventuales aclaraciones, respuestas a consultas y demás antecedentes de la licitación.
La oferta del proponente se basa en un estudio del proyecto, suministrado por la Unidad Técnica. En caso de errores en dicho proyecto, se entienden asumidos por el oferente, quien debe, por lo tanto, realizar un estudio completo y exhaustivo del proyecto que le entrega la unidad técnica y, de ser necesario, añadir en él, todo aquello que considera que falte, ya que la cifra de su oferta se considera fija una vez firmado el Contrato. El oferente adjudicado se compromete a cobrar exclusivamente la cantidad ofertada, incluyendo en ella todas aquellas cosas que en su opinión son necesarias para la correcta terminación y funcionamiento de la obra, aunque no estuvieran incluidas en el Proyecto recibido para el estudio de la oferta, entre ellas, el valor de los proyectos, aprobaciones de planos, permisos, pago de aportes de derechos, pago de honorarios, impuestos, derechos notariales, imposiciones previsionales, garantías y demás. En general y sin que esta enumeración sea taxativa el valor de la oferta incluye todo gasto que irrogue el cumplimiento del contrato, sea directo, indirecto o a causa de él.
4.- ENTIDAD MANDANTE, FINANCIAMIENTO Y UNIDAD TÉCNICA:
a.- Entidad Mandante: Corporación Nacional Forestal.
b.- Financiamiento: Corporación Nacional Forestal.
c.- Unidad Técnica: Municipalidad de Traiguén.
5.- EL CONTRATO:
El Contrato que se genere con el oferente que se adjudique la licitación, será a Suma Alzada, por lo que el contratista se compromete a ejecutar y entregar una construcción completamente terminada y en perfecto estado de funcionamiento. El pago se realizará conforme a avances parciales programados dentro del plazo propuesto, contra entrega de cantidades ejecutadas visadas por la inspección técnica de obra.
La oferta del proponente se basa en un estudio del proyecto suministrado por el mandante. En caso de errores en dicho proyecto, se entienden asumidos por el oferente, quien debe por tanto realizar un estudio completo y exhaustivo del proyecto que le entrega el mandante o la unidad técnica y, de ser necesario, añadir en él todo aquello que considera que falte ya que la cifra de su oferta se considera fija una vez firmado el Contrato. El oferente adjudicado se compromete a cobrar exclusivamente la cantidad ofertada, incluyendo en ella todas aquellas cosas que en su opinión son necesarias para la correcta terminación y funcionamiento de la obra aunque no estuvieran incluidas en el Proyecto recibido para el estudio de la oferta, entre ellas, el valor de los proyectos, aprobaciones de planos, permisos, pago de aportes de derechos, pago de honorarios, impuestos, derechos notariales, imposiciones previsionales, garantías y demás. En general y sin que esta enumeración sea taxativa el valor de la oferta incluye todo gasto que irrogue el cumplimiento del contrato, sea directo, indirecto o a causa de él.
Las variaciones legales y/o contractuales que experimenten las remuneraciones serán de cargo exclusivo del oferente.
El Contratista deberá cumplir con la normativa vigente relativa a la Ley Nº 20.123 y Reglamento que regula el trabajo en régimen de subcontratación, el funcionamiento de empresas de servicios transitorios y el contrato de trabajo de servicios transitorios; y la normativa vigente relativa al Reglamento para la aplicación del Artículo 66 bis de la Ley 16.744 sobre la gestión de la seguridad y salud en el trabajo en obras, faenas o servicios.
Además, el contrato que se suscriba en virtud de ella se ceñirá a la legislación Chilena, en particular a la Ley N° 19.886 “Ley de bases sobre Contratos de Suministro y Prestación de Servicios” y su Reglamento, contenido en el DS N°250 de 2004, del Ministerio de Hacienda. Se regirán además, por los siguientes documentos, según corresponda:
Contrato de Ejecución de Obras.
Consultas y Aclaraciones.
Bases Administrativas.
Planimetría Proyectos.
Especificaciones Técnicas.
Los antecedentes anteriores prevalecerán entre sí, de acuerdo al orden en el que fueron mencionados, sin perjuicio del cumplimiento de parte del Contratista, de la totalidad de las Leyes Chilenas, (Leyes y Decretos), Ordenanza General de Construcción y otros antecedentes y documentos citados en las Bases, Especificaciones Técnicas, Planos y Proyectos.
Adicionalmente, con respecto a los antecedentes técnicos, cualquier indicación o detalle que aparezca indistintamente, en las Bases, Planos o Especificaciones y no en todas, se considerarán válidas y obligatorias para el Contratista.
Cabe señalar que, de existir algún tipo de discrepancia entre los diferentes documentos, estas deben resolverse conforme al orden señalado anteriormente. En todo caso, los documentos se considerarán siempre en el sentido de la más perfecta ejecución de los trabajos, lógica del proyecto y reglas técnicas. Por lo tanto, el Oferente asegura que durante el estudio de su oferta quedaron aclaradas todas las dudas que pudieron surgir por diferencias entre planos de arquitectura y especialidades.
Una vez adjudicado el contrato, las diferencias de interpretación serán resueltas por la Inspección de Obra y/o la Unidad Técnica, según corresponda, considerando los planos en cuestión, y los estándares de calidad que indican las especificaciones técnicas.
El Oferente por el solo acto de presentar la oferta, renuncia a alegar, una vez adjudicado el contrato y/o comenzadas las faenas sobre cualquier omisión o insuficiencia en alguno de los antecedentes entregados, siempre y cuando en algún otro antecedente o documento exista conocimiento de esta partida.
El oferente también deberá cerciorarse que los profesionales designados por este, a cargo de la obra conozcan los antecedentes del Contrato a cabalidad, renunciando a alegar desconocimiento de ellos una vez firmado el Contrato.
Producto del convenio firmado entre la Corporación y la Ilustre Municipalidad de Traiguén, ésta designará un profesional que se desempeñará como Inspector Técnico de Obras (I.T.O.) para la supervisión y recepción de la obra.
Desde el momento de la entrega de terreno, cualquier confusión o duda en la interpretación de los antecedentes o del orden de prelación de los mismos, será aclarada exclusivamente por parte del ITO, por lo que el contratista deberá realizar la consulta por escrito.
6.- PLAZOS DE EJECUCIÓN:
El plazo para la ejecución de las obras se estima en 60 días corridos, sin deducción de feriados, festivos, ni días de lluvia. El plazo contractual se contabilizará a partir de la fecha del Acta de Entrega de Terreno y será coherente con el plazo de entrega señalado por el oferente en el anexo N°2.
7.- MONTO INVERSIÓN: ofertas inconsistentes y aumento de garantía.
El monto máximo disponible para la ejecución de las obras, alcanza a $6.000.000. (seis millones de pesos).
Las ofertas que excedan dicho monto quedarán fuera de bases.
Cuando el precio de la oferta presentada por un Oferente sea menor al 50% del precio presentado por el Oferente que le sigue, y se verifique por parte de la Entidad Licitante que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, dicha Unidad podrá a través de una resolución fundada, no adjudicar esa oferta.
8.- PARTICIPANTES:
Podrán participar empresas contratistas del rubro construcción e inscritas en el Portal Mercado Público y habilitados en Chile Proveedores al momento de suscribir el contrato.
9.- VISITA A TERRENO:
El oferente podrá visitar el terreno en forma autónoma, sin acompañamiento de algún funcionario de la Corporación.
La visita no tendrá puntuación en la evaluación de la oferta.
10.- MODALIDAD DEL CONTRATO:
La modalidad del contrato corresponderá al sistema suma alzada, sin reajustes ni intereses de ningún tipo, expresado en pesos chilenos.
El contratista deberá suscribir el contrato con La Corporación Nacional Forestal dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha en que por el sistema del Mercado Publico se le haya notificado de la adjudicación. La no concurrencia del oferente dará lugar al cobro de la Garantía por la Seriedad de la Oferta.
11.- CONSULTAS Y ACLARACIONES:
Las consultas que los participantes deseen formular con relación a la propuesta deberán ser realizadas a través del portal www.mercadopublico.cl, las respuestas se pondrán a disposición de los proponentes, en la misma página web en la fecha señalada en el calendario de Licitación. Se responderá cada consulta, sin hacer mención al participante que la haya formulado.
Los proponentes no podrán alegar desconocimiento de las respuestas y/o aclaraciones, para los efectos de cualquier interpretación de algún aspecto de la licitación que haya sido modificado.
12.- MODIFICACIÓN A LAS BASES:
La entidad Licitante podrá modificar las presentes bases, ya sea por iniciativa propia o en atención a una consulta efectuada por alguno de los oferentes, hasta el vencimiento del plazo para presentar ofertas. Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas a través del sitio web www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las Bases. Las modificaciones de bases estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe. Junto con con aprobar la modificación, se estrablecera un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tal modificación.
13.- AMPLIACION DE FECHA DE CIERRE:
Si a la fecha de cierre de recepción de ofertas se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886
14.- PRESENTACIÓN DE OFERTAS:
Las ofertas serán presentadas en forma electrónica, a través del portal www.mercadopublico.cl, y en forma física, solamente la Garantía por Seriedad de la Oferta, hasta el día y hora señalada en el Calendario de la Licitación.
Es causal de eliminación la no presentación en el portal, y en forma física, de uno o más de los antecedentes solicitados.
Presentación Vía Electrónica:
Las ofertas deberán ser realizadas a través del portal Mercado público, dentro de los plazos establecidos en el calendario de la licitación.
Los antecedentes serán los citados en los puntos 14.A; 14.B; 14.C.
Se aceptarán solamente los antecedentes escaneados en formato PDF, indicando claramente el nombre del archivo. Ejemplo: Declaración Jurada, Anexo N°1.
Presentación Vía Soporte Papel:
Se deberá presentar en forma física (además de su respaldo digital en el portal), sólo la Garantía por Seriedad de la Oferta, indicada en el punto 14.A, letra d, de las Presentes Bases de Licitación, la cual deberá ser entregada en la Oficina de Partes de la Corporación Nacional Forestal, ubicada en calle Prat # 191 2º piso, Angol hasta las 14:00 horas, del día indicado en el Calendario de la Licitación, en 1 (un) Sobre, cerrado y caratulado, indicando lo siguiente:
• Nombre del Proyecto.
• Nombre, Rut, Domicilio y Teléfono del Oferente.
• Firma del Oferente o de su Representante Legal.
14. A.- DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS:
a) Declaración jurada Simple, Anexo N°1.
Si el oferente es Persona Jurídica, deberá presentar:
• Copia autorizada de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces correspondiente, otorgado con una antigüedad no superior a 60 días a la fecha de apertura de la propuesta.
• Si la empresa fue constituida bajo la Ley N° 20.659 y su respectivo Reglamento (Simplifica el Régimen de Constitución, Modificación y Disolución de las Sociedades Comerciales), deberá presentar Certificado de Vigencia y Certificado de Estatuto Actualizado, emitidos por la Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño del Ministerio de Economía, con una vigencia no superior a 15 días a la fecha de apertura de la propuesta.
Además, debe adjuntar, fotocopia simple de:
- La Escritura Vigente o Estatuto de la Sociedad.
- RUT de la Sociedad.
- RUT del Representante Legal.
Si el oferente es Persona Natural deberá presentar fotocopia de la Cédula de Identidad.
Si el oferente (Persona Natural o Jurídica) tiene estos documentos acreditados y vigentes en Chile Proveedores, no es necesario que los suba al Portal.
b) Garantía por Seriedad de la Oferta: El oferente debe presentar Boleta de Garantía a la Vista, Vale Vista u otro documento contemplado por la normativa legal y reglamentaria vigente, a favor de la Corporación Nacional Forestal, pagadera a la vista y sin clausulas de aviso previo y de carácter irrevocable, por un monto de $50.000 (cincuenta mil pesos).
c) Certificado de Tesorería General de la República, con una antigüedad no superior a 30 días a la fecha de apertura de la propuesta, que acredite no registrar deudas tributarias de cualquier naturaleza por más de un año, a menos que haya un convenio de pago vigente.
d) Boletín Laboral y Previsional de la Dirección del Trabajo, con una antigüedad no superior a 30 días a la fecha de apertura de la propuesta, que acredite no registrar deuda previsional de salud o reclamos pendientes en materias laborales con sus trabajadores por más de un año.
14. B.- DOCUMENTOS TÉCNICOS:
a) Acreditación de Experiencia en el Rubro Construcción, (rubro similar al de la licitación). Adjuntar Inscripción al Rol único Tributario y/o declaración Jurada de Inicio de Actividades otorgado por el SII que permita verificar la fecha de inicio de Actividades.
Los certificados deben estar emitidos a nombre del oferente que participa en la licitación y no del representante legal o de otro miembro de la empresa, cuando es persona jurídica, caso contrario, no se evaluarán.
b) Mano de Obra Local, Anexo N°3. Documento que debe ser completado y firmado por el oferente o su representante legal. En él, se debe indicar la cantidad de Mano de Obra Local No Calificada a contratar, según formato adjunto.
Se privilegiará al contratista que la mano de obra a contratar, sean personas de la comuna de Traiguén. El personal contratado bajo esta modalidad deberá permanecer en tal calidad desde el inicio de la obra hasta el término total de ella. Todo lo anterior, de acuerdo a lo establecido en la oferta del contratista adjudicado. (Anexo N°3)
TODOS LOS DOCUMENTOS TÉCNICOS, DEBEN SER FIRMADOS EN ORIGINAL, ÚNICAMENTE POR EL OFERENTE O SU REPRESENTANTE LEGAL (SEGÚN SEA EL CASO), Y SUBIDOS ESCANEADOS AL PORTAL MERCADO PÚBLICO.
LOS DOCUMENTOS TÉCNICOS PRESENTADOS CON FIRMA DISTINTA AL OFERENTE O REPRESENTANTE LEGAL, NO SE EVALUARÁN.
LOS DOCUMENTOS TÉCNICOS PRESENTADOS SIN LA RESPECTIVA FIRMA, SERÁN CONSIDERADOS DOCUMENTOS NO VÁLIDOS Y POR LO TANTO, SU OFERTA SERÁ DECLARADA INADMISIBLE (FUERA DE BASES).
14.C.- DOCUMENTOS ECONÓMICOS:
a) Oferta Económica, Anexo N°2. Documento que debe ser completado y firmado por el oferente o su representante legal.
b) Presupuesto, Anexo N°4.
El presupuesto itemizado deberá presentarse en el formato proporcionado por la Corporación, denominado Anexo Nº 4, y debe ser firmado por el oferente o su representante legal.
El oferente será responsable de cubicar cada partida de acuerdo a la información proporcionada en Planos y Especificaciones Técnicas. Las cantidades indicadas en el formato Presupuesto, serán sólo referenciales, por lo que cualquier diferencia de éstas respecto de la cantidad efectiva de obra a ejecutar deberá ser asumida por el oferente adjudicado.
Todas las cubicaciones son de exclusiva responsabilidad del oferente, las que se considerarán referenciales para la oferta económica presentada por él. Sin perjuicio de ello, la cantidad real de obra a ejecutar es la indicada en planos y especificaciones técnicas, por lo que cualquier diferencia entre la cubicación de la oferta y la cantidad real de obra a ejecutar (sea mayor o inferior) deberá ser asumida por el oferente adjudicado, entendiendo que el contrato es a suma alzada, es decir, por un precio total fijo, deben ejecutarse todas las partidas señaladas en los antecedentes de la licitación, de forma que asegure el correcto funcionamiento y total terminación de las obras licitadas.
TODOS LOS DOCUMENTOS ECONÓMICOS, DEBEN SER FIRMADOS EN ORIGINAL, ÚNICAMENTE POR EL OFERENTE O SU REPRESENTANTE LEGAL (SEGÚN SEA EL CASO), Y SUBIDOS ESCANEADOS AL PORTAL MERCADO PÚBLICO.
LOS DOCUMENTOS ECONÓMICOS PRESENTADOS CON FIRMA DISTINTA AL OFERENTE O REPRESENTANTE LEGAL, NO SE EVALUARÁN.
LOS DOCUMENTOS ECONÓMICOS PRESENTADOS SIN LA RESPECTIVA FIRMA, SERÁN CONSIDERADOS DOCUMENTOS NO VÁLIDOS Y POR LO TANTO, SU OFERTA SERÁ DECLARADA INADMISIBLE (FUERA DE BASES).
15.- FORMALIDAD DE APERTURA DE LA PROPUESTA.
Existirá un Acto de Apertura de las propuestas ingresadas por vía electrónica y en forma física (soporte de papel), que se realizará el día y hora indicado en el Calendario de la Licitación y será efectuado por la Comisión de Apertura, designada por Resolución y que estará compuesta por los siguientes profesionales o quienes le subroguen:
Abogado Provincial, quien Actuará como Ministro de Fe.
Encargado de Finanzas y Administración Provincial
Encargado del Departamento de Desarrollo Forestal Provincial
Una vez conocidos los oferentes, los integrantes de la Comisión de Apertura, en la misma Acta de Apertura, indicarán no tener conflicto de intereses con los oferentes (que los inhabiliten).
En primer lugar se procederá a la apertura de los antecedentes en el Portal Mercado Público y, luego, la apertura del documento en soporte papel (Sobre).
En la apertura de los antecedentes en el Portal Mercado Público, se abrirán los antecedentes subidos por cada uno de los oferentes participantes, verificando la inclusión de la totalidad de los antecedentes exigidos en las presentes bases.
Aquel oferente que no incluya la totalidad de los documentos exigidos, en las formas solicitadas en las Presentes Bases, en la apertura, su oferta será declarada inadmisible (fuera de bases), instancia que quedará reflejada en el acta respectiva.
Al término de estas diligencias se levantará un acta de todo lo obrado, la que será firmada por los miembros de la Comisión, sin perjuicio de la documentación electrónica que se genere como consecuencia del procedimiento exigido por el sistema de Mercado público.
Sólo se tomarán en consideración las propuestas que hubieran sido presentadas a través del Portal Mercado público hasta la fecha y hora señalada en estas Bases y que además hubieran ingresado oportunamente el Documento en soporte papel, a través de la Oficina de Partes, por lo que, una vez iniciado este proceso, no se admitirá propuesta alguna, ni modificaciones de las presentadas, ni pedidos de explicaciones o aclaraciones que puedan interrumpir el Acto de Apertura.
Si se requiere salvar algun error u omisión Formal en las ofertas, los oferentes tendran un plazo máximo de 24 horas a contar de la fecha y hora de la solicitud de aclaración para responder a través del medio habilitado para este efecto en el portal, la que se encontrará sujeta a una ponderación menor, detallada en los criterios de evaluación.
La Comisión de Apertura podrá admitir errores menores de forma, pero no de fondo, registrando las observaciones correspondientes en el Acta de Apertura. Entendiendo errores de fondo como aquellos que tengan directa relación con la evaluación de las ofertas; la identificación del oferente y su representante legal; validez de los documentos; firma del documento, entre otros. Ello, sin alterar el principio de igualdad de los proponentes.
Si la Comisión de Apertura determina que una oferta no se ajusta en lo esencial a los documentos de licitación, la rechazará y el defecto no podrá ser subsanado con posterioridad, declarándola inadmisible (fuera de bases).
Con la sola presentación del Oferente a la propuesta a través del Mercado Publico se entiende que este conoce y acepta las Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas, Aclaraciones a la Propuesta, Ley 19.886 y su Reglamento y en general todos los antecedentes que la conforman.
15.- EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
La Comisión Evaluadora será designada por Resolución y estará compuesta por los siguientes profesionales o quienes le subroguen:
Abogado Provincial
Encargado de Finanzas y Administración Provincial
Encargado del Departamento de Desarrollo Forestal Provincial
Una vez conocidos los oferentes, los integrantes de la Comisión de Evaluación, en el mismo Informe de Evaluación, indicarán no tener conflicto de intereses con los oferentes (que los inhabiliten).
Dicha comisión podrá hacerse asesorar por otros profesionales de la Corporación u otros Servicios Públicos, para el desempeño de su cometido.
La Comisión de evaluación, durante el proceso de evaluación de las ofertas, podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, detectados en esta etapa, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información Mercado Público. Si se requiere salvar algun error u omisión Formal en las ofertas, los oferentes tendran un plazo máximo de 24 horas a contar de la fecha y hora de la solicitud de aclaración para responder a través del medio habilitado para este efecto en el portal, la que se encontrará sujeta a una ponderación menor, detallada en los criterios de evaluación.
La Comisión de Evaluación se reserva el derecho de verificar la información contenida en todos los antecedentes incluidos en la oferta, quedando facultada para dejar fuera de bases a aquellos oferentes en que la referida información resulte ser falsa, alterada, incongruente, inconsistente, discrepante o incompleta. Además, se notificará esta situación a la Dirección de Compras y Contrataciones Públicas “Mercado público”, para las sanciones que correspondan, quedando inhabilitado por esta razón, para participar en las futuras licitaciones de La Corporación, por un período de 2 años.
16.- CRITERIOS DE EVALUACIÓN
Una vez comprobado el cumplimiento estricto de los requisitos técnicos, las ofertas se evaluarán considerando los siguientes porcentajes y criterios:
PRECIO 25 %.
PLAZO DE ENTREGA 30 %.
EXPERIENCIA EN EL RUBRO 20 %
MAYOR DEMANDA MANO DE OBRA LOCAL 20 %
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS 5 %
A.- Precio
Tendrá 100 puntos la oferta más económica y las restantes tendrán evaluación inversamente proporcional a la oferta más económica, de acuerdo a la siguiente fórmula:
Puntaje oferente en análisis Precio más bajo ofertado x 100
Precio del oferente en análisis
B.- Plazo de Entrega
En la evaluación se otorgara los siguientes puntajes:
1. Menor a 60 días hábiles=100 puntos
2. 60 a 70 días hábiles=50 puntos
3. mayor a 70 días hábiles=0 puntos.
C.- Experiencia del Oferente en el Rubro
Este criterio se obtendrá al revisar el formulario de Inicio de actividades en el rubro, requerido en documentos técnicos, donde se calculará desde el año indicado y se utilizará la ponderación según la siguiente Formula:
1. Superior a 10 años=100 pts
2. Mayor a 8 y hasta 10 años=75 pts
3. Mayor a 5 y hasta 8 años=50 pts
4. Mayor a 3 y hasta 5 años=25 pts
5. Menor a 3 años=0 pts.
D.- Mayor demanda Mano de Obra Local.
El Oferente que considere un mayor porcentaje de personal en la sumatoria total correspondiente (Anexo N°3), con domicilio en la ciudad de Traiguén, se asignará puntaje decreciente de acuerdo a la Siguiente Fórmula:
MOL =N° de mano de obra oferente en evaluación x 100
N° mayor de mano de obra Ofertada
E.- Cumplimiento de los requisitos
Si se encuentran ingresados todo los antecedentes al momento del cierre de la Licitacion=100 Puntos; si se se requiere salvar una omision posterior al cierre= 50 Puntos; no responde o no ingresa los antecedentes en el tiempo y forma solicitados= 0 Puntos.
17.- MECANISMO DE DESEMPATE
En caso de empate o igualdad en la evaluación, después de aplicada la pauta, la Comisión propondrá al Director Regional, adjudicar la licitación al oferente que hubiere obtenido mayor puntaje en el criterio Oferta Técnica y en caso de mantenerse el empate, se resolverá por el mayor puntaje obtenido en el criterio Experiencia del Oferente, de persistir el empate, se dirimirá por el mayor puntaje obtenido en el criterio Oferta Económica.
18.- ADJUDICACIÓN
La Comisión Evaluadora emitirá un informe al Director Regional de la Araucanía en un plazo no superior a 10 días hábiles con los resultados de la evaluación de las ofertas, sugiriéndole adjudicar al oferente mejor evaluado o declarar inadmisible las ofertas de la licitación mediante resolución fundada.
El adjudicatario será aquel que, en su conjunto, haga la propuesta más favorable a los intereses del Mandante y de la Unidad Técnica, que incluyan la total terminación de las obras contratadas y que aseguren el buen funcionamiento de estas, de acuerdo a Planos y Especificaciones Técnicas que forman parte de las presentes Bases Administrativas. Por lo tanto, es de exclusiva responsabilidad del Oferente, el cálculo de la cantidad efectiva de obras a ejecutar.
La Corporación, de acuerdo a las facultades que le otorga la Ley De Compras Públicas y su Reglamento, podrá, por medio de una Resolución Fundada:
Declarar Revocada la Licitación, por motivos excepcionales, antes de la etapa de adjudicación.
Adjudicar la licitación al oferente mejor evaluado.
Declarar Desierta la Licitación, en caso que no se presenten ofertas.
Declarar Inadmisibles las Ofertas, en caso de incumplimiento de requisitos.
Si por causas no imputables a la Entidad licitante, las que serán oportunamente informadas, no se puede cumplir con la fecha indicada en las bases para adjudicar, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl
Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación: En caso de existir dudas después de la adjudicación se deberán comunicar con Claudio Ismail Nuñez, Encargado de Administración y Finanzas, CONAF Malleco, al e-mail claudio.ismail@conaf.cl
19.- CELEBRACIÓN DEL CONTRATO:
El adjudicatario, dispondrá de 5 días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación de la propuesta, para presentar la documentación solicitada, firmar el contrato respectivo y entregarlo a la Corporación. Se entiende notificado 24 horas después de la publicación la resolución de Adjudicación en el Portal Mercado Público.
El contrato será redactado por la Unidad Juridica Provincial de Malleco y estará disponible cumplidas 48 horas desde la fecha de adjudicación para que el Contratista lo proceda a firmar.
La celebración del contrato entre las partes, dentro del plazo anteriormente señalado, es de exclusiva responsabilidad del adjudicatario.
Para poder suscribir el contrato, el Contratista deberá encontrarse en estado "Hábil" en Chile Proveedores.
Si el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato, o aceptar la orden de compra, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las presentes bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, la entidad licitante podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, realizar la Re adjudicación de la licitación al oferente que le seguía en puntaje, o a los que le sigan sucesivamente, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original.
Además, se notificará esta situación a la Dirección de Compras y Contrataciones Públicas “Mercado Público”, para las sanciones que correspondan, quedando inhabilitado por esta razón, para participar en las futuras licitaciones de La Corporación, por un período de dos años.
El contratista no podrá ceder o transferir a terceros a ningún título, el Contrato suscrito con la Corporación. Tampoco podrá ceder los derechos, créditos o Estados de Pago provenientes del mismo.
El documento solicitado para firmar el contrato, será elsiguiente:
a) Garantía por fiel cumplimiento del contrato y correcta ejecución de la obra.
Formarán parte del contrato que se suscriba, los siguientes documentos:
a) Bases Administrativas
b) Especificaciones Técnicas
c) Aclaraciones
d) Oferta del Proponente
El Oferente, al conocer y haber estudiado los antecedentes del proyecto, se obliga a efectuar, los trabajos que demanden la total terminación de las obras contratadas y que aseguren su buen funcionamiento, de acuerdo a Planos y Especificaciones Técnicas presentadas, que forman parte de las presentes Bases Administrativas. En consecuencia, las cantidades indicadas en el formato Presupuesto, serán sólo referenciales, por lo que cualquier diferencia de éstas respecto de la cantidad efectiva de obra a ejecutar, deberá ser asumida por el oferente adjudicado. Por lo tanto, es de exclusiva responsabilidad del Oferente, el cálculo de la cantidad efectiva de obra a ejecutar.
20.- DE LAS GARANTÍAS:
Las garantías que se indican a continuación, deberán ser emitidas a nombre de la Corporación Nacional Forestal.
Para el cobro de las garantías, se aplicará, ente otros, lo dispuesto en el artículo Nº 72 del Reglamento de la Ley Nº 19.886, que indica:
“En caso de incumplimiento del Contratista en las obligaciones que le impone el contrato o de las obligaciones laborales o sociales con sus trabajadores, la Entidad Licitante estará facultada para hacer efectiva la garantía de Fiel Cumplimiento, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna”.
“Lo anterior, es sin perjuicio de las acciones que la Entidad Licitante pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos, con la correspondiente indemnización de perjuicios. El incumplimiento comprende también el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones del contratista”.
20.1.- Garantía por Seriedad de la Oferta:
Los oferentes deberán hacer llegar conjuntamente con la propuesta un Vale Vista, Deposito a la Vista, Póliza de Seguro u otro documento contemplado por la normativa legal y reglamentaria vigente, sin cláusulas de aviso previo y de carácter irrevocable, como Garantía de Seriedad de la Oferta, tomada a favor de la Corporación Nacional Forestal, por un monto de $50.000 (ciencuenta mil pesos).
La garantía debe ser tomada o contratada, únicamente por el oferente (persona natural o jurídica) que postula a la presente licitación y no por su representante legal u otra persona distinta al oferente y debe ser entregada en la Oficina de Partes de La Corporación, Provincia de Malleco, Región de La Araucanía, Prat 191, 2do Piso, Ciudad de Angol, antes del la fecha de cierre de recepción de ofertas. Los oferentes que presenten garantías tomadas y presentadas en la licitación por personas distintas a él, serán considerados documentos no válidos y por consiguiente, quedran fuera de bases.
La Corporación mantendrá en custodia los documentos de garantía hasta diez días corridos posteriores a la firma del contrato por parte del Adjudicatario.
A los proveedores que no resulten adjudicados se les devolverá la boleta bancaria de garantía a la vista o vale vista por seriedad de la oferta dentro de los diez días corridos siguientes a la fecha de la resolución de adjudicación. A la empresa adjudicataria se le devolverá la boleta de seriedad de la oferta dentro los diez días corridos posteriores a la firma del contrato.
20.2.- GARANTÍA por “Fiel Cumplimiento de Contrato y Correcta Ejecución de la Obra”:
El oferente favorecido deberá entregar antes de la firma del Contrato un Vale Vista, Depósito a la Vista, Póliza de Seguro u otro documento contemplado por la normativa legal y reglamentaria vigente, pagadero a la vista, sin clausulas de aviso previo y de carácter irrevocable como Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato y Correcta ejecución de la Obra, a favor de la Corporación Nacional Forestal, equivalente al 5% del Valor del Contrato, con una vigencia mínima igual a la vigencia del contrato aumentada en 60 días hábiles.
La Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato debe ser tomada o contratada, únicamente por el oferente (persona natural o jurídica) que se adjudica la licitación y no por su representante legal u otra razón social distinta al adjudicatario.
Si en el lapso intermedio ocurriese en la obra cualquier desperfecto derivado de errores o defectos de construcción atribuibles al contratista, este deberá repararlo a su costo en el plazo que el ITO determine. De igual forma, si el contratista causara daños de carácter material a la propiedad pública o privada, el contratista deberá repararlo con materiales nuevos, según se constate el daño y según las instrucciones del ITO.
El ITO informará dicha situación al contratista, éste tendrá un plazo de 10 días hábiles para responder y acordar con el ITO las reparaciones a efectuar, de no responder dentro del plazo indicado, y no realizar las reparaciones indicadas por el ITO, la Corporación está facultada para hacer efectiva la Garantía por Fiel Cumplimiento de Contrato y Correcta Ejecución de la Obra. Además, se notificará esta situación a la Dirección de Compras y Contrataciones Públicas “Mercado Público”, para las sanciones que correspondan, quedando inhabilitado por esta razón, para participar en las futuras licitaciones de La Corporación, por un período de dos años.
El Contratista será responsable por todos los riesgos de la obra, debiendo asumir el valor de reparación total del daño que pueda provocar algún siniestro, sean estos materiales o de daños personales a terceros.
Una vez transcurrido el plazo de ejecución de las Obras, el contratista podrá solicitar por escrito la devolución de la Garantía por Fiel Cumplimiento de Contrato y Correcta Ejecución de la Obra, mediante solicitud dirigida al Jefe Provincial de Malleco, adjuntando el Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales correspondiente al último mes de ejecución de la obra e ingresarla en Oficina de Partes de la Corporación.
21.- ANTICIPO Y RETENCIONES:
No se considera pago anticipado
22.- SUBCONTRATACIONES DE OBRAS:
El adjudicatario no podrá ceder o transferir el contrato en cuanto a las obligaciones por la contratación a personas naturales o jurídicas alguna.
El adjudicatario podrá concertar con terceros la subcontratación parcial del contrato, sin perjuicio que la responsabilidad de su cumplimiento permanecerá en el contratista adjudicado. Sin embargo, el contratista no podrá subcontratar cuando la persona del subcontratista o sus socios o administradores, estén afectas a alguna de las causales de inhabilidades e incompatibilidades establecidas en el Artículo 92 del Reglamento de la Ley Nº 19.886.
En cada estado de pago deberá presentar:
1.- Certificado de la Inspección del Trabajo (F30-1) en que acredite la identificación de la empresa subcontratista y que las cotizaciones previsionales correspondientes y el pago de remuneraciones de los trabajadores del subcontratista se encuentren al día.
2.-Fotocopia contrato trabajadores.
3.-Fotocopia planilla de pagos previsionales.
En el caso que el contratista no acredite oportunamente el cumplimiento integro de las obligaciones laborales y previsionales en la forma establecida en la Ley señalada, la empresa principal, es decir, la Corporación podrá retener de las obligaciones que tenga a favor de aquel o aquellos, el monto que es responsable en conformidad a lo anteriormente señalado y pagar por subrogación al trabajador o institución previsional acreedora.
23.- PRECIO DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO:
Precio del Contrato:
El precio del contrato corresponderá al precio ofertado por el adjudicatario de la licitación (siempre que dicho precio no sea mayor al presupuesto disponible), valor expresado en pesos chilenos y que incluye el impuesto al valor agregado (IVA) y la modalidad corresponderán al sistema de suma alzada sin reajustes, ni intereses de ninguna especie.
El precio del contrato debe incluir los aportes y/o derechos respectivos, remuneraciones, materiales, insumos, impuestos, derechos notariales, utilidades, etc. En general, y sin que esta numeración sea taxativa, el valor de la oferta debe incluir todos los gastos que involucre cumplir el contrato ya sea directo, indirecto o causa de él.
Forma de Pago:
La presente base consideran como forma de pago del precio de la obra: PAGO POR AVANCE DE OBRA. En esta modalidad el adjudicatario deberá acompañar los siguientes documentos: a) Estado de pago y estado de avance de la obra visado por la ITO. b) Nómina de los trabajadores, indicando sus nombres, apellidos, cédula de identidad, domicilio y monto pagado, firmada por el contratista. c) Contrato de trabajos del personal de obra. d) Las liquidaciones de sueldo. e) Las planillas que acrediten el pago de las cotizaciones previsionales y de salud de cada uno de sus trabajadores. f) Certificado de la Inspección del trabajo que acredite el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales, previsionales y las indemnizaciones legales correspondientes al mes inmediatamente anterior al estado de pago, tanto respecto a sus trabajadores, como así mismo de igual tipo de obligaciones que tengan los subcontratistas con sus trabajadores, debiendo el contratista dar cabal cumplimiento a las exigencias de la ley n° 20.123, sobre subcontrataciones. g) Certificado extendido por los subcontratistas, como constancia de pago por su trabajo. Este certificado deberá ser extendido a contar del segundo estado de pago del contratista. h) Factura visada por la ITO. El mandante se reserva el derecho de corregir, aceptar o rechazar los estados de pago que a su juicio estén mal presentados, contengan errores o no correspondan al estado de avance real de la obra. La no presentación de cualquiera de los documentos señalados anteriormente, autoriza a la Corporación para retener de los estados de pago las cantidades adeudadas o el valor que estime necesario para cubrir las sumas adeudadas y efectuar directamente los pagos referidos. La no entrega oportuna o incompleta, sin causa justificada de cualquiera de los documentos señalados precedentemente, dentro del plazo establecido dará lugar a la retención del último estado de pago hasta su entrega y correspondiente revisión por parte de la ITO. Los estados de pago se considerarán abonos parciales a cuenta del precio total. Los estados de pago una vez aprobados por la I.T.O. serán pagados dentro de un plazo de 30 días a contar de la conformidad del mismo, por parte de la I.T.O. Para poder cumplir con la instrucción del pago oportuno, la fecha de emisión del DTE, debe ser igual a la fecha de publicación en el SII.
Se sugiere establecer que el Contratista sólo podrá facturar (emitir la Factura) una vez aprobado el estado de pago por el I.T.O (esto considerando los 8 días para aceptar o rechazar la factura)
Todos los documentos para solicitar el estado de pago deberán entregarse mediante oficio conductor con V°B° del ITO en Oficina de Partes de Corporación, dirigido al Jefe Provincial de Malleco.
Antes de ingresar los documentos a la Oficina de Partes, la factura y los documentos adjuntos deberán ser visados por la Inspección Técnica de Obras.
Para el último estado de pago se deberá adjuntar el Acta de Recepción Conforme visada por las partes.
Para que el Mandante curse los Estados de Pago, éste deberá incluir, a lo menos los siguientes antecedentes en original:
- Factura a nombre de la Corporación Nacional Forestal, RUT 61.313.000-4, domiciliada en Bilbao Nº 931, segundo Piso, Temuco.
- Informe de Estado de Avance, firmado por el ITO, supervisor del contrato y Contratista.
- Certificado Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (Ley de Subcontratación) extendido por la Dirección del Trabajo, que cubra todo el período de ejecución de la obra.La Unidad Técnica no cursará ningún estado de pago (*) mientras que el contratista no acredite encontrarse al día en el pago de sus obligaciones y sueldos, salarios e imposiciones previsionales para con los trabajadores de la obra.
(*)Si el oferente solicita el primer Estado de Pago el primer mes de la Obra, el Certificado de Cumplimiento de Obligaciones laborales y Previsionales del primer estado de pago, se exigirá posteriormente, pero se deberán adjuntar las liquidaciones de remuneraciones debidamente firmadas por todos los trabajadores de la Obra.
- Copia del Acta de Entrega de Terreno donde se ejecutan las obras del proyecto, para primer estado de pago.
- Cinco fotografías impresas a color como mínimo que muestren el avance de la obra.
- Copia del Acta de Recepción Conforme donde se ejecutaron las obras del proyecto, para el último estado de pago.
Además el contratista deberá considerar, en caso de existir multas o procedimientos administrativos pendientes ante la inspección del trabajo y/o acciones judiciales presentadas, asociadas al Contrato objeto de la presente licitación, no se cursará pago alguno a no ser que el Contratista presente ante la Corporación los documentos que acrediten haber solucionado la situación ante el organismo correspondiente, y/o presente una garantía a nombre de la Corporación ,por el monto de las multas adeudadas y/o los montos reclamados y/o los montos demandados.
En todo caso, una vez terminado el contrato objeto de la presente Licitación, de existir reclamos o demandas por parte de los trabajadores de la Empresa Contratista o Subcontratistas que prestaron sus servicios en el Contrato objeto de la presente Licitación, la Corporación, en conformidad a lo dispuesto en el Art. 72 del Reglamento de la Ley 19.886, quedara facultado para ejecutar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del Contrato, con la finalidad de caucionar el cumplimiento de las obligaciones, que se podrían originar respecto al Art. 183 en todas sus letras del Código del Trabajo, o bien la Empresa Contratista podrá presentar una garantía por el monto de las multas adeudadas y/o los montos reclamados y/o demandados a nombre de la Corporación la que deberá permanecer vigente hasta la solución del conflicto, situación que deberá ser acreditada por la Empresa Contratista, y ponderada por la Corporación. Lo anterior, sin perjuicio a la facultad para retener Estados de Pagos.
El Contratista se obliga en lo que fuere procedente, a cumplir con lo dispuesto en la Ley 20.123 y sus modificaciones posteriores, así como también en lo dispuesto en el Reglamento para la aplicación del Articulo 183.C inciso segundo del código del trabajo y Reglamento para la aplicación del artículo 66 Bis de la Ley 16.744.-
24.- SEGURIDAD EN LA OBRA
El contratista estará obligado a cumplir estrictamente todas las normas relativas a seguridad en la obra, para sus trabajadores de acuerdo a la normativa vigente.
Si el ITO así lo solicita, deberá velar por que se cumpla la seguridad en la obra (colocación de barreras de seguridad, señaléticas, etc.).
El no cumplimiento de estas disposiciones en el desarrollo de la obra, será causal de aplicación de una multa de hasta 1 UTM. Si la falta es reiterada, la Corporación podrá aplicar una multa de hasta 5 UTM o podrá dar término anticipado al contrato. Las multas serán efectivas por vía administrativa y se descontará del estado de pago.
25.- ENTREGA DE TERRENO
El Supervisor del contrato en conjunto con el ITO harán entrega de terreno al oferente, la que no podrá exceder los 5 días hábiles siguientes a la fecha de la resolución de adjudicación, para lo cual se confeccionará un Acta que deje constancia de ello, la que será firmada por el Inspector Técnico de Obra, Supervisor del contrato de la Corporación y por el oferente adjudicado o su representante legal.
26.-OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
El contratista deberá ceñirse a los antecedentes entregados y a las normas vigentes al respecto, en todo el desarrollo de la obra.
El Contratista deberá definir un “coordinador técnico” responsable en terreno para la operación y cumplimiento del respectivo Contrato, el que será informado en el acta de entrega de terreno al inicio de la obra y será el nexo entre el oferente y la Corporación.
El contratista no requerirá el permiso de edificación de la Dirección de Obras Municipales por no ser esta una obra de infraestructura.
El contratista deberá ejecutar la obra en el plazo máximo comprometido en su oferta (Anexo N°2), la que comenzará a contar de la fecha del Acta de entrega de Terreno.
Le queda prohibido al contratista hacer por iniciativa propia, modificaciones o cambios en los planos y/o especificaciones de la obra sin la autorización correspondiente, deberá rehacer y/o reconstruir lo ejecutado a su cargo y costo, si la Unidad Técnica lo exigiere, ello no constituirá obra extraordinaria.
El contratista ejecutará los cambios y modificaciones que le sean autorizados por el ITO, si éstas no significan aumento del monto contratado.
El contratista debe cumplir la totalidad del contrato, sin derecho a indemnización de ningún tipo por imprevistos que surjan en cualquier etapa de la construcción.
Si en el lapso intermedio ocurriese en la obra cualquier desperfecto derivado de errores o defectos de construcción atribuibles al contratista, este deberá repararlo a su costa en el plazo que la ITO determine. De igual forma, si el contratista causara daños de carácter material a la propiedad pública o privada, el contratista deberá repararlo con materiales nuevos, según se constate el daño y según las instrucciones del ITO.
El ITO informará dicha situación al contratista, éste tendrá un plazo de 10 días hábiles para responder y acordar con el ITO las reparaciones a efectuar, de no responder dentro del plazo indicado, y no realizar las reparaciones indicadas por el ITO, la Corporación está facultada para hacer efectiva la Garantía por Fiel Cumplimiento de Contrato y Correcta Ejecución de la Obra. Además, se notificará esta situación a la Dirección de Compras y Contrataciones Públicas “Mercado Público”, para las sanciones que correspondan, quedando inhabilitado por esta razón, para participar en las futuras licitaciones de La Corporación, por un período de dos años.
El Contratista será responsable por todos los riesgos de la obra, debiendo asumir el valor de reparación total del daño que pueda provocar algún siniestro, sean estos materiales o de daños personales a terceros.
Una vez otorgada la recepción conforme, 60 días hábiles después de la fecha indicada en el acta, el contratista podrá solicitar por escrito la devolución de la Garantía por Fiel Cumplimiento de Contrato y Correcta Ejecución de la Obra, mediante solicitud dirigida al Jefe Provincial de Conaf Malleco e ingresada en la Oficina de Partes.
El contratista asume los riesgos e imponderables que signifiquen mayores costos, como también los daños y perjuicios a terceros.
27.-INSPECCIÓN Y SUPERVISIÓN DE LA OBRA
Inspector Técnico.
El Inspector Técnico, verificará que los materiales sean de la calidad exigida, que se cumpla con las Especificaciones Técnicas, Bases Administrativas y el Contrato de Ejecución de Obras.
La unidad Técnica tendrá la facultad de inspeccionar la obra sin que ello signifique liberar a Contratista de ninguna de sus obligaciones y responsabilidades para el buen término de la misma, esta labor, no constituye, en ningún caso, dirección ni aprobación parcial o total de la ejecución de la obra por parte de la Corporación.
28.- OBRAS EXTRAORDINARIAS:
Las partes podrán Agregar trabajos adicionales a los licitados preliminarmente contratados, los que deberán perfeccionarse mediante la emisión de la Orden de Compra correspondiente. Los trabajos Adicionales no podrán superar el 30% del valor total y se deberá rendir nuevas garantías sobre ellas en el plazo y porcentajes indicado anteriormente. Así mismo, en caso de aumento de plazo del contrato, el contratista también deberá extender consecuentemente el plazo de vigencia de la garantía.
29.- AUMENTO DE PLAZO:
Solo en caso de aumento de obra que así lo requiera o si las obras se hubiesen retrasado por razones de fuerza mayor, problemas administrativos comprobadamente ajenos al contratista, se podrá otorgar aumento de plazo. Se entenderá como fuerza mayor que justifique un aumento de plazo, una situación climática de emergencia o catástrofe nacional, regional o local, u otra situación especial que afecte de forma irrecuperable al desarrollo de la obra y que sea demostrada adecuada y oportunamente al mandante.
Para solicitar aumento de plazo, el contratista debe enviar una solicitud por escrito dirigida al Supervisor del Contrato en que explique las causas y justificaciones del retraso de las obras y solicite el aumento del plazo. Este documento deberá ser presentado por Oficina de Partes al menos 5 días hábiles antes del término del plazo de ejecución de obras.
El Supervisor, podrá rechazar fundadamente la solicitud de aumento de plazo si considera que no se justifica o podrá otorgar el aumento de plazo solicitado o reducirlo, mediante Resolución.
Se otorgará un máximo de 30% del aumento de plazo con respecto al tiempo de ejecución ofertado por el contratista.
30.- Termino anticipado del contrato
La entidad licitante está facultada para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el oferente adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:
a) Si el adjudicado fuere declarado en quiebra o manifiesta insolvencia financiera, a menos que se mejoren las cauciones entregadas.
b) Si se disuelve la empresa adjudicada.
c) Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el adjudicatario. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones correspondientes al suministro de los servicios, que importe una vulneración a los elementos esenciales del contrato, siempre y cuando no exista alguna causal que le exima de responsabilidad y que dicho incumplimiento le genere a la Entidad contratante un perjuicio significativo en el cumplimiento de sus funciones.
d) Cuando de común acuerdo, la entidad licitante y el respectivo adjudicatario resuelvan poner término al contrato.
e) No existiendo una garantía de fiel cumplimiento de respaldo en cualquier momento.
f) Por incumplimiento de la obligación de confidencialidad establecida en las presentes bases.
Resuelto el Término Anticipado del Contrato, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la Corporación concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha de liquidación del contrato.
31.- DE LAS MULTAS:
El incumplimiento de los plazos en la entrega de los servicios/productos parciales o totales por causas imputables al adjudicatario, salvo fuerza mayor o caso fortuito, serán comunicadas formalmente, pudiendo ser objeto de una multa de 2 UF por cada día hábil de atraso, en la entrega total del servicio/producto.
El atraso comenzará a contar desde el día hábil siguiente, desde la fecha de entrega comprometida en la oferta del proveedor. No serán admitidas en ningún caso justificaciones presentadas una vez producido el retraso, debiendo el proveedor comunicar por escrito tan pronto prevea el retraso, indicando el nuevo plazo de entrega y alegando las causas que justifiquen el aplazamiento, para lo cual la Corporación se pronunciará de acuerdo a los méritos señalados en la presentación, pudiendo acoger los fundamentos y prorrogar la entrega de los productos, o en su defecto no acogerlos y aplicar las multas que correspondan.
El monto máximo a cobrar no podrá sobrepasar un 10% del monto total del contrato.
Procedimiento asociado a la aplicación de las respectivas multas:
1. Detectada una situación que eventualmente amerite la aplicación de multa, la contraparte técnica del respectivo contrato, informará a través de un Memorándum a la contraparte Administrativa las situaciones que ameriten la aplicación de multas o del cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, a través de la entrega de un informe técnico e insumos que permitan el cálculo de las multas.
2. El Departamento de Abastecimiento calculará las multas aplicadas, y posteriormente, notificará de ello al proveedor, por carta oficial del Director Ejecutivo o el Director Regional, según corresponda, la cual se notificará el proveedor por carta certificada, informándole sobre la aplicación de la multa, y sobre los hechos en que aquellas se motivan.
3. A contar de la notificación singularizada en el número anterior, el proveedor tiene un plazo de 05 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito ante el Director Ejecutivo o Director Regional, según corresponda, acompañando todos los antecedentes que respalden su posición. La carta deberá ser ingresada a través de la Oficina de Partes de CONAF.
4. Vencido el plazo indicado en el número anterior sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente sanción por medio de resolución fundada del Director Ejecutivo o Director Regional, según corresponda, la cual será notificada mediante carta certificada de CONAF.
5. Si el proveedor ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, el Director Ejecutivo o Director Regional, según corresponda, dispondrá de un plazo de 30 días hábiles para rechazarlos o acogerlos, total a parcialmente.
6. Al respecto, la aceptación o el rechazo total a parcial de los descargos del respectivo proveedor, deberá formalizarse mediante resolución fundada firmada por el Director Ejecutivo/Director Regional, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la sanción a aplicar, y posteriormente ser notificada al proveedor por carta certificada.
7. Reposición: El proveedor dispondrá del plazo de 05 días hábiles, a contar desde la fecha de notificada la resolución o acto administrativo que le impone la multa, para reponer fundadamente, acompañando todos los antecedentes pertinentes a la reposición, mediante carta dirigida al Director Ejecutivo/Director Regional.
8. El Director Ejecutivo/Director Regional, según corresponda, resolverá mediante resolución fundada, la reposición dentro del plazo de 30 días hábiles, acogiendo o rechazando total o parcialmente la reposición. Dicha resolución deberá ser notificada al proveedor mediante carta certificada.
9. En el evento de que la sanción sea finalmente cursada, sea total a parcialmente, ésta se hará efectiva mediante descuentos en los pagos más próximos que CONAF deba efectuar al proveedor. Por otro lado, si la garantía de fiel cumplimiento del contrato es cursada, el cobro se hará efectivo administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna.
10. Además, para el caso de cobro de multas, se deberá informar a la Unidad de Finanzas respectiva, a fin de que se proceda al descuento de los montos cobrados, de las facturas del proveedor pendientes de pago.
11. Además, de acuerdo a las bases de licitación o términos de referencia, CONAF podrá poner término al contrato producto de la aplicación de estas sanciones. Lo anterior, sin perjuicio de las acciones legales que la Corporación pudiere interponer en contra del proveedor en virtud del daño ocasionado.
32.-LEGISLACIÓN VIGENTE:
El contratista debe respetar y cumplir los reglamentos, ordenanzas y normas legales vigentes que rigen las técnicas de construcción, la previsión social, el contrato de trabajadores y los demás aspectos que digan relación con el desarrollo de una obra de construcción, todos los cuales se entenderán que le son plenamente conocidos, Ordenanza General de Construcciones y Urbanización, Ordenanzas Municipales y Sanitarias, Reglamento General sobre Instalaciones domiciliarias de agua potable y de alcantarillado de Aguas Araucanía, Decreto de Economía Nº 66/97, Oficina de Acción Sanitaria, OAS; Ley General de Servicios Eléctricos, Normas del Instituto Nacional de Normalización (INN) en lo referente al hormigón armado y cálculo de estructura, normas de seguridad de construcción u otras que estén relacionadas con el tipo de obra a contratar.
33.- JURISDICCIÓN APLICABLE:
Cualquier dificultad que surja entre las partes será resuelta, una vez agotadas las gestiones extrajudiciales, por la justicia ordinaria de la ciudad de Traiguén, a la cual las partes, prorrogan competencia.
34.- PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar lo derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por estos los consagrados en la Constitución Politica de la República en su articulo 19, números 1°, 4°, 5°, 6°12°, y 16°, en conformidad al articulo 485 del código del trabajo. Asismismo el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo al os Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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