La omisión o incumplimiento de cualquiera de los antecedentes exigidos por las presentes Bases Administrativas, será estimada por la Municipalidad como causal suficiente para rechazar la oferta, sin más trámite ni explicación de causa, salvo aquellos que se constituyan como una omisión formal, es decir los Formatos N° 1, N° 2 y N° 3, los cuales podrán ser solicitados a través de foro inverso. En ningún caso se aceptaran las ofertas o podrán solicitarse aquellos que omitan antecedentes relacionados con los criterios de evaluación, estos son, Formato N° 4, Formato N° 5 y la Oferta Técnica en su totalidad.