Licitación ID: 85-27-LR18
Suministro de raciones alimenticias
Responsable de esta licitación: JUNTA NACIONAL DE AUXILIO ESCOLAR Y BECA, JUNTA NACIONAL DE AUXILIO ESCOLAR Y BECA
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 2
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Productos o servicios
1
Servicios de suministro de alimentos 1 Unidad
Cod: 93131608
Contratar el servicio de suministro de raciones alimenticias, correspondiente a desayunos, onces, almuerzos, cenas, colaciones, tercer servicio, entre otras. LINEA 2.  

2
Servicios de suministro de alimentos 1 Unidad
Cod: 93131608
Contratar el servicio de suministro de raciones alimenticias, correspondiente a desayunos, onces, almuerzos, cenas, colaciones, tercer servicio, entre otras. LINEA 1.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Suministro de raciones alimenticias
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Contratar el servicio de suministro de raciones alimenticias, correspondiente a desayunos, onces, almuerzos, cenas, colaciones, tercer servicio, entre otras, en las unidades territoriales que JUNAEB determine. El volumen de raciones alimenticias diarias a licitar, alcanza una cantidad estimada de 1.527.804 de las cuales: corresponden a la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas JUNAEB 1.235.768, a la Junta Nacional de Jardines Infantiles JUNJI 205.635 y a Integra 86.401. Cabe señalar que, de acuerdo a lo dispuesto en el título “De las situaciones especiales” de las bases administrativas y el subtítulo “Sistemas de servicios de alimentación en contingencias y emergencias” de las bases técnicas operativas, JUNAEB, JUNJI o Integra entregarán raciones de emergencia en coordinación con los organismos estatales que organicen e implementen acciones frente a situaciones de emergencia y catástrofe.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 5.000 UTM (LR)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Dos Etapas
Toma de razón por Contraloría:
Sí requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas no serán de público conocimiento una vez adjudicada la licitación.
RESGUARDO DE INFORMACION FINANCIERA
2. Organismo demandante
Razón social:
JUNTA NACIONAL DE AUXILIO ESCOLAR Y BECA
Unidad de compra:
JUNTA NACIONAL DE AUXILIO ESCOLAR Y BECA
R.U.T.:
60.908.000-0
Dirección:
MONJITAS 565 - PISO 6 - SANTIAGO CENTRO
Comuna:
Santiago Centro
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 08-11-2018 16:00:00
Fecha de Publicación: 03-10-2018 15:48:43
Fecha inicio de preguntas: 04-10-2018 10:00:00
Fecha final de preguntas: 11-10-2018 23:59:00
Fecha de publicación de respuestas: 22-10-2018 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 08-11-2018 16:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 12-11-2018 10:00:00
Fecha de Adjudicación: 12-02-2019 17:49:15
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- DE ACUERDO A TODOS LOS ANEXOS INDICADOS EN EL TITULO 7.4 DENOMINADO ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS
Documentos Técnicos
1.- DE ACUERDO A TODOS LOS ANEXOS INDICADOS EN EL TITULO 7.5 DENOMINADO ANTECEDENTES TECNICOS, LETRAS A. Y B.
 
Documentos Económicos
1.- DE ACUERDO A TODOS LOS ANEXOS INDICADOS EN EL TITULO 7.6 DENOMINADO A DE LOS NTECEDENTES ECONOMICOS
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 EVALUACION ADMINISTRATIVA EVALUACION ADMINISTRATIVA, EQUIVALENTE A 4,5% DE ACUERDO A BASES DE LICITACION. PLATAFORMA NO PERMITE PONER DECIMALES 5%
2 EVALUACION TECNICA EVALUACION TECNICA, EQUIVALENTE A 95,5% DE ACUERDO A BASES DE LICITACION. PLATAFORMA NO PERMITE PONER DECIMALES 95%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: JUNTA NACIONAL DE AUXILIO ESCOLAR Y BECAS
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 46 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: BEATRIZ MÁRQUEZ
e-mail de responsable de pago: FACTURAS@JUNAEB.CL
Nombre de responsable de contrato: JAIME TOHA LAVANDEROS
e-mail de responsable de contrato: NESTOR.SALINAS@JUNAEB.CL
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-26300000-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: JUNTA NACIONAL DE AUXILIO ESCOLAR Y BECAS
Fecha de vencimiento: 08-04-2019
Monto: 75000000 Peso Chileno
Descripción: El oferente deberá entregar en la Oficina de Partes de la Dirección Nacional, ubicada en Monjitas N°565, piso 6, comuna de Santiago, región Metropolitana, una caución o garantía de seriedad de la oferta tomada a la vista y con carácter de irrevocable, en el plazo establecido en el título denominado “Etapas y plazos”. Los oferentes que participen en la línea Nº1 deberán presentar una caución por $75.000.000 (setenta y cinco millones de pesos), en tanto que los oferentes que participen en la línea Nº2 deberán presentar una caución por $20.000.000 (veinte millones de pesos) o, en ambos casos, su equivalente en Unidad de Fomento (UF), y extendida en forma nominativa, a la orden de la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas, RUT 60.908.000-0, con una vigencia no inferior a 150 días corridos contados desde el día siguiente de la fecha de cierre de recepción de ofertas, señalada en el portal Mercado Público. La garantía debe contener la siguiente glosa: “Para garantizar la seriedad de las ofertas de la propuesta ID 85-27-LR18, línea x” (individualizando la línea a la cual corresponde la garantía presentada). La garantía podrá otorgarse física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la ley Nº 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma. En el evento que el oferente presente una póliza de seguro para garantizar la seriedad de la oferta, ésta para cumplir con el requisito de ser a la vista, deberá ser pagada a primer requerimiento, frente a la sola solicitud del pago por parte de JUNAEB, sin establecer ninguna condición para pagar, de conformidad a lo dispuesto en el inciso 3° del artículo 583 del Código de Comercio, y el pago de la indemnización al asegurado debe efectuarse dentro del plazo máximo de 30 días corridos, sin que la oposición de excepciones pueda ser invocada para condicionar o diferir dicho pago. Asimismo deberá adjuntar el comprobante del pago de la respectiva prima. La póliza no podrá incluir liquidador ni cláusula de arbitraje. JUNAEB podrá verificar en la entidad emisora de la caución o garantía de seriedad de la oferta, la autenticidad de los documentos presentados por los oferentes. Tratándose de unión temporal de proveedores, la garantía de seriedad de la oferta podrá ser constituida por cualquiera de sus miembros o por un tercero a su nombre, debiendo cumplir cabalmente con todas las exigencias establecidas en el presente título. La falta de presentación de la garantía de seriedad de la oferta, en la oportunidad indicada en el título 3 denominado “Etapas y plazos” de las presentes bases administrativas, dará lugar al rechazo de la oferta en el proceso de apertura electrónica realizada a través del portal www.mercadopublico.cl y a su vez será declarada inadmisible mediante resolución fundada de JUNAEB. Esta garantía se hará efectiva, en los siguientes casos: a. Desistimiento de la oferta dentro del período de validez exigido para la misma. b. Retiro de la oferta una vez adjudicada y previo a la suscripción del contrato. c. No presentación de garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, en el plazo establecido en el titulo denominado “Etapas y plazos”, de las bases administrativas. d. No suscripción del contrato por parte del adjudicatario. e. Adulteración o falta de verosimilitud de los antecedentes o del contenido de la oferta. f. No inscripción del adjudicatario en el registro de Chileproveedores o en el portal www.mercadopublico.cl, dentro de los plazos establecidos para ello en subtítulo denominado 15.2 “Inscripción en el registro electrónico oficial de proveedores o en el portal www.mercadopublico.cl”, de las bases administrativas. g. No entrega por parte del adjudicatario de la documentación exigida por las presentes bases de licitación para la suscripción del contrato dentro de los plazos establecidos en el título 15 denominado “De los contratos”, de las presentes bases administrativas, cuando corresponda. Esta causal también será aplicable para aquellos casos en que JUNAEB hubiere solicitado al adjudicatario, la corrección de reparos a la documentación presentada y este nos los efectúe dentro del plazo señalado en el título mencionado precedentemente. h. Si uno o más miembros de la UTP fuere inhábil y ésta desistiera de seguir participando de este proceso licitatorio o de la suscripción del contrato, o si habiendo manifestado su intención de continuar o contratar, quien se retira es alguno de los miembros que reúne una o más características objeto de la evaluación. i. Si durante el proceso de evaluación o una vez adjudicada la UTP alguno de sus miembros se retira y no es viable la continuidad de la UTP. j. Si una vez adjudicada la UTP no presentara el acuerdo de constitución, materializado por escritura pública, dentro del plazo de 10 días corridos. Sin perjuicio de las demás exigencias generales contenidas en el subtítulo 7.2, denominado “Normas especiales para la presentación de ofertas como unión temporal de proveedores (UTP)” de las presentes bases administrativas. k. Disolución de la UTP, durante el proceso licitatorio y antes de la suscripción del contrato si hubiera sido adjudicada. En caso de configurarse cualquiera de las causales anteriormente señaladas, JUNAEB rechazará la oferta o dejará sin efecto su adjudicación y hará efectiva la garantía de seriedad de la oferta, procediendo a re-adjudicar de conformidad con lo dispuesto por el título 14 denominado “De la re-adjudicación” de las bases administrativas, en caso de que fuere procedente. De dicha situación, se dejará constancia mediante resolución fundada, la que será publicada en el portal www.mercadopublico.cl.
Glosa: “Para garantizar la seriedad de las ofertas de la propuesta ID 85-27-LR18, línea x” (individualizando la línea a la cual corresponde la garantía presentada).
Forma y oportunidad de restitución: La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles, se efectuará dentro del plazo de diez días contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad, informada a través del portal de Mercado Público. Para los oferentes cuyas ofertas hayan sido desestimadas, la devolución de las garantías de seriedad de la oferta se efectuará posterior a la fecha de suscripción de los contratos con las empresas adjudicadas. En la eventualidad que deba aplicarse procedimiento de re-adjudicación, la devolución de garantías se realizará posterior a la suscripción de los nuevos contratos. Para los oferentes que hayan resultado adjudicados, la devolución se realizará a los 10 días hábiles siguientes a la fecha de suscripción del contrato. Sin perjuicio de lo anterior, los plazos podrán extenderse, de conformidad a lo dispuesto en el título denominado, “De la adjudicación” y título “De la re-adjudicación”, de las presentes bases administrativas.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: JUNTA NACIONAL DE AUXILIO ESCOLAR Y BECAS
Fecha de vencimiento: 28-02-2020
Monto: 5 %
Descripción: Todos aquellos oferentes cuyas ofertas hubieren resultado adjudicadas, deberán presentar por cada uno de los contratos a suscribir, en la Dirección Nacional de JUNAEB, ubicada en Monjitas N°565, piso 6, comuna de Santiago, región Metropolitana de Santiago, dentro del plazo indicado en el título 3 de las bases administrativas denominado “Etapas y plazos”, una caución o garantía de fiel cumplimiento del contrato, con el objeto de garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones contractuales y en caso de ser procedente, cubrir el pago de multas que pudieran originarse y de las deudas originadas por concepto de ajustes, así como cubrir el oportuno cumplimiento de prestaciones laborales y previsionales, durante la ejecución del contrato. Esta caución deberá ser extendida en forma nominativa, pagadera a la vista, que asegure el pago de la garantía de manera rápida y efectiva, y de carácter irrevocable, a nombre de la JUNTA NACIONAL DE AUXILIO ESCOLAR Y BECAS, Rol único tributario N° 60.908.000-0, debiendo contener la siguiente glosa “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, prestaciones laborales y previsionales, deudas por concepto de ajustes y multas en el marco de la propuesta pública ID 85-27-LR18”. En el evento que el oferente presente una póliza de seguro para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, ésta para cumplir con el requisito de ser a la vista, deberá ser pagada a primer requerimiento, frente a la sola solicitud del pago por parte de JUNAEB sin establecer ninguna condición para pagar, de conformidad a lo dispuesto en el inciso 3° del artículo 583 del Código de Comercio, y el pago de la indemnización al asegurado debe efectuarse dentro del plazo máximo de 30 días corridos, sin que la oposición de excepciones pueda ser invocada para condicionar o diferir dicho pago. Asimismo, deberá adjuntar el comprobante del pago de la respectiva prima. La póliza no podrá incluir liquidador ni cláusula de arbitraje. Los valores y vigencia de la garantía de fiel cumplimiento del contrato que deberá presentar el adjudicatario, se describen en las siguientes tablas: AÑO PLAZO DE PRESENTACIÓN FECHA DE VIGENCIA VALOR DE LA CAUCIÓN* AÑO 2019 Hasta el 10° día hábil contado desde el día siguiente de la fecha de notificación de adjudicación a través del portal Mercado Público. 28 febrero 2020 5% AÑO 2020 Al menos 10 días hábiles de anticipación al vencimiento de dichas garantías extendidas para cada año de servicio 29 febrero 2021 5,5% AÑO 2021 Al menos 10 días hábiles de anticipación al vencimiento de dichas garantías extendidas para cada año de servicio 31 de diciembre de 2022 6% *El valor de la caución dice relación con el valor anual del contrato. El monto de las garantías que se deberán presentar, se podrán expresar en pesos chilenos o su equivalente en unidad de fomento (UF), por cada año de ejercicio contractual. Aquellos oferentes que opten por presentar Póliza de Seguros para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones del contrato, deberán adoptar las medidas necesarias en orden a que dicho documento mercantil otorgue cobertura de los eventuales incumplimientos incurridos respecto de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del prestador así como el pago de multas que pudieran originarse y ajustes. Si dentro del plazo indicado en el título de las bases administrativas denominado 3 “Etapas y plazos”, el adjudicatario no entregare la garantía de fiel cumplimiento de contrato, se tendrá por desistido de su oferta, y JUNAEB podrá hacer efectiva la garantía de seriedad de la misma y re-adjudicar, de conformidad con lo establecido en el título denominado “De la re-adjudicación”, de las bases administrativas. Las cauciones deberán renovarse bajo apercibimiento de incurrir en causal de término anticipado de contrato, de conformidad a lo estipulado en el titulo denominado “Del término anticipado del contrato”. Al efecto JUNAEB avisará en el mes de enero de cada año, mediante carta, el monto de la caución o garantía correspondiente. No obstante lo anterior, es de entera responsabilidad del prestador, informarse de esta circunstancia; por lo que la no recepción de dicha carta, no eximirá de la obligación de reemplazar la caución dentro de los plazos señalados en tabla de garantía, comprendida en el presente título. En caso que la ejecución de los servicios se prolongue más allá del plazo de vigencia inicial del contrato, el adjudicatario deberá reemplazar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento con una anticipación de al menos 10 días hábiles a su vencimiento, por otra de las mismas características y monto, y con una vigencia que exceda en a lo menos 200 días hábiles contados desde el término de vigencia del contrato modificado. La garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato podrá ser presentada a cobro cuando el adjudicatario no cumpla con las obligaciones y/o los plazos que establezcan en las bases, la oferta correspondiente y/o el contrato respectivo, con las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores en caso de contrataciones de servicios, ajustes y/o las multas que se impusieren, en cuyo caso JUNAEB queda desde ya autorizado para su presentación a cobro, administrativamente, sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna. Sin perjuicio de lo anterior, JUNAEB procederá a hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato, especialmente, en los siguientes casos: a. Cuando el adjudicatario se desista de la oferta o renuncie al suministro o prestación de los servicios adjudicados, previo a la celebración del respectivo contrato; b. No pago total o parcial de multas ejecutadas en virtud de incumplimientos contractuales y/o los ajustes. En este caso, el adjudicatario deberá renovar la caución por el monto total y período de su vigencia original, debiendo presentarla en un plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la notificación que ejecuta la garantía. c. Que se ponga término anticipado al contrato, por causa imputable al adjudicatario d. Incumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales del personal asignado a prestar servicios en la ejecución de la presente licitación. e. Por incumplimiento de los puntos 1, 2, 4 y 7 del Pacto de Integridad, sin perjuicio del término anticipado del contrato y demás sanciones que establezca el ordenamiento jurídico. Toda vez que JUNAEB ejecute la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, el prestador deberá hacer entrega de una nueva caución, en el plazo de 10 días hábiles contados desde el día hábil siguiente de la notificación de cobro, la cual debe cumplir con los requisitos ya señalados en el presente título. En el evento que el prestador no entregue esta nueva garantía, JUNAEB estará facultada para poner término anticipado del contrato. 10.2.1. Reemplazo de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato. Durante la ejecución del contrato, el prestador podrá solicitar a JUNAEB fundadamente, el reemplazo de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato consignada, por otro instrumento distinto al entregado al inicio del contrato o período respectivo, siempre y cuando, cumpla con los requisitos establecidos en el presente título.
Glosa: “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, prestaciones laborales y previsionales, deudas por concepto de ajustes y multas en el marco de la propuesta pública ID 85-27-LR18”.
Forma y oportunidad de restitución: Las garantías serán devueltas a los adjudicatarios, una vez vencido su plazo de vigencia o cuando se hayan cumplido la totalidad de las obligaciones establecidas en las presentes bases y/o contrato. Dicha garantía podrá ser presentada a cobro cuando el adjudicatario no cumpla con las obligaciones que establezcan en las presentes bases, las ofertas correspondientes y/o el contrato respectivo, con las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores en caso de contrataciones de servicios y/o las multas que se impusieren, en cuyo caso JUNAEB queda desde ya autorizado para su presentación a cobro, administrativamente, sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna.
   
Beneficiario: JUNTA NACIONAL DE AUXILIO ESCOLAR Y BECAS
Fecha de vencimiento: 28-02-2021
Monto: 5,5 %
Descripción: Todos aquellos oferentes cuyas ofertas hubieren resultado adjudicadas, deberán presentar por cada uno de los contratos a suscribir, en la Dirección Nacional de JUNAEB, ubicada en Monjitas N°565, piso 6, comuna de Santiago, región Metropolitana de Santiago, dentro del plazo indicado en el título 3 de las bases administrativas denominado “Etapas y plazos”, una caución o garantía de fiel cumplimiento del contrato, con el objeto de garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones contractuales y en caso de ser procedente, cubrir el pago de multas que pudieran originarse y de las deudas originadas por concepto de ajustes, así como cubrir el oportuno cumplimiento de prestaciones laborales y previsionales, durante la ejecución del contrato. Esta caución deberá ser extendida en forma nominativa, pagadera a la vista, que asegure el pago de la garantía de manera rápida y efectiva, y de carácter irrevocable, a nombre de la JUNTA NACIONAL DE AUXILIO ESCOLAR Y BECAS, Rol único tributario N° 60.908.000-0, debiendo contener la siguiente glosa “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, prestaciones laborales y previsionales, deudas por concepto de ajustes y multas en el marco de la propuesta pública ID 85-27-LR18”. En el evento que el oferente presente una póliza de seguro para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, ésta para cumplir con el requisito de ser a la vista, deberá ser pagada a primer requerimiento, frente a la sola solicitud del pago por parte de JUNAEB sin establecer ninguna condición para pagar, de conformidad a lo dispuesto en el inciso 3° del artículo 583 del Código de Comercio, y el pago de la indemnización al asegurado debe efectuarse dentro del plazo máximo de 30 días corridos, sin que la oposición de excepciones pueda ser invocada para condicionar o diferir dicho pago. Asimismo, deberá adjuntar el comprobante del pago de la respectiva prima. La póliza no podrá incluir liquidador ni cláusula de arbitraje. Los valores y vigencia de la garantía de fiel cumplimiento del contrato que deberá presentar el adjudicatario, se describen en las siguientes tablas: AÑO PLAZO DE PRESENTACIÓN FECHA DE VIGENCIA VALOR DE LA CAUCIÓN* AÑO 2019 Hasta el 10° día hábil contado desde el día siguiente de la fecha de notificación de adjudicación a través del portal Mercado Público. 28 febrero 2020 5% AÑO 2020 Al menos 10 días hábiles de anticipación al vencimiento de dichas garantías extendidas para cada año de servicio 29 febrero 2021 5,5% AÑO 2021 Al menos 10 días hábiles de anticipación al vencimiento de dichas garantías extendidas para cada año de servicio 31 de diciembre de 2022 6% *El valor de la caución dice relación con el valor anual del contrato. El monto de las garantías que se deberán presentar, se podrán expresar en pesos chilenos o su equivalente en unidad de fomento (UF), por cada año de ejercicio contractual. Aquellos oferentes que opten por presentar Póliza de Seguros para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones del contrato, deberán adoptar las medidas necesarias en orden a que dicho documento mercantil otorgue cobertura de los eventuales incumplimientos incurridos respecto de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del prestador así como el pago de multas que pudieran originarse y ajustes. Si dentro del plazo indicado en el título de las bases administrativas denominado 3 “Etapas y plazos”, el adjudicatario no entregare la garantía de fiel cumplimiento de contrato, se tendrá por desistido de su oferta, y JUNAEB podrá hacer efectiva la garantía de seriedad de la misma y re-adjudicar, de conformidad con lo establecido en el título denominado “De la re-adjudicación”, de las bases administrativas. Las cauciones deberán renovarse bajo apercibimiento de incurrir en causal de término anticipado de contrato, de conformidad a lo estipulado en el titulo denominado “Del término anticipado del contrato”. Al efecto JUNAEB avisará en el mes de enero de cada año, mediante carta, el monto de la caución o garantía correspondiente. No obstante lo anterior, es de entera responsabilidad del prestador, informarse de esta circunstancia; por lo que la no recepción de dicha carta, no eximirá de la obligación de reemplazar la caución dentro de los plazos señalados en tabla de garantía, comprendida en el presente título. En caso que la ejecución de los servicios se prolongue más allá del plazo de vigencia inicial del contrato, el adjudicatario deberá reemplazar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento con una anticipación de al menos 10 días hábiles a su vencimiento, por otra de las mismas características y monto, y con una vigencia que exceda en a lo menos 200 días hábiles contados desde el término de vigencia del contrato modificado. La garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato podrá ser presentada a cobro cuando el adjudicatario no cumpla con las obligaciones y/o los plazos que establezcan en las bases, la oferta correspondiente y/o el contrato respectivo, con las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores en caso de contrataciones de servicios, ajustes y/o las multas que se impusieren, en cuyo caso JUNAEB queda desde ya autorizado para su presentación a cobro, administrativamente, sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna. Sin perjuicio de lo anterior, JUNAEB procederá a hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato, especialmente, en los siguientes casos: a. Cuando el adjudicatario se desista de la oferta o renuncie al suministro o prestación de los servicios adjudicados, previo a la celebración del respectivo contrato; b. No pago total o parcial de multas ejecutadas en virtud de incumplimientos contractuales y/o los ajustes. En este caso, el adjudicatario deberá renovar la caución por el monto total y período de su vigencia original, debiendo presentarla en un plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la notificación que ejecuta la garantía. c. Que se ponga término anticipado al contrato, por causa imputable al adjudicatario d. Incumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales del personal asignado a prestar servicios en la ejecución de la presente licitación. e. Por incumplimiento de los puntos 1, 2, 4 y 7 del Pacto de Integridad, sin perjuicio del término anticipado del contrato y demás sanciones que establezca el ordenamiento jurídico. Toda vez que JUNAEB ejecute la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, el prestador deberá hacer entrega de una nueva caución, en el plazo de 10 días hábiles contados desde el día hábil siguiente de la notificación de cobro, la cual debe cumplir con los requisitos ya señalados en el presente título. En el evento que el prestador no entregue esta nueva garantía, JUNAEB estará facultada para poner término anticipado del contrato. 10.2.1. Reemplazo de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato. Durante la ejecución del contrato, el prestador podrá solicitar a JUNAEB fundadamente, el reemplazo de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato consignada, por otro instrumento distinto al entregado al inicio del contrato o período respectivo, siempre y cuando, cumpla con los requisitos establecidos en el presente título.
Glosa: “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, prestaciones laborales y previsionales, deudas por concepto de ajustes y multas en el marco de la propuesta pública ID 85-27-LR18”.
Forma y oportunidad de restitución: Las garantías serán devueltas a los adjudicatarios, una vez vencido su plazo de vigencia o cuando se hayan cumplido la totalidad de las obligaciones establecidas en las presentes bases y/o contrato. Dicha garantía podrá ser presentada a cobro cuando el adjudicatario no cumpla con las obligaciones que establezcan en las presentes bases, las ofertas correspondientes y/o el contrato respectivo, con las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores en caso de contrataciones de servicios y/o las multas que se impusieren, en cuyo caso JUNAEB queda desde ya autorizado para su presentación a cobro, administrativamente, sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna.
   
Beneficiario: JUNTA NACIONAL DE AUXILIO ESCOLAR Y BECAS
Fecha de vencimiento: 31-12-2022
Monto: 6 %
Descripción: Todos aquellos oferentes cuyas ofertas hubieren resultado adjudicadas, deberán presentar por cada uno de los contratos a suscribir, en la Dirección Nacional de JUNAEB, ubicada en Monjitas N°565, piso 6, comuna de Santiago, región Metropolitana de Santiago, dentro del plazo indicado en el título 3 de las bases administrativas denominado “Etapas y plazos”, una caución o garantía de fiel cumplimiento del contrato, con el objeto de garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones contractuales y en caso de ser procedente, cubrir el pago de multas que pudieran originarse y de las deudas originadas por concepto de ajustes, así como cubrir el oportuno cumplimiento de prestaciones laborales y previsionales, durante la ejecución del contrato. Esta caución deberá ser extendida en forma nominativa, pagadera a la vista, que asegure el pago de la garantía de manera rápida y efectiva, y de carácter irrevocable, a nombre de la JUNTA NACIONAL DE AUXILIO ESCOLAR Y BECAS, Rol único tributario N° 60.908.000-0, debiendo contener la siguiente glosa “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, prestaciones laborales y previsionales, deudas por concepto de ajustes y multas en el marco de la propuesta pública ID 85-27-LR18”. En el evento que el oferente presente una póliza de seguro para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, ésta para cumplir con el requisito de ser a la vista, deberá ser pagada a primer requerimiento, frente a la sola solicitud del pago por parte de JUNAEB sin establecer ninguna condición para pagar, de conformidad a lo dispuesto en el inciso 3° del artículo 583 del Código de Comercio, y el pago de la indemnización al asegurado debe efectuarse dentro del plazo máximo de 30 días corridos, sin que la oposición de excepciones pueda ser invocada para condicionar o diferir dicho pago. Asimismo, deberá adjuntar el comprobante del pago de la respectiva prima. La póliza no podrá incluir liquidador ni cláusula de arbitraje. Los valores y vigencia de la garantía de fiel cumplimiento del contrato que deberá presentar el adjudicatario, se describen en las siguientes tablas: AÑO PLAZO DE PRESENTACIÓN FECHA DE VIGENCIA VALOR DE LA CAUCIÓN* AÑO 2019 Hasta el 10° día hábil contado desde el día siguiente de la fecha de notificación de adjudicación a través del portal Mercado Público. 28 febrero 2020 5% AÑO 2020 Al menos 10 días hábiles de anticipación al vencimiento de dichas garantías extendidas para cada año de servicio 29 febrero 2021 5,5% AÑO 2021 Al menos 10 días hábiles de anticipación al vencimiento de dichas garantías extendidas para cada año de servicio 31 de diciembre de 2022 6% *El valor de la caución dice relación con el valor anual del contrato. El monto de las garantías que se deberán presentar, se podrán expresar en pesos chilenos o su equivalente en unidad de fomento (UF), por cada año de ejercicio contractual. Aquellos oferentes que opten por presentar Póliza de Seguros para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones del contrato, deberán adoptar las medidas necesarias en orden a que dicho documento mercantil otorgue cobertura de los eventuales incumplimientos incurridos respecto de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del prestador así como el pago de multas que pudieran originarse y ajustes. Si dentro del plazo indicado en el título de las bases administrativas denominado 3 “Etapas y plazos”, el adjudicatario no entregare la garantía de fiel cumplimiento de contrato, se tendrá por desistido de su oferta, y JUNAEB podrá hacer efectiva la garantía de seriedad de la misma y re-adjudicar, de conformidad con lo establecido en el título denominado “De la re-adjudicación”, de las bases administrativas. Las cauciones deberán renovarse bajo apercibimiento de incurrir en causal de término anticipado de contrato, de conformidad a lo estipulado en el titulo denominado “Del término anticipado del contrato”. Al efecto JUNAEB avisará en el mes de enero de cada año, mediante carta, el monto de la caución o garantía correspondiente. No obstante lo anterior, es de entera responsabilidad del prestador, informarse de esta circunstancia; por lo que la no recepción de dicha carta, no eximirá de la obligación de reemplazar la caución dentro de los plazos señalados en tabla de garantía, comprendida en el presente título. En caso que la ejecución de los servicios se prolongue más allá del plazo de vigencia inicial del contrato, el adjudicatario deberá reemplazar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento con una anticipación de al menos 10 días hábiles a su vencimiento, por otra de las mismas características y monto, y con una vigencia que exceda en a lo menos 200 días hábiles contados desde el término de vigencia del contrato modificado. La garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato podrá ser presentada a cobro cuando el adjudicatario no cumpla con las obligaciones y/o los plazos que establezcan en las bases, la oferta correspondiente y/o el contrato respectivo, con las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores en caso de contrataciones de servicios, ajustes y/o las multas que se impusieren, en cuyo caso JUNAEB queda desde ya autorizado para su presentación a cobro, administrativamente, sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna. Sin perjuicio de lo anterior, JUNAEB procederá a hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato, especialmente, en los siguientes casos: a. Cuando el adjudicatario se desista de la oferta o renuncie al suministro o prestación de los servicios adjudicados, previo a la celebración del respectivo contrato; b. No pago total o parcial de multas ejecutadas en virtud de incumplimientos contractuales y/o los ajustes. En este caso, el adjudicatario deberá renovar la caución por el monto total y período de su vigencia original, debiendo presentarla en un plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la notificación que ejecuta la garantía. c. Que se ponga término anticipado al contrato, por causa imputable al adjudicatario d. Incumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales del personal asignado a prestar servicios en la ejecución de la presente licitación. e. Por incumplimiento de los puntos 1, 2, 4 y 7 del Pacto de Integridad, sin perjuicio del término anticipado del contrato y demás sanciones que establezca el ordenamiento jurídico. Toda vez que JUNAEB ejecute la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, el prestador deberá hacer entrega de una nueva caución, en el plazo de 10 días hábiles contados desde el día hábil siguiente de la notificación de cobro, la cual debe cumplir con los requisitos ya señalados en el presente título. En el evento que el prestador no entregue esta nueva garantía, JUNAEB estará facultada para poner término anticipado del contrato. 10.2.1. Reemplazo de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato. Durante la ejecución del contrato, el prestador podrá solicitar a JUNAEB fundadamente, el reemplazo de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato consignada, por otro instrumento distinto al entregado al inicio del contrato o período respectivo, siempre y cuando, cumpla con los requisitos establecidos en el presente título.
Glosa: “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, prestaciones laborales y previsionales, deudas por concepto de ajustes y multas en el marco de la propuesta pública ID 85-27-LR18”.
Forma y oportunidad de restitución: Las garantías serán devueltas a los adjudicatarios, una vez vencido su plazo de vigencia o cuando se hayan cumplido la totalidad de las obligaciones establecidas en las presentes bases y/o contrato. Dicha garantía podrá ser presentada a cobro cuando el adjudicatario no cumpla con las obligaciones que establezcan en las presentes bases, las ofertas correspondientes y/o el contrato respectivo, con las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores en caso de contrataciones de servicios y/o las multas que se impusieren, en cuyo caso JUNAEB queda desde ya autorizado para su presentación a cobro, administrativamente, sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
En caso de configurarse cualquiera de las causales previstas en el subtítulo denominado “Garantía de seriedad de la oferta” de las presentes bases administrativas, JUNAEB junto con hacer efectiva dicha caución y dar aviso a la Dirección de Compras y Contratación Pública, rechazará la totalidad de las ofertas presentadas yo adjudicadas por el oferente que hubiere incurrido en dichas causales. En tal caso, JUNAEB determinará el máximo de raciones a adjudicar incluyendo a los oferentes ya adjudicados y aplicará nuevamente el “Modelo lineal entero de optimización” descrito en el subtítulo denominado “Determinación del puntaje total de las ofertas y selección de combinación más ventajosa” de las bases administrativas, respecto de aquellas ofertas no adjudicadas que sólo hayan considerado una, algunas o la totalidad de las unidades territoriales no cubiertas. En este nuevo procedimiento no serán consideradas: a. Ofertas de aquellos oferentes a los cuales se busca reemplazar. b. Ofertas de adjudicatarios que hayan alcanzado su máximo nivel de raciones. c. Ofertas que consideren unidades territoriales ya adjudicadas. d. Ofertas que no hayan cumplido con el puntaje mínimo exigido en la evaluación técnica. En el caso de las personas jurídicas extranjeras adjudicadas, y previo a la suscripción del contrato, procederá la re-adjudicación, toda vez que no acompañe la documentación señalada en el título denominado “De los contratos”, de las bases administrativas. La re-adjudicación tendrá lugar hasta antes de la firma del contrato.
Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social

El prestador estará obligado a responder y pagar directamente a quien corresponda, los gastos médicos, de hospitalización, fármacos, traslado y otros no cubiertos por seguros o previsión de salud, en el que incurran los beneficiarios de los Programas de Alimentación Escolar y de Párvulos, que hayan sido sufrido un menoscabo a su integridad física con ocasión o a causa del consumo de las raciones alimenticias preparadas por el prestador.

Esta obligación se hará efectiva una vez que una resolución administrativa del órgano competente o bien resolución judicial de un tribunal hayan atribuido responsabilidad del hecho al prestador y/o lo hubieren condenado a una indemnización de perjuicios.

En el caso del párrafo precedente, el afectado podrá informar a la Dirección Regional de JUNAEB competente para que esta requiera de pago al prestador.

En el evento que el prestador, una vez requerido de pago no efectuare tales pagos dentro de un plazo de 60 días, JUNAEB quedará facultada desde ya para retener y pagar directamente a los afectados con cargo a los créditos que existan a favor de la empresa proveedora, sin perjuicio de las acciones legales que fueren procedentes para tal efecto, en caso de que no existan obligaciones contractuales pendientes.

Pacto de integridad

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

  1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o Indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
  2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
  3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
  4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
  5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
  6. El oferente se obliga y acepta asumir las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
  7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información administrativa, financiera, técnica y económica real y fidedigna, que asegure la posibilidad de cumplir con la misma, en las condiciones y oportunidad ofertadas.
  8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
CONFIDENCIALIDAD DE DATOS
Además de las obligaciones que emanan de la naturaleza del contrato a suscribir entre JUNAEB y el oferente que resulte adjudicado y, teniendo presente la importancia que reviste resguardar la protección de la vida privada de los beneficiarios de los programas de JUNAEB, JUNJI e INTEGRA, el prestador estará obligado a: a) Mantener la información y/datos recopilados a través del sistema de certificación biométrica, de que trata el título “Requisitos operativos del Programa de Alimentación de JUNAEB”, subtitulo denominado “Certificación del servicio de raciones”, y en general, durante la ejecución del contrato de suministro de raciones alimenticias, en estricta reserva y no revelar ningún dato sin el consentimiento previo escrito de JUNAEB. Para estos efectos, el prestador deberá instruir al personal de su dependencia, debiendo suscribir el correspondiente acuerdo de confidencialidad si fuere necesario, de su obligación de recibir, tratar y usar la información que reciban como confidencial. b) No manipular, usar, explotar, o divulgar la información confidencial a ninguna persona o entidad por ningún motivo, salvo que sea expresamente autorizado por JUNAEB. c) El proveedor, así como sus subcontratistas y personal dependiente, que de una u otra manera se hayan vinculado a la ejecución de los servicios licitados, tendrá prohibido conservar el contenido de las bases de datos sensibles que se hubiere elaborado, una vez finalizado los servicios contratados y realizada la liquidación, con la finalidad de dar cumplimiento a la ley 19.628. El prestador será responsable de las conductas de su personal, que constituyan infracciones a las disposiciones del presente título. La obligación de confidencialidad establecida en el presente título, debe entenderse sin perjuicio de las normas sobre transparencia y publicidad que informan los procesos de licitación pública y, en general, el ejercicio de la función administrativa. Lo anterior, siempre en concordancia con las leyes N°s. 19.628, sobre Protección de la Vida Privada, y 20.285, que contiene la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en lo que corresponda. Todas las personas que participen en la ejecución del contrato, sin importar el tipo de participación que tengan dentro de los procesos, deberán guardar confidencialidad respecto de todos los antecedentes derivados de los mismos, entendiéndose por datos de carácter personal, los relativos a cualquier información concerniente a personas naturales, identificadas o identificables. En este sentido, en conformidad a lo establecido en la letra c) del artículo 2 de la ley 19.628, sobre Protección de la Vida Privada, se entenderá por comunicación o transmisión de datos, la circunstancia de dar a conocer, de cualquier forma, los datos de carácter personal a personas distintas del titular, sean determinadas o indeterminadas, acción que constituye una infracción a lo dispuesto en este título. Asimismo, en conformidad al artículo 7 de la misma norma, todas las personas que participen del contrato están obligadas a guardar secreto respecto de los datos personales a que tengan acceso, particularmente de aquéllos que hayan sido recolectados de fuentes no accesibles al público. El incumplimiento a lo dispuesto en este título es causal de término anticipado del contrato, sin perjuicio de la responsabilidad civil y penal que se genere para el infractor, por el tratamiento indebido de los datos, en atención a lo dispuesto en los artículo 23 de la norma recién citada, y artículo 4 de la ley 19.223, que tipifica figuras penales relativas a la informática. Será de propiedad exclusiva de JUNAEB toda la información proporcionada al adjudicatario para la ejecución del contrato sea que se encuentre contenida en medios magnéticos, electrónicos y/o soporte material. Asimismo serán de propiedad de JUNAEB todos los productos generados a partir de la ejecución del contrato, reservándose el derecho de disponer de ellos libremente, sin limitaciones de ninguna especie salvo las impuestas por el ordenamiento jurídico, no pudiendo por tanto el adjudicatario realizar ningún acto respecto a ellos, ajeno al contrato, sin autorización previa y expresa de JUNAEB. Todos los oferentes deben conocer la “Política de Seguridad de la Información para las relaciones con el Proveedor de JUNAEB” publicada en la página www.JUNAEB.cl, en el banner de Gobierno transparente/ Actos con efectos sobre terceros/ Otros.
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

Una vez realizada las aperturas electrónicas de las ofertas, JUNAEB podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no le confieran a tales oferentes una situación de privilegio respecto de los demás participantes, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes. JUNAEB informará al resto de los oferentes de dicha solicitud, a través del portal www.mercadopublico.cl

En caso que JUNAEB solicitare a los oferentes que salven errores u omisiones formales, deberá hacer uso de la aplicación del Portal de www.mercadopublico.cl, denominada “Foro inverso”, para realizar las consultas o solicitar información a los oferentes.

JUNAEB, podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas, establecido en el título denominado “Etapas y plazos” de las bases administrativas, o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación, de modo de resguardar la inmutabilidad de la oferta presentada.

El plazo fatal que tendrán los oferentes para salvar los errores u omisiones y para presentar certificaciones o antecedentes, que hubieren omitido presentar al momento de efectuar sus ofertas a través de la aplicación de foro inverso contemplada en el portal de Mercado Público, será de hasta 25 horas, contado desde la publicación del requerimiento de JUNAEB en el sistema de información.

El cumplimiento de lo indicado precedentemente, será evaluado según el criterio denominado “Cumplimiento de requisitos formales de presentación de ofertas” indicado en el literal B del subtítulo 12.2 de las bases administrativas, denominado “Evaluación de cumplimiento de requisitos formales”.

INHABILIDADES PARA TRABAJAR CON MENORES DE EDAD
Dada la naturaleza de la prestación del servicio, la que implica que el personal del prestador que se involucre en una relación directa con menores de edad y teniendo en cuenta la ley N° 20.594, que “Crea inhabilidades para condenados por delitos sexuales contra menores y establece un registro de dichas inhabilidades”, el adjudicatario será responsable de verificar, respecto de todo el personal que desempeñe funciones en la prestación del servicio, que no concurren causales de inhabilidad para ejercer funciones en ámbitos educacionales o con menores de edad. Para lo anterior, el adjudicatario deberá, previo a la contratación de toda persona que vaya a prestar servicios en la ejecución del contrato, consultar el registro de “Inhabilitaciones para ejercer funciones en ámbitos educacionales o con menores de edad”, a cargo del Servicio de Registro Civil e Identificación. Asimismo, deberá consultar dicho registro frecuentemente, durante la ejecución del contrato, respecto de todo el personal ya contratado o que preste servicios regulares. Para acceder a la información requerida, deberá ingresar a la página web del Registro Civil, acceder a la sección “consulta de registros en línea” y escoger la opción “inhabilidades para trabajar con menores de edad”. Para realizar la consulta deberá contar con el número de RUT de la persona que se debe revisar. Cabe señalar que en el evento que el prestador verifique que alguna de las personas consultadas, se encuentre inhabilitada para trabajar con menores de edad, deberá proceder a reemplazar a dicha persona por otra idónea para la ejecución del servicio. El adjudicatario deberá entregar durante el mes de mayo de cada año una declaración jurada, señalando que ha revisado en el registro de “Inhabilitaciones para ejercer funciones en ámbitos educacionales o con menores de edad”, respecto de todos los trabajadores que desempeñen labores en la ejecución del contrato, y ha constatado que ninguna está inhabilitada para trabajar con menores de edad. Las exigencias de este título serán aplicables íntegramente a la empresa que el prestador subcontrate, bajo las condiciones señaladas en el título 17 denominado “Subcontratación”, de las bases administrativas. El no cumplimiento de lo dispuesto en el presente título, dará lugar a la aplicación de multas señaladas en el título 21 de las bases administrativas, “Del control del servicio”
DE LA RE ADJUDICACIÓN
En caso que concurra una causal de cobro de garantía de seriedad de la oferta respecto de un oferente que haya adjudicado raciones, JUNAEB procederá a readjudicar dichas raciones. Para esto, JUNAEB determinará nuevamente el Volumen Máximo de Raciones a Adjudicar de los oferentes ya adjudicados, contabilizando las raciones adjudicadas dentro de las raciones vigentes. Luego, aplicará nuevamente el “Modelo Lineal Entero de Optimización” descrito en el subtítulo denominado “Determinación del Puntaje Total de las ofertas y Selección de Combinación más Ventajosa” de las Bases Administrativas, respecto de aquellas ofertas no adjudicadas que consideren solamente unidades territoriales no adjudicadas previamente. En este nuevo procedimiento no serán consideradas: a. Ofertas de aquellos oferentes a quienes es haya hecho efectiva la garantía de seriedad de la oferta. b. Ofertas que consideren unidades territoriales ya adjudicadas. c. Ofertas que no hayan cumplido con el puntaje mínimo exigido en la evaluación técnica. La re-adjudicación tendrá lugar hasta antes de la firma de los contratos.