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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
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Por otra parte, de conformidad a lo establecido en el artículo 56 del Decreto Nº
661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, citado en el Vistos, una vez realizada la
apertura electrónica de las ofertas, la Comisión de Evaluación a que hace
referencia el punto 3.4.7 podrá solicitar a los Oferentes que salven errores u
omisiones formales, siempre que las rectificaciones de dichos vicios u omisiones
no les confieran a esos Oferentes una situación de privilegio respecto de los demás
competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a
las bases y de igualdad de los Oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto
de los Oferentes a través del Sistema de Información y Gestión de Compras y
Contrataciones del Estado.
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Pacto de integridad |
La presentación de una oferta implica, para quien la formule, la aceptación del
presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas las estipulaciones
que se indican a continuación, tanto durante el proceso licitatorio como durante la
contratación:
i. El Oferente respetará los derechos fundamentales de sus trabajadores,
entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República,
en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo
485 del Código del Trabajo. Asimismo, respetará los derechos humanos, evitando
toda acción u omisión que dé lugar o contribuya a generar efectos adversos a ellos
y subsanará tales efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios
Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
ii. El Oferente no ofrecerá, no concederá, ni intentará ofrecer o conceder sobornos,
regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto,
a funcionario público alguno relacionado con su oferta, con el proceso de licitación
pública o con la ejecución del contrato que eventualmente derive de ella, tampoco
las ofrecerá o concederá a terceros que pudiesen influir directa o indirectamente en
tales procesos.
iii. El Oferente no llegará ni intentará llegar a acuerdos, tampoco realizará
negociaciones, actos o conductas, que tengan por objeto influir o afectar, de
cualquier forma, la libre competencia, especialmente, aquellos de tipo o naturaleza
colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
iv. El Oferente revisará y verificará la veracidad, integridad, legalidad, consistencia,
precisión y vigencia de toda la información y documentación que presente para
efectos del presente proceso licitatorio.
v. El Oferente ajustará su actuar y cumplirá con los principios de legalidad, probidad
y transparencia en el presente proceso licitatorio.
vi. El Oferente adoptará las medidas que sean necesarias para que las estipulaciones
señaladas sean cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores, agentes,
subcontratistas, y, en general, por cualquier persona con quien se relacione, directa
o indirectamente, en virtud o como efecto de la presente licitación, siendo
responsable de las consecuencias de su infracción por parte de éstas. Lo anterior,
sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y fuesen
determinadas por los organismos correspondientes.
La contravención de alguna de las estipulaciones señaladas en este punto se
considerará como un incumplimiento grave de la contratación, para efectos de lo
dispuesto en el punto 3.6.10.
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