9.1.- Documentos que rigen la propuesta y el contrato |
9.1.1. Ley 19.886 y su reglamento, las presentes bases, sus anexos, aclaraciones y respuestas, la oferta del adjudicatario, la resolución de adjudicación, la orden de compra y las instrucciones técnicas que emita el SERVIU Región de la Araucanía. Los interesados en conocer dichos documentos podrán hacerlo accediendo a www.chilecompra.cl, desde donde se podrá obtener dicha información cuando esté disponible.
9.1.2. El D.S. Nº 135, de 1978, de V. y U. Reglamento del Registro de Consultores del MINVU.
Para todos los efectos legales, el Consultor fijará su domicilio en Temuco y se someterá a la Jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de Justicia de la ciudad de Temuco.
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9.2.- Validez de la Oferta |
Las ofertas tendrán una validez mínima de 30 días contados desde la fecha Cierre para Recepción de Ofertas indicada en estas bases. Si dentro de ese plazo no se puede realizar la adjudicación, el SERVIU Región de la Araucanía, podrá solicitar a la adjudicataria una prórroga de la oferta de hasta por igual período. Si la adjudicataria no lo otorgara, la oferta se entenderá desistida y el SERVIU Región de La Araucanía podrá adjudicar al oferente que, cumpliendo con los requisitos de adjudicación, le siga en el orden de prelación en la evaluación de las Ofertas.
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9.3.- Errores u omisiones |
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, el SERVIU Región de la Araucanía, podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información www.chilecompra.cl. Lo anteriormente indicado será considerado como incumplimiento de los requisitos formales de la licitación, cuando este sea de responsabilidad del oferente.
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9.4.- Adjudicación, readjudicación y criterios de desempate |
El SERVIU Región de la Araucanía, adjudicará la licitación al oferente que, cumpliendo con los requisitos establecidos en las bases, obtenga el mejor puntaje tras la evaluación de las ofertas presentadas. Si dos o más oferentes obtuvieren el mismo puntaje final de la oferta, se utilizará el siguiente criterio de desempate en orden de prioridad:
1° Puntaje sub Ítem Experiencia del consultor.
2° Puntaje sub ítem Experiencia del Consultor en Proyectos Similares.
3° Puntaje sub ítem Entrevista personal.
Las ofertas aceptadas, cuyo puntaje no supere el puntaje minimo requerido, correspondiente a 58 puntos totales, serán inadmisibles por el solo hecho de no alcanzar el puntaje mínimo establecido.
Sin perjuicio de lo anterior, el SERVIU Región de la Araucanía, se reserva el derecho de declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando estas no resulten convenientes a sus intereses. Dichas declaraciones serán por resolución fundada, publicadas en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl. En caso de que el oferente originalmente seleccionado se rehúse a aceptar la orden de compra, se desista de su oferta, sea inhábil para contratar con el Estado de acuerdo a los términos establecidos por la Ley 19.886 y su Reglamento, no acepte la orden de compra correspondiente en el plazo de 5 días hábiles desde su emisión, el SERVIU Región de La Araucanía podrá adjudicar la licitación al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas, oferente que deberá cumplir con todos los requisitos necesarios para la adjudicación, y así sucesivamente entre los oferentes evaluados y por orden del puntaje obtenido.
El SERVIU comunicará a través del portal www.mercadopublico.cl la decisión de adjudicación de la propuesta en la fecha estipulada en las bases. Los proponentes cuyas propuestas no fuesen aceptadas, no tendrán derecho a pretender indemnizaciones.
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9.5.- Plazo de la consultoría |
El plazo de la consultoría será de 120 días aproximados, desde la fecha de adjudicación.
Los plazos indicados deben considerar todas las etapas de la consultoría, indicadas en el punto 9.8.
En caso de que la obra a inspeccionar sufra algún aumento de contrato, conllevando un aumento de plazo, más allá del plazo de la presente consultoría, o en el caso de que se requieran servicios conexos a dicha consultoría, el Serviu podrá realizar una modificación de contrato, aumentando su plazo, dependiendo de la disponibilidad presupuestaria, término y recepción de obras.
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9.6.- Descripción general de los productos a contratar |
De
acuerdo a la forma como se han proyectado materializar las obras y
considerando la imagen objetivo que se pretende alcanzar con la
materialización del proyecto se ha estimado necesaria la inspección
“residente” y la presencia del servicio en cuanto a una estricta
inspección, de tal forma de mantener un canal de comunicación permanente
entre la comunidad, empresa y Serviu.
Este
servicio sabe que una buena ejecución de obras y alta participación en
este proceso por parte de los actores, será la única manera de
garantizar obras de calidad.
El
profesional Asesor de la I.T.O deberá tener permanente contacto con el
profesional a cargo de realizar el seguimiento por parte del SERVIU
(I.T.O.) coordinando visitas en conjunto a la obra y haciendo entrega de
toda la documentación relativa a la obra que se requiera de acuerdo a
lo señalado en las Bases de Licitación.
El
inspector asesor tendrá las mismas atribuciones que el ITO SERVIU
designado, de tal modo que la Empresa Constructora encargada de ejecutar
las obras acatará a plenitud sus decisiones, en cuanto a las
observaciones relacionadas con la ejecución de obras y cumplimiento de
las E.T.
El
inspector asesor entregará un informe final de ejecución de las obras a
la comisión receptora previa a la Recepción de las Obras, antecedente
que será fundamental para la calificación de la Empresa Constructora.
Será el encargado de agilizar la obtención de los planos finalmente
construidos y con las modificaciones de obra.
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9.7.- Supervisión y coordinación del contrato |
El SERVIU Región de la Araucanía, definirá una Supervisión Técnica que ejercerá las siguientes funciones:
• Supervisar, coordinar y fiscalizar el cumplimiento de las gestiones establecidas en las presentes bases para el oportuno cumplimiento del contrato.
• Dar visto bueno y recepción conforme de los productos parciales y finales, como también la tramitación de pagos y sanciones.
• Las demás que le encomienden las presentes bases.
El SERVIU Región de la Araucanía, a través de la Supervisión Técnica que se designe para la coordinación y supervisión de contrato, impartirá instrucciones técnicas al consultor adjudicado, con el propósito de orientar el adecuado desarrollo de los servicios contratados.
La Supervisión Técnica definida para velar por el cumplimiento de los servicios y entrega de los productos será el Jefe Oficina Ejecución de obras.
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9.8.- Etapas, productos a entregar por etapa y pago de los servicios prestados |
El precio de la consultoría será pagado en parcialidades, mediante 4 (cuatro) Estados de Pago, los que se presentarán en el SERVIU Región de La Araucanía una vez cumplida y aprobada cada Etapa señalada en cuadro adjunto. El pago se efectuará en las siguientes proporciones del valor total del contrato:
ETAPA
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PRODUCTOS
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MONTO
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1
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INFORME
TECNICO N°1 : Debe contener Informe semanal que de cuenta de:a)
Cumplimiento de Avance Físico y Financiero de acuerdo a Programación de la
Obra; b) Avance físico de obras respaldado por Regitro fotografico de
partidas en ejecución ( etapa previo
en ejecución y terminado) c) registros en el libro de Obra que den cuenta de
el cumplimiento de las E.T y Normativas vigente partidas en ejecución y
recepcion si corresponde, d) Informes de problemas técnicos que puedan
presentarse,e) chequear el cumplimiento del Plan de Autocontrol, Cartillas
actualizadas previo a la recepción de las partidas, f)chequear cumplimiento de medidas de
Seguridad,g) controlar libro de
asistencia de Mano de Obras , profesionales,h) Minuta de obra actualizada, i) informes de
participación de reuniones (Serviu, Municipalidad u otro organismo) si
corresponde, j) Confección de documentos administrativos que requiera la obra
en ese momento tales como ,informes de Modificaciones y Resoluciones.,
adjuntando dichos documentos.K) revisión Estado de Pago.
El presente informe sera entregado al ITO el dia 20 de cada una de las etapas, para su revision.
Cada etapa tendra una duracion de 30 dias corridos, comenzando la primera el dia sigueinte a la fecha de la emisión de la orden de compra.
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$ 1.500.000
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2
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INFORME
N° 2:Debe
contener Informe semanal que de cuenta
de:a) Cumplimiento de Avance Físico y Financiero de acuerdo a Programación de
la Obra; b) Avance físico de obras respaldado por Regitro fotografico de
partidas en ejecución ( etapa previo
en ejecución y terminado) c) registros en el libro de Obra que den cuenta de
el cumplimiento de las E.T y Normativas vigente partidas en ejecución y
recepcion si corresponde, d) Informes de problemas técnicos que puedan
presentarse,e) chequear el cumplimiento del Plan de Autocontrol, Cartillas
actualizadas previo a la recepción de las partidas, f)chequear cumplimiento de medidas de
Seguridad,g) controlar libro de
asistencia de Mano de Obras , profesionales,h) Informe de Observaciones
técnica estipulando plazos para subsanar si existieran,i) Minuta de obra
actualizada, j) informes de participación de reuniones (Serviu, Municipalidad
u otro organismo) si corresponde, k) Confección de documentos administrativos
que requiera la obra en ese momento tales como ,informes de Modificaciones y
Resoluciones., adjuntando dichos documentos.l) revisión Estado de Pago.
El presente informe sera entregado al ITO el dia 20 de cada una de las etapas, para su revisión.
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$ 1.500.000
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3
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INFORME N° 3:Debe contener Informe semanal que de cuenta de:a)
Cumplimiento de Avance Físico y Financiero de acuerdo a Programación de la
Obra; b) Avance físico de obras respaldado por Regitro fotografico de
partidas en ejecución ( etapa previo
en ejecución y terminado) c) registros en el libro de Obra que den cuenta de
el cumplimiento de las E.T y Normativas vigente partidas en ejecución y
recepcion si corresponde, d) Informes de problemas técnicos que puedan
presentarse,e) chequear el cumplimiento del Plan de Autocontrol, Cartillas
actualizadas previo a la recepción de las partidas, f)chequear cumplimiento de medidas de
Seguridad,g) controlar libro de
asistencia de Mano de Obras , profesionales,h) Minuta de obra actualizada, i) informes de
participación de reuniones (Serviu, Municipalidad u otro organismo) si
corresponde, j) Confección de documentos administrativos que requiera la obra
en ese momento tales como ,informes de Modificaciones y Resoluciones.,
adjuntando dichos documentos.K) revisión Estado de Pago,l)Informe de
Observaciones de la Obra.
El presente informe sera entregado al ITO el dia 20 de cada una de las etapas, para su revisión.
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$ 1.500.000
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4
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INFORME
N° 4:Debe
contener Informe semanal que de cuenta
de:a) Cumplimiento de Avance Físico y Financiero de acuerdo a Programación de
la Obra; b) Avance físico de obras respaldado por Regitro fotografico de
partidas en ejecución ( etapa previo
en ejecución y terminado) c) registros en el libro de Obra que den cuenta de
el cumplimiento de las E.T y Normativas vigente partidas en ejecución y
recepcion si corresponde, d) Informes de problemas técnicos que puedan
presentarse,e) chequear el cumplimiento del Plan de Autocontrol, Cartillas
actualizadas previo a la recepción de las partidas, f)chequear cumplimiento de medidas de
Seguridad,g) controlar libro de
asistencia de Mano de Obras , profesionales,h) Minuta de obra actualizada, i) informes de
participación de reuniones (Serviu, Municipalidad u otro organismo) si
corresponde, j) Confección de documentos administrativos que requiera la obra
en ese momento tales como ,informes de Modificaciones y Resoluciones.,
adjuntando dichos documentos.K) revisión Estado de Pago y/o documentación de
término si correspondiera. ;l) Informe
final que debe incorporar Registro
Fotografico de todas las Obras ejecutadas, detalle de modificaciones
realizadas durante el proceso constructivo, resumen final de avance físico y
Financiero.
El presente informe sera entregado al ITO el dia 20 de cada una de las etapas, para su revisión.
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$ 1.500.000
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TOTAL
AÑO 2018
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$ 6.000.000
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El proyecto se pagará en pesos chilenos mediante estados de pago. El pago será efectuado dentro de los 15 días siguientes, contados desde la recepción conforme de la boleta de honorarios o factura correspondiente más los productos correspondientes, los que deberán contar con la conformidad de la Supervisión Técnica del SERVIU Región de la Araucanía. El SERVIU podrá solicitar información adicional al proveedor adjudicado en caso que lo estime pertinente, para verificar la correcta facturación. En este caso, se pospondrá el pago correspondiente hasta que se reciban y analicen todos los elementos correspondientes.
En caso de existir multas por incumplimiento del plazo contractual, éstas serán descontadas del siguiente estado de pago, según lo establecido en las presentes bases.
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9.9.-Responsabilidades y deberes del adjudicatario |
1. El consultor deberá disponer de los siguientes implementos para el desarrollo del contrato:
a) Notebook (1)
El Notebook deberá contar con los accesorios necesarios para su correcto
funcionamiento, además de conexión a internet personal o banda ancha
móvil.
b) Camara Digital (1)
Los profesionales de terreno deben contar con una camara fotografica,
para mantener respaldo secuencial de las obras, la cual deberá presentar
las siguientes caracteristicas:
- Minimo de 8 Megapíxeles
- Video VGA
c) Telefono Celular (1)
El telefono celular deberá contar con plan de internet y minutos mensuales, necesarios para mantener una oportuna comunicación.
d) Implementos de Seguridad
El oferente adjudicado deberá contar con los exigidos por la normativa vigente para las obras de construcción.
2. Además:
1. Revisar diariamente el avance de la obra en terreno, verificando el cumplimiento de los antecedentes
técnicos y administrativos de ésta, realizando los reportes y recomendaciones
pertinentes al Supervisor SERVIU (mínimo cinco visitas por semana)
2. Obtener diariamente información de terreno,
verificar los avances de obra, tanto físicos como financieros, de tal forma de
permitir un adecuado control de las obras y de los pagos asociados. Las
actividades de la fiscalización, deberán desarrollarse en forma compatible con
la legislación y reglamentación vigente, las normas técnicas (NCh) y
especificaciones técnicas propias de cada proyecto.
3. Aplicar la metodología establecida en el Manual
de Inspección Técnica de Obras, aprobado mediante el D.S. 85/2007 de V. y U.
4. Adoptar, en caso de detectarse graves defectos
constructivos, emergencias climáticas o naturales, accidentes laborales graves
o cualquier otra contingencia que pueda afectar gravemente las obras
inspeccionadas, las medidas que sean de su competencia, informando
inmediatamente al Inspector Técnico de Obra SERVIU.
5. Apoyar al ITO SERVIU en el control
administrativo del contrato en lo que corresponde a las siguientes actividades
principales:
-Deberá proporcionar un Libro de Inspección, que servirá
como medio de comunicación oficial entre Inspección, proyectistas y contratistas.
- Mantener al día, y ordenadamente la
documentación del contrato, en cuanto a: planos, especificaciones,
certificados, cartas, formularios y toda otra información relacionada con el
proyecto, desde el inicio al término de la asesoría.
- Verificar el cumplimiento por parte del
contratista, de los programas de avance de obra, plazos y fechas, sean estos
parciales, totales o finales, todo conforme a contrato
- Remitir de forma mensual al ITO SERVIU, el
Informe de Avance de las Obras, comunicando el estado de desarrollo físico y
económico de la obra, los hechos más relevantes producidos y situaciones de
conflicto presentes y/o previsibles
- Efectuar las labores propias de la gestión de
fiscalización que se refieren a recepción de las obras
- Informar oportunamente al ITO SERVIU, de
situaciones de conflicto o irregularidades (de forma inmediata), que hayan
ocurrido en la obra
- El consultor no podrá traspasar el contrato o
subcontratar estudios sin la autorización escrita de la Supervisión Técnica,
quien informará oportunamente de ello para su autorización. Los daños que se
ocasionaren a terceros en el desarrollo de la consultoría serán de cargo del
consultor, salvo aquéllos que se produzcan dentro de la obra y que, por tanto,
queden amparados dentro del seguro de accidentes que todo contratista debe
contratar para las obras que se realicen para el SERVIU de acuerdo al DS N°
236/02 de V. y U. En el desarrollo del trabajo, el consultor deberá respetar
las disposiciones municipales y reglamentarias pertinentes y acatar las
instrucciones que le formule el SERVIU a través de la Inspección Técnica
- El consultor deberá propender al estricto
cumplimiento a la Carta Gantt de ejecución de las obras por parte del
contratista y a los términos técnicos de referencia del proyecto. Durante la
vigencia del contrato resultante de este proceso licitatorio
- Asistir a todas las reuniones de coordinación y
control que requiera el SERVIU Región de la Araucanía
- Disponer de los recursos técnicos para asegurar
el cumplimiento de los requerimientos.
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9.10.- Sanciones |
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Si el consultor no cumple oportunamente con la disposición de mantener
vigente la garantía por fiel cumplimiento del contrato ésta será
ejecutada y quedará a beneficio fiscal.
- si el consultor incumple los plazos por entrega de los productos por etapa.
- Si el consultor no da cumplimiento a cualquier instrucción por escrito
del Inspector Técnico a cargo de la consultoría.
En cualquiera de estos casos se le aplicará una
multa equivalente al 0,5 por ciento del monto del contrato, por cada día de
atraso, la que será descontada en el estado de pago siguiente.
Si a criterio del Consultor existiere fuerza mayor o caso fortuito que
justificaren un retraso en el término del proyecto, las razones serán
dadas a conocer por éste mediante una solicitud escrita ingresada a la
Oficina de Partes del SERVIU, dentro de los cinco días siguientes de
sucedido los hechos que invoca, lo que será calificado por el SERVIU de
manera fundada. Las multas serán aplicadas por el SERVIU de acuerdo al
procedimiento establecido en la Ley 19.880 de Procedimiento
Administrativo, y se descontarán del estado de pago siguiente o de la
garantía de fiel cumplimiento del contrato.
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9.11.- Término anticipado del contrato |
El
contrato podrá terminarse anticipadamente por el SERVIU Región de la
Araucanía, sin derecho a indemnización alguna para el proveedor
adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan a
continuación:
- Por resciliación o por mutuo acuerdo entre las partes.
- Por caso fortuito o fuerza mayor.
- En los casos indicados precedentemente, el SERVIU devolverá al consultor la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
- Por estado de notoria insolvencia del adjudicatario.
- Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el adjudicatario.
- Por el incumplimiento infundado de una o más instrucciones técnicas entregadas por el SERVIU.
- Por la no observancia del más alto nivel ético en el desempeño de la
gestión encomendada o la comisión de actos de fraude, corrupción,
soborno, extorsión, coerción y/o colusión de conformidad con las normas
de probidad administrativa contemplada en la Ley Orgánica de Bases de la
Administración del Estado, Estatuto Administrativo y con la legislación
penal contenida en el código del ramo, que sanciona esta clase de
ilícitos.
- Por incumplimientos de las obligaciones establecidas en las presentes bases en materia de seguridad de la información.
- Si el consultor no diere cumplimiento a los plazos en la entrega de
los productos parciales o totales contratados, según lo establecido en
las presentes bases administrativas en mas de dos ocasiones.
- Si el consultor fuere declarado en quiebra, o le fueren protestados
documentos comerciales, que se mantuvieren impagos por más de sesenta
días. Se deja constancia que el Supervisor a cargo del contrato podrá
solicitar en cualquier momento un informe de estado comercial y
financiero del consultor a fin de verificar esta situación, estando
obligado el adjudicatario a entregarlo en un plazo máximo de 3 días
hábiles.
- Por calificacion inferior a 50 puntos (articulo 30 insiso final DS 135/78 U.y V. registro consultores)
El incumplimiento injustificado será considerado como incumplimiento de
instrucción y será causal de aplicación de la respectiva multa.
• Si el consultor o alguno de los socios administradores fuera condenado
por algún delito que merezca pena aflictiva o, tratándose de una
sociedad anónima, lo fuere algún miembro del Directorio o Gerente.
- Si el consultor no renueva oportunamente las garantías, en los casos
que corresponda. En caso de término anticipado, el adjudicatario deberá
satisfacer íntegramente los servicios que hubieren quedado pendientes
antes de la notificación del referido término anticipado, debiendo
entregar en todo caso un informe de situación actualizado a la fecha de
término de prestación de sus servicios.
En caso de muerte del consultor, el contrato quedará resuelto y se
procederá administrativamente a la liquidación de los trabajos
ejecutados, conforme al avance del proyecto. Si se pone término
anticipado a un contrato por cualquiera de las causas señaladas en las
bases, salvo las establecidas en el inciso precedente y por razones
ajenas al consultor, se liquidará el contrato vía resolución y se harán
efectivas las garantías pertinentes.
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9.12.- Exigencia de no registrar saldos insolutos |
El proveedor adjudicado deberá acreditar que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con sus trabajadores contratados en los últimos dos años y la oportunidad en que ellos serán requeridos (Articulo 22 punto 9 del Reglamento 250) mediante certificado de la inspección del trabajo en cada estado de pago. No aplica para persona natural sin trabajadores a cargo.
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9.13.- Exigencia de adhesión al Sistema de Seguridad de la Información del SERVIU Región de La Araucanía |
Se deja constancia que el oferente que resulte adjudicado se obliga expresamente a cumplir con la Política de Seguridad de la Información del SERVIU y del MINVU, a utilizar la información únicamente para los propósitos autorizados, a respetar la confidencialidad de la información en los casos en que proceda; a reportar y tratar los eventos de seguridad de la información conforme a los procedimientos existentes, a procesar la información adecuadamente, asegurando su integridad.
Toda información que el Consultor, los integrantes de su Equipo de Trabajo, sus dependientes, contratistas u otras personas vinculadas a aquél, conozcan o llegaren a conocer con ocasión o a propósito de esta asesoria y sus actividades complementarias, serán y se mantendrán como propiedad confidencial.
El incumplimiento de esta obligación autorizará al SERVIU Araucanía, para poner término anticipado al contrato. No obstante lo anterior, las disposiciones de esta cláusula no se aplicarán en los siguientes casos:
a) Cuando la información a la fecha en que se revela sea de dominio público por motivos que no resulten del incumplimiento de esta cláusula por parte del Consultor, los integrantes de su Equipo de Trabajo, sus dependientes, contratistas u otras personas relacionadas con aquél.
b) Cuando por virtud de la ley, o por resolución judicial, el Consultor sea obligado a revelar la referida información.
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9.14.- Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven, en especial en todo lo que dice relación con el contrato de la/s obra/s que le corresponde apoyar en su correcta ejecución,.
2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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9.15.- Disposiciones generales |
Las situaciones no consultadas en las presentes Bases Administrativas Especiales, como así también, los vacíos que se pudieren presentar durante el transcurso de la prestación de los servicios de asesoría y motivados por factores de contrato, serán resueltas por el SERVIU Región de La Araucanía, mediante resolución fundada.
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9.16.- Calificaciones |
La gestión realizada por el consultor deberá ser calificada por el SERVIU REGIÓN DE LA ARAUCANÍA, de acuerdo al D.S.Nº135, de 1978, de V. y U. Reglamento del Registro de Consultores del MINVU.
Las calificaciones serán consideradas en todos los procesos licitatorios que realice este servicio, como criterio de evaluación de las ofertas.
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