Los oferentes y, posteriormente, el proveedor adjudicado, declaran
que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, aceptan
expresamente este pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada
una de las estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se
señalen en el resto de las Bases de licitación y demás documentos integrantes.
Especialmente, aceptan suministrar toda la información y documentación
que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes Bases de
licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
a. Respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores,
entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la
República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad
al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el proveedor adjudicado se
compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar
dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus
actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se
produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y
Empresas de Naciones Unidas.
b. No ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos,
regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o
monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso
de licitación pública, ni con la ejecución de el o los Contratos que
eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a
terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso
licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y
ejecución del Contrato que de ello se derive.
c. No intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o
conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre
competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente,
aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza
colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
d. Revisar y verificar toda la información y documentación que deba
presentar para el proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean
necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia,
precisión y vigencia.
e. Ajustar su
actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en
el presente proceso licitatorio y en la ejecución del Contrato.
f. No divulgar, compartir o comercializar por ningún medio de
comunicación, la información de carácter confidencial que el Hospital Dipreca
proporcione al proveedor, en razón de la ejecución del Contrato respectivo, ya
sea, de aquella establecida en el Artículo 10, inciso 4, de la Ley Nº20.584,
sobre los Derechos y Deberes del Paciente; de la establecida en el Artículo 20,
inciso 2, de la Ley Nº19.886, o de cualquier otra información, ya sea, relativa
a pacientes, funcionarios, bienes o servicios del Hospital Dipreca, que revista
la calidad de secreta, confidencial o sensible, establecida por la Ley y/o
definida así por el Hospital.
Los oferentes y, posteriormente, el proveedor adjudicado, manifiestan
conocer las reglas y condiciones establecidas en las Bases de licitación y en
el Contrato respectivo, y se comprometen a respetarlas.
Asimismo, reconocen y declaran que la oferta presentada en el proceso
licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos
técnicos y económicos ajustados a la realidad, asegurando la posibilidad de
cumplirla en las condiciones y oportunidad ofertadas.
Los oferentes y,
posteriormente, el proveedor adjudicado, se obligan a tomar todas las medidas
que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean
cabalmente cumplidas por sus empleados, asesores, agentes, subcontratistas y,
en general, todas las personas con que aquél se relacione, directa o
indirectamente, en virtud o como efecto de la presente licitación o del
Contrato. Por tanto, se harán plenamente responsable de las consecuencias de su
infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también
procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.