Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
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Beneficiario:
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Corporación Nacional Forestal
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Fecha de vencimiento:
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28-02-2020
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Monto:
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10
%
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Descripción:
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1) El oferente que se adjudique esta licitación deberá entregar a la Corporación un documento de Garantía de Fiel Cumplimiento del servicio, valorado en pesos chilenos, equivalente al 10% del valor total del contrato (impuestos incluidos), el cual tendrá por objeto asegurar el fiel, íntegro y oportuno cumplimiento de las obligaciones establecidas en las bases de esta licitación pública y el respectivo contrato.------
2) Dicha garantía podrá consistir en un instrumento cualquiera que asegure el pago del documento de manera rápida y efectiva, pagadero a la vista, tomado por el oferente adjudicado con carácter de irrevocable y nominativo, a favor de la Corporación Nacional Forestal, con vigencia de al menos 60 días hábiles posteriores a la fecha de término del contrato de servicios, que no devengue reajustes ni intereses de ninguna especie que sean de cargo de CONAF, el cual deberá ser entregado a la Corporación, con anterioridad a la firma del contrato.-------
3) El documento de garantía de fiel cumplimiento deberá ser entregado antes de la firma del respectivo contrato de servicios en un sobre cerrado dirigido al Jefe del Departamento de Abastecimiento, indicando la siguiente leyenda en su exterior: “Contiene documento de fiel cumplimiento del contrato correspondiente a la adjudicación de la licitación pública ID N° 633-38-LE19”. Además, al reverso deberá señalar el nombre del adjudicado, dirección, teléfono, correo electrónico y nombre de contacto. El sobre conteniendo el documento de fiel cumplimiento, deberá ser entregado en la Oficina de Partes de CONAF, ubicada en Paseo Bulnes N° 291, Piso 1, Santiago.------
4) Cobro de la garantía de fiel cumplimiento: En caso de incumplimiento grave del adjudicado para con las obligaciones establecidas tanto en las bases de licitación como en el contrato, la Corporación podrá hacer efectiva esta garantía administrativamente, y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna, sin perjuicio de las acciones que pueda ejercer para el cumplimiento forzado de lo pactado o para la resolución del contrato, en ambos casos, con la correspondiente indemnización de perjuicios.------
5) Se entenderá por incumplimiento grave de las obligaciones, que el adjudicado incurra en alguna de las causales de término de contrato, previstas en las presentes bases.------
6) En los casos que corresponda, la continuidad del contrato deberá ser garantizada mediante la entrega de un nuevo documento de garantía de fiel cumplimiento, emitido en los términos indicados en el presente numeral.-------
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Glosa:
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“Para garantizar el total cumplimiento de las obligaciones que le corresponden como adjudicatario de la licitación pública ID N° 633-38-LE19”. En caso que la glosa exceda el espacio disponible en el documento, ésta podrá ser escrita en una carta adjunta a éste, dirigida al Jefe del Departamento de Abastecimiento
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Forma y oportunidad de restitución:
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La Corporación devolverá esta garantía al adjudicado, total o parcialmente, si procediere, una vez recibido a su entera satisfacción el servicio materia de esta licitación pública, 60 días hábiles posteriores al término del contrato. Esta garantía no devengará reajustes, ni intereses de ninguna especie, que sean de cargo de CONAF.
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