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11.1 Antecedentes |
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La Dirección Chilecompra opera la plataforma tecnológica transaccional denominada Mercado Público que permite el encuentro de la oferta y la demanda del Estado y sus proveedores, en la cual coexisten diversas aplicaciones que ayudan al proceso de adquisiciones de los Servicios Públicos tales como: Chileproveedores, catálogos electrónicos y otros.
Posee 2 catálogos electrónicos siendo uno de ellos la Tienda Chilecompra Libros, la cual se especializa en el rubro de material bibliográfico, audio, audiovisual, diarios y revistas. Es utilizada por diversas Entidades Públicas, entre las cuales destacan: el Ministerio de Educación, Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos; Municipios, Universidades, Colegios.
Este catálogo cuenta con más de 45 mil fichas de títulos de diferentes categorías, que son ofertados por más de 70 proveedores que fueron adjudicados en la actual licitación que está operando. Durante el año 2009 se realizaron cerca de 3 mil órdenes de compra y se transaron aprox. 50 millones de dólares a través de esta tienda. Más detalles en www.chilecompralibros.cl
Esta tienda nace como una herramienta que permite generar ahorros al Estado, simplifica el proceso de compra, acorta los plazos de los procesos asociados y otorga un espacio en el mundo de las compras públicas al ámbito de la cultura, para que los artículos del rubro sean adquiridos de manera más eficiente y expedita.
El negocio editorial de material bibliográfico, de audio, audiovisual, diarios y revistas alcanza una suma del orden de los 400 millones de dólares aprox. en nuestro país. El Estado adquiere una cifra del orden del 20% de ese monto al año, en estos rubros. Solo el mercado del libro alcanza los 220 millones de dólares y el Estado compra aproximadamente un 23% de este rubro. El mercado está constituido por proveedores de distintos tamaños y que forman parte de distintos eslabones de la cadena: editores, distribuidores, placistas, libreros y tiendas en general.
Esta Tienda mantiene un catálogo de miles de títulos disponibles para su venta a través del canal, los cuales pueden ser adquiridos mediante un solo click. |
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11.2 Objetivos del Convenio |
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Permitir la continuidad y consolidación de la Tienda de ChilecompraLibros, a través del aumento en la generación de órdenes de compra, captura de nuevos usuarios y aumento en la cantidad y tipo de material bibliográfico, audiovisual, didácticos y otros soportes.
Incorporar a la Tienda una mayor diversidad de proveedores que distribuyan, editen, publiquen, vendan o comercialicen tipos de productos como: material informativo o bibliográfico, libros, música, películas, documentales, revistas, diarios y material didáctico en cualquiera sea el medio de soporte, en sus diversas temáticas.
Incentivar la participación de proveedores en regiones y ampliar, el número de fichas electrónicas disponibles, duplicando la cantidad actual (aproximadamente a 100 mil fichas). |
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11.3 Categorías que serán Licitadas |
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En este proceso se Iicitará los bienes asociados a las siguientes categorías. Se informan para cada categoría los distintos tipos de productos asociados según lo descrito en la presente cláusula. El material deberá ser original, no se aceptarán copias no autorizadas.
1. Libros:
1.1. Novela, Poesía, Teatro, Cuento, Ensayo, antologías, ficción, clásicos, crónica, ciencia ficción, comic, en español
1.2. Ciencias y Técnicos (medicina, genética, computación, informática, tecnología, productivos, ciencias básicas, economía, marketing, gestión, operaciones, negocios, administración, biológicas, odontología, ingeniería, otros relacionados), en español
1.3. Ciencias Sociales (psicología, sociología, filosofía, antropología, arqueología, historia universal, historia de chile, política, biografías, estudio de la literatura y del teatro, semiótica, educación, lingüística, geografía, religión), en español
1.4. Textos de arte, música, cultura, fotografía, arquitectura, diseño, humor, pasatiempo, turismo, viaje, entretención, deporte, decoración, gastronomía, autoayuda, en español
1.5. Textos Infantiles, parvularia, en español
1.6. Textos de enseñanza en idioma español, de enseñanza prebásica, básica, media. Incluye todas las asignaturas.
1.7. Textos de Referencia tales como: diccionarios, atlas, enciclopedias, colecciones, mapas, derecho y/o legales, en español
1.8. Textos en todos los tipos de productos anteriores (1.1,1.2, 1.3, 1.4, 1.5, 1.6 y 1.7), en idioma distinto de español y textos en braile.
2. CD – Música: contiene música o material de audio en CD u otro soporte
2.1. Producción Chilena: clásica, jazz, rock, pop, folclore, alternativa, infantil, religiosa, instrumental, cuentos, electrónica, clásica, moderna y otras de producción nacional o por autores chilenos
2.2. Producción Extranjera: Alternativa, disco, soul, rock, pop, electrónica, new age, jazz, blues y black music
2.3. Producción Extranjera: Folklore de otros países, tropical, música específica de países, música de películas y TV
2.4. Producción Extranjera: Infantiles y cuentos
2.5. Producción Extranjera: Instrumental, música clásica, música sacra y religiosa
3. DVD – Películas: contiene películas, programas y series – DVD u otro soporte
3.1. Producción Chilena: Películas de: terror, suspenso, ciencia ficción, drama, comedia, acción épica, bélica, aventura y western. Programas: infantiles, conciertos, deporte, musicales, documentales, culturales, animé. y
· Series de TV
3.2. Producción Extranjera: Películas de: terror, suspenso, ciencia ficción, drama, comedia, acción épica, bélica, aventura y western
3.3. Producción Extranjera: Programas: de deporte, culturales, documentales, musicales, conciertos, animé y Series de TV,
3.4. Producción Extranjera: Programas: Infantiles y dibujos animados extranjeros
4. Diarios: contiene los diarios y periódicos:
4.1. Regionales chilenos
4.2. Nacionales chilenos
4.3. Legales chilenos
4.4. Internacionales de todo tipo y nacionalidad
4.5. Electrónicos de todo tipo y nacionalidad
5. Revistas
5.1. Cultura, Arte, Historia, Educación, Literatura, Música, Idiomas, Manualidades, Diseño, Arquitectura, Decoración en idioma español
5.2. Computación, tecnología, electrónica, finanzas, negocios, economía, derecho, ciencia, salud, medicina y nutrición, en idioma español
5.3. Hobbies, deportes, recreación, actualidad, misceláneo, televisión, entretención, espectáculo, crecimiento personal, esotérico, moda, femenina, familia, infantil, historietas, comic, en idioma español
5.4. Revistas en idioma inglés y otros idiomas
5.5. Electrónicas
6. Material Didáctico:
6.1. Cuerpos geométricos, figuras, títeres, muñecos, pelotas, palitroques
6.2. Centros de actividades, Juegos de Salón, puzzles, rompecabezas
6.3. Rodados, mesas, instrumentos musicales y herramientas, carros de arrastre
7. Material soporte digital: que contiene material bibliográfico o de información en soporte digital, como por ejemplo: cuenta a través de internet para acceder a información jurídica a un sitio especializado por un periodo de tiempo para realizar consultas a una base de datos o cuenta para acceder a una enciclopedia de conocimientos. No incluye diarios electrónicos. |
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11.4 Presentación Oferta Técnica y Económica |
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Los oferentes deben constatar que el envío de sus ofertas técnicas y económicas a través del sitio www.mercadopublico.cl haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los Formularios y Anexos requeridos. Para ello se debe verificar el posterior despliegue automático del “Comprobante de Envío de Oferta” que se entrega en dicho Sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo.
Las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del sitio www.mercadopublico.cl. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases. Será responsabilidad de los Oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas.
El oferente que desee participar y de acuerdo a lo anterior y en relación a la presentación de las ofertas deberán seguir los siguientes pasos:
1. Lea con atención todos los puntos de las bases de esta licitación
2. Descargue los anexos disponibles, los cuales deben ser llenados de acuerdo a las instrucciones y debe tener presente que sólo se considerarán Ofertas con todos los Formularios dispuestos por la DCCP y sean ingresados oportunamente.
3. Cada ofererente deberá completar los formularios, fichas y documentos que se solicitan para la presentación de la oferta. En el caso de los anexos, cada nombre de anexo debe incluir al final del texto la razón social de la empresa, con un máximo de 15 caracteres, para que pueda ser identificado. Esto debe ser de la siguiente forma: NOMBRE ARCHIVO PARA INGRESAR___________Anexo N°1 Datos del Oferente _______. Los anexos que deben ser completados son:
4. Anexos Administrativos:
a. Anexo Nº1 Formulario Datos del Oferente
5. Anexo Técnicos: Anexo N°2 “Oferta Técnica oferente”, debe completar las planillas de acuerdo a la información solicitada de todo lo referente a la oferta de las condiciones comerciales y técnicas de cada proponente. En dicho formulario se debe incluir además declaración de región de origen, cobertura y monto mínimo orden de compra. La Cobertura se informa respecto de las regiones a las cuales va a despachar el proponente, de acuerdo a las regiones existentes.
6. Económico: Anexo N°3 “Oferta Económica oferente” , el oferente debe completar las planillas de acuerdo a la información solicitada respecto de las fichas de los títulos que ya forman parte del catálogo donde solo se incorpora el precio sin IVA que corresponde a la oferta del proponente y de las fichas de nuevos títulos que no están en el catálogo, donde tendrá que informar todos los campos contenidos en la ficha (ISBN, Títulos, autor, editorial, descripción, precio y otros). Los valores informados deben estar, en enteros sin decimal, en pesos chilenos y sin IVA o cualquier otro impuesto. El precio de referencia que se indica en las planillas Excell es el precio promedio de cada uno de los títulos que forman parte del catálogo.
7. Es importante que las descripciones según los campos disponibles sea clara y veraz, correspondientes a cada título. De no contar con esta información, los productos no serán considerados para la primera carga si fueran adjudicados.
8. Cada oferente cuando tenga toda la información preparada para su ingreso, debe proceder a realizar el ingreso de la Oferta Electrónica en el sitio de www.mercadopublico.cl.
De acuerdo a lo anterior y en relación a la presentación de las ofertas, los oferentes:
1. Deberán tener presente que sólo se considerarán las ofertas realizadas en los formularios dispuestos por la DCCP y sólo aquellas ofertas que hubiesen sido enviadas oportunamente.
2. Deberán presentar el Anexo N° 1, “Formulario datos del Oferente”.
3. Podrán omitir realizar oferta para alguna de las Categorías y tipos de producto requeridos por la DCCP.
4. Deberán presentar el precio de los productos ofertados en el Anexo N° 3, en valores netos y en pesos, sin decimales.
5. Deberán indicar obligatoriamente en el Anexo N° 2 y cuando corresponda, todas las condiciones Comerciales y Regionales allí requeridas.
6. Para proceder al ingreso de la oferta, los oferentes deberán realizar lo siguiente:
a. Habiendo ingresado al Portal de Compras Públicas y tras digitar el “Usuario” y “Clave”; En el “Escritorio”, buscar por Número de Adquisición, con el ID 2239-2-LP10. Presionar el Botón “Buscar”.
b. Se desplegará una página, en la cual se señala: “Se encontró una adquisición para su búsqueda”. Al hacer click sobre el ícono “Ofertas”.
c. Se desplegará un botón “Ingresar Nueva Oferta”. Hacer click sobre ese botón.
d. Luego se abrirá una página con el Paso 1: “Completar Nombre de la Oferta. Completar el nombre de la oferta y completar una breve descripción de ella. Presionar sobre el Botón “Siguiente”.
e. Paso 2, completar oferta económica, debe aceptar la(s) oferta(s) marcando la opción y en el campo dispuesto para precio, ingresar un valor de referencia, que no será evaluado. SOLO oferte en la (o las) línea(s) asociada(s) a su rubro (categoría) de acuerdo a las siguiente información:
i. Línea 1 - Libros
ii. Línea 2 - CD - Música
iii. Línea 3 - DVD - Películas
iv. Línea 4 - Diarios
v. Línea 5 - Revistas
vi. Línea 6 - Material Didáctico
vii. Línea 7 - Material en soporte digital
Cada una de estas líneas corresponde a la categoría que se licita y por la cual los proponentes presentan su(s) oferta(s).
f. Paso 3, ingreso de documentación anexa, donde deberá adjuntar los archivos administrativos en el botón de Anexos Administrativos.
Luego, en el botón Anexo Técnico debe ingresar el Anexo N°2 “Formulario Oferta Técnica oferente y finalmente en el botón Anexo Económico deberá ingresar el Anexo N°3 Formulario de Oferta Económica oferente.
En el Paso 4, “Guardar Documento”, deberá guardar el archivo generado en su computador, buscar la licitación, crear una oferta y finalmente adjuntar el archivo guardado anteriormente como un anexo. De esta manera queda terminado el proceso de carga de oferta.
Los anexos ingresados deben ser nominados de la siguiente forma: incluir al final del texto la razón social de la empresa, con un máximo de 15 caracteres, para que pueda ser identificado. Esto debe ser de la siguiente forma: NOMBRE ARCHIVO PARA INGRESAR___________Anexo N°1 Datos del Oferente _______.
g. Paso 4, “Confirmar y enviar Oferta”, revise la veracidad de los datos, si está todo correcto presione el botón “Ingresar Oferta”.
h. Paso 5, Finalmente, deberá asegurarse de haber enviado la oferta a través del portal electrónico de compras públicas, para ello se debe verificar el despliegue automático del "Comprobante de Envío de Oferta", el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo. |
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11.5 Procedimiento de Evaluación de Ofertas |
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En este punto se estipulan los criterios que serán aplicados a la evaluación y la forma como opera este proceso. Cada oferente debe presentar su oferta completa para ser evaluado. La evaluación será realizada por una Comisión constituida por al menos 3 funcionarios nombrados por el Director de la DCCP, con anterioridad al Acto de Apertura señalado en clausula N°4.
Cada Oferente debe cumplir con las instrucciones para presentación de las ofertas detalladas en el punto N°11.4 de las Bases. Aquellas ofertas que no cumplan con las instrucciones, quedarán excluidas de la propuesta y no serán consideradas para la etapa de evaluación.
Los oferentes serán evaluados por categoría ofertada, de acuerdo a los siguientes criterios de Evaluación:
Criterios de Evaluación
1. Oferta Técnica 60%, criterio compuesto por los siguientes subcriterios:
a. Amplitud de Productos (25%)
b. Local de venta (15%)
c. Fletes (20%)
d. Dedicación Coordinador (10%)
e. Condiciones Comerciales (30%) (Plazos de Entrega y Reposición, Garantías, Sitio Web, envío de novedades semanales)
2. Oferta Económica 40%, criterio compuesto por los siguientes subcriterios:
a. Descuentos sobre Montos (60%)
b. Precio (40%)
1. Oferta Técnica:
a. Amplitud Productos (25%)
Este criterio se enfoca a la variedad de títulos de los cuales dispone cada oferente.
El puntaje para este criterio se obtiene como ponderaciones de: Amplitud de la Oferta en Tienda a Público (40%), Amplitud de la Oferta para la Tienda Chilecompra Libros (35%) y crecimiento de productos en Tienda (25%).
Donde PAP(i) = Puntaje Amplitud Productos, oferente i
I. Amplitud de la Oferta a Público (40%):
i. > 8.000 títulos diferentes 100 puntos
ii. Entre 3000 – 8000 títulos diferentes 85 puntos
iii. Entre 500 – 3000 títulos diferentes 70 puntos
iv. Menos de 500 títulos diferentes 40 puntos
II. Amplitud de la Oferta para la Tienda Chilecompra Libros (35%):
Cantidad de títulos ofertados por el proveedor y que serán incluidos en la etapa inicial, los cuales deben ir con su precio de catálogo
i. > 2000 títulos 100 puntos
ii. Entre 1000 – 2000 títulos diferentes 85 puntos
iii. Entre 300 - 1000 títulos diferentes 70 puntos
iv. Menos de 300 títulos diferentes 40 puntos
III. Crecimiento de Productos en Tienda (25%): Mantener un crecimiento anual del conjunto de bienes en la Tienda respecto de lo indicado en el punto anterior, de acuerdo a lo siguiente:
i. > 100% 100 puntos
ii. 40,1% - 100% 85 puntos
iii. 20,1% - 40% 70 puntos
iv. 10% - 20% 50 puntos
v. < 10% 30 puntos
b. Local de Venta (15%)
Este criterio otorga un puntaje a cada oferente que tiene un local de venta presencial, de la siguiente forma
i. Local de Venta en región de origen 100 puntos
ii. Ningún Local de Venta 0 puntos
Donde PLV(i), corresponde al Puntaje por local de venta, oferente i.
c. Fletes (20%)
Para el criterio de los fletes se utilizarán valores en porcentajes sobre precio ofertado que serán aplicados en las zonas distintas del origen. Se define tres zonas:
i. Zona de origen
ii. Zona centro país (incluye regiones III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XIV, RM)
iii. Zona extrema (incluye regiones I, II, XV, XI, XII)
Por definición, el flete en la zona de origen declarada es $0 (cero).
Cada Oferente debe proponer un porcentaje de flete, el cual será agregado al precio de catálogo, cuando se realice una compra fuera de la zona de origen. Para evaluar este criterio se considerará el porcentaje mínimo ofertado para la categoría en evaluación, el cual por defecto tendrá el puntaje máximo de 100 puntos. De igual forma se asignarán 100 puntos al Oferente que solo declare cobertura en su zona de origen.
Cada Oferente deberá indicar el porcentaje de flete sobre el monto de la compra en las dos zonas distintas del origen.
Además, deberá indicar el monto de la orden de compra sobre el cual dejará sin efecto el cargo por flete, lo cual le asignará un puntaje para este criterio.
Los valores de porcentajes para el flete deben ser expresados en enteros con un decimal. Si hubiesen valores con más de un decimal, se realizará un corte en el primer decimal sin aproximación.
El puntaje se asignará de la siguiente forma:
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Rangos de Porcentaje para Flete Zona Centro País |
PFZCP
Puntos para Flete Zona Centro País |
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Menor o igual 3% |
100 puntos |
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3,1 % - 6% |
90 puntos |
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6,1 % - 9% |
70 puntos |
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9,1 % - 15% |
60 puntos |
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15,1 % - 20% |
50 puntos |
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20,1 % - 25% |
20 puntos |
|
Más de 25% |
0 puntos |
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Rangos de Porcentaje para Flete Zona Extrema |
PFZE
Puntaje Flete Zona Extrema |
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Menor o igual 5% |
100 puntos |
|
5,1 % - 10% |
90 puntos |
|
10,1 % - 15% |
70 puntos |
|
15,1 % - 20% |
60 puntos |
|
20,1 % - 25% |
50 puntos |
|
25,1 % - 30% |
20 puntos |
|
Más de 30% |
0 puntos |
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Rangos de monto de orden de compra con cargo por flete = $0
(Millones de $) |
PFCOC
Puntaje Flete = $0
Puntaje Flete Cero para Monto OC |
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0 – 3 MM$ |
100 puntos |
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3,1 – 4 MM$ |
80 puntos |
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4,1 – 5 MM$ |
60 puntos |
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5,1 – 6 MM$ |
40 puntos |
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6,1 – 8 MM$ |
20 puntos |
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Más de 8 MM$ |
0 puntos |
Puntaje para criterio Flete en Zona Centro País = PFZCP (i)
Puntaje para criterio Flete en Zona Extrema = PFZE (i)
Puntaje para criterio Flete Cero para Monto OC = PFCOC (i)
Puntaje criterio flete (i) = PF(i) = PFZCP (i) x 0,35 + PFZE (i) x 0,35 + PFCOC (i) x 0,3
PF(i) = Puntaje flete
a. Encargado del Convenio (10%)
Este criterio considera la oferta del proveedor en cuanto a mantener durante la operación del convenio una persona encargada de la operación y gestión del catálogo. El puntaje será asignado según la tabla siguiente:
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Encargado del Convenio |
Puntaje |
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Coloca Encargado |
100 ptos |
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No coloca Encargado |
0 ptos |
Puntaje Encargado Convenio = PEC (i)
b. Condiciones Comerciales (30%):
Este criterio posee 5 subcriterios:
i. plazo entrega máximo (40%),
ii. plazo reposición máximo (20%),
iii. garantías (15%),
iv. sitio web (10%),
v. envío de novedades (15%).
i. Plazos de Entrega Máximo (40%).
Para este criterio se define las tres zonas:
I. Zona de origen
II. Zona centro país (incluye las siguientes regiones III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XIV, RM)
III. Zona extrema (incluye las siguientes regiones I, II, XV, XI, XII)
El plazo de entrega máximo se define para cada una de las tres zonas y de acuerdo al grupo que se indica, según cantidad de ejemplares que se incorporan a la orden de compra. Se definen los siguientes Grupos según cantidad de ejemplares (x – y):
I. 0 – 10 ejemplares
II. 11 – 150 ejemplares
III. 151 – 1000 ejemplares
IV. 1001 – 3000 ejemplares
V. Más 3000 ejemplares
Cada Oferente debe ingresar un plazo de entrega máximo, en días corridos, para cada una de las alternativas.
Por ejemplo: “Plazo de entrega zona origen para 1001-3000 ejemplares” = x días corridos.
Para evaluar este criterio se tomará el valor mínimo de plazo de entrega en cada una de las alternativas, el cual por defecto tendrá 100 puntos.
Para el conjunto de valores de plazos de entrega máximo, se definirán 5 quintiles de igual tamaño, que van desde el valor mínimo y el valor máximo de todos los valores ofertados. Se define el intervalo como el valor máximo menos el valor mínimo dividido por 5. El quintil 1 es el valor mínimo más el intervalo y sucesivamente se conforman los demás quintiles hasta llegar al valor máximo dado por el quintil 5.
Cada uno de los valores de las ofertas le será asignado un puntaje dependiendo del quintil, como lo muestra la siguiente tabla:
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N° Ejemplares |
x - y |
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quintil 1 |
100 puntos |
|
quintil 2 |
80 puntos |
|
quintil 3 |
60 puntos |
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quintil 4 |
40 puntos |
|
quintil 5 |
10 puntos |
Para extraer Puntajes :
PPEZO(i) = puntaje plazo entrega zona origen,
PPEZCP(i) = puntaje plazo entrega zona centro país, y
PPEZE(i) = puntaje plazo entrega zona extrema
Los días de plazo deben ser números enteros. Los puntajes para cada zona y cada rango de ejemplares serán promediados.
Puntaje Plazo entrega máximo Oferente (i) = PPEM(i) = Promedio de todos los Puntajes (PPEZO(i), PPEZCP(i), PPEZE(i)),
Se entrega un Ejemplo de Ofertas de Porcentajes de Flete en las distintas Zonas para este criterio, según cantidad de ejemplares y se detalla en el ANEXO N°2 “Anexo Técnico”.
i. Plazo Reposición Máximo (20%):
Este criterio se calcula de igual forma como se hizo para el criterio Plazo Entrega Máximo y se entrega un ejemplo detallado en el ANEXO N°2 “Anexo Técnico”.
Puntaje Plazo Reposición Máximo Oferente(i) = PPRM(i)
ii. Garantías (15%):
Este criterio se evalúa de acuerdo a la oferta de garantía en forma voluntaria por parte del proveedor y aplica, ya sea por motivos de: fallas o artículo defectuoso o no correspondiente al pedido realizado o artículo en mal estado como: malacompaginación, defectos de fábrica, mal funcionamiento, deterioro, rallado.
I. 11 meses o más 100 puntos
II. Entre 7 meses – 10 meses 90 puntos
III. Entre 4 meses y 6 meses 70 puntos
IV. Mínima de 3 meses 0 puntos
Puntaje Garantía Voluntaria = PGV(i),
iii. Sitio Web (10%)
En este criterio el puntaje se va sumando según lo declarado por el oferente:
I. No dispone de un sitio web 0 puntos
II. Tiene Sitio web funcionando + 50 puntos
III. Si tiene además catálogo en el sitio con precios +30 puntos
IV. Si tiene además, Tienda Virtual para compra por catálogo +20 puntos
Puntaje Sitio Web = PSW(i)
iv. Envío de novedades (15%):
Las novedades son noticias e información acerca del rubro y su operación que debe entregar el oferente para informar a los compradores públicos a través de un periódico electrónico especialmente dispuesto para esto.
I. No envío de novedades 0 puntos
II. Envío de Novedades periódicas cada 60 días
o más 40 puntos
III. Envío de Novedades periódicas cada 45 días 60 puntos
IV. Envío de Novedades periódicas cada 30 días 90 puntos
V. Envío de Novedades periódicas cada 20 días 100 puntos
Puntaje envío de novedades = PEN(i)
Cuando se hayan calculado todos los puntajes de los subcriterios de este criterio, el puntaje del oferente para criterio condiciones comerciales estará dado por:
Puntaje Condiciones Comerciales = PCC(i) = PPEM(i)x0,40 + PPRM(i)x0,20 + PGV(i)x0,15 + PSW(i)x0,10 + PEN(i)x0,15
1. Oferta Económica 40%:
a. Descuentos sobre Montos sobre OC (60%)
Se asignará un puntaje a cada uno de los rangos establecidos y cada uno de esos puntajes será promediado para obtener un puntaje total del criterio para cada Oferente. Al descuento mayor ofertado por cada categoría, se le asignará 100 puntos en cada rango.
Los rangos de montos de la orden de compra ($ en pesos) se definen de la siguiente forma:
i. Rango A 400.000 – 2.000.000
ii. Rango B 2.000.001 – 5.000.000
iii. Rango C 5.000.001 – 10.000.000
iv. Rango D 10.000.001 – 30.000.000
v. Rango E > 30.000.000
Los puntajes se asignarán según el quintil asociado a cada valor de porcentaje de descuento. Cada quintil está conformado desde el valor mínimo más el valor del intervalo. El intervalo se obtiene como el Valor Máximo menos Valor Mínimo de todas las ofertas, dividido por 5.
El quintil 1 es el mínimo más el intervalo y sucesivamente se conforman los demás quintiles hasta llegar al valor máximo, que es el quintil 5. A cada porcentaje de descuento se le asocia un quintil de acuerdo a los datos ofertados por todos los Oferentes. Los quintiles menores están dados por valores menores de descuento. Los puntajes de cada quintil son los siguientes:
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Quintil 1 |
10 puntos |
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Quintil 2 |
40 puntos |
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Quintil 3 |
60 puntos |
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Quintil 4 |
80 puntos |
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Quintil 5 |
100 puntos |
Cada Oferente tendrá un puntaje por Rango de descuento, que se obtendrá, según el quintil al que fue asociado el valor de su porcentaje de descuento sobre montos. Todos los puntajes de los rangos se promedian y se extrae el puntaje para este criterio.
Puntaje descuento por montos = PDM(i) = Promedio de los puntajes de cada rango según los quintiles
a. Precios (40%)
Se informan los precios de referencia en archivo adjunto Anexo Económico N°3 en hoja “Total Títulos Tienda”. Este precio de referencia se construye a partir de los precios promedio de cada título existente actualmente dentro del catálogo. Este archivo contempla 50 mil títulos disponibles, donde se informa título, autor, ISBN13 o código, Editorial o sello, Precio (sin IVA). Cada Oferente deberá presentar los productos a partir de los títulos presentados en la lista como parte de su oferta y por los cuales será evaluado.
Para todos los títulos ofertados debe informar un precio para el catálogo. Estos serán los títulos que tendrá cada oferente en la Tienda y que estarán disponibles para su venta a las entidades públicas, en caso de adjudicar la categoría. Se asignará un puntaje para todos los títulos dependiendo del rango, en que dicho precio se encuentre respecto del precio de referencia (PR), según lo siguiente.
a. Si el precio es menor a PR 100 puntos
b. Si el precio es mayor o igual a PR hasta un 4% 80 puntos
c. Si el precio es mayor a PR entre un 4,1% y un 10% 70 puntos
d. Si el precio es mayor a PR entre un 10,1% y un 15% 50 puntos
e. Si el precio es mayor a PR entre un 15,1% y un 20%
40 puntos
f. Si el precio es mayor a PR en más de un 20% 0 puntos
Cada título incluido en el archivo tendrá un precio de referencia que servirá para realizar la evaluación, de acuerdo a la tabla anterior. Para calcular el puntaje total de la categoría, se promediarán todos los puntajes obtenidos por los títulos ofertados en esa misma categoría.
Todos los títulos que no tienen precio de referencia, o sea, que no se encuentran en el “Anexo N°3 Anexo Económico-Precios de Referencia”, se ingresarán a la Tienda siempre y cuando tengan un 5% de descuento sobre el precio de lista del Oferente y a cada uno de ellos se le asignará un puntaje de 70 puntos.
Puntaje Precio = PP(i)
En resumen, para todos los criterios que forman parte integral de estas bases, cada oferente tendrá un puntaje que está dado por las siguientes fórmulas:
Con esta fórmula serán evaluados los proponentes que oferten en la categoría de Libros
Fórmula para Libros:
Puntaje Total Económico de cada Oferente (i) = 0,60*(PAP(i) x 0,25 + PLV(i) x 0,15 + PF(i) x 0,20 + PEC(i) x 0,10 + PCC(i) x 0,30)+0,40* (PDM(i) x 0,60 + PP(i) x 0,40)
Esta fórmula cambia para los proponentes que ofertan en las categorías de CD-Música, DVD-Películas y Material Didáctico de la siguiente forma:
Fórmula para CD-Música, DVD-Películas y Material Didáctico
Puntaje Total Económico de cada Oferente (i) = 0,60*(PAP(i) x 0,10 + PLV(i) x 0,15 + PF(i) x 0,20 + PEC(i) x 0,10 + PCC(i) x 0,45)+0,40* (PDM(i) x 0,50 + PP(i) x 0,50)
Y cambia para los proponentes que ofertan en las categorías de Revistas, Diarios y material en soporte digital de la siguiente forma:
Fórmula para Revistas, Diarios y Material en Soporte Digital
Puntaje Total Económico de cada Oferente (i) = 0,60*(PAP(i) x 0,10 + PLV(i) x 0,05 + PF(i) x 0,20 + PEC(i) x 0,20 + PCC(i) x 0,45)+0,40*(PDM(i) x 0,50 + PP(i) x 0,50) |
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11.6 Adjudicación |
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La adjudicación será por categoría. De este modo se adjudicarán a todos los Oferentes por cada categoría: Libros, CD, DVD, Diarios, Revistas, Material Didáctico y Material en soporte Digital, que obtengan 70 o más puntos en su oferta.
Si respecto de esta definición, no resultaren adjudicados al menos el 80% de los Oferentes participantes, se seleccionaran los siguientes mejores puntajes hasta completar el 80% de los Oferentes, siempre y cuando obtenga a lo menos 40 puntos, producto de su evaluación.
Luego se revisará el total de Oferentes adjudicados para cada una de las categorías y en cada una de las regiones. Si en alguna región no hubiese resultado seleccionado un Oferente por el
método anterior, se revisará en dicha región el siguiente mejor puntaje y se adjudicará a dicho Oferente, manteniendo la regla de que el oferente debe tener al menos 40 puntos. Si hay empate se adjudicarán a todos los oferentes con el mismo puntaje.
La DCCP se reserva el derecho de declarar inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases, sin perjuicio de la facultad de la DCCP de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes bases.
La DCCP podrá además, declarar desierta la licitación, cuando no se presenten ofertas, o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. Dichas declaraciones deberán ser por resolución fundada. |
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11.7 Resolución de Adjudicación |
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LA DCCP adjudicará a través de una resolución fundada que será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada. |
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11.8 Aclaraciones |
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Los interesados en participar en la presente licitación podrán formular consultas y solicitar aclaraciones dentro de los plazos señalados en la cláusula 4 de las presentes bases. Las preguntas deberán formularse a través del sistema www.mercadopublico.cl. La DCCP pondrá las referidas preguntas y sus respuestas en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en www.mercadopublico.cl, sin indicar el autor de las preguntas, dentro del plazo señalado en la referida cláusula 4.
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la DCCP podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
Además, la DCCP podrá, durante la evaluación, solicitar aclaraciones.
Los oferentes, tendrán un plazo máximo de 48 horas, para responder lo solicitado por la DCCP. La DCCP no considerará las respuestas recibidas una vez vencido dicho plazo. |
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11.9 Modificaciones a las Bases |
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La DCCP podrá modificar las presentes bases y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas.
Las modificaciones que se Ileven a cabo, serán informadas a través del sitio www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases. Las modificaciones de bases deberán someterse al trámite de Toma de Razón y estarán vigentes desde su total tramitación. |
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11.10 Acuerdo Complementario |
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Por acuerdo entre las entidades y el proveedor adjudicado, podrá suscribirse un acuerdo complementario, en el cual se consigne el monto de la garantía de Fiel Cumplimiento de acuerdo a lo establecido en artículo 68 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas, que en este caso corresponde a un 5% del monto total del mencionado acuerdo, y se especifiquen las condiciones particulares de la adquisición, tales como: condiciones especiales de la contratación específica y oportunidad de entrega, entre otros. |
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11.11 Regulación de la Licitación y del Convenio Marco |
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La presente licitación se regirá en todo momento por lo dispuesto en la Ley 19.886, su Reglamento y las presentes Bases.
Asimismo, formarán parte de las bases, las modificaciones y las aclaraciones escritas que emita la DCCP, sea que ellas fueren requeridas por los mismos participantes o bien impartidas por esta Dirección de oficio.
El Convenio Marco se regirá por lo siguiente, según el orden de prelación que se señala a continuación:
i. Ley 19.886 y su Reglamento.
ii. Bases, sus Anexos, Aclaraciones, Respuestas y Modificaciones a las Bases si las hubiere.
iii. Oferta de él o los adjudicatarios respectivamente.
iv. Contrato Marco celebrado entre la DCCP con el o los Adjudicatarios.
vii. Órdenes de Compra que emitan organismos habilitados para utilizar el sitio www.mercadopublico.cl.
Los interesados en conocer los documentos señalados anteriormente, podrán hacerlo accediendo al Sitio www.mercadopublico.cl, desde donde podrán bajar dicha documentación. |
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11.12 Condiciones Contractuales |
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Las condiciones se ajustarán a las cláusulas siguientes |
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11.13 Vigencia de las Condiciones Comerciales |
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Las condiciones comerciales del presente convenio ofertados por el Adjudicatario serán publicadas en la Tienda Chilecompra Libros u otra que disponga Chilecompra y se mantendrán vigentes por toda la duración del convenio, salvo que se produzca una modificación de acuerdo con las modalidades establecidas en el presente convenio. Asimismo, el catálogo electrónica contendrá los precios de los artículos catalogados.
El Adjudicatario se compromete a mantener en Convenio Marco, las mejores condiciones comerciales ofertadas a sus clientes para los productos publicados en la Tienda. En caso que el Adjudicatario ofrezca, como por ejemplo, mejores precios a sus clientes, deberá incorporar dichos precios en la Tienda Chilecompra Libros.
De acuerdo a lo anterior, en cualquier momento, durante la vigencia del presente convenio, el Adjudicatario podrá rebajar sus precios, para todas las Entidades, de todos o algunos de los artículos disponibles o aumentar sus descuentos. Estas rebajas se mantendrán hasta el término del convenio, salvo que exista una nueva modificación de acuerdo con lo establecido en el presente convenio. La DCCP publicará en la Tienda Chilecompra Libros los nuevos precios en el plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la aceptación de la solicitud del Adjudicatario de rebajar sus precios. |
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11.14 Reajustabilidad |
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Los precios podrán ser reajustados cada 4 meses o en su defecto hasta 3 (tres) veces en el año, a partir del inicio de la vigencia del Convenio Marco, de acuerdo con lo dispuesto a continuación.
Los adjudicatarios de la categoría libros podrán aplicar la fórmula basada en el indexador de IPC cuatrimestral asociada a la clase libros, diccionarios, enciclopedias y otros similares. Este indexador es publicado mensualmente por el INE, en el siguiente link:
http://www.ine.cl/canales/chile_estadistico/estadisticas_precios/ipc
/nuevo_ipc/nuevo_ipc.php
Ir a: Series /a) Serie Mensuales Base Anual 2009=100 / IPC por clase (Niveles y Variaciones
Se podrá aplicar el indexador a todos o algunos de los bienes catalogados en la Tienda. Este proceso queda a criterio del adjudicatario. Para los adjudicatarios de Diarios y Revistas se deberá aplicar el indexador de IPC asociado a la clase “Diarios y Revistas” de igual forma que en el caso anterior. Para Material didáctico se aplicará el indexador de IPC asociado a la clase “juegos, juguetes y pasatiempos”. Para CD DVD y Material en Soporte Digital se aplicará en indexador de IPC asociado a la clase equipos para la recepción, grabación, reproducción de sonidos e imágenes.
Las oportunidades para reajustar indicadas en este punto se refieren a la reajustabilidad cuando los precios se apliquen al alza o positivos. Los adjudicatarios pueden aplicar reajustes a la baja o negativos todas las veces que deseen. La reajustabilidad aplicada a los precios de los productos solicitada por el adjudicatario en ningún caso podrá incluir precios de lista mayores a los observados en el mercado, situación que será revisada por la DCCP.
Proceso de Reajustabilidad:
Cada adjudicatario podrá solicitar aplicar el reajuste que le corresponde al inicio del quinto mes y al noveno mes de cada año de operación del convenio y al primer mes de cada nuevo año de vigencia a partir del segunda año inclusive. Todos los adjudicatarios lo harán en la misma fecha durante el mes que corresponde reajuste. Si por voluntad propia decide no realizar reajuste durante ese mes o el no envío de la información correspondiente, se entenderá que el adjudicatario no desea realizar el proceso de reajuste y deberá esperar hasta la próxima oportunidad para realizarlo.
Para solicitar el reajuste, el Adjudicatario deberá considerar lo siguiente:
i. Las solicitudes de reajustabilidad de los títulos deberán realizarse a través del sistema electrónico (backoffice proveedor) disponible para tal efecto en la Tienda Chilecompra Libros. Estas solicitudes deberán ser presentadas de acuerdo a los criterios establecidos en las presentes bases de licitación.
ii. La DCCP se reserva el derecho de aceptar o rechazar la solicitud, en el plazo de 15 días hábiles de recepcionada, a través de las herramientas que disponga la DCCP para estos efectos. El silencio de la DCCP se entenderá como aceptación de la solicitud de reajustabilidad.
iii. Sin perjuicio de lo anterior, la DCCP podrá analizar casos especiales de los reajustes de precio de aquellos artículos cuyos costos experimenten fuertes alzas en algún componente que se vea afectado por el comportamiento de variables nacionales o internacionales. En estos casos la DCCP podrá aceptar solicitudes de reajuste al momento de la publicación del convenio marco en el catálogo electrónico ChileCompra Libros o con una periodicidad distinta a los 4 meses. |
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11.15 Descuentos Especiales (Ofertas) |
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El Adjudicatario, cuando lo estime conveniente, podrá otorgar descuentos especiales para todas las Entidades sobre los precios vigentes en el convenio, independiente del monto de la compra que se trate. Con todo, estos precios con descuentos especiales tendrán el carácter de oferta y se deberán mantener por un plazo mínimo de 5 días hábiles desde su publicación en la Tienda. La DCCP publicará en la Tienda los descuentos especiales, al día siguiente hábil, desde la recepción de la solicitud del adjudicatario.
Cada adjudicatario deberá mantener siempre a lo menos 5 títulos en oferta especial si tuviese más de 50 títulos en su paleta. |
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11.16 Extensión de Ofertas Especiales a las Entidades |
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El Adjudicatario no podrá ofrecer mejores condiciones a alguna entidad en particular, sin extender estos beneficios al resto de las entidades que utilicen la Tienda. Toda rebaja de precios o descuentos especiales a una determinada Entidad deberá realizarse, siempre, a través de la Tienda y extenderse a todas las Entidades. |
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11.17 Compras mayores a UTM 1.000 (mil UTM) |
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Cuando se trate de compras o contrataciones de montos superiores a UTM 1.000 (mil UTM), las Entidades contratantes deberán:
1. Comunicar a través del sistema, la intención de compra a todos los proveedores adjudicados en dicho convenio marco del tipo de producto que se requiere contratar.
2. Esta comunicación se realizará a través del sistema, por parte de la Entidad, informando, además, a los correos electrónicos que los proveedores mantienen en las fichas electrónicas de Convenio Marco. El email registrado será el informado por cada adjudicatario en el Anexo N°1 Datos Proveedor de la presente licitación.
3. En la notificación, las entidades requirentes deberán señalar el (o los) artículo(s) específico(s) demandado(s), las cantidades, las especificaciones técnicas según las categorías establecidas en las presentes bases y las condiciones extraordinarias de la compra. Asimismo, deberán indicar la fecha y hora de plazo máximo en que el proveedor deberá presentar su oferta especial a través de la opción Ofertas Especiales del Sistema. Con todo, esta fecha no podrá ser inferior a los 10 días corridos antes de la emisión de la Orden de Compra.
4. Por condiciones extraordinarias de la compra se entiende condiciones que mejoren necesariamente las condiciones comerciales normales del convenio marco. Se pueden considerar variables como condiciones de entrega, garantías adicionales y certificaciones complementarias de los productos. Además, en los casos que sean estrictamente necesarios se podrá solicitar también garantías adicionales de cumplimiento de contrato o criterios complementarios en la aplicación de multas.
5. Dado que esta modalidad de compra aplica solo para volúmenes superiores a las 1000 UTM, la entidad requirente deberá necesariamente fijar un plazo de despacho adecuado al volumen cotizado en la notificación de las condiciones extraordinarias de la compra. Este plazo no podrá ser inferior a 30 días hábiles.
6. El proveedor por su parte, podrá efectuar una oferta especial de conformidad a lo señalado en punto 11, “Descuentos Especiales (ofertas)”.
7. La entidad deberá seleccionar la oferta más conveniente según resultado del cuadro comparativo que deberá confeccionar sobre la base de los criterios de evaluación y ponderaciones definidos previamente según en estas bases de licitación.
8. Una vez cumplido el plazo establecido para el cierre de la recepción de ofertas especiales, la entidad requirente podrá
descargar desde el Módulo de Grandes Compras todas las ofertas especiales de los productos requeridos de los distintos proveedores que hayan participado en el proceso.
9. Se entenderá que los proveedores interesados, aceptan las condiciones técnicas y comerciales fijadas por el organismo requirente con el solo hecho de participar con una oferta especial para el producto requerido. Sin embargo, el organismo requirente podrá solicitar la formalización de esta aceptación durante el proceso de análisis de estas ofertas.
10. Se seleccionará la (o las) oferta(s) más económica(s) entre aquellos proveedores que cumplan todas las condiciones establecidas en la invitación a realizar la oferta especial para el (o los) producto(s) requerido(s). La entidad requirente deberá publicar un informe que de cuenta del proceso incluyendo el análisis de las ofertas recibidas y estará obligada a adjuntar dicho cuadro comparativo a la Orden de Compra respectiva.
11. Las entidades requirentes no podrán realizar ningún acto discriminatorio entre los proveedores o acciones que puedan otorgar ventajas arbitrarias a unos sobre otros.
12. El resultado del proceso será publicado en el sistema.
13. La entidad requirente solo podrá tener acceso a las ofertas cuando se haya cumplido la fecha de cierre del llamado. |
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11.18 Desarrollo Comercial del Convenio |
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Cada oferente adjudicado y que oferte en el catálogo podrá desarrollar acciones comerciales para mejorar el posicionamiento de su empresa y de algún producto en particular.
En este sentido, el proveedor podrá desarrollar distintas actividades con el propósito de posicionar, entre las Instituciones, su participación como proveedor del Convenio, por medio del lanzamiento de nuevos productos, promociones especiales, jornadas de capacitación masivas para los compradores, entre otros.
Además, podrá realizar acciones para activar productos de baja rotación en el Catálogo, durante la vigencia del convenio, pudiendo lanzar promociones especiales para ser difundidas en el catálogo, reemplazo de productos por otros nuevos, entre otros.
También se podrá dar el caso que ChileCompra desarrolle actividades de difusión de este Convenio, llamar a actividades masivas donde se podrá generar un encuentro entre los proveedores adjudicados y compradores, como así, poder participar en actividades, con el fin de lograr un acercamiento con los compradores, promoviendo el convenio y sus productos. |
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11.19 Actualización de Bienes Adjudicados |
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Durante la vigencia del Convenio Marco, el o los Adjudicatarios, deberán mantener en el catálogo electrónico los bienes y condiciones más ventajosas para los Organismos Públicos, para ello podrán solicitar lo siguiente:
1. Eliminar uno o más artículos adjudicados, dentro de las categorías adjudicadas.
2. Bloquear uno o más artículos adjudicados, dentro de las categorías adjudicadas, por un período de tiempo, previo aviso y autorización al encargado que ChileCompra asigne como administrador del presente convenio.
3. Los adjudicatarios deberán mantener siempre una cantidad de bienes igual o mayor a la cantidad ofertada para el criterio a.II. de la oferta técnica.
4. Agregar nuevos artículos que no estén en el catálogo. Para la incorporación al catálogo de artículos, se deberá considerar lo siguiente:
a. Para solicitar la incorporación de nuevos artículos al catálogo electrónico, el adjudicatario debe hacer una solicitud a través del sistema. Los artículos sólo podrán ser incorporados, en la medida que pertenezcan a la categoría adjudicada por el oferente y además, al tipo de producto al cual pertenecen haya sido ofertada por el mismo oferente.
b. La no existencia del producto o ítem al momento de haber presentado la oferta por parte del oferente.
c. El precio del artículo incorporado debe ser un precio menor en un 5% al mayor precio de ese artículo si formara parte del catálogo. Si el artículo no forma parte del catálogo, su precio no podrá superar el precio de lista del proveedor menos un 5%, para poder ingresarlo. Para verificar el precio de lista, Chilecompra podrá requerir documentos del proveedor o extraerlos a través de otros mecanismos disponibles y viables. Todos los precios que se ingresen deben necesariamente ser menores que los precios habidos en el mercado.
5. Ampliar la Cobertura ofrecida a otras regiones, para la totalidad de los artículos adjudicados, en las mismas condiciones de precio y valor mínimo de la Orden de Compra y sólo en la medida que su valor sea inferior al valor de productos similares ya catalogados en esa región.
6. Mejorar las condiciones comerciales ofrecidas, tales como aumentar los porcentajes de descuento ofrecidos por volumen, disminuir los plazos de entrega y de reposición, rebajar los valores de flete, ya sea para algunas o todas las regiones ofrecidas y la incorporación de otros servicios adicionales sin costo.
7. Transferir parte o el total de los descuentos por volumen al valor de los bienes adjudicados. Dichas actualizaciones de productos adjudicados señalados precedentemente, deberán solicitarse a través de las herramientas que ChileCompra destine para dichos efectos. Cada producto que se incorpore con posterioridad a la adjudicación, deberá cumplir con las condiciones y requisitos establecidos en las Bases.
8. Para cada uno de los puntos anteriores, Chilecompra realizará un análisis de las solicitudes, pudiendo aceptarlas, rechazarlas o acordar modificaciones con el Adjudicatario, en un plazo de 15 (quince) días hábiles, contados desde su recepción. El silencio de ChileCompra se entenderá como aceptación de lo requerido. De ser rechazada la solicitud por ChileCompra, el Adjudicatario podrá mantener el Listado originalmente adjudicado o bien, podrá solicitar el término del Convenio Marco en la forma establecida en estas bases.
9. Además, la DCCP se reserva el derecho de bloquear aquellos productos que en un periodo de 6 meses no experimenten transacciones generadas bajo la entrada en vigencia del presente convenio marco. |
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11.20 Reposición de los Bienes y Garantía de productos |
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Los proveedores adjudicados deberán reponer los Bienes sin costo a las Entidades, en caso de existir falla, daño o diferencia en la entrega de estos cuando dichas entidades así lo requieran. El plazo de reposición será el indicado por el proveedor en su oferta, en días corridos y se entenderá contado desde que la
Entidad presenta el reclamo, o desde que el proveedor recibe el bien para su reposición.
Sin perjuicio de lo anterior, otros plazos menores de reposición a los ya indicados en su oferta, podrán ser definidos de mutuo acuerdo entre la Entidad y adjudicatario. En ambos casos, tiempos de reposición o garantía deben ser indicados en los formularios diseñados por ChileCompra, que forman parte integrante de estas Bases. |
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11.21 Muestras de productos |
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El adjudicatario podrá suministrar muestras de sus productos a requerimiento de una unidad compradora, para lo cual se definirán las condiciones entre el requirente y el proveedor. Sin embargo, cualquier muestra deberá ser devuelta por el organismo comprador al oferente en los plazos y condiciones que hayan definido. |
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11.22 Sanciones |
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Las sanciones pueden ser las siguientes:
Multas
Los Adjudicatarios podrán ser sancionados por las Entidades con el pago de una multa, por atraso en la entrega del producto, la cual podrá hacerse efectiva a través de descuentos en el respectivo pago. La multa por atraso en la entrega se aplicará por cada día hábil de atraso, y se calculará como un 1 % del valor de la orden de compra aplicable a las cantidades que se entreguen atrasadas, por cada día de atraso, respecto del plazo de entrega acordado. Se exceptúan los títulos considerados como ofertas a pedido.
Las multas se podrán aplicar sin perjuicio del derecho de la respectiva entidad compradora o de la Dirección de recurrir a los Tribunales de justicia correspondientes.
Suspensión Temporal del Catálogo Electrónico:
El Adjudicatario podrá ser sancionado por la DCCP con la suspensión temporal en el Catálogo Electrónico del presente Convenio Marco, en los siguientes casos:
i. No entrega de la información solicitada para catalogación de los productos en los plazos convenidos.
ii. Cuando se constate que no se entregue el envío de novedades semanales en el periodo ofertado, cuando no se cumpla la jornada del coordinador ofertada, cuando no cumpla con la cantidad de bienes ofertada en Tienda y cuando se observe que algún precio es superior al de mercado, el adjudicatario será suspendido por un periodo inicial de 7 días corridos. Si se repite este hecho en más de 3 oportunidades será causal de una suspensión por un mes en el catálogo.
iii. Atraso en la entrega de un producto que supere los 20 días hábiles de acuerdo a las condiciones de entrega máximos, según corresponda. La suspensión será equivalente al doble del tiempo incurrido en el atraso. Este caso será informado por la entidad requirente mediante carta formal a la Dirección Chilecompra.
iv. Cuando se constaten 3 reclamos mensuales de una o más Entidades. Cabe señalar que, en este caso, el tiempo de suspensión temporal en el catálogo será por un período de 7 días corridos.
v. Entre 4 y 6 reclamos mensuales de una o más Entidades. Cabe señalar que, en este caso, el tiempo de suspensión temporal en el catálogo será por un período de 15 días corridos.
vi. No renovación oportuna de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, en el caso de vencimiento de la garantía antes del plazo de 60 días desde culminado el Convenio Marco o en caso de prórroga del Convenio Marco, de acuerdo a lo establecido en el punto 9 “Monto y Duración del Contrato” de las presentes bases. Para estos efectos, se considera renovación oportuna la entrega dentro del plazo de 5 días hábiles antes del vencimiento de la garantía, de una nueva, con las mismas características que la anterior, que la reemplace, por todo el período de vigencia o renovación que corresponda.
En los casos i y vi, la suspensión temporal se extenderá hasta que se subsane la situación que da origen a la aplicación de la sanción.
Cobro de la Boleta de Garantía por Fiel Cumplimiento de Contrato:
Los Adjudicatarios podrán ser sancionados por la DCCP con el cobro de Boleta de Garantía por Fiel Cumplimiento de Contrato, en los siguientes casos:
i. No pago de multas dentro del plazo establecido, a requerimiento fundado de las Entidades.
ii. Más de 6 reclamos mensuales de una o más Entidades.
iii. Aplicación reiterada en 2 más ocasiones de algunas de las sanciones establecidas en este contrato, a requerimiento fundado de una o más Entidades o a iniciativa de la DCCP.
iv. Incumplimiento de las obligaciones técnicas ofertadas en Convenio Marco, a requerimiento fundado de la entidades.
v. Incumplimiento de las obligaciones impuestas por las presentes Bases, a requerimiento fundado de las Entidades o a iniciativa de la DCCP por esta misma causa.
El cobro de la boleta de garantía se podrá aplicar sin perjuicio del derecho de la respectiva entidad compradora o de la Dirección de recurrir a los Tribunales de justicia correspondientes.
En el caso de los reclamos, la DCCP se reserva el derecho de revisar que estos sean válidamente emitidos, los cuales serán informados al Adjudicatario. |
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11.23 Procedimiento para Aplicación de Sanciones |
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Para que la DCCP proceda a aplicar al Adjudicatario la sanción de Suspensión Temporal del Catálogo Electrónico o la del Cobro de la Boleta de Garantía por Fiel Cumplimiento de Contrato, deberá seguirse el siguiente procedimiento:
La Entidad afectada deberá remitir a la DCCP un oficio, donde conste lo siguiente: el número de la Orden de Compra, la fecha de emisión de la Orden de Compra, las razones que fundamentan la solicitud de aplicación de la sanción requerida, la explicación del proveedor, si la hubiere, una copia de la Orden de Compra y la solicitud expresa a la DCCP de la aplicación de alguna de las sanciones establecidas en el presente convenio.
En el caso de retraso en la entrega o entrega incompleta de una orden de compra, deberán indicarse además los artículos que no fueron entregados en el plazo convenido, las cantidades rezagadas y los días hábiles de atraso en el entrega.
En caso que la DCCP aplique alguna de las sanciones establecidas en el presente convenio, lo realizará por resolución fundada. |
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11.24 Término Anticipado del Convenio Marco |
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El Convenio Marco podrá terminarse anticipadamente por la DCCP sin derecho a indemnización alguna para el Adjudicatario, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:
i. Resciliación o mutuo acuerdo de las partes.
ii. Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Adjudicatario. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad por el incumplimiento, lo que le genera a la entidad contratante un perjuicio significativo en el cumplimiento de sus funciones.
iii. Quiebra o el estado de notoria insolvencia del Adjudicatario, a menos que se mejoren las cauciones entregadas.
iv. Si los representantes o el personal dependiente de los proveedores adjudicados no observen los más altos niveles éticos o cometan actos de fraude, corrupción, soborno y extorsión.
v. No entrega oportuna de la Garantía de Fiel Cumplimiento, de acuerdo a lo establecido en el punto 10 “Naturaleza y Monto de las Garantías”, de las presentes bases.
vi. Registrar, a contar de los 6 meses de vigencia del convenio marco, saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años.
Para concretar lo indicado en párrafo precedente, la DCCP notificará por escrito al adjudicatario, con un aviso previo de 10 (DIEZ) días corridos. Sin perjuicio de lo señalado, el Adjudicatario deberá satisfacer íntegramente las órdenes de compra recibidas antes de la notificación del referido término anticipado.
En todos los casos señalados anteriormente, no operará indemnización alguna para el Adjudicatario. |
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11.25 Del Pago |
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El pago de los productos, objeto del presente convenio, será en pesos chilenos y será efectuado directamente por cada Entidad, dentro de los 30 días siguientes, a la recepción conforme de la factura respectiva, la cual deberá ser entregada acompañada de una copia de la Orden de Compra respectiva y de las Guías de Despacho en la cual se certifique la recepción conforme de los productos.
La recepción conforme de la factura deberá ser acreditada por la Entidad que hubiere efectuado el requerimiento. El pago de los productos SIEMPRE se realizará al proveedor contratado, en tanto exista la recepción conforme de la factura por parte del requirente.
Respecto del párrafo anterior, el comprador deberá verificar que el monto de la orden de compra que emita, no exceda las 1000 UTM, de lo contrario deberá hacer la contratación, por medio de la regulación aplicada a las grandes compras.
Atendiendo a la procedencia de los recursos y cuando se trate de casos de emergencia y/o las circunstancias debidamente fundadas por las entidades, éstas podrán pactar con los proveedores en sus acuerdos complementarios y/o órdenes de compra, plazos de pago mayores a 30 días, desde la recepción conforme de la factura respectiva.
LA DCCP no es responsable del pago de los bienes que se adquieran o soliciten a través del presente Convenio Marco. Dicha responsabilidad recae únicamente en las Entidades que en cada caso actúen como compradores. |
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11.26 Confirming |
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Los adjudicatarios tendrán la opción de acceder al sistema de liquidación de facturas o Confirming habilitado al efecto por la Dirección de Compras y Contratación Pública, con el fin de que se les anticipen sus respectivos pagos por parte de entidades financieras que participen del mismo. Las Entidades contratantes son las que podrán otorgar este beneficio a los adjudicatarios. |
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11.27 Plazo de Vigencia del Convenio Marco |
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La vigencia del presente Convenio Marco se extenderá hasta que se cumplan 36 meses desde la total tramitación de la resolución del acto administrativo que lo aprueba, a menos que la DCCP ponga término unilateral anticipado, o acepte la solicitud en el mismo sentido por parte del proveedor. Dicha solicitud deberá elevarse con a lo menos 40 días corridos de anticipación a la fecha en que se desea poner término al convenio.
La DCCP, con la antelación suficiente, procederá a licitar nuevamente este Convenio Marco.
La DCCP podrá prorrogar el convenio marco sólo por el tiempo en que se procede a un nuevo proceso de licitación, para un nuevo convenio marco, lo cual ´no podrá superar los 9 meses desde el término de la vigencia de éste. |
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11.28 Coordinador del Convenio Marco |
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El Adjudicatario, deberá nombrar un coordinador del Convenio Marco, el que deberá ser informado a través del formulario que LA DCCP destine para estos efectos, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la firma del presente convenio. El desempeño de su cometido deberá ser:
1. Representar al Adjudicatario en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del Convenio.
2. Establecer procedimientos para el control de la información manejada por las partes.
3. Informar cualquier cambio regulado por las bases de este convenio.
4. Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación de este convenio con la Institución que requiera sus servicios.
Todo cambio, relativo a esta designación, deberá ser informado a la DCCP, por el representante legal del Adjudicatario. |
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11.29 Responsabilidad del Adjudicatario |
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Durante la vigencia del Convenio Marco, el Adjudicatario deberá administrar y mantener el catálogo de bienes adjudicados, lo cual implicará las siguientes responsabilidades:
1. Entregar toda la información que sea necesaria para la catalogación de los productos adjudicados, tales como descripciones, especificaciones, fotografías u otros datos que correspondan, en los plazos y formatos establecidos por LA DCCP. Para estos efectos, el Adjudicatario podrá trabajar en forma directa, o a través de alguna fábrica de contenidos disponible en el mercado, cuya elección será de su absoluta responsabilidad.
2. Disponer de los recursos humanos y técnicos que sean necesarios para mantener actualizados los productos catalogados y sus respectivas condiciones comerciales, asegurando que las Entidades dispongan siempre de los mejores precios y de listas de productos vigentes, de manera de evitar problemas por productos descontinuados o por falta de stock.
3. Incorporar al catálogo aquellos productos licitados en este proceso y adjudicados al proveedor, de los cuales se tenga conocimiento que son de interés de las Entidades.
4. Conocer y operar adecuadamente el sistema de administración de Catálogo, disponible para los proveedores de Convenio Marco, a través del sitio www.mercadopublico.cl.
5. Responder y gestionar, según corresponda, todos los casos de reclamos y/o consultas reportados por LA DCCP y/o las Entidades, en un máximo de 24 horas.
6. Los proveedores deberán asegurar la catalogación de su oferta, disponiendo de los recursos humanos necesarios para que esto se materialice. Dar cumplimiento al Plan Propuesto presentado en la oferta y todo lo relacionado a las condiciones de operación y gestión comercial ofertadas.
7. Los proveedores deberán acreditar solvencia de la empresa, mediante la presentación de los balances o estados de resultados, o declaración de impuestos u otros documentos, si así, lo solicite la DCCP, cuando lo estime conveniente, durante el transcurso de operación del convenio.
8. Dar cumplimiento a la normativa protectora del Derecho de Autor, especialmente a lo dispuesto en la Ley 17.336, los proveedores deben ser propietarios de los derechos intelectuales o tener la facultad de editar, publicar, distribuir, vender o comercializar libros, revistas, diarios, CD, DVD y productos en general, incluidos en su oferta o que pudiese incluir en el futuro según lo establecido en las presentes bases. |
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11.30 Acreditación del cumplimiento de obligaciones de remuneración y cotización de seguridad social. |
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Durante la vigencia del convenio marco, el adjudicatario deberá acreditar mediante la presentación de un certificado de la Dirección del Trabajo que indique, que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años. Estas declaraciones deberán ser presentadas a los seis meses de vigencia del convenio marco y luego cada seis meses de operación. |
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11.31 Comportamiento ético del adjudicatario |
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El proveedor que resulte adjudicado, sus dependientes y en general quienes directa o indirectamente entreguen el suministro de productos o presten el servicio licitado en el presente Convenio marco, no podrán ofrecer obsequios, ofertas especiales al personal adscrito a una Entidad licitante, o cualquier regalía que pudiere implicar un conflicto de intereses presente o futuro entre dicho adjudicatario y la Entidad compradora, debiendo observar el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. |
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11.32 Contrato Tipo |
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Se incluye Anexo N°5 del formato de convenio marco que deberán suscribir los adjudicatarios con la DCCP. |
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