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BASES ADMINISTRATIVAS |
- BASES ADMINISTRATIVAS LICITACIÓN:
3.1 ANTECEDENTES GENERALES DE LA LICITACION.
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Nombre de la Adquisición
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CONVENIO ARRIENDO DE 14 CAMILLAS PARA SERVICIO UEH
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Objeto de la Licitación
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Conforme a Ley de Compras Públicas Nº19.886, el reglamento, sus modificaciones y su modernización, el Hospital Dr. Rafael Avaria Valenzuela de Curanilahue a través del Departamento de Abastecimiento y Logística, invita a los oferentes, personas naturales o jurídicas y Uniones Temporales de Proveedores, a participar en la licitación pública para contar con una Empresa externa, que provea de bienes o servicios, para el Hospital de Curanilahue y la red del Servicio de Salud, determinado los requisitos administrativos mínimos para participar en la propuesta y garantizar con este mismo instrumento la calidad y entrega del servicio requerido.
Las Bases Administrativas, Anexos y todas las contempladas en el ID 2098-38-LP25, establecen las condiciones que regirán la Licitación y el posterior convenio que se celebre para dar cumplimiento a este objeto.
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Tipo de Adquisición
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Publica – Licitación pública igual o superior a las 1000 UTM. e inferior a las 2000 UTM (LP)
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Tipo de Convocatoria
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Abierta
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Moneda
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Pesos chilenos
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Etapas del proceso de apertura de las ofertas
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Una (apertura de oferta técnica y económica en un solo Acto), que se efectuará a través del sistema de información www.mercadopublico.cl
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Opciones de Pago
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Transferencia electrónica
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Publicidad de los anexos técnicos
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si
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3.2 ORGANISMO LICITANTE
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Razón social
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Hospital de Curanilahue
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Unidad de Compra
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Hospital Curanilahue
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RUT
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61.602.211-3
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Dirección
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Avda. Bernardo O’Higgins #111
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Comuna
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Curanilahue
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Región
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Del Bio Bio
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3.3 PRESUPUESTO DISPONIBLE
El Hospital de Curanilahue requiere del “CONVENIO ARRIENDO DE 14 CAMILLAS PARA SERVICIO UEH” para un periodo de 24 meses, cuyo presupuesto corresponde a un total de $86.568.216. (Ochenta y Seis Millones Quinientos Sesenta y Ocho Mil Doscientos Dieciséis Pesos) IVA incluido, correspondiente al período total de duración del Contrato, es decir 24 meses y distribuidos de la siguiente manera:
Ítem presupuestario Nº22-09-005-002 “ARRIENDO DE MÁQUINAS Y EQUIPOS CLÍNICO”
3.4 SERVICIOS REQUERIDO
El Hospital de Curanilahue requiere Adquirir CONVENIO ARRIENDO DE 14 CAMILLAS PARA SERVICIO UEH.
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DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO
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Cantidad
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CONVENIO ARRIENDO DE 14 CAMILLAS PARA SERVICIO UEH
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24 MESES
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3.5 DEFINICIONES
Para la correcta interpretación de los documentos de la contratación, se establece el significado o definición de los siguientes términos:
Días corridos: Son los días de la semana que se computan uno a uno en forma correlativa, y que es el tiempo que deberá presentar su oferta el proveedor.
Días Hábiles: Son todos los días de la semana, excepto los sábados, domingos, y festivos.
Documentos Oficiales: Certificados, resoluciones, oficios y circulares emitidos por la autoridad pública.
HRAV: Hospital Dr. Rafael Avaria Valenzuela de Curanilahue.
Oferente: Proveedor que participa en un Proceso de Compras, presentando una oferta o cotización.
Proveedor: Persona natural o jurídica, chilena o extranjera, o agrupación de las mismas, que puedan proporcionar bienes y/o servicios a las Entidades.
Bases: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen el conjunto de requisitos, condiciones y especificaciones, establecidos por la Entidad Licitante, que describen los bienes y servicios a contratar y regulan el proceso de compras y el contrato definitivo. Incluyen las Bases Administrativas y Bases Técnicas.
Contrato: Documento que debe contener la individualización del contratista, las características del bien y/o servicio contratado, el precio, el plazo de duración, las garantías, si las hubiere, las medidas a ser aplicadas por eventuales incumplimientos del proveedor, así como sus causales y el procedimiento para su aplicación, causales de término y demás menciones y cláusulas establecidas en las Bases.
Orden Compra: Orden de ejecución de los bienes o servicios contratados generadas a través del portal www.mercadopúblico.cl
Unidad Técnica: Para efectos de la presente Licitación Pública se entenderá como Unidad Técnica para todos los fines a Encargado de Equipamiento Clínico, funcionario del Hospital Rafael Avaria de Curanilahue, quien estará a cargo de la Supervisión del presente Contrato y cuyas funciones se detallan en numeral 3.22 de las presentes bases administrativas. Esta profesional podrá incluir personal técnico del área, ya sea para la evaluación o aclaración de algún aspecto específico.
Lo anterior, sin perjuicio de lo establecido en el decreto N°250 del año 2004, del Ministerio de Hacienda que contiene el Reglamento de la Ley 19.886.
3.6 DATOS BÁSICOS DE LA LICITACIÓN
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Normativa Aplicable:
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Esta Licitación se rige por las bases, conjuntamente con las consultas, respuestas y aclaraciones, ordenes de compra, contratos y demás documentos del proceso licitatorio que se publicaran en el portal de compra publicas www.mercadopublico.cl y en lo previsto por éstas, por las normas de la ley 19.886, su reglamento y su modernización Ley 21.634.
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Participantes:
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Podrán participar en la presente licitación, personas naturales, jurídicas, uniones temporales de proveedores (de acuerdo a lo establecido en el artículo 67 bis del reglamento), y Personas Jurídicas constituidas según lo establecido en la Ley N°20.659, que realicen sus propuestas a través de los medios establecidos por la Ley Nº19.886.
En consecuencia, las uniones temporales de proveedores cuando se trate de adquisiciones iguales iguales o superiores a las 100 UTM. e inferior a las 1000 UTM, las uniones temporales de proveedores deberán adjuntar en forma previa a la suscripción del contrato, la escritura pública en la cual conste el acuerdo de constitución de la unión temporal de proveedores. En dicho documento se deberá establecer, además, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad, y se deberá nombrar un representante o apoderado común con poderes suficientes. En todo caso, la vigencia de la unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado.
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Requisitos Que Deben Cumplir Los Proveedores
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REQUISITOS MÍNIMOS PARA OFERTAR.
- No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en el código Penal dentro de los dos años anteriores a la fecha de la presentación de la oferta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 de la ley de compras. Para acreditar el cumplimiento de estos requisitos, el Hospital de Curanilahue podrá verificar esta información a través de los medios oficiales disponibles para el efecto.
- Asimismo, el oferente No haber sido condenado por el Tribunal de defensa de la Libre Competencia a la medida dispuesta en la letra d) del artículo 26 del decreto con fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N°211 de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia.
- Lo dispuesto en los dos párrafos precedentes deberá ser acreditado por el oferente mediante la presentación de una declaración jurada. Para ello, el oferente (y el integrante UTP que ingrese la oferta en el Sistema tratándose de ofertas efectuadas bajo modalidad UTP) deberá efectuar dicha declaración de manera completamente electrónica o a través del formato de declaración denominado ¨Declaración jurada de requisitos para ofertar¨, solo respecto de la sección "inhabilidades por condena", el que se encuentra disponible en el módulo de presentación de las ofertas del Sistema de información www.mercadopublico.cl, En el caso de los integrantes UTP que no corresponden o aquél que realice el ingreso de la oferta en el Sistema de información, igualmente deberán dar cumplimento o esto exigencia. Con todo, la entidad licitante podrá verificar esta información, en cualquier momento, a través de los medios oficiales disponibles.
- En caso que el oferente no dé cumplimiento a la exigencia señalada precedentemente, ya sea que no complete debidamente la declaración jurado online, en los casos que proceda, se configurará un incumplimiento respecto de lo establecido en la presente cláusula, por lo que dicha oferta será declarada inadmisible. y no será parte del proceso de evaluación de ofertas.
- Adicionalmente, no podrán participar de la presente licitación aquellos oferentes que se encuentren en alguno de las situaciones descritas en el artículo 4, inciso sexto, de la Ley N'19.886, el cual establece que "Ningún órgano de lo Administración del Estado y de las empresas y corporaciones del Estado o en que éste tengo participación, podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidos q ellos por los vínculos de parentesco descritos en lo letra b) del artículo 54 de la ley N" 78,575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de lo Administración del Estado, ni con sociedades de personas de los que aquéllos o éstos formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstos sean accionistas, ni con sociedades anónimos objetos en que aquéllos o éstos sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. En caso de que el oferente se encuentre en alguna de las situaciones ahí señalados en virtud de lo dispuesto en el artículo cuarto, inciso sexto, de la Ley de Compras Públicos, se configurará un incumplimiento respecto de lo establecido en la presente cláusula, por lo que dicha oferta será declarada inadmisible, y no será parte del proceso de evaluación de ofertas.
- Tratándose exclusivamente de personas jurídicas, no podrán ofertar con organismos del Estado, aquellos que hayan sido condenados por los delitos previstos en el artículo 27 de la ley N°19.973, en el artículo 8° de la ley N°18.374 y en los artículos 250 y 257 bis del Código penal, o la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado. La Hospital de Curanilahue verificará esta información o través del Registro que se llevó para tal efecto, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N°20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y cohecho que indica.
- No podrán participar en la presente propuesta aquellas personas naturales o jurídicas que se encuentren inhabilitadas para contratar con la administración, conforme a lo dispuesto en los artículos 35°quáter, 35°quinquies, 35°septies de la ley 21.634, que moderniza la ley 19.886.
- En caso que el proponente oferte bajo la figura de Unión Temporal de Proveedores (UTP), el Hospital de Curanilahue verificara la información a través de dicho registro para cado uno de los integrantes de la UTP.
REQUISITOS PARA SER CONTRATADO.
- Encontrarse inscrito y hábil en Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración, en adelante “Registro de proveedores”, al momento de celebrar los respectivos contratos con las entidades contratantes. Adicionalmente, deberán presentar y acreditar en el registro de Proveedores, salvo en aquellos casos en que se requiera acreditar al Hospital de Curanilahue, los siguientes documentos:
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Si el proveedor adjudicado es persona natural
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a) Fotocopia Simple de la cédula de Identidad del proponente.
b) Declaración Jurada de Cumplimiento de obligaciones laborales (Anexo para contratar)
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Si el proveedor adjudicado es persona Jurídica
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a) Certificado de vigencia de la Sociedad con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación u otro documento que acredite la existencia jurídica del oferente, considerando la vigencia ya señalada.
b) Certificado de vigencia del poder del representante legal, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador correspondiente o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro documento que acredite la vigencia del poder del representante legal del oferente, considerando la vigencia ya señalada.
Nota: Las Uniones Temporales de Proveedores deberán entregar todos estos documentos respecto de cada uno de sus integrantes. Asimismo, el apoderado de ésta deberá tener poder suficiente, lo cual deberá constar en los documentos legales que se presenten y que respalden la constitución de dicha figura, de acuerdo con el artículo 67 bis del reglamento de la Ley N°19.886.
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Unión Temporal De Proveedores
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En este caso, quienes la componen todos sus integrantes deben cumplir con los mismos requisitos exigidos, ya sea si corresponde a persona natural o jurídica.
a) Declaraciones Juradas Simples debidamente firmadas, que acredite que cada uno de los integrantes de la Unión Temporal no se encuentra afecto a la inhabilidad establecida en el artículo 4 incisos 1° y 6° de la ley 19.886
b) Escritura Pública, si corresponde, en la cual conste el acuerdo de la Unión Temporal para participar en la presente licitación.
c) Registro de Registro de proveedores del Estado de cada miembro de la Unión Temporal.
d) En caso de que uno o más integrantes sean personas jurídicas deberán presentar declaración jurada de no haber sido condenados por los delitos previstos en la ley de Responsabilidad Penal N. 20.393
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Computo de los Plazos para proceso Licitatorio
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Todos los plazos son de días hábiles, salvo en aquellos casos en que expresamente se indique que los plazos son de días corridos, específicamente en las ofertas de los oferentes.
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Idioma:
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Español
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Comunicación con el HRAV.:
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Exclusivamente a través del portal Web Mercado Público.
Las consultas serán realizadas a través de la funcionalidad “Preguntas y respuestas” que aparece en la ID del Sistema de Informaciones de Compras y Contrataciones Públicas del sitio Web señalado, y sus respectivas respuestas serán efectuadas por el mismo medio, hasta la fecha y hora señalada en www.mercadopublico.cl
El Hospital podrá solicitar a los oferentes, a través del denominado foro inverso disponible en el portal www.mercadopublico.cl, aclaraciones con respecto a sus ofertas o la complementación de alguna información. Las aclaraciones que se pidan o que se den, o la información que se solicite o acompañe, no podrán alterar la oferta o el precio de la misma, ni violar el principio de igualdad entre los oferentes y el principio de estricta sujeción a las Bases.
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Soporte de Documentos:
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Soporte digital, excepcionalmente se podrá utilizar soporte papel en los casos expresamente permitidos por estas Bases o por la ley de compras y su reglamento.
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3.7 GASTOS
Los gastos en que incurran los oferentes con motivo de la presente licitación, sea para presentar oferta, para la adjudicación, durante la firma del contrato y la ejecución del mismo, serán de su exclusivo cargo, sin derecho a ningún tipo de reembolso por parte del Hospital Dr. Rafael Avaria V. de Curanilahue.
3.8 DOCUMENTACIÓN QUE RIGE LA LICITACIÓN
Esta Licitación se rige por lo previsto en la Ley N°19.886, su reglamento aprobado por Decreto N° 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda y Ley N°21.634, que moderniza la ley de compras y los documentos que a continuación se indican:
a) Bases administrativas, Bases técnicas y Anexos
b) Modificación a las bases, que eventualmente podrá hacer el HRAV a través del documento formal denominado “Modificación de Bases”.
c) Consultas y Respuestas realizadas a través del foro del proceso de licitación.
d) Aclaración a las ofertas que hayan sido solicitadas por el HRAV.
Los documentos que a continuación se detallan, formarán parte integrante de la licitación y posterior contrato:
a) Resolución que aprueba Bases
b) Bases Administrativas
c) Bases Técnicas
d) Anexo de Licitación
e) Resolución que designa Comisión Evaluadora
f) Cuadro comparativo
g) Acta de Evaluación
h) Resolución de adjudicación.
i) Declaración Jurada
j) Documentos que garanticen el fiel cumplimiento del contrato.
k) Los documentos exigidos en las presentes Bases.
l) Contrato, orden de compra y/o resolución que lo aprueba.
3.9 ETAPAS Y PLAZOS
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ETAPA DE PREGUNTAS
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Las consultas que deseen efectuar los proponentes se efectuarán sólo a través del Foro del portal web Mercado Público, transcurrido 1 día desde la fecha de publicación y hasta transcurridos a lo menos 6 días corridos desde la fecha de publicación, en caso que la fecha coincida con día sábado, domingo o festivo considerar el día hábil siguiente.
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RESPUESTAS
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Las respuestas a las interrogantes que pudiesen presentarse en la etapa indicada en el punto anterior, serán publicadas como plazo máximo el tercer día hábil posterior al cierre del periodo de consultas; vía portal web Mercado Público.
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FECHA DE CIERRE
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Las ofertas Técnicas y económicas se recibirán electrónicamente en el portal web Mercado Público a lo menos 10 días corridos, contados a partir de la fecha de publicación de la licitación en el portal y hasta las 17:00 horas del último día. En caso que la fecha coincida con día inhábil, esta se considerará para el día hábil siguiente; en caso de que la fecha de cierre coincida con un día lunes o día siguiente a un feriado, esta no podrá ser antes de las 15:00 hrs.
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APERTURA ELECTRÓNICA
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Se procederá a la apertura electrónica de las ofertas en una etapa dentro del día a la fecha de cierre de la licitación, oportunidad en la cual se deberá realizar las siguientes acciones establecidas en el Portal Mercado Público, para validar las ofertas.
Verificar que los oferentes hayan ingresado en forma electrónica, junto a la oferta económica, los formularios administrativos y técnicos solicitados.
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PLAZO COMISIÓN DE EVALUACIÓN
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Para la evaluación y adjudicación, de la propuesta, la comisión de evaluación emitirá un informe completo de evaluación, dentro de los días corridos siguientes a la fecha de apertura electrónica
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PLAZO ADJUDICACIÓN
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La Licitación será adjudicada dentro de los 30 días corridos siguientes a la fecha de apertura electrónica.
Si por causas no imputables al HRAV, las que serán oportunamente informadas, no se puede cumplir con la fecha indicada de adjudicación de las presentes bases de licitación, el Complejo Asistencial publicará una nueva fecha en el Portal Mercado Público informando allí las razones del atraso.
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3.10 PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
a). Los oferentes deberán presentar sus ofertas sólo a través www.mercadopublico.cl. Las únicas Ofertas válidas serán las presentadas a través del portal electrónico de compras públicas, no se aceptarán Ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases. Sólo en el caso de que se produzca alguna indisponibilidad técnica en el sistema www.mercadopublico.cl., para lo cual el organismo de dirección de compra emitirá su respectivo certificado que acredite dicha indisponibilidad. Y Será responsabilidad de los Oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus Ofertas.
b). Las ofertas que no se presenten dentro del plazo indicado en el portal www.mercadopublico.cl no podrán participar en esta Licitación. Asimismo, el Hospital Dr. Rafael Avaria V. de Curanilahue, excluirá del proceso aquellas ofertas que no cumplan los requisitos y condiciones establecidas en estas Bases.
c). Los oferentes deben constatar que el envío de sus ofertas técnicas y económicas a través del portal electrónico de compras públicas haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los Formularios Anexos requeridos, para ello se debe verificar el posterior despliegue automático del “Comprobante de Envío de Oferta” que se entrega en dicho Sistema.
d). Los oferentes participantes de esta licitación deberán obligatoriamente presentar en su oferta todos los requisitos solicitados, y documentación en general que será considerada para la evaluación.
e). La sola presentación de la oferta, implicará por parte del oferente la aceptación de todas y cada una de las condiciones señaladas en las presentes Bases y en las Especificaciones Técnicas, en cuanto le sean aplicables.
f). Se deberá indicar plazo o fecha de vigencia de la oferta, la cual deberá tener una validez mínima de 60 días hábiles a partir de la fecha de la apertura electrónica. De no incluirse este plazo, se entenderá que es este plazo mínimo.
Los oferentes deberán presentar a través del portal www.mercadopublico.cl, en la sección “Anexos”, su Oferta Económica mediante Anexo Nº2 denominado “Formulario de oferta Económica”
Presentación Oferta Administrativa:
Los oferentes deberán presentar a través del portal www.mercadopublico.cl, en la sección “Anexos”, en su Oferta Administrativa, uno o más archivos con la siguiente información:
a) Anexo Nº1: Identificación del Oferente
b) Anexo N°4: Ficha Ejecutivo de Venta
c) Anexo N°5: Plazo de entrega, Representación de la marca y Garantía
Propuesta Técnica:
a) Anexo N°3: Formulario Oferta Técnica
Propuesta Económica:
a) Las ofertas deberán ser especificadas en el portal a valor neta MENSUAL por el servicio requerido y detallado en Anexo N° 2,
b) El precio que se indicará resolución de adjudicación y publicará en el Portal de Mercado Público.
c) El oferente deberá completar todos los riesgos, contingencias y demás factores o circunstancias que puedan afectar el monto de su propuesta económica.
3.11 REQUISITOS PARA OFERTAR
a). Completar y subir a su oferta en el Portal todos los formularios que componen la oferta que se encuentran en numeral 3.10 de bases administrativas. Hospital de Curanilahue.
b). Aquel oferente que no cumpliera con lo señalado en el inciso anterior, su oferta será declarada inadmisible.
c). Ofrecer servicios que cumplan con todas las especificaciones solicitadas en las bases de Licitación.
3.12 MODIFICACIONES A LAS BASES
El Hospital Dr. Rafael Avaria V. de Curanilahue podrá modificar y/o hacer aclaraciones a las Bases de esta licitación pública, hasta antes de la fecha de cierre de la misma, por propia iniciativa, a objeto de precisar o complementar elementos de su contenido que, a su juicio, no hayan quedado suficientemente claros, y/o a causa de las consultas realizadas a través de la Plataforma de Compras, otorgando un plazo prudente para que los oferentes incorporen estas modificaciones en sus ofertas, de esta manera propender a recibir mejores ofertas. Asimismo, si el número de ofertas presentadas al cierre de la publicación es inferior a 3 (tres), el Hospital Dr. Rafael Avaria V. de Curanilahue podrá ampliar el plazo de recepción de éstas en la opción automática de la plataforma, donde dice: “Si a la fecha de cierre de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas por el artículo 25, inciso final, del reglamento de la ley 19.886.”, con el propósito de permitir la mayor participación de oferentes.
3.13 CONSULTAS POSTERIORES AL CIERRE DE LA LICITACIÓN Y ANTES DE LA ADJUDICACIÓN
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas y antes de su adjudicación, el Hospital podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Estas consultas serán realizadas a través de la modalidad del “FORO INVERSO” del portal de compras.
Los oferentes, tendrán un plazo máximo de 48 horas, para responder lo solicitado por el Hospital, no se considerarán las respuestas recibidas una vez vencido dicho plazo.
De acuerdo a lo indicado en los criterios de evaluación y las presentes bases de licitación, aquel o aquellos proveedores que presentarán antecedentes administrativos fuera de plazo, serán sancionadas en el puntaje correspondiente de acuerdo a lo indicado en el numeral 3.15, letra E) de las presentes bases “EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE LAS OFERTAS / Criterios de Evaluación / Cumplimientos de Requisitos Formales”.
3.14 DE LA APERTURA ELECTRÓNICA DE LAS OFERTAS Y LA COMISIÓN EVALUADORA
La apertura electrónica de las ofertas administrativas, económicas y técnicas se realizará en el portal de Compras del Estado y en este caso serán aceptadas o rechazadas de acuerdo a si se ajustan a lo solicitado o no, la evaluación técnica de los antecedentes ofertados, serán analizados por una comisión compuesta por funcionarios del Hospital, que será la responsable de evaluar y seleccionar las oferta más conveniente, conforme a los criterios de evaluación establecidos en las presentes Bases, los funcionarios a cargo de la evaluación son los siguientes:
- Encargado Equipamiento clínico, o quien lo subrogue,
- Subdirector Administrativo, o quien lo subrogue.
- Jefe de Abastecimiento y Logística o quien lo subrogue.
En caso de ser necesario, la comisión podrá requerir asesoría del Departamento de Jurídica del Servicio de Salud Arauco, quien emitirá un informe respecto a lo consultado.
En caso de ser necesario, la comisión podrá requerir asesoría de personal contratado a Honorarios, quienes podrán ser incluidos en dicha comisión de acuerdo a lo establecido en el articulo 37° del reglamento de compras.
La comisión evaluadora en conformidad a las atribuciones entregadas de acuerdo a este numeral y demás antecedentes de las presentes Bases Administrativas, tendrá las siguientes facultades:
a) Resolver dudas o discrepancias que puedan surgir en relación a la interpretación o aplicación de las presentes Bases Administrativas o Ficha del Portal Mercado Publico.
b) Solicitar a los oferentes las aclaraciones a sus propuestas que estime necesarias, para una correcta evaluación de las mismas, las que deberán ser canalizadas e informadas al resto de los oferentes a través del Sistema de información. Las solicitudes de aclaraciones y sus respuestas se comunicarán a los demás oferentes, para que estos tomen conocimiento de las mismas. El ejercicio de esta facultad no podrá implicar desequilibrios o incumplimiento del principio de igualdad de los oferentes y se orientará a proporcionar antecedentes para la adecuada evaluación y comprensión de las propuestas. Exceptuándose las situaciones descritas precedentemente durante el periodo de evaluación, los oferentes no podrán mantener contacto alguno con la Comisión Evaluadora.
Finalmente, los integrantes de la comisión, emitirán un acta de evaluación y propuesta de adjudicación.
3.15 EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE LAS OFERTAS
Evaluación de las Ofertas:
Se considerarán, para efectos de la evaluación, aquellas ofertas que contengan claramente la información requerida y que además correspondan a los servicios solicitados en esta licitación. Aquellas ofertas que no cumplan con los requerimientos solicitados, quedarán marginadas de la propuesta y no serán consideradas en las etapas de evaluación técnica y económica.
La pauta de Evaluación que utilizará la Comisión de evaluación, dentro del proceso será la siguiente:
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CRITERIO
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PONDERACIÓN
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PRECIO
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25%
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REPRESENTACION DE LA MARCA
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30%
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PLAZO DE ENTREGA
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35%
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CUMPLIMIENTO PROGRAMA DE INTEGRIDAD DEL OFERENTE
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5%
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CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES
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5%
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PORCENTAJE TOTAL
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100%
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- Precio (25%):
Se pondera el precio más bajo de los ofertados como referencia y disminuye el puntaje de los otros oferentes a medida que el precio ofertado se aleja de la propuesta más baja, la cual se evalúa de la siguiente forma:
Mejor oferta económica: precio mínimo ofertado/oferta evaluada*25
Los oferentes deberán completar y subir en el portal, su oferta en el Anexo N°2, la oferta económica debe ser en pesos chilenos por el valor semestral de mantención preventiva neta para el servicio requerido en anexo N°2. Se considerará la sumatoria neta unitaria del servicio ofertado, por lo tanto, aquella oferta que no ingrese el valor del servicio requerido en anexo N°2 será declara inadmisible.
- Representación de la marca (30%):
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CALIDAD DEL SERVICIO
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Presenta certificado de representación de la marca y/o certificado de soporte técnico del equipo, mediante el cual certifique soporte calificado del mantenimiento del equipo detallado en línea de producto: 30%
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No presenta certificado de representación de la marca y/o certificado de soporte técnico del equipo, mediante el cual certifique soporte calificado del mantenimiento del equipo detallado en línea de producto: 0%
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- Plazo de entrega (35%):
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PLAZA DE ENTREGA
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El puntaje en este criterio se asignará de la siguiente forma:
(MEJOR PLAZO DE ENTREGA/ PLAZO EVALUADO) *100
Su resultado se multiplicará por el ponderador del criterio (15%)
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- Cumplimiento programa de integridad del oferente (5%)
En armonía con la Directiva de contratación N°31 sobre Código de Ética para Proveedores del Estado, en la cual se requiere que los proveedores adhieran a altos estándares éticos, respetando la normativa vigente en normas Públicas, y comprometiéndose en no incurrir en malas prácticas corruptas y/o delictivas como el cohecho, la adulteración de documentos, infracciones a la propiedad intelectual y/o industrial, violación a los derechos fundamentales de los trabajadores, y el incumplimiento de normas ambientales entre otros; se solicita a oferentes adjuntar a oferta programa de integridad suscrito.
El puntaje en este criterio se asignará de la siguiente forma:
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DETALLE PARA LA EVALUACIÓN
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PUNTAJE
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86
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5%
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Oferente no presenta certificado acreditando capacitación en programa de integridad
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0%
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MEDIO DE VALIDACIÓN:
- Certificado de capacitación en programa de integridad, ética o compliance. Estos programas deberán considerar a lo menos las siguientes temáticas: Conflictos de interés, Contribuciones políticas, Contribuciones de caridad y patrocinio y Regalos, Hospitalidad y gastos de presentación.
- Política interna del oferente asociado a programa de integridad, códigos de ética y/o compliance: que presenten códigos de ética y conducta internos, y medidas de mitigación de corrupción, tal como, establecimientos de procedimientos detallados y definidos, orientaciones, implementación de procesos de gestión de riesgos, mecanismos de supervisión y monitoreo, transparencia.
- Cumplimiento requisitos formales (5%)
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CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES
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Cumple con todos los requisitos formales: 5%
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No cumple con todos los requisitos formales: 0%
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OBSERVACIÓN: Aquel oferente que no cumpla con la totalidad de los requerimientos técnicos indicados en estas bases, oferta SERÁ DECLARADA INADMISIBLE
Los oferentes deberán cumplir con todo lo solicitado en el numeral 3.10 “Presentación Oferta Administrativa”, “Presentación Oferta Técnica” y Propuesta Económica, de las presentes bases.
3.16 ADJUDICACIÓN DE LA LICITACIÓN
3.16.1 En cuanto a la inadmisibilidad de las ofertas y Deserción de la licitación: El Hospital de Curanilahue deberá declarar inadmisible cualquier oferta presentada que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases, sin perjuicio de la facultad del Hospital de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes Bases, la cual será evaluada por la comisión.
Podrá, además, declarar desierta la licitación pública, cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses y/o excedan la capacidad presupuestaria del Hospital; en estos últimos casos, dichas declaraciones se manifestarán mediante Resolución Fundada.
La adjudicación o deserción será publicada en el Portal www.mercadopublico.cl, señalando el nombre del oferente seleccionado por el Hospital Dr. Rafael V. de Curanilahue.
Está licitación se adjudicará a la oferta que obtenga el mayor puntaje, de acuerdo a los criterios de evaluación indicados en las presentes Bases.
3.17.2 En cuanto a Resolución de Empates: Si el máximo puntaje final fuera compartido por dos o más oferentes, el Hospital Dr. Rafael Avaria V. de Curanilahue adjudicará la oferta con mayor puntaje en el criterio de evaluación “Plazo de entrega”. De persistir la igualdad, la licitación se adjudicará a la oferta que presente el más alto puntaje en el criterio de evaluación “Representación de la marca”. De persistir la igualdad, la licitación se adjudicará a la oferta que presente el más alto puntaje en el criterio de evaluación “Precio”. De persistir la igualdad, la licitación se adjudicará a la oferta que presente el más alto puntaje en el criterio de evaluación “Cumplimiento programa de integridad del oferente”. De persistir la igualdad, la licitación se adjudicará a la oferta que presente el más alto puntaje en el criterio de evaluación “Cumplimiento de Requisitos Formales”. En caso que siguiere persistiendo la igualdad, la licitación finalmente se adjudicará al oferente que ingrese primero su oferta según licitación ID 2098-38-LP25 a través del portal www.mercadopublico.cl.
Para este efecto el Hospital Dr. Rafael Avaria V. de Curanilahue emitirá una Resolución de Adjudicación, la cual se publicará en el portal de compras del Estado www.mercadopublico.cl, de acuerdo a la normativa vigente.
La notificación de la Resolución de Adjudicación, se entenderá realizada, luego de las 24 horas. Transcurridas desde que el Hospital Dr. Rafael Avaria. V. de Curanilahue publique dicha Resolución en el portal de compras www.mercadopublico.cl.
En caso que la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en las presentes Bases de licitación, el Hospital Dr. Rafael Avaria V. de Curanilahue informará en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar, y se indicará el nuevo plazo para la adjudicación del oferente seleccionado.
3.17 READJUDICACIÓN
El Hospital de Curanilahue, tendrá la facultad de readjudicar la licitación realizando la reevaluación de las ofertas recibidas, descartando del análisis, la oferta inicialmente adjudicada, para readjudicar la oferta más conveniente, conforme a los criterios de evaluación establecidos en bases, y así sucesivamente, dejando sin efecto la adjudicación previa, en los siguientes casos:
- En caso de que el proveedor adjudicado desista de su oferta;
- no cumpla con los requisitos establecidos en las Bases para contratar;
- no se inscriba o no se habilite en el registro de proveedores del estado, en un plazo de 10 días hábiles posteriores a la adjudicación;
- se rehúse a suscribir el contrato;
- no haga entrega de la garantía de fiel cumplimiento del contrato en el plazo establecido para ello,
Además, en el caso de las Uniones Temporales de Proveedores (UTP)
- Si el adjudicatario es una unión temporal de proveedores y no adjunta la escritura pública (Notarial) si correspondiere, en la que conste el acuerdo que cumpla con los requisitos mínimos establecidos en el numeral 3.5 de las presentes bases de licitación.
- Si el adjudicatario es inhábil para contratar con la Administración del Estado, en los términos establecidos en el artículo 4° de la Ley de Compras o no entrega los documentos que le sean requeridos para acreditar dicha condición.
- Si el adjudicatario no se inscribe en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, en un plazo de 15 días hábiles posteriores a la adjudicación.
3.18 CONTRATO
Se suscribirá un contrato entre el Hospital Dr. Rafael Avaria V. de Curanilahue y el oferente adjudicado que señalará las obligaciones del adjudicatario conforme a las Bases y su oferta. El contrato será confeccionado por la Unidad de Asesoría Jurídica del Servicio de Salud Arauco en un plazo de 15 días hábiles una vez generada la adjudicación en portal de mercado público y en él se establecerán las cláusulas que regirán el convenio y lo adjudicado, incluyendo derechos y obligaciones de los adjudicatarios, los que deberán ser concordantes con lo estipulado en las presentes bases. De ser necesario, el Adjudicatario deberá adjuntar la documentación legal que le requiera la Unidad de Asesoría Jurídica en un plazo de 5 días hábiles contados desde que se solicita.
El oferente adjudicado deberá firmar el Contrato dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha en que se le comunique que está disponible para ello por el Departamento de Asesoría Jurídica y/o desde que reciba la copia o borrador para su firma. Los gastos por concepto de firmas de o los contrato (s) serán a cargo exclusivo del adjudicatario.
Si el oferente adjudicado no suscribe el contrato dentro del plazo establecido en el párrafo anterior, se entenderá que desiste de su realización, por lo tanto, el Hospital procederá a re-adjudicar de acuerdo al numeral 3.17 de las presentes Bases. En los casos que el Hospital opte por una o más readjudicaciones, ante el desistimiento del oferente adjudicado, se hará efectiva la garantía por seriedad de la oferta, de acuerdo a lo establecido en las presentes Bases.
Al momento de contratar con el Estado, el adjudicado deberá acompañar un certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y de remuneración. En el evento de que se encuentre incorporado en algún registro por incumplimientos laborales o de remuneraciones, o no acompañe los referidos certificados, no podrá contratar con el Estado mientras no subsane el incumplimiento que lo afecte, conforme al artículo 6° de la ley n°21.289 de presupuestos vigente para esta anualidad.
3.19 DOMICILIO DEL OFERENTE
Aun cuando no se exprese en el Contrato, el oferente constituye domicilio en la ciudad de Curanilahue, en calle Av. Bernardo O’Higgins 111, para todos los efectos de cualquier acto jurídico que pueda tener con el Hospital.
3.20 CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN
El adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación, y en especial lo que se establecerá en el contrato definitivo, sin perjuicio de lo establecido en la ley 20.123 y Art. 74 del Decreto 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba Reglamento Ley 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios.
La infracción de esta prohibición será causal inmediata de término del contrato, sin perjuicio de las acciones legales que procedan de acuerdo con lo establecido en la cláusula N°3.21 “Término Anticipado del contrato”, número 6 en su letra a).
Con toda la empresa adjudicataria deberá ser la que efectivamente preste los servicios contratados, no pudiendo ceder de hecho a un tercero la ejecución de aquellos.
3.21 TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
De conformidad con lo previsto en el artículo 13 de la Ley N°19.886 y en artículo 77 del Decreto 250, Reglamento de la Ley de Compras, que regulan las causales de Modificaciones y Término Anticipado del contrato, el Hospital podrá poner término anticipado administrativamente al contrato notificando al proveedor adjudicado su decisión por escrito enviada a lo menos con 10 días de anticipación a la fecha de término establecida.
De acuerdo a lo anterior, La entidad licitante está facultada para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:
- Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes, en este caso.
- No procederá el pago de indemnización alguna a favor del contratista.
- Las partes fijarán de mutuo acuerdo en el contrato que suscriban, el resto de condiciones de resciliación.
- Si el adjudicado se encuentra en estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
- Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
- Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
- Si el proveedor es condenado por prácticas antisindicales durante la vigencia del contrato.
- Inhabilidad sobreviniente para contratar con el Estado, según lo previsto en los artículos 8° y 10° de la ley 20.393, sustituidos por le artículo 50° de la ley 21.595 (ley de delitos económicos).
- Si cede o transfiere en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente adjudicación y en especial los establecidos en la Resolución y/o Contrato definitivo.
- Las demás que se establezcan en las respectivas Bases de la licitación o en el contrato:
- Si el proveedor cede o transfiere total o parcialmente los derechos y obligaciones que nacen de la presente licitación.
- En caso que el adjudicatario abandonare intempestivamente la ejecución del servicio.
- Si se acreditaran errores o defectos que comprometieren la eficiencia y/o eficacia del servicio o la seguridad de equipos y personas.
- Si la empresa no destinara personal idóneo para ejecutar los servicios en forma permanente o no estuviesen en condiciones de llevar a cabo el servicio conforme a las exigencias según lo estipulado en Bases Técnicas.
- Si se comprueba la ejecución de actividades para fines ajenos al servicio contratado, en equipos y/o en dependencias del Hospital.
- Si se acredita el uso de información reservada o confidencial al que se tenga acceso en razón del trabajo que se ejecuta, por parte de cualquiera de los trabajadores dependientes del adjudicatario, sean éstos que se desempeñen en instalaciones del Hospital o en instalaciones de la empresa o ajenas a ésta.
-
-
- La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la fiscalía nacional Económica.
- Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
- Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros.
- Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.
De conformidad con lo previsto en el artículo 79 ter del Decreto 250, Reglamento de la Ley de Compras, En caso de incumplimiento por parte de los proveedores de una o más obligaciones establecidas en las bases y en el contrato, la Entidad podrá aplicar multas de acuerdo a lo establecido en el numeral 3.26 “MULTAS A APLICAR EN CASO DE INCUMPLIMIENTO DEL PROVEEDOR”, cobrar la garantía de fiel cumplimiento, terminar anticipadamente el contrato o adoptar otras medidas que se determinen
Procedimiento para realizar termino anticipado de convenio:
Una vez detectada la situación que amerite realizar termino anticipado de convenio, el supervisor del contrato, deberá informar la situación a la Jefatura de Abastecimiento y Logística o quien le subrogue, mediante memorándum, indicando la causal respectiva. Para lo cual el jefe de Abastecimiento y Logística informará al Director del Hospital con visto bueno de Subdirección Administrativa mediante Memorándum.
A contar de la notificación de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles para efectuar sus descargos, por escrito, ante el Gestor de Convenios o Contratos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinente a través del Módulo de Gestión de Contratos. En el evento de caso fortuito o fuerza mayor o causa no imputable al proveedor, debe acompañar todos los antecedentes fundantes que lo justifiquen.
Vencido el plazo sin presentar descargos, la Entidad dictará la respectiva resolución o acto administrativo aplicando la medida, detallando las circunstancias fácticas que hicieron procedente dicha sanción y procederá al cobro de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato si procediere.
Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, El Hospital, tendrá un plazo de hasta 30 días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará mediante Resolución, para lo cual se indicará mediante el sistema del acto legal en que se resuelve aplicar o no la sanción, siendo notificado el proveedor mediante el escritorio de Mercado Público, y por correo electrónico.
En contra de dicha resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley Nº 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
La entidad compradora tendrá la obligación de registrar las medidas indicadas en la presente cláusula a través del Módulo de Gestión de Contratos dispuesto en la plataforma www.mercadopublico.cl, el cual se considerará para todos los efectos, el medio oficial de notificación.
En cualquiera de los casos enunciados, el Mandante procederá a la correspondiente Resolución Administrativa de Modificaciones o Término Anticipado del Contrato, haciendo efectiva –en su caso- las sanciones respectivas.
Con todo, y tratándose de causales de incumplimiento subsanables, las que serán evaluadas por el mandante, éste, notificará por escrito al Consultor de la causa de que se trate, fijándole un plazo perentorio para que las solucione o corrija. Transcurrido el plazo fijado sin que el Consultor haya subsanado las observaciones formuladas, se procederá por el Mandante de la manera indicada en el párrafo precedente.
NOTA:
a) El Hospital de Curanilahue podrá requerir del o los oferentes adjudicados todos los antecedentes que permitan conocer y validar cualquiera de las causales antes descritas, de igual forma podrá recurrir a las instancias e instituciones que regulan y fiscalizan el cumplimiento de estas disposiciones legales.
b) En todas las causales de término anticipado de contrato el Hospital podrá hacer efectivo el cobro de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato.
El término del contrato por la causal establecida en el numeral 1 se deberá generar mediante la suscripción de mutuo acuerdo del convenio de término anticipado de contrato, que deberá ser aprobado por Resolución o Acto Administrativo sin necesidad de trámite judicial alguno.
3.22 SUPERVISOR DEL CONTRATO
La Supervisión del Contrato estará a cargo del Encargado de Equipamiento Clínico del Hospital Rafael Avaria de Curanilahue o quien la subrogue, a quien corresponderá efectuar las funciones de administración y control del contrato. Este funcionario tendrá la facultad para velar por el correcto y adecuado funcionamiento y prestación del servicio contratado, especialmente de formular las observaciones que juzgue pertinentes, sobre aspectos generales o particulares relativos a la prestación del servicio licitado.
En particular deberá realizar las siguientes funciones:
- Para efectos contractuales, ser interlocutor válido del Hospital con el proveedor;
- Aprobar la recepción conforme de los servicios contratados;
- Informar al Dpto. de Abastecimiento en caso de incumplimiento de parte del proveedor para aplicar sanciones o dar término del contrato;
- Colaborar con el proveedor en todo lo que sea necesario para la buena ejecución del contrato;
- Ejecutar la revisión y visación de los documentos tributarios emitidos por el proveedor, con recepción de conformidad, por concepto de los servicios contratados y detallados en las presentes bases.
ROL DEL DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTO Y LOGÍSTICA
- Para efectos contractuales, ser interlocutor válido del Hospital con el proveedor adjudicado, canalizando los incumplimientos de la empresa contratada y todas aquellas pertinentes al convenio en cuestión.
- Informar a la Dirección en caso de incumplimiento de parte del proveedor.
- Colaborar con el proveedor en todo lo que sea necesario para la buena ejecución del contrato.
- Exigir al proveedor la presentación de cualquier documentación que a su juicio estime necesario para la correcta ejecución del contrato;
- Efectuar la evaluación del adjudicatario.
Observación: El supervisor del contrato, podrá solicitar ayuda técnica sobre temas administrativos a jefe del Depto. de Abastecimiento y Logística o quien lo subrogue.
3.23 PLAZO DE VIGENCIA DEL CONVENIO
El Convenio comenzará a regir a contar del primer día hábil siguiente a la fecha de adjudicación y tendrá una duración de 24 meses o hasta agotar presupuesto, lo que ocurra primero.
Si por situaciones y/o acontecimientos excepcionales, para poder cumplir con los fines institucionales y/o proteger el derecho a la salud de nuestros usuarios, se requiere contar con los productos o servicios antes de la total tramitación de la resolución que aprueba el contrato, sin que proceda pago alguno mientras el acto aprobatorio del contrato no se encuentre totalmente tramitado. Cuando esto ocurra, el ente licitante debe haber recepcionado toda la documentación requerida en bases administrativas, incluyendo las garantías requeridas.
Con todo, el Hospital de Curanilahue podrá poner término anticipado al contrato en cualquier momento y por simple vía administrativa, cuando el oferente adjudicado incurra en incumplimiento, de acuerdo a lo establecido en las presentes bases administrativas.
3.24 CLÁUSULA DE RENOVACIÓN
El Hospital Dr. Rafael Avaria V. podrá renovar el contrato por una sola vez por un periodo igual o inferior al contratado, según las necesidades institucionales y dependiendo de la calidad, eficiencia y efectividad del proveedor durante la ejecución del contrato. En el caso que el Supervisor del Contrato solicite al Dpto de Abastecimiento acogerse a esta opción de renovación, deberá dar cuenta de los siguientes antecedentes:
• Informe de evaluación del contrato que acredite el buen desempeño y cumplimiento del servicio adjudicado, realizado por el Supervisor del Contrato.
• Certificado de disponibilidad presupuestaria para la renovación del contrato. Emitido por Unidad de Contabilidad y Presupuesto.
Cumplidas estas condiciones, deberá dictarse un acto administrativo que autorice la referida renovación, debiendo el proveedor entregar una nueva garantía de fiel cumplimiento que cubra el nuevo período de vigencia más 60 días hábiles posteriores a su término.
En cuanto a los montos de contratación y especificaciones técnicas, se deberán mantener las mismas condiciones del convenio por el cual nace esta renovación.
Los motivos fundados para establecer esta cláusula de renovación, según lo exigido por el artículo 12 del Reglamento de la Ley N°19.886, son los siguientes: i. Dar continuidad al desarrollo de las soluciones para cumplir con los requerimientos objeto de la modernización de la Ley de Compras Públicas. ii. Se dispone de los recursos para la renovación. iii. Informe de servicio satisfactorio por parte del administrador del contrato.
3.25 LIQUIDACIÓN FINAL DEL CONTRATO
La liquidación final del contrato, tiene por objeto establecer la recepción conforme por parte del supervisor del contrato, del fiel cumplimiento de lo adjudicado, de acuerdo a las especificaciones establecidas en las presentes bases de licitación, sin que existan, por parte del Hospital observaciones pendientes.
Para llevar a cabo la Liquidación, el oferente adjudicado deberá presentar los siguientes documentos que acrediten estar al día en sus obligaciones contractuales, siendo estos:
1. Recepción conforme de todas las facturas en Oficina de Contabilidad del Hospital de Curanilahue.
2. Visto bueno del Supervisor del Contrato (Definido en numeral 3.23 de las presentes bases), que considerará:
a. Que la cantidad pagada corresponda con lo entregado.
b. Que lo contratado se haya realizado en el tiempo y condiciones establecidas por las Bases de Licitación.
c. Que no existan multas pendientes de ser cursadas o pagadas.
El Hospital podrá por medio de esta, verificar la situación existente con respecto a las garantías, cumplimiento de plazo y en el caso de atraso, la aplicación de la multa correspondiente.
3.26 MULTAS A APLICAR EN CASO DE INCUMPLIMIENTO DEL PROVEEDOR
Las multas asociadas al presente convenio, de conformidad con lo previsto en el artículo 22 N°11 y 79 ter del Decreto 250, Reglamento de la Ley de Compras, serán las siguientes causales:
Cada vez que se verifique una falta de parte del proveedor adjudicado, deberá ser informada por Supervisor del contrato del presente convenio, mediante memorándum al jefe del Departamento de Abastecimiento y Logística. Las multas serán informadas mediante un ordinario al proveedor.
Las multas que se aplicarán serán establecidas en UTM, por tanto, serán convertidas al valor de la UTM de la notificación
En el caso que las multas cursadas, en total, sobrepasen el 25% del valor total contratado o que el proveedor incurra en tres incidencias graves de acuerdo a tabla de complejidad, u otros incumplimientos graves asociados en un período de treinta días.
Se entenderá por incumplimiento del contrato la no entrega del servicio contratado por causas ajenas al Hospital, una vez detectada la situación que amerite la aplicación de multas, por parte del supervisor del contrato (jefe de Mantención y Servicios Generales), este deberá informar la situación a Jefatura de Abastecimiento y Logística o quien le subrogue, mediante memorándum, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. Para lo cual el jefe de Abastecimiento y Logística informara al director del hospital mediante Memorándum. El director del Hospital notificará mediante Ordinario a la empresa contratada.
Para efectos de aplicación de las multas se considera lo siguiente:
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DESCRIPCIÓN
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INCIDENCIA
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MONTO
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Incumplimiento reiterado de falta de no asistencia a llamados
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Incidencia grave
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10 UTM por cada incumplimiento
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Utilización de personal no calificado para realizar las mantenciones preventivas y correctivas
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Incidencia grave
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7 UTM por cada notificación
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Hurto o malversación de parte de los funcionarios de la empresa en el establecimiento
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Incidencia mediana
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10 UTM por cada evidencia
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OBSERVACIÓN:
El hospital de Curanilahue podrá hacer uso de la garantía de fiel cumplimiento de contrato y terminar este de forma anticipada, cuando el cobro de multas se curse llegando a su tope, según lo detallado en tabla anterior, según procedimiento de cobro de multas establecido en bases de licitación.
El proveedor también podrá efectuar el pago de la multa de las siguientes maneras: Pago con vale vista nominativo a nombre del Hospital de Curanilahue; Pago a través de transferencia electrónica a la Cuenta Corriente N°55309010441 del Banco Estado (con aviso de la realización del pago de la multa por transferencia electrónica, en la cuenta corriente y al correo tesoreria@hrav.cl y marion.ordenes@hrav.cl
Con todo, el Hospital de Curanilahue podrá poner término anticipado al contrato en cualquier momento y por simple vía administrativa, cuando el oferente adjudicado incurra en incumplimiento, de acuerdo a lo establecido en el punto 3.21 de las presentes bases administrativas.
3.27 PROCEDIMIENTO PARA COBRO DE MULTAS
Una vez detectada la situación que amerite la aplicación de multas, por parte del supervisor del contrato, estos deberán informar la situación a la Jefatura de Abastecimiento y Logística o quien le subrogue, mediante memorándum, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. Para lo cual el Jefe de Abastecimiento y Logística informará al Director del Hospital con visto bueno de Subdirección Administrativa mediante Memorándum.
En el caso de aplicarse multa, el Hospital, notificará por escrito esta decisión al proveedor indicando la causa y monto de la multa a que da origen.
El proveedor podrá reclamar de su aplicación al Director del Hospital, dentro de diez hábiles contados desde la notificación, debiendo ingresar por Oficina de partes una Carta con sus descargos. El Director, resolverá fundadamente la reclamación presentada acogiendo o rechazando los argumentos dados por el proveedor dentro de un plazo de 5 días hábiles, a través de la respectiva resolución, y publicándose oportunamente en el Sistema de Información.
En contra de dicha resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley Nº 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
La multa aplicada deberá pagarse dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde el vencimiento del plazo para presentar la reclamación o resuelto el recurso indicado precedentemente.
El departamento de finanzas a través de unidad de Contabilidad, será el responsable de hacer efectivo el cobro de las multas correspondientes notificadas a través de ordinario según resolución exenta o afecta confeccionada por el área de jurídica del Servicio de Salud Arauco. Si estas, no son pagadas dentro de los 10 días hábiles siguientes contadas desde la fecha de entrega del ordinario de notificación, el Departamento de Abastecimiento y Logística del Hospital de Curanilahue deberá informar por escrito a la Unidad de Contabilidad el No cumplimiento del proveedor para que las multas sean descontadas del pago mensual de los servicios.
Las multas que se apliquen, El proveedor puede efectuar el pago de la multa de las siguientes maneras: Pago con vale vista nominativo a nombre del Hospital de Curanilahue; Pago a través de transferencia electrónica a la cuenta corriente del Banco Estado (con aviso de la realización del pago de la multa por transferencia electrónica, en la cuenta corriente y al correo tesoreria@hrav.c. marion.ordenes@hrav.cl
3.28 OPERATORIA DEL CONVENIO
Se considerarán cinco aspectos como fundamentales para la adquisición de los insumos:
- Modalidad en que se hará efectiva: El Hospital, concretará la adquisición de Arriendo de Camillas para la Unidad de Equipamiento Clínico sólo mediante emisión de la orden de compra que se remitirá por el portal www.mercadopublico.cl, no respondiendo por adquisiciones o entregas no generadas por este medio. La Orden de Compra por el servicio se hará mensualmente.
- Emisión y aceptación de las Órdenes de Compra: Ejecutiva de compras del Departamento de Abastecimiento y Logística emitirá en el Portal www.mercadopublico.cl las órdenes de compra de forma Mensual por el Servicio de Arriendo de Camillas para Equipamiento Clínico, por el valor adjudicado. El proveedor deberá aceptar las órdenes de compra en el Portal de Mercado Público una vez efectuada la notificación.
La aceptación de cada Orden de Compra es un requisito fundamental y obligatorio para el pago de la factura correspondiente. El Adjudicatario no podrá rechazar las órdenes de Compra válidamente emitida en conformidad a este convenio.
- Oportunidad: El proveedor tendrá la obligación de aceptar la orden de compra enviada por el portal de www.mercadopublico.cl en un plazo máximo de 24 horas, desde la fecha de envío a través de la misma plataforma.
3.29 NATURALEZA Y MONTOS DE LAS GARANTÍAS
b) Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato:
El oferente que se adjudique esta licitación pública deberá entregar al Hospital Dr. Rafael Avaria V. de Curanilahue, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la adjudicación, una Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, la que tendrá por objeto asegurar el fiel cumplimiento de sus obligaciones contractuales.
Dicha caución deberá ser mediante cualquier instrumento que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva. deberán ser pagadera a la vista y tener el carácter de irrevocable, tomada por el oferente adjudicado, nominativa a favor del Hospital de Curanilahue.
Tipo de documento : La garantía podrá otorgarse mediante cualquier instrumento que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva. Las garantías deberán ser pagadera a la vista y tener el carácter de irrevocable.
Beneficiario : Hospital de Curanilahue.
Fecha de vencimiento : 60 días hábiles contados desde la fecha de término del contrato.
Monto : 5% del presupuesto total neto disponible para esta licitación.
Glosa : “Para garantizar el total cumplimiento del contrato Licitación Pública ID 2098-38-LP25 y el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores, según lo señalado en el Art. 11º de la Ley Nº19.886”.
En el caso que el documento de garantía sea un Vale Vista, la glosa podrá ser escrita en una hoja adjunta a esté. Si no existiere esta hoja se estimará que representa la garantía de fiel cumplimiento requerida en las presentes Bases.
Entrega física de la Garantía: Deberá ser entregada en sobre cerrado, remitido a nombre de: Hospital Dr. Rafael Avaria V. de Curanilahue, indicando la siguiente leyenda en su exterior “Contiene documento de Fiel Cumplimiento de contrato “ID 2098-38-LP25”. Además, se deberá señalar el nombre de la empresa oferente, su dirección, teléfono, correo electrónico y nombre de contacto. El sobre contenido en el documento, deberá ser enviado a la Oficina de Partes, ubicada en Avenida Bernardo O’Higgins 111, Curanilahue.
En el caso de ser un documento de garantía electrónico, deberá ajustarse a la ley 19.799. SOBRE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS, FIRMA ELECTRÓNICA Y SERVICIOS DE CERTIFICACIÓN DE DICHA FIRMA y remitir al correo: garantias@hrav.cl
En caso que esta garantía sea recibida con fecha de vencimiento anterior a los 60 días hábiles señalados en el presente numeral, el oferente adjudicado deberá reemplazar esta y entregar la nueva garantía correctamente emitida en un plazo que no exceda 5 días hábiles.
Forma y oportunidad de restitución:
La Oficina de Contabilidad del Hospital de Curanilahue, será responsable de la custodia y mantención de las garantías solicitadas, Gestora de Convenios, será la responsable de realizar la devolución de estas garantías al adjudicatario.
Cada proveedor será responsable de retirar en el establecimiento sus documentos de garantía en un plazo de 15 días hábiles posteriores al vencimiento. La Gestora de Convenios realizará devolución al representante legal dejando fotocopia de su cédula de identidad y firmando documento de entrega. En el caso de ser retirado por un tercero, deberá presentar poder notarial para estos fines, dejando fotocopia de su cédula de identidad y del representante legal.
Si transcurrido el plazo de 15 días hábiles posteriores al vencimiento, no han sido retirados, la Gestora de convenios procederá a realizar la devolución mediante envío de documentación vía carta certificada.
Sin embargo, será prerrogativa del Hospital restituir antes de este plazo si se han cumplido todos los requisitos para ello. previo informe del Supervisor del Contrato y de acuerdo a los requisitos establecidos para ello en las presentes Bases.
Cobro de esta garantía:
El Hospital podrá hacer efectivo este documento de garantía cuando se incurra en las faltas establecidas en las cláusulas dispuestas en el numeral 3.26 de las presentes bases Administrativas.
Renovación de esta garantía:
En caso de excepción de aumento de plazo de contrato, esta garantía deberá ser renovada, por el mismo valor y plazo de vencimiento. Además, cada vez que se haga efectiva total o parcialmente y no se ponga término anticipado al contrato.
3.30 ACEPTACIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA
Se emitirán órdenes de Compras mensuales según los memos o correo electrónico emitido por el jefe de Equipamiento Clínico, el cual debe estar con visto bueno del Supervisor de contrato o quien lo subrogue. El proveedor deberá aceptar la orden de compra en el Portal de Mercado Público, para lo cual tendrá un plazo de 24 Hrs. El Adjudicatario no podrá rechazar la orden de Compra válidamente emitida en conformidad a este convenio.
3.31 FACTURACIÓN Y FORMA DE PAGO
El proveedor deberá emitir factura electrónica (DTE) una vez recepcionados conformes los productos contratados por los valores detallados en la presente resolución exenta. Factura Electrónica deberá ser extendida de la siguiente forma:
Razón Social: Hospital de Curanilahue
RUT: 61.602.211-3
Giro: Hospital
Domicilio: Avenida Bernardo O’Higgins Nº 111, Curanilahue
FACTURA ELECTRÓNICA DEBERÁ SER ENVIADA A LA CASILLA DE INTERCAMBIO DE DIPRES. Es responsabilidad del proveedor adjudicado enviar la factura electrónica antes de las 72 horas al correo electrónico dipresrecepcion@custodium.com lo que se enlazará con la plataforma que maneja la DIPRES y que administran funcionarios del Hospital de Curanilahue. En caso de no recibir DTE antes de las 72 horas, será reclamado por la plataforma (SGDTE). DTE también podrá ser rechazado por Dpto. de abastecimiento en el Sistema de Gestión de Documentos Tributarios Electrónicos (SGDTE), en el caso de que contenga errores de emisión y/o no se hayan recibido conformes los productos y/o servicios. En ambos casos, Proveedor queda obligado a emitir un nuevo DTE (Refacturación) y la correspondiente Nota de Crédito que anule a DTE reclamado.
En caso de Proveedores nuevos y que sus datos bancarios no se encuentren registrados en la base de datos del Hospital, el proveedor deberá informar mediante correo electrónico contabilidad@hrav.cl y idilia.campos@hrav.cl, la Cuenta Corriente para la realización del Pago Centralizado por parte de la Tesorería General de la República (TGR). La cuenta informada debe ser coincidente con la cuenta registrada en la TGR. Se adjuntará a la Orden de Compra “Guía Usuario Comprobante de Pago TGR”, para la extracción de comprobante de Pago Centralizado.
En el caso de que el oferente adjudicado sea una Unión Temporal de Proveedores, el representante o apoderado común con poderes suficientes, deberá informar cómo se genera la emisión de la factura de la respectiva adquisición, o debe estar previamente establecidos en Bases de Licitación.
PROCESO DESCRIPTIVO O ACLARATORIO DEL PROCESO DE FACTURACIÓN: Primero: Hospital Curanilahue a través de funcionarios del departamento de abastecimiento y Logística emitirá a través del portal www.mercadopublico.cl, una orden de compra, la que quedará automáticamente en estado “Enviada a proveedor”
Segundo: Proveedor deberá aceptar orden de compra a través del portal www.mercadopublico.cl, siendo este requisito obligatorio para aceptar con posterioridad factura electrónica
Tercero: Proveedor deberá despachar con guía de despacho los bienes adquiridos a través de la correspondiente orden de compra, siendo requisito obligatorio para aceptar con posterioridad factura electrónica, que deberá emitir cada proveedor adjudicado en la casilla de intercambio dispuesta por la DIPRES.
IMPORTANTE: Cuando se trata de entrega de bienes, estos deben ser despachados con guía de despacho. Si estos fuesen despachados con factura, esta será rechazada en la plataforma de DTE. Una vez recepcionado conforme según guía de despacho emitida por la entidad contratada, la entidad contratante recepcionará conforme en la plataforma www.mercadopublico.cl, y luego de esto proveedor deberá emitir la correspondiente factura.
Cuando se trata de entrega de servicios, estos deben ser entregados a la entidad contratante y una vez recepcionado conforme, proveedor deberá emitir la correspondiente factura.
Cuarto: Una vez recepcionados conformes los bienes y/o servicios entregados con guía de despacho, el Hospital Curanilahue a través de funcionarios del departamento de abastecimiento y Logística realizará la recepción conforme a través del portal www.mercadopublico.cl
Quinto: Una vez emitida la recepción conforme de la respectiva orden de compra en la plataforma www.mercadopublico.cl, proveedor deberá emitir la respectiva factura electrónica. Esta acción no debe ocurrir antes y si esto ocurriera, factura será rechazada por Dpto. de Abastecimiento en plataforma dispuesta por la DIPRES.
Sexto: Una vez ocurrido lo anterior y en caso, que factura electrónica se encuentra con la información pertinente de acuerdo a lo solicitado en la presente contratación, el hospital tendrá un plazo de 8 días corridos para aceptar o rechazar la factura electrónica contados desde la fecha de emisión de esta, la cual deberá ser ingresada en plataforma dispuesta por la DIPRES. Si el hospital de Curanilahue, no rechaza la factura electrónica se entenderá por recibida conforme.
Cada proveedor, al momento de emitir la factura electrónica deberá indicar en esta, el número de la orden de compra a la cual se encuentra asociada, en el campo “Folio de Referencia” del Documento Tributario Electrónico (DTE), a la vez al momento de seleccionar la forma de pago deberá seleccionar “CRÉDITO”, siendo estos requisitos indispensables para la aceptación de la factura electrónica en SGDTE. Una vez recibida conforme la factura electrónica, el Hospital Dr. Rafael Avaria V. de Curanilahue procederá a su pago en un plazo no superior a 30 días.
Por el sistema de pago centralizado ejecutado por la Tesorería General de la República, para consultar respecto al pago de facturas, se debe realizar en pagina web de la TGR, https://www.tgr.cl/pago-a-proveedores-delestado/
Séptimo: Mediante la Circular N°14 del 08 de marzo de 2023, la Dirección de Presupuestos informó sobre la suspensión, por un plazo de 180 días corridos, contados desde el viernes 10 de marzo de 2023, sobre el procedimiento de gestión automatizada electrónica y centralizada de órdenes de pago a proveedores del Estado a través de su Plataforma de Pago Automatizado -PPA-. Por lo que el pago será realizado directamente por la Institución a la que el Proveedor prestó el servicio. Por tal razón, en plataforma de TGR, solo se visualizarán facturas enviadas a pago que están con tramitación con anterioridad a esa fecha y se encuentren calendarizadas, aunque su fecha de pago sea posterior a esa fecha.
Para consultar respecto al pago de facturas, se debe realizar a través de la página web del Hospital de Curanilahue, Pago de Proveedores https://pagos.bancoestado.cl/ConsultaProveedores/login.aspx?MID=Nl1HmVUnFybpAWjqmsutRTdOvurHqcbo
Octavo: De acuerdo a las últimas indicaciones entregadas por la Dirección de Presupuestos, en el caso que exista factura que ingrese al flujo de pago centralizado, siendo pagada por TGR y que posteriormente el proveedor emita nota de crédito asociada a dicho documento, se deberá efectuar devolución a la institución pública respectiva. El proveedor deberá realizar una transferencia directa al Establecimiento, por el monto a reintegrar, la cual debe ser ingresada a la Cuenta Corriente N°55309010441 del Banco Estado, informando a los siguientes correos electrónicos a contabilidad@hrav.cl, tesoreria@hrav.cl, abastecimiento@hrav.cl
Los proveedores NO deben efectuar devoluciones directamente a TGR. Siendo responsabilidad del Proveedor realizar el reintegro de fondos, toda vez que se le notifique esta solicitud de parte del Establecimiento.
3.32 COMPORTAMIENTO ÉTICO DEL ADJUDICATARIO
El proveedor que resulte adjudicado, sus dependientes y en general quienes directa o indirectamente entreguen el suministro o presten el servicio licitado en el presente Convenio, no podrán ofrecer obsequios o cualquier regalía que pudiere implicar un conflicto de intereses presente o futuro entre dicho adjudicatario y la Entidad compradora, debiendo observar el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos.
3.33 ASPECTOS NO PREVISTOS EN BASES DEL CONVENIO
"El Hospital Dr. Rafael Avaria Valenzuela, con el consentimiento del proveedor, podrán incorporar tareas, funciones y/o procedimientos del servicio adjudicado, que no hayan sido previstos en la presente licitación, mientras que estos no alteren el objetivo del servicio contratado, se refieran precisamente a labores directamente relacionadas con el servicio contratado", en las cuales tendrán por objeto acabar detalles del funcionamiento de aquellas no estipuladas en las presentes bases y/u oferta del proveedor adjudicado.
3.34 DE LA INCORPORACIÓN DE SERVICIOS NO CONTEMPLADOS Y DE LA MODIFICACIÓN AL CONTRATO
Por razones emergentes debidamente justificadas, el Hospital Dr. Rafael Avaria Valenzuela de Curanilahue podrá requerir durante la ejecución del contrato, hasta un 30% el aumento o disminución, en forma inmediata, el monto total del servicio contratado, conforme a un proceso de evaluación de la gestión realizada o de requerimientos fundados para el buen funcionamiento administrativo. En estas circunstancias, se valorizará de acuerdo al precio entregado en la propuesta del oferente, señalado en el Anexo N° 2 “Oferta Económica”, de la presente licitación. En todo caso, cualquier modificación del contrato, sea ampliación y/o disminución de los servicios, se efectuará mediante la celebración del correspondiente acuerdo de modificación, el cual será suscrito por ambas partes y aprobado por el correspondiente acto administrativo. Lo anterior a lo dispuesto en el artículo 77 del Reglamento de la Ley 19.886.
3.35 PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
- El oferente se obliga a consultar con la entidad pública convocante, de todo error, duda, ambigüedad u omisión, que identifique en las bases, y a no sacar ventaja de la misma en la formulación de su oferta.
- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecu7encias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
- El oferente y/o contratista acepta la prohibición de subcontratar el bien o servicio adjudicado y/o contratado, salvo autorización expresa del HRAV de Curanilahue.
3.36 DEBERES Y PROHIBICIONES DE FUNCIONARIOS PÚBLICOS, ENCARGADOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA LICITACIÓN
- Queda estrictamente prohibido aceptar en beneficio del Servicio cualquier donación que, por sus características de monto, tiempo, lugar o cualquier otro indicio, pueda estar asociada a alguna negociación con el donante.
- Usar en beneficio propio o de terceros la información reservada o privilegiada a que se tuviere acceso en razón de la función pública que se desempeña.
- Hacer valer indebidamente la posición funcionaria para influir sobre una persona con el objeto de conseguir un beneficio directo o indirecto para sí o para un tercero.
- Solicitar, hacerse prometer o aceptar, en razón del cargo, para sí o para terceros, donativos, ventajas o privilegios de cualquier naturaleza.
- Participar en decisiones en que exista cualquier circunstancia que le reste imparcialidad.
- Omitir o eludir la propuesta pública en los casos que la ley disponga.
- Contravenir los deberes de eficiencia, eficacia y legalidad con grave entorpecimiento del servicio o causando un gasto innecesario a la institución.
3. BASES ADMINISTRATIVAS LICITACIÓN:
3.1 ANTECEDENTES GENERALES DE LA LICITACION.
Nombre de la Adquisición CONVENIO ARRIENDO DE 14 CAMILLAS PARA SERVICIO UEH
Objeto de la Licitación Conforme a Ley de Compras Públicas Nº19.886, el reglamento, sus modificaciones y su modernización, el Hospital Dr. Rafael Avaria Valenzuela de Curanilahue a través del Departamento de Abastecimiento y Logística, invita a los oferentes, personas naturales o jurídicas y Uniones Temporales de Proveedores, a participar en la licitación pública para contar con una Empresa externa, que provea de bienes o servicios, para el Hospital de Curanilahue y la red del Servicio de Salud, determinado los requisitos administrativos mínimos para participar en la propuesta y garantizar con este mismo instrumento la calidad y entrega del servicio requerido.
Las Bases Administrativas, Anexos y todas las contempladas en el ID 2098-38-LP25, establecen las condiciones que regirán la Licitación y el posterior convenio que se celebre para dar cumplimiento a este objeto.
Tipo de Adquisición Publica – Licitación pública igual o superior a las 1000 UTM. e inferior a las 2000 UTM (LP)
Tipo de Convocatoria Abierta
Moneda Pesos chilenos
Etapas del proceso de apertura de las ofertas Una (apertura de oferta técnica y económica en un solo Acto), que se efectuará a través del sistema de información www.mercadopublico.cl
Opciones de Pago Transferencia electrónica
Publicidad de los anexos técnicos si
3.2 ORGANISMO LICITANTE
Razón social Hospital de Curanilahue
Unidad de Compra Hospital Curanilahue
RUT 61.602.211-3
Dirección Avda. Bernardo O’Higgins #111
Comuna Curanilahue
Región Del Bio Bio
3.3 PRESUPUESTO DISPONIBLE
El Hospital de Curanilahue requiere del “CONVENIO ARRIENDO DE 14 CAMILLAS PARA SERVICIO UEH” para un periodo de 24 meses, cuyo presupuesto corresponde a un total de $86.568.216. (Ochenta y Seis Millones Quinientos Sesenta y Ocho Mil Doscientos Dieciséis Pesos) IVA incluido, correspondiente al período total de duración del Contrato, es decir 24 meses y distribuidos de la siguiente manera:
Ítem presupuestario Nº22-09-005-002 “ARRIENDO DE MÁQUINAS Y EQUIPOS CLÍNICO”
3.4 SERVICIOS REQUERIDO
El Hospital de Curanilahue requiere Adquirir CONVENIO ARRIENDO DE 14 CAMILLAS PARA SERVICIO UEH.
DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO Cantidad
CONVENIO ARRIENDO DE 14 CAMILLAS PARA SERVICIO UEH 24 MESES
3.5 DEFINICIONES
Para la correcta interpretación de los documentos de la contratación, se establece el significado o definición de los siguientes términos:
Días corridos: Son los días de la semana que se computan uno a uno en forma correlativa, y que es el tiempo que deberá presentar su oferta el proveedor.
Días Hábiles: Son todos los días de la semana, excepto los sábados, domingos, y festivos.
Documentos Oficiales: Certificados, resoluciones, oficios y circulares emitidos por la autoridad pública.
HRAV: Hospital Dr. Rafael Avaria Valenzuela de Curanilahue.
Oferente: Proveedor que participa en un Proceso de Compras, presentando una oferta o cotización.
Proveedor: Persona natural o jurídica, chilena o extranjera, o agrupación de las mismas, que puedan proporcionar bienes y/o servicios a las Entidades.
Bases: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen el conjunto de requisitos, condiciones y especificaciones, establecidos por la Entidad Licitante, que describen los bienes y servicios a contratar y regulan el proceso de compras y el contrato definitivo. Incluyen las Bases Administrativas y Bases Técnicas.
Contrato: Documento que debe contener la individualización del contratista, las características del bien y/o servicio contratado, el precio, el plazo de duración, las garantías, si las hubiere, las medidas a ser aplicadas por eventuales incumplimientos del proveedor, así como sus causales y el procedimiento para su aplicación, causales de término y demás menciones y cláusulas establecidas en las Bases.
Orden Compra: Orden de ejecución de los bienes o servicios contratados generadas a través del portal www.mercadopúblico.cl
Unidad Técnica: Para efectos de la presente Licitación Pública se entenderá como Unidad Técnica para todos los fines a Encargado de Equipamiento Clínico, funcionario del Hospital Rafael Avaria de Curanilahue, quien estará a cargo de la Supervisión del presente Contrato y cuyas funciones se detallan en numeral 3.22 de las presentes bases administrativas. Esta profesional podrá incluir personal técnico del área, ya sea para la evaluación o aclaración de algún aspecto específico.
Lo anterior, sin perjuicio de lo establecido en el decreto N°250 del año 2004, del Ministerio de Hacienda que contiene el Reglamento de la Ley 19.886.
3.6 DATOS BÁSICOS DE LA LICITACIÓN
Normativa Aplicable: Esta Licitación se rige por las bases, conjuntamente con las consultas, respuestas y aclaraciones, ordenes de compra, contratos y demás documentos del proceso licitatorio que se publicaran en el portal de compra publicas www.mercadopublico.cl y en lo previsto por éstas, por las normas de la ley 19.886, su reglamento y su modernización Ley 21.634.
Participantes: Podrán participar en la presente licitación, personas naturales, jurídicas, uniones temporales de proveedores (de acuerdo a lo establecido en el artículo 67 bis del reglamento), y Personas Jurídicas constituidas según lo establecido en la Ley N°20.659, que realicen sus propuestas a través de los medios establecidos por la Ley Nº19.886.
En consecuencia, las uniones temporales de proveedores cuando se trate de adquisiciones iguales iguales o superiores a las 100 UTM. e inferior a las 1000 UTM, las uniones temporales de proveedores deberán adjuntar en forma previa a la suscripción del contrato, la escritura pública en la cual conste el acuerdo de constitución de la unión temporal de proveedores. En dicho documento se deberá establecer, además, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad, y se deberá nombrar un representante o apoderado común con poderes suficientes. En todo caso, la vigencia de la unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado.
Requisitos Que Deben Cumplir Los Proveedores REQUISITOS MÍNIMOS PARA OFERTAR.
• No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en el código Penal dentro de los dos años anteriores a la fecha de la presentación de la oferta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 de la ley de compras. Para acreditar el cumplimiento de estos requisitos, el Hospital de Curanilahue podrá verificar esta información a través de los medios oficiales disponibles para el efecto.
• Asimismo, el oferente No haber sido condenado por el Tribunal de defensa de la Libre Competencia a la medida dispuesta en la letra d) del artículo 26 del decreto con fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N°211 de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia.
• Lo dispuesto en los dos párrafos precedentes deberá ser acreditado por el oferente mediante la presentación de una declaración jurada. Para ello, el oferente (y el integrante UTP que ingrese la oferta en el Sistema tratándose de ofertas efectuadas bajo modalidad UTP) deberá efectuar dicha declaración de manera completamente electrónica o a través del formato de declaración denominado ¨Declaración jurada de requisitos para ofertar¨, solo respecto de la sección "inhabilidades por condena", el que se encuentra disponible en el módulo de presentación de las ofertas del Sistema de información www.mercadopublico.cl, En el caso de los integrantes UTP que no corresponden o aquél que realice el ingreso de la oferta en el Sistema de información, igualmente deberán dar cumplimento o esto exigencia. Con todo, la entidad licitante podrá verificar esta información, en cualquier momento, a través de los medios oficiales disponibles.
• En caso que el oferente no dé cumplimiento a la exigencia señalada precedentemente, ya sea que no complete debidamente la declaración jurado online, en los casos que proceda, se configurará un incumplimiento respecto de lo establecido en la presente cláusula, por lo que dicha oferta será declarada inadmisible. y no será parte del proceso de evaluación de ofertas.
• Adicionalmente, no podrán participar de la presente licitación aquellos oferentes que se encuentren en alguno de las situaciones descritas en el artículo 4, inciso sexto, de la Ley N'19.886, el cual establece que "Ningún órgano de lo Administración del Estado y de las empresas y corporaciones del Estado o en que éste tengo participación, podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidos q ellos por los vínculos de parentesco descritos en lo letra b) del artículo 54 de la ley N" 78,575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de lo Administración del Estado, ni con sociedades de personas de los que aquéllos o éstos formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstos sean accionistas, ni con sociedades anónimos objetos en que aquéllos o éstos sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. En caso de que el oferente se encuentre en alguna de las situaciones ahí señalados en virtud de lo dispuesto en el artículo cuarto, inciso sexto, de la Ley de Compras Públicos, se configurará un incumplimiento respecto de lo establecido en la presente cláusula, por lo que dicha oferta será declarada inadmisible, y no será parte del proceso de evaluación de ofertas.
• Tratándose exclusivamente de personas jurídicas, no podrán ofertar con organismos del Estado, aquellos que hayan sido condenados por los delitos previstos en el artículo 27 de la ley N°19.973, en el artículo 8° de la ley N°18.374 y en los artículos 250 y 257 bis del Código penal, o la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado. La Hospital de Curanilahue verificará esta información o través del Registro que se llevó para tal efecto, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N°20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y cohecho que indica.
• No podrán participar en la presente propuesta aquellas personas naturales o jurídicas que se encuentren inhabilitadas para contratar con la administración, conforme a lo dispuesto en los artículos 35°quáter, 35°quinquies, 35°septies de la ley 21.634, que moderniza la ley 19.886.
• En caso que el proponente oferte bajo la figura de Unión Temporal de Proveedores (UTP), el Hospital de Curanilahue verificara la información a través de dicho registro para cado uno de los integrantes de la UTP.
REQUISITOS PARA SER CONTRATADO.
• Encontrarse inscrito y hábil en Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración, en adelante “Registro de proveedores”, al momento de celebrar los respectivos contratos con las entidades contratantes. Adicionalmente, deberán presentar y acreditar en el registro de Proveedores, salvo en aquellos casos en que se requiera acreditar al Hospital de Curanilahue, los siguientes documentos:
Si el proveedor adjudicado es persona natural a) Fotocopia Simple de la cédula de Identidad del proponente.
b) Declaración Jurada de Cumplimiento de obligaciones laborales (Anexo para contratar)
Si el proveedor adjudicado es persona Jurídica a) Certificado de vigencia de la Sociedad con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación u otro documento que acredite la existencia jurídica del oferente, considerando la vigencia ya señalada.
b) Certificado de vigencia del poder del representante legal, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador correspondiente o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro documento que acredite la vigencia del poder del representante legal del oferente, considerando la vigencia ya señalada.
Nota: Las Uniones Temporales de Proveedores deberán entregar todos estos documentos respecto de cada uno de sus integrantes. Asimismo, el apoderado de ésta deberá tener poder suficiente, lo cual deberá constar en los documentos legales que se presenten y que respalden la constitución de dicha figura, de acuerdo con el artículo 67 bis del reglamento de la Ley N°19.886.
Unión Temporal De Proveedores En este caso, quienes la componen todos sus integrantes deben cumplir con los mismos requisitos exigidos, ya sea si corresponde a persona natural o jurídica.
a) Declaraciones Juradas Simples debidamente firmadas, que acredite que cada uno de los integrantes de la Unión Temporal no se encuentra afecto a la inhabilidad establecida en el artículo 4 incisos 1° y 6° de la ley 19.886
b) Escritura Pública, si corresponde, en la cual conste el acuerdo de la Unión Temporal para participar en la presente licitación.
c) Registro de Registro de proveedores del Estado de cada miembro de la Unión Temporal.
d) En caso de que uno o más integrantes sean personas jurídicas deberán presentar declaración jurada de no haber sido condenados por los delitos previstos en la ley de Responsabilidad Penal N. 20.393
Computo de los Plazos para proceso Licitatorio Todos los plazos son de días hábiles, salvo en aquellos casos en que expresamente se indique que los plazos son de días corridos, específicamente en las ofertas de los oferentes.
Idioma: Español
Comunicación con el HRAV.: Exclusivamente a través del portal Web Mercado Público.
Las consultas serán realizadas a través de la funcionalidad “Preguntas y respuestas” que aparece en la ID del Sistema de Informaciones de Compras y Contrataciones Públicas del sitio Web señalado, y sus respectivas respuestas serán efectuadas por el mismo medio, hasta la fecha y hora señalada en www.mercadopublico.cl
El Hospital podrá solicitar a los oferentes, a través del denominado foro inverso disponible en el portal www.mercadopublico.cl, aclaraciones con respecto a sus ofertas o la complementación de alguna información. Las aclaraciones que se pidan o que se den, o la información que se solicite o acompañe, no podrán alterar la oferta o el precio de la misma, ni violar el principio de igualdad entre los oferentes y el principio de estricta sujeción a las Bases.
Soporte de Documentos: Soporte digital, excepcionalmente se podrá utilizar soporte papel en los casos expresamente permitidos por estas Bases o por la ley de compras y su reglamento.
3.7 GASTOS
Los gastos en que incurran los oferentes con motivo de la presente licitación, sea para presentar oferta, para la adjudicación, durante la firma del contrato y la ejecución del mismo, serán de su exclusivo cargo, sin derecho a ningún tipo de reembolso por parte del Hospital Dr. Rafael Avaria V. de Curanilahue.
3.8 DOCUMENTACIÓN QUE RIGE LA LICITACIÓN
Esta Licitación se rige por lo previsto en la Ley N°19.886, su reglamento aprobado por Decreto N° 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda y Ley N°21.634, que moderniza la ley de compras y los documentos que a continuación se indican:
a) Bases administrativas, Bases técnicas y Anexos
b) Modificación a las bases, que eventualmente podrá hacer el HRAV a través del documento formal denominado “Modificación de Bases”.
c) Consultas y Respuestas realizadas a través del foro del proceso de licitación.
d) Aclaración a las ofertas que hayan sido solicitadas por el HRAV.
Los documentos que a continuación se detallan, formarán parte integrante de la licitación y posterior contrato:
a) Resolución que aprueba Bases
b) Bases Administrativas
c) Bases Técnicas
d) Anexo de Licitación
e) Resolución que designa Comisión Evaluadora
f) Cuadro comparativo
g) Acta de Evaluación
h) Resolución de adjudicación.
i) Declaración Jurada
j) Documentos que garanticen el fiel cumplimiento del contrato.
k) Los documentos exigidos en las presentes Bases.
l) Contrato, orden de compra y/o resolución que lo aprueba.
3.9 ETAPAS Y PLAZOS
ETAPA DE PREGUNTAS
Las consultas que deseen efectuar los proponentes se efectuarán sólo a través del Foro del portal web Mercado Público, transcurrido 1 día desde la fecha de publicación y hasta transcurridos a lo menos 6 días corridos desde la fecha de publicación, en caso que la fecha coincida con día sábado, domingo o festivo considerar el día hábil siguiente.
RESPUESTAS Las respuestas a las interrogantes que pudiesen presentarse en la etapa indicada en el punto anterior, serán publicadas como plazo máximo el tercer día hábil posterior al cierre del periodo de consultas; vía portal web Mercado Público.
FECHA DE CIERRE Las ofertas Técnicas y económicas se recibirán electrónicamente en el portal web Mercado Público a lo menos 10 días corridos, contados a partir de la fecha de publicación de la licitación en el portal y hasta las 17:00 horas del último día. En caso que la fecha coincida con día inhábil, esta se considerará para el día hábil siguiente; en caso de que la fecha de cierre coincida con un día lunes o día siguiente a un feriado, esta no podrá ser antes de las 15:00 hrs.
APERTURA ELECTRÓNICA Se procederá a la apertura electrónica de las ofertas en una etapa dentro del día a la fecha de cierre de la licitación, oportunidad en la cual se deberá realizar las siguientes acciones establecidas en el Portal Mercado Público, para validar las ofertas.
Verificar que los oferentes hayan ingresado en forma electrónica, junto a la oferta económica, los formularios administrativos y técnicos solicitados.
PLAZO COMISIÓN DE EVALUACIÓN Para la evaluación y adjudicación, de la propuesta, la comisión de evaluación emitirá un informe completo de evaluación, dentro de los días corridos siguientes a la fecha de apertura electrónica
PLAZO ADJUDICACIÓN La Licitación será adjudicada dentro de los 30 días corridos siguientes a la fecha de apertura electrónica.
Si por causas no imputables al HRAV, las que serán oportunamente informadas, no se puede cumplir con la fecha indicada de adjudicación de las presentes bases de licitación, el Complejo Asistencial publicará una nueva fecha en el Portal Mercado Público informando allí las razones del atraso.
3.10 PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
a). Los oferentes deberán presentar sus ofertas sólo a través www.mercadopublico.cl. Las únicas Ofertas válidas serán las presentadas a través del portal electrónico de compras públicas, no se aceptarán Ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases. Sólo en el caso de que se produzca alguna indisponibilidad técnica en el sistema www.mercadopublico.cl., para lo cual el organismo de dirección de compra emitirá su respectivo certificado que acredite dicha indisponibilidad. Y Será responsabilidad de los Oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus Ofertas.
b). Las ofertas que no se presenten dentro del plazo indicado en el portal www.mercadopublico.cl no podrán participar en esta Licitación. Asimismo, el Hospital Dr. Rafael Avaria V. de Curanilahue, excluirá del proceso aquellas ofertas que no cumplan los requisitos y condiciones establecidas en estas Bases.
c). Los oferentes deben constatar que el envío de sus ofertas técnicas y económicas a través del portal electrónico de compras públicas haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los Formularios Anexos requeridos, para ello se debe verificar el posterior despliegue automático del “Comprobante de Envío de Oferta” que se entrega en dicho Sistema.
d). Los oferentes participantes de esta licitación deberán obligatoriamente presentar en su oferta todos los requisitos solicitados, y documentación en general que será considerada para la evaluación.
e). La sola presentación de la oferta, implicará por parte del oferente la aceptación de todas y cada una de las condiciones señaladas en las presentes Bases y en las Especificaciones Técnicas, en cuanto le sean aplicables.
f). Se deberá indicar plazo o fecha de vigencia de la oferta, la cual deberá tener una validez mínima de 60 días hábiles a partir de la fecha de la apertura electrónica. De no incluirse este plazo, se entenderá que es este plazo mínimo.
Los oferentes deberán presentar a través del portal www.mercadopublico.cl, en la sección “Anexos”, su Oferta Económica mediante Anexo Nº2 denominado “Formulario de oferta Económica”
Presentación Oferta Administrativa:
Los oferentes deberán presentar a través del portal www.mercadopublico.cl, en la sección “Anexos”, en su Oferta Administrativa, uno o más archivos con la siguiente información:
a) Anexo Nº1: Identificación del Oferente
b) Anexo N°4: Ficha Ejecutivo de Venta
c) Anexo N°5: Plazo de entrega, Representación de la marca y Garantía
Propuesta Técnica:
a) Anexo N°3: Formulario Oferta Técnica
Propuesta Económica:
a) Las ofertas deberán ser especificadas en el portal a valor neta MENSUAL por el servicio requerido y detallado en Anexo N° 2,
b) El precio que se indicará resolución de adjudicación y publicará en el Portal de Mercado Público.
c) El oferente deberá completar todos los riesgos, contingencias y demás factores o circunstancias que puedan afectar el monto de su propuesta económica.
3.11 REQUISITOS PARA OFERTAR
a). Completar y subir a su oferta en el Portal todos los formularios que componen la oferta que se encuentran en numeral 3.10 de bases administrativas. Hospital de Curanilahue.
b). Aquel oferente que no cumpliera con lo señalado en el inciso anterior, su oferta será declarada inadmisible.
c). Ofrecer servicios que cumplan con todas las especificaciones solicitadas en las bases de Licitación.
3.12 MODIFICACIONES A LAS BASES
El Hospital Dr. Rafael Avaria V. de Curanilahue podrá modificar y/o hacer aclaraciones a las Bases de esta licitación pública, hasta antes de la fecha de cierre de la misma, por propia iniciativa, a objeto de precisar o complementar elementos de su contenido que, a su juicio, no hayan quedado suficientemente claros, y/o a causa de las consultas realizadas a través de la Plataforma de Compras, otorgando un plazo prudente para que los oferentes incorporen estas modificaciones en sus ofertas, de esta manera propender a recibir mejores ofertas. Asimismo, si el número de ofertas presentadas al cierre de la publicación es inferior a 3 (tres), el Hospital Dr. Rafael Avaria V. de Curanilahue podrá ampliar el plazo de recepción de éstas en la opción automática de la plataforma, donde dice: “Si a la fecha de cierre de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas por el artículo 25, inciso final, del reglamento de la ley 19.886.”, con el propósito de permitir la mayor participación de oferentes.
3.13 CONSULTAS POSTERIORES AL CIERRE DE LA LICITACIÓN Y ANTES DE LA ADJUDICACIÓN
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas y antes de su adjudicación, el Hospital podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Estas consultas serán realizadas a través de la modalidad del “FORO INVERSO” del portal de compras.
Los oferentes, tendrán un plazo máximo de 48 horas, para responder lo solicitado por el Hospital, no se considerarán las respuestas recibidas una vez vencido dicho plazo.
De acuerdo a lo indicado en los criterios de evaluación y las presentes bases de licitación, aquel o aquellos proveedores que presentarán antecedentes administrativos fuera de plazo, serán sancionadas en el puntaje correspondiente de acuerdo a lo indicado en el numeral 3.15, letra E) de las presentes bases “EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE LAS OFERTAS / Criterios de Evaluación / Cumplimientos de Requisitos Formales”.
3.14 DE LA APERTURA ELECTRÓNICA DE LAS OFERTAS Y LA COMISIÓN EVALUADORA
La apertura electrónica de las ofertas administrativas, económicas y técnicas se realizará en el portal de Compras del Estado y en este caso serán aceptadas o rechazadas de acuerdo a si se ajustan a lo solicitado o no, la evaluación técnica de los antecedentes ofertados, serán analizados por una comisión compuesta por funcionarios del Hospital, que será la responsable de evaluar y seleccionar las oferta más conveniente, conforme a los criterios de evaluación establecidos en las presentes Bases, los funcionarios a cargo de la evaluación son los siguientes:
• Encargado Equipamiento clínico, o quien lo subrogue,
• Subdirector Administrativo, o quien lo subrogue.
• Jefe de Abastecimiento y Logística o quien lo subrogue.
En caso de ser necesario, la comisión podrá requerir asesoría del Departamento de Jurídica del Servicio de Salud Arauco, quien emitirá un informe respecto a lo consultado.
En caso de ser necesario, la comisión podrá requerir asesoría de personal contratado a Honorarios, quienes podrán ser incluidos en dicha comisión de acuerdo a lo establecido en el articulo 37° del reglamento de compras.
La comisión evaluadora en conformidad a las atribuciones entregadas de acuerdo a este numeral y demás antecedentes de las presentes Bases Administrativas, tendrá las siguientes facultades:
a) Resolver dudas o discrepancias que puedan surgir en relación a la interpretación o aplicación de las presentes Bases Administrativas o Ficha del Portal Mercado Publico.
b) Solicitar a los oferentes las aclaraciones a sus propuestas que estime necesarias, para una correcta evaluación de las mismas, las que deberán ser canalizadas e informadas al resto de los oferentes a través del Sistema de información. Las solicitudes de aclaraciones y sus respuestas se comunicarán a los demás oferentes, para que estos tomen conocimiento de las mismas. El ejercicio de esta facultad no podrá implicar desequilibrios o incumplimiento del principio de igualdad de los oferentes y se orientará a proporcionar antecedentes para la adecuada evaluación y comprensión de las propuestas. Exceptuándose las situaciones descritas precedentemente durante el periodo de evaluación, los oferentes no podrán mantener contacto alguno con la Comisión Evaluadora.
Finalmente, los integrantes de la comisión, emitirán un acta de evaluación y propuesta de adjudicación.
3.15 EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE LAS OFERTAS
Evaluación de las Ofertas:
Se considerarán, para efectos de la evaluación, aquellas ofertas que contengan claramente la información requerida y que además correspondan a los servicios solicitados en esta licitación. Aquellas ofertas que no cumplan con los requerimientos solicitados, quedarán marginadas de la propuesta y no serán consideradas en las etapas de evaluación técnica y económica.
La pauta de Evaluación que utilizará la Comisión de evaluación, dentro del proceso será la siguiente:
CRITERIO PONDERACIÓN
PRECIO 25%
REPRESENTACION DE LA MARCA 30%
PLAZO DE ENTREGA 35%
CUMPLIMIENTO PROGRAMA DE INTEGRIDAD DEL OFERENTE 5%
CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES 5%
PORCENTAJE TOTAL 100%
A. Precio (25%):
Se pondera el precio más bajo de los ofertados como referencia y disminuye el puntaje de los otros oferentes a medida que el precio ofertado se aleja de la propuesta más baja, la cual se evalúa de la siguiente forma:
Mejor oferta económica: precio mínimo ofertado/oferta evaluada*25
Los oferentes deberán completar y subir en el portal, su oferta en el Anexo N°2, la oferta económica debe ser en pesos chilenos por el valor semestral de mantención preventiva neta para el servicio requerido en anexo N°2. Se considerará la sumatoria neta unitaria del servicio ofertado, por lo tanto, aquella oferta que no ingrese el valor del servicio requerido en anexo N°2 será declara inadmisible.
B. Representación de la marca (30%):
CALIDAD DEL SERVICIO Presenta certificado de representación de la marca y/o certificado de soporte técnico del equipo, mediante el cual certifique soporte calificado del mantenimiento del equipo detallado en línea de producto: 30%
No presenta certificado de representación de la marca y/o certificado de soporte técnico del equipo, mediante el cual certifique soporte calificado del mantenimiento del equipo detallado en línea de producto: 0%
C. Plazo de entrega (35%):
PLAZA DE ENTREGA El puntaje en este criterio se asignará de la siguiente forma:
(MEJOR PLAZO DE ENTREGA/ PLAZO EVALUADO) *100
Su resultado se multiplicará por el ponderador del criterio (15%)
D. Cumplimiento programa de integridad del oferente (5%)
En armonía con la Directiva de contratación N°31 sobre Código de Ética para Proveedores del Estado, en la cual se requiere que los proveedores adhieran a altos estándares éticos, respetando la normativa vigente en normas Públicas, y comprometiéndose en no incurrir en malas prácticas corruptas y/o delictivas como el cohecho, la adulteración de documentos, infracciones a la propiedad intelectual y/o industrial, violación a los derechos fundamentales de los trabajadores, y el incumplimiento de normas ambientales entre otros; se solicita a oferentes adjuntar a oferta programa de integridad suscrito.
El puntaje en este criterio se asignará de la siguiente forma:
DETALLE PARA LA EVALUACIÓN PUNTAJE
86 5%
Oferente no presenta certificado acreditando capacitación en programa de integridad 0%
MEDIO DE VALIDACIÓN:
i. Certificado de capacitación en programa de integridad, ética o compliance. Estos programas deberán considerar a lo menos las siguientes temáticas: Conflictos de interés, Contribuciones políticas, Contribuciones de caridad y patrocinio y Regalos, Hospitalidad y gastos de presentación.
ii. Política interna del oferente asociado a programa de integridad, códigos de ética y/o compliance: que presenten códigos de ética y conducta internos, y medidas de mitigación de corrupción, tal como, establecimientos de procedimientos detallados y definidos, orientaciones, implementación de procesos de gestión de riesgos, mecanismos de supervisión y monitoreo, transparencia.
E. Cumplimiento requisitos formales (5%)
CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES Cumple con todos los requisitos formales: 5%
No cumple con todos los requisitos formales: 0%
OBSERVACIÓN: Aquel oferente que no cumpla con la totalidad de los requerimientos técnicos indicados en estas bases, oferta SERÁ DECLARADA INADMISIBLE
Los oferentes deberán cumplir con todo lo solicitado en el numeral 3.10 “Presentación Oferta Administrativa”, “Presentación Oferta Técnica” y Propuesta Económica, de las presentes bases.
3.16 ADJUDICACIÓN DE LA LICITACIÓN
3.16.1 En cuanto a la inadmisibilidad de las ofertas y Deserción de la licitación: El Hospital de Curanilahue deberá declarar inadmisible cualquier oferta presentada que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases, sin perjuicio de la facultad del Hospital de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes Bases, la cual será evaluada por la comisión.
Podrá, además, declarar desierta la licitación pública, cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses y/o excedan la capacidad presupuestaria del Hospital; en estos últimos casos, dichas declaraciones se manifestarán mediante Resolución Fundada.
La adjudicación o deserción será publicada en el Portal www.mercadopublico.cl, señalando el nombre del oferente seleccionado por el Hospital Dr. Rafael V. de Curanilahue.
Está licitación se adjudicará a la oferta que obtenga el mayor puntaje, de acuerdo a los criterios de evaluación indicados en las presentes Bases.
3.17.2 En cuanto a Resolución de Empates: Si el máximo puntaje final fuera compartido por dos o más oferentes, el Hospital Dr. Rafael Avaria V. de Curanilahue adjudicará la oferta con mayor puntaje en el criterio de evaluación “Plazo de entrega”. De persistir la igualdad, la licitación se adjudicará a la oferta que presente el más alto puntaje en el criterio de evaluación “Representación de la marca”. De persistir la igualdad, la licitación se adjudicará a la oferta que presente el más alto puntaje en el criterio de evaluación “Precio”. De persistir la igualdad, la licitación se adjudicará a la oferta que presente el más alto puntaje en el criterio de evaluación “Cumplimiento programa de integridad del oferente”. De persistir la igualdad, la licitación se adjudicará a la oferta que presente el más alto puntaje en el criterio de evaluación “Cumplimiento de Requisitos Formales”. En caso que siguiere persistiendo la igualdad, la licitación finalmente se adjudicará al oferente que ingrese primero su oferta según licitación ID 2098-38-LP25 a través del portal www.mercadopublico.cl.
Para este efecto el Hospital Dr. Rafael Avaria V. de Curanilahue emitirá una Resolución de Adjudicación, la cual se publicará en el portal de compras del Estado www.mercadopublico.cl, de acuerdo a la normativa vigente.
La notificación de la Resolución de Adjudicación, se entenderá realizada, luego de las 24 horas. Transcurridas desde que el Hospital Dr. Rafael Avaria. V. de Curanilahue publique dicha Resolución en el portal de compras www.mercadopublico.cl.
En caso que la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en las presentes Bases de licitación, el Hospital Dr. Rafael Avaria V. de Curanilahue informará en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar, y se indicará el nuevo plazo para la adjudicación del oferente seleccionado.
3.17 READJUDICACIÓN
El Hospital de Curanilahue, tendrá la facultad de readjudicar la licitación realizando la reevaluación de las ofertas recibidas, descartando del análisis, la oferta inicialmente adjudicada, para readjudicar la oferta más conveniente, conforme a los criterios de evaluación establecidos en bases, y así sucesivamente, dejando sin efecto la adjudicación previa, en los siguientes casos:
• En caso de que el proveedor adjudicado desista de su oferta;
• no cumpla con los requisitos establecidos en las Bases para contratar;
• no se inscriba o no se habilite en el registro de proveedores del estado, en un plazo de 10 días hábiles posteriores a la adjudicación;
• se rehúse a suscribir el contrato;
• no haga entrega de la garantía de fiel cumplimiento del contrato en el plazo establecido para ello,
Además, en el caso de las Uniones Temporales de Proveedores (UTP)
• Si el adjudicatario es una unión temporal de proveedores y no adjunta la escritura pública (Notarial) si correspondiere, en la que conste el acuerdo que cumpla con los requisitos mínimos establecidos en el numeral 3.5 de las presentes bases de licitación.
• Si el adjudicatario es inhábil para contratar con la Administración del Estado, en los términos establecidos en el artículo 4° de la Ley de Compras o no entrega los documentos que le sean requeridos para acreditar dicha condición.
• Si el adjudicatario no se inscribe en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, en un plazo de 15 días hábiles posteriores a la adjudicación.
3.18 CONTRATO
Se suscribirá un contrato entre el Hospital Dr. Rafael Avaria V. de Curanilahue y el oferente adjudicado que señalará las obligaciones del adjudicatario conforme a las Bases y su oferta. El contrato será confeccionado por la Unidad de Asesoría Jurídica del Servicio de Salud Arauco en un plazo de 15 días hábiles una vez generada la adjudicación en portal de mercado público y en él se establecerán las cláusulas que regirán el convenio y lo adjudicado, incluyendo derechos y obligaciones de los adjudicatarios, los que deberán ser concordantes con lo estipulado en las presentes bases. De ser necesario, el Adjudicatario deberá adjuntar la documentación legal que le requiera la Unidad de Asesoría Jurídica en un plazo de 5 días hábiles contados desde que se solicita.
El oferente adjudicado deberá firmar el Contrato dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha en que se le comunique que está disponible para ello por el Departamento de Asesoría Jurídica y/o desde que reciba la copia o borrador para su firma. Los gastos por concepto de firmas de o los contrato (s) serán a cargo exclusivo del adjudicatario.
Si el oferente adjudicado no suscribe el contrato dentro del plazo establecido en el párrafo anterior, se entenderá que desiste de su realización, por lo tanto, el Hospital procederá a re-adjudicar de acuerdo al numeral 3.17 de las presentes Bases. En los casos que el Hospital opte por una o más readjudicaciones, ante el desistimiento del oferente adjudicado, se hará efectiva la garantía por seriedad de la oferta, de acuerdo a lo establecido en las presentes Bases.
Al momento de contratar con el Estado, el adjudicado deberá acompañar un certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y de remuneración. En el evento de que se encuentre incorporado en algún registro por incumplimientos laborales o de remuneraciones, o no acompañe los referidos certificados, no podrá contratar con el Estado mientras no subsane el incumplimiento que lo afecte, conforme al artículo 6° de la ley n°21.289 de presupuestos vigente para esta anualidad.
3.19 DOMICILIO DEL OFERENTE
Aun cuando no se exprese en el Contrato, el oferente constituye domicilio en la ciudad de Curanilahue, en calle Av. Bernardo O’Higgins 111, para todos los efectos de cualquier acto jurídico que pueda tener con el Hospital.
3.20 CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN
El adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación, y en especial lo que se establecerá en el contrato definitivo, sin perjuicio de lo establecido en la ley 20.123 y Art. 74 del Decreto 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba Reglamento Ley 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios.
La infracción de esta prohibición será causal inmediata de término del contrato, sin perjuicio de las acciones legales que procedan de acuerdo con lo establecido en la cláusula N°3.21 “Término Anticipado del contrato”, número 6 en su letra a).
Con toda la empresa adjudicataria deberá ser la que efectivamente preste los servicios contratados, no pudiendo ceder de hecho a un tercero la ejecución de aquellos.
3.21 TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
De conformidad con lo previsto en el artículo 13 de la Ley N°19.886 y en artículo 77 del Decreto 250, Reglamento de la Ley de Compras, que regulan las causales de Modificaciones y Término Anticipado del contrato, el Hospital podrá poner término anticipado administrativamente al contrato notificando al proveedor adjudicado su decisión por escrito enviada a lo menos con 10 días de anticipación a la fecha de término establecida.
De acuerdo a lo anterior, La entidad licitante está facultada para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:
b. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes, en este caso.
• No procederá el pago de indemnización alguna a favor del contratista.
• Las partes fijarán de mutuo acuerdo en el contrato que suscriban, el resto de condiciones de resciliación.
c. Si el adjudicado se encuentra en estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
d. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
e. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
f. Si el proveedor es condenado por prácticas antisindicales durante la vigencia del contrato.
g. Inhabilidad sobreviniente para contratar con el Estado, según lo previsto en los artículos 8° y 10° de la ley 20.393, sustituidos por le artículo 50° de la ley 21.595 (ley de delitos económicos).
h. Si cede o transfiere en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente adjudicación y en especial los establecidos en la Resolución y/o Contrato definitivo.
i. Las demás que se establezcan en las respectivas Bases de la licitación o en el contrato:
a. Si el proveedor cede o transfiere total o parcialmente los derechos y obligaciones que nacen de la presente licitación.
b. En caso que el adjudicatario abandonare intempestivamente la ejecución del servicio.
a. Si se acreditaran errores o defectos que comprometieren la eficiencia y/o eficacia del servicio o la seguridad de equipos y personas.
c. Si la empresa no destinara personal idóneo para ejecutar los servicios en forma permanente o no estuviesen en condiciones de llevar a cabo el servicio conforme a las exigencias según lo estipulado en Bases Técnicas.
d. Si se comprueba la ejecución de actividades para fines ajenos al servicio contratado, en equipos y/o en dependencias del Hospital.
e. Si se acredita el uso de información reservada o confidencial al que se tenga acceso en razón del trabajo que se ejecuta, por parte de cualquiera de los trabajadores dependientes del adjudicatario, sean éstos que se desempeñen en instalaciones del Hospital o en instalaciones de la empresa o ajenas a ésta.
f. Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la relación contractual objeto de la presente licitación.
g. En el caso de la Unidad Temporal de Proveedores (UTP), será causal de término anticipado en los siguientes casos:
• La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la fiscalía nacional Económica.
• Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
• Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros.
• Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.
De conformidad con lo previsto en el artículo 79 ter del Decreto 250, Reglamento de la Ley de Compras, En caso de incumplimiento por parte de los proveedores de una o más obligaciones establecidas en las bases y en el contrato, la Entidad podrá aplicar multas de acuerdo a lo establecido en el numeral 3.26 “MULTAS A APLICAR EN CASO DE INCUMPLIMIENTO DEL PROVEEDOR”, cobrar la garantía de fiel cumplimiento, terminar anticipadamente el contrato o adoptar otras medidas que se determinen
Procedimiento para realizar termino anticipado de convenio:
Una vez detectada la situación que amerite realizar termino anticipado de convenio, el supervisor del contrato, deberá informar la situación a la Jefatura de Abastecimiento y Logística o quien le subrogue, mediante memorándum, indicando la causal respectiva. Para lo cual el jefe de Abastecimiento y Logística informará al Director del Hospital con visto bueno de Subdirección Administrativa mediante Memorándum.
A contar de la notificación de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles para efectuar sus descargos, por escrito, ante el Gestor de Convenios o Contratos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinente a través del Módulo de Gestión de Contratos. En el evento de caso fortuito o fuerza mayor o causa no imputable al proveedor, debe acompañar todos los antecedentes fundantes que lo justifiquen.
Vencido el plazo sin presentar descargos, la Entidad dictará la respectiva resolución o acto administrativo aplicando la medida, detallando las circunstancias fácticas que hicieron procedente dicha sanción y procederá al cobro de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato si procediere.
Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, El Hospital, tendrá un plazo de hasta 30 días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará mediante Resolución, para lo cual se indicará mediante el sistema del acto legal en que se resuelve aplicar o no la sanción, siendo notificado el proveedor mediante el escritorio de Mercado Público, y por correo electrónico.
En contra de dicha resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley Nº 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
La entidad compradora tendrá la obligación de registrar las medidas indicadas en la presente cláusula a través del Módulo de Gestión de Contratos dispuesto en la plataforma www.mercadopublico.cl, el cual se considerará para todos los efectos, el medio oficial de notificación.
En cualquiera de los casos enunciados, el Mandante procederá a la correspondiente Resolución Administrativa de Modificaciones o Término Anticipado del Contrato, haciendo efectiva –en su caso- las sanciones respectivas.
Con todo, y tratándose de causales de incumplimiento subsanables, las que serán evaluadas por el mandante, éste, notificará por escrito al Consultor de la causa de que se trate, fijándole un plazo perentorio para que las solucione o corrija. Transcurrido el plazo fijado sin que el Consultor haya subsanado las observaciones formuladas, se procederá por el Mandante de la manera indicada en el párrafo precedente.
NOTA:
a) El Hospital de Curanilahue podrá requerir del o los oferentes adjudicados todos los antecedentes que permitan conocer y validar cualquiera de las causales antes descritas, de igual forma podrá recurrir a las instancias e instituciones que regulan y fiscalizan el cumplimiento de estas disposiciones legales.
b) En todas las causales de término anticipado de contrato el Hospital podrá hacer efectivo el cobro de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato.
El término del contrato por la causal establecida en el numeral 1 se deberá generar mediante la suscripción de mutuo acuerdo del convenio de término anticipado de contrato, que deberá ser aprobado por Resolución o Acto Administrativo sin necesidad de trámite judicial alguno.
3.22 SUPERVISOR DEL CONTRATO
La Supervisión del Contrato estará a cargo del Encargado de Equipamiento Clínico del Hospital Rafael Avaria de Curanilahue o quien la subrogue, a quien corresponderá efectuar las funciones de administración y control del contrato. Este funcionario tendrá la facultad para velar por el correcto y adecuado funcionamiento y prestación del servicio contratado, especialmente de formular las observaciones que juzgue pertinentes, sobre aspectos generales o particulares relativos a la prestación del servicio licitado.
En particular deberá realizar las siguientes funciones:
• Para efectos contractuales, ser interlocutor válido del Hospital con el proveedor;
• Aprobar la recepción conforme de los servicios contratados;
• Informar al Dpto. de Abastecimiento en caso de incumplimiento de parte del proveedor para aplicar sanciones o dar término del contrato;
• Colaborar con el proveedor en todo lo que sea necesario para la buena ejecución del contrato;
• Ejecutar la revisión y visación de los documentos tributarios emitidos por el proveedor, con recepción de conformidad, por concepto de los servicios contratados y detallados en las presentes bases.
ROL DEL DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTO Y LOGÍSTICA
• Para efectos contractuales, ser interlocutor válido del Hospital con el proveedor adjudicado, canalizando los incumplimientos de la empresa contratada y todas aquellas pertinentes al convenio en cuestión.
• Informar a la Dirección en caso de incumplimiento de parte del proveedor.
• Colaborar con el proveedor en todo lo que sea necesario para la buena ejecución del contrato.
• Exigir al proveedor la presentación de cualquier documentación que a su juicio estime necesario para la correcta ejecución del contrato;
• Efectuar la evaluación del adjudicatario.
Observación: El supervisor del contrato, podrá solicitar ayuda técnica sobre temas administrativos a jefe del Depto. de Abastecimiento y Logística o quien lo subrogue.
3.23 PLAZO DE VIGENCIA DEL CONVENIO
El Convenio comenzará a regir a contar del primer día hábil siguiente a la fecha de adjudicación y tendrá una duración de 24 meses o hasta agotar presupuesto, lo que ocurra primero.
Si por situaciones y/o acontecimientos excepcionales, para poder cumplir con los fines institucionales y/o proteger el derecho a la salud de nuestros usuarios, se requiere contar con los productos o servicios antes de la total tramitación de la resolución que aprueba el contrato, sin que proceda pago alguno mientras el acto aprobatorio del contrato no se encuentre totalmente tramitado. Cuando esto ocurra, el ente licitante debe haber recepcionado toda la documentación requerida en bases administrativas, incluyendo las garantías requeridas.
Con todo, el Hospital de Curanilahue podrá poner término anticipado al contrato en cualquier momento y por simple vía administrativa, cuando el oferente adjudicado incurra en incumplimiento, de acuerdo a lo establecido en las presentes bases administrativas.
3.24 CLÁUSULA DE RENOVACIÓN
El Hospital Dr. Rafael Avaria V. podrá renovar el contrato por una sola vez por un periodo igual o inferior al contratado, según las necesidades institucionales y dependiendo de la calidad, eficiencia y efectividad del proveedor durante la ejecución del contrato. En el caso que el Supervisor del Contrato solicite al Dpto de Abastecimiento acogerse a esta opción de renovación, deberá dar cuenta de los siguientes antecedentes:
• Informe de evaluación del contrato que acredite el buen desempeño y cumplimiento del servicio adjudicado, realizado por el Supervisor del Contrato.
• Certificado de disponibilidad presupuestaria para la renovación del contrato. Emitido por Unidad de Contabilidad y Presupuesto.
Cumplidas estas condiciones, deberá dictarse un acto administrativo que autorice la referida renovación, debiendo el proveedor entregar una nueva garantía de fiel cumplimiento que cubra el nuevo período de vigencia más 60 días hábiles posteriores a su término.
En cuanto a los montos de contratación y especificaciones técnicas, se deberán mantener las mismas condiciones del convenio por el cual nace esta renovación.
Los motivos fundados para establecer esta cláusula de renovación, según lo exigido por el artículo 12 del Reglamento de la Ley N°19.886, son los siguientes: i. Dar continuidad al desarrollo de las soluciones para cumplir con los requerimientos objeto de la modernización de la Ley de Compras Públicas. ii. Se dispone de los recursos para la renovación. iii. Informe de servicio satisfactorio por parte del administrador del contrato.
3.25 LIQUIDACIÓN FINAL DEL CONTRATO
La liquidación final del contrato, tiene por objeto establecer la recepción conforme por parte del supervisor del contrato, del fiel cumplimiento de lo adjudicado, de acuerdo a las especificaciones establecidas en las presentes bases de licitación, sin que existan, por parte del Hospital observaciones pendientes.
Para llevar a cabo la Liquidación, el oferente adjudicado deberá presentar los siguientes documentos que acrediten estar al día en sus obligaciones contractuales, siendo estos:
1. Recepción conforme de todas las facturas en Oficina de Contabilidad del Hospital de Curanilahue.
2. Visto bueno del Supervisor del Contrato (Definido en numeral 3.23 de las presentes bases), que considerará:
a. Que la cantidad pagada corresponda con lo entregado.
b. Que lo contratado se haya realizado en el tiempo y condiciones establecidas por las Bases de Licitación.
c. Que no existan multas pendientes de ser cursadas o pagadas.
El Hospital podrá por medio de esta, verificar la situación existente con respecto a las garantías, cumplimiento de plazo y en el caso de atraso, la aplicación de la multa correspondiente.
3.26 MULTAS A APLICAR EN CASO DE INCUMPLIMIENTO DEL PROVEEDOR
Las multas asociadas al presente convenio, de conformidad con lo previsto en el artículo 22 N°11 y 79 ter del Decreto 250, Reglamento de la Ley de Compras, serán las siguientes causales:
Cada vez que se verifique una falta de parte del proveedor adjudicado, deberá ser informada por Supervisor del contrato del presente convenio, mediante memorándum al jefe del Departamento de Abastecimiento y Logística. Las multas serán informadas mediante un ordinario al proveedor.
Las multas que se aplicarán serán establecidas en UTM, por tanto, serán convertidas al valor de la UTM de la notificación
En el caso que las multas cursadas, en total, sobrepasen el 25% del valor total contratado o que el proveedor incurra en tres incidencias graves de acuerdo a tabla de complejidad, u otros incumplimientos graves asociados en un período de treinta días.
Se entenderá por incumplimiento del contrato la no entrega del servicio contratado por causas ajenas al Hospital, una vez detectada la situación que amerite la aplicación de multas, por parte del supervisor del contrato (jefe de Mantención y Servicios Generales), este deberá informar la situación a Jefatura de Abastecimiento y Logística o quien le subrogue, mediante memorándum, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. Para lo cual el jefe de Abastecimiento y Logística informara al director del hospital mediante Memorándum. El director del Hospital notificará mediante Ordinario a la empresa contratada.
Para efectos de aplicación de las multas se considera lo siguiente:
DESCRIPCIÓN INCIDENCIA MONTO
Incumplimiento reiterado de falta de no asistencia a llamados Incidencia grave 10 UTM por cada incumplimiento
Utilización de personal no calificado para realizar las mantenciones preventivas y correctivas Incidencia grave 7 UTM por cada notificación
Hurto o malversación de parte de los funcionarios de la empresa en el establecimiento Incidencia mediana 10 UTM por cada evidencia
OBSERVACIÓN:
El hospital de Curanilahue podrá hacer uso de la garantía de fiel cumplimiento de contrato y terminar este de forma anticipada, cuando el cobro de multas se curse llegando a su tope, según lo detallado en tabla anterior, según procedimiento de cobro de multas establecido en bases de licitación.
El proveedor también podrá efectuar el pago de la multa de las siguientes maneras: Pago con vale vista nominativo a nombre del Hospital de Curanilahue; Pago a través de transferencia electrónica a la Cuenta Corriente N°55309010441 del Banco Estado (con aviso de la realización del pago de la multa por transferencia electrónica, en la cuenta corriente y al correo tesoreria@hrav.cl y marion.ordenes@hrav.cl
Con todo, el Hospital de Curanilahue podrá poner término anticipado al contrato en cualquier momento y por simple vía administrativa, cuando el oferente adjudicado incurra en incumplimiento, de acuerdo a lo establecido en el punto 3.21 de las presentes bases administrativas.
3.27 PROCEDIMIENTO PARA COBRO DE MULTAS
Una vez detectada la situación que amerite la aplicación de multas, por parte del supervisor del contrato, estos deberán informar la situación a la Jefatura de Abastecimiento y Logística o quien le subrogue, mediante memorándum, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. Para lo cual el Jefe de Abastecimiento y Logística informará al Director del Hospital con visto bueno de Subdirección Administrativa mediante Memorándum.
En el caso de aplicarse multa, el Hospital, notificará por escrito esta decisión al proveedor indicando la causa y monto de la multa a que da origen.
El proveedor podrá reclamar de su aplicación al Director del Hospital, dentro de diez hábiles contados desde la notificación, debiendo ingresar por Oficina de partes una Carta con sus descargos. El Director, resolverá fundadamente la reclamación presentada acogiendo o rechazando los argumentos dados por el proveedor dentro de un plazo de 5 días hábiles, a través de la respectiva resolución, y publicándose oportunamente en el Sistema de Información.
En contra de dicha resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley Nº 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
La multa aplicada deberá pagarse dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde el vencimiento del plazo para presentar la reclamación o resuelto el recurso indicado precedentemente.
El departamento de finanzas a través de unidad de Contabilidad, será el responsable de hacer efectivo el cobro de las multas correspondientes notificadas a través de ordinario según resolución exenta o afecta confeccionada por el área de jurídica del Servicio de Salud Arauco. Si estas, no son pagadas dentro de los 10 días hábiles siguientes contadas desde la fecha de entrega del ordinario de notificación, el Departamento de Abastecimiento y Logística del Hospital de Curanilahue deberá informar por escrito a la Unidad de Contabilidad el No cumplimiento del proveedor para que las multas sean descontadas del pago mensual de los servicios.
Las multas que se apliquen, El proveedor puede efectuar el pago de la multa de las siguientes maneras: Pago con vale vista nominativo a nombre del Hospital de Curanilahue; Pago a través de transferencia electrónica a la cuenta corriente del Banco Estado (con aviso de la realización del pago de la multa por transferencia electrónica, en la cuenta corriente y al correo tesoreria@hrav.c. marion.ordenes@hrav.cl
3.28 OPERATORIA DEL CONVENIO
Se considerarán cinco aspectos como fundamentales para la adquisición de los insumos:
1. Modalidad en que se hará efectiva: El Hospital, concretará la adquisición de Arriendo de Camillas para la Unidad de Equipamiento Clínico sólo mediante emisión de la orden de compra que se remitirá por el portal www.mercadopublico.cl, no respondiendo por adquisiciones o entregas no generadas por este medio. La Orden de Compra por el servicio se hará mensualmente.
2. Emisión y aceptación de las Órdenes de Compra: Ejecutiva de compras del Departamento de Abastecimiento y Logística emitirá en el Portal www.mercadopublico.cl las órdenes de compra de forma Mensual por el Servicio de Arriendo de Camillas para Equipamiento Clínico, por el valor adjudicado. El proveedor deberá aceptar las órdenes de compra en el Portal de Mercado Público una vez efectuada la notificación.
La aceptación de cada Orden de Compra es un requisito fundamental y obligatorio para el pago de la factura correspondiente. El Adjudicatario no podrá rechazar las órdenes de Compra válidamente emitida en conformidad a este convenio.
3. Oportunidad: El proveedor tendrá la obligación de aceptar la orden de compra enviada por el portal de www.mercadopublico.cl en un plazo máximo de 24 horas, desde la fecha de envío a través de la misma plataforma.
3.29 NATURALEZA Y MONTOS DE LAS GARANTÍAS
b) Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato:
El oferente que se adjudique esta licitación pública deberá entregar al Hospital Dr. Rafael Avaria V. de Curanilahue, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la adjudicación, una Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, la que tendrá por objeto asegurar el fiel cumplimiento de sus obligaciones contractuales.
Dicha caución deberá ser mediante cualquier instrumento que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva. deberán ser pagadera a la vista y tener el carácter de irrevocable, tomada por el oferente adjudicado, nominativa a favor del Hospital de Curanilahue.
Tipo de documento : La garantía podrá otorgarse mediante cualquier instrumento que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva. Las garantías deberán ser pagadera a la vista y tener el carácter de irrevocable.
Beneficiario : Hospital de Curanilahue.
Fecha de vencimiento : 60 días hábiles contados desde la fecha de término del contrato.
Monto : 5% del presupuesto total neto disponible para esta licitación.
Glosa : “Para garantizar el total cumplimiento del contrato Licitación Pública ID 2098-38-LP25 y el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores, según lo señalado en el Art. 11º de la Ley Nº19.886”.
En el caso que el documento de garantía sea un Vale Vista, la glosa podrá ser escrita en una hoja adjunta a esté. Si no existiere esta hoja se estimará que representa la garantía de fiel cumplimiento requerida en las presentes Bases.
Entrega física de la Garantía: Deberá ser entregada en sobre cerrado, remitido a nombre de: Hospital Dr. Rafael Avaria V. de Curanilahue, indicando la siguiente leyenda en su exterior “Contiene documento de Fiel Cumplimiento de contrato “ID 2098-38-LP25”. Además, se deberá señalar el nombre de la empresa oferente, su dirección, teléfono, correo electrónico y nombre de contacto. El sobre contenido en el documento, deberá ser enviado a la Oficina de Partes, ubicada en Avenida Bernardo O’Higgins 111, Curanilahue.
En el caso de ser un documento de garantía electrónico, deberá ajustarse a la ley 19.799. SOBRE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS, FIRMA ELECTRÓNICA Y SERVICIOS DE CERTIFICACIÓN DE DICHA FIRMA y remitir al correo: garantias@hrav.cl
En caso que esta garantía sea recibida con fecha de vencimiento anterior a los 60 días hábiles señalados en el presente numeral, el oferente adjudicado deberá reemplazar esta y entregar la nueva garantía correctamente emitida en un plazo que no exceda 5 días hábiles.
Forma y oportunidad de restitución:
La Oficina de Contabilidad del Hospital de Curanilahue, será responsable de la custodia y mantención de las garantías solicitadas, Gestora de Convenios, será la responsable de realizar la devolución de estas garantías al adjudicatario.
Cada proveedor será responsable de retirar en el establecimiento sus documentos de garantía en un plazo de 15 días hábiles posteriores al vencimiento. La Gestora de Convenios realizará devolución al representante legal dejando fotocopia de su cédula de identidad y firmando documento de entrega. En el caso de ser retirado por un tercero, deberá presentar poder notarial para estos fines, dejando fotocopia de su cédula de identidad y del representante legal.
Si transcurrido el plazo de 15 días hábiles posteriores al vencimiento, no han sido retirados, la Gestora de convenios procederá a realizar la devolución mediante envío de documentación vía carta certificada.
Sin embargo, será prerrogativa del Hospital restituir antes de este plazo si se han cumplido todos los requisitos para ello. previo informe del Supervisor del Contrato y de acuerdo a los requisitos establecidos para ello en las presentes Bases.
Cobro de esta garantía:
El Hospital podrá hacer efectivo este documento de garantía cuando se incurra en las faltas establecidas en las cláusulas dispuestas en el numeral 3.26 de las presentes bases Administrativas.
Renovación de esta garantía:
En caso de excepción de aumento de plazo de contrato, esta garantía deberá ser renovada, por el mismo valor y plazo de vencimiento. Además, cada vez que se haga efectiva total o parcialmente y no se ponga término anticipado al contrato.
3.30 ACEPTACIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA
Se emitirán órdenes de Compras mensuales según los memos o correo electrónico emitido por el jefe de Equipamiento Clínico, el cual debe estar con visto bueno del Supervisor de contrato o quien lo subrogue. El proveedor deberá aceptar la orden de compra en el Portal de Mercado Público, para lo cual tendrá un plazo de 24 Hrs. El Adjudicatario no podrá rechazar la orden de Compra válidamente emitida en conformidad a este convenio.
3.31 FACTURACIÓN Y FORMA DE PAGO
El proveedor deberá emitir factura electrónica (DTE) una vez recepcionados conformes los productos contratados por los valores detallados en la presente resolución exenta. Factura Electrónica deberá ser extendida de la siguiente forma:
Razón Social: Hospital de Curanilahue
RUT: 61.602.211-3
Giro: Hospital
Domicilio: Avenida Bernardo O’Higgins Nº 111, Curanilahue
FACTURA ELECTRÓNICA DEBERÁ SER ENVIADA A LA CASILLA DE INTERCAMBIO DE DIPRES. Es responsabilidad del proveedor adjudicado enviar la factura electrónica antes de las 72 horas al correo electrónico dipresrecepcion@custodium.com lo que se enlazará con la plataforma que maneja la DIPRES y que administran funcionarios del Hospital de Curanilahue. En caso de no recibir DTE antes de las 72 horas, será reclamado por la plataforma (SGDTE). DTE también podrá ser rechazado por Dpto. de abastecimiento en el Sistema de Gestión de Documentos Tributarios Electrónicos (SGDTE), en el caso de que contenga errores de emisión y/o no se hayan recibido conformes los productos y/o servicios. En ambos casos, Proveedor queda obligado a emitir un nuevo DTE (Refacturación) y la correspondiente Nota de Crédito que anule a DTE reclamado.
En caso de Proveedores nuevos y que sus datos bancarios no se encuentren registrados en la base de datos del Hospital, el proveedor deberá informar mediante correo electrónico contabilidad@hrav.cl y idilia.campos@hrav.cl, la Cuenta Corriente para la realización del Pago Centralizado por parte de la Tesorería General de la República (TGR). La cuenta informada debe ser coincidente con la cuenta registrada en la TGR. Se adjuntará a la Orden de Compra “Guía Usuario Comprobante de Pago TGR”, para la extracción de comprobante de Pago Centralizado.
En el caso de que el oferente adjudicado sea una Unión Temporal de Proveedores, el representante o apoderado común con poderes suficientes, deberá informar cómo se genera la emisión de la factura de la respectiva adquisición, o debe estar previamente establecidos en Bases de Licitación.
PROCESO DESCRIPTIVO O ACLARATORIO DEL PROCESO DE FACTURACIÓN: Primero: Hospital Curanilahue a través de funcionarios del departamento de abastecimiento y Logística emitirá a través del portal www.mercadopublico.cl, una orden de compra, la que quedará automáticamente en estado “Enviada a proveedor”
Segundo: Proveedor deberá aceptar orden de compra a través del portal www.mercadopublico.cl, siendo este requisito obligatorio para aceptar con posterioridad factura electrónica
Tercero: Proveedor deberá despachar con guía de despacho los bienes adquiridos a través de la correspondiente orden de compra, siendo requisito obligatorio para aceptar con posterioridad factura electrónica, que deberá emitir cada proveedor adjudicado en la casilla de intercambio dispuesta por la DIPRES.
IMPORTANTE: Cuando se trata de entrega de bienes, estos deben ser despachados con guía de despacho. Si estos fuesen despachados con factura, esta será rechazada en la plataforma de DTE. Una vez recepcionado conforme según guía de despacho emitida por la entidad contratada, la entidad contratante recepcionará conforme en la plataforma www.mercadopublico.cl, y luego de esto proveedor deberá emitir la correspondiente factura.
Cuando se trata de entrega de servicios, estos deben ser entregados a la entidad contratante y una vez recepcionado conforme, proveedor deberá emitir la correspondiente factura.
Cuarto: Una vez recepcionados conformes los bienes y/o servicios entregados con guía de despacho, el Hospital Curanilahue a través de funcionarios del departamento de abastecimiento y Logística realizará la recepción conforme a través del portal www.mercadopublico.cl
Quinto: Una vez emitida la recepción conforme de la respectiva orden de compra en la plataforma www.mercadopublico.cl, proveedor deberá emitir la respectiva factura electrónica. Esta acción no debe ocurrir antes y si esto ocurriera, factura será rechazada por Dpto. de Abastecimiento en plataforma dispuesta por la DIPRES.
Sexto: Una vez ocurrido lo anterior y en caso, que factura electrónica se encuentra con la información pertinente de acuerdo a lo solicitado en la presente contratación, el hospital tendrá un plazo de 8 días corridos para aceptar o rechazar la factura electrónica contados desde la fecha de emisión de esta, la cual deberá ser ingresada en plataforma dispuesta por la DIPRES. Si el hospital de Curanilahue, no rechaza la factura electrónica se entenderá por recibida conforme.
Cada proveedor, al momento de emitir la factura electrónica deberá indicar en esta, el número de la orden de compra a la cual se encuentra asociada, en el campo “Folio de Referencia” del Documento Tributario Electrónico (DTE), a la vez al momento de seleccionar la forma de pago deberá seleccionar “CRÉDITO”, siendo estos requisitos indispensables para la aceptación de la factura electrónica en SGDTE. Una vez recibida conforme la factura electrónica, el Hospital Dr. Rafael Avaria V. de Curanilahue procederá a su pago en un plazo no superior a 30 días.
Por el sistema de pago centralizado ejecutado por la Tesorería General de la República, para consultar respecto al pago de facturas, se debe realizar en pagina web de la TGR, https://www.tgr.cl/pago-a-proveedores-delestado/
Séptimo: Mediante la Circular N°14 del 08 de marzo de 2023, la Dirección de Presupuestos informó sobre la suspensión, por un plazo de 180 días corridos, contados desde el viernes 10 de marzo de 2023, sobre el procedimiento de gestión automatizada electrónica y centralizada de órdenes de pago a proveedores del Estado a través de su Plataforma de Pago Automatizado -PPA-. Por lo que el pago será realizado directamente por la Institución a la que el Proveedor prestó el servicio. Por tal razón, en plataforma de TGR, solo se visualizarán facturas enviadas a pago que están con tramitación con anterioridad a esa fecha y se encuentren calendarizadas, aunque su fecha de pago sea posterior a esa fecha.
Para consultar respecto al pago de facturas, se debe realizar a través de la página web del Hospital de Curanilahue, Pago de Proveedores https://pagos.bancoestado.cl/ConsultaProveedores/login.aspx?MID=Nl1HmVUnFybpAWjqmsutRTdOvurHqcbo
Octavo: De acuerdo a las últimas indicaciones entregadas por la Dirección de Presupuestos, en el caso que exista factura que ingrese al flujo de pago centralizado, siendo pagada por TGR y que posteriormente el proveedor emita nota de crédito asociada a dicho documento, se deberá efectuar devolución a la institución pública respectiva. El proveedor deberá realizar una transferencia directa al Establecimiento, por el monto a reintegrar, la cual debe ser ingresada a la Cuenta Corriente N°55309010441 del Banco Estado, informando a los siguientes correos electrónicos a contabilidad@hrav.cl, tesoreria@hrav.cl, abastecimiento@hrav.cl
Los proveedores NO deben efectuar devoluciones directamente a TGR. Siendo responsabilidad del Proveedor realizar el reintegro de fondos, toda vez que se le notifique esta solicitud de parte del Establecimiento.
3.32 COMPORTAMIENTO ÉTICO DEL ADJUDICATARIO
El proveedor que resulte adjudicado, sus dependientes y en general quienes directa o indirectamente entreguen el suministro o presten el servicio licitado en el presente Convenio, no podrán ofrecer obsequios o cualquier regalía que pudiere implicar un conflicto de intereses presente o futuro entre dicho adjudicatario y la Entidad compradora, debiendo observar el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos.
3.33 ASPECTOS NO PREVISTOS EN BASES DEL CONVENIO
"El Hospital Dr. Rafael Avaria Valenzuela, con el consentimiento del proveedor, podrán incorporar tareas, funciones y/o procedimientos del servicio adjudicado, que no hayan sido previstos en la presente licitación, mientras que estos no alteren el objetivo del servicio contratado, se refieran precisamente a labores directamente relacionadas con el servicio contratado", en las cuales tendrán por objeto acabar detalles del funcionamiento de aquellas no estipuladas en las presentes bases y/u oferta del proveedor adjudicado.
3.34 DE LA INCORPORACIÓN DE SERVICIOS NO CONTEMPLADOS Y DE LA MODIFICACIÓN AL CONTRATO
Por razones emergentes debidamente justificadas, el Hospital Dr. Rafael Avaria Valenzuela de Curanilahue podrá requerir durante la ejecución del contrato, hasta un 30% el aumento o disminución, en forma inmediata, el monto total del servicio contratado, conforme a un proceso de evaluación de la gestión realizada o de requerimientos fundados para el buen funcionamiento administrativo. En estas circunstancias, se valorizará de acuerdo al precio entregado en la propuesta del oferente, señalado en el Anexo N° 2 “Oferta Económica”, de la presente licitación. En todo caso, cualquier modificación del contrato, sea ampliación y/o disminución de los servicios, se efectuará mediante la celebración del correspondiente acuerdo de modificación, el cual será suscrito por ambas partes y aprobado por el correspondiente acto administrativo. Lo anterior a lo dispuesto en el artículo 77 del Reglamento de la Ley 19.886.
3.35 PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4. El oferente se obliga a consultar con la entidad pública convocante, de todo error, duda, ambigüedad u omisión, que identifique en las bases, y a no sacar ventaja de la misma en la formulación de su oferta.
5. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecu7encias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
10. El oferente y/o contratista acepta la prohibición de subcontratar el bien o servicio adjudicado y/o contratado, salvo autorización expresa del HRAV de Curanilahue.
3.36 DEBERES Y PROHIBICIONES DE FUNCIONARIOS PÚBLICOS, ENCARGADOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA LICITACIÓN
a. Queda estrictamente prohibido aceptar en beneficio del Servicio cualquier donación que, por sus características de monto, tiempo, lugar o cualquier otro indicio, pueda estar asociada a alguna negociación con el donante.
b. Usar en beneficio propio o de terceros la información reservada o privilegiada a que se tuviere acceso en razón de la función pública que se desempeña.
c. Hacer valer indebidamente la posición funcionaria para influir sobre una persona con el objeto de conseguir un beneficio directo o indirecto para sí o para un tercero.
d. Solicitar, hacerse prometer o aceptar, en razón del cargo, para sí o para terceros, donativos, ventajas o privilegios de cualquier naturaleza.
e. Participar en decisiones en que exista cualquier circunstancia que le reste imparcialidad.
f. Omitir o eludir la propuesta pública en los casos que la ley disponga.
g. Contravenir los deberes de eficiencia, eficacia y legalidad con grave entorpecimiento del servicio o causando un gasto innecesario a la institución.
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