1.- DE LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
Una vez adjudicada la propuesta y notificado el adjudicatario se procederá a la redacción, firma, aprobación y publicación del contrato y de la resolución que lo aprueba, en el portal de compras públicas, www.mercadopublico.cl.
La empresa deberá devolver el contrato revisado y firmado en un plazo no superior a 5 días hábiles desde la fecha de envío por parte de la Institución.
Asimismo, la Defensoría podrá requerir que se acompañen los siguientes documentos en originales o copia autorizada ante notario, excepto si éstos se encuentran digitalizados y actualizados en el registro electrónico oficial de proveedores del estado, o si fueron debidamente acompañados en la presentación de su propuesta:
a) Fotocopia de la escritura en la que consta su constitución legal, y sus modificaciones posteriores si las hubiere.
b) Fotocopia de los documentos donde conste la personería del representante legal del oferente, con fecha no anterior a los tres meses contados desde la fecha de presentación de la oferta.
c) Fotocopia de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio, con certificación de su vigencia, o fotocopia del Certificado de Vigencia, otorgados por el respectivo Conservador, con fecha no anterior a tres meses contados desde la presentación de la oferta.
d) Tratándose de personas jurídicas que no tengan el carácter de sociedad o empresa individual de responsabilidad limitada, se deberán adjuntar los antecedentes que acrediten su vigencia y la personería del representante legal, emitidos por las autoridades que correspondan.
e) Boletín Laboral y Previsional de la Dirección del Trabajo, esto es, para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 183-C de la ley N° 20.123, publicada el 16 de octubre de 2006, que modifica el Código del Trabajo al introducir un nuevo Título VII denominado “Del trabajo en régimen de subcontratación y del trabajo en empresas de servicios transitorios”, con el propósito de que el adjudicatario acredite el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales, respecto a los trabajadores de su empresa, como asimismo de igual tipo de obligaciones que tengan los subcontratistas de la misma con sus trabajadores, ello, a fin de hacer efectivos los derechos de información y de retención consagrados en los incisos 2° y 3° de la aludida norma legal, que le asisten a esta Defensoría Penal Pública, en el marco de la responsabilidad subsidiaria derivada de dichas obligaciones laborales y previsionales, a la que hace mención el artículo 183-D de la citada ley. Sin perjuicio de anterior, y mientras el contrato se encuentre vigente, la Defensoría se reserva el derecho a verificar, como mínimo cada mes, el estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y de seguridad social, respecto a los trabajadores de la empresa adjudicataria, como asimismo de igual tipo de obligaciones que tengan los subcontratistas de la misma con sus trabajadores.
f) En el caso, que el oferente adjudicado sea una Persona Jurídica, deberá además presentar, antes de la suscripción del contrato, la Declaración Jurada Simple, de acuerdo al formato propuesto en el anexo A.2.
Todos los antecedentes necesarios para la tramitación formal de la contratación, se deberán remitir al Jefe del Departamento Administración y Finanzas de la Defensoría Penal Pública, a la dirección indicada en el artículo 8º de las presentes Bases.
En caso que el oferente adjudicado no se encuentre inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, www.chileproveedores.cl, deberá inscribirse en el plazo de 5 días hábiles desde que la Defensoría le notifique la adjudicación de su oferta. De este modo, para proceder a la firma del contrato, el adjudicatario deberá encontrarse inscrito y hábil en el referido Registro de Proveedores.
El contrato contendrá las cláusulas necesarias para el debido resguardo de los intereses de la Defensoría, pudiendo contemplar especialmente las relativas al cumplimiento de las obligaciones laborales y de seguridad social entre el adjudicatario y sus dependientes.
El contrato respectivo entrará en vigencia tras la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe.
2.- DE LA VIGENCIA Y DURACIÓN DEL CONTRATO.
El contrato respectivo entrará en vigencia tras la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe y tendrá una duración de hasta 36 meses o hasta agotar el presupuesto de UF 2.700.- (dos mil setecientas unidades de fomento) impuestos incluidos, cualquiera de las dos situaciones que ocurra primero.