Los accidentes de trabajo y/o enfermedades profesionales que sufra el personal que preste los servicios directa o indirectamente para el adjudicatario, favorecida con el contrato, serán de exclusiva responsabilidad de éste.
Asimismo, será obligación fundamental del adjudicatario mantener al día los contratos de trabajo, remuneraciones y efectuar oportunamente las afiliaciones y cotizaciones de salud, previsión social y seguro social obligatorio contra riesgos de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de sus trabajadores, obligándose la empresa a proporcionar la documentación que acredite las afiliaciones y pago de cotizaciones respectivas del personal que trabaje.