Licitación ID: 1063538-100-LP25
CONVENIO DE SUMINISTRO OXIGENO LIQUIDO MEDICINAL
Responsable de esta licitación: HOSPITAL BASE OSORNO
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 205
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Productos o servicios
1
Oxígeno O 350000 Metro Cúbico
Cod: 12141904
211-0202| OXIGENO LIQUIDO MEDICINAL  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CONVENIO DE SUMINISTRO OXIGENO LIQUIDO MEDICINAL
Estado:
Adjudicada
Descripción:
El Hospital Base San José de Osorno, en adelante también el “Hospital”, requiere la adquisición del servicio de “Servicio de CONVENIO DE SUMINISTRO OXIGENO LIQUIDO MEDICINAL” para el Hospital, de acuerdo con las condiciones establecidas en las presentes bases administrativas, económicas, técnicas y sus anexos. La forma de la presente licitación pública corresponde a aquellas adquisiciones entre 1.000 y 5000 UTM.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
Unidad de compra:
Bienes y Servicios
R.U.T.:
61.602.260-1
Dirección:
GUILLERMO BUHLER 1765, OSORNO
Comuna:
Osorno
Región en que se genera la licitación:
Región de los Lagos
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 18-07-2025 17:00:00
Fecha de Publicación: 04-07-2025 16:20:00
Fecha inicio de preguntas: 04-07-2025 16:31:00
Fecha final de preguntas: 09-07-2025 17:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 11-07-2025 17:01:00
Fecha de acto de apertura técnica: 19-07-2025 8:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 19-07-2025 8:00:00
Fecha de Adjudicación: 24-09-2025 14:45:23
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
VISITA A TERRENO OBLIGATORIA; Contacto SR. JUAN CARLOS PELLIZZARI OSSES, Jefe Unidad de Mantención Equipos Industriales; Fono 64-2336557 correo: juan.pellizzari@redsalud.gob.cl; Lugar Departamento de Operaciones 2° piso administrativo 08-07-2025 9:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Los oferentes deberán adjuntar, a través del apartado anexos administrativos del portal, los siguientes antecedentes: • Formulario Nº 1: Identificación del proponente. • Formulario Nº 2: Aceptación de las bases y conocimiento de la ley de contratación pública. • Formulario Nº9: Declaración jurada simple que indique que el oferente no se encuentra afecto a alguna de las prohibiciones para contratar con la Administración del Estado, reguladas en el artículo 4º de la Ley Nº 19.886 o a alguna de las prohibiciones e inhabilidades descritas en los artículos 35 quáter y septies de la Ley N°19.886 modificada por la Ley N°21.364, artículos 26, letra d), del D.L. N°211 de 1973 y 33 de la ley Nº 21.595. • Formulario Nº10: Declaración jurada simple que indique que el oferente no se encuentra afecto a alguna de las inhabilidades para contratar con la Administración del Estado, y reguladas en el artículo 8º y 10º de la ley Nº 20.393 sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas. • Anexo N°1 DECLARACIÓN JURADA DE INHABILIDAD PARA CONTRATAR CON EL ESTADO POR CONDENA DEL ARTÍCULO 33 DE LA LEY N°21.595 • Anexo N°2 DECLARACIÓN JURADA DE INDEPENDENCIA DE LA OFERTA • Anexo N°3 PROGRAMA DE INTEGRIDAD Y ÉTICA EMPRESARIAL. Al momento de presentar sus propuestas los oferentes no deben registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores, o con trabajadores contratados en los últimos dos años. Para acreditar, los oferentes deben adjuntar en su oferta el Certificado de antecedentes laborales y previsionales. El certificado no debe señalar anotaciones u observaciones vigentes.
Documentos Técnicos
1.- Debe elaborarse en base a los antecedentes expuestos en la Bases Técnicas, para ello el Hospital ha desarrollado una serie de anexos complementarios a fin de estandarizar la forma de presentación de las ofertas. La Propuesta Técnica deberá proporcionar información referente al tipo de servicios y prestaciones requeridos, la cobertura de estos, sus límites y alcances, procesos de gestión y otros; respaldando dicha información a través de Catálogos o folletos de los bienes, servicios o paquetes ofertados y que sirvan de apoyo para el proceso de evaluación. La Propuesta Técnica deberá ajustarse a lo requerido en el Formulario N°4 de las presentes Bases de Licitación. Además, deberá adjuntar toda documentación, antecedentes y/o certificaciones que se solicite en este formulario. Este documento debe ser anexado en antecedentes técnicos, de lo contrario el proveedor quedará fuera del proceso de evaluación. REQUISITO EXCLUYENTE. El plazo de entrega de informe de estado estación criogénica se cuenta desde el comienzo del contrato; el tiempo de respuesta ante emergencia, desde el envío de correo electrónico, llamado telefónico o cualquier otro medio de comunicación por parte del Hospital, Este documento debe ser anexado en antecedentes técnicos. Formulario N°5. Cercanía del Oferente, informando dependencias/recinto desde donde se realiza el despacho físico de los insumos/productos, debe ser declarada mediante el Formulario N°6. El proveedor deberá acreditar experiencia por servicios ejecutados desde el año 2022 hasta la fecha de publicación de este proceso, mediante certificados y/o actas de conformidad por trabajos finalizados parcial o completos con firma, timbre y datos de contactos del cliente a quien prestó el mismo servicio en sector público, además deberá acreditar la existencia de programas de integridad y ética empresarial (Formulario N°7). Este documento debe ser anexado en antecedentes administrativos. Deberá acreditar que cuenta con certificaciones de calidad, debiendo completar el Formulario N°8. REQUISITO EXCLUYENTE.
 
Documentos Económicos
1.- El valor de la oferta económica será el que indique el proponente en el portal www.mercadopublico.cl. Deberá ser expresado en pesos chilenos y corresponder al precio neto unitario (sin I.V.A.), incluidos todos los seguros, fletes, impuestos relativos a importaciones, costo de instalación, puesta en marcha, y capacitación para el servicio ofertados, según corresponda. Los oferentes deberán completar el formulario económico dispuesto para aquello (Formulario Nº3) de acuerdo a las instrucciones anteriormente descritas y deberá ser firmado por el oferente y/o el representante legal respectivo. Este documento debe ser anexado en antecedentes económicos. (REQUISITO EXCLUYENTE) Errores en la Oferta Económica: en caso de existir diferencia entre el monto de la oferta ingresada al portal www.mercadopublico.cl y el indicado en el formulario Nº3 “oferta económica”, prevalecerá el monto neto ingresado en el portal.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Oferta económica Puntaje Obtenido = (Precio mínimo ofertado / Precio Ofertado) *50 50%
2 Experiencia del oferente EXPERIENCIA DEL OFERENTE PUNTAJE Mayor o igual a 10 contratos o certificados acreditados 100 Entre 9 y 7 contratos o certificados acreditados 75 Entre 6 y 4 contratos o certificados acreditados 50 Entre 3 y 1 contratos o certificados acreditados 25 Menor a 1 5 10%
3 Plazo de entrega PLAZO DE ENTREGA PUNTAJE = 72 horas 0 10%
4 Cumplimiento de requisitos formales CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES PUNTAJE Oferta presentada no contiene errores u omisiones 100 puntos Oferta observada con errores y/u omisiones, enmienda las mismas dentro de plazo 50 puntos El oferente no subsana errores u omisiones, o lo hace fuera de plazo 0 punto 2%
5 Requisitos Técnicos. Nº REQUISITOS TÉCNICOS CUMPLE (SI: 100 – NO: Inadmisible) 1 Formulario N°4 Especificaciones Técnicas indicadas en la Oferta Técnica. 100 / inadmisible 2 Documentación vigente que certifique el Sistema de Gestión de Calidad del Oxígeno Líquido, según sea el caso, debe corresponder a lo menos a uno de los siguientes certificados: A Certificado de cumplimiento de la Norma ISO 13485/2003 o versiones posteriores. B Para productos provenientes de países de la Unión Europea, adjuntar Certificado de Marcado CE, según la Directiva correspondiente al tipo de producto ofertado. C Para productos provenientes de países del Mercosur, adjuntar Certificado de cumplimiento de Buenas Prácticas de Manufactura. D Para productos provenientes de Estados Unidos, adjuntar Certificado para Gobiernos Extranjeros (CFG, por sus siglas en inglés) que incluya la siguiente frase: “las plantas fabricantes están sujetas a inspecciones periódicas por la FDA. La última inspección demostró que éstas cumplían con los requ 15%
6 Cercanía del oferente a la ciudad de Osorno Cercanía del oferente a la ciudad de Osorno PUNTAJE Hasta 200 km. de distancia 100 puntos De 201 hasta 400 km. de distancia 50 puntos Mayor a 400 km de distancia 0 punto 5%
7 Tiempo de respuesta ante emergencia Puntaje Obtenido = (menor tiempo/tiempo ofertado) *5 5%
8 Integridad y ética empresarial INTEGRIDAD Y ÉTICA EMPRESARIAL PUNTAJE Aplica programa de integridad con código de ética para proveedores (Directiva N°31 ChileCompra) en sus contrataciones con el Estado y adjunta la copia del Programa de Integridad. 100 Aplica programa de integridad con código de ética para proveedores (Directiva N°31 ChileCompra) en sus contrataciones con el Estado y NO adjunta la copia del Programa de Integridad. 0 No aplica programa de integridad con código de ética para proveedores (Directiva N°31 ChileCompra) en sus contrataciones con el estado, o no logra acreditar. 0 3%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 36 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: JOSE LUIS CORDOVA
e-mail de responsable de pago: yohana.garces@redsalud.gob.cl
Nombre de responsable de contrato: YASNA ALBARRRAN
e-mail de responsable de contrato: yasna.albaran@redsalud.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-64-2567094-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Hospital Base San José de Osorno Rut: 61.602.260-1
Fecha de vencimiento: 31-01-2029
Monto: 5 %
Descripción: No hay información
Glosa: “CAUCIONA EL FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Y DE TODAS LAS OBLIGACIONES LABORALES DEL CONVENIO DE SUMINISTRO OXIGENO LIQUIDO MEDICINAL, ID 1063538-100-LP25”.
Forma y oportunidad de restitución: Para la devolución del instrumento de garantía el proveedor adjudicado deberá solicitarla una vez transcurridos los 90 días posteriores al término del contrato, vía carta dirigida al Jefe (a) de la Unidad de Tesorería. Antes de solicitar dicha devolución, el Administrador de Contratos del Hospital verificará que el proveedor haya dado total, íntegro y oportuno cumplimiento a todas las obligaciones por él contraídas en el respectivo contrato. Si se comprueba el cumplimiento de dichas obligaciones, la garantía será devuelta en un plazo de 10 días hábiles, posterior a la fecha de recepción de la solicitud por parte de la Unidad de Tesorería. Se devolverá vía carta certificada del Hospital al domicilio del oferente que haya informado en la carta solicitante de la devolución.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
BASES ADMINISTRATIVAS Y TECNICAS

BASES ADMINISTRATIVAS

LICITACIÓN PÚBLICA

CONVENIO DE SUMINISTRO OXIGENO LIQUIDO MEDICINAL

ID: 1063538-100-LP25

HOSPITAL BASE SAN JOSE DE OSORNO

1°        OBJETIVO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA

1.1        Objetivo

El Hospital Base San José de Osorno, en adelante también el “Hospital”, requiere la adquisición de “SUMINISTRO OXIGENO LIQUIDO MEDICINAL” para el Hospital, de acuerdo con las condiciones establecidas en las presentes bases administrativas, económicas, técnicas y sus anexos. La forma de la presente licitación pública corresponde a aquellas adquisiciones entre 1.000 y 5000 UTM.

1.2      Ámbito

Las presentes bases regirán la Propuesta Pública convocada para generar la contratación del servicio “CONVENIO DE SUMINISTRO OXIGENO LIQUIDO MEDICINAL” del Hospital Base San José de Osorno.

Formarán parte integrante de estas bases sus eventuales aclaraciones, rectificaciones, enmiendas y sus anexos; en general, todo documento relacionado con la licitación, que emane del Hospital y publicado en el portal www.mercadopublico.cl.

El precio de referencia para el presente proceso licitatorio será de $200.000.000.- (doscientos millones de pesos chilenos) I.V.A. incluido. Vigencia 36 meses.

Se entenderá que todo proveedor conoce y acepta irrevocablemente el contenido de estas Bases, por el solo hecho de presentar ofertas en este proceso de compra.

2°       BASES DE LICITACIÓN Y DEFINICIÓN DE TÉRMINOS

 

Las presentes Bases se encuentran conformadas por los siguientes cuerpos o apartados normativos:

2.1      Bases de licitación

  • Bases Administrativas
  • Bases Técnicas
  • Formularios anexos

2.2      Definición de términos

  • Licitación o Propuesta Pública: Procedimiento administrativo de carácter concursal mediante el cual los organismos del Estado realizan un llamado público, convocando a los interesados para que, sujetándose a las bases fijadas, formulen propuestas, de entre las cuales seleccionará y aceptará la más conveniente.
  • Ley de Compras: Ley Nº19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
  • Bases: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen el conjunto de requisitos, condiciones y especificaciones, establecidos por el Hospital Base San José de Osorno, que describen los bienes o insumos, prestaciones o servicios a contratar y regulan el Proceso de Compras y el contrato definitivo. Incluyen las Bases Administrativas y Bases Técnicas.
  • Bases Administrativas: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen, de manera general y/o particular, las etapas, plazos, mecanismos de consulta y/o aclaraciones, criterios de evaluación, mecanismos de adjudicación, modalidades de evaluación, cláusulas del contrato definitivo, y demás aspectos administrativos del Proceso de Compras.
  • Bases Técnicas: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen de manera general y/o particular las especificaciones, descripciones, requisitos y demás características del bien o servicio a contratar.
  • Oferta: El costo ofrecido por el proponente para el objeto indicado en la licitación, la que deberá ajustarse a los antecedentes exigidos en ellas.
  • Oferente: Proveedor que participa en un Proceso de Compras, presentando una oferta o cotización.
  • Días corridos: corresponde a todos los días de la semana, incluyendo sábado y domingo, feriados y festivos. Al momento de referirse a la palabra “días” se entenderá como “días corridos”.
  • Cierre de licitación: Fecha límite designada para presentar ofertas a través del portal www.mercadopublico.cl, la oportunidad para ingresar propuestas a través del portal de compras debe ajustarse efectivamente al cronograma del llamado a licitación.
  • Comisión evaluadora: Delegación encargada de evaluar las ofertas en aquellas licitaciones en las que la evaluación revista gran complejidad y en todas aquellas superiores a 1.000 UTM, conformada por a lo menos tres funcionarios públicos, internos o externos, del Hospital Base Osorno o, en su caso, de tres trabajadores de las entidades que no se rijan por las reglas estatutaria, de manera de garantizar la imparcialidad y competencia entre los oferentes. Excepcionalmente, y de manera fundada, podrán integrar esta comisión personas ajenas a las entidades que forman parte de la Administración del Estado, pero limitada siempre en un número inferior a los funcionarios públicos que la integran.
  • Apertura: acto de apertura electrónica por el cual el establecimiento toma conocimiento del contenido de las ofertas presentadas a través del sistema de información de compras y contratación pública, una vez vencido el plazo de presentación fijado para tal efecto.
  • Adjudicación: acto administrativo fundado, por medio del cual la autoridad competente selecciona a uno o más oferentes para la suscripción de un contrato de suministros o servicios, regido por la Ley 19.886, en adelante, también, la “Ley de compras”.
  • Adjudicatario: Oferente al cual le ha sido aceptada una oferta o una cotización en un Proceso de Compras, para la suscripción del contrato definitivo.
  • Presupuesto Estimado: Es la previsión financiera que indica el gasto que, en virtud de la contratación, puede asumir el HBSJO, incluido el Impuesto al Valor Agregado y demás tributos que graven la adquisición del bien o servicio. Cálculo que sirve como referencia para constatar que la Entidad cuenta con los fondos suficientes, lo cual se valida posteriormente mediante un Certificado de Disponibilidad Presupuestaria.
  • Contrato de Servicios: Aquél mediante el cual el Hospital encomienda a una persona natural o jurídica la ejecución de tareas, actividades o la elaboración de productos intangibles.
  • Contrato de Servicios: Aquél mediante el cual el Hospital encomienda a una persona natural o jurídica la ejecución de tareas, actividades o la elaboración de productos intangibles.
  • Garantía: Aquel instrumento que asegure la seriedad o fiel y oportuno cumplimiento de un contrato. Dicho documento asegura su cobro en forma rápida oportuna y efectiva.
  • Registro de Proveedores: Registro electrónico oficial de Proveedores, a cargo de la Dirección.
  • Unión Temporal de Proveedores: Asociación de personas naturales y/o jurídicas, para la presentación de una oferta en caso de licitaciones, o para la suscripción de un contrato, en caso de un trato directo. Estará integrada por una o más empresas de menor tamaño (EMT).
  • Para los efectos del Reglamento de compras públicas, y según lo dispuesto en artículo 47 de la Ley de Compras, se estará a la definición de micro, pequeña y mediana empresa y empresa de menor tamaño del artículo segundo de la ley N° 20.416, que Fija Normas Especiales para las EMT. Dentro de esta clasificación serán consideradas aquellas cooperativas que, de conformidad con el decreto con fuerza de ley N°5 de 2004 del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo que fija el texto refundido, concordado y sistematizado de la Ley General de Cooperativas, cumplan con los requisitos para ser EMT de acuerdo con la referida ley N° 20.416. No será considerada como una EMT aquella que pertenezca a un grupo empresarial, definido de acuerdo con lo establecido en el Reglamento de compras públicas, en el que la sociedad controladora no sea una EMT. Lo anterior deberá ser acreditado de conformidad con la información disponible en el Registro de Proveedores, proporcionada mediante declaración jurada.

Para efectos de lo establecido en el párrafo tercero del Capítulo IX de la Ley de Compras, los artículos 71 numeral 6, 86, 87, 89, 97 y 98 del Reglamento de compras públicas, especifican las reglas aplicables para asegurar la adecuada participación de las EMT y proveedores locales en los procedimientos de contratación.

  • cualquier instrumento, aparato, aplicación, material o artículo, incluyendo software, usados solos o en combinación y definidos por el fabricante para ser usados directamente en seres humanos, siempre que su acción principal prevista en el cuerpo humano no se alcance por medios farmacológicos, inmunológicos o metabólicos, aunque puedan concurrir tales medios a su función; con el propósito de diagnóstico, prevención, seguimiento, tratamiento, o alivio de una enfermedad, daño o discapacidad; de investigación o de remplazo o modificación de la anatomía o de un proceso fisiológico, o de regulación de la concepción.  
  • Para efectos de esta licitación, hace referencia al Hospital Base San José Osorno.

3°       NORMATIVA Y ORDEN DE PRECEDENCIA DE LOS DOCUMENTOS.

Sin perjuicio de la normativa legal vigente, el presente llamado a licitación, se regirá por los siguientes documentos, cuyo orden de precedencia, en caso de existir discrepancia entre ellos, será el que a continuación se indica:

  • Bases Administrativas, Técnicas y sus formularios, Condiciones Contractuales y Resolución Aprobatoria.
  • Aclaraciones, respuestas y modificaciones de las bases de licitación, si las hubiere.
  • Oferta de él o los proponentes respectivos.
  • Resolución adjudicataria.
  • Resolución aprobatoria de contrato, si corresponde.
  • Orden de compra.

4°        LLAMADO A LICITACIÓN

El llamado a propuestas se publicará a través del portal www.mercadopublico.cl .

El llamado a presentar ofertas deberá publicarse en el Sistema de Información y deberá contener, a lo menos, la siguiente información:

1. Descripción del bien y/o servicio a licitar.

2. Nombre de la Entidad licitante.

3. Fechas para las consultas y aclaraciones a las Bases.

4. Fecha y hora de cierre y apertura de las ofertas.

5. En los casos fundados en que la apertura se efectúe respecto de sobres en soporte papel y se admita la presencia de los oferentes, se deberá indicar el lugar en que se llevará a cabo la apertura.

6. Monto y modalidad de las garantías exigidas cuando corresponda.

5°        REQUISITOS DE LOS PARTICIPANTES

Por el hecho de participar en el presente proceso de licitación, se entiende que los interesados conocen y aceptan las condiciones de las presentes bases administrativas y técnicas, sin perjuicio de la declaración jurada requerida para estos efectos como requisito de admisibilidad.

Podrán participar en esta propuesta pública las personas naturales, jurídicas, chilenas o agencias extranjeras o uniones temporales de proveedores (Empresas de Menor Tamaño), que cumplan con los demás requisitos mínimos establecidos y acrediten su idoneidad técnica según la normativa vigente, además de cumplir con lo siguiente:

  • No estar afecta a alguna de las causales de los artículos 4º y 35 quáter de la Ley 19.886 de Compras Públicas, modificada por la Ley N°21.364, o a alguna de las prohibiciones e inhabilidades descritas en los artículos 26, letra d), del D.L. N°211 de 1973 y 33 de la ley Nº 21.595.
  • En caso de personas jurídicas, no estar afecta a alguna de las inhabilidades de la Ley 20.393.

5.1      IDONEIDAD TÉCNICA Y FINANCIERA DE LOS PROVEEDORES.

La idoneidad técnica y financiera de los proveedores será acreditada con la inscripción de los proveedores en el Registro de Proveedores.

En todo caso, los proveedores que deseen ofertar deberán presentar los antecedentes técnicos y financieros que se requieran en cada licitación y que no se encuentren en poder de la Administración del Estado.

5.2      HABILIDAD EN EL REGISTRO DE PROVEEDORES

Podrán contratar con los Organismos del Estado las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que acrediten su situación financiera e idoneidad técnica conforme lo disponga el reglamento, y se encuentren inscritas, con su información actualizada, en estado hábil en el Registro de Proveedores del Estado establecido en el artículo 16 de la Ley, cumpliendo con los demás requisitos que éste señale y con los que exige el derecho común.

La referida inscripción será requisito, igualmente, para gestionar órdenes de compra recibidas.

El servicio del Registro está a cargo de la Dirección ChileCompra y en él se inscribirán las personas naturales y jurídicas, chilenas y extranjeras que no tengan causal de inhabilidad para contratar con los organismos del Estado, siendo las tarifas son diferenciadas según el tamaño de empresa.

5.3      DE LAS INHABILIDADES

Estarán inhabilitados para inscribirse o permanecer inscritos en el Registro de Proveedores, quienes se encuentren en alguna de las siguientes circunstancias, y que afectan tanto a las personas naturales como a las personas jurídicas:

1.  Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción de los derechos fundamentales del trabajador dentro de los anteriores dos años, según establece la ley.

2.  Condenas por los delitos concursales y tributarios indicados en el artículo 35 septies de la Ley de Compras Públicas.

3. Condenas por delitos de cohecho, financiamiento al terrorismo y lavado de activos y aquellas incluidas en las listas negras de instituciones financieras multilaterales.

4. Condenas por incumplimiento contractual respecto de un contrato con organismos sujetos a la Ley de Compras Públicas.

5. Quienes hayan proporcionado antecedentes maliciosamente falsos, enmendados o tergiversados respecto de sus beneficiarios finales y no hayan subsanado aquello dentro del plazo de 10 días desde que se requiera la enmienda de la información por parte de ChileCompra.

5.4 CONFLICTOS DE INTERES (Artículo 35 quáter de la Ley de Compras Públicas)

 

Se establece que no podrán suscribirse contratos con personal del Hospital Base San José Osorno, ni con sus cónyuges, convivientes civiles o familiares hasta el 2° de consanguinidad o afinidad, ni con las sociedades en las que las personas señaladas participen o sean beneficiarios finales.

Igualmente, la prohibición para suscribir contratos se aplica respecto de los funcionarios directivos del Hospital Base San José de Osorno hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, así como también respecto de los funcionarios que participen en procedimientos de contratación.

Es decir, la imposibilidad de vender bienes y servicios al Hospital Base San José de Osorno se amplía a todos los funcionarios y funcionarias que allí trabajen, cualquiera que sea su calidad jurídica, y no solo a los Directivos.

 

Esta prohibición, tratándose de directivos y funcionarios que participen en los procesos de compra para suscribir contratos con la misma institución en la que se desempeñan, se extiende mientras ocupen sus cargos, y hasta un año después que hayan cesado en sus funciones en el organismo.

5.5 DEBER DE ABSTENCION (Artículo 35 quinquies de la Ley de Compras Públicas)

 

Se establece que las autoridades y funcionarios del Hospital Base San Jose Osorno deberán restarse de los procedimientos de compra en los que puedan tener interés.

Esto considera, además, si está involucrado en el proceso de contratación su conviviente civil, los parientes hasta el tercer grado de consanguineidad y segundo de afinidad inclusive, o aquel o aquella con quienes tenga hijos en común.

5.6      Unión temporal de proveedores

La Unión temporal de proveedores (UTP) permite a personas y empresas asociarse temporalmente para ofertar en los procesos que se publican en www.mercadopublico.cl, de manera de sumar experiencia y presentar una oferta más completa y atractiva. Para este efecto los oferentes deberán cumplir con los requisitos exigidos de acuerdo a la “Modernización de la Ley de Compras Públicas”.

a. Estará integrada por una o más EMPRESAS DE MENOR TAMAÑO.

b. Su objetivo es unirse para la presentación de una oferta en caso de licitaciones o convenio marco, o para la suscripción de un contrato, en caso de una contratación directa, sin que sea necesario constituir una sociedad.

c. Se constituye exclusivamente para un proceso de compra en particular. Su vigencia no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo su renovación o prórroga.

d. Deberá materializarse por escritura pública. Sin embargo, cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el acuerdo en que conste la unión podrá materializarse por instrumento público o privado. REQUISITO EXCLUYENTE

e. Los proveedores deberán establecer en el instrumento que formaliza la unión la solidaridad entre los integrantes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad licitante, y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes para representarlos en conjunto.

5.7      Presentación de las ofertas

El representante de la Unión Temporal de Proveedores deberá adjuntar, al momento de ofertar, el documento que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma.

Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de esta.

Cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores deberá encontrarse hábil en el Registro de Proveedores.

Cada Entidad licitante establecerá para cada Proceso de Compra el formulario de oferta y los antecedentes solicitados a los Oferentes, quienes no podrán, para un mismo proceso licitatorio, ofertar de forma individual y a través de Unión Temporal de Proveedores.

Las ofertas deberán ser serias, puras y simples, ajustadas al ordenamiento jurídico nacional y a los documentos que integran el proceso de compras, y únicas, salvo el caso que las Bases dispongan la autorización de la presentación de más de una oferta por un mismo Proveedor. Asimismo, deberán adjuntar todos y cada uno de los documentos solicitados, en soporte electrónico.

6°        PLAZOS.

 

La presente licitación se desarrollará conforme a los plazos establecidos en las bases, (ficha del portal mercadopublico.cl).

A continuación, se establece un calendario para los plazos de la presente licitación. Se deja establecido que, si un plazo de día corrido venciera en día inhábil, se ampliará hasta el día hábil inmediatamente siguiente, entendiéndose que son inhábiles los días sábados, los domingos y los festivos.

Fecha de publicación en el portal www.mercadopublico.cl

Dentro de las 48 horas hábiles siguientes a la total tramitación de la resolución que aprueba las presentes bases de licitación.

Fecha inicio preguntas

A contar de la publicación en el portal de compras públicas.

Fecha final de preguntas

Hasta las 17:00 hrs. del quinto día (5) corrido a contar de la publicación.

Fecha de publicación de respuestas

A las 17:05 hrs. del sexto día (6) corrido a contar de la publicación.

Fecha de cierre de recepción de ofertas

Hasta las 17:00 hrs. del décimo día (10) corrido a contar de la publicación.

Fecha de acto de apertura de ofertas

La Apertura de ofertas se efectuará el día siguiente del cierre de la recepción de las ofertas a las 08:00 hrs.

Fecha para responder aclaraciones solicitadas por la comisión evaluadora.

Dentro del plazo que se señale en el foro aclaración de las ofertas en el portal mercadopublico.cl. al momento de cargar la consulta.

Fecha estimada de adjudicación

Hasta el sexagésimo (60) día corrido siguiente a la fecha de cierre de evaluación de propuestas.

Fecha para entrega de Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato

Hasta el sétimo día (7) día corrido siguiente a la fecha de notificación por parte del Hospital (Dpto. Jurídico).

Fecha para firma de contrato

Hasta el décimo (10) día hábil siguiente a la fecha de notificación y envío de documentos por parte del Hospital (Dpto. Jurídico).

Fecha término de contrato.

36 meses contados desde la total tramitación del acto administrativo que lo aprueba o hasta completar la suma de dinero máxima a pagar en la resolución adjudicataria.

Atendida la naturaleza de lo licitado, tratándose de bienes de simple y objetiva especificación y por motivos de buen funcionamiento del Hospital Base San José de Osorno, se rebajan los plazos de publicación de veinte a diez días desde la publicación al cierre de recepción de las ofertas.

7°        DOMICILIO Y JURISDICCIÓN.

Para los efectos de esta licitación, los oferentes fijan domicilio en la comuna de Osorno y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales de Justicia.

8°        CONSULTAS, ACLARACIONES Y MODIFICACIONES.

Los proponentes podrán formular, consultas o solicitar aclaraciones respecto de las presentes Bases, las que deberán ser realizadas a través del Foro Electrónico del Sistema de Información dentro del plazo establecido.

No serán admitidas las consultas o aclaraciones formuladas fuera de plazo o por un conducto diferente al señalado.

Las aclaraciones, derivadas de este proceso de consultas, formarán parte integrante de las Bases, teniéndose por conocidas y aceptadas por todos los participantes, aun cuando el oferente no las hubiere solicitado, por lo que los proponentes no podrán razonar desconocimiento de las mismas.

Hasta el vencimiento del plazo para la publicación de las respuestas, el Hospital podrá efectuar las aclaraciones a las Bases que estime pertinentes.

 

Asimismo, y hasta antes del cierre de recepción de ofertas, el Hospital podrá modificar las presentes Bases si estima que ello resulta esencial para los fines y/o correcto desarrollo del proceso licitatorio. Toda modificación deberá cumplir con las mismas formalidades del acto administrativo que regule el proceso de licitación y contemplar un plazo prudencial para que los proponentes puedan conocer y adecuar sus ofertas a las modificaciones introducidas.

Lo anterior sin perjuicio de que la realización de dichas modificaciones sea comunicada a los participantes a través del Sistema de Información (sitio http://www.mercadopúblico.cl).

 

9°        VALIDEZ DE LAS PROPUESTAS.

El plazo de validez de las ofertas será de sesenta (60) días corridos contados desde el cierre, salvo que las Bases establezcan algo distinto. Si el Adjudicatario se niega a cumplir con su oferta y a suscribir el correspondiente contrato definitivo, será responsable por el incumplimiento de conformidad a lo establecido en la Ley de Compras y su reglamento.

10°     PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS TÉCNICAS, ECONÓMICAS Y DE LOS DOCUMENTOS DE ANEXOS.

La entrega de las propuestas, deberá efectuarse únicamente a través del Sistema de Información (digital) en el plazo previsto para la presentación de ofertas.

Los proveedores podrán presentar cuantas ofertas estimen, siempre y cuando ellas se ajusten a las Bases, y considerando las restricciones de UTP.

Excepcionalmente, en los casos establecidos en el artículo 115 de la Ley 21.634, se podrán recibir en soporte papel, en el domicilio de la Entidad licitante y en los plazos que correspondan.

En el caso que la Entidad licitante reciba físicamente documentación de parte de los proveedores, designará a una persona encargada de la custodia de las ofertas, archivos digitales y documentos acompañados, debiendo disponer las medidas que aseguren su inviolabilidad y correcta conservación.

10.1    De los Antecedentes Administrativos.

Los oferentes deberán adjuntar, a través del apartado anexos administrativos del portal, los siguientes antecedentes:

  • Formulario Nº 1: Identificación del proponente.

•  Formulario Nº 2: Aceptación de las bases y conocimiento de la ley de contratación pública.

  • Formulario Nº9: Declaración jurada simple que indique que el oferente no se encuentra    afecto a alguna de las prohibiciones para contratar con la Administración del Estado, reguladas en el artículo 4º de la Ley Nº 19.886 o a alguna de las prohibiciones e inhabilidades descritas en los artículos 35 quáter y septies de la Ley N°19.886 modificada por la Ley N°21.364, artículos 26, letra d), del D.L. N°211 de 1973 y 33 de la ley Nº 21.595.
  • Formulario Nº10: Declaración jurada simple que indique que el oferente no se encuentra afecto a alguna de las inhabilidades para contratar con la Administración del Estado, y reguladas en el artículo 8º y 10º de la ley Nº 20.393 sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas.
    • Anexo N°1 DECLARACIÓN JURADA DE INHABILIDAD PARA CONTRATAR CON EL ESTADO POR CONDENA DEL ARTÍCULO 33 DE LA LEY N°21.595
    • Anexo N°2 DECLARACIÓN JURADA DE INDEPENDENCIA DE LA OFERTA
    • Anexo N°3 PROGRAMA DE INTEGRIDAD Y ÉTICA EMPRESARIAL.

Al momento de presentar sus propuestas los oferentes no deben registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores, o con trabajadores contratados en los últimos dos años. Para acreditar, los oferentes deben adjuntar en su oferta el Certificado de antecedentes laborales y previsionales. El certificado no debe señalar anotaciones u observaciones vigentes.

10.2    De la Propuesta económica

El valor de la oferta económica será el que indique el proponente en el portal www.mercadopublico.cl.

Deberá ser expresado en pesos chilenos y corresponder al precio neto unitario (sin I.V.A.), incluidos todos los seguros, fletes, impuestos relativos a importaciones, costo de instalación, puesta en marcha, y capacitación para el servicio ofertados, según corresponda.

Los oferentes deberán completar el formulario económico dispuesto para aquello (Formulario Nº3) de acuerdo a las instrucciones anteriormente descritas y deberá ser firmado por el oferente y/o el representante legal respectivo. Este documento debe ser anexado en antecedentes económicos. (REQUISITO EXCLUYENTE)

Errores en la Oferta Económica: en caso de existir diferencia entre el monto de la oferta ingresada al portal www.mercadopublico.cl y el indicado en el formulario Nº3 “oferta económica”, prevalecerá el monto neto ingresado en el portal.

10.3    De la Propuesta Técnica

Debe elaborarse en base a los antecedentes expuestos en la Bases Técnicas, para ello el Hospital ha desarrollado una serie de anexos complementarios a fin de estandarizar la forma de presentación de las ofertas.

La Propuesta Técnica deberá proporcionar información referente al tipo de servicios y prestaciones requeridos, la cobertura de estos, sus límites y alcances, procesos de gestión y otros; respaldando dicha información a través de Catálogos o folletos de los bienes, servicios o paquetes ofertados y que sirvan de apoyo para el proceso de evaluación.

La Propuesta Técnica deberá ajustarse a lo requerido en el Formulario N°4 de las presentes Bases de Licitación. Además, deberá adjuntar toda documentación, antecedentes y/o certificaciones que se solicite en este formulario. Este documento debe ser anexado en antecedentes técnicos, de lo contrario el proveedor quedará fuera del proceso de evaluación. REQUISITO EXCLUYENTE.

El plazo de entrega de informe de estado estación criogénica se cuenta desde el comienzo del contrato; el tiempo de respuesta ante emergencia, desde el envío de correo electrónico, llamado telefónico o cualquier otro medio de comunicación por parte del Hospital, Este documento debe ser anexado en antecedentes técnicos. Formulario N°5.

Cercanía del Oferente, informando dependencias/recinto desde donde se realiza el despacho físico de los insumos/productos, debe ser declarada mediante el Formulario N°6.

El proveedor deberá acreditar experiencia por servicios ejecutados desde el año 2022 hasta la fecha de publicación de este proceso, mediante certificados y/o actas de conformidad por trabajos finalizados parcial o completos con firma, timbre y datos de contactos del cliente a quien prestó el mismo servicio en sector público, además deberá acreditar la existencia de programas de integridad y ética empresarial (Formulario N°7). Este documento debe ser anexado en antecedentes administrativos.

Deberá acreditar que cuenta con certificaciones de calidad, debiendo completar el Formulario N°8. REQUISITO EXCLUYENTE.

10.4    Presentación de Antecedentes omitidos

El Hospital podrá permitir la presentación de Formularios que los oferentes hayan omitido al momento de efectuar la oferta en el portal, siempre que dichos formularios omitidos se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas, o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación (Art. 56 Reglamento Ley Nº 19.886).

En estos casos, el Hospital a través del Sistema de Información comunicará al oferente las omisiones detectadas y le concederá el plazo que se señale en el foro aclaración de las ofertas en el portal mercadopublico.cl al momento de cargar la consulta para que subsane dichas omisiones.

Si los documentos agregados evitan la inadmisibilidad de la oferta respectiva, esta deberá calificarse con la nota correspondiente, según el criterio “Cumplimiento de requisitos formales”, señalado en el numeral 14.4.8 de la presente Bases.

Lo anterior, con excepción de los formularios N° 3, 4 y 8 que son de carácter excluyente, al igual que los certificados y antecedentes que se solicitan en dichos formularios.

El Hospital se reserva el derecho de admitir aquellas ofertas que presenten defectos de forma, errores menores, siempre que éstos no alteren el tratamiento igualitario a todos los oferentes y que no vulneren aspectos esenciales de las presentes bases.

No se aceptarán propuestas, antecedentes técnicos, económicos y administrativos que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases de Licitación.

Será responsabilidad de los oferentes participantes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus propuestas y la información solicitada.

Se deja expresa constancia que los folletos, catálogos o cualquier otro documento que se adjunte a la oferta deben ser extendidos en idioma español, o adjuntar a ellos la debida traducción al español, para proceder a su evaluación.

11°     PACTO DE INTEGRIDAD

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

a)  El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

b)  El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.

c)  El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.

d)  El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.

e)  El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.

f)   El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

g)  El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

h)  El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

Programas de integridad por parte de los proveedores: los oferentes que contraten con las Entidades deberán acreditar la existencia de programas de integridad y ética empresarial, los cuales deben ser efectivamente conocidos y aplicados por su personal (Anexo N°3).

12°     GARANTÍAS

Para el presente llamado a Licitación y dadas las características del proceso, se requerirá de Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato.

En el evento que la garantía de fiel cumplimiento de contrato se otorgue de forma electrónica, deberán ajustarse a la ley 19.799, sobre Documentos electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma.

Serán considerados y admitidos como instrumentos de garantía aquellos que para tal efecto se prescriben en la Ley Nº19.886 y su reglamento.

12.1    Garantía de fiel cumplimiento de contrato.


CARACTERISTICAS

Tipo de Garantía

Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato

Exigibilidad

Atendida la naturaleza de la presente adquisición, se requerirá la presentación de un instrumento de garantía para el fiel y oportuno cumplimiento del contrato.

Estipulaciones del documento

Expresar su monto en pesos chilenos.

Mencionar el nombre e ID de la propuesta de que se trate; hecho o riesgo que caucionan; y razón social.

La caución o garantía deberá ser pagadera a la vista y tener el carácter de irrevocable y al primer requerimiento. Ésta podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar.

No se establecen restricciones respecto a un instrumento en particular, sino que se aceptará cualquiera que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, siempre que cumpla con las condiciones dispuestas en el art.121 y siguientes del Reglamento de Compras Públicas.

Beneficiario

Hospital Base San José de Osorno

Rut: 61.602.260-1

Tomador

El tomador del instrumento de garantía podrá ser el mismo adjudicatario, o un tercero a su nombre.

Monto

5% del monto total adjudicado y se expresará en pesos.

Vigencia Mínima

La vigencia de la garantía deberá ser por todo el período de vigencia del contrato, aumentada en 60 días hábiles después de terminado el vínculo contractual.

Glosa

“CAUCIONA EL FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Y DE TODAS LAS OBLIGACIONES LABORALES DEL CONVENIO DE SUMINISTRO OXIGENO LIQUIDO MEDICINAL, ID 1063538-100-LP25”.

Causales de cobro

El Hospital tendrá la facultad de hacer efectiva esta garantía en los siguientes casos:

  • Por cualquiera de las causas que generen termino anticipado del contrato por parte del Hospital, de acuerdo al numeral 18.6 de las bases, con excepción de la indicada en la letra a) de dicho numeral.
  • Cuando el adjudicatario no cumple con las obligaciones laborales y sociales con respecto a sus trabajadores, de acuerdo al artículo 11 de la Ley 19.886
  • Incumplimiento en tiempo y forma por parte del adjudicatario, de todas o alguna de las obligaciones que impone el contrato y las bases administrativas y técnicas.

Estas exigencias se fundamentan en el riesgo que implica para la institución la ocurrencia de eventuales incumplimientos contractuales del adjudicatario, los que podrían afectar el normal otorgamiento de las prestaciones de salud de este centro asistencial.

En caso de incumplimientos del proveedor de las obligaciones que le impone el contrato, “el Hospital” estará facultado para hacer efectiva la garantía de cumplimiento administrativamente, y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna. Lo anterior es sin perjuicio de las acciones que “el Hospital” pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios.

Forma y momento de entrega

Esta garantía deberá entregarse en la oficina de partes del “Hospital”, dentro de los 7 días corridos siguientes a la notificación por parte del hospital (notificación desde Departamento jurídico).

Esta garantía podrá otorgarse electrónica o físicamente. En el primer caso deberá ser escaneada y enviada al correo electrónico oficinapartes.hbo@redsalud.gob.cl, y en el segundo caso, deberá ser entregada en un sobre cerrado debidamente identificado con el número de la “ID” y nombre de la licitación, así como nombre, dirección y teléfono del proponente, en Oficina de Partes del Hospital Base Osorno.

Si la garantía de cumplimiento no fuere entregada dentro del plazo indicado, la Entidad licitante podrá aplicar las sanciones que correspondan y adjudicar el contrato definitivo al Oferente siguiente mejor evaluado.

Forma y momento de restitución.

Para la devolución del instrumento de garantía el proveedor adjudicado deberá solicitarla una vez transcurridos los 90 días posteriores al término del contrato, vía carta dirigida al Jefe (a) de la Unidad de Tesorería.

Antes de solicitar dicha devolución, el Administrador de Contratos del Hospital verificará que el proveedor haya dado total, íntegro y oportuno cumplimiento a todas las obligaciones por él contraídas en el respectivo contrato.

Si se comprueba el cumplimiento de dichas obligaciones, la garantía será devuelta en un plazo de 10 días hábiles, posterior a la fecha de recepción de la solicitud por parte de la Unidad de Tesorería.

Se devolverá vía carta certificada del Hospital al domicilio del oferente que haya informado en la carta solicitante de la devolución.

En el caso de prorroga o aumento del contrato.

En el caso de prórroga o aumento del contrato el proveedor deberá reemplazar, prorrogar o complementar la garantía de forma proporcional.

12.2    Devolución de Garantía

Esta garantía será custodiada por el Departamento de Finanzas del Hospital y será devuelta, si procediere, una vez transcurrido el plazo de vigencia de la misma y certificado el cumplimiento del contrato por “el Hospital”, a solicitud escrita dirigida a la Dirección del Hospital, ya sea del proponente o de su personal autorizado expresamente para estos efectos.

13°     REVISIÓN FORMAL Y APERTURA DE LAS OFERTAS

La apertura electrónica de las propuestas se efectuará a través del Sistema de Información, liberándose automáticamente las ofertas en el día y hora establecido en el numeral 6 de las presentes Bases.

La evaluación de admisibilidad se realizará en la apertura de las ofertas y consistirá en la revisión de todos los documentos y anexos obligatorios publicados por los oferentes, exigidos en bases de licitación, junto a la verificación de la entrega física o electrónica del documento en garantía de la seriedad de la oferta (solo si se ha solicitado en el proceso licitatorio). Todo, sin perjuicio ni limitación a que, con posterioridad, pueda detectarse una causal de inadmisibilidad en la presentación de algún oferente durante la etapa de evaluación Administrativa, Técnica y Económica.

13.1    Admisibilidad de las ofertas.

Es requisito para participar en el presente llamado a licitación, y para la aceptación de la propuesta, presentar, en la forma y plazos señalados todos los antecedentes exigidos en las presentes Bases.

Conforme con lo anterior se verificará el cumplimiento de cada uno de los siguientes criterios:

  • La propuesta fue entregada conforme a lo exigido en el artículo 10º de las presentes bases, y los antecedentes incluidos en ésta permiten su evaluación y comparación con los demás proveedores.
  • El oferente no se encuentra afecto a alguna de las inhabilidades para contratar con la Administración del Estado, y que están reguladas en los artículos 4º y 35 quáter de la Ley Nº 19.886, artículo 26 letra d) del D.L N°211 y artículo 33 de la ley N°21.595.
  • El oferente no se encuentra afecto a alguna de las inhabilidades a que se refieren los artículos 8 y 10 de la ley N° 20.393.
  • De existir Garantía de Seriedad de la Oferta, el proveedor la entrega dentro del plazo y características señaladas.

El Hospital tendrá las más amplias facultades para efectuar la verificación de los antecedentes presentados por los Oferentes y de aquellos que apoyen o respalden sus ofertas.

Se deja expresa constancia que la entidad licitante comprobará la veracidad de lo declarado por los oferentes en el respectivo proceso licitatorio, por lo que podrá solicitar en todo momento, a los oferentes, mayores antecedentes que permitan respaldar lo declarado con la finalidad de comprobar que la información contenida en su oferta sea verídica. La corroboración de la información podrá ser efectuada a través de los medios disponibles que permitan comprobar ésta de manera objetiva y fehaciente.

Si durante el período de evaluación de ofertas se comprobase que alguna propuesta ha considerado información o antecedentes que resultaron no ser verídicos, ésta será declarada inadmisible, en el entendido que esto significa una transgresión a lo dispuesto en el Pacto de Integridad contenido en el numeral 11 de estas bases de licitación, sin perjuicio de las acciones legales que pudiesen originarse con ocasión de esta situación.

Sin perjuicio de lo anterior, en la apertura de ofertas el Hospital se reserva la facultad de admitir aquellas propuestas que presenten defectos de forma o errores menores evidentes, o que obedezcan a una justa causa de error, siempre que la información defectuosa o errónea no sea de fondo, no se refiera a aspectos esenciales, no altere el tratamiento igualitario de todos los proponentes, y no impida la correcta evaluación de las propuestas.

14°     EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS

14.1    Designación de la Comisión Evaluadora Comisión Evaluadora

Las ofertas que se presenten serán estudiadas y evaluadas por una Comisión Evaluadora designada por la Dirección del Hospital. La designación se hará a través de una Resolución que contenga el ID del proceso de contratación, e identificando las personas que la componen con su nombre completo y Rut.

Los miembros de la Comisión no podrán tener conflictos de intereses con los oferentes, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación.

La Comisión Evaluadora estará integrada por los siguientes funcionarios del Hospital Base San Jose Osorno:

1. Jefe Unidad de Mantención Equipos Industriales del HBSJO, o quien le subrogue o reemplace en el desempeño del cargo o función, o en quien se delegue.

2. Jefe Sub Departamento Infraestructura del H.B.S.J.O, o quien le subrogue o reemplace en el desempeño del cargo o función, o en quien se delegue.

2. Jefe Departamento Operaciones del H.B.S.J.O, o quien le subrogue o reemplace en el desempeño del cargo o función, o en quien se delegue.

Cada miembro de la Comisión Evaluadora deberá entregar por escrito una Declaración Jurada por la cual manifieste no tener conflicto de Intereses con los proveedores del rubro de esta licitación, así como su compromiso a no aceptar donativos de ninguna especie o monto de terceros (oferentes o no) mientras integre esta comisión. Esta declaración será publicada una vez adjudicada o desertada la licitación pública junto al Acta de evaluación, en la ficha de licitación de www.mercadopublico.cl en su apartado “Ver adjuntos”.

14.2    Comisión Evaluadora

Ésta propondrá sobre las ofertas que mejor cumplan los requerimientos exigidos y que resulten las más convenientes a los intereses de la Institución; la proposición fundada de declarar desierta el llamado de licitación y/o la proposición fundada de adjudicar dicha licitación. Igualmente, verificará la admisibilidad de las propuestas de conformidad a lo previsto en las presentes bases administrativas.

Corresponderá al ente técnico confeccionar un informe de evaluación, el cual deberá contener la siguiente información: 

1. Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas.

2. Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no ajustarse a los requerimientos señalados en las Bases de licitación, la Ley de Compras o Reglamento de compras; o por corresponder a empresas relacionadas o pertenecientes a un mismo grupo empresarial, en conformidad al artículo 60 del Reglamento de compras.

3. La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora determinare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Entidad licitante.

4. La asignación de puntajes a las ofertas, por cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.

5. La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final.

6. Identificación de los integrantes de la comisión evaluadora.

7. Firmas y cargos integrantes de la comisión evaluadora.

8. Fecha del Acta.

De considerarse necesario, la Comisión Evaluadora requerirá a través del portal www.mercadopublico.cl , aclaraciones a algún proponente sobre aspectos de su propuesta que no resulten suficientemente claros. Las respuestas deberán ser entregadas a través del mismo medio dentro del plazo establecido en el calendario respectivo. Tanto las aclaraciones solicitadas como las respuestas pasarán a formar parte integrante de los antecedentes del contrato, en caso de serle adjudicado.

14.3    Errores u omisiones detectados durante la evaluación.

Durante la etapa de evaluación la Entidad licitante podrá solicitar a los oferentes:

1. Salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta.

2. La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuarla la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas; y,

3. La presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de éstas.

Las rectificaciones de los errores u omisiones detectados por la Entidad licitante y que se solicitan y permiten salvar o subsanar a los oferentes, no podrán conferir una situación de privilegio respecto de los demás competidores, dado que se afectará el principio de igualdad de los oferentes.

14.4    Matriz de evaluación

El detalle de los criterios de evaluación y las respectivas ponderaciones serán los detallados en la siguiente matriz:

CRITERIOS DE EVALUACIÓN

PONDERACIÓN

1

Oferta económica

50%

2

Requisitos Técnicos

15%

3

Cercanía del oferente a la ciudad de Osorno

5%

4

Experiencia del oferente

10%

5

Plazo de entrega

10%

6

Respuesta ante emergencia

5%

7

Integridad y ética empresarial

3%

8

Cumplimiento de los requisitos formales de la presentación de la oferta.

2%

TOTAL, PORCENTAJE

100%

14.4.1            Evaluación Económica

Esta evaluación consta de una ponderación del 50% respecto a la evaluación final. El cálculo se efectuará proporcionalmente a la mejor oferta deduciendo el porcentaje de cada oferta presentada en relación a la más económica.

Los montos deben ser ingresados en el (Formulario N°3) de las bases de licitación.

Fórmula de Cálculo:

Puntaje Obtenido = (Precio mínimo ofertado / Precio Ofertado) *50

14.4.2            Requisitos Técnicos.

Esta evaluación posee una ponderación del 15% respecto de la evaluación final; se regirá en base a la revisión de antecedentes presentados acordes a las bases técnicas y las ponderaciones de las siguientes tablas de evaluación.

REQUISITOS TÉCNICOS

CUMPLE

(SI: 100 – NO: Inadmisible)

1

Formulario N°4 Especificaciones Técnicas indicadas en la Oferta Técnica.

100 / inadmisible

2

Documentación vigente que certifique el Sistema de Gestión de Calidad del Oxígeno Líquido, según sea el caso, debe corresponder a lo menos a uno de los siguientes certificados:

A    Certificado de cumplimiento de la Norma ISO 13485/2003 o versiones posteriores.

B    Para productos provenientes de países de la Unión Europea, adjuntar Certificado de Marcado CE, según la Directiva correspondiente al tipo de producto ofertado.

C    Para productos provenientes de países del Mercosur, adjuntar Certificado de cumplimiento de Buenas Prácticas de Manufactura.

D    Para productos provenientes de Estados Unidos, adjuntar Certificado para Gobiernos Extranjeros (CFG, por sus siglas en inglés) que incluya la siguiente frase: “las plantas fabricantes están sujetas a inspecciones periódicas por la FDA. La última inspección demostró que éstas cumplían con los requisitos de buenas prácticas de manufactura para los productos señalados”.

E    Para productos fabricados por empresas nacionales que no dispongan de certificación ISO 13485, adjuntar Certificado de cumplimiento de la Norma ISO 9001 y/o Certificado de Análisis del producto.

100 / inadmisible

3

Resolución Sanitaria emitida por el Instituto de Salud Pública de Chile, vigente, que autoriza la apertura y funcionamiento de la empresa comercializadora en Chile, emitida por el Instituto de Salud Pública.

100 / inadmisible

4

Resolución de registro otorgada por el Instituto de Salud Pública de Chile, vigente, en el caso de los insumos médicos que posean registro sanitario, la cual debe ser coincidente con el producto ofertado.

100 / inadmisible

En el proceso de evaluación técnica se exige un 100% en la ponderación total. En caso de ponderar un porcentaje menor, la oferta será considerada técnicamente inadmisible.

14.4.3            Cercanía del oferente a la ciudad de Osorno

Esta evaluación posee una ponderación del 5% respecto de la evaluación final y en ella se analiza la cercanía del oferente a la ciudad de Osorno, informando dependencias/recinto desde donde se realiza el despacho físico de los insumos/productos.

La empresa u oferente deberá adjuntar en formato electrónico a través del portal www.mercadopublico.cl una carta de compromiso ver Formulario N°6, garantizando la Cercanía del oferente.

Cercanía del oferente a la ciudad de Osorno

PUNTAJE

Hasta 200 km. de distancia

100 puntos

De 201 hasta 400 km. de distancia

50 puntos

Mayor a 400 km de distancia

0 punto

14.4.4            Experiencia del oferente

Esta evaluación posee una ponderación del 10% respecto de la evaluación final y en ella se analiza la experiencia por servicios ejecutados desde el año 2022 a la fecha de publicación de este proceso, Además, deberá acreditar mediante Contratos, certificados de conformidad y o actas de recepción por trabajos finalizados con firma y timbre del cliente a quien presto este servicio, solo se aceptará como experiencia valida servicios de características técnicas y económicas equivalentes al presente servicio licitado y con documentación completa como se solicita en bases de licitación.

El oferente deberá adjuntar en formato electrónico a través del portal www.mercadopublico.cl, garantizando la experiencia del servicio comprometido y requerido por el Hospital.

EXPERIENCIA DEL OFERENTE

PUNTAJE

Mayor o igual a 10 contratos o certificados acreditados

100

Entre 9 y 7 contratos o certificados acreditados

75

Entre 6 y 4 contratos o certificados acreditados

50

Entre 3 y 1 contratos o certificados acreditados

25

Menor a 1

5

14.4.5            Plazo de entrega

Esta evaluación cuenta con una ponderación del 10% de la evaluación final y será asignada según se describe en el siguiente cuadro. Formulario N°5:

PLAZO DE ENTREGA

PUNTAJE

=< 24 horas

100

De 25 a 48 horas

70

De 49 a 72 horas

30

> 72 horas

0

14.4.6            Tiempo de respuesta ante emergencia

Esta evaluación cuenta con una ponderación del 5% de la evaluación final. El cálculo se efectuará proporcionalmente a la mejor oferta deduciendo el porcentaje de cada oferta presentada en relación al tiempo de respuesta. Formulario N°5:

Puntaje Obtenido = (menor tiempo/tiempo ofertado) *5


Fórmula de Cálculo:

14.4.7 Integridad y ética empresarial

Para la evaluación de este criterio, se evaluará si el oferente posee un programa de integridad que sea conocido por su personal, lo cual deberá ser declarado en el Anexo N°3, donde se señala expresamente como política de su empresa dicho programa de integridad con aplicación del código de ética para proveedores (Directiva N°31 de ChileCompra).

Se entenderá por programas de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir -y si resulta necesario, identificar y sancionar- las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento.  

Una vez completado el documento, se debe adjuntar a la carpeta técnica con el nombre “Anexo N°3: Declaración jurada programa de integridad con aplicación de código ética para proveedores (Directiva N°31 ChileCompra).”

Asimismo, debe adjuntar documento respectivo donde acredite su programa de integridad.

Si el oferente es una UTP se deberán adjuntar las declaraciones juradas por cada uno de sus integrantes.

Si no se presenta este anexo, o se presenta sin firma, se entenderá que no conoce ni aplica programas de integridad y/o políticas contenidas en Código de ética para proveedores. Asimismo, se entenderá que el oferente no cuenta con dicho programa de integridad cuando no acompañe a su declaración copia del programa de integridad en cuestión, tal como es requerido según lo señalado en el Anexo N°3. Por tanto, su oferta no será evaluada en este criterio de evaluación.

De no ser presentadas las declaraciones juradas, se entenderá que no cuentan con estas políticas ni aplican código de ética para proveedores, otorgándoles 0 puntos en este criterio.

Esta evaluación tiene una ponderación del 3% de la evaluación final y será asignada según se describe en el siguiente cuadro:

INTEGRIDAD Y ÉTICA EMPRESARIAL

PUNTAJE

Aplica programa de integridad con código de ética para proveedores (Directiva N°31 ChileCompra) en sus contrataciones con el Estado y adjunta la copia del Programa de Integridad.

100

Aplica programa de integridad con código de ética para proveedores (Directiva N°31 ChileCompra) en sus contrataciones con el Estado y NO adjunta la copia del Programa de Integridad.

0

No aplica programa de integridad con código de ética para proveedores (Directiva N°31 ChileCompra) en sus contrataciones con el estado, o no logra acreditar.

0

14.4.8 Cumplimiento de requisitos formales

Esta evaluación posee una ponderación del 2% respecto de la evaluación final; se regirá en base a la revisión de antecedentes proporcionados en formulario correspondiente.

CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES

PUNTAJE

Oferta presentada no contiene errores u omisiones

100 puntos

Oferta observada con errores y/u omisiones, enmienda las mismas dentro de plazo

50 puntos

El oferente no subsana errores u omisiones, o lo hace fuera de plazo

0 punto

El criterio “14.4.8”, que es coincidente con el factor respectivo, se establece de conformidad al artículo 56º del Decreto N°661 que establece el Reglamento de la Ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, estableciendo que será facultativo para el Hospital, el posibilitar a un oferente:

1.  Salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta.

2.  La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuarla la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas; y,

3.  La presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de éstas.

Lo anterior solo procederá en la medida que la entrega de dichas certificaciones o antecedentes no entregados no afecten el monto de la oferta económica de la propuesta, la igualdad de los oferentes, y que se dé cumplimiento al principio de estricta sujeción a las bases administrativas.

De igual modo las rectificaciones de los errores u omisiones detectados por la Entidad licitante y que se solicitan y permiten salvar o subsanar a los oferentes, no podrán conferir una situación de privilegio respecto de los demás competidores, dado que se afectará el principio de igualdad de los oferentes.

Lo anterior, dado que el presente criterio de evaluación guarda armonía con lo preceptuado en el dictamen Nº 045757 del año 2009 de Contraloría General de la República, el cual estatuye que el objeto esencial de las formalidades es otorgar por la vía de la transparencia y de la igualdad de los licitantes, seguridad jurídica, de manera tal que la inobservancia de las formalidades producirá la ineficacia sólo en la medida que se constate que la omisión tipificada cause desmedro de los derechos del Estado, reste transparencia o rompa el principio de igualdad de los licitantes, lo que está en armonía con el principio de no formalización contemplado en el artículo 13º inciso segundo de la ley Nº 19.880, donde conforme al dictamen Nº 15601 del año 2009, los errores intrascendentes o no esenciales no constituyen causal suficiente para rechazar postulaciones en procesos concursales.

La Evaluación Final se realizará de acuerdo con el siguiente cuadro:

Puntaje final: puntaje evaluación económica + puntaje requisitos técnicos + puntaje cercanía oferente a la ciudad de Osorno + puntaje experiencia del oferente + puntaje plazo de entrega + puntaje integridad y ética empresarial + puntaje cumplimiento de los requisitos formales de la presentación de la oferta.

 “La Comisión Evaluadora” recomendará o sugerirá al Director del hospital, en conformidad a la nota o puntaje que arroje la aplicación de los criterios de evaluación que en definitiva es la oferta que estime más conveniente a los intereses del hospital, aun cuando no sea la de menor precio.

La oferta más conveniente será aquella que obtenga la más alta calificación en base a los criterios de evaluación contemplados en este capítulo.

15°     ADJUDICACIÓN DE LA PROPUESTA

La adjudicación de la propuesta se efectuará a través del portal www.mercadopublico.cl, mediante resolución fundada de la Dirección del Hospital, la que será publicada y notificada al adjudicatario y al resto de los oferentes por el mismo medio.

Cuando la adjudicación no se realice por causas no imputables al Hospital dentro del plazo señalado en el capítulo 6° de las presentes bases administrativas, la entidad licitante informará en el Sistema de Compras Públicas, las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación.

En efecto, si el Hospital, no adjudicare en el tiempo indicado por la complejidad de las ofertas y/o la falta de antecedentes, como únicas causales para estos efectos, informará de esta circunstancia dentro de las 24 horas previas a la fecha de adjudicación, señalando claramente las razones mencionadas que han impedido llevar con normalidad el proceso, e indicará un nuevo plazo de adjudicación que no excederá de 30 días hábiles contados desde la fecha en que debió realizarse la adjudicación original. De esta manera, dispuesto un nuevo plazo de adjudicación, se entenderá ampliado el plazo siguiente de cada etapa del calendario señalado en el capítulo ya citado, debiéndose sumar el número de días correspondiente.

Todo este proceso será informado exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl y se entenderá notificado de acuerdo al artículo 9 del reglamento de la ley Nº 19.886.

15.1    Del derecho a declarar inadmisible las propuestas o desierto el llamado

El Hospital, se reserva el derecho a declarar inadmisible cualquiera de las propuestas por incumplimiento de los requisitos establecidos en las Bases Administrativas y/o Técnicas, esto en conformidad a lo establecido en el artículo 9 de la ley N° 19.886 sobre Compras Públicas.

Así también, se declarará desierta una licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. En ambos casos la declaración deberá ser por resolución fundada.

Los oferentes no tendrán derecho a solicitar indemnizaciones de ninguna especie, por los gastos incurridos para participar en esta propuesta.

15.2    Inadmisibilidad de las ofertas simultáneas de proveedores del mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí.

Se declarará inadmisible una o más ofertas cuando se presentaren en un procedimiento de contratación, ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según dispone el artículo 9 de la Ley de Compras.

En este caso, la Entidad licitante considerará para efectos de la evaluación de la licitación pública, solo la oferta más conveniente de los respectivos proveedores del mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según los criterios establecidos en las Bases, y declarará inadmisibles las demás. En caso de que las Bases no señalen criterios específicos, será considerada como oferta más ventajosa la de menor precio, siempre que no se encuentre en el supuesto del artículo siguiente.

15.3    Ofertas riesgosas o temerarias.

La Entidad podrá declarar inadmisible una o más ofertas, si determina que se trata de ofertas riesgosas o temerarias, por cuanto el precio ofertado está significativamente por debajo del promedio de las otras propuestas o de los precios de mercado, sin justificar documentadamente en las especificaciones técnicas cómo se cumplirán los requisitos del contrato. Adicionalmente, las Entidades podrán establecer en las Bases criterios específicos para determinar que una oferta es riesgosa o temeraria.

Se considerará que la justificación presentada por el Proveedor no es suficiente si está incompleta, si está basada en suposiciones o prácticas inadecuadas desde una perspectiva técnica o económica, o que el precio compromete el cumplimiento del contrato. Asimismo, las ofertas serán rechazadas si el precio ofertado es resultado del incumplimiento de normativas sociales, laborales y medioambientales o conductas que vulneran la libre competencia.

15.4    Mecanismo de resolución de empate

Se entenderá por empate cuando haya igualdad de puntaje entre dos o más propuestas una vez evaluada técnica y económicamente todas aquellas que hayan sido presentadas válidamente. En tal caso se aplicarán las siguientes cláusulas de desempate, en el mismo orden indicado, hasta obtener un solo ganador, entre los participantes que han empatado:

  • En caso de empate, se adjudicará la presente licitación a aquel oferente que obtenga el mejor puntaje en el criterio de evaluación “Oferta Económica”
  • En caso de continuar el empate, como segundo criterio se seleccionará a aquel oferente que obtenga el mejor puntaje en el criterio “Requisitos técnicos”
  • En caso de persistir el empate, el tercer mecanismo de desempate a aplicar será aquel oferente que presente el mejor puntaje en el criterio “Plazo de entrega”.

De persistir el empate se solicitará la opinión conjunta y unánime de toda la comisión que participa en el proceso de evaluación; los que, previo estudio de las ofertas dirimirá la igualdad y de ser necesario se procederá a aplicar la regla general de redondeo conocida, es decir, considerar como criterio que si el decimal es igual o mayor a 0,5 se aproxima hacia arriba, y si es menor a 0,5, hacia abajo. La anterior regla debe ser aplicada de manera uniforme a todos los oferentes para asegurar la objetividad e igualdad del proceso.

15.5    Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

No se aceptarán propuestas, antecedentes técnicos, económicos y administrativos que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases de Licitación y fuera de los plazos señalados. Será responsabilidad de los oferentes participantes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus propuestas y la información solicitada.

Se deja expresa constancia que los folletos, catálogos o cualquier otro documento que se adjunte a la oferta deben ser extendidos en idioma español, o adjuntar a ellos la debida traducción al español, para proceder a su evaluación.

15.6    Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

Adjudicada la oferta propuesta, no podrá el adjudicatario formular petición o reclamo de ninguna especie fundado en el desconocimiento de las bases administrativas o técnicas o de alguno de los documentos que forman parte de la presente licitación.

En caso de que los oferentes no adjudicados en el proceso licitatorio deseen efectuar consultas respecto al resultado del proceso de adjudicación y de sus antecedentes anexos, éstas deberán ser dirigidas mediante correo electrónico a jonathan.salvoc@redsalud.gob.cl, quien entregará la respuesta y/o aclaración respectiva en un plazo máximo de diez (10) días hábiles posteriores al día de efectuada la consulta.

16°     FACULTAD DE READJUDICAR

El Hospital podrá readjudicar la licitación en un plazo de 60 días corridos (plazo referencial) contados desde la publicación de la adjudicación original al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje total obtenido, dejando sin efecto la adjudicación previa, haciendo efectiva la garantía de seriedad de la oferta (si aplicara), en los siguientes casos, cuya enumeración no es taxativa:

 

a)  Producto/servicio licitado no cumple técnicamente o presenta serios inconvenientes técnicos durante la ejecución del convenio, lo cual genera pérdida de la confianza técnica en el desarrollo del servicio contratado. Esto se avala con informe de la contraparte técnica del Hospital.

b)  Si el adjudicatario no realiza la entrega de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato dentro del plazo establecido.

c)  Si el Contrato no se firma dentro del plazo estipulado, por razones o causas atribuibles al adjudicatario.

d)  Si el adjudicatario desiste de su oferta.

e)  Error en la evaluación de las ofertas, subsanado oportunamente a través del sistema de información.

f)   Las inhabilidades de los artículos 8º y 10º de la Ley Sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas, aprobada por el artículo primero de la Ley nº 20.393.

La readjudicación se realizará vía resolución fundada del Hospital, y se comunicará a través del portal www.mercadopublico.cl.

La readjudicación deja sin efecto la adjudicación, asignando los bienes o insumos, prestaciones o servicios al oferente que resultó en segundo lugar del proceso evaluativo, y se deberá realizar dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original.

17°    REQUERIMIENTOS DE LA UNIDAD DE PREVENCIÓN DE RIESGOS

Antes de comenzar con los trabajos el oferente que resulte adjudicado deberá tener en cuenta y cumplir a cabalidad los siguientes requerimientos de la Unidad de Prevención de Riesgos del Hospital, para todo personal externo que desarrolle faenas de mantenimiento, reparación y obras dentro del recinto hospitalario. Si el adjudicatario no da cumplimiento a lo requerido, el Hospital se reserva el derecho de dar término anticipado y unilateralmente al servicio, o de readjudicar a la oferta que haya resultado en segundo lugar de la evaluación, si la hubiere.

Los documentos que debe presentar el adjudicatario antes de comenzar con el trabajo son los siguientes:

1.    Hojas de entrega elementos de protección personal.

2.    Registros entrega DAS e Inducción Seguridad.

3.    Registros entrega Reglamento Interno.

4.    Reglamento interno de su empresa.

5.    Registro de entrega del reglamento interno a:

      Mutualidad, Inspección del Trabajo y Autoridad Sanitaria.

6.    Certificado de adhesión a Mutualidad.

7.    Certificado de siniestralidad y accidentabilidad (período 1 año).

Además de la presentación de documentación indicada en el Reglamento Subcontrataciones (Adjunto) y solicitada por Unidad de Prevención de Riesgos y Salud Ocupacional.

Esta documentación debe ser obligatoriamente cumplida, en un 100%.

Según corresponda lo exija ley y corresponda a características de la empresa.

Una vez formalizada la adjudicación el proveedor deberá presentar en un sobre cerrado los documentos en la Unidad Prevención de Riesgos del Hospital. El sobre debe ser dirigido al Jefe de la Unidad Prevención de Riesgos y Salud Ocupacional del Hospital o a quién él designe. El sobre debe señalar, además:

·     Nombre o Razón Social del proveedor

·     Nombre de la licitación

·     N° ID de la licitación

El oferente adjudicado tendrá la responsabilidad de todas las actividades realizadas por su personal en las dependencias asignadas dentro del Hospital, por lo tanto, deberá mantener una supervisión permanente sobre la forma en que se están prestando los servicios contratados.

 

El oferente adjudicado y su personal respetarán las reglas, procedimientos y disposiciones especiales de orden interno dictadas por el Hospital, tales como áreas restringidas, condiciones de ingreso a los distintos lugares y oficinas, precauciones de seguridad y otras que el Hospital determine. Para ello deberán coordinar en forma permanente los trabajos a efectuar con el Supervisor o Jefe de la Unidad a cargo de los equipos.

 

Se autorizará el ingreso al Establecimiento sólo a los trabajadores prestadores de servicio, que se encuentren en la nómina entregada por el oferente adjudicado, quienes no podrán ingresar elementos que no correspondan al servicio que deben realizar.

La empresa adjudicada proveerá a sus trabajadores de una credencial de identificación con su nombre, fotografía y membrete o logo de la empresa en la que presta servicios, a su vez proporcionará los implementos de seguridad industrial y ropa de trabajo.

18°     CONTRATO

Atendida la naturaleza de la presente adquisición, se requerirá la formalización de un contrato de prestación de bienes y servicios. En dicho caso se deberá presentar además instrumentos de garantía descritos en numerando 12.1 de las presentes bases de licitación.

Tratándose de licitaciones superiores a 5.000 UTM, la suscripción del contrato se efectuará una vez transcurrido el plazo de diez (10) días hábiles desde la notificación de la resolución de Adjudicación.

Para la subscripción del contrato, los proveedores deberán encontrarse habilitados en el Registro de Proveedores a cargo de la Dirección de Compras donde además deberán acreditar su situación financiera y técnica.

El proveedor deberá presentar al departamento jurídico, boleta de garantía de acuerdo a lo solicitado vía correo electrónico. El oferente deberá hacer llegar la boleta a oficina de partes después de ello, el contrato lo redactará la Unidad de Asesoría Jurídica del Hospital de conformidad a lo que se expresa en las bases de licitación, la oferta adjudicada y demás documentos que integran la relación contractual.

Junto con lo anterior el proveedor deberá acompañar un documento en que se acredite la personería de quien actúe como representante legal en la suscripción del contrato. En dicho documento deberán constar las facultades o poderes de dicho representante legal para suscribir contratos o convenios como el de la especie.

Formarán parte integrante del contrato, las presentes Bases Administrativas y Técnicas, y la Resolución de Dirección que las aprueba, consultas y aclaraciones si las hubiere, la Resolución de Adjudicación, la oferta adjudicada, y demás normativas y reglamentos que se encuentren vigentes en la Institución.

El proveedor deberá acreditar, al tiempo de celebración del contrato, que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, mediante la entrega de un certificado emitido por la Inspección del Trabajo o entidad certificadora de obligaciones laborales y previsionales acreditada de conformidad con la ley Nº 20.123 y su reglamento.

En caso de que se constate algún incumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales señaladas durante la ejecución del contrato, el pago producto del contrato será destinado al cumplimiento de dichas obligaciones y/o se solicitará al proveedor que proceda a dichos pagos y le presente al Hospital los comprobantes y planillas respectivas que demuestren el total cumplimiento de la obligación.

El incumplimiento de estas obligaciones por parte del proveedor permitirá al Hospital a dar por terminado el contrato y en caso de llamarse a una nueva licitación éste no podrá participar. Las obligaciones referidas se extenderán a las empresas subcontratadas por el proveedor en caso de que las presentes bases permitan la subcontratación.

En razón de lo anterior, el HBSJO estará facultado para solicitar en todo momento durante la vigencia del convenio, cualquier tipo de información y documentos referente al cumplimiento del pago de remuneraciones y leyes sociales y previsionales por parte del adjudicatario a sus trabajadores.

Se entenderá que el adjudicatario no firma el contrato dentro del plazo establecido por la normativa de Compras Públicas y el numerando 6° de las presentes bases de Licitación, no remitiendo la garantía de fiel y oportuno cumplimiento o desistiéndose de la propuesta; caso en el cual “el Hospital” se reserva el derecho a hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta  (si procediere) y estará facultado para readjudicar la licitación a la siguiente propuesta mejor evaluada, de acuerdo a lo indicado en el acta de evaluación respectiva, según lo estime pertinente siempre y cuando dicha oferta sea conveniente para los intereses del Hospital.

18.1    Vigencia

El contrato comenzará a regir, a partir de la total tramitación de la Resolución que Aprueba el Contrato y tendrá una vigencia de 36 meses, o hasta completar la suma de dinero máxima a pagar en la resolución adjudicataria.

18.2    Aumentos y disminuciones de contrato

El contrato podrá ser aumentado o disminuido por iniciativa exclusiva del Hospital, hasta por un 30% si así lo estima conveniente para los intereses de la Institución, y tales variaciones no podrán significar una alteración del valor propuesto en su oferta económica.

Lo anterior, obedece a las características propias de la contratación en la que es parte una entidad de salud, y responde a la necesidad imperiosa que ésta tiene de cubrir sus requerimientos .

El aumento y/o disminución de contrato debe ser solicitado por el Referente técnico del HBSJO.

Para hacer efectivo dicho aumento, el Referente técnico deberá comunicar por correo electrónico al adjudicatario la disposición a aumento o disminución del contrato, con a lo menos 10 días hábiles de antelación a su fecha de vencimiento.

El Referente técnico deberá además presentar un INFORME TÉCNICO, en el cual respalde y justifique el requerimiento. En el escrito deben plasmarse los motivos por los cuales resulta necesario proceder con la gestión de aumento o disminución de contrato, sus principales implicancias y alcances.

Finalmente, el Referente técnico deberá solicitar V°B° a la Subdirección Administrativa del HBSJO, adjuntando el V°B° en correo del adjudicatario y el Informe técnico.

El aumento o disminución deberá ser aprobado mediante resolución fundada de la Dirección del Hospital, sujeta al trámite administrativo correspondiente, y constar en un anexo al contrato, el cual deberá ser suscrito por ambas partes contratantes y será necesario que el oferente en caso de aumentos, renueve las garantías de acuerdo a lo indicado en el capítulo 12.1 de las presentes bases.

18.3 Prórroga plazo del contrato

De ser necesario aumentar el plazo del contrato, esta prórroga será como máximo hasta 90 días desde terminado el plazo original, o desde agotado el presupuesto, y siempre que dicho acto sea gestionado, coordinado y comunicado al adjudicatario antes del vencimiento del contrato, y fundadamente.

La prórroga de contrato debe ser solicitada por el Referente técnico del HBSJO.

Para hacer efectiva la prórroga, el Referente técnico deberá comunicar por correo electrónico al adjudicatario la disposición a prorrogar o disminuir el plazo del contrato, con a lo menos 10 días hábiles de antelación a su fecha de vencimiento.

El Referente técnico deberá además presentar un INFORME TÉCNICO, en el cual respalde y justifique el requerimiento. En el escrito deben plasmarse los motivos por los cuales resulta necesario proceder con la gestión de prórroga o disminución de plazo del contrato, sus principales implicancias y alcances.

Finalmente, el Referente técnico deberá solicitar V°B° a la Subdirección Administrativa del HBSJO, adjuntando el V°B° en correo del adjudicatario y el Informe técnico.

La prórroga o disminución del plazo del contrato deberá ser aprobado mediante resolución fundada de la Dirección del Hospital, sujeta al trámite administrativo correspondiente, y constar en un anexo al contrato, el cual deberá ser suscrito por ambas partes contratantes y será necesario que el oferente en caso de prórroga, renueve las garantías de acuerdo a lo indicado en el capítulo 12.1 de las presentes bases.

18.4       Resciliación del Contrato

Las partes podrán poner término al Contrato de común acuerdo en forma anticipada.

18.5    Cesión del contrato y subcontrataciones

El Adjudicado no podrá en caso alguno, ceder o transferir en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación y, en especial, los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones.

La infracción de esta prohibición dará derecho al Hospital para poner término anticipado al contrato, en forma inmediata, de conformidad a lo establecido en las presentes Bases. Lo anterior es sin perjuicio de la transferencia -que se pueda efectuar con arreglo a las normas del derecho común- de los documentos justificativos de los créditos que emanen del respectivo contrato.

Durante la ejecución del contrato, y previa autorización por escrito del Hospital, el adjudicatario sólo podrá efectuar aquellas subcontrataciones que sean indispensables para la realización de tareas específicas, todo lo cual será calificado por la Contraparte Técnica del Hospital. Además, el subcontratista deberá encontrarse hábil en el registro de proveedores.

En todo caso, cualquiera sea el tipo de subcontrato, el adjudicatario seguirá siendo el único responsable de las obligaciones contraídas en virtud del respectivo contrato suscrito con el Hospital.

El Hospital cumplirá con lo establecido en los contratos de factoring en la medida que se notifique oportunamente de dicho contrato al correo jose.cordova@redsalud.gob.cl y gestionpagofacturas@redsalud.gob.cl y no existan obligaciones pendientes.

18.6    Término anticipado de contrato por parte del Hospital.

Los contratos administrativos regulados por la Ley de Compras y este reglamento podrán terminarse anticipadamente por las siguientes causas:

1. La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.

2. La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el Proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones.

3. El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor.

4. El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.

5. La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme al artículo 129 del reglamento de compras. En tal caso, la Entidad sólo pagará el precio por los bienes y/o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedeciere a motivos imputables al Proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 135 del reglamento de compras.

6. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.

7. Las demás establecidas en la ley, en las presentes Bases de la licitación o en el contrato; bases que pueden establecer mecanismos de compensación y de indemnización a los contratantes.

18.6.1            De los actos administrativos que dispongan la terminación anticipada

Los actos administrativos que dispongan la terminación anticipada del contrato definitivo o su modificación deberán ser fundados y publicarse en el Sistema de Información, a más tardar dentro de las veinticuatro horas de dictado; salvo que concurra alguna de las situaciones señaladas en el artículo 97 del reglamento de compras.

18.7    Referente o Coordinador técnico

El Hospital Base San José de Osorno supervisará periódicamente el buen cumplimiento del contrato, para lo cual se designa como Referente o Coordinador del mismo al Jefe Unidad de Mantención Equipos Industriales (juan.pellizzari@redsalud.gob.cl ) o quien lo subrogue o reemplace, quien tendrá entre otras, las siguientes funciones:

  • Monitorear y gestionar los plazos establecidos en el contrato
  • Exigir y fiscalizar el estricto cumplimiento del contrato en todos sus aspectos técnicos
  • Exigir informes técnicos a empresa que ejecuta servicios, evaluar cumplimiento por parte del ente técnico del hospital, para su validación y subsanar eventuales observaciones de conformidad de servicio en términos cuantitativos y cualitativos sobre la ejecución, operación, gestión del contrato, sugerir y/o solicitar, aplicación de multas cuando procedieran.
  • Conocer íntegramente las bases y contrato del presente proceso licitatorio.

18.8   Contraparte técnica del convenio.

El proveedor adjudicado designará un “Coordinador del convenio” con dedicación permanente que lo representará ante el Hospital para todos los efectos del contrato. Será la única persona autorizada para actuar por el Ejecutor. (Formulario N° 1).

En el desempeño de su cometido el Coordinador del Convenio deberá:

1. Representar al adjudicatario en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del convenio.

2. Emisión y envío de Informes mensuales para mantener ordenados los estados de pagos de facturas.

3. Informar cualquier cambio en la calidad y/o presentación del servicio, en los plazos estipulados en estas bases y a quien corresponda.

4. Coordinar las asesorías que el Hospital requiera.

5. Recepcionar los reclamos y su gestión.

6. Coordinar las urgencias.

7. Conocer íntegramente las bases y contrato del presente proceso licitatorio.

Todo cambio relativo a la designación del Coordinador deberá ser informado a la Contraparte Técnica del Hospital por el Representante Legal, dentro de las 24 horas siguientes de efectuado el cambio.

18.9    ADMINISTRADOR DEL CONTRATO

El Hospital Base San José Osorno también supervisará y revisará los aspectos administrativos del convenio, a través del administrador de contratos del Hospital (yasna.albarran@redsalud.gob.cl), o por medio de quien le subrogue o reemplace, o de aquel en quien se delegue, quien tendrá las siguientes funciones:

  • Supervisar la adecuada aplicación de los mecanismos de facturación y pago del servicio objeto del convenio.
  • Gestionar el curse de sanciones o multas por incumplimiento de bases y contrato, adjuntando los antecedentes e informes del Referente técnico que lo justifiquen, actividad coordinada cuando corresponda con asesor jurídico del Hospital.
  • Conocer íntegramente las bases y contrato del presente proceso licitatorio.

18.10   CONFIDENCIALIDAD

El personal que ejecute labores en el Hospital, así como el proveedor adjudicado, quedan obligados a mantener reserva de la información relativa a éste de la cual conozcan en el ejercicio de los servicios contratados en virtud de la presente licitación.

En especial mantendrán reserva de la información referida a pacientes y usuarios del Hospital.

El Ejecutor y las personas que desarrollen los servicios no podrán difundir o reproducir, en cualquier forma o medio, total o parcialmente, información del Hospital o sus usuarios, de la cual haya tomado conocimiento en el ejercicio de los servicios contratados en virtud de la presente licitación, reservándose el Hospital, el ejercicio de acciones civiles y penales en caso de infracción.

18.11  PRECIO

El precio de la adquisición corresponderá efectivamente al ofertado por el proponente en el portal www.mercadopublico.cl más los impuestos correspondientes y, en los documentos adjuntados en la licitación en su formulario económico (Formulario Nº3).

19°        EMISIÓN DE LAS ÓRDENES DE COMPRA

Una vez formalizada la total tramitación de la Resolución que aprueba el contrato, el Hospital podrá emitir la primera orden de compra.

Cuando se emitan las Órdenes de Compra, el adjudicatario deberá aceptar la orden de Compra a través del portal en un plazo no superior a 48 horas, de acuerdo a los precios ofrecidos por el oferente y visados previamente por el Coordinador del Convenio.

La aceptación de la orden de compra por parte del proveedor será requisito indispensable para la recepción conforme que realizará el Hospital del bien/insumo o producto a través del portal de servicios públicas.

Antes del envío de cada orden de compra, el comprador del Departamento de Abastecimiento verificará el cumplimiento del estado de habilidad y/o inscripción vigente del adjudicatario en Registro de Proveedores.

20.1   Entrega y/o ejecución de prestaciones y servicios.

Los servicios deben ser ejecutados, previa solicitud formal y coordinación, con Departamento de Operaciones del HBSJO, ubicado en Avenida Guillermo Bühler Nº 1765 Osorno.

20.2 ENTREGA DE EL O LOS PRODUCTOS (EN CASO DE PROCEDER O APLICAR)

Los insumos o productos, así como el equipamiento en comodato (bonificación), en caso de proceder o aplicar, debe ser entregado previa solicitud formal y coordinación, en Bodega General del hospital; ubicado en Avenida Guillermo Bühler Nº 1765 Osorno.

Además, el proveedor de forma obligatoria debe considerar lo siguiente: el transporte de los productos desde las Bodegas del Proveedor hasta las dependencias del Hospital será de costo y cargo de este. Es decir, debe estar incorporado en el precio ofertado del producto.

Para la gestión de despachos o el envío de los bienes/insumos o productos por parte del proveedor hacia la bodega general del Hospital, este deberá ser imperativamente acompañado por la guía de despacho y orden de compra correspondiente.

Posterior a la entrega de bienes/insumos o la prestación de un servicio (según corresponda); la institución deberá proceder con la validación o recepción conforme de estos. Este proceder resultará imprescindible para la posterior emisión de la factura comercial respectiva.

Para ello, el referente técnico, referente administrativo, funcionario de abastecimiento u otro (según corresponda), deberán confirmar las prestaciones realizadas y emitir un informe respecto del debido cumplimiento del oferente adjudicado de los servicios contratados, particularmente desde un punto de vista sanitario y administrativo, teniendo presente lo establecido en las Bases.

21°     DE LA FACTURACIÓN Y PAGO

Los pagos a los proveedores por los bienes y/o servicios adquiridos por las Entidades deberán efectuarse por éstas dentro de los treinta días corridos siguientes a la recepción de la factura o del respectivo instrumento tributario de cobro, salvo en el caso de las excepciones legales que establezcan un plazo distinto.

Con todo, para proceder a los mencionados pagos, se requerirá que previamente la respectiva Entidad registre en el Sistema de Información:

a)  La entrega de los bienes o la fecha de cumplimiento de la prestación de servicios, por parte del Proveedor, en el momento en que esto ocurra.

b) La recepción conforme de los bienes y/o servicios adquiridos, por la jefatura de la unidad encargada de adquisiciones de la respectiva Entidad, por quien tenga delegada dicha función o por quien haya sido designado administrador del contrato.

Si no hubiese conformidad con los bienes y/o servicios adquiridos, deberá registrarse los hechos en que se funda la disconformidad y acompañando documentos o antecedentes de respaldo de aquello. En este caso no se procederá al pago, sin perjuicio de la aplicación de otras medidas que correspondan.

La factura/boleta deberá emitirse a nombre del “Hospital Base San José de Osorno” y de acuerdo a los siguientes antecedentes.

  NOMBRE

Hospital Base San José De Osorno

RUT

61.602.260-1

DOMICILIO

Guillermo Bühler #1765, Osorno, Provincia De Osorno, Región De Los Lagos.

GIRO

Salud

Si el proveedor emite DTE Factura, debe proceder a lo siguiente para que la factura comercial no sea rechazada:

1.  Enviar archivo xml a casilla electrónica de intercambio dipresrecepcion@custodium.com en un plazo no superior a 48 horas contadas desde su emisión.

Para lo anterior, debe proceder a través de sus softwares de facturación propio o en Servicio de Impuestos Internos. No corresponde el envío por correo electrónico (e-mail).

2.  Debe referenciar el N° de orden de compra en el recuadro especial (campo 801) cuando sea una orden de compra de Mercado Publico. Este ingreso debe ser exacto; ya que, de lo contrario, el software utilizado por el hospital lo rechazará automáticamente

Cuando se trate de una orden de compra “interna” (no de Mercado Público), no debe completar este campo (campo 801). Este debe ser referenciado en un lugar distinto; por ejemplo, cuerpo del documento u observaciones.

3.  Debe coincidir el monto facturado con el monto recepcionado a través de la plataforma Mercado Público.

La forma de pago es mediante Cheque y/o Transferencia Electrónica después de 30 días de la fecha de recepción conforme de la factura/boleta respectiva y previo cumplimiento íntegro y oportuno del suministro contratado.

El Hospital podrá reclamar del contenido de la factura dentro de los 8 días corridos siguientes a su recepción (ley 19.983); si no lo hiciere, se entenderá recibida conforme el día de su entrega, momento a partir del cual se comenzará a contar la fecha de vencimiento para su pago.

21.1    Pago indebido y su restitución.

Se entenderá que existe un pago indebido cuando por error material, aritmético o de hecho se efectúe un desembolso de fondos públicos a favor de un Proveedor que no tiene derecho para recibir dicho pago, o en una cuantía que excede la obligación establecida en el contrato u Orden de Compra respecto de bienes y/o servicios afectos a la Ley de Compras.

El Proveedor que reciba un pago indebido, total o parcial, queda obligado a restituir las cantidades percibidas en exceso.

El Hospital Base San José de Osorno deberá requerir, de oficio, al Proveedor la restitución de los montos correspondientes, dentro de un plazo de treinta días hábiles desde que tomó conocimiento del pago indebido. Este requerimiento podrá efectuarse a través del Sistema de Información. Para estos efectos, los servicios deberán tener en cuenta las instrucciones dictadas por el Ministerio de Hacienda al respecto.

En caso de que el Proveedor no proceda a la restitución en el plazo solicitado, el HBSJO deberá informar dicha situación a la Dirección de Compras, para que inicie un procedimiento de suspensión, de conformidad a los artículos 160, numeral 9, y 161 del Reglamento de Compras.

22°     INCUMPLIMIENTOS, SANCIONES Y MULTAS

Antecedentes Generales

Todo incumplimiento del proveedor al contrato facultará al Hospital para aplicar una o más de las sanciones que se indican a continuación, sin perjuicio de los otros derechos que le correspondan, en especial, el de hacer efectivas las garantías que posea constituidas el proveedor.

22.1    Infracciones Contractuales

Las siguientes infracciones contractuales serán sancionadas con una multa de 3 UTM por evento o día de incumplimiento:

  • Difundir, divulgar o comunicar sin la expresa autorización del Hospital todo o parte del informe, documento o servicio contratado: la multa será de 3 UTM por evento.
  • No cumplir con el envío oportuno de información según corresponda al Coordinador del Contrato y/o Administrador de Contratos cuando alguno de estos lo solicitase, especialmente en casos de requerimientos urgentes. La multa será de 3 UTM, por evento.
  • Si el adjudicatario no realiza la entrega de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato dentro del plazo establecido. Por cada día de atraso la multa será de 3 UTM.

22.2    Del servicio

Las siguientes infracciones contractuales serán sancionadas con una multa de 5 UTM:

  • Incumplimiento en el tiempo de inicios de los trabajos, se aplicará una multa de 5 UTM por día o horas de atraso según corresponda.
  • Transgresión u omisión de las indicaciones del Departamento de Operaciones. Multa de 5 UTM por evento.
  • Si se comprobase la ejecución de actividades para fines ajenos al servicio contratado, en equipos y /o en las dependencias de la institución. Multa de 5 UTM por evento.
  • Por incumplimiento en el servicio solicitado de acuerdo a lo requerido en las especificaciones técnicas el monto de la multa será de 5 UTM, por evento.
  • Incumplimiento o la no entrega de documentación solicitada por Unidad de Prevención de Riesgos y Salud Ocupacional. La multa será de 5 UTM por evento.
  • Por no cumplir con la cantidad de visitas preventivas solicitadas en bases. La multa será de 5 UTM por evento.
  • Por atraso en entrega de los servicios de mantención, multa será de 5 UTM por día y/o horas de atraso, según corresponda.
  • Por no entrega de capacitación en tiempos indicados en bases técnicas. Multa de 2 UTM por día de atraso.

La reiteración de estas faltas dará derecho a que el Hospital dé término al contrato y al cobro de las garantías comprometidas.

22.3    Del personal

De igual manera estarán afectos a sanciones o multas de 3 UTM

  • Falta de condiciones y capacitación del personal que se presente a efectuar los trabajos. Multa de 3 UTM por cada trabajador, por evento.
  • El incumplimiento de las normas de seguridad. Multa de 3 UTM, por evento.
  • La utilización deficiente o no uso de equipos e implementos indispensables y seguridad para su trabajo. Multa de 3 UTM por cada trabajador.
  • Conducta poco deferente o irrespetuosa del personal del adjudicatario hacia superiores o iguales, pacientes y/o funcionarios del HBSJO. Multa de 3 UTM, por evento y por cada trabajador, y siempre que el hecho sea comprobado vía reclamo formal (por escrito).

Nota: Para el cobro de las multas se tomará como referencia el valor de la UTM del mes en que ocurrió el evento.

El monto total de las multas no podrá exceder el 30% del monto total adjudicado.

23°      PROCEDIMIENTOS PARA APLICACIÓN DE MULTA

En todos los casos, detectada una situación que amerite la aplicación de multas, por parte de la entidad o funcionario responsable, este le informará al adjudicatario por correo electrónico informado en formulario N°1, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar del tercer día hábil del despacho de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles (lunes a viernes), para efectuar sus descargos.

Vencido el plazo para presentar descargos, y sin que estos se hayan presentado, la entidad dictara la respectiva Resolución Exenta aplicando o no la multa.

Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, el hospital tendrá un plazo de veinte días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinara mediante resolución o acto administrativo, aplicando o no la multa que corresponda, notificándose por correo electrónico al adjudicatario o a su representante legal.

Además, la medida aplicada será publicada en el sistema de información www.mercadopublico.cl.

                               

23.1    Cobro de multas

Todo tipo de sanción o multa será comunicada al representante indicado en el registro de proveedores o en el registro de la propuesta, mediante correo electrónico de la Dirección del Hospital, o desde el correo electrónico de quien ésta considere pertinente.

Se establece que el acto administrativo que aplique dicha sanción debe revestir el carácter de fundado.

El proveedor dispondrá de 5 días hábiles para presentar sus descargos. Luego de dicho período, y con los antecedentes que disponga, se dictará el acto administrativo que se pronunciará sobre los hechos y la sanción, si fuere el caso. El proveedor podrá interponer contra dicho acto el recurso de reposición establecido en la Ley 19.880 en los plazos y con los requisitos prescritos en la mencionada norma legal.

En caso que el Hospital resuelva el cobro de multas, el proveedor deberá realizar el pago dentro de quince (15) días hábiles contados desde la notificación mediante Resolución Exenta (que aplica la multa), por algunos de los siguientes medios:

 

  • Depósito o transferencia electrónica a nombre de HOSPITAL BASE OSORNO RUT 61.602.260-1 cuenta corriente N°81509097470 del Banco Estado, con copia del comprobante a los siguientes correos: jose.cordova@redsalud.gov.cl, gestionpagofacturas@redsalud.gob.cl, yasna.albarran@redsalud.gob.cl,

  • Pago directo en caja de Cobranza, ubicadas en edificio de Acceso Principal del Hospital.

 

Si el proveedor no efectúa el pago de dicha multa en el plazo otorgado, se hará efectiva la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato. El proveedor, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha de cobro de la garantía, deberá entregar una nueva garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato, en los mismos términos y condiciones exigidos en estas bases.

La falta de entrega de una nueva garantía será causal de término anticipado del contrato.

En el caso que no exista garantía de fiel cumplimiento de contrato y el proveedor no efectúe pago de multa en el plazo de 15 días hábiles, se dará término anticipado de contrato.

Para todos los casos del presente numeral que establece término anticipado de contrato, se informarán los antecedentes en el portal www.mercadopublico.cl.

 

El monto total de las multas no podrá exceder el 30% del monto total del contrato.

23.2    Indemnización por daños y perjuicios

Cuando las medidas aplicadas no cubran los daños causados a la Entidad por el incumplimiento del contrato, ésta estará facultada para demandar la respectiva indemnización por daños y perjuicios.

23.3    Notificaciones electrónicas

Los Proveedores deberán fijar, a través del Sistema de Información, una dirección de correo electrónico única para recibir notificaciones sobre medidas aplicadas por incumplimientos contractuales.

Es responsabilidad de los proveedores mantener dichas direcciones de correo electrónico actualizada e informar cualquier cambio a la Dirección de Compras.

24°     RESPONSABILIDAD EN EL DESARROLLO DE LOS SERVICIOS

En caso se generarse responsabilidad civil extracontractual deducida en contra este hospital, contenida en el título XXXV del libro cuarto del Código Civil o sobre falta de servicio a que se refieren las normas contenidas en los artículos 4º y 42 del Decreto con Fuerza de Ley Nº1-19.653, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado y Título III, de la Ley Nº 19.966, que establece el Régimen de Garantías en Salud ,dará derecho para que el hospital ejerza las acciones de repetición en contra de la entidad licitante, que haya prestado dichos servicios en forma efectiva, para salvaguardar el patrimonio fiscal.

25°     SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

Durante la ejecución del contrato cualquier desacuerdo entre las partes será sometido a consideración del Director del Hospital, previo informe en derecho emitido por el abogado del Hospital o Informe Técnico emitido por la Contraparte Técnica del Hospital, según corresponda a la naturaleza de la materia debatida. Lo anterior es sin perjuicio de las competencias propias de la Contraloría General de la República y de los Tribunales Ordinarios de Justicia.

                                       

BASES TÉCNICAS

LICITACIÓN PÚBLICA

CONVENIO DE SUMINISTRO OXIGENO LIQUIDO MEDICINAL

ID: 1063538-100-LP25

HOSPITAL BASE SAN JOSE DE OSORNO

1.        Objetivo

El Hospital Base San José Osorno, en adelante también el “Hospital”, requiere la provisión de oxígeno liquido medicinal necesario para el suministro hacia los servicios del hospital, de acuerdo a las condiciones establecidas en las presentes bases técnicas y sus anexos.

Las presentes bases técnicas, fijan los estándares mínimos para satisfacer los requerimientos necesarios para abastecer las unidades clínicas durante un período de 36 meses.

2.        REQUERIMIENTO DE INSUMOS Y SERVICIOS

Se requiere la adquisición en forma conjunta del siguiente insumo:

ITEM

CODIGO PHOENIX

DESCRIPCION

MEDIDA

CANTIDAD TOTAL 36 meses (*)

1

211-0202

OXIGENO LIQUIDO MEDICINAL

MT3

350.000

Las cantidades estimadas señaladas en la columna marcada con un asterisco (*) son sólo a vía de referencia, no comprometiéndose el hospital a adquirir cantidades determinadas de manera periódica por lo que en ningún caso se fijaran stocks mínimos de compra, ni tampoco totales. Por lo anterior, el hospital se reserva el derecho a la disminución total del ítem, cuando por razones justificadas así se requiera.

La demanda anual es un número basado en consumo anteriores, esto puede variar en el año 2025 y los siguientes, lo cual debe ser cubierto en caso de aumento.

El proveedor adjudicado debe tener monitoreo de la programación del despacho del pedido, manteniendo informado al administrador del contrato, o a quien lo subrogue, en caso que éste lo requiera.

El Hospital Base San José de Osorno actualmente requiere para el presente proceso licitatorio el equipamiento en comodato que a continuación se describe. Lo anterior para asegurar el correcto uso de bienes/insumos requeridos en las presentes bases de licitación. (REQUISITO EXCLUYENTE).

En caso de que el oferente tenga una capacidad instalada debe validar su funcionamiento y operatividad y, de ser una empresa sin capacidad instalada, debe garantizar la llegada de todos los equipos que se encuentran en las presentes bases.

2.1         Del estanque criogénico para oxígeno liquido medicinal en comodato:

Se requiere suministro de oxígeno líquido medicinal criogénico y mantención de la estación criogénica para un estanque contenedor de una capacidad de 11.500 litros (11.5 m3) y un banco de respaldo (manifold) con capacidad de 20 cilindros de 10 m3 c/u.

El suministro de oxígeno líquido se debe efectuar de acuerdo a la demanda. El proveedor adjudicado realizará el monitoreo del volumen del estanque de manera remota (mediante sistema de telemetría remoto) y programará los despachos con el referente técnico del hospital mediante correo electrónico o llamada telefónica, a fin de resguardar que el estanque no esté por debajo del 40% de su capacidad como stock permanente. El hospital cuenta con personal de equipos industriales para estar al pendiente de la recarga de oxígeno al estanque. El stock permanente hace referencia al stock mínimo que debe mantenerse en el hospital y no disminuir, con el fin que no interfiera en el funcionamiento clínico.

El monitoreo continuo y remoto del estanque y su consumo, y el abastecimiento oportuno para el uso en la red de oxígeno del establecimiento, es fundamental. En caso de no contar con redes de oxígeno ni estanques en el establecimiento, la propuesta técnica debe incluir programación e instalación, así como todos los gastos asociados en su oferta económica. La falta de cumplimiento de este servicio y su correcto funcionamiento estará sujeta a multas.

El proveedor debe considerar, dentro del producto a contratar, el transporte del oxígeno hasta las dependencias del hospital, la mantención de los estanques criogénicos, vaporizadores y sistema de control y de respaldo de la red, así como las reparaciones y repuestos necesarios para la buena ejecución del servicio.

El proveedor determinará la oportunidad y el volumen de las recargas para el correcto funcionamiento del servicio.

El oxígeno suministrado deberá cumplir con a la norma NCH 2168 of.91 grado A. Por su parte los cilindros de respaldo de la red deben cumplir la norma chilena NCH 1025, así como también sus dimensiones deberán adecuarse a las necesidades particulares del Hospital.

El adjudicatario será responsable de la ejecución de las operaciones de mantenimiento preventivo y correctivo cuando ocurra el incidente, y de los insumos necesarios para realizar dicho servicio, de manera que se asegure la continuidad del servicio.

Para acreditar las operaciones de mantenimiento mensual, el oferente deberá entregar al Departamento de Operaciones del Hospital un informe de estado operativo de la estación criogénica, debiendo mantener durante el convenio la certificación al día del estanque y todas las instalaciones bajo su responsabilidad.

Al comienzo del contrato, el adjudicatario deberá realizar una evaluación de la estación criogénica; el informe obtenido producto de esta evaluación debe ser certificado por el jefe del Departamento de Operaciones del Hospital. Si como resultado de esta evaluación se determinan mejoras a realizar, estas deberán realizarse oportunamente, dentro del plazo establecido por Departamento de Operaciones, según corresponda. El plazo de entrega de este informe de evaluación, que incluye estado operativo de estación criogénica y red de oxígeno del establecimiento, debe ser declarado en días corridos desde la fecha de resolución que aprueba el contrato en Formulario Nº 5, lo anterior estará sujeto a multas según numeral 22° de bases administrativas.

2.2      De las Solicitudes

En atención a que solicitud de recargas se realiza de forma remota, el Hospital emitirá orden de compra de forma mensual según recargas realizadas.

El proveedor deberá necesariamente entregar una guía de despacho indicando fecha y cantidad de recarga realizada cada vez que exista la solicitud.

La empresa adjudicada deberá contar con todos los permisos emanados de la autoridad sanitaria, dirección del trabajo y todos los organismos pertinentes, para la venta, transporte y manipulación de los productos adjudicados.

En el establecimiento existe un referente técnico o coordinador técnico, que se encargará de mantener una relación tal con el proveedor que asegure que lo convenido funcionará en las mejores condiciones posibles para ambas partes.

El establecimiento se compromete a dar un uso estrictamente adecuado al estanque criogénico, y a velar por su cuidado.

2.2         De los despachos de emergencia

El proveedor debe considerar necesariamente despachos de emergencia; los que en caso de ser requeridos atienden indispensablemente a la necesidad de la institución; la que ciertamente posee por objetivo principal resguardar la calidad y seguridad de sus pacientes. Esto será coordinado con el contacto declarado en Formulario N°1 o con quien el oferente designe para dicha tarea. Será despacho de emergencia todo aquel despacho solicitado por el hospital exclusivamente en el caso que exista alguna falla en el seguimiento vía remota. El oferente debe declarar tiempo de respuesta despacho de emergencia en Formulario N°5. Lo anterior estará sujeto a multas, en caso de incumplimiento, según numeral 22° de bases administrativas.

2.4      De la recepción del Producto

En el momento de la entrega, el funcionario designado por el Hospital verificará la correcta emisión de la guía de despacho, la que debe indicar claramente la cantidad cargada al estanque criogénico.

3.        VISITA A TERRENO (REQUISITO EXCLUYENTE)

Consultas y detalles de los trabajos a ejecutar se realizarán en visita a terreno de carácter obligatoria, la que se informará en el Portal Chile Compras indicando fecha y hora.

Lugar de inicio visita:

Depto. Operaciones 2° piso Administración Hospital Base San José Osorno.

Nota: Se deberá presentar documentación de respaldo en que acredite la representación de oferente en visita técnica, de lo contrario no se considerará la asistencia de oferente.

FORMULARIO Nº 1

IDENTIFICACION DEL PROPONENTE

CONVENIO DE SUMINISTRO OXIGENO LIQUIDO MEDICINAL

ID: 1063538-100-LP25

HOSPITAL BASE SAN JOSE DE OSORNO

LICITACIÓN N°

FECHA

DATOS DEL PROPONENTE:

Nombre completo o Razón Social

N° Cédula de Identidad o RUT

Domicilio

Ciudad

Teléfono

Fax

Correo electrónico

REPRESENTANTE LEGAL: (sólo en caso de persona jurídica)

Nombre completo

Nº Cédula de Identidad

Instrumento en que consta su personería (indicar tipo de documento, fecha, notaría, etc.).

COORDINADOR TECNICO*:

Nombre completo

Nº Cédula de Identidad

Cargo o función

Teléfono (Anexo) / Fax

Correo electrónico

CONTACTO DEL PROPONENTE:

Nombre completo

Nº Cédula de Identidad

Cargo o función

Teléfono (Anexo) / Fax

Correo electrónico

El proponente que suscribe establece que el coordinador técnico designado se encuentra facultado(a) para representar y actuar como contraparte de ella ante el Hospital en todo el proceso que implique la presente Licitación, y que conoce sus funciones establecidas en las presentes Bases.

Nombre, RUT, Firma y Timbre Representante Legal

En Osorno a_____de_________________2025

FORMULARIO Nº 2

ACEPTACIÓN DE BASES Y CONOCIMIENTO DE LEY DE CONTRATACIONES PÚBLICAS

CONVENIO DE SUMINISTRO OXIGENO LIQUIDO MEDICINAL

ID: 1063538-100-LP25

HOSPITAL BASE SAN JOSE DE OSORNO

El proponente que suscribe se compromete ante el Hospital Base San José de Osorno a suministrar los bienes o insumos, convenios o prestaciones materia de la presente propuesta, de acuerdo a las Bases Administrativas, Técnicas y anexos que forman parte de la presente licitación.

 

Asimismo, el proponente que suscribe declara:

 

Haber recibido, estudiado y aceptado las Bases Administrativas, Técnicas y anexos que conforman la presente propuesta publica del Hospital Base San José de Osorno.

 

Estar conforme con las condiciones generales del Contrato, y renuncia expresamente a alegar desconocimiento de todo lo enunciado en las presentes Bases Administrativas Generales y Técnicas, aceptándolas en todas sus partes.

 

Que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores contratados en los últimos dos años.

 

Estar conforme con las condiciones generales del proyecto, tanto en lo administrativo como en lo técnico, establecido en las bases Administrativas Generales, Especificaciones Técnicas, Aclaraciones y todo otro documento oficial de la Propuesta, en el entendido que dichos antecedentes formarán parte del contrato.

 

Nombre, RUT, Firma y Timbre Representante Legal

En Osorno a_____de_________________2025


                                                     FORMULARIO Nº 3

OFERTA ECONÓMICA

CONVENIO DE SUMINISTRO OXIGENO LIQUIDO MEDICINAL

ID: 1063538-100-LP25

HOSPITAL BASE SAN JOSE DE OSORNO

ANTECEDENTES

Nombre completo o Razón Social

N° Cédula de Identidad o RUT

ÍTEM

CODIGO PHOENIX

SERVICIO

ITEM PRESUPUESTARIO

MEDIDA

CANTIDAD

VALOR NETO UNITARIO

PRECIO NETO 36 MESES

1

211-0202

SUMINISTRO DE OXIGENO LIQUIDO MEDICINAL

2204003001

MT3

350.000

TOTAL

*La cantidad de visitas Correctivas serán según los eventos necesarios determinados por el hospital, después de un servicio de mantención preventiva o cuando el Hospital lo determine conveniente para el buen funcionamiento de sus equipos durante el periodo de vigencia del presente convenio.

Nombre, RUT, Firma y Timbre Representante Legal

En Osorno a_____de_________________2025

FORMULARIO Nº 4

OFERTA TÉCNICA

CONVENIO DE SUMINISTRO OXIGENO LIQUIDO MEDICINAL

ID: 1063538-100-LP25

HOSPITAL BASE SAN JOSE DE OSORNO

ANTECEDENTES

Nombre completo o Razón Social

N° Cédula de Identidad o RUT

ÍTEM

SERVICIO

REQUISITOS TÉCNICOS

INDICAR CUMPLIMIENTO (SI/NO)

1

Suministro de oxígeno líquido medicinal

Formulario N°4 Especificaciones Técnicas indicadas en

el Oferta Técnica.

Documentación vigente que certifique el Sistema de Gestión de Calidad del Oxígeno Líquido, según sea el caso, debe corresponder a lo menos a uno de los siguientes certificados:

A    Certificado de cumplimiento de la Norma ISO 13485/2003 o versiones posteriores.

B   Para productos provenientes de países de la Unión Europea, adjuntar Certificado de Marcado CE, según la Directiva correspondiente al tipo de producto ofertado.

C   Para productos provenientes de países del Mercosur, adjuntar Certificado de cumplimiento de Buenas Prácticas de Manufactura.

D    Para productos provenientes de Estados Unidos, adjuntar Certificado para Gobiernos Extranjeros (CFG, por sus siglas en inglés) que incluya la siguiente frase: “las plantas fabricantes están sujetas a inspecciones periódicas por la FDA. La última inspección demostró que éstas cumplían con los requisitos de buenas prácticas de manufactura para los productos señalados”.

E    Para productos fabricados por empresas nacionales que no dispongan de certificación ISO 13485, adjuntar Certificado de cumplimiento de la Norma ISO 9001 y/o Certificado de Análisis del producto.

Resolución Sanitaria emitida por el Instituto de Salud Pública de Chile, vigente, que autoriza la apertura y funcionamiento de la empresa comercializadora en

Chile, emitida por el Instituto de Salud Pública.

Resolución de registro otorgada por el Instituto de Salud Pública de Chile, vigente, en el caso de que los insumos médicos que posean registro sanitario, la cual

debe ser coincidente con el producto ofertado.

Nombre, RUT, Firma y Timbre Representante Legal

En Osorno a_____de_________________2025


                                                    FORMULARIO Nº 5

PLAZO DE ENTREGA Y RESPUESTA ANTE EMERGENCIA

CONVENIO DE SUMINISTRO OXIGENO LIQUIDO MEDICINAL

ID: 1063538-100-LP25

HOSPITAL BASE SAN JOSE DE OSORNO

ANTECEDENTES

Nombre completo o Razón Social

N° Cédula de Identidad o RUT

Mediante el presente Formulario, la empresa _______________________________________ certifica que los plazos declarados son los siguientes:

La empresa declara ______ días corridos, desde la fecha de resolución que aprueba el contrato, para entrega de informe estado operativo de estación criogénica y red de oxígeno del establecimiento.

La empresa declara el tiempo de respuesta para despacho de emergencias es de _____ hrs., contados desde el envío de correo electrónico, llamado telefónico o cualquier otro medio de comunicación por parte del Hospital.

Nombre, RUT, Firma y Timbre Representante Legal

En Osorno a_____de_________________2025


                                                      FORMULARIO Nº 6

CERCANÍA DEL OFERENTE

CONVENIO DE SUMINISTRO OXIGENO LIQUIDO MEDICINAL

ID: 1063538-100-LP25

HOSPITAL BASE SAN JOSE DE OSORNO

El oferente que suscribe señala ubicación geográfica de su planta de distribución.

RAZON SOCIAL OFERENTE

DIRECCION

CIUDAD

REGION

Nombre, RUT, Firma y Timbre Representante Legal

En Osorno a_____de_________________2025

FORMULARIO Nº 7

EXPERIENCIA

CONVENIO DE SUMINISTRO OXIGENO LIQUIDO MEDICINAL

ID: 1063538-100-LP25

HOSPITAL BASE SAN JOSE DE OSORNO

El oferente deberá completar el cuadro señalando sus clientes a quienes ha entregado este servicio desde el año 2022 a la fecha de publicación del proceso. Debe respaldar adjuntando contratos o certificados acreditados. No se aceptará otro tipo de documento.

NOMBRE CLIENTE DEL RUBRO (PUBLICO O PRIVADO)

AÑO DEL CONTRATO DESDE-HASTA

MONTO

SEÑALE SI ADJUNTA RESPALDO (CONTRATO/ CERTIFICADO ACREDITADOS)

1.

 

 

 

2.

 

 

 

3.

 

 

 

4.

 

 

 

5.

 

 

 

 

 

 

...

 

 

 

N

 

 

 

TIPO DOCUMENTO

CANTIDAD

CONTRATOS

CERTIFICADOS ACREDITADOS

*Por la no entrega de antecedentes que acredite lo informado en el formulario, será evaluado con puntaje 0.

Nombre, RUT, Firma y Timbre Representante Lega

En Osorno a_____de_________________2025

FORMULARIO Nº 8

CERTIFICACIONES DE CALIDAD

CONVENIO DE SUMINISTRO OXIGENO LIQUIDO MEDICINAL

ID: 1063538-100-LP25

HOSPITAL BASE SAN JOSE DE OSORNO

La       empresa ____________________________________________________, señala que presenta y adjunta las siguientes certificaciones:

CERTIFICACIONES

Total, Certificaciones:                    

Debe adjuntar los documentos que acrediten cada certificación.

Es un REQUISITO EXCLUYENTE completar y adjuntar este Formulario, además de adjuntar los documentos que acrediten. De no cumplir, la oferta quedara fuera de la evaluación (inadmisible).

Nombre, RUT, Firma y Timbre Representante Legal

En Osorno a_____de_________________2025

                                                                            

FORMULARIO N.º 9

DECLARACION JURADA SIMPLE (Artículos 4º y 35 quáter Ley 19.886)

CONVENIO DE SUMINISTRO OXIGENO LIQUIDO MEDICINAL

ID: 1063538-100-LP25

HOSPITAL BASE SAN JOSE DE OSORNO

 

ANTECEDENTES OFERENTE

Nombre completo o Razón Social

N° Cédula de Identidad o RUT

Yo, ____________________, RUT ___________, en representación de __________, RUT _______________ (sólo en caso de ser persona jurídica) declaro no haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los dos años anteriores a la firma del presente contrato. De acuerdo a lo estipulado en artículo 4 inciso primero ley 19.886.

Además, declaro cumplir con lo establecido en artículo 35 quáter, Ley 19.886, que establece que ningún organismo del Estado podrá suscribir contratos administrativos con el personal del mismo organismo, cualquiera que sea su calidad jurídica, o con las personas naturales contratadas a honorarios por ese organismo, ni con sus cónyuges o convivientes civiles, ni con las demás personas unidas por los vínculos de parentesco en segundo grado de consanguinidad o afinidad, ni con sociedades de personas o empresas individuales de responsabilidad limitada de las que formen parte o sean beneficiarios finales, ni con sociedades en comanditas por acciones, sociedades por acciones o anónimas cerradas en que sean accionistas directamente, o como beneficiarios finales, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10 por ciento o más del capital, directamente o como beneficiarios finales, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. Esta prohibición debe entenderse respecto del personal dependiente de la misma autoridad o jefatura superior del organismo o servicio público que intervenga en el procedimiento de contratación; igualmente la prohibición para suscribir contratos establecida en el inciso primero se extenderá, respecto de los funcionarios directivos de los organismos del Estado, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, y de los funcionarios definidos en el reglamento que participen en procedimientos de contratación, a las personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley Nº 18.575, orgánica constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, y a las sociedades en que aquellos o éstas participen en los términos expuestos en el inciso primero, durante el tiempo en que ejerzan sus funciones, y hasta el plazo de un año contado desde el día en que el respectivo funcionario o funcionaria haya cesado en su cargo.

Igualmente, declaro no estar afecto a alguna de las inhabilidades previstas en el Articulo 26, letra d), del decreto ley N°211, de 1973 y 33 de la ley N°21.595.

  RAZON SOCIAL EMPRESA: ___________________________________________

DIRECCION: ______________________________________________________

TELEFONO: ______________________

Nombre, RUT, Firma y Timbre Representante Legal

En Osorno a_____de_________________2025


FORMULARIO N.º 10

DECLARACION JURADA SIMPLE LEY Nº 20.393 QUE ESTABLECE LA RESPONSABILIDAD PENAL DE LAS PERSONAS JURIDICAS EN LOS DELITOS DE LAVADO DE ACTIVOS, FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO Y DELITOS DE COHECHO.

CONVENIO DE SUMINISTRO OXIGENO LIQUIDO MEDICINAL

ID: 1063538-100-LP25

HOSPITAL BASE SAN JOSE DE OSORNO

ANTECEDENTES OFERENTE

Nombre completo o Razón Social

N° Cédula de Identidad o RUT

El proponente que suscribe, con el sólo hecho de presentar su oferta a esta propuesta declara y acepta explícitamente lo siguiente:

Declaro que la empresa ____________________________________ no se encuentra inhabilitada con alguna condena sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas, por la aplicación de los delitos de la Ley Nº 20.393, que afecte de manera alguna su calidad de oferente en el proceso licitatorio, dando pleno cumplimiento además a lo estipulado en la Ley N.º 19.886 sobre requisitos para contratar con la Administración del Estado.

RAZON SOCIAL EMPRESA: ___________________________________________

DIRECCION: ______________________________________________________

TELEFONO: ______________________

Nombre, RUT, Firma y Timbre Representante Legal

En Osorno a_____de_________________2025

ANEXO N°1

Declaración jurada de inhabilidad para contratar con el estado por condena del artículo 33 de la ley N°21.595

(Declaración para ofertar)

CONVENIO DE SUMINISTRO OXIGENO LIQUIDO MEDICINAL

ID: 1063538-100-LP25

 

Yo, , cédula de identidad N° , con domicilio en en representación de , RUT: , del mismo domicilio, para la licitación pública para la contratación del Servicio de _________________, declaro bajo juramento que:

 En caso de ser persona natural:

 

Yo, , cédula de identidad N° con domicilio en , , , declaro que:

 

(En el espacio en blanco a continuación, favor indicar “Sí” o “No”, según corresponda)

 

“____ mantengo vigente condena de inhabilitación para contratar con el Estado, conforme lo previsto en el artículo 33 de la ley N°21.595”

 O, en caso de ser representante de una persona jurídica:

 

Yo, , cédula de identidad N° con domicilio en , , en representación de RUT N° , del mismo domicilio, declaro que mi representada:

 

(En el espacio en blanco a continuación, favor indicar “Sí” o “No”, según corresponda)

 

“____ mantiene vigente condena de inhabilitación para contratar con el Estado, conforme lo previsto en el artículo 33 de la ley N°21.595.”

 

“____mantiene entre sus socios, accionistas, miembros o partícipes con poder para influir en la administración a personas naturales condenadas a la medida de inhabilitación para contratar con el estado dispuesta en el artículo 33 de la ley N°21.595.”

 ,

 

Nombre, Rut, firma y timbre del Representante Legal

Osorno, _________________________de 2025

NOTA:  

  • Si los oferentes no presentan esta declaración, la oferta será declarada inadmisible.
  • En el caso de las personas jurídicas, quien suscribe debe ser el representante legal, y en el caso de las UTP, la declaración deberá ser suscrita por el apoderado de la UTP, ya sea persona natural o persona jurídica; y en este último caso, debe firmar su representante legal.

ANEXO N°2

Declaración jurada de independencia de la oferta

(Declaración para ofertar)

CONVENIO DE SUMINISTRO OXIGENO LIQUIDO MEDICINAL

ID: 1063538-100-LP25

 

Yo, , cédula de identidad N° , con domicilio en en representación de , RUT: , del mismo domicilio, para la licitación pública para la contratación del Servicio de ____________________, declaro bajo juramento que:

 

(En el espacio respectivo marcar con “X” solo una opción de acuerdo con la declaración efectuada)

 

___ Mi representada no forma parte de un mismo grupo empresarial o está relacionada con personas en los términos establecidos en el Titulo XV “De los grupos empresariales, de los controladores y las personas relacionadas” de la Ley N°18.045 del Mercado de Valores. 

  ___ Mi representada forma parte de un grupo empresarial o está relacionada con personas en los términos establecidos en el Titulo XV “De los grupos empresariales, de los controladores y las personas relacionadas” de la Ley N°18.045 del Mercado de Valores, pero ninguno de los miembros del grupo empresarial o de sus personas relacionadas participa en el presente procedimiento licitatorio ofertando respecto del mismo producto o servicio. 

 

___ Mi representada forma parte de un grupo empresarial o está relacionada con personas en los términos establecidos en el Titulo XV “De los grupos empresariales, de los controladores y las personas relacionadas” de la Ley N°18.045 del Mercado de Valores, participando alguno de los miembros del grupo empresarial o de sus personas relacionadas en el presente procedimiento licitatorio respecto del mismo producto o servicio, declarando que la oferta que presenta mi representada fue preparada con total independencia del miembro del grupo empresarial o de la persona relacionada.

  ,

  

____________________________________________

Nombre, Rut, firma y timbre del Representante Legal

Osorno, _________________________de 2025

 

NOTA:  

  • En el caso de las personas jurídicas, quien suscribe debe ser el representante legal, y en el caso de las UTP, la declaración deberá ser suscrita por el apoderado de la UTP, ya sea persona natural o persona jurídica; y en este último caso, debe firmar su representante legal.

ANEXO N°3

DECLARACIÓN JURADA PROGRAMA DE INTEGRIDAD CON APLICACIÓN DE CÓDIGO ÉTICA PARA PROVEEDORES (DIRECTIVA N°31 CHILECOMPRA)

CONVENIO DE SUMINISTRO OXIGENO LIQUIDO MEDICINAL

ID: 1063538-100-LP25

 

El Proponente que suscribe declara:

(• Si se trata de Persona jurídica)

Declaro que mi empresa posee como política interna la aplicación de Programas de integridad basados en el código de ética para proveedores contenido en la Directiva N°31 de ChileCompra, políticas que son conocidas y aplicadas por todos los trabajadores. _____SI_____NO (Complete con “X” donde corresponda)

(• Si se trata de Persona Natural)

Declaro que conozco y cumplo con lo señalado en el código de ética para proveedores contenido en la Directiva N°31 de ChileCompra. _____SI_____NO (Complete con “X” donde corresponda)

SI SE TRATA DE UNION TEMPORAL DE PROVEEDORES (UTP), ESTA DECLARACION JURADA DEBERA SER SUSCRITA Y ENTREGADA DE FORMA INDIVIDUAL POR CADA INTEGRANTE DE LA UTP.

De no ser presentadas las declaraciones juradas, o se presentan sin firma, se entenderá que no cuentan con estas políticas ni aplican código de ética para proveedores, otorgándoles 0 (cero) punto en este criterio.

Se debe adjuntar el Programa de Integridad y ética empresarial, de lo contrario, este criterio será evaluado con 0 (cero) punto.

RAZON SOCIAL EMPRESA: ___________________________________________

DIRECCION: ______________________________________________________

TELEFONO: ______________________

Nombre, Rut, firma y timbre del Representante Legal

Osorno, _________________________de 2025

 

NOTA:  En el caso de las personas jurídicas, quien suscribe debe ser el representante legal o apoderado con poder suficiente para tal actuación, y en el caso de las UTP, la declaración deberá ser suscrita por el apoderado de la UTP, ya sea persona natural o persona jurídica; y en este último caso, debe firmar su representante legal o apoderado con poder suficiente para tal actuación. 


10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.