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Tipo de Contrato |
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La licitación generara un contrato por convenio de suministros, acorde a los montos establecidos para una LE, y por un periodo de duración de 24 meses
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DE LA RESOLUCION DE EMPATES |
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Si existiera igualdad de puntaje, se utilizará para realizar el desempate la aplicación de los siguientes criterios: En primer lugar se
privilegiará al oferente que haya obtenido el máximo puntaje en el criterio de evaluación “Precio”. De persistir el empate, se
privilegiará al oferente que haya obtenido el máximo puntaje en el criterio de evaluación “Plazo de entrega”. De persistir el empate,
se privilegiará al oferente que haya obtenido el máximo puntaje en el criterio de evaluación “Garantía por trabajos”,De persistir el empate, se privilegiará al oferente que haya obtenido el máximo puntaje en el criterio de evaluación " cobertura lineas ofertadas", De persistir el empate, se privilegiará al oferente que haya obtenido el máximo puntaje en el criterio de evaluación " Empresas pro Pyme", De persistir el empate, se privilegiará al oferente que haya obtenido el máximo puntaje en el criterio de evaluación " Experiencia", De persistir el empate, se privilegiará al oferente que haya ingresado en primer lugar su oferta.
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DE LA PRESTACION DE ANTECEDENTES OMITIDOS POR EL OFERENTE |
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CONAF podrá realizar consultas y solicitar antecedentes durante el período posterior al cierre de esta licitación y antes de su
adjudicación. Estas consultas serán realizadas a través de la modalidad de FORO INVERSO del portal de compras. Los antecedentes
que se soliciten deberán estar orientados a aclarar aspectos de la oferta o al requerimiento de documentos o certificados originales,
y no podrán constituir temas evaluables por los criterios de evaluación de esta licitación.
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PACTO DE INTEGRIDAD |
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El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de
integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se
señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda
la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo
expresamente los siguientes compromisos: 1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus
trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º,
5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los
derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus
actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos
Humanos y Empresas de Naciones Unidas. 2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos,
regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su
oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni
tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su
toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. 3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma
la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o
conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. 4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la
información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean
necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a
ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso
licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de
licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase. 7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las
consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la
misma. 8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información
fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las
condiciones y oportunidad ofertadas. 9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las
obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o
agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la
presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin
perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos
correspondientes.
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APERTURA ELECTRONICA |
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APERTURA ELECTRONICA La apertura electrónica de las ofertas económicas y técnicas se realizará en el portal de compras del Estado
por una comisión creada para tal efecto, constituida por los siguientes funcionarios; -Jefe Departamento Desarrollo y Fomento
Forestal, o quien lo represente; -Jefe Dpto Áreas Silvestres Protegidas, o quien lo represente. Jefe Departamento Protección Incendios Forestales o quien lo represente. Jefe
Sección Administración del Departamento Finanzas y Administración, o quién lo represente Las ofertas aceptadas durante la apertura
electrónica de esta licitación pública serán evaluadas por la Comisión ya indicada. La secuencia de evaluación considerará, primero,
la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos de participación; esto es, el chequeo de la recepción de todos los
antecedentes requeridos, para concluir en la aplicación de los Criterios de Evaluación, señalados en las presentes Bases. Sólo se
evaluarán las ofertas que a juicio de la Comisión de Evaluación cumplan con todas las especificaciones indicadas, sobre la base de los
antecedentes ingresados adjuntos a la respectiva oferta económica.
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DE LA ADJUDICACION DE LA LICITACION |
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La Corporación adjudicará la presente licitación pública de acuerdo a lo establecido en las Bases Administrativas y Técnicas, y podrá
declarar inadmisible total o parcialmente cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o consideraciones
establecidas en las mencionadas Bases, sin perjuicio de la facultad de la CONAF de solicitar a los oferentes que salven errores u
omisiones formales de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes bases. Podrá, además,
declarar desierta la licitación, cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses y/o excedan la
capacidad presupuestaria de la Corporación; en estos últimos casos, dichas decisiones deberán ser manifestadas por Resolución
Fundada. La adjudicación será publicada en el Portal www.mercadopublico.cl, señalando el nombre del oferente seleccionado por la
Corporación. Con este efecto la Corporación emitirá una Resolución de Adjudicación, la cual se publicará en el portal de compras del
Estado www.mercadopublico.cl, de acuerdo a la normativa vigente. La notificación de la Resolución de Adjudicación, se entenderá
realizada, luego de las 24 hrs. transcurridas desde que CONAF publique dicha Resolución en el portal de compras
www.mercadopublico.cl.
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DE LA MODIFICACION DE LAS BASES |
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La Corporación podrá modificar y/o hacer aclaraciones a las Bases de esta licitación, hasta antes de la fecha de cierre de la misma,
por propia iniciativa, a objeto de precisar o complementar elementos de su contenido que, a su juicio, no hayan quedado
suficientemente claros, y/o a causa de las consultas realizadas a través de la Plataforma de Compras, otorgando un plazo prudente
para que los oferentes puedan conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones. Estas modificaciones formarán parte integrante de
las bases de licitación.
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DE LAS CONSULTAS Y ACLARACIONES |
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Las consultas referentes a las Bases Técnicas y Administrativas deberán ser realizadas sólo por la modalidad FORO del portal de
compras del Estado, durante las fechas indicadas en el Calendario de esta licitación pública. Las respuestas a dichas preguntas se
publicarán a través de la misma modalidad FORO
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DE LAS CONSULTAS POSTERIORES AL CIERRE DE LA LICITACION |
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Las consultas referentes a las Bases Técnicas y Administrativas deberán ser realizadas sólo por la modalidad FORO del portal de
compras del Estado, durante las fechas indicadas en el Calendario de esta licitación pública. Las respuestas a dichas preguntas se
publicarán a través de la misma modalidad FORO
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DE LA CONTRAPARTE TECNICA DE CONAF |
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La contraparte técnica de la adquisición la ejercerá el Jefe del Dpto. de Finanzas y Administración, o quien éste designe,quién actuará como Administrador del Contrato.
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DE LA INSCRIPCION EN CHILE PROVEEDORES |
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Aquellos participantes que al momento de la presentación de sus ofertas no estén inscritos en el Registro Electrónico de Proveedores
del Estado, denominado “Chileproveedores”, estarán obligados a inscribirse en caso de ser adjudicados, dentro de los plazos
reglamentarios establecidos. El oferente que se adjudique esta licitación deberá encontrarse inscrito en el Registro Oficial de
Proveedores del Estado, denominado “Chileproveedores”. De no estar inscrito, se transcribe a continuación, la instrucción de la
Circular N° 09, de fecha 6 de Marzo de 2007, de los Ministerios del Interior y Hacienda: “En caso que el o los proveedores adjudicados
no estén inscritos en el registro electrónico oficial de contratistas de la Administración, Chileproveedores, estarán obligados a
inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la adjudicación o de la emisión de la orden de compra respectiva”. En
caso de no cumplir con la obligación en el tiempo señalado o no tener la condición de “Habilitado” para contratar con el Estado de
Chile, la Corporación solicitará la cancelación de la respectiva orden de compra y procederá a readjudicar la licitación al proveedor
que siga en puntaje al que obtuviera la mayor calificación, si así lo estimare.
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Termino Anticipado |
La entidad licitante está facultada para declarar administrativamente el término anticipado de la relación contractual,
en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicado, si concurre alguna de las causales que
se señalan a continuación:
1) Si el adjudicado se encuentra en un procedimiento concursal de liquidación en calidad de deudor o se encuentra en
manifiesta insolvencia financiera, a menos que se mejoren las cauciones entregadas.
2) Si se disuelve la empresa adjudicada.
3) Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor adjudicado. Se entenderá por
incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones
contractuales, descritas en las presentes Bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando
dicho incumplimiento le genere a la entidad licitante perjuicio en el cumplimiento de sus funciones.
4) Si el adjudicatario, sus representantes, o el personal dependiente de aquél, no actuaren éticamente durante la
ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como:
a.- Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de la entidad licitante, que pudiere implicar un
conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y la entidad licitante.
b.- Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la
relación contractual objeto de la presente licitación.
c.- Tergiversar hechos, con el fin de influenciar decisiones de la entidad licitante.
5) En caso que el atraso en la entrega de los bienes o la prestación de los servicios, después de aplicadas las multas en más de una ocasión y con informe correspondientes
6) En caso que las multas cursadas por atrasos y no pagos de estas, de acuerdo a informes que lo ameriten
7) Por incumplimiento de obligaciones de confidencialidad que puedan establecer las presentes Bases.
8) Registrar, a la mitad del período de ejecución contractual, con un máximo de seis meses, saldos insolutos de
remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los
últimos 2 años.
En todos los casos señalados, además del término anticipado, se procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento
del contrato, si se hubiere exigido dicha caución en las Bases.
En estos casos de término anticipado se aplicará el mismo procedimiento para la aplicación de las medidas derivadas
de incumplimientos.
Resuelto el término anticipado, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la entidad licitante
concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha.
Sin perjuicio de lo anterior, la entidad licitante y el respectivo adjudicatario podrán poner término a la relación
contractual en cualquier momento, de común acuerdo.
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Efectos derivados de incumplimietnos del proveedor |
1.- Multas
El proveedor adjudicado deberá pagar multas por el o los atrasos en que incurra en la entrega de los bienes o la
prestación de los servicios, objeto de la presente licitación.
Las multas por atraso en la entrega, entrega parcial o por rechazo por no cumplimiento de especificaciones, se
aplicarán por cada día hábil de atraso y se calcularán como un _2_% del valor neto de los bienes o servicios objeto de
la entrega, con un tope de _10_ días hábiles.
Las multas no podrán sobrepasar el _20_% del valor total del contrato.
El monto de las multas será rebajado del pago que la entidad licitante deba efectuar al adjudicatario en los estados de
pago más próximos y, de no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se le cobrará
directamente, o bien, se hará efectivo a través del cobro de la garantía de fiel cumplimiento, si la hubiere.
Cuando el cálculo del monto de la respectiva multa convertido a pesos chilenos, resulte un número con decimales, éste
se redondeará al número entero más cercano.
Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho de la entidad licitante de recurrir ante los Tribunales Ordinarios de
Justicia, a fin de hacer efectiva la responsabilidad del contratante incumplidor.
2.- Cobre de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato (SOLO SI SE EXIGIÓ EN LAS BASES)
La garantía de fiel cumplimiento del contrato podrá ser cobrada en los siguientes casos:
a) Incumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas con esta medida en las presentes bases y en el
contrato respectivo.
b) Cuando por una causa imputable al adjudicatario, se haya puesto término anticipado al correspondiente contrato.
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Procedimientos para la aplicacion de medidas derivadas de incumplimientos |
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Detectada una situación que amerite la aplicación de una multa u otra medida contemplada en las presentes bases, la
entidad licitante notificará inmediatamente de ello al adjudicado, personalmente o por carta certificada, informándole
sobre la medida a aplicar y sobre los hechos que la fundamentan.
A contar de la notificación singularizada en el párrafo anterior, el proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles para
efectuar sus descargos por escrito, acompañando todos los antecedentes que lo fundamenten.
Vencido el plazo indicado sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente medida por medio de
una resolución fundada de la entidad licitante.
Si el proveedor ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la entidad licitante tendrá un
plazo de 30 días hábiles, contados desde la recepción de los descargos del proveedor, para rechazarlos o acogerlos,
total o parcialmente. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del respectivo proveedor deberá
formalizarse a través de la dictación de una resolución fundada de la entidad licitante, en la cual deberá detallarse el
contenido y las características de la medida. La indicada resolución deberá notificarse al respectivo proveedor
adjudicado personalmente o mediante carta certificada.
El proveedor adjudicado dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución
fundada singularizada en los párrafos anteriores, para impugnar dicho acto administrativo mediante los recursos
contemplados en la Ley 19.880, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o
reemplazar la respectiva medida. La entidad licitante tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el
citado recurso.
La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado
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Vigencia y Condiciones del Contrato |
VIGENCIA
A partir de la fecha señalada en Contrato, que se estima como plazo máximo 30 días posteriores a la adjudicación, por un periodo de 24 meses
RENOVACION
El contrato podrá ser renovado por un periodo similar, por única vez, donde se evaluará en comportamiento contractual del adjudicado, considerando reclamos de la Corporación, aplicación de multas en el periodo
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