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9.1 INTRODUCCIÓN |
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La Corporación Nacional Forestal, como ente encargada del quehacer forestal en Chile y la protección de los recursos naturales, requiere del transporte de brigadas de prevención y control de incendios forestales para el desplazamiento de las diferentes Brigadas contra Incendios Forestales diseminadas en la Región de Los Ríos.
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9.2 NORMAS QUE REGULAN LA LICITACIÓN |
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La licitación se regirá por las presentes bases administrativas y técnicas y por Las normas legales, reglamentarias y técnicas vigentes a la fecha del llamado a licitación, especialmente la Ley 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de suministro y prestación de Servicios y su Reglamento. Asimismo serán reglas propias de la licitación, las aclaraciones que emita y publique CONAF, sean requeridas por los participantes de esta licitación o bien impartidas por CONAF, formando parte de estas bases.
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9.3 CARACTERÍSTICAS DE LOS OFERENTES |
9.3.1 REQUISITOS MÍNIMOS DEL OFERENTE
Estos son los requisitos mínimos que debe cumplir el postulante para poder ofertar:
Persona natural o jurídica:
a) El oferente debe ser contribuyente de 1° categoría “EMITIR FACTURAS”
b) Debe presentar certificado original de:
• Boletín de Informes Comerciales (deudas)
• Certificado deudas previsionales
• Certificado de adhesión a mutualidad
• Certificado de accidentabilidad (en Mutual)
9.3.2 CONTENIDO DE LA OFERTA
El oferente deberá adjuntar la siguiente documentación:
a) Experiencia del oferente:
El oferente debe demostrar experiencia en trabajo de similares características, para tal efecto, debe completar y subir “FORMAULRIO DE EXPERIENCIA” (ANEXO 1).
b) Presentación de la oferta económica:
El oferente debe completar y subir el “FORMULARIO DE OFERTA ECONÓMICA” (ANEXO 2), indicando el valor final de su oferta, con todos los costos incluidos.
c) Declaración Jurada Simple; debidamente firmada, donde el oferente debe completar y subir archivo indicando la antigüedad de cada camión que ofrece y respaldada con la imagen del padrón del vehículo. En caso de ser vehículos nuevos se solicitara copia de la factura de compra o el padrón una vez adjudicado la licitación. (ANEXO 3).
d) Declaración Jurada Simple; debidamente firmada, donde el oferente debe completar y subir archivo indicando el valor a pagar sus choferes por concepto de ingreso bruto (ANEXO 4).
e) Declaración Jurada Simple; debidamente firmada, por quien asume la responsabilidad de aceptación del contenido de las bases. (ANEXO 5).
f) Declaración Jurada Simple; debidamente firmada: Por quién asume la responsabilidad por declarar que no tiene relación de parentesco con Directivos de CONAF. (ANEXO 6).
g) Declaración Jurada Simple; debidamente firmada: Donde el oferente declara no tener multas por prácticas antisindicales. (ANEXO 7).
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9.4 FORMA DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA: |
Se deberán adjuntar electrónicamente los anexos, todos y cada uno de los antecedentes que formen parte de la oferta, como así mismo aquellos que se consideren necesarios para su mejor comprensión y entendimiento, según la siguiente tabla:
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Item mercado público
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Documentos
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Económica
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(línea habilitada del portal) y Anexo 2
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Administrativa
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Anexos 5,6,7
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Técnica
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Anexos 1,,3,4
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Las únicas ofertas válidas serán aquellas presentadas a través del sitio www.mercadopublico.cl. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases, salvo el caso contemplado en el artículo 62 del Reglamento de la Ley 19.886, sobre Compras Públicas. Los Oferentes deben constatar que el envío de sus ofertas técnicas y económicas a través del sitio www.mercadopublico.cl hayan sido ingresadas con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los Formularios y Anexos requeridos; para ello se deben verificar el posterior despliegue automático del comprobante de envío que se entrega en dicho sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo.
Será responsabilidad de los oferentes adoptar las medidas que sean necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente las respectivas propuestas.
Las ofertas permanecerán cerradas y se abrirán electrónicamente en las fechas indicadas en el cronograma de las presentes Bases.
Todos los antecedentes que acompañen la propuesta deberán presentarse en formato electrónico a través del portal.
Sólo se considerará la información solicitada en los "ANEXOS" adjuntos, para efecto de evaluación de los oferentes, a no ser, que se solicite expresamente algo complementario y/o distinto en las bases, en los mismos anexos o en el foro inverso.
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9.5 MECANISMO PARA LA SOLUCION DE CONSULTAS |
Las consultas que los oferentes deseen formular con relación a la materia de esta Licitación, se realizarán a través del portal http://www.mercadopublico.cl todas las consultas y solicitudes de aclaración que los oferentes soliciten, utilizando la sección de foro, hasta la hora y día en que se indica en el cronograma. Las respuestas a las consultas estarán disponibles en el mismo portal, a contar del día indicado en el cronograma de licitación.
Sin perjuicio de lo anterior y hasta el plazo en que deben responderse las consultas, CONAF se reserva el derecho de emitir, las aclaraciones a las Bases que estimare necesarias o las que hubieren surgido con motivo de las consultas efectuadas por los interesados durante el proceso de Licitación. Tales aclaraciones se entenderán informadas a los participantes, al encontrarse publicadas en la página web www.mercadopublico.cl. Las dudas sobre el manejo del portal deben efectuarse en el fono consulta del portal de compras públicas 600-7000-600.
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9.6 MODIFICACION Y/O COMPLEMENTACION DE LAS BASES |
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CONAF podrá modificar y/o complementar las Bases de la Licitación, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los Oferentes mediante el foro del sistema, durante el proceso de la Licitación, otorgando un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos, informando de ello a través del sitio www.mercadopublico.cl. Esta complementación formará parte integral de las bases.
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9.7 ACEPTACION DE ANTECEDENTES OMITIDOS FUERA DE PLAZO |
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la Conaf podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del Sistema de Información.
Se permitirá, asimismo, la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones NO mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
Los oferentes tendrán un plazo de 48 horas corridas, contadas desde la notificación del respectivo requerimiento, para responder a lo solicitado por la Entidad licitante o para acompañar los antecedentes requeridos por ésta. CONAF no considerará las respuestas o los antecedentes recibidos una vez vencido dicho plazo.
Dicho lo anterior, las bases contemplarán dentro de los criterios de evaluación uno que evalúe el cumplimiento de los requisitos formales de presentación de la oferta, asignando menor puntaje a las ofertas que no cumplieron, dentro del plazo para presentación de ofertas, con todo lo requerido. (Art. 40° Regl.).
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9.8 DERECHO A DESESTIMAR LAS OFERTAS O DECLARAR DESIERTA O INADMISIBLE LA LICITACIÓN |
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La CONAF se reserva el derecho de declarar inadmisible cualquier oferta por incumplimiento de los requisitos mínimos establecidos en estas bases y de declarar desierta la licitación, total o parcialmente, cuando no se presentaren ofertas o habiéndose presentado éstas resulten inconvenientes a sus intereses. En ambos casos se dictará una resolución fundada. (Art. 9° de la Ley 19.886).
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9.9 CALIDAD TECNICA DE LOS SERVICIOS |
9.9.1 El Oferente adjudicado asume la plena responsabilidad en cuanto a la calidad y oportunidad de los servicios y productos exigidos de acuerdo a las especificaciones técnicas y demás estipulaciones de las presentes Bases.
9.9.2 El oferente debe ofertar por la totalidad del servicio solicitado, para poder ser considerada su oferta.
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9.10 PRORROGA DE FECHAS DE LA LICITACIÓN |
Las fechas del proceso licitatorio podrán ser prorrogadas en el portal de compras públicas www.mercadopúblico.cl, en los casos que a continuación se señalan:
1.- En caso que a la fecha de cierre no se hayan recibido ofertas
2.- Cuando a la fecha de cierre se hayan presentado menos de tres ofertas.
3.- Cuando no se haya respondido el foro de preguntas y respuestas en las fechas establecidas inicialmente.
4.- Cuando se realicen modificaciones a las Bases que impliquen un cambio en las postulaciones de los posibles oferentes.
5.- Cuando no se haya adjudicado la licitación en la fecha estipulada en las bases (Art.41 reglamento).
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9.11 CONDICIONES MINIMAS PARA ADJUDICAR |
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El oferente evaluado, deberá tener un puntaje mínimo de un 60% del total de la evaluación ideal, de acuerdo con los criterios de evaluación, para poder ser adjudicado.
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9.12 RESOLUCIÓN DE EMPATES |
De existir empate, CONAF seleccionará de acuerdo a los oferentes que hayan tenido el máximo puntaje según cada criterio de selección en orden decreciente en relación a los porcentajes de cada criterio de selección. En el caso de haber 2 o más criterios con el mismo porcentaje, se conservará el orden de los criterios entregado en este apartado.
1. Experiencia del Oferente
2. Oferta Económica
3. Condiciones de empleo y remuneraciones
4. Año de fabricación camiones
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9.13 DE LA HABILIDAD PARA CONTRATAR CON EL ESTADO |
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El proveedor que se haya adjudicado la licitación, al momento de la firma del respectivo contrato u orden de compra según sea el caso, además de estar inscrito el Chileproveedores debe tener la calidad de "HABIL PARA CONTRATAR CON EL ESTADO" (Art. 41 Regl.), caso contrario no podrá prestar los servicios adjudicados, y facultará a la Institución para realizar una re adjudicación, si éste no presentare el certificado que lo acredite, dentro del plazo de 15 días hábiles posteriores a su adjudicación.
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9.14 COMISIÓN EVALUADORA |
Las ofertas técnicas y económicas de los proponentes, que cumplan con todos los requisitos formales de presentación, serán evaluadas por CONAF, quien constituirá para tal efecto una Comisión Técnica integrada por al menos tres (3) profesionales de su dependencia:
• Jefe Provincial Valdivia o quién subrogue.
• Jefe DEPRIF o quién subrogue
• Jefe DEFA o quién subrogue.
• Enc. Higiene y Seguridad Regional
• Abogado Unidad Jurídica (como ministro de fe)
La Comisión Técnica, luego de su evaluación emitirá un Acta o Informe en el que propondrá al respectivo Director Regional la adjudicación, o rechazo de las propuestas analizadas.
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9.15 FACILIDADES Y APOYO |
CONAF, se reserva el derecho de supervisar los servicios de arriendo contratados, en todo momento, efectuar los controles que estime necesarios para comprobar la calidad del trabajo en ejecución, la observancia de las instrucciones y el cumplimiento de las actividades solicitadas.
El Prestador de Servicios deberá otorgar todas las facilidades que el caso requiera para permitir y facilitar estas labores de supervisión y control, debiendo además efectuar, a su entero costo, las correcciones indicadas por CONAF.
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9.16 PLAZOS |
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9.16.1 Plazo de vigencia de las Ofertas
Las Ofertas tendrán una validez mínima de 60 (sesenta) días corridos desde la fecha de Apertura electrónica de las mismas (Art. 63 Reglamento).
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9.17 DEBER DE ABSTENCIÓN |
Las autoridades y los funcionarios, como así también personal contratado a honorarios, que participen en procedimientos de contratación, deberán abstenerse de participar en dichos procesos, cuando exista cualquier circunstancia que les reste imparcialidad. (Art 6° BIS).
En concordancia con lo anterior, deberá ser nombrado otro funcionario en su reemplazo, para garantizar la transparencia y probidad del proceso licitatorio.
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9.18 ADJUDICACIÓN Y NOTIFICACIÓN |
Una vez, que la comisión encargada de evaluar las ofertas, entregue el informe, la Corporación resolverá la aprobación de adjudicación, para proceder con el proceso de contratación. La adjudicación se efectuará a través de una resolución emitida por la autoridad competente, la cual será publicada en el portal, entendiéndose por notificado al oferente adjudicado transcurridas 24 horas desde dicha publicación. (Art. 6° del Reglamento).
En ese caso, CONAF tendrá derecho a encomendar la labor al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente.
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9.19 DE LA REAJUDICACIÓN |
Serán causales de re adjudicación las siguientes:
1.-Cuando el adjudicatario no está habilitado para contratar con el estado, según información entregada por www.chileproveedores.cl.
2.-Cuando desiste de su oferta.
3.-Cuando no entrega de la garantía de fiel cumplimiento cuando proceda.
4.-Cuando no firma del contrato.
5.-Cuando incumpla los plazos de entrega de los bienes y/o servicios establecidos en su oferta y que perjudiquen la normal operatividad de la Institución.
Facultará a la Corporación para seleccionar al oferente, que de acuerdo al resultado de la evaluación, le siga en puntaje, y así sucesivamente.
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9.20 OBLIGACIONES DEL OFERENTE ADJUDICADO |
a) Sin que la presente enumeración sea taxativa, serán de cargo del oferente adjudicado todos los gastos por concepto de, remuneraciones, honorarios, impuestos, y obligaciones previsionales del personal a su cargo, como asimismo la mantención y reparación del instrumental técnico, la movilización y todos los demás gastos que se generen en virtud de la ejecución de los trabajos que se encomiendan y que sean necesarios para la total, correcta y oportuna ejecución de los mismos.
b) Será obligación del Oferente adjudicado realizar todas las gestiones para la ejecución del servicio y las que le sean requeridas por CONAF, como asimismo, cumplir estrictamente las instrucciones y procedimientos vigentes o que se dispongan durante la ejecución de los trabajos en el marco de las presentes bases.
c) El Oferente adjudicado será el único responsable por los daños y perjuicios que ellos o quienes les presten servicios de cualquier índole irroguen a terceros.
d) Cualquier cambio por el Oferente adjudicado deberá ser autorizado por CONAF, previa presentación escrita con 10 días de anticipación, acompañando todos los antecedentes del nuevo personal.
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9.21 DEL CONTRATO |
9.21.1 DE LA FIRMA DEL CONTRATO
CONAF, a través del Director Regional, y el adjudicatario suscribirán un contrato aproximadamente dentro de los 15 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación a través del Portal www.mercadopublico.cl, en el que establecerán sus derechos y obligaciones, del cual las presentes Bases Administrativas y Técnicas son parte integral, así como sus Anexos y la propuesta del adjudicatario.
Si el adjudicatario del proyecto no suscribe el contrato dentro del plazo establecido anteriormente se entenderá que desiste de su realización. En ese caso, CONAF tendrá derecho a encomendar la labor al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente. Quedan excluidos de esta disposición, aquellos adjudicatarios que justifiquen por motivos de fuerza mayor (tales como accidentes, pérdida de vehículos, o por razones de carácter judicial), que no podrán ejecutar las actividades propuestas.
9.21.2 DEL PLAZO
Se estima que el plazo del presente servicio es por las temporadas 2017 – 2018 y 2018 – 2019, aproximadamente 5 meses cada una (Noviembre a Marzo), a excepción de que por decisión técnica del departamento, basada en antecedentes climáticos o de personal, la temporada de mayor ocurrencia cierre anticipadamente o se extienda.
9.21.3 DE LA RENOVACIÓN
a) Al finalizar la temporada 2017 – 2018, el departamento de Protección contra Incendios Forestales, por medio de su Jefe directo, realizará una evaluación técnica del servicio recibido, que definirá la permanencia o término del presente contrato por la siguiente temporada 2018 – 2019, en igualdad de condiciones.
b) El contrato será renovado para el periodo 2019-2020, en igualdad de condiciones previo informe de completa satisfacción del servicio por el departamento de Protección Contra Incendios Forestales y siempre y cuando las condiciones presupuestarias lo permitan y exista de la decisión institucional de continuar con el servicio.
9.21.4 DE LAS MODIFICACIONES DEL CONTRATO
Si en el curso del contrato, se introdujeren aumentos de los servicios contratados los cuales no podrán exceder, esto es, aumentar las prestaciones convenidas proporcionalmente, hasta en un 30% del monto total del contrato originalmente pactado. (Art. 77, Reglamento).
Dicho lo anterior, estos aumentos contractuales deben ser igualmente respaldados por un aumento de la Garantía del Fiel Cumplimiento, en la proporción que corresponda, en relación a la totalidad del contrato.
9.21.5 DE LA REAJUSTABILIDAD
En la eventualidad que el contrato sea renovado, éste para efectos del segundo período (la prórroga, de acuerdo al inciso anterior), será reajustado con la variación del IPC del año anterior
9.21.6 TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
CONAF queda facultada para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, sin derecho a indemnización alguna para el Prestador de Servicios, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:
a) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
b) Si se produjese cualquier incumplimiento de las obligaciones establecidas en las Bases y/o el Contrato.
c) Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
d) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
e) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
f) Si durante el ejercicio del servicio se transgredieran gravemente las prohibiciones señaladas en las presentes Bases y en el respectivo contrato.
g) Si el Prestador de Servicios fuere declarado en quiebra.
Por su parte, el Prestador de Servicios podrá poner término anticipado al Contrato, dando aviso escrito al respectivo Director Regional de CONAF
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9.22 CONDICIÓN, MODO Y PLAZO DEL PAGO |
9.22.1 CONDICIONES:
1.1.-Una vez que sea recepcionado (s) en total conformidad el o los producto (s) y/o servicio (s) del oferente adjudicado.
1.2.-Previa visación y/o autorización explícita emitida por la contraparte técnica de CONAF.
1.3.-Una vez solicitado y verificado que se han cancelado, las cotizaciones previsionales del personal utilizado en la prestación del servicio (cuando corresponda).
9.22.2 MODO:
2.1.-Para proceder al pago, proveedor deberá presentar la correspondiente factura o boleta según corresponda, por los productos y/o servicios efectivamente recibidos conforme; ésta debe ir a nombre de:
a) Nombre: Corporación Nacional Forestal
b) RUT: 61.313.000-4
c) Dirección: Los Castaños 100 interior, sector Isla Teja, Valdivia
d) Giro: Incremento, conservación, manejo y aprovechamiento de recursos naturales.
9.22.3 PLAZO DE PAGO:
3.1.-El documento tributario será cancelado en un plazo no superior a 30 días corridos siguientes al de su presentación.
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9.23 PROHIBICIONES |
El Prestador de Servicios no podrá, ceder a cualquier título, los derechos u obligaciones del contrato a suscribir o subcontratar las actividades, salvo que esto se encuentre estipulado en el Contrato.
Queda estrictamente prohibido solicitar dineros, valores o bienes a los destinatarios de las actividades contempladas en el Contrato por servicios. Así mismo, se prohíbe obtener de ellos cesión de derechos por cualquier incentivo gubernamental, salvo autorización previa y escrita de la Dirección Regional y/o Provincial de CONAF correspondiente.
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9.24 PROPIEDAD INTELECTUAL |
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Los resultados de las actividades y procesos, así como documentos, registros y de cualquier tipo, producto del presente contrato constituyen propiedad intelectual de CONAF, y sólo podrán ser utilizadas, citando la fuente.
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9.25 SANCIONES |
1. El Adjudicatario podrá ser sancionado por parte de CONAF con una multa igual al 0,3% del valor bruto total del respectivo contrato; por cada día hábil de atraso en el desarrollo del trabajo contratado, de conformidad a los plazos señalados en la oferta y/o el contrato respectivo.
2. CONAF podrá poner término anticipado al respectivo contrato cuando existieren incumplimientos graves por parte del Adjudicatario, detallados en la sección término anticipado del contrato.
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10 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS |
10.1 CONSIDERACIONES GENERALES
La oferta para dos (2) Camiones Utilitarios doble cabina con capacidad de 8 pasajeros más chofer con capacidad de carga de 1.500 kilos, deberán considerar los siguientes elementos de cargo del contratista:
•Generalidades.
•Seguros.
•Mantenciones y reparaciones.
•Seguridad
•En lo relativo al conductor
10.1.1 Generalidades
a)El servicio será exclusivo para la CONAF y deberá estar en condiciones de uso inmediato durante las 24 horas de cada día durante toda la vigencia del contrato, debiendo contar la brigada permanentemente con el vehículo contratado, y un conductor habilitado aprobado por la CONAF, con licencia de conducción profesional A2,A4 o A5. Su base de operaciones será la Región de los Ríos, pudiendo desplazarse a cualquier zona del país, si las circunstancias así lo requieren.
b)Durante la temporada o período de prestación del servicio CONAF se reserva el derecho de cambiar las bases de operación asignada originalmente a los vehículos. Si el propietario del vehículo solicita, en casos especiales, retirar el móvil una vez terminado su turno, deberá comunicar al Jefe Sección Logística Regional o a la Central de Coordinación Regional (CENCOR), quienes evaluarán la pertinencia de acceder a dicha petición.
Por decisión técnica, basada en antecedentes climáticos o de personal, la temporada cierre anticipadamente o se extienda más allá de lo estimado, esta situación será avisada oportunamente.
c)Será obligación del contratista: en el evento en que esto ocurra, cancelar los gastos de peaje, los que serán repuestos por CONAF una vez al mes, previo visto bueno del Jefe de Brigada. Los cuales deberán coincidir con los informes mensuales entregados por este.
10.1.2 Seguros:
a)Conocido los resultados de la Selección, el proveedor deberá contratar a su costo, para cada vehículo los seguros respectivos, cubriendo por lo menos los riesgos indicados a continuación, hecho que deberá documentar mediante la entrega a CONAF de acreditaciones de las pólizas pertinentes, emitidas por la Compañías Aseguradoras.
•Daños propios de acuerdo al servicio a prestar
•Daños contra terceros (responsabilidad civil)
•Robos
•Seguro obligatorio contra daños físicos personales, establecidos por la Ley Nro.18.290 sobre accidentes personales causados por circulación de vehículos motorizados.
•Los deducibles de los seguros serán responsabilidad del arrendador, en todas las coberturas de la póliza.
b)La vigencia de las pólizas señaladas deberá cubrir el período de prestación del servicio, durante cada una de las temporadas. Si una de ellas venciera en ese período, el contratista estará obligado a su renovación inmediata, la cual también será de su cargo. Se deberá acreditar el pago total de la prima del seguro al momento de la suscripción del contrato.
c)Se recomienda al contratista, la contratación de una póliza de seguros que cubra los riesgos para circular en terrenos no habilitados para transitar a vehículos motorizados.
No obstante, lo anterior la Corporación se reserva el derecho de solicitar al contratista, en cualquier momento y dentro del período de la temporada de incendios, los documentos que acrediten la vigencia y situación al día de todas estas pólizas.
Visados o Autorizaciones:
a)El contratista deberá gestionar previamente y a su costo cualquier tipo de autorización o visado que las autoridades de Transporte, Municipales y/o Carabineros exijan o lleguen a exigir para transportar pasajeros en este tipo de vehículos. Estos documentos deberán estar disponibles antes del inicio del contrato. Estos documentos deberán estar disponibles antes del inicio del contrato.
b)Para la obtención de los permisos de circulación, revisión técnica y contratación del seguro obligatorio, el contratista dispondrá de no más de 12 horas, la cual será previamente autorizado por el Jefe Regional del Departamento de Protección Contra Incendios Forestales durante el mes que la ley hubiere habilitado para este fin.
10.1.3 Mantenciones y reparaciones
a)Cada vehículo dispondrá de un máximo de 24 horas por mes en curso, no acumulativo, a fin de efectuar mantenciones y/o reparaciones preventivas, pudiendo el contratista retirarlo de las labores por el tiempo indicado.
En todo caso, la oportunidad en que dicho tiempo pueda hacerse efectivo, será autorizada por el Jefe Regional del Departamento de Protección Contra Incendios Forestales o en su ausencia a través del funcionario Subrogante, quienes podrán actuar a través de la Central de Operaciones.
b)Será de cargo exclusivo del contratista los gastos de lubricantes, reparaciones, servicios de mantención, repuestos y cualquier otro gasto que provenga de daños o desperfectos que sufra o cause el vehículo.
c)Para todos los efectos el servicio se inicia en las oficinas del Departamento de Protección de Incendios Forestales ( Valdivia) , todos aquellos gastos derivados de los desplazamientos por motivos de reparaciones, mantenciones y/o revisiones, o aquellos solicitados por el contratista, serán de cargo de este último.
d)En el caso de fallas del vehículo, el contratista podrá corregirlas o repararlas utilizando el tiempo dispuesto en el punto en las bases. Si la reparación requiriese un tiempo superior a un día, el contratista deberá reemplazar por su cuenta el vehículo dañado, por otro de similares características y en lo posible con el mismo conductor. El reemplazo deberá realizarse inmediatamente de cumplido el plazo señalado, en caso de falta, CONAF queda facultada para contratar con cargo al propietario del vehículo que presta el servicio, un vehículo de reemplazo.
En todo caso CONAF descontará del contrato el valor proporcional correspondiente al número de días no trabajados, que superen el tiempo permitido para la mantención o reparación del vehículo.
e)En caso de accidentes será obligación del propietario gestionar los trámites de los Seguros señalados. De ser necesaria la reparación del vehículo y el daño no pudiera repararse en un tiempo de 24 horas el contratista deberá reemplazarlo por uno de similares características del que se encontraba operando, teniendo presente todo lo señalado en los puntos anteriores.
f)Será de cargo del contratista la implementación de la imagen corporativa en vehículo, la cual constara con adhesivos en ambos costados del vehículo con el logo del gobierno de Chile y mensaje ancla del departamento de Manejo del fuego, así como de la región de los Ríos el ejemplo se anexa a esta licitación.
g)Sera de cargo del contratista la implementación de un GPS, navegador satelital (seguimiento de flota), lo anterior para facilitar el desplazamiento y llegada a lugares en forma más rápida y óptima de las unidades (Brigadas).
10.1.4 Seguridad
Todos los vehículos requeridos deberán ser del año 2012 en adelante y deberán tener sistema de carga de 1500 kilos, dependiendo de su estado mecánico, sin perjuicio que la CONAF pueda efectuar otras revisiones técnicas en talleres definidos por la Corporación, a costo del proveedor, que le permitan asegurar el buen estado de las máquinas y la seguridad del personal a trasladar.
a)Todos los vehículos deben contar con Sistema de Aire acondicionado funcionando en perfectas condiciones.
b)Los vehículos ofrecidos deberán tener, al momento de la entrega a CONAF, todos los neumáticos en excelentes condiciones de caluga o huella grande (todo terreno), incluyendo el de repuesto. De no ser así, CONAF al momento de recepcionar el vehículo, exigirá los neumáticos nuevos.
c)Todos los vehículos deberán tener reforzado el sistema de amortiguación trasera (significa incorporar una doble hoja madre atrás).
d)Todos los vehículos deberán contar con:
•Foco busca-camino manual
•Chicharra indicadora de retroceso
•Baliza tipo barra de color ámbar.
•Winche eléctrico de 12.000 libras.
•Anclajes en carrocería para equipo Slim on thank.
•GPS, control de flota instalado y de cargo del contratista.
•Parachoques reforzados de fierro.
•Cinturones de seguridad para todos los pasajeros con sistema de carrete auto regulable.
•Cuatro Conos de una altura mínima de 50 cms.
•Chaleco reflectante
•Equipo extintor certificado con sello de laboratorio que indique la fecha de inspección y/o de mantención y demás señalizaciones de acuerdo al D.S .369.
•Botiquín en buen estado con material de primera atención básica sin medicamentos, limpios y protegidos.
•Imagen corporativa e identificación del móvil
10.1.5 En lo relativo al conductor
El Contratista deberá dar cumplimiento a los siguientes aspectos en lo relativo tanto para el conductor como su relevo:
a)Deberán acreditar experiencia en conducción defensiva (licencia de conducción profesional A2, A4 o A5), lo que se determinará con la fecha de obtención de la Licencia de conducir y la hoja de vida del conductor.
b)La hoja de vida del conductor no puede tener más de 3 multas gravísimas en los últimos 2 años.
c)Edad acorde y condiciones saludables con el trabajo en terreno
d)El Conductor no tendrá vínculo laboral con CONAF, siendo responsabilidad del contratista, el pago de las remuneraciones, horas extras, reemplazos, leyes sociales, etc.
e)Experiencia: El conductor debe conocer cabalmente el vehículo que conducirá (lo que se acreditará con una declaración jurada simple, suscrita por el conductor), y estar en posesión de licencia correspondiente, con una vigencia que cubra el período de contrato.
f)Acompañar certificado de hasta 3 años de antigüedad, que acredite la asistencia a un curso de manejo a la defensiva, o en su defecto, la Corporación otorgará, si lo estima conveniente y oportuno, una inducción ya sea directamente o por terceros, en manejo a la defensiva.
g)El conductor deberá acatar las instrucciones del Jefe de Brigada, respecto del uso del vehículo y cumplir con las disposiciones establecidas en el Reglamento de Orden Interno, Higiene y Seguridad, Reglamento Ley de Tránsito, Plan de Prevención de accidentes del Departamento de Prevención Contra Incendios Forestales.
h)La falta de cumplimiento del reglamento disciplinario, en lo referido a no acatar las instrucciones del Jefe de Brigada o incurrir en faltas a la moral, buenas costumbres y convivencia, que causen alteraciones al régimen interno de la brigada y que amenacen a la seguridad del personal de CONAF, será motivo suficiente para que la Corporación pueda exigir, a su juicio exclusivo, el reemplazo del conductor.
i)Estadía: esta será de cargo del contratista, excepto si este prestara servicios en una brigada que tuviera instalaciones para dicha estadía, en ese caso el contratista deberá proveer al conductor, ropa de cama y demás elementos necesarios para su permanencia en la brigada.
j)La alimentación del conductor será de cargo del contratista, excepto, si este cumple labores en una base de brigada, que tenga contemplada alimentación para sus brigadistas y de acuerdo al régimen alimenticio establecido para la brigada.
k)El conductor deberá acreditar que conoce toda la reglamentación del tránsito vigente y aplicable, en especial lo que se refiere a autorización de “Transporte de Personas” y que cumple con todas sus exigencias.
l)Conaf podrá exigir al conductor la rendición de un examen ante el Jefe Administrativo Regional o quien éste designe, para certificar su idoneidad y competencia, reservándose CONAF el derecho de solicitar el reemplazo del chofer, si se detectaran deficiencias que pudieren ser riesgoso para el trabajo a realizar.
m)El contratista una vez que se adjudicó la licitación deberá presentar una carpeta al DEPRIF que contenga:
•Contratos de trabajo de conductor actualizado.
•Obligación de informar de los conductores.
•Procedimientos de trabajo de los conductores.
•Registro de entrega de Equipo de Protección Personal de los conductores.
•Colilla de recepción del reglamento interno de la empresa de los conductores.
•Un ejemplar del reglamento interno de la empresa.
•Certificados de antecedentes de personal.
n)El Conductor deberá ser provisto por su empleador de:
•Calzado de seguridad (tipo bota con caña u otro modelo pero de seguridad).
•Overol Rojo o chaqueta pantalón de seguridad.
•Chaqueta reflectante tipo geóloga
•Polera manga larga protección UV.
•Antiparras
•Protección auditiva
•Bloqueador solar (factor 50 mínimo).
•Guantes
•Gorro tipo safari y casco
o)Recursos para imprevistos:
El contratista deberá proveer al conductor de un fondo en dinero efectivo permanente de $ 100.000 -, para solucionar y cancelar gastos imprevistos, reparaciones menores rápidas (correas de ventilador, fusibles, ampolletas, parches de neumáticos, etc.), debiendo reponer los montos que se vayan gastando en un plazo de 48 horas, contadas desde ocurrido el gasto.
Se deja establecido expresamente que tanto de la naturaleza del gasto, como de la custodia del fondo en efectivo señalado, CONAF no tendrá ninguna responsabilidad.
p)El combustible será con cargo de la Corporación Nacional Forestal, entregándose una tarjeta de combustible asociada al vehículo contratado.
q)Normativas Internas para el conductor.
•Conocer y cumplir lo estipulado en el , Anexo Especial DEPRIF, Reglamento Interno de Orden Higiene y Seguridad el cual podría ser consultado sobre los conocimientos que de él tenga, en una eventual auditoria interna de CONAF y/u observaciones de puestos de trabajo.
•Los requisitos y normativas que se exige al conductor titular, los deberá cumplir también el conductor de relevo.
•El conductor debe portar la siguiente información:
•Mutualidad donde está adherido su empleador
•Domicilio o morada particular
•Teléfono de algún familiar directo
•A qué medicamento es alérgico y grupo sanguíneo
•Prohibiciones del conductor
•Transportar terceras personas en el vehículo.
•Escuchar música con fonos.
•Hablar por celular.
•Fumar.
•Conducir con medicamentos que produzcan somnolencia.
•Desplazar el vehículo sin la autorización de la CENCOR.
•Abandonar el vehículo en actividades de incendios.
•Doblar turnos sin cumplir con el descanso establecido en las bases.
•No comunicar inmediatamente algún incidente o accidente que afecte a su persona, como también algún desperfecto mecánico del vehículo.
•Llegar en estado de intemperancia o trasnochado a recibir el turno.
•Desviarse de la ruta de la brigada, para realizar actividades ajenas a las laborales.
r)De las inspecciones a vehículos y observaciones a conductores
•CONAF, por intermedio de sus funcionarios, ya sea como parte de los Comités Paritarios, Prevencionista de Riesgo o Jefaturas del Depto. Protección Incendios Forestales, tendrán la facultad de efectuar los controles e inspecciones que se estimen convenientes, en lo que dice relación con el cumplimiento de las obligaciones del Contratista administrativas, legales, de seguridad e higiene. Al mismo tiempo la Corporación, podrá aplicar encuestas de satisfacción a los usuarios finales del servicio, una vez por temporada. El resultado de éstas y las acciones que la Corporación pueda tomar en consecuencia, se pondrá en conocimiento del contratista.
•Se inspeccionará por parte de los Comités Paritarios, Prevencionista de Riesgos o Jefaturas del Depto. Protección Incendios Forestales la conducción del chofer en el ámbito de las normativas del tránsito además, de las establecidas en el Reglamento Especial de Orden Higiene y Seguridad para Manejo del Fuego sobre el transporte terrestre y de vehículos desde el Art.118 al Art.133
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11 VALORIZACIÓN DEL ARRIENDO |
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11.1 Los oferentes deben incluir en su oferta, el valor de arriendo por cada vehículo (arriendo). Como referencia, se establece que el monto mensual disponible para cada camión en arriendo es de $ 2.500.000 IVA incluido.
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