Licitación ID: 552975-118-LR24
SERVICIO DE LABORATORIO CLÍNICO
Responsable de esta licitación: CORP DE DESARROLLO SOCIAL DE PROVIDENCIA, CDSP
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 4
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Productos o servicios
1
Exámenes médicos 1 Global
Cod: 85122201
SERVICIO DE LABORATORIO CLÍNICO PARA LOS CENTROS DE ATENCIÓN PRIMARIA DE SALUD DE PROVIDENCIA  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIO DE LABORATORIO CLÍNICO
Estado:
Adjudicada
Descripción:
La Corporación de Desarrollo Social de Providencia, en adelante la “Corporación”, llama a licitación pública denominada “SERVICIO DE LABORATORIO CLÍNICO PARA LOS CENTROS DE ATENCIÓN PRIMARIA DE SALUD DE PROVIDENCIA”, con el objetivo de proveer del servicio de procesamiento y análisis clínico de los exámenes de laboratorio realizados en los Centros de Atención Primaria de Salud de la comuna de Providencia. Además, de la toma de muestras y procesamiento de exámenes, en usuarios derivados desde el Centro Comunitario de Salud Mental Dr. Greve, en adelante “COSAM”. Las Bases que rigen la presente licitación se encontrarán a disposición de los interesados en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl a partir del día de la publicación del llamado a licitación.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 5.000 UTM (LR)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
CORP DE DESARROLLO SOCIAL DE PROVIDENCIA
Unidad de compra:
CDSP
R.U.T.:
69.070.301-7
Dirección:
Av. Eliodoro Yáñez 1947
Comuna:
Providencia
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 10-01-2025 16:00:00
Fecha de Publicación: 10-12-2024 18:13:24
Fecha inicio de preguntas: 10-12-2024 18:20:00
Fecha final de preguntas: 20-12-2024 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 30-12-2024 23:59:00
Fecha de acto de apertura técnica: 10-01-2025 16:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 10-01-2025 16:01:00
Fecha de Adjudicación: 31-01-2025 16:24:42
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ANEXO N°1
Documentos Técnicos
1.- ANEXO N°3
 
2.- ANEXO N°4
 
3.- ANEXO N°5
 
Documentos Económicos
1.- ANEXO N°2
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Experiencia del proveedor. Según Artículo N°17. 5%
2 Ubicación prestación servicio Toma de muestras. Según Artículo N°17. 8%
3 Programa de Integridad. Según Artículo N°17. 1%
4 Cumplimiento de requisitos formales. Según Artículo N°17. 1%
5 Evaluación Económica. Según Artículo N°17. 85%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 36 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Camila Torres
e-mail de responsable de pago: ctorres@cdsprovidencia.cl
Nombre de responsable de contrato: Paola Carvajal
e-mail de responsable de contrato: pcarvajal@cdsprovidencia.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-27067000-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Corp. De Desarrollo Social de Providencia, R.U.T. N. 69.070.301-7
Fecha de vencimiento: 08-07-2025
Monto: 2000000 Peso Chileno
Descripción: En el caso de las pólizas de seguros, certificados de garantía recíproca u otros instrumentos de garantía de similar naturaleza, no podrán contener cláusula de arbitraje
Glosa: Para garantizar la seriedad de la oferta en la licitación pública “SERVICIO DE LABORATORIO CLÍNICO PARA LOS CENTROS DE ATENCIÓN PRIMARIA DE SALUD DE PROVIDENCIA” ID 552975-XX-LR24. (Se deberá indicar el ID de la licitación, por ello donde se señala XX, el oferente deberá reemplazarlo por el número correspondiente). Si el documento a presentar no permite, por su naturaleza, señalar la glosa en su texto, esta deberá venir escrita al reverso o en acta adjunta adherida al documento.
Forma y oportunidad de restitución: a) Los oferentes que hayan quedado fuera del proceso de evaluación de ofertas y aquellos que no hayan obtenido alguno de los tres primeros lugares en el proceso de evaluación, podrán retirar su garantía de seriedad a contar del segundo día hábil siguiente a la fecha de publicación en el portal www.mercadopublico.cl del acto administrativo que resuelve el proceso licitatorio. b) Los oferentes que hayan obtenido alguno de los tres primeros lugares en el proceso de evaluación podrán retirar su garantía de seriedad dentro de los 5 días siguientes a la publicación en el portal www.mercadopublico.cl de la resolución aprobatoria del respectivo contrato y en todo caso una vez vencida la vigencia de dichas garantías. En caso de que la licitación pública sea declarada desierta, se devolverán las garantías de seriedad de la oferta a los oferentes a contar del segundo día hábil siguiente a la fecha de publicación en el portal www.mercadopublico.cl de la resolución fundada que declara desierta la licitación.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Corp. De Desarrollo Social de Providencia, R.U.T. N. 69.070.301-7
Fecha de vencimiento: 29-06-2028
Monto: 5 %
Descripción: 36 meses más 90 días hábiles, a contar de la adjudicación. La extensión o reemplazo deberá ser efectuado por el Proveedor con a lo menos 30 días corridos de anticipación al plazo de vencimiento previsto en el documento. El incumplimiento de esta obligación será estimado como incumplimiento grave y dará lugar a la ejecución inmediata de la garantía de fiel cumplimiento. Corresponderá a la Contraparte Técnica de la CORPORACIÓN verificar el efectivo cumplimiento de esta obligación por parte del Proveedor. En caso de renovación del contrato, deberá proporcionar una nueva boleta por el nuevo período. Las pólizas de seguros, certificados de garantía recíproca u otros instrumentos de garantía de similar naturaleza, no podrán contener cláusula de arbitraje. La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar, el cual entregarse de forma física o electrónicamente.
Glosa: Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato del “SERVICIO DE LABORATORIO CLÍNICO PARA LOS CENTROS DE ATENCIÓN PRIMARIA DE SALUD DE PROVIDENCIA”, ID 552975-XX-LR24. (Se deberá indicar el ID de la licitación, por ello donde se señala XX, el oferente deberá reemplazarlo por el número correspondiente). Si el documento a presentar no permite, por su naturaleza, señalar la glosa en su texto, esta deberá venir escrita al reverso o en acta adjunta adherida al documento.
Forma y oportunidad de restitución: Una vez que el Proveedor haya dado total, íntegro y oportuno cumplimiento a todas las obligaciones por él contraídas en el respectivo contrato y se haya verificado el plazo de vigencia de la garantía. Previo a la restitución de la garantía se requerirá la verificación de las exigencias antes descritas y para lo cual la Contraparte Técnica de la CORPORACIÓN emitirá el respectivo informe de cumplimiento entendiendo, para tales efectos, que las obligaciones del Proveedor revisten el carácter de indivisibles
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Se entenderá ipso facto que el adjudicatario no acepta la adjudicación en los siguientes casos, los cuales serán aplicables según lo establecido en las presentes Bases: i. Si el adjudicatario no entrega la garantía de fiel cumplimiento, conforme con lo exigido en estas Bases. Lo anterior en los casos que corresponda. ii. Si el adjudicatario no cumple con alguno de los requisitos establecidos en las presentes bases. En tales casos la Corporación podrá evaluar la conveniencia yo necesidad de persistir en la adjudicación, readjudicando al oferente que ocupe el segundo o el tercer lugar en el ranking de evaluación, esto último solo si el segundo se desiste de la readjudicación o bien dejarla sin efecto o declararla desierta, según corresponda. Todo lo anterior según sean las circunstancias concurrentes conforme a las cuales han tenido lugar alguna de las situaciones descritas. Para tales efectos la Comisión Evaluadora emitirá el informe respectivo con las recomendaciones que estime convenientes y sean procedentes. Conforme al mérito y ponderación de dicho informe se dictará la correspondiente resolución fundada de la Corporación. El nuevo adjudicatario deberá cumplir con los requisitos establecidos en estas Bases dentro de los mismos plazos y en la forma y condiciones establecidas en las presentes Bases. La confirmación definitiva de la readjudicación se llevará a cabo por el Sistema de Información del portal www.mercadopublico.cl.
I.- GENERALIDADES
ARTÍCULO N° 1 LLAMADO Y OBJETIVO La Corporación de Desarrollo Social de Providencia, en adelante la “Corporación”, llama a licitación pública denominada “SERVICIO DE LABORATORIO CLÍNICO PARA LOS CENTROS DE ATENCIÓN PRIMARIA DE SALUD DE PROVIDENCIA”, con el objetivo de proveer del servicio de procesamiento y análisis clínico de los exámenes de laboratorio realizados en los Centros de Atención Primaria de Salud de la comuna de Providencia. Además, de la toma de muestras y procesamiento de exámenes, en usuarios derivados desde el Centro Comunitario de Salud Mental Dr. Greve, en adelante “COSAM”. Las Bases que rigen la presente licitación se encontrarán a disposición de los interesados en el Sistema de Información (www.mercadopublico.cl) a partir del día de la publicación del llamado a licitación. ARTÍCULO N° 2 CONDICIÓN DE LAS BASES DE LICITACIÓN Las presentes bases establecen las condiciones y procedimientos que se deben seguir para la presentación de las ofertas y ejecución de la contratación: Nombre de Licitación “SERVICIO DE LABORATORIO CLÍNICO PARA LOS CENTROS DE ATENCIÓN PRIMARIA DE SALUD DE PROVIDENCIA” Tipo de Licitación Licitación Pública mayor a 5.000 UTM (LR) Moneda Pesos Chilenos (CLP). Presupuesto total referencial. $570.997.239 (Quinientos setenta millones novecientos noventa y siete mil doscientos treinta y nueve pesos) impuestos incluidos. Garantía seriedad de la oferta $2.000.000 (Dos millones de pesos). Garantía fiel cumplimiento 5% del monto total adjudicado. Modalidad de la contratación Contrato. Duración de la contratación 36 meses. Documentos que rigen la Licitación Estas Bases se encuentran conformadas por los siguientes cuerpos o apartados normativos: I.- Bases Administrativas II.- Bases Económicas III.- Bases Técnicas IV.- Anexos: Documentos Administrativos: • Anexo N°1 “Identificación del Oferente”. Documentos Económicos: • Anexo N°2 “Oferta Económica” (OBLIGATORIO). Documentos Técnicos: • Anexo N°3 “Ubicación prestación servicio Toma de muestras” (OBLIGATORIO). • Anexo N°4 “Experiencia del Oferente” y documentos que acrediten experiencia. • Resolución de Acreditación de Laboratorio Clínico vigente al momento del cierre de las ofertas de la Superintendencia de Salud (OBLIGATORIO). • Resolución de Autorización Sanitaria vigente al momento del cierre de las ofertas de la Superintendencia de Salud, tanto para el laboratorio clínico como para el centro donde se realizará la toma de muestras (OBLIGATORIO). • Presentar documento por Rayen que avale integración (OBLIGATORIO). • Anexo N°5 “Declaración Jurada Programa de Integridad y Compliance”. Las ofertas que no presenten u omitan los antecedentes requeridos como OBLIGATORIOS, serán declaradas “inadmisibles” por la CORPORACIÓN, sea en el acto mismo de apertura o durante la evaluación posterior de las ofertas. Sin perjuicio de la normativa legal vigente, esta licitación y contratación respectiva a que pudiere dar lugar, se regirán por los siguientes documentos, cuyo orden de prelación, en caso de existir discrepancia entre ellos, será el que a continuación se indica: • Las presentes Bases Administrativas, Económicas y Técnicas. • Las respuestas a las consultas formuladas por los proveedores. • Las aclaraciones a las ofertas que hayan sido solicitadas por la Corporación. • La Oferta, con todos sus documentos anexos. • Orden de compra respectiva. Las Bases y los documentos que la acompañan se interpretarán en forma armónica de manera que exista entre ellos la debida correspondencia. Las presentes Bases, así como las respuestas a las consultas y aclaraciones a las mismas, se considerarán incorporadas a la respectiva contratación que se celebre con el adjudicatario. ARTÍCULO N° 3 SERVICIO REQUERIDO No de Línea Nombre del Servicio Cantidad Presupuesto referencial 1 “SERVICIO DE LABORATORIO CLÍNICO PARA LOS CENTROS DE ATENCIÓN PRIMARIA DE SALUD DE PROVIDENCIA” 1 $570.997.239 (Quinientos setenta millones novecientos noventa y siete mil doscientos treinta y nueve pesos) impuestos incluidos. ARTÍCULO N° 4 ETAPAS Y PLAZOS La presente licitación se desarrollará conforme a los plazos que para sus diversas etapas se establecen en el siguiente cronograma, los cuales son contados desde la fecha de publicación de las Bases en el portal www.mercadopublico.cl. Etapa Plazo (Días Corridos) Publicación de las Bases de Licitación Desde aprobada la Resolución que autoriza las presentes bases. Inicio Período de Consultas Inmediatamente después de publicadas las bases en la plataforma de Mercadopublico.cl Cierre Período de Consultas Hasta el día 10 desde publicadas las bases en la plataforma de Mercadopublico.cl a las 12:00 horas. Publicación de Respuestas Día 20 desde publicadas las bases en la plataforma de Mercadopublico.cl a las 23:59 horas. Si el vigésimo día corrido fuere sábado, domingo o festivo, el plazo se extenderá hasta el primer día hábil siguiente. Recepción de las Ofertas Hasta el día 30 desde publicadas las bases en la plataforma de Mercadopublico.cl a las 16:00 horas. Si el trigésimo día corrido fuere sábado, domingo o festivo, el plazo se extenderá hasta el primer día hábil siguiente. Acto de Apertura de las Ofertas (Técnicas y Económicas) El día 30, desde publicadas las bases en la plataforma de Mercadopublico.cl a las 16:01 horas. Período de Evaluación de las Ofertas Hasta el día 30 desde el acto de apertura Adjudicación Hasta el día 40 desde el acto de apertura. Suscripción del Contrato De conformidad con los plazos establecidos estas Bases. Respecto al plazo de “Publicación de Respuestas” la Corporación podrá ampliar dicho plazo hasta en 48 horas corridas, pudiendo modificar el cronograma, siempre antes del cierre de recepción de ofertas y, solo si, con relación a las preguntas o la cantidad de éstas, así lo amerita, lo cual será informado en el calendario de fechas de la licitación en la plataforma de Mercado Público, no requiriéndose un acto administrativo para tal efecto. Para los efectos de esta licitación todos los plazos establecidos en estas Bases serán de días corridos salvo que expresamente se indique que serán de días hábiles. No obstante, cuando el vencimiento de un plazo se produzca un día inhábil, esto es, sábado, domingo o festivo se entenderá que dicho plazo vence al día hábil siguiente. Además, y en el caso del plazo de cierre para la recepción de ofertas aquel no podrá vencer un lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las 15:00 horas. En el evento de cualquier inhabilitación o indisponibilidad técnica que sufra en su funcionamiento el Sistema de Información de Compras y Contrataciones de la Administración, los plazos contemplados en el referido cronograma de la licitación no se suspenderán ni interrumpirán y se estará en todo a lo dispuesto en el artículo 62º del Decreto Nº250, de 09 de marzo de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la ley Nº19.886 de Bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios. ARTÍCULO N° 5 NOTIFICACIONES, DOMICILIO Y JURISDICCIÓN Todas las notificaciones que hayan de efectuarse con ocasión del presente proceso de licitación se entenderán realizadas luego de transcurridas 24 horas desde que la Corporación publique en el Sistema de Información el documento, acto o resolución objeto de la notificación. Para los efectos de esta licitación, los oferentes fijan domicilio en la comuna de Providencia de la ciudad de Santiago y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales de Justicia. ARTÍCULO N° 6 ACEPTACIÓN DE CONDICIONES DE LA LICITACIÓN Se estimará, por el solo hecho de participar en este proceso licitatorio, que el oferente conoce, acepta y está conforme con las presentes Bases, con todas las condiciones y exigencias en ellas establecidas y que, ante una eventual discrepancia entre su oferta y las Bases y sus aclaraciones complementarias, prevalecerán éstas últimas, las que serán íntegramente respetadas. Todos los participantes deberán haber analizado las presentes Bases y tomar debido y oportuno conocimiento de las respuestas, aclaraciones y/o modificaciones efectuadas durante el proceso licitatorio, a fin de que sean consideradas al momento de presentar la oferta. Los costos derivados de la elaboración y presentación de las ofertas serán de cargo exclusivo de cada oferente, no existiendo para la Corporación responsabilidad alguna en dicha materia, cualquiera sea el resultado de la licitación. ARTÍCULO N° 7 PARTICIPANTES Y REQUISITOS Podrán participar en esta propuesta pública todas las personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras, así como también las uniones temporales de proveedores, que no se encuentren inhabilitados para contratar con la Administración del Estado. En el evento que resulten adjudicadas personas jurídicas extranjeras, se exigirá tener domicilio constituido en Chile. De presentarse una Unión Temporal de Proveedores (en adelante también UTP) ésta deberá sujetarse, en todo, a lo establecido en el artículo 67 bis del Decreto N° 250, de 2004, que Aprueba Reglamento de la Ley 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. Conforme con lo anterior, quedarán inhabilitados para suscribir contratos administrativos con la Corporación las siguientes personas: a) El personal dependiente de la Corporación de Desarrollo Social de Providencia, cualquiera sea su calidad jurídica, o con las personas naturales contratadas a honorarios por este mismo organismo, ni con sus cónyuges o convivientes civiles, ni con las demás personas unidas por los vínculos de parentesco en segundo grado de consanguinidad o afinidad, ni con sociedades de personas o empresas individuales de responsabilidad limitada de las que formen parte o sean beneficiarios finales, ni con sociedades en comanditas por acciones, sociedades por acciones o anónimas cerradas en que sean accionistas directamente, o como beneficiarios finales, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, directamente o como beneficiarios finales, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. (artículo N º 35 quitar de la Ley 19.886) b) Quienes hayan sido condenados por delitos concursales establecidos en el Título IX del Libro II del Código Penal, o en sede penal, por delitos establecidos en los numerales 4° párrafos primero, segundo, tercero y quinto; 10° párrafo tercero; 22°; 23° párrafo primero; 24° párrafo tercero, y 25° del artículo 97 del Código Tributario (artículo 4º y artículo 35 º septies de la Ley 19.886) c) Las personas naturales o jurídicas que hayan sido condenados en virtud de una sentencia firme o ejecutoriada por incumplimiento contractual respecto de un contrato de suministro y prestación de servicios suscrito con alguno de los organismos sujetos a esta ley, derivado de culpa o falta de diligencia en el cumplimiento de sus obligaciones (artículo N° 35 septies de la Ley 19.886) d) Quienes, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador (artículo 4º y artículo 35 º septies de la Ley 19.886 y artículo 92 º, Nº 7 del Reglamento de Compras). e) Las personas que hayan sido condenadas por los delitos de cohecho establecido en el Párrafo 2 del Título V del Libro II del Código Penal, lavado de activos establecido en el Título III de la ley N° 19.913, que crea la Unidad de Análisis Financiero y modifica diversas disposiciones en materia de lavado y blanqueo de activos, o financiamiento del terrorismo contemplado en el artículo 8º de la ley N° 18.314, que determina conductas terroristas y fija su penalidad (artículo N° 35 septies de la Ley 19.886 y artículo N° 92, N° 1 del Reglamento de Compras). f) El proveedor que ha informado en el Registro de Proveedores, antecedentes maliciosamente falsos, que han sido enmendados o tergiversados o se presentan de una forma que claramente induce a error para efectos de su evaluación (artículo N° 35 septies de la Ley 19.886 y artículo 92, N° 4 del Reglamento de Compras). g) Aquellos condenados por prácticas anticompetitivas con la medida o prohibición de contratar con órganos de la administración del Estado, mediante sentencia del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia conforme con lo dispuesto en el artículo 26° letra d) del D.F.L. N° 1/2004 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del D.L. N° 211 de 1973, que Fija normas para la Defensa de la Libre Competencia. h) Aquellos que tengan la prohibición de contratar o de celebrar actos o contratos con la administración del Estado dispuesta en conformidad con los artículos 8º Nº 2) y 10° de la Ley Nº20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Cohecho. i) Aquellos inhabilitados para contratar con el Estado contemplados en el artículo 33 de la ley 21.595, sobre delitos económicos. j) Aquellos que no cuenten con la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar, firmada en la plataforma www.mercadopublico.cl. ARTÍCULO N° 8 COMUNICACIONES, CONSULTAS, ACLARACIONES Y MODIFICACIONES A LAS BASES 8.1 COMUNICACIONES Las comunicaciones y contactos durante el proceso de licitación se efectuarán a través de foro del Sistema de Información (www.mercadopublico.cl) y al que se accederá ingresando al ID asignado a la presente licitación. Durante el período de evaluación, los oferentes sólo podrán mantener contacto con la entidad licitante para los efectos de ésta, tales como solicitud de aclaraciones, entrevistas, visitas a terreno, presentaciones, exposiciones y/o entrega de muestras o pruebas que la Corporación pudiese requerir durante la evaluación y que estén previstas en las Bases, quedando absolutamente prohibido cualquier otro tipo de contacto. 8.2 CONSULTAS, ACLARACIONES Y/O MODIFICACIONES Los proponentes podrán formular consultas respecto de las presentes Bases, a través del portal www.mercadopublico.cl, en el ID respectivo, dentro del plazo establecido para tales efectos en el cronograma de la licitación contenido en las presentes Bases. No serán admitidas las consultas o aclaraciones formuladas fuera de plazo o por un conducto diferente al señalado. La Corporación emitirá las respectivas respuestas, aclaraciones y/o modificaciones a las Bases a través del Sistema de Información en el plazo establecido en el referido cronograma, las que formarán parte integrante de las Bases, teniéndose por conocidas y aceptadas por todos los participantes, aun cuando el oferente no las hubiere solicitado, por lo que los proponentes no podrán alegar desconocimiento de las mismas. Asimismo, y hasta antes del cierre de recepción de ofertas, la Corporación podrá modificar las presentes Bases si estima que ello resulta esencial para los fines y/o correcto desarrollo del proceso licitatorio. Las modificaciones a la comisión de evaluación requeridas en razón de ausencia o falta de alguno de sus integrantes que impide realizar el proceso de evaluación podrán realizarse aún después del cierre de recepción de ofertas. Toda modificación deberá cumplir con las mismas formalidades del acto administrativo que regule el proceso de licitación y contemplar un plazo prudencial para que los proponentes puedan conocer y adecuar sus ofertas a las modificaciones introducidas. ARTÍCULO N° 9 PACTO DE INTEGRIDAD El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente Licitación Pública, acepta expresamente este Pacto de Integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de Licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el proporcionar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes Bases de Licitación Pública, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: • El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República (CPR) en su artículo 19° números, 1°, 4°, 5°, 6°, 12°, y 16°, en conformidad con el artículo 485° del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas. • El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de Licitación Pública, ni con la ejecución de la o las contrataciones que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio público, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución total de la o las contrataciones que de ello se deriven. • El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico y, especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos, o conductas de tipo o naturaleza colusoria, en cualquiera de sus tipos o formas. • El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio público, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. • El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres, y transparencia en el presente proceso licitatorio público. • El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases de Licitación Pública, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. • El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas Bases de Licitación Pública, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. • El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio público es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. • El oferente se obliga a tomar las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente Licitación Pública, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes. • Si algún proponente presenta información falsa, y se demuestra fehacientemente que así es, se entiende que incumple con el pacto de integridad, y, en consecuencia, no cumple con las bases de licitación, que consecuencialmente traerá consigo el efecto de que la oferta sea DECLARADA INADMISIBLE. De la determinación de ello dará fe el acta de evaluación respectiva, otorgando prueba de los dichos de la comisión evaluadora siendo, además, de existir, cobrada la garantía de seriedad de la oferta al proveedor que haya incurrido en dicha falta.
II.- PRESENTACIÓN Y CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS
PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS a) Medio de entrega de la oferta y contenido. La entrega de las ofertas deberá efectuarse electrónicamente a través del Sistema de Información, y serán de carácter irrevocable, en el plazo previsto para la presentación de ofertas indicado en el cronograma de la licitación contenido en las presentes Bases. No se recibirá ninguna oferta presentada fuera de plazo o de otra manera que la determinada por estas Bases. Los Oferentes deben presentar la oferta por la totalidad de los servicios requeridos en la presente licitación Las ofertas no podrán alterar las condiciones de estas Bases, ni contener exigencias, limitaciones o restricciones a las mismas de cualquier especie, o condiciones para su adjudicación de cualquier tipo o montos mínimos de despacho. Cualquier cláusula, párrafo o texto de las ofertas de los oferentes, que se encuentre fuera de las presentes bases, podrá ser omitida por la Corporación, y los oferentes, con el solo hecho de presentar sus ofertas aceptan tal condición. b) Responsabilidad en la entrega de antecedentes. Será exclusiva responsabilidad de los oferentes el proporcionar en forma oportuna, clara y completa todos los antecedentes exigidos, así como también el contenido de éstos y la veracidad de lo que en ellos conste, lo cual estará determinado por lo siguiente: b.1) Archivos digitales consolidados: Cada documento o antecedentes requeridos en las presentes bases, independientemente del número de páginas que lo constituyen, debe estar en un solo archivo digital. b.2) Subir archivos en el anexo que corresponda: Los antecedentes que se solicitan en las presentes bases son de carácter administrativo, técnico o económico, por tanto, el proponente debe subir cada archivo digital en el anexo respectivo. b.3) Nombre de los archivos digitales: El nombre que se asigne a cada archivo debe guardar relación con el contenido del mismo y estar antecedido por la letra o número que corresponda, en atención al orden que fijan las presentes bases. b.4) Formatos digitales compatibles: Los archivos digitales presentados por el oferente deben contener los siguientes formatos: pdf, .docx, .jpg, .xlsx, .pptx, .rar, .zip y/o sus equivalentes en código libre. c) Verificación de los antecedentes. La CORPORACIÓN tendrá las más amplias facultades para efectuar la verificación de los antecedentes presentados por los oferentes y de aquellos que apoyen o respalden sus ofertas. ARTÍCULO N° 11 CONTENIDO DE LAS OFERTAS Los oferentes deberán presentar su propuesta en los formatos (Word o Excel) que estarán disponibles en la ficha de licitación respectiva en el Portal de Mercado Público, de acuerdo a lo siguiente: 11.1 Documentos Administrativos • Anexo N°1 “Identificación del Oferente”. • Acuerdo de Unión Temporal de Proveedores, en el caso que corresponda. 11.2 Documentos Económicos • Anexo N°2 “Oferta Económica” (OBLIGATORIO). Los oferentes deberán presentar su oferta económica representada por el valor unitario por prestación y total del servicio requerido, en pesos chilenos, en su valor neto, más impuestos sí corresponde. Los oferentes deberán considerar en la oferta económica que publiquen, para la presente licitación, todos los gastos, incluidos los de traslado, fletes, permisos, derechos, y, en general, todo cuanto implique un gasto para el cumplimiento del contrato, sea éste directo, indirecto o a causa de él. En caso de existir discrepancias entre el valor indicado en el Anexo y el valor ingresado en el Portal, prevalecerá la oferta subida a este anexo N°2. Cuando existan discrepancias o errores aritméticos entre los precios unitarios netos ofrecidos en la oferta económica y los valores totales ofertados, prevalecerán siempre los primeros. En este sentido, la entidad licitante pagará conforme a los valores unitarios netos indicados en este anexo. 11.3 Documentos Técnicos • Anexo N°3 “Ubicación prestación servicio Toma de muestras” (OBLIGATORIO) El proponente deberá declarar en el Anexo Nº3, la ubicación exacta de las dependencias en que se encuentra el centro donde se tomarán las muestras de los usuarios que sean derivados desde el Centro Comunitario de Salud Mental Dr. Greve (COSAM). Este anexo debe estar debidamente firmado por el representante legal de la empresa. El proveedor deberá solamente señalar la dirección de un centro. En caso contrario, si un proveedor oferta más de un centro, se evaluará la dependencia que se encuentre más cercana al Centro Comunitario de Salud Mental Dr. Greve (COSAM), ubicado en Av. Manuel Montt 2051, comuna de Providencia. La distancia se obtendrá mediante la aplicación Google maps, medida en línea recta. En este sentido, si dicho oferente resulta adjudicado, será el centro evaluado como el más cercano, el lugar definitivo en el cual se prestará el servicio de toma de muestras durante la vigencia del contrato. Es requisito obligatorio que el centro del oferente se encuentre en la comuna de Providencia. La oferta será declarada inadmisible, en el caso de ofertar un centro que se encuentre en alguna comuna no sea Providencia. Lo anterior en beneficio del traslado de los usuarios del COSAM al recinto donde se tomarán las muestras. • Anexo N°4 “Experiencia del Oferente” y documentos que acrediten experiencia. Se deberá presentar electrónicamente a través del portal www.mercadopublico.cl, en la sección anexos técnicos, el Anexo N°4, declarando la experiencia del proveedor en función de lo requerido en estas bases. Es importante señalar que se considerarán para la evaluación aquellos documentos debidamente respaldados. Los oferentes deberán procurar que los documentos que integren la declaración de experiencia del proveedor sean claramente visibles y contengan las características pertinentes del servicio requerido por la CORPORACIÓN, en atención a lo establecido en estas Bases de licitación. • Resolución de Acreditación de Laboratorio Clínico vigente al momento del cierre de las ofertas (OBLIGATORIO). Es requisito obligatorio para participar en la licitación, contar con la Resolución de Acreditación de Laboratorio Clínico vigente al momento del cierre de las ofertas, para ello deberá adjuntar dicho documento de respaldo. • Resolución de Autorización Sanitaria vigente al momento del cierre de las ofertas, tanto para el laboratorio clínico como para el centro donde se realizará la toma de muestra (OBLIGATORIO). Es requisito obligatorio para participar en la licitación, contar con la Resolución de Autorización Sanitaria vigente al momento del cierre de las ofertas, tanto para el laboratorio clínico como para el centro donde se realizará la toma de muestra, para ello deberá adjuntar ambos documentos de respaldo. • Presentar documento por Rayen que avale integración (OBLIGATORIO). Es requisito obligatorio para participar en la licitación, que el oferente presente un documento por Rayen Sistema de Información colaborativo con la gestión integral de los Establecimientos de Atención Primaria de Salud (APS) que avale integración. • Anexo N°5 Declaración Jurada Programa de Integridad. Anexo donde los oferentes deberán señalar si cuentan con programa de integridad vigente conocido por todo su personal, el que debe ser acorde a los principios éticos, morales y de transparencia, legalidad y veracidad, adjuntando el documento asociado al programa de integridad y compliance. ARTÍCULO N° 12 GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA La propuesta de cada oferente deberá ser garantizada mediante una caución o garantía la cual podrá otorgarse física o electrónicamente y ser entregada conforme con lo siguiente: i. La garantía de seriedad física deberá ser entregada en el Departamento de Tesorería de la Corporación de Desarrollo Social de Providencia, ubicada en Av. Pedro de Valdivia 963, comuna de Providencia, Santiago. Se previene que los días y horas de atención de dicha oficina para los efectos de recepción de la garantía son de días hábiles de lunes a viernes entre las 9:00 y 14:00 horas y en todo caso antes del vencimiento del plazo previsto para la presentación de ofertas indicado en el cronograma de la licitación. La falta de entrega, o entrega fuera del plazo señalado, de la garantía será causal de exclusión de la propuesta conforme a lo establecido en estas Bases. ii. En los casos en que la garantía se otorgue de manera electrónica, aquella deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. La garantía deberá adjuntarse a la propuesta al momento de ser ingresada ésta al Sistema de Información. Se aceptará cualquier instrumento de caución que asegure el cobro de esta de manera rápida y efectiva, siempre que cumpla con las condiciones dispuestas en el presente artículo. Beneficiario Corp. De Desarrollo Social de Providencia, R.U.T. N.º 69.070.301-7 Pagadera A la vista Tipo Irrevocable Vigencia mínima Con fecha de vencimiento a lo menos 180 días corridos contados desde la fecha original de apertura de la licitación. Expresada en Pesos chilenos, UF o UTM. Monto mínimo $2.000.000 (Dos millones de pesos). Glosa Para garantizar la seriedad de la oferta en la licitación pública “SERVICIO DE LABORATORIO CLÍNICO PARA LOS CENTROS DE ATENCIÓN PRIMARIA DE SALUD DE PROVIDENCIA” ID 552975-XX-LR24. (Se deberá indicar el ID de la licitación, por ello donde se señala XX, el oferente deberá reemplazarlo por el número correspondiente). Si el documento a presentar no permite, por su naturaleza, señalar la glosa en su texto, esta deberá venir escrita al reverso o en acta adjunta adherida al documento. Otros requisitos En el caso de las pólizas de seguros, certificados de garantía recíproca u otros instrumentos de garantía de similar naturaleza, no podrán contener cláusula de arbitraje Forma y oportunidad de su restitución a) Los oferentes que hayan quedado fuera del proceso de evaluación de ofertas y aquellos que no hayan obtenido alguno de los tres primeros lugares en el proceso de evaluación, podrán retirar su garantía de seriedad a contar del segundo día hábil siguiente a la fecha de publicación en el portal www.mercadopublico.cl del acto administrativo que resuelve el proceso licitatorio. b) Los oferentes que hayan obtenido alguno de los tres primeros lugares en el proceso de evaluación podrán retirar su garantía de seriedad dentro de los 5 días siguientes a la publicación en el portal www.mercadopublico.cl de la resolución aprobatoria del respectivo contrato y en todo caso una vez vencida la vigencia de dichas garantías. En caso de que la licitación pública sea declarada desierta, se devolverán las garantías de seriedad de la oferta a los oferentes a contar del segundo día hábil siguiente a la fecha de publicación en el portal www.mercadopublico.cl de la resolución fundada que declara desierta la licitación. La garantía de seriedad de la oferta podrá ser ejecutada sin notificación ni forma de juicio, en los siguientes casos: 1. Si el participante retira su oferta durante el período de validez establecido en las presentes Bases. 2. Si el adjudicatario se desiste expresamente y por escrito de la adjudicación efectuada. 3. Si el adjudicatario, a pesar de no desistirse de la adjudicación efectuada conforme a lo señalado en el Nº2 precedente incurre en alguno de los casos descritos en las Bases. En conformidad con lo previsto en estas Bases, la falta de entrega de la garantía o el incumplimiento de ésta de alguna de las exigencias establecidas en este artículo será causal de inadmisibilidad de la oferta. ARTÍCULO N° 13 ADMISIBILIDAD Y VALIDEZ DE LAS OFERTAS Serán estimadas como causales de inadmisibilidad y facultarán a la CORPORACIÓN para aplicar exclusión o eliminación de las ofertas las siguientes: 1. Que el proponente se encuentre afectado por alguna de las prohibiciones o limitaciones establecidas en las presentes Bases. 2. Que la propuesta no presente alguno de los antecedentes exigidos como OBLIGATORIOS. 3. Si los productos ofertados no corresponden o no cumplen con lo requerido en las presentes bases y/o se encuentre afecto a un cobro adicional. 4. Que la propuesta esté sujeta a restricciones o condiciones conforme a lo previsto en estas Bases y que estás no puedan ser obviadas y/o aclaradas mediante foro inverso. 5. En el caso que corresponda, que el oferente no haya entregado la garantía de seriedad de la oferta y/o no sea presentada en la forma y contenido establecidas en las presentes bases. 6. Si el producto ofertado no cumple con la totalidad de las especificaciones Técnico-Económicas definidas y exigidas como esenciales u obligatorias en las Bases Técnicas, o si alguno de estos requerimientos se encuentra afecto a un cobro adicional. 7. Que en el caso que las bases contengan visita(s) a terreno obligatoria(s), que el oferente no haya asistido a tales visitas. 8. Que en el caso que corresponda, el oferente no entregase la(s) garantía(s) solicitadas en el proceso de postulación de ofertas. Todo lo anterior sin perjuicio de lo establecido en el siguiente artículo. ARTÍCULO N° 14 ACLARACIONES A LAS OFERTAS (FORO INVERSO) La Corporación podrá solicitar a los oferentes al momento de la apertura electrónica de sus ofertas y durante el proceso de evaluación que adjunten documentos no esenciales o salven errores de referencia o de transcripción que dan lugar a inconsistencias evidentes u omisiones formales o bien que aclaren algunos aspectos precisos de su oferta siempre y cuando las rectificaciones de dichos errores, vicios u omisiones o aclaraciones no les confiera a esos oferentes una situación de privilegio o ventaja respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Tanto la solicitud de aclaración de la oferta o la solicitud de documentación atingente al proceso, por parte de la Corporación como la respuesta del oferente a dichas solicitudes, se realizarán a través del Sistema de Información. El plazo de respuesta será de 48 horas corridas contadas desde la fecha de solicitud de aclaración. ARTÍCULO N° 15 VALIDEZ DE LAS OFERTAS Las ofertas tendrán una validez de 120 días contados desde la fecha de apertura electrónica de la licitación. Si dentro de ese plazo no se puede efectuar la adjudicación, la Corporación podrá solicitar a los proponentes, antes de su expiración, la prórroga de las propuestas y la renovación de las garantías de seriedad en el caso que éstas hubieran sido exigidas en estas Bases. Si alguno de los proponentes no accediere a la solicitud, su propuesta no será considerada en la licitación, en cuyo caso la Corporación devolverá las garantías respectivas en el plazo de cinco días, contado desde su vencimiento, según corresponda. ARTÍCULO N° 16 COMISIÓN DE EVALUACIÓN Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS La apertura y evaluación de las ofertas será realizada por una comisión constituida para tal efecto, que estará compuesta por un mínimo de 3 integrantes, designados por el Secretario General, o quien tenga delegada la facultad. Al momento de conocer los nombres de los oferentes, cada integrante de la Comisión Evaluadora deberá declarar no tener conflicto de intereses con ninguno de ellos, de forma directa o indirecta, así como su compromiso de no aceptar donativos de ninguna especie o monto de terceros mientras integre esta Comisión Evaluadora. Para ello, cada miembro de la Comisión Evaluadora deberá firmar una Declaración Jurada de Ausencia de Conflicto de Intereses y de Confidencialidad, que será publicada conjuntamente con la respectiva Resolución de adjudicación o deserción. La Comisión Evaluadora deberá guardar confidencialidad en cuanto al contenido de las ofertas, del proceso de licitación, así como todos los antecedentes relacionados con dicho proceso y especialmente a actuar con absoluta reserva respecto a todas las deliberaciones que se lleven a cabo durante el proceso de evaluación. En el evento de que los miembros de la Comisión Evaluadora declarasen o detectaran en el acto mismo que tiene algún conflicto de interés con uno o más de los oferentes, deberá así manifestarlo y abstenerse de participar en la evaluación. En tal caso se dejará constancia de dicha circunstancia en el Acta suspendiéndose la Evaluación para proceder al inmediato reemplazo del integrante de la Comisión Evaluadora inhabilitado mediante resolución dictada a tal efecto, sin perjuicio de poder procederse en conformidad con lo previsto en el párrafo siguiente. En caso de que alguno de los miembros de la comisión no pudiera participar en el acto de evaluación por inhabilidad sobreviniente o bien por estar en uso de licencia médica, por fuerza mayor, caso fortuito u otro imprevisto de análoga naturaleza, la Comisión podrá igualmente proceder a la evaluación de las propuestas siempre que cuente al menos con tres integrantes conforme a lo exigido en el artículo 37 del Decreto N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda. La evaluación se efectuará considerando en su análisis todos los antecedentes exigidos a los oferentes, sean estos de carácter técnico, legal, económico, u otros. Se prohíbe a los miembros de la Comisión Evaluadora tomar contacto o conceder reuniones a terceros sean oferentes o no, relativas a materias vinculadas a la evaluación. Corresponderá a la Comisión Evaluadora: 1.- Verificar la admisibilidad de las propuestas en conformidad con lo previsto en las presentes Bases. 2.-Revisar el cumplimiento de los requisitos técnicos obligatorios indicados en las presentes Bases, lo cual determinará la admisibilidad o inadmisibilidad de la oferta. 3.- Realizar el proceso de evaluación de las ofertas y antecedentes, solo respecto de aquellas propuestas que hayan sido calificadas como admisibles. 4.- Elaborar el Informe de Evaluación de las Ofertas, considerando lo siguiente: 1) En caso de que se encuentren contempladas en las Bases una visita a terreno o la demostración de productos y/o equipos en comodato: constancia de la efectiva realización de la actividad, forma como se desarrollaron y pronunciamiento de la Comisión en caso de observaciones a los mismos. 2) Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las Bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos. 3) Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas. 4) La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación. 5) Cuadro de todas las propuestas participantes consideradas con un puntaje total obtenido. 6) La proposición fundada de adjudicación o de declaración de la licitación como desierta, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final. 5.- Solicitar modificación del plazo de adjudicación en el caso previsto en las presentes Bases, si corresponde. El Informe de Evaluación elaborado por la Comisión de Evaluación deberá ser suscrito por todos sus integrantes y entregado al Secretario General de la Corporación. La Comisión de Evaluación queda facultada para resolver por sí sola cualquier duda o discrepancia que en el acto de apertura o de evaluación de las ofertas pueda surgir en relación con la interpretación o aplicación de las presentes Bases.
III.- EVALUACIÓN
EVALUACIÓN DE OFERTAS 17.1 Primera Etapa: Cumplimiento de requisitos Técnicos obligatorios. El parámetro para medir dicho criterio será la evaluación del cumplimiento de los requisitos técnicos obligatorios indicados en las Bases Técnicas materia de esta licitación y su estado de admisibilidad. CUMPLE / NO CUMPLE Factor de medición Cumple (C) / No Cumple (NC) Resolución de Acreditación de Laboratorio Clínico vigente al momento del cierre de las ofertas (OBLIGATORIO). Resolución de Autorización Sanitaria vigente al momento del cierre de las ofertas, para el laboratorio clínico, para ello deberá adjuntar el documento de respaldo. (OBLIGATORIO) Resolución de Autorización Sanitaria vigente al momento del cierre de las ofertas, para el centro donde se realizará la toma de muestra, para ello deberá adjuntar el documento de respaldo (OBLIGATORIO) Presentar documento por Rayen que avale integración (OBLIGATORIO). Es requisito obligatorio que el centro donde se tomarán las muestras de los usuarios que sean derivados desde el Centro Comunitario de Salud Mental Dr. Greve (COSAM) se encuentre en la comuna de Providencia. El oferente que no dé cumplimiento a alguno de los requisitos indicados será declarado inadmisible y no continuará en el proceso de evaluación. 17.2 Segunda Etapa: Evaluación Técnica, Administrativa y Económica (100% de ponderación). El oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos solicitados en las Bases, continuará con el proceso de evaluación de la presente licitación. En el caso de que la licitación sea por línea, la evaluación se realizará por cada una de ellas. La evaluación se realizará por cada una de las líneas ofertadas. La evaluación de la oferta se llevará a cabo de acuerdo a los siguientes criterios: CRITERIOS DE EVALUACIÓN PONDERACIÓN 1.- Evaluación Económica. 85% 2.- Ubicación prestación servicio Toma de muestras. 8% 3.- Experiencia del proveedor. 5% 4.- Programa de Integridad. 1% 5.- Cumplimiento de requisitos formales. 1% Definición de criterios y asignación de puntajes: A continuación, se analizará cada uno de los criterios de evaluación definidos en las presentes bases: 1.- Evaluación Económica (85%) Anexo N°2: Los oferentes deberán presentar la información requerida de forma obligatoria en el Anexo N°2, indicando, en pesos chilenos, el precio ofertado. Se evaluará el costo total del servicio por 36 meses, más impuestos incluidos, si corresponde. El puntaje del criterio se definirá en base a la siguiente fórmula: Puntaje=⌈(Menor "TOTAL,COSTO DEL SERVICIO " ofertada)/("TOTAL,COSTO DEL SERVICIO " a evaluar )⌉∙100 Para los efectos de la evaluación y elaboración del ranking respectivo los puntajes serán considerado con hasta dos (2) decimales. 2.- Ubicación prestación servicio Toma de muestras. (8%) Anexo N°3: Para determinar el puntaje de la ubicación del centro donde se tomarán las muestras de los usuarios que sean derivados desde el Centro Comunitario de Salud Mental Dr. Greve (COSAM), aplicará la fórmula de criterio de menor valor a la distancia en kilómetros, entre el Centro Comunitario de Salud Mental Dr. Greve (COSAM), ubicada en Av. Manuel Montt 2051, comuna de Providencia y el establecimiento del oferente. La citada distancia se obtendrá mediante la aplicación Google maps, medida en línea recta: Puntaje =⌈(Menor "Distancia (kms)" del centro ofertado)/("Distancia (kms) " del centro a evaluar )⌉∙100 Solamente se evaluará el centro en el cual se deberá realizar la toma de muestras de los usuarios que sean derivados desde el Centro Comunitario de Salud Mental Dr. Greve (COSAM). La ubicación del lugar donde se realizará el procesamiento y análisis de las muestras no será considerado en esta evaluación. El proveedor deberá solamente señalar la dirección de un centro. En caso contrario, si un proveedor oferta más de un centro, se evaluará la dependencia que se encuentre más cercana al Centro Comunitario de Salud Mental Dr. Greve (COSAM), ubicado en Av. Manuel Montt 2051, comuna de Providencia. La distancia se obtendrá mediante la aplicación Google maps, medida en línea recta. En este sentido, si dicho oferente resulta adjudicado, será el centro evaluado como el más cercano, el lugar definitivo en el cual se prestará el servicio de toma de muestras durante la vigencia del contrato. Es requisito obligatorio que el centro del oferente se encuentre en la comuna de Providencia. La oferta será declarada inadmisible, en el caso de ofertar un centro que se encuentre en alguna comuna no sea Providencia. Nota: los kilómetros se considerarán hasta con un decimal, sin aproximar según la distancia entregada por Google Maps. 3.- Experiencia del proveedor (5%) Anexo N°4: Este criterio se evaluará en función de la experiencia del proveedor en los servicios requeridos en estas bases, otorgados por instituciones del ámbito público y/o privado, en los últimos 7 años desde publicado el presente proceso en Mercado público. Para acreditar dicha experiencia, el oferente deberá acompañar Orden de compra en PDF, en estado de recepción conforme o Certificado de recepción conforme en formato libre, debidamente firmado por el mandante, indicando nombre, fecha y monto del contrato que se recepciona. Es importante señalar que sólo se considerarán para la evaluación aquellos contratos declarados en dicho anexo, debidamente respaldados, que presenten recepción conforme. En el caso de solamente presentar el número de las órdenes de compra del sector público en dicho anexo, la Corporación se encontrará facultada para revisar el estado, periodo y el rubro, en el portal Mercado Público. En este sentido, si estas OC declaradas no cumplen con las condiciones establecidas precedentemente, no serán consideradas como parte de los antecedentes de la evaluación, y no se les asignará puntaje. Solo se considerarán aquellos contratos declarados en el Anexo N°4 con su respectivo medio de comprobación adjunto, de lo contrario, no serán considerados en la evaluación. Lo anterior será evaluado de acuerdo con los siguientes puntajes: Servicios oftalmológicos durante los últimos 7 años PUNTOS 8 o más contrataciones 100 Entre 6 a 7 contrataciones 80 Entre 4 a 5 contrataciones 60 Entre 2 a 3 contrataciones 40 1 contratación 20 No acredita experiencia 0 La Corporación se reservará el derecho de consultar con el mandante la veracidad de los servicios prestados y/o verificar su veracidad o validez a través de cualquier otro mecanismo, como por ejemplo descargar la orden de compra o ID de la Licitación, u otros antecedentes de Mercado Público. La documentación en donde no sea posible verificar la experiencia, porque no ha sido acreditada, no será considerada en la respectiva evaluación. 4.- Programa de integridad (1%) Anexo N°5: Para su evaluación, el oferente debe adjuntar el programa de integridad. En consecuencia, si el proveedor no presenta el programa, obtendrá puntaje 0. DESCRIPCIÓN PUNTAJE Cuenta con Programa de integridad 100 No cuenta con Programa de Integridad 0 5.- Cumplimiento de requisitos formales (1%): Este criterio de evaluación considera el cumplimiento referido a la entrega y presentación de los documentos administrativos y anexos indicados en esta licitación, de acuerdo con la siguiente tabla: FACTOR A EVALUAR PUNTAJE La oferta cumple todos los requisitos formales y presenta todos los documentos y anexos administrativos, técnicos y económicos, dentro del plazo indicado para la recepción de ofertas, sin observaciones o aclaraciones presentadas con posterioridad al vencimiento del plazo destinado para ello. 100 La oferta cumple todos los requisitos formales para ofertar, pero se debe pedir subsanar o enmendar elementos que no sean obligatorios a través de foro inverso y el proveedor corrige y/o subsana en tiempo y forma. 50 La oferta cumple todos los requisitos formales para ofertar, pero se debe pedir subsanar o enmendar elementos que no sean obligatorios través de foro inverso y el proveedor NO corrige y/o subsana en tiempo y forma. 0 Comportamiento contractual anterior: La evaluación al comportamiento contractual tiene por OBJETO DESCONTAR PUNTAJE, respecto del total obtenido, aplicando la pauta de evaluación, considerando la información proporcionada por el "Historial de comportamiento contractual" de la plataforma Chile Proveedores. N° TIPO SANCIÓN PUNTAJE PARA DISMINUIR 1 Termino anticipado unilateral de contrato por causas imputables al contratista. -5 Puntos por contrato. 2 Por cada 5 multas que posea en la ficha del proveedor de Mercado Público cursadas en el rubro licitado en los últimos 24 meses. -2 Puntos por cada 5 multas Cada puntaje indicado en la tabla precedente se deberá considerar por cada "término anticipado unilateral del contrato", que presente el proveedor, EN LOS ÚLTIMOS 24 MESES, el puntaje se irá restando hasta un MÁXIMO de 15 PUNTOS. En el caso de “por cada 5 multas que posea el proveedor” EN LOS ÚLTIMOS 24 MESES, el puntaje se irá restando hasta un MÁXIMO de 10 PUNTOS. Resolución de empates. Cuando dos o más oferentes obtengan idéntico puntaje máximo final, se aplicará, en forma sucesiva las siguientes reglas de desempate: Quien haya obtenido el mayor puntaje en el criterio de “Evaluación Económica”. Quien haya obtenido el mayor puntaje en el criterio de “Ubicación prestación servicio Toma de muestras Quien haya obtenido el mayor puntaje en el criterio de “Experiencia del proveedor”. Quien haya obtenido el mayor puntaje en el criterio de “Programa de integridad”. Quien haya obtenido el mayor puntaje en el criterio de “Cumplimiento de requisitos formales”. Si aun así subsiste la situación de empate se adjudicará la oferta que haya sido ingresada primero según comprobante de ingreso de oferta emitido por la Dirección de Compras y Contrataciones Públicas en el portal www.mercadopublico.cl.
IV.- ADJUDICACIÓN
ADJUDICACIÓN 18.1 ADJUDICACIÓN Para la presente licitación se seleccionará la oferta más ventajosa, teniendo en cuenta los puntajes obtenidos en cada criterio de evaluación y sus respectivas ponderaciones. La adjudicación se realizará al valor total ofertado. La presente licitación podrá ser adjudicada a un solo oferente. En ningún caso se podrá adjudicar un mismo servicio a dos o más oferentes una misma línea de licitación. La Corporación, resolverá el proceso licitatorio en el plazo señalado para tales efectos en el cronograma contenido en estas Bases. Con todo, si la adjudicación no se efectúa dentro del plazo señalado, informará en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación. Para tales efectos, la Corporación, informará los motivos de la ampliación y modificará las fechas en el sistema de información sitio www.mercadopublico.cl La Corporación, rechazará, en forma fundada, y declarará inadmisibles aquellas propuestas que no cumplan con los requisitos mínimos exigidos en las presentes Bases. Las propuestas rechazadas lo serán en forma permanente y definitiva. El acto de adjudicación es la aceptación oficial por parte de la CORPORACIÓN de una propuesta presentada por un oferente que no genera al adjudicatario derecho adquirido alguno respecto de la adjudicación y que solo pasa a tener fuerza jurídica una vez perfeccionado el vínculo contractual, esto es, cuando ha sido emitida y aceptada la orden de compra o bien cuando se encuentra totalmente tramitado el acto administrativo aprobatorio del respectivo contrato, según sea el caso. 18.2 REVOCACIÓN Se revocará la licitación en el caso de que existan errores no subsanables generados al momento de la creación del proceso licitatorio en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública y que impiden adjudicar conforme a lo previsto en las Bases, o cuando no pueda continuar con el procedimiento administrativo que conduce a la adjudicación. 18.3 DESERCIÓN Se declarará desierto el procedimiento licitatorio en los siguientes casos: 1. Si no se presentan ofertas. 2. Si todas las ofertas son inadmisibles en conformidad a estas Bases. 3. Si las ofertas presentadas no resultan satisfactorias de acuerdo a los criterios de evaluación establecidos en las presentes Bases y conforme a lo informado por la Comisión Evaluadora. 4. Si el producto ofertado no es conveniente para los intereses de la Corporación: • Por no cumplir con las características técnicas requeridas; • En razón de que los precios ofertados no son favorables en relación con el presupuesto disponible para la licitación. • Por otras razones que deberán ser debidamente justificadas y fundamentadas por la Comisión Evaluadora. Para los efectos previstos en el párrafo cuarto del artículo 41° del Reglamento de la ley N°19.886, en caso de producirse consultas relacionadas con la resolución del proceso licitatorio, esto es, respecto de la adjudicación o declaración de licitación desierta, los oferentes podrán, dentro del plazo de 3 días hábiles contado desde la publicación de la respectiva resolución, formular sus consultas a través del Sistema de Información. 18. 4 READJUDICACIÓN Se entenderá ipso facto que el adjudicatario no acepta la adjudicación en los siguientes casos, los cuales serán aplicables según lo establecido en las presentes Bases: i. Si el adjudicatario no entrega la garantía de fiel cumplimiento, conforme con lo exigido en estas Bases. Lo anterior en los casos que corresponda. ii. Si el adjudicatario no cumple con alguno de los requisitos establecidos en las presentes bases. En tales casos la Corporación podrá evaluar la conveniencia y/o necesidad de persistir en la adjudicación, readjudicando al oferente que ocupe el segundo o el tercer lugar en el ranking de evaluación, esto último solo si el segundo se desiste de la readjudicación o bien dejarla sin efecto o declararla desierta, según corresponda. Todo lo anterior según sean las circunstancias concurrentes conforme a las cuales han tenido lugar alguna de las situaciones descritas. Para tales efectos la Comisión Evaluadora emitirá el informe respectivo con las recomendaciones que estime convenientes y sean procedentes. Conforme al mérito y ponderación de dicho informe se dictará la correspondiente resolución fundada de la Corporación. El nuevo adjudicatario deberá cumplir con los requisitos establecidos en estas Bases dentro de los mismos plazos y en la forma y condiciones establecidas en las presentes Bases. La confirmación definitiva de la readjudicación se llevará a cabo por el Sistema de Información del portal www.mercadopublico.cl.
V.- CONTRATACIÓN
CONTRATACIÓN Resuelta la adjudicación de la licitación, y al momento de la contratación, el adjudicatario deberá cumplir con los siguientes requisitos: a) Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores. El Proveedor adjudicado tendrá 15 días hábiles contados desde la fecha de publicación de la resolución de adjudicación en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública de la Administración a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, sitio www.mercadopublico.cl, para habilitarse en el registro indicado. En el caso de la Unión Temporal de Proveedores cada proveedor de dicha unión deberá encontrarse hábil en el Registro de Proveedores. b) Entregar una garantía para asegurar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones contraídas en la forma y condiciones establecidas en estas Bases, si así fuera exigible. c) Entregar todos los documentos que solicite la Corporación o quien esté a cargo para la elaboración del subcontrata, atingentes a la naturaleza de la contratación y el proceso. d) En el caso de la Unión Temporal de Proveedores, ésta deberá acreditar que el acuerdo consta por escritura pública o privada si se trata de una adquisición inferior a 1.000 UTM o escritura pública si se trata de una adquisición superior a 1.000 UTM e) Certificado emitido por la Dirección del Trabajo, acreditando que no registra reclamo ni denuncia en relación con sus obligaciones laborales a través del certificado F30 de los últimos 3 meses. f) Cumplir con las exigencias contenidas en el Reglamento Especial Para Empresas Contratistas y Subcontratistas, en su Título II, Sistema de Gestión de Salud y Seguridad en el Trabajo. La documentación requerida en las letras c) y d) de este artículo deberá ser entregada por el adjudicatario dentro de los 5 días hábiles siguientes a la adjudicación o de la solicitud de documentación. ARTÍCULO N° 20 GARANTÍAS REQUERIDAS GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO El proveedor adjudicado deberá garantizar el fiel y cabal cumplimiento de las obligaciones que impone el contrato mediante una caución o garantía. Se aceptará cualquier instrumento de caución regulado por ley que asegure el cobro de la misma de manera rápida, efectiva y siempre que cumpla con los siguientes requisitos: Beneficiario Corporación De Desarrollo Social de Providencia, R.U.T. N.º 69.070.301-7 Pagadera A la vista Tipo Irrevocable, sin ningún condicionamiento, debiendo también permitir su ejecución para el cobro de las eventuales multas que contempla el contrato. Vigencia mínima 36 meses más 90 días hábiles, a contar de la adjudicación. La extensión o reemplazo deberá ser efectuado por el Proveedor con a lo menos 30 días corridos de anticipación al plazo de vencimiento previsto en el documento. El incumplimiento de esta obligación será estimado como incumplimiento grave y dará lugar a la ejecución inmediata de la garantía de fiel cumplimiento. Corresponderá a la Contraparte Técnica de la CORPORACIÓN verificar el efectivo cumplimiento de esta obligación por parte del Proveedor. En caso de renovación del contrato, deberá proporcionar una nueva boleta por el nuevo período. Expresada en Pesos chilenos, UF o UTM. Monto 5% del adjudicado. Glosa Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato del “SERVICIO DE LABORATORIO CLÍNICO PARA LOS CENTROS DE ATENCIÓN PRIMARIA DE SALUD DE PROVIDENCIA”, ID 552975-XX-LR24. (Se deberá indicar el ID de la licitación, por ello donde se señala XX, el oferente deberá reemplazarlo por el número correspondiente). Si el documento a presentar no permite, por su naturaleza, señalar la glosa en su texto, esta deberá venir escrita al reverso o en acta adjunta adherida al documento. Otros requisitos Las pólizas de seguros, certificados de garantía recíproca u otros instrumentos de garantía de similar naturaleza, no podrán contener cláusula de arbitraje. La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar, el cual entregarse de forma física o electrónicamente. Forma y oportunidad de su restitución Una vez que el Proveedor haya dado total, íntegro y oportuno cumplimiento a todas las obligaciones por él contraídas en el respectivo contrato y se haya verificado el plazo de vigencia de la garantía. Previo a la restitución de la garantía se requerirá la verificación de las exigencias antes descritas y para lo cual la Contraparte Técnica de la CORPORACIÓN emitirá el respectivo informe de cumplimiento entendiendo, para tales efectos, que las obligaciones del Proveedor revisten el carácter de indivisibles La garantía de fiel cumplimiento del contrato en el caso de ser un documento físico deberá ser entregada en el Departamento de Tesorería de la Corporación de Desarrollo Social de Providencia, ubicada en Av. Pedro de Valdivia 963, comuna de Providencia, Santiago. Se previene que los días y horas de atención de dicha oficina para los efectos de recepción de la garantía son de días hábiles de lunes a viernes entre las 9:00 y 14:00 horas en la Unidad de Tesorería. En el caso de ser un documento digital, este deberá ser enviado a tesoreria@cdsprovidencia.cl, con copia a adqusiciones@cdsprovidencia.cl y el correo de la persona que la solicito. La garantía deberá ser entregada por el adjudicatario dentro de los 10 días hábiles siguientes a la adjudicación. En caso de que la garantía adolezca de algún error u omisión, la entrega podrá extenderse por 3 días hábiles. La falta de entrega de esta garantía será causal para dejar sin efecto la adjudicación y proceder a la readjudicación o declaración de desierta, según el caso. En el evento de que el Proveedor no cumpla con las obligaciones y/o los plazos que establecen las presentes Bases, la Propuesta correspondiente y/o el contrato, y en particular en los casos contemplados en estas Bases, la CORPORCIÓN queda autorizado desde ya para proceder a hacer efectiva la garantía, sin necesidad de requerimiento ni acción judicial alguna y sin perjuicio de las demás acciones legales que pudieren corresponderle a la CORPORACIÓN. ARTÍCULO N° 21 SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO 21.1 CONTRATO En caso de que la adjudicación sea igual o mayor a 1000 (mil) Unidades Tributarias Mensuales, se suscribirá con el proponente adjudicatario un contrato de servicio por la línea adjudicada. Se deberá celebrar el respectivo contrato dentro del plazo señalado en este artículo, el cual contendrá las cláusulas necesarias para el resguardo de los intereses de la Corporación y será suscrito por éste y la persona natural adjudicada o el representante legal de la entidad adjudicataria, según corresponda, debiendo ésta informar el nombre del o los representantes legales que comparecerán a la suscripción del contrato. Para todos los efectos del contrato, la Corporación fijará su domicilio en la comuna de Providencia de la ciudad de Santiago. De esta manera, la Corporación, previa verificación en dicho Sistema del efectivo cumplimiento del requisito previsto en la letra a) del artículo 19º de estas Bases, enviará el documento de contrato respectivo al Proveedor adjudicado vía correo electrónico a la dirección de correo informado por éste en su oferta. En este sentido, el oferente adjudicado estará obligado a firmar el contrato, ya sea con firma electrónica (En el caso de que el adjudicatario cuente con esta opción) o de manera presencial en las dependencias de la CORPORACIÓN, ubicada en Av. Pedro de Valdivia 963, comuna de Providencia, Santiago. En el caso de contar con firma electrónica, el proveedor deberá remitir el contrato vía correo electrónico. En ambos casos, el proveedor dispondrá de un plazo máximo de 10 días hábiles para efectuar la entrega del contrato debidamente suscrito (mediante correo electrónico o presencial, según corresponda), contados desde la fecha de envío del correo electrónico con el documento contrato por parte de la CORPORACIÓN al proveedor. Es requisito obligatorio que el proveedor entregue las garantías exigidas antes de la firma del contrato, ya que, en su defecto, éste no podrá ser firmado hasta contar con la recepción de las respectivas garantías, si aplica, por parte de la corporación. Una vez firmado el contrato por las partes, éste y su resolución aprobatoria serán publicados en el Sistema de Información. Todos los costos, gastos e impuestos que irrogue la formalización del contrato, serán de cargo del adjudicatario. 21.2 ORDEN DE COMPRA En caso de que la adjudicación sea menor a 1.000 (mil) Unidades Tributarias Mensuales, se emitirá a nombre del proponente adjudicatario una orden de compra por la línea adjudicada. Una vez entregada la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, según corresponda, la entidad licitante formalizará el cumplimiento de la provisión mediante la emisión de la Orden de Compra respectiva. Adicionalmente, el proveedor y el encargado de la U.T. respectiva recibirán copia de la Orden a través de un correo electrónico de la Corporación, emitido desde el Departamento de Compras Públicas. informándole de tal emisión. El adjudicatario deberá aceptar la Orden de Compra a través del Sistema (www.mercadopublico.cl) en un plazo de 72 horas, contadas desde la fecha y hora de la emisión. En caso de que la Orden de Compra no haya sido aceptada, la Corporación podrá solicitar su rechazo, y se entenderá definitivamente rechazada transcurridas 24 (veinticuatro) horas desde dicha solicitud. ARTÍCULO N° 22 VIGENCIA DE LA CONTRATACIÓN Y RENOVACIÓN El contrato comenzará a regir a contar de la fecha indicada en el acta de inicio de contrato, el cual deberá ser firmado por la Unidad Técnica (UT) y un representante de la empresa, en un plazo máximo de 7 días hábiles posterior a la aceptación de la Orden de Compra (OC). La vigencia será por 36 meses o hasta el agotamiento de los recursos adjudicados, dependiendo de cuál de estas circunstancias se ocurra primero. Sin perjuicio de lo anterior. Por razones de buen servicio, podrán comenzar a ejecutarse los servicios y/o entrega de bienes a contar de la fecha de suscripción del contrato respectivo, con anterioridad a la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe. Sin embargo, queda expresamente establecido que no se podrá realizar pago alguno sin la total tramitación del referido acto administrativo y la respectiva recepción conforme de los servicios. En los casos en que se formalice mediante Orden de Compra comenzará a regir desde la aceptación de la orden de compra por parte del adjudicado hasta la recepción conforme de todos los productos, según lo señalado en bases, por lo que se entenderán extintas las obligaciones contractuales entre las partes. 22.1 RENOVACIÓN Esta contratación no tiene posibilidad de renovación. ARTÍCULO N° 23 CESIÓN DE LA CONTRATACIÓN Y SUBCONTRATACIÓN En caso de ser requerido, durante la ejecución de la contratación, y previa autorización de la Corporación, el Proveedor podrá efectuar las subcontrataciones que sean necesarias para el cumplimiento del suministro contratado. No obstante, la subcontratación deberá ser parcial, conforme con lo dispuesto en el artículo 76 del Decreto Nº250, de 2004, del Ministerio de Hacienda. La Corporación tendrá la facultad de requerir información de acerca de los servicios subcontratados. El personal que contrate el Proveedor, con motivo de la ejecución del suministro materia de la presente licitación no tendrá, en caso alguno, relación laboral, ni vínculo de subordinación y/o dependencia con la Corporación, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 183-C del Código del Trabajo, sino que exclusivamente con el Proveedor. En todo caso, cualquiera sea el tipo de subcontrato, el Proveedor seguirá siendo el único responsable de las obligaciones contraídas en virtud de la respectiva contratación suscrita con la Corporación. Sin perjuicio de lo anterior, y cada vez que la Corporación así lo requiera, el Proveedor estará obligado a informar respecto del estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que a este último les corresponda respecto a sus trabajadores, como asimismo de igual tipo de obligaciones que tengan los subcontratistas con sus trabajadores. El monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales deberá ser acreditado mediante certificados emitidos por la respectiva Inspección del Trabajo, o bien por aquellos medios idóneos reglamentados por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento. El incumplimiento reiterado del Proveedor a sus obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores, en los términos previstos en las Bases, será estimado como incumplimiento grave y facultará a la Corporación para poner término anticipado a la contratación en conformidad con lo dispuesto en estas Bases y realizar el cobro de la garantía de fiel cumplimiento de la contratación pertinente. Lo anterior sin perjuicio de lo establecido en la ley Nº20.123.
VI.- MULTAS
CONDICIONES DE MULTA La Corporación se reserva el derecho, previo informe de la Unidad Técnica de aplicar sanciones al adjudicatario en el caso que éste haya incumplido cualquiera de las obligaciones establecidas en la contratación o que le impone la Ley. El monto de las sanciones será determinado por la Corporación, de acuerdo con la magnitud de la infracción pudiendo llegar hasta un 20% del total de la contratación. En tal caso, la Corporación podrá poner término anticipado de la contratación en virtud de lo indicado en estas Bases de Licitación, pudiendo hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento de la contratación, de acuerdo a lo estipulado en estas Bases, en el caso que corresponda. Estas multas se fijarán en UTM. El valor de la UTM será establecido de acuerdo al mes en que se haya incurrido la infracción correspondiente. El monto de las multas está dado de acuerdo a la siguiente tabla: Causales de multas Retraso igual o menor a 24 horas corridas. Retraso por cada 24 horas corridas (transcurridas las primeras 24 horas) No cumplimiento de fechas de entrega de informes establecidas en las bases técnicas. 1 UTM 2 UTM No notificación de un valor critico o fuera de plazo, según lo establecido en las bases técnicas. 1.5 UTM 2.5 UTM No notificación de rechazo de muestra en plazo, según lo establecido en las bases técnicas. 0.5 UTM 1 UTM No mantener el stock crítico de los insumos para los 30 días establecidos en las bases técnicas. 1.5 UTM 2.5 UTM No entrega de los insumos y/o equipamiento requerido por cada centro mediante correo electrónico, transcurrido el plazo máximo de 5 días hábiles desde la notificación al proveedor. 1 UTM 2 UTM Atraso en la política de cambio de productos/equipos de acuerdo a las bases técnicas. 1 UTM 2 UTM No realizar capacitación a los funcionarios para uso del equipamiento al comienzo de la contratación, en la fecha coordinada con la Unidad Técnica. 0.2 UTM 0.3 UTM No entregar inmediatamente un nuevo equipo al centro, en el caso de que un equipo con mal funcionamiento no pueda ser reparado por el proveedor adjudicado. 1 UTM 2 UTM Además, se indican los siguientes eventos como causal de multa, para las cuales se fijan los siguientes montos: Causales de multas 1° evento Desde el 2° evento Error en el informe (resultado no coincide con paciente, RUT no coincide con nombre). 5 UTM 8 UTM No retiro de las muestras de forma diaria. 5 UTM 8 UTM Derivar a un usuario del Centro Comunitario de Salud Mental Dr. Greve (COSAM) a otro centro que no corresponda al ofertado por el proveedor. 5 UTM 8 UTM 24.1 Procedimiento de aplicación de multa Cuando se verifiquen hechos que, de acuerdo con lo establecido en esta resolución sean constitutivos de multa, la contraparte técnica notificará esta circunstancia al contratista, remitiendo copia de la resolución de la Secretaría General que comunica el inicio del procedimiento administrativo de aplicación de multa, la que deberá indicar en forma precisa los hechos que se imputan. El contratista dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, contados desde la fecha de su notificación, para efectuar los descargos que estime pertinentes, adjuntando los antecedentes que sustenten sus alegaciones, por escrito y entregado en (Avenida Pedro de Valdivia N°963) o mediante correo electrónico dirigido a la casilla adquisiciones@cdsprovidencia.cl, con copia al correo desde donde se envió la resolución antes mencionada. Una vez realizados los descargos por parte del contratista, o en su defecto, una vez transcurrido el plazo de 5 días hábiles sin que el contratista haya formulado descargos, la contraparte técnica informará esta situación al Departamento de Compras Públicas solicitando la aplicación de la multa, en caso de que ello sea procedente. La multa será aplicada mediante resolución fundada, emitida por la Secretaría General, la que será notificada al contratista en forma personal, mediante carta certificada dirigida al domicilio señalado en el contrato u orden de compra, o a través de correo electrónico. La notificación que se efectúe mediante carta certificada se entenderá practicada a contar del tercer día hábil siguiente a su recepción en la oficina de correos correspondiente. El contratista podrá interponer recurso de reposición en contra de la resolución que le aplique la multa, dentro del plazo de 5 días hábiles contados desde la fecha de su notificación, por escrito y entregado en Avenida Pedro de Valdivia N°963, comuna de Providencia, o mediante correo electrónico dirigido a la casilla adquisiciones@cdsprovidencia.cl, con copia al correo desde donde se envió la resolución antes mencionada. La Corporación, resolverá la reposición presentada, acogiendo total o parcialmente los fundamentos dados por el proveedor, o bien, la rechazará confirmando la multa aplicada, sin perjuicio de los demás recursos que contempla la ley N° 19.880, que sean procedentes. 24.2 Pago de las Multas El contratista podrá pagar las multas directamente mediante transferencia electrónica a la cuenta corriente de la Corporación conforme a lo dictado en el acto administrativo señalado en el párrafo anterior, según el valor de la respectiva multa, debiendo dejarse constancia de ello en el respectivo expediente administrativo, en el plazo de 10 días hábiles. Lo anterior es sin perjuicio de la facultad de la Corporación de hacer efectivo el cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento (si es que existe dicha garantía) para el pago de la multa adeudada. En caso de hacerse efectivo su cobro, el contratista deberá entregar una nueva garantía, de igual monto y características, dentro de los 10 días siguientes al cobro de la anterior, en caso de ser física deberá ser entregada en el Departamento de Tesorería de la Corporación de Desarrollo Social de Providencia, ubicada en Avenida Pedro de Valdivia N°963, Providencia, Santiago; en el caso de ser digital, esta deberá ser enviada al correo tesoreria@cdsprovidencia.cl con copia ctorres@cdsprovidencia.cl.
VII. DEL TÉRMINO ANTICIPADO DE LA CONTRATACIÓN
TÉRMINO ANTICIPADO DE LA CONTRATACIÓN Mediante Resolución fundada la Corporación podrá poner término anticipado a la contratación en cualquiera de las situaciones que se señalan a continuación: a) Si el proveedor se encontrase en el Procedimiento Concursal de Liquidación en los términos establecidos en la ley N°20.720 o le son protestados documentos comerciales que se mantuvieren impagos por más de sesenta días o no fueren debidamente aclarados dentro de dicho plazo. b) Si el Proveedor se encuentra en estado de notoria insolvencia, a menos que se mejoren las garantías entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento de la contratación, si corresponde. c) En caso de término de giro, liquidación o disolución de la entidad proveedora. En tales eventos la entidad proveedora tendrá la obligación de comunicar cualquiera de tales hechos a la Corporación, dentro del plazo de 10 días contados desde el suceso respectivo. d) Si los productos, materia de esta licitación, no cumplen con las características exigidas en las Bases u ofertadas por el proveedor adjudicado. e) Si se verificare cualquier otro incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor. Se estimarán como tales: si el Proveedor supera el valor máximo de multas establecido estas Bases; incumplimiento que impida o dificulte notoriamente la correcta y oportuna ejecución del servicio contratado; en todos los casos previstos en estas Bases en que la aplicación de multas o incumplimiento conlleva el término anticipado de la contratación; y en todos los casos en que conforme a lo previsto en las presentes Bases el incumplimiento acarrea el término anticipado de la contratación. f) La no renovación de la garantía en los casos previstos en las presentes Bases, si corresponde. g) El incumplimiento reiterado o sostenido del Proveedor a sus obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores. Se entenderá que hay incumplimiento reiterado si el Proveedor no ha dado cumplimiento íntegro y oportuno a sus obligaciones laborales y previsionales en dos o más períodos de cotizaciones, y sostenido si la situación de incumplimiento se mantiene durante dos o más meses de manera continua. Lo anterior sin perjuicio del derecho de retención previsto en la ley Nº20.123. h) Si el adjudicatario subcontrata total o parcialmente el contrato, sin previa autorización de la Corporación, de acuerdo con lo estipulado en las bases. i) Si los servicios licitados son objeto de convenio marco con el mismo contratante con posterioridad a la celebración de la contratación y los precios en Convenio Marco son inferiores a los adjudicados en la presente licitación, a menos que el proveedor o contratante iguale el precio. j) Si el proveedor adjudicado pierde su acreditación o autorización sanitaria. k) Realización de actividades que pongan en riesgo la integridad física o moral de los pacientes. l) Por incumplimiento de obligaciones de confidencialidad que puedan establecer las presentes bases. m) Quiebre de stock o insolvencia del contratista. n) Por caso fortuito o fuerza mayor. o) Si así lo exigiera el interés público o la seguridad nacional. p) Si las partes de común acuerdo convienen en dar término anticipado a la contratación. Si el proveedor incurre en alguna de las causales de término anticipado imputables a éste, el Administrador de Contrato de la Corporación, comunicará al proveedor que se está frente a una causal de término anticipado, de manera fundada y por correo electrónico, dándole al proveedor un plazo de 5 (cinco) días hábiles para pronunciarse, la notificación de termino anticipado, se entenderá realizada una vez transcurridas 24 horas corridas desde el envío del correo electrónico. En el caso de que el proveedor presente respuesta contraviniendo los hechos y/o la cláusula que se considera vulnerada, deberá hacerlo por correo electrónico, el que deberá ser dirigido a la Unidad de Licitaciones. En tal caso, el Administrador de Contrato podrá acogerlos o rechazarlos. El acto administrativo que ponga término anticipado al contrato celebrando se notificara de acuerdo a las reglas establecidas en la Ley N°19.880. En caso de que la forma de notificación requiera del domicilio del adjudicatario, se considerara el que haya señalado al celebrar el contrato. Puesto término anticipado al contrato por cualquiera de las causas señaladas, con excepción de las indicadas en las letras i), n), o), y p), en el evento de haberse entregado garantía de fiel cumplimiento atendido el monto de la contratación, la Corporación podrá cobrarla y hacerla efectiva sin necesidad de requerimiento ni acción judicial alguna de acuerdo al procedimiento que corresponda según su naturaleza. Sin perjuicio de lo anterior, la Corporación ejercerá todas las acciones legales que le pudieren corresponder en contra del Proveedor por su incumplimiento. En el caso de la resciliación, la propuesta de terminar el contrato por mutuo acuerdo se realizara por correo electrónico, que emanara del Administrador de Contrato de la Corporación, con la aquiescencia del Secretario General, de la Corporación, decisión que en todo caso se materializara mediante la expedición del pertinente acto administrativo, con todo, la propuesta de realizar el término anticipado por esta vía, incluirá a su vez una propuesta de liquidación del contrato, a fin de que el acto administrativo que apruebe el termino anticipado, a su vez, por economía procesal administrativa, aprueba la liquidación respectiva. Lo anterior es sin perjuicio de las acciones que la Corporación pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios, el incumplimiento, comprende también, el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones del proveedor. Ejecutoriado el acto administrativo que dispuso el termino anticipado del contrato, se continuará con el procedimiento de liquidación respectivo, señaladas en las presentes bases de licitación. ARTÍCULO N° 26 LIQUIDACIÓN Y FINIQUITO CONTRACTUAL La liquidación es el documento generado por la Corporación, en el que se determina el estado de cumplimiento de las obligaciones del contrato al finalizar el mismo, y por tanto se consignan todos los pagos cursados (sea uno o varios pagos), las garantías existentes en poder de la Corporación, los cobros de multas y la forma de haberse pagado dichas multas por parte del proveedor. Este documento deberá ser confeccionada y tramitado por la Supervisor del Contrato, dentro del plazo de 30 días corridos, contados desde el término anticipado del contrato o termino natural del mismo. El cual se notificará por correo electrónico, por parte del Supervisor de contrato, y su aprobación se hará mediante resolución emitida por la Corporación, sin perjuicio de que el proveedor pueda hacer valer, por su parte, los recursos que le otorgue el ordenamiento jurídico. El proveedor podrá realizar observaciones al documento de liquidación dentro del plazo de 5 (cinco) días hábiles desde que es notificado de esta (entiéndase notificado a las 24 horas corridas desde el envío del correo electrónico). Las observaciones podrán ser ingresadas por correo electrónico, las cuales podrán ser o no acogidas por la Corporación mediante el Supervisor de Contrato. Una vez firmada la liquidación y el finiquito contractual, y al determinarse que la o las causales de termino anticipado son imputables al proveedor, la Corporación podrá solicitar el cobro de la garantía de fiel cumplimiento de contrato. ARTÍCULO N° 27 SUSPENSIÓN DE LA CONTRATACIÓN Por la naturaleza de la contratación este no puede ser suspendido en ninguna circunstancia ARTÍCULO N° 28 MODIFICACIONES A LA CONTRATACIÓN: AUMENTOS, DISMINUCIONES DE LA ADQUISICIÓN Y SERVICIOS EXTRAORDINARIOS Los aumentos y disminuciones de la adquisición serán propuestos a través de informe técnico por parte de la Unidad Técnica y no podrán disminuir o superar el 30% del valor total de la contratación, manteniéndose los valores adjudicados al proveedor, según el respectivo Anexo Económico. Para que sea autorizado, se requerirá la aprobación de la Secretaria General o de quien ésta haya delegado dicha facultad, mediante la correspondiente resolución. Asimismo, se deberá contar con el certificado de disponibilidad presupuestaria, correspondiente. En caso de que la modificación implique un aumento de monto de la contratación, el proveedor deberá entregar una nueva garantía de fiel cumplimiento, en los mismos términos dispuestos en las presentes bases de licitación. La ejecución de dichos aumentos o disminuciones de los servicios contratados no podrán realizarse sin previa notificación al proveedor de la respectiva resolución que lo disponga. ARTÍCULO N° 29 PRESUPUESTO Y OFERTA ECONÓMICA El presupuesto referencial para la presente licitación asciende a la suma total de $570.997.239 (Quinientos setenta millones novecientos noventa y siete mil doscientos treinta y nueve pesos) impuestos incluidos. La propuesta económica por la licitación: “SERVICIO DE LABORATORIO CLÍNICO PARA LOS CENTROS DE ATENCIÓN PRIMARIA DE SALUD DE PROVIDENCIA”, deberá ser expresada en pesos chilenos y deberá ser declarado debidamente en el Anexo N°2, cuyo valor será considerado para la evaluación, este deberá incluir cualquier otro costo asociado a otro rubro. Los valores deben ser expresados en moneda nacional y deberá incluir traslados y cualquier otro costo asociado a otro rubro. En caso de no existir concordancia entre el valor ingresado en Portal de Mercado Público y lo declarado en el Anexo N°2, se considerará lo declarado en este último documento. Reajustabilidad de los Precios Los valores unitarios ofertados del servicio licitado podrán ser reajustados transcurridos 12 meses desde el inicio de la prestación del servicio, según el acumulativo del IPC de dicho periodo (Índice de Precios al Consumidor), es decir, el pago con el reajuste incluido será desde el mes N°13, siempre y cuando el proveedor adjudicado así lo solicite al Administrador del contrato, de manera formal, mediante correo electrónico y éste sea autorizado. En este sentido, si el proveedor solicita el reajuste, por ejemplo, en el mes 14, se realizará dicho reajuste respetando el acumulativo del IPC de los primeros 12 meses desde el inicio del servicio, sin pago retroactivo del mismo. ARTÍCULO N° 30 CONDICIONES DE PAGO El Proveedor facturará de forma mensual los servicios efectivamente prestados y recepcionados conforme por la CORPORACIÓN, previa emisión de orden de compra, y estará afecto a los impuestos que correspondan. Para los efectos del pago el Proveedor deberá entregar a la Contraparte Técnica de la CORPORACIÓN, vía electrónica al correo electrónico que se indicará en el momento de la suscripción de contrato, la siguiente documentación: a. La factura correspondiente al monto a pagar, la cual deberá indicar el detalle de las prestaciones realizadas, además de las menciones tributarias, razón social, Rut, y dirección indicando la comuna y ciudad. b. Documento “Recepción de Servicios”, entregado por la Corporación de Desarrollo Social de Providencia. c. Contrato vigente firmado, correspondiente a la presente licitación. d. Certificado F30 según corresponda o sea solicitado. El pago de los productos se efectuará a 30 días corridos posterior a la recepción conforme de la documentación anteriormente detallada. La factura debe ser emitida a nombre de la Corporación de Desarrollo Social de providencia, R.U.T. N.º 69.070.301-7. En el evento que el Proveedor registre saldos insolutos relativos a remuneraciones o cotizaciones de seguridad social respecto de sus trabajadores, en las primeras facturas del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones debiendo el contratante acreditar que la totalidad de ellas se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. Dicha situación será acreditada mediante la documentación prevista en estas Bases.
BASES TÉCNICAS
SERVICIO REQUERIDO Se requiere contratar el servicio de laboratorio clínico para procesar las muestras realizadas en los centros de salud. No de Línea Nombre del Servicio Cantidad Presupuesto referencial 1 “SERVICIO DE LABORATORIO CLÍNICO PARA LOS CENTROS DE ATENCIÓN PRIMARIA DE SALUD DE PROVIDENCIA” 1 $570.997.239 (Quinientos setenta millones novecientos noventa y siete mil doscientos treinta y nueve pesos) impuestos incluidos. ARTÍCULO N°32 ENTREGA Y RECEPCIÓN DE LOS SERVICIOS El proveedor debe asegurar el traslado de las muestras, con costo por cuenta del oferente, desde los Centros de Salud, hasta el laboratorio de destino, bajo todas las normas de bioseguridad por lo menos 1 o más veces al día de lunes a sábado, en horario acordado por las partes: CENTRO DIRECCIÓN CESFAM Dr. Hernán Alessandri Los Jesuitas 857 CESFAM Dr. Alfonso Leng Manuel Montt 303 CESFAM El Aguilucho El Aguilucho 3292 Para el caso del servicio requerido para el Centro Comunitario de Salud Mental Dr. Greve, “COSAM”, el proveedor deberá realizar procedimiento de toma de muestra y procesamiento de estas en sus dependencias a los usuarios derivados por el COSAM sin costo para los pacientes. ARTÍCULO N°33 DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO. 1. ALCANCE Y DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS 1.1 SERVICIO DE LABORATORIO CLÍNICO Se requiere contratar el servicio de laboratorio clínico para procesar las muestras realizadas en los centros de salud de acuerdo con la canasta básica de exámenes estipulada en el decreto N°35 del Ministerio de Salud, que determina el aporte estatal a municipalidades. La cantidad referencial de los exámenes solicitados es la siguiente, pudiendo variar en el transcurso de la vigencia del contrato, sin obligar a la CORPORACIÓN a solicitarlos en su totalidad: EXAMENES Cantidad referencial 36 meses ACIDO URICO 21.247 ANTIBIOGRAMA CORRIENTE 5 ANTICUERPOS CONTRA HEPATITIS B 15 ANTICUERPOS HELICOBACTER PILORY 653 BILIRRUBINA TOTAL Y CONJUGADA 3.162 CHLAMYDIA 399 CLASIFICACIÓN SANGUINEA ABO Y RhD 756 COLESTEROL HDL 43.435 COLESTEROL LDL 5 COLESTEROL TOTAL 52.379 COPROCULTIVO 576 COPROPARASITOLOGICO SERIADO 1.210 CREATININA 37.612 CREATINURIA 29.033 CULTIVO PARA MYCOPLASMA Y UREAPLASMA c/u 513 CULTIVO STREPOCOCOS GRUPO B 742 DEPURACION DE CREATININA 15 ELECTROLITOS PLASMATICOS SODIO 6.904 ELECTROLITOS PLASMATICOS POTASIO 6.904 ELECTROLITOS PLASMATICOS CLORO 6.904 EXAMEN DE GRAHAM 122 EXAMEN DE GUSANOS, MACROSCOPICOS 5 EXAMEN DIRECTO AL FRASCO 5 EXAMEN DIRECTO AL FRASCO C/S TINCION 5 FACTOR REUMATOIDEO 1.137 FOSFATASAS ALCALINAS 2.882 GLUCOSA 51.966 GLUCOSA POST-CARGA (incluida carga de glucosa 75 gr) Tipo bebida. 4.598 GONOCOCO, MUESTRA, SIEMBRA, DERIVACIÓN 1 HEMATOCRITO 8.387 HEMOGLOBINA GLICOSILADA 64.851 HEMOGRAMA (INCLUYE RECUENTOS DE LEUCOCITOS Y ERITROCITOS, HEMOGLOBINA, HEMATOCRITO, FÓRMULA LEUCOCITARIA, CARACTERÍSTICAS DE LOS ELEMENTOS FIGURADOS Y VELOCIDAD DE ERITROSEDIMENTACIÓN) 36.568 HIV 107 LEUCOCITOS FECALES 140 LITIO 509 MICROALBUMINURIA CUANTITATIVA 29.088 NIVEL PLASMATICO ACIDO VALPROICO 232 NIVELES DE HORMONA FOLICULOESTIMULANTE 2.653 ORINA COMPLETA/SEDIMENTO URINARIO/ALBUMINA 39.671 PERFIL BIOQUIMICO (DETERMINACION DE 12 PARAMETROS) 801 PERFIL HEPATICO (INCLUYE TIEMPO DE PROTROMBINA, BILIRRUBINA TOTAL Y CONJUGADA, FOSFATASA ALCALINA TOTAL, GGT, TRANSAMINASAS GOT/AST Y GPT/ALT) 2.395 PERFIL LIPIDICO (COLESTEROL TOTAL, HDL, LDL, VLDL T TRIGLICERIDOS): 993 PROTEINAS TOTALES 1.343 PRUEBA DE ANTIGENO PROSTATICO ESPECIFICO 5.162 RECUENTO DE PLAQUETAS 26 REUENTO DE LEUCOCITOS 1 SANGRE EN DEPOSICIONES (técnica de Test Inmunológico) 11.682 T4 18 T4LIBRE 18.985 TIEMPO DE PROTROMBINA 1.948 TRANSAMINASAS OXALOACETICA/PIRUVICA (GOT/AST Y GPT/ALH) 18.837 TRICOMONA VAGINALIS 1 TRIGLICERIDOS 42.819 TSH 33.494 UREA 25.826 UROCULTIVO, RECUENTO DE COLONIAS, ANTIBIOGRAMA 6.310 VELOCIDAD DE SEDIMENTACION 148 VIRUS HEPATITIS C, ANTICUERPOS DE (ANTI HCV) 15 VITAMINA B12 POR INMUNOENSAYO 491 VRDL 10.144 Prolactina 360 Testosterona Total 600 Testosterona Libre 600 Progesterona 600 Estradiol 600 Estrógeno 600 LH (hormona luteinizante) 600 Gonadotropina coriónica en sangre 360 Niveles de carbamazepina 509 Vitamina D 491 Es importante mencionar que, el laboratorio deberá garantizar la continuidad del servicio, realizando los retiros de muestras desde los centros de salud según corresponda en fecha y forma, como también en lo respectivo a la entrega de resultados de exámenes e informes que correspondan. El proveedor debe tener la capacidad de solventar los eventuales inconvenientes que pudiesen afectar la continuidad del servicio. En caso contrario, se cursarán las multas que correspondan. 1.2 SERVICIO DE TOMA DE MUESTRA Y SU PROCESAMIENTO PARA LOS USUARIOS DEL CENTRO COMUNITARIO DE SALUD MENTAL DR. GREVE, COSAM: El proveedor deberá realizar la toma de muestra y procesamiento de estas, de los usuarios que sean derivados desde el Centro Comunitario de Salud Mental Dr. Greve (COSAM) a las dependencias del laboratorio para llevar a cabo el servicio. Dicho servicio, debe considerar la toma de muestra de los exámenes como su procesamiento, considerando todos los insumos que sean requerido para ello, sin costo adicional para la CORPORACIÓN. La toma de muestra y procesamiento de estas abarca la misma canasta de exámenes mencionada anteriormente teniendo como referencia los que se detallan a continuación, pudiendo variar en el transcurso de la vigencia del contrato, sin obligar a la CORPORACIÓN a solicitarlos en su totalidad: Por otro lado, la cantidad REFERENCIAL de usuarios derivados desde el COSAM a laboratorios para toma de muestra de exámenes y su respectivo procesamiento, pudiendo variar en el transcurso de la vigencia del contrato, sin obligar a la CORPORACIÓN de derivar en su totalidad es: CANTIDAD REFERENCIAL DE USUARIOS DERIVADOS ANUALMENTE 240 1.3. RESULTADOS Sobre Entrega de Informe de resultado: - La Entrega de resultados debe ser como máximo 72 horas corridas desde que son retiradas las muestras desde los centros o desde que te realiza la toma de muestra. - El informe de resultado del examen debe contener lo siguiente: • Fecha • Nombre completo • RUT • Centro de salud • Tipo de examen • Resultado • Valor de Referencia • Firma electrónica de tecnólogo médico o director técnico del laboratorio. Los informes de resultado deben estar disponibles en web del laboratorio con acceso para usuarios y funcionarios. El proveedor deberá asegurar entregar el acceso a través del establecimiento de salud para cada uno de sus usuarios, al momento de la toma de la muestra. Usuarios: Se le proporcionará acceso a revisión de sus exámenes, mediante usuario y clave que será entregada mediante comprobante de toma de muestras. Funcionarios: Serán solicitadas y administradas de manera central (Corporación), siendo únicas por cada funcionario 1.4. SOBRE VALORES CRÍTICOS - La Notificación de valor crítico se debe realizar en un máximo de 24 horas una vez terminada la fase analítica, de acuerdo con el centro de salud que corresponda y vía correo electrónico previamente acordado. - Los exámenes y valores que serán notificados como valores críticos por el laboratorio deben ser de acuerdo a las necesidades de los centros de salud, en el marco de la acreditación en salud y quedarán estipulados en el contrato. - Informe mensual de valores críticos notificados por centro y tipo de examen, de acuerdo con Formato N°1, adjunto a estas Bases de Licitación. FORMATO N°1: INFORME MENSUAL DE VALORES CRÍTICOS 1.5 SOBRE RECHAZO DE MUESTRAS - El Laboratorio debe informar dentro de 24 horas. Desde la recepción de la muestra, las muestras rechazadas, indicando tipo de contenedor, tipo de examen y motivo del rechazo. - Informe resumen mensual de muestras rechazadas, indicando tipo de contenedor, tipo de examen y motivo del rechazo de acuerdo con Formato N°2, adjunto a estas Bases de Licitación, esto en el marco de la acreditación en salud. FORMATO N°2 INFORME MENSUAL DE MUESTRAS RECHAZADAS 1.6 INSUMOS - El laboratorio debe abastecer a los centros de salud con insumos tales como carga de glucosa al 75 gramos de forma líquida ,como insumo para La Prueba Tolerancia de la Glucosa Oral (PTGO) sin costo adicional, siendo esta entregada por el laboratorio cada vez que se realiza una PTGO, y sin costo adicional, para la correcta toma de muestra de los exámenes, proporcionando para cada centro de salud en convenio, tales como: tubos para toma de muestra de exámenes adultos y pediátricos, frascos de orina, material para toma de exámenes de microbiología. Para lo anterior, se debe mantener un stock crítico, si la demanda aumenta, los insumos se solicitarán por correo electrónico, estos insumos están contemplados en el presupuesto de la presente licitación. - El oferente debe abastecer, sin costo adicional, al centro de salud el equipamiento necesario para la trazabilidad de exámenes (máquina para imprimir etiquetas, pistola de código de barra, esto de acuerdo a trazabilidad utilizada) y proporcionar su respectiva capacitación presencial a los funcionarios para su uso, las cuales, serán coordinadas con la Unidad Técnica de la Corporación al comienzo de la contratación. Al finalizar la capacitación el proveedor deberá entregar documento que valide dicha capacitación. - El equipamiento anteriormente señalado será devuelto al proveedor adjudicado una vez finalizado el contrato. - Cada centro solicitará mensualmente el equipamiento y los insumos necesarios indicando las cantidades requeridas mediante correo electrónico al proveedor adjudicado, quien tendrá un plazo máximo de 5 días hábiles para la entrega de los productos requeridos, en caso contrario procederá la aplicación de la respectiva multa. - El oferente deberá prestar soporte técnico, sin costo adicional, en caso de mal funcionamiento de los equipos de trazabilidad, de forma remota o presencial, para dar continuidad al servicio entregado. En el caso de que el equipo no pueda ser reparado, el proveedor deberá entregar inmediatamente uno nuevo sin costo adicional para la Corporación. - El oferente deberá contar con plataforma web, sin costo adicional, para trazabilidad de exámenes, desde etiquetado de muestras, toma de muestra, procesamiento del examen y disponibilidad del resultado. Esta plataforma debe contar con opción para descarga masiva de datos por tipo de examen y fecha. El Proveedor deberá abastecer a los centros de salud de los insumos necesarios para realizar la toma de muestra, almacenamiento y traslado de estas, los cuales se detallan a continuación (stock crítico), en base a 30 días: INSUMOS CESFAM El Aguilucho CESFAM Dr. Alfonso Leng CESFAM Dr. Hernán Alessandri Total, comunal Tubos sin aditivos (tapa roja) 300 200 100 600 Tubos con gel separador (tapa amarilla) 500 600 100 12000 Tubo con Citrato de sodio (tapa celeste) 100 30 50 180 Tubo con EDTA (tapa morada) 800 400 200 1400 Tubo con Oxalato de potasio (gris) 200 300 200 700 Frascos estériles 60ml tapa rosca 700 300 200 1200 Recolector de orina pediátrico 20 20 20 60 Test de Graham 30 30 50 110 Set para coproparasitológico seriado PAF 30 30 50 110 Kit de hemorragias ocultas 50 50 50 150 Medio Cary Blair 30 30 30 90 Medio Stuart 30 10 30 70 Soporte de tubos 4 5 5 14 Bolso de transporte 5 2 2 9 NOTA: Además de otros insumos que estime conveniente el laboratorio para el correcto almacenamiento, transporte y procesamiento de Los exámenes mencionados, todo sin costo adicional para la Corporación. POLÍTICA DE CAMBIO La Corporación se reserva el derecho de rechazar total o parcialmente la recepción de productos/equipos al momento de su entrega, o dentro de los 5 días hábiles siguientes a dicha recepción, cuando ocurra alguna de las siguientes situaciones: a) Productos/equipos dañados o defectuosos. b) Productos/equipos con problemas de calidad en el almacenamiento (cambio color, excesiva humedad, sellado adulterado). En tales casos el cambio de los productos/equipos se efectuará conforme al siguiente procedimiento: 1. El Encargado del centro, o quien lo reemplace, enviará un correo electrónico al Proveedor, indicando él o los productos/equipos que han sido rechazados, sus cantidades y el motivo del rechazo. 2. El Proveedor deberá realizar el cambio del producto/equipo en el plazo máximo de 2 días hábiles, asumiendo, además, los costos inherentes al retiro, traslado y reposición. 3. El retiro de los productos rechazados, así como la entrega de los nuevos productos, se efectuará en el centro que corresponda y en los horarios acordados previamente. 4. Si el Proveedor no realiza el cambio dentro del plazo señalado precedente, el Encargado del centro avisará a la Unidad Técnica para que éste emita un informe que dé cuenta del incumplimiento del proveedor para la aplicación de la respectiva multa. STOCK CONTINUO O FALTA DE STOCK El oferente adjudicado debe mantener el stock suficiente de los insumos requeridos a fin de garantizar la continuidad del servicio, resguardando no caer en quiebres de stock. De ocurrir tal situación, el oferente deberá dar aviso oportunamente y adquirir dicho producto en otra empresa para cumplir dentro de los 5 días corridos desde la fecha original de entrega acordada con el respetivo centro. Los productos adquiridos en tales circunstancias deben ser de igual o superior calidad, debiendo solicitar autorización previa a la respectiva Unidad Técnica. La adquisición a un tercero por parte del proveedor tendrá costo cero para la Corporación. La falta de stock no elimina la obligación de entregar los insumos dentro del plazo ofertado, ni exime de la aplicación de multa por atraso en la entrega de productos. La continuidad también aplica para el procesamiento de las muestras, en este sentido, los exámenes, podrán ser procesados por un tercero sin costo para la Corporación, debiendo solicitar autorización previa a la respectiva Unidad Técnica. Esto no elimina la obligación de entregar el servicio dentro del plazo requerido, ni exime de la aplicación de multas. 1.7 TRASLADO DE MUESTRAS - El laboratorio debe contar con un protocolo de bioseguridad para el traslado y transporte de las muestras. - El laboratorio debe realizar el retiro de muestras de lunes a sábado mínimo una vez al día, desde cada uno de los centros de salud de acuerdo con protocolo de bioseguridad de este, en horario acordado entre las partes. - En caso de ser día festivo, el retiro de muestras se debe realizar a las 9:00 horas del siguiente día hábil o según lo acordado entre las partes. - De igual forma, el laboratorio recepcionará muestras 1 vez al día, adicionalmente al retiro programado, en caso de ser necesario. Este traslado de muestra será responsabilidad de cada centro de salud de la comuna. - Debe contar con protocolo de acreditación en calidad de la Superintendencia de Salud para transporte de las muestras. - La Unidad Técnica estará facultada para visitar las dependencias del proveedor y velar por correcto funcionamiento del servicio prestado, durante toda la vigencia del contrato. - La recepción y retiro de exámenes deberá ser de lunes a sábado en horario de funcionamiento de los centros de salud dependientes de la Corporación de Desarrollo Social de Providencia: CENTRO DIRECCIÓN CESFAM Dr. Hernán Alessandri Los Jesuitas 857 CESFAM Dr. Alfonso Leng Manuel Montt 303 CESFAM El Aguilucho El Aguilucho 3292 1.8 TRAZABILIDAD El proveedor debe asegurar la trazabilidad de los exámenes procesados mediante un sistema informático que permita agendar al usuario, emitir un código de barra para etiquetar la muestra e ingresar nuevamente la toma del examen. Toda esta información debe estar disponible en su página web la cual finalizará con la entrega del resultado del examen. 1.9 RESULTADO DE EXAMENES E INFORMES MENSUALES Los resultados deben estar disponibles en un máximo de 72 horas con los datos mínimos mencionados en las bases técnicas de la presente licitación. El proveedor debe asegurar la notificación de valores críticos de exámenes dentro de 24 horas como máximo, de acuerdo con exámenes y valores considerados críticos y de previo acuerdo entre los centros de salud y el laboratorio. Además, debe notificar a cada centro de las muestras rechazadas desde 24 horas de la recepción de la muestra. El proveedor deberá enviar informes mensuales, dentro de los tres (3) primeros días hábiles del mes siguiente del que se realizó el servicio, por centro que contengan: - Informe mensual de exámenes realizados identificados por usuario, tipo de examen, valor unitario y valor total, fecha de la toma de muestra, diferenciado por centro, en formato Excel. - Informe mensual de exámenes rechazados por centro de salud, indicando el motivo, contenedor, tipo de examen. - Informe mensual de Hemoglobinas glicosiladas realizadas con resultado por cada centro. - Informe mensual de exámenes de VDRL procesados y con criterio de indicación descrito en orden indicada por el profesional de salud, de acuerdo con formato adjuntado. Formato N°3 FORMATO N°3 INFORME MENSUAL DE EXAMANES DE VDRL Todos los formatos de informes incluidos en las bases de licitación podrán ser modificados por la Corporación, previo aviso con anticipación al proveedor adjudicado. ARTÍCULO N°34 DEL PERSONAL QUE PRESTARÁ EL SERVICIO El personal que prestará el servicio tanto de procesamiento como toma de muestra debe ser, tecnólogo médico con mención en laboratorio clínico y Técnico en enfermería con mención en laboratorio y banco de sangre. ARTÍCULO N°35 CONTRAPARTE TÉCNICA DE LA CORPORACIÓN DE DESARROLLO SOCIAL DE PROVIDENCIA. La contraparte técnica o Unidad Técnica de la Corporación será la Referente Comunal de Servicio Clínico y Referente de Epidemiología o quien ésta designe, quien realizará, a lo menos, las siguientes funciones: a) Supervisar, coordinar y fiscalizar el cumplimiento de los procedimientos establecidos en el presente pliego de condiciones. b) Fiscalizar que la adquisición de los productos se ciña estrictamente a lo indicado en las bases técnicas y otros documentos complementarios, tramitando el pago oportuno de los productos recibidos conformes, en la forma y plazos establecidos en el pliego de condiciones. c) Velar por el correcto desarrollo de la adquisición de los productos, informando mediante oficio al Departamento de Adquisiciones en caso de incumplimiento para la aplicación de multas. d) Dar visto bueno y recepción conforme de la recepción de los productos, como asimismo dar tramitación a los pagos y a las multas. e) Las demás que le encomienden el presente pliego de condiciones. f) Conocer los documentos que rigen la licitación y el posterior contrato, si corresponde. g) Impartir instrucciones al proveedor o su representante para la correcta ejecución de la contratación. h) Impulsar los procesos de cobro de multas, sanciones, o término anticipado de contrato que correspondan de acuerdo a lo señalado en las bases. Asimismo, el proveedor adjudicado deberá designar un Supervisor a cargo de dicho contrato, el cual será el interlocutor válido frente a la Contraparte Técnica/Administrador de Contrato en todos los asuntos técnicos relativos a la ejecución y control de los productos adquiridos y de la entrega de documentación y procedimientos.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.