REQUERIMIENTOS TÉCNICOS |
REQUERIMIENTOS TÉCNICOS. -
Se requerirán los siguientes servicios:
El oferente deberá confeccionar un Mapa de Riesgos a evaluar, identificando los principales riesgos a los que están expuestas las Unidades de Crédito, revisar los criterios de valorización de los montos asegurados y la identificación de los principales escenarios de pérdidas y su estimación del impacto del siniestro, mapa que fundamente la estructura de las pólizas y la propuesta de cobertura, y en general toda la información necesaria para correcta administración y gestión de los seguros de DICREP. La entrega del mapa de riesgos, deberá ser mediante un informe o documento que detalle la propuesta contenida en el mapa de riesgos, en un plazo no superior a tres semanas.
Diseñar y asesorar integralmente el programa de gestión de riesgos y seguros institucionales, con la finalidad de disminuir la ocurrencia de siniestros y por ende perjuicios, con fecha de entrega, en la misma oportunidad de las bases Técnicas. El oferente deberá informar a DICREP sobre las condiciones que deben ser provistas en la futura licitación de seguros generales, entregando las bases técnicas en un plazo no superior a 2 semanas, contados desde la recepción conforme del mapa de riesgos.
Intermediar y controlar directamente la emisión de las pólizas y facturas que deben emitir las compañías de seguros en los plazos establecidos.
Tramitar y llevar registro de la facturación y cobranzas.
Realizar las coordinaciones con la(s) compañía(s) de seguros que se adjudiques la licitación de seguro de DICREP, conforme a los requerimientos del Servicio.
Participar como asesor de cualquier labor relacionado con los seguros de DICREP.
Optimizar y perfeccionar el programa de seguros de DICREP.
Desarrollar programa integral de evaluación de riesgos para DICREP, con sus respectivas auditorias el cual deberá ser aprobado por DICREP
Administrar el programa de seguros: emisión de certificados de cobertura, revisión y aprobación de pólizas de seguros. Elaboración manual y resumen de seguros que contenga coberturas y procedimientos (administrativos y siniestros). Atención durante la vigencia de las pólizas. Modificación de pólizas y tramitación de endosos. Control de facturación y cobranzas. Informes trimestrales de gestión (siniestralidad y otros).
Desarrollar un plan de trabajo previo a los procesos de licitación de compañías de seguros que permita la participación y competencia del mercado asegurador.
Participar como asesor en el proceso licitatorio de seguros, brindando apoyo técnico a la jefaturas que supervisen dicho proceso concursal
Gestionar el proceso de liquidación de siniestros.
Disponer de asesorías en las posibles modificaciones de contrato, de ser necesarias.
Desarrollar y proponer un Programa anual de capacitación contemplando todas las dependencias, considerando a los usuarios de los seguros a nivel institucional y a los integrantes de la comisión de jefaturas que supervisan los seguros. Lo contenido en este requerimiento técnico, deberá contemplarse íntegramente el documento que especifica su propuesta técnica. Adicionalmente, elaborar manuales, protocolos y apoyar en confección de resoluciones que normen procedimientos a nivel interno.
Asesoría en la liquidación de siniestros: Análisis de coberturas afectadas en los siniestros, asesoría en la preparación, presentación y tramitación de reclamos y en la agilización del cobro de indemnizaciones.
El oferente se compromete a responder con suma urgencia todo correo electrónico enviado por el encargado del contrato de DICREP, catalogado como urgente, en un plazo máximo de 1 día hábil.
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Los proponentes |
Los proponentes de la presente licitación pública deberán examinar todas las instrucciones y condiciones que figuran en las bases, las cuales, junto con las eventuales preguntas que formulen los interesados y sus respectivas respuestas, constituyen la única fuente de información que debe el proponente considerar al preparar su oferta.
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Sobre el servicio de corretaje |
El servicio de corretaje será esencialmente revocable, de acuerdo a las necesidades e intereses de la Dirección General del Crédito Prendario.
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Gastos asociados a la propuesta |
Los gastos que demande participar de la presente propuesta, y todos los derechos e impuestos que pudieran originarse con motivo de la celebración del contrato, serán de cargo exclusivo del Corredor de Seguros. En consecuencia, DICREP no responderá en caso alguno por impuestos contribuciones, tasas, derechos fiscales, notariales, cargas o expensas de cualquier naturaleza derivadas o vinculadas al contrato o a los actos que de él se deriven.
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Sobre el pago de los servicios licitados |
La adjudicación de la presente licitación no significará un pago por los servicios por parte de DICREP, todo será bajo el concepto de comisión por corretaje el cual será cancelado por la aseguradora. En consecuencia, los valores incorporados en el campo disponible en la plataforma www.mercadopublico.cl para ingresar la oferta será meramente referencial.
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COMISIÓN EVALUADORA |
Para efectos del proceso de evaluación se constituirá una Comisión Evaluadora de DICREP, a la que le corresponderá redactar las respectivas actas e informes técnicos y económicos en las que se consignarán las evaluaciones y los acontecimientos acaecidos, para entregar una propuesta al Director General sobre la adjudicación, o bien, cuando corresponda declarar desierto el procedimiento.
Los miembros de la Comisión Evaluadora y los referentes técnicos no podrán tener conflictos de intereses con los Oferentes al momento de la evaluación y deberán evaluar las propuestas para la adjudicación por parte del Jefe Superior del Servicio.
La vigencia de la Comisión será desde la fecha en que se apruebe la presente resolución y hasta 2 días después de aceptada la orden de compra o después de la fecha de la resolución que declara desierta o revoca la presente licitación, según corresponda.
La Comisión Evaluadora de la Dirección General estará integrada por:
• Jefe del Departamento de Contabilidad o su subrogante legal
• Jefe del Departamento Administrativo o su subrogante legal
• Jefe del Departamento de Crédito o su subrogante legal.
• Jefe de Gabinete.
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MODIFICACIÓN DE LAS BASES |
Se podrán modificar las presentes bases y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas.
Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del sitio Web www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe.
Las aclaraciones que se efectúen se entenderán que forman parte de las presentes bases. Junto con aprobar la modificación, se podrá establecer un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas.
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ACEPTACIÓN DE LAS BASES |
El solo hecho de la presentación de la oferta significa el estudio, aceptación y adhesión por parte del proponente al presente proceso concursal, de las presentes Bases y de todos los antecedentes que la acompañan.
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RESOLUCIÓN DE EMPATES |
Si uno o más proveedores están empatados en el puntaje total, se adjudicará al mejor puntaje en el criterio PRIMAJE INTERMEDIADO.
Si el empate persiste, prevalecerá el mejor puntaje en el criterio NÚMERO DE CLIENTES.
Si el empate persiste, prevalecerá el mejor puntaje en el criterio COBERTURA MAPA DE RIESGO.
Si persiste el empate, prevalecerá el mejor puntaje en el criterio EQUIPO DE TRABAJO.
Si el empate persiste, prevalecerá el mejor puntaje en el criterio CANTIDAD DE EMPLEADOS.
Si persiste el empate, prevalecerá el mejor puntaje en el criterio SANCIONES Y/O MULTAS CMF.
Si el empate persiste, prevalecerá el mejor puntaje en el criterio CUMPLIMIENTO DE ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS.
Por último, si persiste el empate, se adjudicará al proveedor que primero ingresó su oferta al portal.
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CLÁUSULA DE READJUDICACIÓN |
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no firma el contrato, rechaza la orden de compra, no presenta la garantía de fiel cumplimiento o, no se inscribe en ChileProveedores y o estando inscrito en el registro se encuentra inhábil en los plazos que se establecen en las presentes bases, DICREP podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, siempre que DICREP lo estime adecuado a sus intereses y en el evento que no se haya dado inicio a la ejecución de esta contratación.
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FORMA DE PAGO Y CONFORMIDAD DE SERVICIO |
Los servicios de la corredora de seguro que se adjudique por la presente licitación, no implicará pago de los servicios por parte de DICREP.
El pago por los servicios de la corredora de seguro, serán cancelados por concepto de comisión por la Compañía de Seguros que se adjudique la licitación de seguros generales de DICREP.
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MULTAS |
DICREP cobrará multas a la Corredora o el corredor de seguros, cuando este no cumpla con lo estipulado en el contrato, ni se respeten las actividades o su ejecución:
ítem Falta a Multar No Cumple con: Multa a aplicar
1 Por cada día hábil de atraso en la entrega del mapa de riesgos, programa de gestión de riesgos y seguros institucionales y bases técnicas. Lo señalado en el punto 8 de las bases requerimientos técnicos 0,5 UTM por cada día hábil de atraso.
En el caso de presentarse una eventualidad que retrasase la entrega de informes se podrá acordar entre las partes la no aplicación de multas, por razones de fuerza mayor, todo previa aceptación del encargado del contrato por vía formal.
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Procedimiento para la aplicación de multas |
Cuando el Encargado de la Contratación, verifique la ocurrencia de uno o más de los incumplimientos tipificados precedentemente, notificará al proveedor, mediante el envío de correo electrónico señalado en su oferta y/o ficha de ChileProveedores, indicando el detalle de los hechos que configuran el incumplimiento y la multa que resulta aplicable.
El proveedor podrá aceptar por escrito y pagar la multa una vez cumplido el acto administrativo, sin necesidad de seguir con el procedimiento señalado a continuación.
El proveedor podrá reclamar por escrito del incumplimiento notificado y de la aplicación de la multa, dentro de los 5 (cinco) días hábiles contados desde la fecha de recepción de la notificación, debiendo acompañar todos los antecedentes que sean necesarios para fundar sus descargos.
El Director General resolverá los descargos a través de Resolución Fundada, la que será notificada al contratista, mediante el envío de copia de dicha Resolución, por carta certificada, al domicilio indicado por el adjudicatario.
En contra de esta Resolución, el adjudicatario podrá presentar Recurso de Reposición dentro del plazo de 5 días hábiles contados desde su notificación, debiendo acompañar todos los antecedentes que sean necesarios para fundar el Recurso.
El Director General, resolverá el Recurso de Reposición a través de Resolución fundada, en la que podrá acoger totalmente el Recurso, dejando sin efecto la multa aplicada, acoger parcialmente el Recurso, modificando el monto de la multa aplicada, o bien, rechazar el Recurso, ratificando el monto de la multa aplicada. Esta Resolución será notificada al contratista mediante el envío de copia de la misma, por carta certificada, al domicilio indicado en el contrato.
En contra de la Resolución que resuelve el Recurso de Reposición presentado, no procederán más Recursos, por lo que la dictación de ésta, producirá el efecto de terminar definitivamente el presente procedimiento especial de Reclamación, quedando firme la multa aplicada.
La extemporaneidad o la no presentación de antecedentes que funden las alegaciones contenidas en los descargos y/o en el Recurso de Reposición, facultan al Director General para rechazarlos de plano.
La aplicación de las multas se realizará administrativamente, se expresarán en pesos chilenos y se pagarán, descontando el monto del estado de pago correspondiente al mes siguiente a la notificación de la aplicación de la misma o a la notificación del rechazo del reclamo a su aplicación.
En el caso que sea aplicable una multa en el último mes de la duración del contrato, la respectiva factura no se pagará hasta que se agote la instancia de reclamo por multa, si corresponde.
No procederán estas multas si se estableciere la concurrencia de un caso fortuito o fuerza mayor, debidamente acreditada por el proveedor adjudicado y con el V° B° del Administrador.
En caso de que el plazo de entrega del productos comprometidos (punto 8, requerimientos técnicos), DICREP podrá poner término anticipado al mandato por incumplimiento del mismo por parte de la empresa adjudicada, sin derecho a indemnización alguna en favor del proveedor.
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MODIFICACIÓN O TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO |
DICREP pondrá término anticipado del contrato, si se presenta alguna de las siguientes causales:
a. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
b. Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante.
c. Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
d. Revocación de la autorización del Corredor de Seguros por parte de la Superintendencia de Valores y Seguros para el desarrollo de la actividad de Corredor de seguros.
e. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
f. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
g. Las demás que se establezcan en estas bases de licitación o en el contrato.
h. Por aplicación de multas reiteradas, señalado en la cláusula de procedimiento para la aplicación de multas.
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PROCEDIMENTO PARA TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO |
En caso de verificarse alguna de las circunstancias que hagan procedente el término anticipado, DICREP informará al proveedor, mediante correo electrónico informado por el proveedor en su oferta o ficha de ChileProveedores, su intención de poner término al contrato.
El proveedor tendrá un plazo de tres días hábiles desde la notificación de la comunicación para despachar sus descargos a DICREP por escrito.
Transcurrido el plazo, sea que se hayan recibido o no los descargos, DICREP procederá -si así continúa estimándolo- a dictar el correspondiente acto administrativo que ponga término anticipado a la contratación, resolución que también debe ser notificada al proveedor para los fines que estime pertinente.
Este último acto podrá impugnarse de acuerdo a los recursos administrativos contemplados en la ley N° 19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
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Cláusula de Confidencialidad |
La corredora de seguros o el corredor adjudicado deberá mantener y guardar absoluta reserva de todos los antecedentes que se le proporcionen para la elaboración de sus estudios, contratación de pólizas, entre otros., quedando sujetos a las normas pertinentes del Código Penal.
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CONSULTAS Y DUDAS |
Durante la publicación de la licitación las consultas y dudas que se tengan al respecto sólo se aceptarán durante el período que se establece en las mismas bases de licitación, a través de la opción FORO del portal mercadopublico.cl. NO SE RESPONDERÁN CONSULTAS O DUDAS FUERA DEL FORO, NI FUERA DE PLAZO
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