1.- GENERALIDADES:
Las presentes Bases Administrativas Especiales, complementan las Bases Administrativas Generales, para la contratación de Obras por el Sistema de Suma Alzada, estableciendo los términos específicos que, en los aspectos referidos en aquéllas, son definición especial para cada licitación.
Esta Licitación corresponde al proyecto denominado “EMPASTADO CANCHA ESTADIO MUNICIPAL”
Las Bases de la Licitación, están disponibles en el Portal www.mercadopublico.cl,
ID 5502-12- LP12, en adelante El Portal.
2.- REGLAMENTACION:
La presente Licitación se regirá por lo siguiente:
- Ley Nº16.744 sobre la Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo en obras, faenas o servicios.
- Ley Nº20.123 y Reglamento que Regula el Trabajo en Régimen de Subcontratación, el Funcionamiento de Empresas de Servicios Transitorios y el Contrato de Trabajo de Servicios Transitorios.
- Las Bases Administrativas Generales.
- Las presentes Bases Administrativas Especiales y los antecedentes que la complementen.
- Los planos, Especificaciones Técnicas y memorias de cálculo correspondientes a cada especialidad., si correspondiere.
- Las designaciones de Obras del formato presupuesto.
- Las Aclaraciones y/o respuestas a consultas, si las hubiere.
- Anexos.
- El correspondiente Contrato de Ejecución de Obra.
- O.G.U.C.
- Reglamento de la Ley Nº19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de suministro y Prestación de Servicios.
- Ley sobre acceso a la información pública: Ley N° 20.285.
- Ley Nº 20.238 que modifica Ley 19.886 Asegurando la protección de los trabajadores y la libre competencia en la provisión de bienes y servicios a la Administración del Estado.
- Reglamento de la Ley Nº19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y Decreto Supremo N°250 del Ministerio de Hacienda y sus Modificaciones.
- Condiciones de uso sistema ChileCompra.
- Autoacordado Tribunal de Contratación Pública y Dictámenes de la Contraloría.
- Aprobación, Normativa y Reglamentación vigente del Programa Mejoramiento Urbano y Equipamiento Comunal de la SUBDERE.
3.- MANDANTE Y UNIDAD TECNICA:
Para los efectos de la presente Licitación, se establece:
Mandante : Municipalidad de Hualqui.
Unidad Técnica : Municipalidad de Hualqui.
Unidad Financiera : SUBDERE, VÍA Programa Mejoramiento Urbano y Equipamiento Comunal, Subprograma Emergencia 2011 (PMU)
4.- FUNCIONARIO ENCARGADO DEL PROCESO DE LICITACIÓN:
NOMBRE : LISSETTE TOSSO ESPINOZA
FONO/FAX : (41) 2101104 – 2101135 (FAX)
Correo electrónico: secplanhualqui@yahoo.es
5.- INDIVIDUALIZACIÓN DE LA OBRA:
Las presentes Bases Administrativas Especiales se refieren exclusivamente a la Licitación Publica para la contratación de la siguiente Obra:
Nombre de la Obra : “EMPASTADO CANCHA ESTADIO MUNICIPAL”
Región : del Bío-Bío.
Provincia : Concepción.
Comuna : Hualqui.
6.- MONTO DE LA OBRA:
El precio de la obra corresponderá al de un Contrato a Suma Alzada, sin intereses, ni reajustes de ningún tipo, no debiendo exceder al monto máximo disponible para la obra de “EMPASTADO CANCHA ESTADIO MUNICIPAL”, M$49.646.- (cuarenta y nueve millones seiscientos cuarenta y seis mil pesos), impuestos legales incluidos.
Se entiende que el precio del contrato, corresponde a la construcción de la obra, aprobaciones, pago de derechos, permisos, ensayes, letrero indicativo, impuestos y demás, sin que esta enumeración sea taxativa ni excluyente el precio del Contrato, incluye todos los gastos de conformidad a lo indicado en las Bases.
Será responsabilidad y cargo del contratista obtener la totalidad de las informaciones y permisos que fueren necesarios para la ejecución de la Obra, en los Organismos correspondientes.
El contratista deberá consultar cualquier otra obra que sea necesaria para la recepción y habilitación de las obras de la presente licitación, incluyendo la confección de los proyectos correspondiente de detalle, bajo exclusiva responsabilidad y cargo del contratista.
La aplicación del impuesto al valor agregado (IVA) se hará de acuerdo a la ley vigente. Si por disposición del Supremo Gobierno se rebaja o aumenta el IVA, automáticamente el precio del contrato se rebajara o aumentara en las mismas proporciones en que el impuesto varié, lo cual empezara a regir en la fecha en que la norma legal pertinente entre en vigencia.
Las variaciones legales y/o contractuales que experimenten las remuneraciones serán de exclusivo cargo del oferente adjudicatario.
7.- PARTICIPANTES:
A.- Podrán participar en la presente Licitación Pública, aquellas personas naturales o jurídicas con inscripción vigente en alguno de los siguientes registros contratistas y que acrediten ser Profesionales competentes de acuerdo a lo Establecido en la Ley General de Urbanismo y Construcción, y su Ordenanza y conforme lo dispuesto en Reglamento Ley de Compras:
- Registro MINVU
- Registro MOP
- Municipalidades de la VIII Región
- Servicios Públicos en Registros de Construcciones
Y que deberán ser:
a) Personas Naturales, que deberán ser profesionales de acuerdo a la Ley General de Urbanismo y Construcciones y su Ordenanza. Tienen tal calidad los siguientes profesionales: Arquitectos, Constructores Civiles, Ingenieros Civiles, Ingenieros Constructores, título que debe poseer la persona que se presenta a la licitación y no un tercero.
b) Personas Jurídicas, en cuyo objetivo social esté comprendida la ejecución de obras de construcción y urbanización y que actúen a través de un profesional competente de acuerdo a la Ley General de Urbanismo y Construcciones y su Ordenanza.
Por aplicación de lo establecido en el artículo 4º, inciso 1º y 6º, de la ley Nº 19.886, no podrán participar en esta licitación, y quedarán excluidos:
- Quienes, al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o de la suscripción del Contrato, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los anteriores dos años.
- En caso de que la empresa que obtiene la licitación o celebre Contrato, registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años.
- Los funcionarios directivos de la Municipalidad de Hualqui, ni personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley Nº18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni sociedades de personas de las que aquéllos o, éstas formen parte, ni sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas.
Para los inscritos en ChileProveedores se verificara esta información solicitada en el punto 1) y 3) en el Portal y aquellos oferentes que no lo tengan acreditado deberán adjuntar declaración jurada por cada una y subirlo en “Documentos Administrativos” en el punto 15.1 letra e)
A demás, No podrán adjudicarse esta licitación:
1.- Las personas naturales o jurídicas, a las que la Municipalidad de Hualqui haya liquidado uno o más contratos, por concepto de incumplimiento o ejecutado boletas de garantías en cualquier tipo de licitación.
2.- Personas naturales o jurídicas que tuvieran demandas laborales, por las cuales la Municipalidad deba responder solidariamente o subsidiariamente ante los Tribunales.
B.- En el caso de personas jurídicas el plazo de duración de la Sociedad no podrá ser inferior al tiempo de duración del contrato.
8.- FINANCIAMIENTO:
Este Proyecto será financiado por la SUBDERE a través del Programa Mejoramiento Urbano y Equipamiento Comunal, Subprograma Emergencia 2011 (PMU), que pasa a formar parte integrante de la presente licitación.
9.- MONEDA DE PAGO:
Los estados de pago derivados de este Contrato, serán pagados en su totalidad en moneda nacional (pesos chilenos).
10.- PLAZO MAXIMO DE EJECUCION DE LAS OBRAS:
El plazo de ejecución de las obras será el ofertado por el oferente, se entenderán en días corridos y no podrá ser superior a 150 días corridos, este plazo es a contar de la fecha del Acta de entrega de terreno.
11.- MODALIDAD DE LA LICITACION:
La Licitación consulta Precio fijado por el Oferente y Proyecto proporcionado por la Municipalidad, de acuerdo al Título IV. Modalidades de Licitación Art. 7º, Letra a) de las Bases Administrativas Generales.
12.- FORMULACION DE CONSULTAS Y/O ACLARACIONES:
Las consultas que los participantes deseen formular para el mejor estudio y comprensión de los antecedentes de la licitación, deberán ser realizadas a través de la funcionalidad para preguntas y respuestas del sitio www.mercadopublico.cl, a más tardar el día 14 mayo de 2012, hasta las 13:00 hrs.
Las respuestas a consultas o formulación de aclaraciones se publicarán en el Portal www.mercadopublico.cl , a más tardar el día 16 mayo de 2012, hasta las 13:00 hrs. La municipalidad dará respuesta a las consultas que se le formulen sin indicar el autor de las mismas y por aclaración se podrán interpretar, rectificar y completar los antecedentes de la Propuesta o determinar el correcto sentido de ellas, cuando se presenten dudas o discrepancias. Las Aclaraciones emanarán de la propia iniciativa de la Municipalidad.
Tanto las Respuestas a Consultas, como las Aclaraciones que formule la Municipalidad se entenderán como parte integrante de las presentes Bases, para todos los efectos legales.
Por lo dicho anteriormente, será responsabilidad de cada oferente, revisar dicho sitio y especialmente el lugar que se accede mediante el ID 5502-12-Lp12 de la licitación, no teniendo derecho a alegar desconocimiento, hasta la fecha de apertura de la presente licitación.
13.- VISITA A TERRENO OPTATIVA:
Se efectuará visita a terreno optativa el día 11 mayo de 2012, a las 12:00 hrs. Para tal efecto, la salida se realizará desde la oficina de la SECPLAN de la Municipalidad, con profesional de la SECPLAN, ubicada en calle Freire Nº351, Hualqui. Se recomienda su asistencia para que el oferente pueda hacer un buen estudio de su propuesta y conozca la situación en terreno.
14.- PRESENTACION A LA LICITACION:
a) Sobre Documento Anexo
En soporte papel se deberá presentar en un sobre cerrado, caratulado como: “SOBRE DOCUMENTO ANEXO”, el cual contendrá la Boleta de Garantía según lo solicitado en el punto 15.1 letra b)
En la carátula del sobre se deberá indicar a lo menos:
- Nombre de la licitación: “EMPASTADO CANCHA ESTADIO MUNICIPAL”
- Nombre del Oferente y Firma del oferente o de su representante legal
La inconsistencia de información en la carátula del sobre y diferencias que no sean sustanciales en la glosa de la Garantía, no será causal para rechazar una oferta, siempre que en el citado documento esté claramente indicado que fue para caucionar la oferta presentada en este proceso licitatorio.
El “Sobre Documento Anexo” deberá ser entregado en la Oficina de Partes de la Municipalidad, ubicada en Freire Nº351 Hualqui, el día 22 mayo de 2012, hasta las 14:00 hrs.
El no cumplimiento de lo anterior, será motivo para dejar inadmisibles la oferta, sin perjuicio de que sea ingresada la boleta escaneada al Portal, según lo solicitado a continuación en “Documentos Administrativos”.
b) Recepción de las Ofertas en el portal
Las ofertas deben ser presentadas a través del Portal www.mercadopublico.cl, hasta la fecha de cierre indicada en calendario de licitación, que será el día 22 mayo de 2012, a las 15:30 hrs.
15.- ANTECEDENTES SOLICITADOS EN EL PORTAL.
El oferente deberá presentar los documentos en original o copia o fotocopia autorizada ante notario según lo solicitado, escaneados a color, en archivos con extensión; pdf, jpg, o en planilla Microsoft Excel o documento texto Microsoft WORD u otro programa compatible con Windows, si fuese el caso. Los antecedentes deberán subirse al portal de acuerdo a lo solicitado a continuación agrupados en “DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS”, “PROPUESTA TECNICA” y “PROPUESTA ECONOMICA”.
15.1.- "DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS":
a) Identificación del Oferente, según Formato Nº1.
b) Documento escaneado de la Boleta de Garantía Bancaria o vale vista, pagadera a la vista ascendente a $100.000.- (cien mil pesos) a nombre de la Municipalidad de Hualqui, y de carácter irrevocable, para garantizar la seriedad de la oferta y con una vigencia mínima de 90 días corridos a contar de la fecha de apertura de la licitación.
La Boleta de garantía, deberá llevar la siguiente glosa: SERIEDAD OFERTA LICITACIÓN PÚBLICA “EMPASTADO CANCHA ESTADIO MUNICIPAL”
No se aceptarán documentos de garantía tomados por terceros. En caso de vale vista la glosa debe indicarse al dorso.
c) Certificado de Inscripción Vigente del Registro de Contratistas, de acuerdo al punto 7, de las presentes Bases, extendido con una fecha no superior a 30 días, a contar del día de la Apertura de la Licitación.
d) Declaración Jurada Simple, según Formato Nº2.
e) Declaración Jurada Simple que no tiene Condenas por Practicas Antisindicales o Infracción a los Derechos Fundamentales del Trabajador y Deudas con Trabajadores (saldos insolutos de remuneraciones y cotizaciones) Ley 20.238, según Formato A, Declaración Jurada Simple que no tiene Conflicto de Intereses (Art. 4º de la Ley de Compras Públicas 19.886) según Formato B y Declaración Jurada Simple de Conflictos de Interés con Organismos Públicos según Formato C. En caso que este documento no este en el Link de la ficha electrónica del proveedor, tal documentó deberá escanearlo al momento de presentar su oferta.
f) Carta Gantt, que incluya todas las partidas del presupuesto detallado respetando su Itemizado, en días corridos.
15.2.- "PROPUESTA TECNICA":
a) Nómina de obras ejecutadas y/o en ejecución, de acuerdo a Formato Nº4, adjuntando certificado o documento que acredite experiencia en obras similares (certificado, contrato, recepción provisoria o definitiva de obra, liquidación de contrato, entre otro antecedentes) y solo se considerará para la evaluación de experiencia, los certificados que indiquen claramente los m2 construidos en empastados y/o áreas verdes y sistemas de riego, el documento a presentar (escaneado a color), deberá ser el original o fotocopia autorizada, sin importar la data del documento.
b) Si el oferente es Persona Natural, deberá escanear a color, el original o copia o fotocopia autorizada ante notario del certificado de titulo sin importar la data, del profesional competente, de acuerdo a lo indicado en el punto 7 a) de las Presentes Bases. Si el Oferente es Persona Jurídica, deberá escanear a color, el original o copia o fotocopia autorizada ante notario del certificado de titulo sin importar la data, del profesional competente de acuerdo al punto 7.b) de las presentes Bases.
15.3.- "PROPUESTA ECONOMICA":
a) Presentación de la Oferta Económica de la obra, según Formato N°3, indicando el monto total de la oferta y el plazo de ejecución de la obra.
b) Presupuesto detallado por partidas, según formato (no se aceptarán modificaciones de Item, Descripción y Unidad).
c) Análisis de Precios Unitarios de todas las partidas, exceptuando los globales, no obstante estos APU podrán ser solicitados por la ITO al oferente adjudicado. Respecto a los Análisis de Precios Unitarios, los valores a indicar deben ser netos (sin IVA).
La oferta en el Portal debe ser en valor neto, de acuerdo a las exigencias del Sistema. El no cumplimiento de lo anterior, será motivo para dejar inadmisible la oferta.
16.- APERTURA DE LAS OFERTAS:
El acto de Apertura de las ofertas, no será presencial y se realizará única y exclusivamente a través del Portal www.mercadopublico.cl, el día 22 mayo de 2012 a las 15:31 hrs., según lo establecido en el proceso de licitación, con presencia de la Jefe de la SECPLAN y el Secretario Municipal, quien actuará como Ministro de Fe y, siendo éstos funcionarios titulares o subrogantes o quien los reemplace.
Sólo pueden adjudicarse contratos a oferentes, cuyas ofertas hayan sido recibidas, a través de los sistemas electrónicos o digitales establecidos por la Dirección de Compras y Contratación Pública. Las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del portal electrónico de compras públicas. No se aceptaran ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas bases. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas.
En primer lugar, se procederá abrir el “Sobre Documento Anexo”, donde se compruebe el ingreso de la Boleta de Garantía, la no existencia de tal documento, será causal inmediata para dejar inadmisible la oferta. Una vez comprobada la existencia de tal documento y su correcto ingreso, se procederá a efectuar la apertura electrónica de “Documentos Administrativos” a través del Sistema de Información, verificándose la inclusión de cada uno de los antecedentes exigidos en el punto Nº15.1 y no se procederá abrir los otros antecedentes técnicos y económicos en el portal de aquellos oferentes que no cumplieron con lo solicitado en dicho punto. Posteriormente se abrirá la “Propuesta Técnica” en el portal, de aquellos oferentes que cumplieron con lo exigido en el punto anterior, verificándose la inclusión de cada uno de los antecedentes exigidos en el punto 15.2 de las presentes bases y no se procederá abrir los otros antecedentes económicos en el portal de aquellos oferentes que no cumplieron con lo solicitado en dicho punto.
Finalmente se abrirá la “Propuesta Económica” en el portal, de aquellos oferentes que cumplieron con lo exigido en el punto anterior, verificándose la inclusión de cada uno de los antecedentes exigidos en el punto 15.3 de las presentes bases. De lo actuado se imprimirá el acta de apertura electrónica.
La Municipalidad, se reserva el derecho de admitir aquellas ofertas que presenten defectos de forma, omisiones o errores de menor importancia siempre que estos no alteren el tratamiento igualitario de los oferentes ni la correcta evaluación de las propuestas.
“Con la sola presentación del Oferente a la propuesta a través de Mercado Público, se entiende que este conoce y acepta las Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas, Aclaraciones a la Propuesta, Ley 19.886 y su Reglamento y en general, todos los antecedentes que la conforman”.
Observaciones y Aclaraciones.
En la etapa de apertura:
Los oferentes podrán hacer observaciones en relación al proceso de apertura de la licitación, si así lo estimasen, dentro de las 24 hrs. siguientes a esta apertura de las ofertas, conforme a lo señalado en el artículo 33º del decreto Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda que aprueba el reglamento para la aplicación de la Ley Nº 19.886.
En la etapa de evaluación de ofertas:
La Municipalidad podrá solicitar a los oferentes, aclaraciones a través del Portal www.mercadopublico.cl, con respecto a sus ofertas. Las aclaraciones que se soliciten y sus respuestas no podrán alterar la esencia de la oferta o el precio de la misma, ni violar el principio de igualdad entre los oferentes. Los oferentes deberán efectuar las aclaraciones que se le soliciten a su oferta, en un plazo no superior a 3 días corridos a contar de la formulación de la aclaración en el portal. Las respuestas que no puedan efectuarse a través del Portal, se deberán ingresar en la Oficina de Partes de la Municipalidad, en el plazo establecido.
A la adjudicación
En el caso que los oferentes quieran aclarar aspectos de la evaluación y /o adjudicación, podrán comunicarse vía correo con el contacto de la licitación indicado en la cláusula de las presentes bases. Las consultas efectuadas serán respondidas por correo electrónico al proveedor que realiza la consulta y junto con ello las preguntas y respuestas serán publicadas como anexos a la licitación.
Vigencia de la Oferta.
Los oferentes, con la sola presentación de sus ofertas, quedan obligados al mantenimiento de ellas durante un plazo de 90 días corridos desde la fecha de apertura de Licitación.
Las Boletas de Garantías de Seriedad de la Oferta serán devueltas a los oferentes una vez que se haya adjudicado la Licitación y firmado el Contrato. Los interesados deben solicitarlo previamente, por escrito, en carta a la Municipalidad o al correo electrónico secplanhualqui@yahoo.es, la que será ingresada en oficina de partes.
17.- EVALUACION Y ADJUDICACION:
17.1.- Objeto.
Al analizar y comparar las propuestas, se determinará si las mismas, cumplen con los términos y condiciones estipulados en los documentos de la Licitación y se fijarán los factores a considerar, con el objeto de seleccionar al adjudicatario.
17.2.- Adjudicación.
El proceso de adjudicación contempla las siguientes etapas:
a) El informe técnico.
La Municipalidad, designará una Comisión para la evaluación de ofertas, a través de Decreto Alcaldicio, el que estará conformado por el Director del DOM, SECPLAN y profesional SECPLAN, siendo éstos funcionarios titulares o subrogantes o quien los reemplace, embre del 20009 07.08.alidad de Hualquiquienes evaluarán las ofertas y emitirán un Informe Técnico en un plazo no superior a 15 días corridos, a contar de la fecha de la Apertura de la Licitación.
b) Decreto Alcaldicio de adjudicación.
Este Informe técnico, se someterá a consideración del Sr. Alcalde o quien lo subrogue, quien adjudicará la obra, por medio de Decreto Alcaldicio.
c) Notificación de la adjudicación
Una vez se haya adjudicado la Licitación, se procederá a publicar y comunicar la decisión al adjudicatario a través del Sistema de Información del Portal www.mercadopublico.cl, adquisición ID 5502-12-LP12, como asimismo a los demás oferentes que hubiesen participados en la Propuesta Pública y también mediante Carta Certificada al Oferente seleccionado y a todos los oferentes que presentaron Ofertas.
La notificación de adjudicación se entenderá realizada, una vez transcurridas 24 hrs., desde la publicación en el sistema informático de dicho acto administrativo.
d) Fecha de adjudicación.
En el caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación de las presentes bases de licitación, la municipalidad publicara una nueva fecha al portal www.mercadopublico.cl informando allí las razones del atraso.
e) Re adjudicación.
La municipalidad podrá en el caso que el oferente adjudicatario rehúse a suscribir el contrato o no haga entrega de la garantía de fiel cumplimiento de contrato en el plazo establecido para estos efectos o no cumpla con los requisitos para contratar establecidos en las presentes bases o se desista de su oferta o sea inhábil para contratar de acuerdo con los términos de la Ley 19.886 y su reglamento, adjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas, y así sucesivamente, además de hacer efectiva la boleta de la seriedad de la oferta. Este acto deberá ser aprobado por decreto alcaldicio y debe subirse al portal para conocimiento de todos los oferentes que presentaron ofertas y también por carta certificada.
f) Suscripción de Contrato y emisión de la correspondiente Orden de Compra.
17.3.- Criterio de Evaluación.
La referida Comisión, aplicará la pauta de evaluación que se indica más adelante, y conforme a ello, elaborará una nómina en que se consignarán las ofertas habilitadas en estricto orden de prelación, según el puntaje obtenido por cada una de ellas. Con lo anterior, la Comisión propondrá la adjudicación del oferente que, aplicando la pauta de evaluación, obtenga el mayor puntaje.
Criterio
|
Ponderación
|
Observación
|
Oferta Económica
|
50 %
|
Mayor ponderación a oferta más económica Formula a aplicar:
(menor oferta / oferta del oferente analizada )* 50%*100
|
Experiencia
|
40%
|
Mayor ponderación mayor experiencia expresadas en cantidad de metros cuadrados, debidamente acreditados por el mandante
(experiencia del oferente analizada / mayor experiencia)* 40%*100
|
Plazo de Entrega
|
10%
|
Mayor ponderación al menor plazo de entrega
(menor plazo/ plazo del oferente analizada)* 10%*100
|
De acuerdo a lo indicado en los Criterios de Evaluación de las presentes Bases, aquel o aquellos oferentes que no presenten antecedentes para la evaluación, será calificado con “0” (cero) ponderación, en el parámetro respectivo.
En la eventualidad de generarse un empate entre 2 o mas oferentes respecto a la evaluación final, se adjudicara al oferente que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio de precio, y en el caso que se mantenga la situación de empate, se establece como segundo mecanismo de desempate la adjudicación al oferente que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio experiencia.
La Municipalidad se reserva el derecho de verificar la autenticidad de la información contenida en todos los antecedentes incluidos en la oferta, quedando así mismo facultada para dejar inadmisible la oferta a aquellos oferentes, en que la referida información resulte ser falsa, incompleta, incongruente, inconsistente o discrepante o que no exista plena concordancia o equivalencia entre los antecedentes contenidos en la oferta.
La Comisión se reserva el derecho de calificar defectos de forma, omisiones o errores de menor importancia siempre que estos no alteren el tratamiento igualitario de los oferentes ni la correcta evaluación de las propuestas.
17.4.- Licitación Desierta.
En caso que en el acto de apertura las ofertas no cumplieren los requisitos establecidos en las presentes bases se declarará inadmisible la oferta. Y en el caso que no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses se declarara desierta, en ambos casos la Municipalidad deberá aprobarlo por Decreto Alcaldicio. En esta situación, se deberá efectuar una nueva licitación, conforme a lo dispuesto en la reglamentación vigente. La municipalidad publicara en el portal la resolución fundada ya sea que declare inadmisibilidad y/o declaración de desierto del proceso.
En general, el procedimiento de evaluación y adjudicación, se efectuará de acuerdo a lo establecido en el Título VI, Art. 20 de las Bases Administrativas Generales y el Reglamento de la Ley Nº19.886.
18.- CONTRATO:
El Adjudicatario deberá suscribir el contrato respectivo, dentro de los 10 días corridos desde el día hábil siguiente de la notificación de adjudicación a través del portal al oferente adjudicado, previa entrega de la boleta de fiel cumplimiento del contrato e ingresada en oficina de partes, así como para inscribirse en ChileProveedores, en caso que no lo éste. En el caso que no se suscribiese por cualquier causa que no sea imputable a la Municipalidad, no entrega de la boleta de fiel cumplimiento del contrato o no se inscriba en chileproveedores o se desista de su oferta o sea inhábil para contratar de acuerdo con los términos de la Ley 19.886 y su reglamento se entenderá desistimiento, por lo tanto, podrá dejar sin efecto el Decreto de Adjudicación, en cuyo caso se hará efectivo administrativamente, el documento de garantía de Seriedad de la Oferta y podrá proponer adjudicar a los otros proponentes en el orden de prelación de acuerdo al resultado de la evaluación o llamar a un nuevo proceso de licitación.
Cuando el Contratista haga entrega del documento señalado, se le devolverá la Boleta de Garantía por Seriedad de la Oferta. En caso que no cumpla este trámite, se hará efectiva la garantía de seriedad.
Los antecedentes legales para ser contratado, solo se requerirán al adjudicatario y deberán estar disponible en Chileproveedores y si se encuentra Hábil, no requiere presentar o bien ser entregados físicamente, junto con la Boleta de Fiel cumplimiento del Contrato.
En caso que el proveedor adjudicado no este inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Contratista de la Administración, Chileproveedores, estará obligado a inscribirse antes de la fecha de la firma del contrato. En caso que no lo haga, la Municipalidad podrá entender desistimiento de la oferta, pudiendo adjudicar al oferente que haya resultado como segundo mejor evaluado y así sucesivamente 0 llamar aún nuevo proceso.
19.- GARANTIAS:
Las boletas de garantía a que se hace referencia en este punto, deberán ser Boletas Bancarias de Garantía pagadera a la Vista tomadas en una institución bancaria chilena o con sucursal en Chile, pagaderas a la vista a su sola presentación y tener el carácter de irrevocable. Serán tomadas a nombre de la “Municipalidad de Hualqui”, R.U.T. Nº69.150.600-2, con una vigencia que indique a lo menos los días señalados en cada uno de los numerales de estas bases, en los que se mencionan. Así mismo, se debe indicar la glosa y el monto o su equivalencia, para la boleta de garantía. El oferente adjudicado será responsable siempre, de mantener vigente las Boletas de garantías. No se aceptarán documentos tomados por terceros.
- Garantía de Fiel cumplimiento del Contrato:
Boleta de Garantía Bancaria pagadera a la Vista a nombre de la MUNICIPALIDAD DE HUALQUI, por un monto equivalente al 10% del valor total del contrato y con una vigencia igual o superior, al plazo contractual aumentado en 90 días, a contar de la suscripción del contrato y la que se devolverá una vez que la Municipalidad sancione, por Decreto Alcaldicio, la Recepción Provisoria de la obra Contratada y previo canje por la Boleta de Garantía Bancaria de correcta ejecución de las obras.
Dicha garantía deberá llevar la siguiente glosa: “FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO: EMPASTADO CANCHA ESTADIO MUNICIPAL”
Esta boleta deberá caucionar además las “Obligaciones Laborales y Sociales con los trabajadores de la empresa contratante según el articulo 11, inciso primero de la ley 19866”.
- Garantía de Correcta Ejecución de las Obras:
Boleta de Garantía Bancaria pagadera a la Vista a nombre de la MUNICIPALIDAD DE HUALQUI, por un monto equivalente al 5% del valor total del Contrato, con una vigencia mínima de 14 meses, contados desde la fecha de Recepción Provisoria de la obra y la que será devolverá una vez sancionada la Liquidación Final del Contrato por Decreto Alcaldicio.
Dicha garantía deberá llevar la siguiente glosa: “CORRECTA EJECUCCION DE LAS OBRAS: EMPASTADO CANCHA ESTADIO MUNICIPAL”
En el caso de cobro de una de estas garantías derivado del incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que impone las presentes bases de licitación, el contratista deberá reponer la garantía por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza, dentro de los 5 días hábiles siguientes contados desde el cobro de la primera, so pena del término anticipado del contrato.
La Municipalidad de Hualqui, corroborará mediante la entidad Bancaria que corresponda, la autenticidad de cada una de las Garantías que sean presentadas en la presente Licitación.
Diez días antes del vencimiento de cualesquiera de las boletas de garantía antes señaladas, y sin que concurran las circunstancias que hagan procedente su devolución por parte de la Municipalidad, el Contratista deberá reemplazar la boleta pertinente, por una de iguales características y con la vigencia mínima exigida en cada uno de los casos.
La Municipalidad exigirá la renovación de las garantías ante la eventualidad de existir una modificación en los montos y plazos del contrato. Estas deberán ser ingresadas como requisito obligatorio para la tramitación de dicha modificación.
Toda devolución de documentos de garantías señaladas en este punto, deberá solicitarlo el interesado, por escrito a la Municipalidad, ingresando la petición a través de la oficina de partes.
20.- ENTREGA DE TERRENO:
La Dirección de Obras Municipales, comunicará al Contratista de la fecha fijada para la entrega de terreno.
21.- DEL PROYECTO:
La Municipalidad entrega los esquemas en carácter informativos. El proyecto definitivo de acuerdo a lo instalado indicando trazado real, será responsabilidad de la empresa contratista, la que deberá entregar todos los planos y las E.T. en carácter de definitivos debidamente certificados por un profesional competente, antes de solicitar la recepción provisoria de la obra
El contratista deberá ejecutar todas las partidas que resulte necesarias para materializar las obras, aunque no se haya considerado en el formato de oferta u oficial, dado que se trata de un contrato a suma alzada.
22.- FORMA DE PAGO:
Se efectuará de acuerdo al título X de las Bases Administrativas Generales. Los pagos por avance de obra se harán al contratista conforme a estados de pago, calculados de acuerdo al porcentaje de avance físico de la obra y a los precios del presupuesto detallado presentado por el contratista e incluido en el contrato y serán serán solventados por la SUBDERE.
Estos deberán considerar solamente, las obras ejecutadas. No se podrán presentar estados de
pago por materiales depositados al pie de la obra o por fabricación de elementos prefabricados. El Estado de Pago deberá tener el visto bueno de la ITO.
El contratista deberá solicitar los estados de pagos por escrito a la Municipalidad, adjuntando:
- Factura(s).
- Carátula de Estado de Pago.
- Estado de Avance distribuido por partidas.
- “Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales” y “Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales” del servicio contratado emitido por la Dirección del Trabajo.
- Certificación del cumplimiento de las obligaciones laborales y provisionales respecto de los trabajadores (Planillas de cotizaciones previsionales y/o planillas de pago de remuneraciones).
- Certificados de calidad emitidos por oficinas de control técnico que sean pertinentes para respaldar la calidad de los ítems que integran el estado de pago y los requeridos por la I.T.O. (cuando proceda).
- Otros exigidos por la I.T.O.
Para cursar el primer estado de pago no se solicitaran los puntos 4 y 5 y para el ultimo estado de pago; Finiquitos de los trabajadores que participaron en la obra.
El Contratista deberá considerar que los pagos se harán efectivo de acuerdo al avance físico de las obras, lo que deberá reflejarse en los estado de pago visados por la ITO, hasta completar un máximo de un 95% del monto total del contrato, quedando como mínimo un
5% pendiente hasta que obtenga la Recepción Provisoria de las Obras. De acuerdo a la programación de la transferencia de recursos según convenio respectivo.
El ITO, contará con un Plazo de 5 días hábiles para revisar y autorizar la cancelación de la Factura correspondiente al Estado de Pago, una vez que se haya ingresado toda la documentación solicitada en este punto.
De acuerdo al calendario de pago PMU 2012 los depósitos serán los siguientes.
CALENDARIO DE SOLICITUD DE GIROS PARA EL AÑO 2012
|
MES
|
RECEPCION SOLICITUDES DE GRIO HASTA
|
PUBLICACION SINIM
|
FECHA ESTIMADA POR LA DAF PARA DEPÓSITOS (*)
|
ENERO
|
3
|
9
|
13
|
ENERO
|
16
|
20
|
27
|
FEBRERO
|
2
|
8
|
14
|
FEBRERO
|
14
|
20
|
27
|
MARZO
|
2
|
8
|
14
|
MARZO
|
16
|
22
|
30
|
ABRIL
|
3
|
10
|
16
|
ABRIL
|
17
|
23
|
30
|
MAYO
|
4
|
10
|
17
|
MAYO
|
18
|
25
|
31
|
JUNIO
|
4
|
8
|
15
|
JUNIO
|
18
|
22
|
29
|
JULIO
|
4
|
10
|
18
|
JULIO
|
17
|
23
|
30
|
AGOSTO
|
6
|
10
|
17
|
AGOSTO
|
20
|
24
|
31
|
SEPTIEMBRE
|
3
|
7
|
16
|
SEPTIEMBRE
|
12
|
21
|
28
|
OCTUBRE
|
3
|
9
|
16
|
OCTUBRE
|
19
|
25
|
31
|
NOVIEMBRE
|
6
|
12
|
16
|
NOVIEMBRE
|
19
|
23
|
30
|
DICIEMBRE
|
3
|
7
|
14
|
DICIEMBRE
|
17
|
21
|
31
|
(*) Los depósitos a proyectos serán efectuados en las cuentas municipales a partir del día que se indica en el calendario y en un plazo máximo de 5 días hábiles.
Las solicitudes de giros se realizarán mediante oficio conductor dirigido a la jefatura del programa. El oficio identificará los documentos que adjunten y que deberán ser solamente los que se indican a continuación:
a) Ejecución de obras mediante licitación:
- Oficio conductor.
- Solicitud de giro en formato tipo para modalidad de licitación disponible en http://www.subdere.cl/1510/w3-article-8165.html y http://subonline.subdere.gov.cl
- Fotocopia simple de Decreto Alcaldicio que apruebe la adjudicación de la empresa que ejecutará las obras. Y en el cual se indique quien será la Unidad Ejecutora del Proyecto.
- Fotocopia simple del contrato de obras.
- Fotocopia simple del instrumento que garantice el fiel cumplimiento del contrato (Ej.: las boletas de garantía).
- Fotocopia simple del acta de entrega de terreno.
En esta oportunidad, el programa podrá girar hasta el 25% del valor total del proyecto.
En el caso que se presente el primer estado de pago con su respectiva factura, se girará lo que indique este documento.
- Oficio conductor indicando claramente que es lo que rinde del giro anterior y que es lo que indique este documento.
-Rendición del giro anterior en formato tipo de rendición para modalidad de licitación disponible en http://subdere.cl/1510/w3-article-81615.html y http://subonline.subdere.gov.cl
-Fotocopia simple de Decretos (s) de pago totalmente tramitado (s) acompañado (s) de su (s) respectiva (s) factura (s) referidas a las compras realizadas con el giro anterior.
-Fotocopia simple del estado de pago.
-Fotocopia simple de factura referida al estado de pago.
-Solicitud de giro en formato tipo de solicitud de giro para modalidad de licitación disponible en http://www.subdere.gov.cl y http://subonline.subdere.gov.cl
-Fotocopia simple del estado de pago con firma de la Unidad Técnica Ejecutora del Proyecto.
-Fotocopia simple de factura referida al estado de pago firmada por la Unidad Técnica Ejecutora del Proyecto.
-Fotografías que indiquen claramente el avance de la obra.
La SUBDERE retendrá el 5% del valor total del contrato hasta el envío de la recepción provisoria de obras, que deberá ser presentada firmada por la Unidad Ejecutora del Proyecto en la solicitud del último giro.
La SUBDERE publicará los depósitos en el portal SINIM de acuerdo al calendario de solicitud de remesas 2011. la SUBDERE publicará los depósitos históricos en el portal PMU On Line. http://subonline.subdere.gov.cl
DEL TÉRMINO DEL PROYECTO.
Se entenderá por proyecto terminado cuando el Municipio completare las obras y se le hubiese girado el 100% del valor aprobado o el valor del contrato, dependiendo de la modalidad de ejecución de las obras.
Para terminar administrativamente un proyecto en el Programa PMU es necesario remitir al correo electrónico cierre.pmu@subdere.gov.cl en formato PDF el siguiente documento:
- Ficha de Cierre en formato tipo disponible en http://www.subdere.cl/1510/w3-article-81615.html y http://subonline.subdere.gov.cl
En caso de existir multas o procedimientos administrativos pendientes ante la inspección del trabajo y/ o acciones judiciales presentadas, asociadas al contrato objeto de la presente licitación, no se cursará pago alguno a no ser que el contratista presente ante el municipio los documentos que acrediten haber solucionado la situación ante el organismo correspondiente.
En todo caso, una vez terminado el contrato objeto de la presente licitación, de existir reclamos o demandas por parte de los trabajadores de la empresa contratista y/ o subcontratistas que prestaron sus servicios, el Municipio en conformidad a lo dispuesto en el art. 72 de reglamento de la ley 19.886, quedad facultado para ejecutar la garantía de fiel cumplimiento del contrato, con la finalidad de caucionar el cumplimento de las obligaciones que se podrán originar respecto al art. 183 en todas sus letras de Código del Trabajo, si perjuicio a la facultad para retener estado de pago.
23.- INSPECCIÓN TÉCNICA:
La Inspección Técnica de las Obras estará a cargo de la Dirección de Obras Municipales, a través de un Inspector Técnico (I.T.O.), que se nombrará mediante el Decreto Alcaldicio correspondiente, y recaerá sobre un profesional competente, de acuerdo a la Ley General de Urbanismo y Construcciones, quién tendrá por función, fiscalizar el cumplimiento del Contrato, con todas las atribuciones que le otorga la Ley y de acuerdo a lo establecido en el Título XIII de las B.A.G.
El Contratista suministrará un libro foliado con hojas en triplicado, el cual deberá estar durante la ejecución, permanentemente en la obra, bajo custodia y responsabilidad del contratista, en el cual se dejará a lo menos constancia de:
- Las órdenes del ITO, la Unidad Técnica o la sostenedora que, dentro de los términos del contrato, se impartan al contratista.
- Las observaciones que se hagan acerca de la forma en que se ejecuten los trabajos.
- Las observaciones que pudieran estampar los proyectistas con la aprobación de la ITO.
- Cualquier otra comunicación de orden técnico que deba realizarse entre el contratista y la Unidad Técnica y/o ITO.
Dicho libro, deberá entregarse al momento de la firma del Acta de entrega de terreno, al igual que la programación financiera de la obra. La programación física definitiva, en caso de existir modificaciones en carta Gantt de la oferta, deberá entregarse en un plazo no superior a 7 días contados desde la fecha de inicio de las obras.
El Contratista deberá someterse a las órdenes o resoluciones que sobre las obras u otros aspectos del Contrato, imparta por escrito la I.T.O. en el libro de Obras, conforme a los términos y condiciones del Contrato.
Para el cierre final del proyecto la ITO deberá enviar el comprobante de ingreso de la última transferencia recibida acompañada por la ficha de cierre del proyecto debidamente suscrita, según lo indicado en el convenio respectivo.
24. MULTAS:
24.1 Si el contratista no cumple oportunamente con la disposición de mantener vigente las garantías por anticipo, fiel cumplimento del contrato y correcta ejecución de las obras se le aplicará una multa equivalente al 3/1000 (Tres por mil) diario sobre el valor total neto del contrato y sus modificaciones si las hubiere, por cada día de atraso, la que le será descontada en el estado de pago correspondiente.
24.2 Si el contratista no da cumplimiento a cualquier instrucción de la unidad técnica en el transcurso de la ejecución de la obra, se le aplicará una multa equivalente al 5/1000 (cinco por mil) diario sobre el valor total neto del contrato y sus modificaciones si las hubiere, por cada día de atraso, la que será descontada en el estado de pago correspondiente.
24.3 Si el contratista no diere término a la obra dentro del plazo contractual, deberá pagar una multa de 1/1000 (uno por mil) diario sobre el valor total neto del contrato y sus modificaciones si las hubiere, a partir del día siguiente al que venza el plazo contractual y hasta el día en que se haya dado correcto término a la obra.
El plazo máximo de atraso cual no puede ser su superior al 25% del plazo contractual. Si el contratista se excediere de éste plazo, se podrá dar término al contrato de acuerdo a lo establecido en el artículo 82 de las Bases Administrativas Generales.
El atraso de una obra será la diferencia expresa en días corridos que exista entre el término del plazo establecido en el contrato, más las ampliaciones de plazo concedidas, si las hubiese, y la fecha en que, verificada la conclusión de las obras materia del contrato, se dé curso por la Unidad Técnica de la Obra, a la solicitud de Recepción Provisoria de las mismas.
24.4 Si el contratista no diere cumplimiento de la solicitud de autorización para emplear subcontratista, o de la responsabilidad subsidiaria del Contratista, deberá pagar una multa de 1/1000 (uno por mil) diario sobre el valor total neto del contrato y sus modificaciones si las hubiere, desde la fecha que se detecta esta situación hasta que la situación sea normalizada, la que será descontada en el estado de pago correspondiente.
25.- ENCARGADO DE LA OBRA:
El contratista deberá proveer un Profesional competente que será el encargado de la obra, conforme a lo establecido en la OGUC.- y que cuente con el visto bueno de la ITO.
26.- DEL PERSONAL:
El Contratista deberá mantener mensualmente y durante la ejecución de la obra una cantidad no inferior al 85% del los trabajadores no calificados con residencia en la Comuna de Hualqui, quiénes deben estar inscritos en la Oficina Municipal de Inserción Laboral, lo cual debe ser certificado por el encargado de esta Oficina. Y en el caso de que no exista el porcentaje solicitado en la OMIL, esto deberá ser acreditado por la OMIL. La supervisión del cumplimiento, se efectuará mensualmente, a través de libro de asistencia y planillas de pago y/o previsionales por la ITO.
27.- LETRERO DE IDENTIFICACION DE LAS OBRAS:
Se consulta la confección e instalación de un letrero, el cual será proporcionado al oferente adjudicado por parte de la SECPLAN y el que se encuentra disponible en la pág. www.subdere.cl. La ubicación del letrero, será indicado por la ITO., en terreno.
Este deberá ser instalado dentro de los primeros 15 días corridos, a contar de la fecha de Entrega de Terreno.
Por cada día de atraso en la instalación del letrero, el Contratista deberá pagar una multa equivalente a $20.000.- (veinte mil pesos), que se descontará del estado de pago inmediato.
28.- AMPLIACIÓN DEL PLAZO:
En caso que el contratista invoque como causal de ampliación del plazo, aumentos de obras ordenados por la Unidad Técnica, situaciones de fuerza mayor o caso fortuito, éstas deberán ser calificadas por el ITO (Inspector Técnico de Obras), la unidad técnica y/o la sostenedora, quien resolverá sobre su aprobación o rechazo.
Sin perjuicio de lo anterior, las modificaciones de contrato, como aumentos, disminuciones, paralización temporal de obras, obras extraordinarias o ampliación de plazo, están sujetas a las disposiciones establecidas en el Título XI de las Bases Administrativas Generales.
29.- RECEPCION PROVISORIA:
Para proceder a efectuar la recepción provisoria de la Obra, deberá hacerlo en forma independiente. El Contratista, una vez terminada la misma, deberá solicitar dicho trámite por escrito a la I.T.O., de acuerdo a lo estipulado en las Bases Administrativas Generales, Bases Administrativas Especiales, y demás antecedentes que forman parte del Contrato y con la documentación exigida por la I.T.O.
El Inspector Técnico verificará la fecha de término real de los trabajos, para lo cual se constituirá en terreno y tendrá un plazo de 5 días, a partir de la fecha de entrega de la solicitud, para informar por escrito a la Unidad Técnica la fecha de término real de los trabajos, autorizando la recepción provisoria de la obra por la Comisión.
La comisión, nombrada por Decreto, tiene un plazo de 15 días para constituirse en
terreno, a contar del término de la obra, certificado por el Inspector Técnico.
La comisión una vez verificado en terreno la ejecución de las obras de acuerdo a contrato, tendrá un plazo de 7 días para levantar su informe "Acta de Recepción", la que será suscrita por los miembros de ella y el contratista, si lo deseara.
Si del acto de recepción de las obras, resulta que los trabajos no están terminados o no se ejecutaron de acuerdo a planos, especificaciones técnicas y reglas de la técnica, o se han empleado materiales defectuosos o inadecuados, la comisión no dará curso a la recepción provisoria y elevará un informe detallado a la Dirección de Obras, la cual notificará al contratista, quien ejecutará a su costo los trabajos que faltan o las reparaciones que ella determine y le serán aplicadas las multas por atraso a contar de la fecha en que ingresó la notificación de término de la obra.
Si de la Recepción de las obras, la Comisión determina que los trabajos adolecen de
defectos fácilmente reparables, recepcionará las obras con reservas, levantando un "Acta de Recepción Provisoria con Observaciones", detallando éstas y fijando un plazo para que el contratista ejecute a su costo los trabajos requeridos, el plazo adicional otorgado por la Comisión no podrá exceder del 25% del plazo contractual y no estará afecto a multas.
Si el contratista no estuviese de acuerdo con el texto del acta; deberá formular sus
observaciones por escrito en el término de 5 días corridos.
El Inspector Técnico, deberá certificar el cumplimiento de las observaciones formuladas por la Comisión, dentro del plazo fijado para ello y deberá informarlo por escrito a la Unidad Técnica.
Una vez subsanadas las observaciones dentro del plazo establecido, la Comisión procederá a su recepción y a levantar un acta dejando constancia del cumplimiento de las correcciones técnicas ordenadas, y de la fecha de término real de las obras.
Si el Contratista hubiere excedido el plazo otorgado por la Comisión, esos días adicionales estarán afectos a multas de acuerdo a los ptos. 24.3 de las presentes bases, de lo cual se dejará constancia en el acta de recepción.
En ningún caso podrá la empresa excusar su responsabilidad por los trabajos defectuosos o negarse a construirlos bajo pretexto de haber sido aceptados por el I.T.O. de la obra, reconstrucción que será obligatoria efectuar.
Si aún así, la empresa no subsanare o se negare a subsanar las observaciones que se le formulen, la Municipalidad podrá contratar directamente los trabajos requeridos por cuenta y cargo de la empresa haciendo efectivas todas las garantías que obren en su poder, sin perjuicio de sanciones adicionales que determine el Municipio.
Efectuada la Recepción Provisoria conforme, se ordenará la cancelación del último Estado de Pago, de acuerdo al punto 22 de las presentes Bases.
Este procedimiento se efectuará conforme a lo establecido en el artículo 74º al 78º de las Bases Administrativas Generales.
30.- RECEPCION DEFINITIVA Y LIQUIDACIÓN FINAL:
La Recepción Definitiva se efectuará una vez transcurrido el plazo estipulado en las Bases Especiales y se procederá a efectuar la Liquidación del Contrato.
La Recepción Definitiva se efectuará 12 meses contados desde la fecha del Acta de Recepción Provisoria, previa solicitud del Contratista y con la misma solemnidad y procedimiento que la recepción provisoria.
Esta última recepción, tiene por objeto que la Unidad Técnica, la cual será sancionada por decreto, verifique todas las posibles fallas o errores constructivos que no eran posibles de visualizar al momento de la recepción provisoria anteriormente definida, pero que transcurrido un plazo prudente y razonable pudiesen aparecer. Esta recepción final, en ningún caso exime la responsabilidad legal que le compete al contratista por el plazo de 5 años de ejecutada la obra.
La Municipalidad inspeccionará la obra y en caso de no encontrar reparos levantará un Acta, dejando constancia que recibe definitivamente la obra. Esta Acta deberá ser suscrita por la Comisión Receptora y el Contratista.
Si la Comisión tuviese reparos u observaciones imputables a defectos de construcción respecto de la obra o mala calidad de los materiales empleados, deberá dejar constancia de ello en el Acta y el Contratista deberá subsanar esos reparos u observaciones a su costo, dentro del plazo que la Comisión le fije para ello, a contar de la fecha del Acta. Todo lo anterior, sin perjuicio de la responsabilidad ante la Ley, por vicios ocultos de construcción que resulten y se detecten con posterioridad a la recepción Definitiva.
El resto del procedimiento se efectuará conforme a lo establecido en el artículo 79º y 80º de las Bases Administrativas Generales.
31.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA:
El Contratista estará obligado a cumplir con lo estipulado en el contrato y sus documentos anexos, por lo cual toda obra que presente falla o vicios constructivos deberá ser demolida, reparada o reconstruida por su cuenta y cargo.
El Contratista será el único responsable de la obra frente a la Municipalidad y terceros. Todo daño o perjuicio de cualquier naturaleza no atribuible a un fenómeno natural, que con motivo de la ejecución de la obra, se ocasione a bienes nacionales de uso público, señalizaciones, mobiliario urbano o bienes de terceros, será de exclusiva responsabilidad del Contratista, debiendo repararlos a su costo.
De acuerdo a la Ley Nº18.290 de Tránsito, en el artículo 177, estable una presunción legal de responsabilidad por los daños que se causaren con ocasión de un accidente que sea consecuencia del mal estado de las vías públicas o de su señalización, en contra de la Municipalidad respectiva o del Fisco. El artículo 102 del mismo cuerpo legal indica que todo aquel que ejecute trabajos en la vía pública, estará obligado a colocar y mantener por su cuenta de día y noche, la señalización de peligro y tomar las medidas de seguridad adecuadas a la naturaleza de los trabajos. Se agrega además una responsabilidad solidaria por el incumplimiento de los señalado, entre quienes encarguen la obra y quienes la ejecuten, dado lo anterior, cualquier suma que la Municipalidad deba cancelar como consecuencia de daños a personas y o bienes materiales, debido al incumplimiento de estos artículos, será en última instancia de cargo del Contratista.
El Contratista debe cumplir con todas las disposiciones pertinentes de la Ley Nº16.744, sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, aparte de las disposiciones del artículo 66 bis que se indica y además deberá cumplir con la normativa vigente relativa a la Ley Nº 20.123 y Reglamento que regula el trabajo en régimen de subcontratación, el funcionamiento de empresas de servicios Transitorios y el Contrato de Trabajo de Servicios Transitorios.
Respecto de Subcontratos, el Contratista podrá subcontratar parte de las obras, previa solicitud escrita en el Libro de Obra dirigida al Inspector Técnico con los antecedentes y especialidades de la empresa subcontratista que considere en la obra y que requerirá de parte del ITO, la autorización para su incorporación a las faenas , pero entendiéndose, en todo caso que el Contratista queda responsable de todas las obligaciones contraídas con la Municipalidad, indicadas en el Contrato y en las presentes Bases, como asimismo el cumplimiento del Código del Trabajo en relación a la cancelación de las remuneraciones e imposiciones previsionales de los trabajadores del subcontratista, situación que eventualmente será fiscalizada por la Municipalidad y que estará afecta a multas y teniéndose presente el Titulo XVIII de las Bases administrativas Generales. Si la empresa contratista fuere sorprendida en obra con subcontratista no autorizados por el ITO, será multada según el 24.4 de las presentes bases además se descontara del estado de pago mas próximo a la fecha de la sanción las obras ejecutadas por el subcontratista sorprendido sin autorización.
32.- MODIFICACION DEL CONTRATO.
El Contrato no podrá sufrir modificaciones en su monto, por aumentos o disminuciones del Contrato y/u otras causales (presupuestarias, administrativas, técnicas, etc.) que no sean autorizadas por el Mandante, ciñéndose al mismo trámite administrativo de aprobación del Contrato original.
33.- DOCUMENTOS INTEGRANTES DE LA LICITACION:
Antecedentes Administrativos.
01.- Decreto Nº4382 y Bases Pág. 1 y Pág. 1-31
Administrativas Generales.
02.- Decreto N°2427 Aprueba Bases proyecto Pág. 1-2
03.- Bases Administrativas Especiales. Pág. 1-26
04.- Formatos 1- 4 Pág. 1-4
05.- Formato A y C Pág. 1-3
Antecedentes Técnicos Proyecto.
06.- Especificaciones Técnicas Pág. 1-6
07.- Formato Presupuesto Detallado por Partidas Archivo Excel
08- Lamina de drenes y Riego Lámina 1
Antecedentes Aprobaciones Proyecto.
09.- Manual de usuario Sistema PMU en línea Pág.1-25
10.- Manual de Procedimientos del PMU (Versión 2). Pág.1-6
11.- Instructivo PMU 2012_versión_5.0 Pág.1-10
12- Formulario PMU Hojas 5
13.- Ord. 6723 Aprobación SUBDERE Pág.1