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Resolución de Empates |
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En caso de igualdad de puntajes de diferentes propuestas, será el criterio precio (Valor de la oferta) el que determine la adjudicación. En caso de persistir el empate será el año de fabricación el que determine la adjudicación. Si aun persiste el empate será el criterio experiencia del oferente el que determine la adjudicación.
Si aun persiste el empate será la primera oferta ingresada al portal la que determine la adjudicación.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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Las consultas referentes a la adjudicación, podrán hacerse hasta 2 días hábiles posteriores a la adjudicación, al correo electrónico aquiles.andrade@conaf.cl
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
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CONAF solicitará a la empresa o persona natural adjudicada el cumplimiento de las obligaciones legales para con sus trabajadores. El proveedor deberá entregar los antecedentes laborales y previsionales de los trabajadores que participen directamente en el servicio. Se deberán acompañar específicamente los comprobantes de pago de las remuneraciones y cotizaciones de seguridad social que correspondan, de todos los trabajadores que forman parte del equipo de trabajo. En caso que los antecedentes acompañados por el proveedor no sean suficientes, CONAF se encuentra facultada para ejercer los derechos que establece la Ley N° 20.123 sobre subcontratación. Esta documentación será solicitada para el pago de la factura correspondiente
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
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Posterior al cierre de la licitación no se aceptará ningún tipo de antecedente técnico, administrativo ni económico, a menos que estos sean solicitados por CONAF, a través del foro aclaraciones del sistema de compra publicas, lo que será evaluado en el criterio “cumplimiento de los requisitos formales de la presentación de ofertas
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Apertura de las ofertas |
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La apertura de las ofertas se realizará en forma electrónica de acuerdo a las fechas establecidas en el sistema.
La sola presentación de la oferta, importará la aceptación del oferente de todas y cada una de las condiciones señaladas en las presentes bases, en cuanto les sean aplicables.
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De la adjudicación |
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la adjudicación se realizará sólo entre los oferentes que cuenten con la inscripción en el Registro de Proveedores del Estado, y que tengan la habilidad para contratar con el Estado.
En el caso de que la mejor evaluación la obtenga un oferente sin lo solicitado, se procederá a adjudicar al que continúe en la respectiva tabla de evaluación, y así sucesivamente.
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Readjudicación: |
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En caso de que el proveedor rechace la adjudicación y/o la Orden de Compra, se procederá a readjudicar al proveedor que continúe en la respectiva tabla de evaluación.
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Plazo de adjudicación |
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Si la adjudicación de la licitación no se efectuase en el plazo indicado, podrá aplazarse ésta mediante resolución fundada, indicando el nuevo plazo de adjudicación
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Cláusula de confidencialidad |
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El proveedor adjudicado y el personal de su dependencia no podrán divulgar a terceros, bajo ninguna condición, el contenido del contrato y la información y/o documentación que, con motivo de su ejecución, reciba o tome conocimiento, actividades o cualquier otro tipo de información interna o propia de CONAF, respecto a su actuar administrativo, de investigación y de gestión. Específicamente, queda prohibido al proveedor adjudicado y a su personal, divulgar a hacer pública cualquier información obtenida y/o entregada.
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Aplazamiento del cierre de la Licitación: |
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En caso de no existir ofertas un día antes del plazo de cierre de la licitación, podrá aplazarse el cierre de la licitación por cinco días corridos desde la fecha de cierre original.
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Modificación a las Bases |
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En caso de ser requerida la modificación de las bases, CONAF podrá efectuar las correcciones y/o modificaciones necesarias, previa resolución fundada, procediendo a aumentar los plazos establecidos.
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Comisión Evaluadora |
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Las ofertas que cumplan con todos los requisitos formales de presentación serán evaluadas por CONAF, quien constituirá para tal efecto, una comisión evaluadora integrada por la Jefa del Departamento Finanzas y Administración o a quien designe, el Jefe Departamento Protección Contra Incendios Forestales o a quien designe, el Encargado Unidad Finanzas y Administración Departamento Protección Contra Incendios Forestales o quien designe y como Ministro de Fe y asesor de la comisión, la Jefe de la Unidad de Jurídica o a quien designe. La comisión, luego de su evaluación, emitirá un acta o informe con el análisis de las ofertas evaluadas.
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Orden de Compra: |
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Una vez adjudicada la licitación pública, se procederá al envío de la respectiva orden de compra. En el caso de que el adjudicatario no acepte la orden de compra, CONAF podrá solicitar su rechazo en un plazo de 5 días hábiles desde la fecha de envío de este documento al proveedor, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud
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Contrato |
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El adjudicatario deberá suscribir el contrato correspondiente en el lugar y fecha que señale CONAF. En cualquier caso, este se firmará en un plazo no mayor a 10 días hábiles a partir de la aceptación de la Orden de Compra.
Previo a la firma del contrato, si el adjudicatario es una sociedad, deberá entregar a CONAF los siguientes antecedentes, a menos que éstos se encuentren disponibles en el Portal www.chileproveedores.cl.
Fotocopia legalizada de la escritura de constitución de la sociedad y de sus modificaciones.
Constancia de publicación y modificaciones posteriores si las hubiera.
Certificado de vigencia de la sociedad.
Documento que acredite personería y facultades del o los representantes legales.
Si el contrato no se suscribe por la no entrega de la documentación señalada o por desistimiento por parte del adjudicado u otra causal, CONAF quedará en libertad de acción para licitar nuevamente o bien readjudicar la licitación a otro oferente.
La redacción del contrato será efectuada por CONAF, siendo su tenor conocido por el adjudicatario, con anterioridad a su firma, a fin que manifieste su conformidad u observaciones.
Las presentes Bases de Licitación y sus anexos formarán parte integrante del contrato a suscribir.
El contrato que se suscriba para formalizar el servicio descrito en esta licitación no podrá ser transferido a un tercero bajo ningún titulo.
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Término anticipado del contrato |
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CONAF podrá poner término anticipado al contrato, por las causales que se indica a continuación, las que no son de carácter taxativo:
1.- El no pago de las remuneraciones y/o cotizaciones de sus trabajadores.
2.- Provocar por negligencia del personal del adjudicatario, daños a la propiedad de CONAF o de funcionarios de ésta.
3.- No facilitar, cuando CONAF así lo solicite, documentos fotocopiados de las imposiciones y liquidaciones de pago de la totalidad del personal dependiente del oferente.
4.- No atender las instrucciones o solicitudes de corrección de los trabajos por parte de quien esté a cargo de la supervisión del servicio por parte de CONAF.
5.- En caso de muerte, reorganización y liquidación o incapacidad sobreviviente del proveedor.
6.- Cancelación o extinción de la personalidad jurídica del proveedor.
7.- Inoperatividad del camión en más de dos ocasiones dentro de un mismo mes calendario, o por más de dos días consecutivos sin reemplazo de camión, sea por fallas mecánicas, no prestación del servicio por falta de conductor/operador u otro motivo de responsabilidad del proveedor.
8.- Multas reiteradas por incumplimiento en la prestación del servicio, cualquier sea su origen.
9.- Por mutuo acuerdo de las partes.
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Procedimiento de aplicación en caso de incumplimientos del contrato: |
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.- En caso de los incumplimientos mencionados anteriormente, CONAF enviará un correo electrónico al proveedor, comunicando la intención de poner término anticipado al contrato.
2.- El proveedor, tendrá un plazo de 24 horas, desde la recepción del correo, señalado en el número antecedente para efectuar sus descargos.
3.- Una vez transcurrido el plazo, para realizar los descargos, la Corporación emitirá una Resolución fundada informando lo resuelto.
4.- Respecto de la Resolución, el proveedor dispondrá de los recursos establecidos en la Ley 19.880.
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Obligaciones generales del adjudicatario |
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El adjudicatario responderá por sus hechos y omisiones, por los de sus trabajadores y por los de sus contratistas.
CONAF no contraerá ningún vínculo laboral con los trabajadores que participen en el servicio prestado.
Ante cualquier problema o daño que se suscite con terceros en la entrega del servicio será expresa responsabilidad del adjudicatario.
El contratista deberá dar cumplimiento a las normas laborales relacionadas con seguridad y salubridad en el trabajo.
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De la Ley de Subcontratación (Ley 20.123) |
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Los contratistas y sus conductores están sujetos a la ley de subcontratación, CONAF como empresa principal tiene la obligación de hacer cumplir dicha ley en su relación con el contratista del servicio de arriendo de camión aljibe para el combate de incendios forestales, razón por lo cual se adjunta una lista de chequeo que los contratistas deben cumplir Anexo N° 7.
El contratista deberá proveer para cada uno de sus choferes (titular y remplazos) de los elementos de protección personal (debidamente certificados, según corresponda), se debe contemplar a lo menos lo siguiente; gorro legionario o con cubre nuca, chaqueta tipo geólogo, color azul, con huincha reflectante, jeans o pantalón cargo, zapato de seguridad media caña (No zapatilla), bloqueador solar factor 50+, guantes de cabritilla o similar y antiparras o lente de protección UV. Todo lo anterior debidamente registrado, en documento verificador entregado a contra firma del trabajador.
Al inicio del contrato, así como periódicamente CONAF revisará los ítems relacionados a la ley de subcontratación, que se señalan en el documento anexo N° 7 “Inspección de cumplimiento de empresa contratista“.
Si revisados los antecedentes señalados en el anexo N° 7 “Inspección de cumplimiento de empresa contratista“, se registraran incumplimientos, la Corporación otorgará, a través de una comunicación escrita, un plazo prudencial al contratista para regularizar dichos incumplimientos. Vencido el plazo, no evidenciándose la corrección a las faltas registradas, la Corporación podrá cursar una multa de 1 Unidad de Fomento (UF) por cada incumplimiento (el valor de la UF será la de la fecha en que se aplique la multa).
Cursada la multa a que se refiere el párrafo anterior, se otorgará un nuevo plazo de 5 días corridos para corregir las observaciones levantadas. En caso que no se verifique la corrección solicitada vencido el plazo, CONAF estará facultada para poner término anticipado al contrato por incumplimiento de las obligaciones del mismo y cobrar la garantía de fiel cumplimiento.
Lo anterior será comunicado al contratista en forma escrita.
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Modalidad de Pago del Contrato: |
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El pago del servicio se efectuará por periodos mensuales vencidos, dentro de los 30 días siguientes a la fecha de presentación de la factura respectiva.
Las facturas emitidas deben corresponder a la misma persona o empresa que suscribe el contrato.
CONAF solicitará a la empresa o persona natural adjudicada el cumplimiento de las obligaciones legales para con sus trabajadores. El proveedor deberá entregar los antecedentes laborales y previsionales de los trabajadores que participen directamente en el servicio. Se deberán acompañar específicamente los comprobantes de pago de las remuneraciones y cotizaciones de seguridad social que correspondan, de todos los trabajadores que forman parte del equipo de trabajo. En caso que los antecedentes acompañados por el proveedor no sean suficientes, CONAF se encuentra facultada para ejercer los derechos que establece la Ley N° 20.123 sobre subcontratación. Esta documentación será solicitada para el pago de la factura correspondiente.
Para la presentación de antecedentes previsionales, deberá adjuntar “Certificado de Cotizaciones Previsionales Pagadas”. No se aceptarán certificado de cotizaciones declaradas.
Esta acreditación deberá efectuarse mensualmente para los efectos de cada pago mensual al transportista, acreditación que será condición para proceder a dicho pago.
Para la presentación de antecedentes previsionales, deberá adjuntar “Certificado de cotizaciones previsionales pagadas”, no se aceptaran certificados de cotizaciones declaradas.
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Descripción del servicio solicitado |
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El camión aljibe será utilizado dentro de la Región de Valparaíso, pudiendo trasladarse a cualquier punto del país, si las circunstancias así lo requieren. Sin perjuicio de lo señalado, al inicio de la prestación del servicio de, el vehículo quedará asignado para la prestación del mismo, a la brigada Palma 5, ubicada en Aeródromo Rodelillo s/n, de la comuna de Valparaíso
Durante el periodo de prestación del servicio, el camión aljibe, como su conductor deberán permanecer en funciones para CONAF las 24 horas de cada día de la semana, considerando inclusive los días sábados, domingos y festivos. El propietario deberá disponer durante el periodo de arriendo, de un conductor/operador de motobomba de reemplazo, a objeto que el titular disponga del descanso que le corresponda de acuerdo a lo establecido en la legislación laboral vigente.
El camión aljibe se contratará sin tope horas y de kilometraje, con conductor/operador de motobomba.
Durante el periodo de prestación del servicio, CONAF se reserva el derecho de rotar el camión aljibe dentro de la región.
En la cabina del camión aljibe podrá instalarse, por cuenta de CONAF y durante el periodo de arriendo, un equipo de radiocomunicaciones, además, de la respectiva antena en el techo.
En la parte externa de la cabina y carrocería, CONAF podrá instalar letreros y/o logos autoadhesivos institucionales o que señalen, la condición de emergencia del camión que presta el servicio.
Con el objeto de hacer más eficiente el trabajo del camión aljibe, CONAF incorporará a la dotación del camión, de un máximo de dos personas las cuales serán de cargo de esta institución, dichas personas serán combatientes que cumplirán la labor de extinción de incendios forestales mediante el uso de agua proporcionado por el camión aljibe mediante mangueras.
Adicionalmente al uso principal del camión, en la extinción directa de incendios forestales, se podrá ocupar como fuente de abastecimiento a unidades de CONAF y de bomberos dedicadas a la extinción de estos siniestros.
La Corporación lo podrá utilizar en otras actividades si así lo estima pertinente.
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De la Continuidad del Servicio. |
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La continuidad del servicio es una obligación esencial del contratista, atendido la naturaleza de la función de combate de incendios forestales que cumple CONAF.
En razón a lo expresado precedentemente, el servicio deberá ser prestado de manera continua, de acuerdo a los requerimientos efectuados por CONAF en cada caso. Por lo tanto, si el vehículo se encuentra inoperativo por cualquier motivo, o el conductor/operador de motobomba, no pudiese trabajar por haber cumplido su jornada de trabajo, encontrarse con licencia médica, o por cualquier otra razón, no será causal para no prestar el servicio.
CONAF exigirá la prestación del servicio en los términos establecidos en las bases, pudiendo cobrar multas de 1 Unidad de Fomento (UF) por cada día en que el camión aljibe no haya prestado servicios (el valor de la UF será la de la fecha en que se aplique la multa). Adicionalmente CONAF descontará del contrato el valor proporcional correspondiente al periodo (días o medios días) no trabajados.
Para proceder a cursar una multa por inasistencia del conductor/operador motobomba, el móvil debe declarase inoperativo y esperar un plazo de una hora, si no se presenta un conductor/operador motobomba dentro de ese plazo, se informará mediante correo electrónico al contratista la aplicación de la multa.
El proveedor, tendrá un plazo de 24 horas, desde la recepción del correo indicado precedentemente para realizar los descargos pertinentes.
Una vez transcurrido el plazo para realizar los descargos, la Corporación emitirá una carta oficial, respecto de la aplicación o no de la multa.
Si la situación (inasistencia del conductor/operador motobomba) se repite más de dos veces en un mismo mes, CONAF estará facultada para poner término anticipado al contrato por incumplimiento de las obligaciones del mismo y cobrar la garantía de fiel cumplimiento.
Lo anterior será comunicado al contratista en forma escrita.
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De las inspecciones |
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Se inspeccionará por parte de funcionarios de la Corporación, la forma de utilizar la motobomba por parte del conductor y la forma de conducir de éste. Además, se revisarán las condiciones que presente el camión aljibe según contrato, a través de observaciones o inspecciones de acuerdo a lo establecido en el Plan Regional de seguridad y salud ocupacional del Departamento de Protección Contra Incendios Forestales.
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Mantenciones y Reparaciones de los Vehículos |
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Las mantenciones y reparaciones o cualquier otro daño que sufra o cause el vehículo, serán de costo del contratista.
En caso de accidente será obligación del contratista gestionar los trámites ante la Compañía de Seguros que corresponda, si la reparación del daño supera el tiempo establecido en el punto “de los permisos“, párrafo segundo, deberá proveer un vehículo de reemplazo de similares características del vehículo accidentado.
Cualquier desperfecto del vehículo por el cual éste resulte fuera de servicio (no operativo), deberá ser reparado por el contratista en el tiempo indicado en la cláusula “de los permisos”, (párrafo segundo) de las presentes bases. La reparación debe llevarse a cabo preferentemente dentro de la comuna a la que el vehículo fue asignado.
Si la reparación requiriese de un tiempo superior al medio día, el contratista deberá reemplazar por su cuenta el vehículo, por otro, de similares características y, en lo posible con el mismo conductor/operador motobomba. En caso del cambio de conductor por este motivo, el contratista deberá cumplir con las mismas exigencias laborales y previsionales exigidas para conductores titulares en las presentes bases, esto significa, que deberá existir una relación laboral formal, lo que será inspeccionado por CONAF. El reemplazo deberá realizarse a más tardar al momento de cumplir el periodo de medio día otorgado como mantención, según lo señala la cláusula “de los permisos”, (párrafo segundo) de las presentes bases. En todo caso CONAF descontará del contrato el valor proporcional correspondiente al número de días no trabajados, que superen el tiempo permitido para la mantención o reparación del vehículo.
La solicitud de reparación del vehículo deberá hacerla el contratista mediante correo electrónico a la Central de Coordinación Regional, así mismo, realizada la reparación debe enviar un resumen de los trabajos efectuados.
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SEGUROS |
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Aceptado los camiones aljibes por CONAF, el contratista deberá contratar a su costo, por cada camión, los seguros respectivos, cubriendo por lo menos, los riesgos indicados a continuación:
Daños propios (valor comercial), debe incluir cubertura de riesgo de incendio.
Daños contra terceros (responsabilidad civil) a lo menos 300 UF.
Robos y/o hurtos (valor comercial de vehículos).
Seguro obligatorio contra daños personales, establecido por la Ley de Tránsito (significa tener la situación al día de este seguro).
Seguro por asiento, de acuerdo a la capacidad técnica del vehículo, por un monto unitario de UF 240, que cubra incapacidad y muerte por accidentes
La vigencia de las pólizas señaladas deberá cubrir toda la vigencia del contrato. Si una de ellas venciere dentro de ese periodo, el contratista estará obligado a su renovación inmediata, la cual también será de su cargo.
El oferente seleccionado deberá entregar, previo a la suscripción del contrato, copia de las pólizas emitidas por la compañía de seguros. La Corporación se reserva el derecho de solicitar al arrendador o contratista, el documento que certifica el pago de dicha póliza.
Los seguros deben ser contratados sin deducible.
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DE LOS PERMISOS |
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Para la obtención del permiso de circulación, revisión técnica y contratación del seguro obligatorio, el contratista dispondrá de no más de un día, el que será previamente autorizado por el Jefe del Departamento de Protección Contra Incendios Forestales, durante el mes que la ley hubiere habilitado para este fin.
Los camiones aljibes dispondrán de dos medios días por mes cumplido, no acumulativo, a fin de efectuar mantenciones y/o reparaciones, pudiendo el contratista retirarlo de las labores por el tiempo indicado.
En todo caso, la oportunidad en que dichos medios días se puedan hacer efectivos, será autorizado por el Jefe del Departamento de Protección Contra Incendios Forestales, a través de la Central de Operaciones.
En el caso de fallas de los camiones, el contratista podrá corregirlas o repararlas utilizando el tiempo señalado precedentemente. Si la reparación requiriere un tiempo superior a un día, el contratista deberá reemplazar por su cuenta el vehículo dañado, por otro de similares características y, en lo posible con el mismo conductor/operador. El reemplazo deberá realizarse al día siguiente del plazo señalado precedentemente.
CONAF descontará del servicio el valor proporcional correspondiente al número de días no trabajados, que superen el tiempo permitido para la mantención o reparación del vehículo.
En caso de accidentes será obligación del propietario gestionar los trámites de los seguros señalados anteriormente. Si la reparación del vehículo o el daño no pudiera realizarse en un tiempo de 24 horas el contratista deberá reemplazarlo por su cuenta, teniendo presente todo lo señalado precedentemente.
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DEL CONDUCTOR |
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En lo relativo a los conductor/operador, titular y de reemplazo, se deberá dar cumplimiento a los siguientes aspectos:
No tendrá ningún vínculo laboral con CONAF, siendo responsabilidad del contratista el pago de las remuneraciones, feriado, horas extras, leyes sociales, etc.
Experiencia mínima de 5 años, para el caso del conductor del camión aljibe.
Conocer cabalmente el camión aljibe que conducirá y estar en posesión de licencia respectiva, legalmente establecida durante toda la vigencia del contrato, además deberá presentar a más tardar tres días hábiles desde la adjudicación:
1.- Fotocopia licencia conducir
2.- Carnet de identidad
3.- Certificado antecedente del conductor/operador
4.- Certificado manejo a la defensiva
5.- Hoja de vida del conductor.
El conductor/operador deberá conocer cabalmente el funcionamiento y operación de la motobomba y deberá acatar las instrucciones del jefe de brigada, o en su defecto, del jefe de incendio, respecto de la utilización del camión aljibe y, además, cumplir tanto con el reglamento interno de la brigada, como el de seguridad del Departamento de Protección Contra Incendios Forestales.
Por razones debidamente calificadas por la Corporación, ésta queda facultada para que, en cualquier momento, pueda exigir el cambio conductor/operador de motobomba.
Atendida la naturaleza de la labor de combate de incendio forestal y la atención de las emergencias imprevistas que ello supone, se debe contar con un servicio del camión aljibe continuo, para lo cual, es necesario que los conductores/operadores de motobombas, se encuentren en la base de brigada a disposición de iniciar el servicio en cualquier momento, si la operaciones de combate de los incendios forestales así lo requieren, por lo expuesto, CONAF entregará la alimentación y alojamiento a los conductores/operadores de motobomba, en el mismo régimen de las bases de brigadas. Será responsabilidad del contratista disponer para el conductor/operador de motobomba de un saco de dormir o ropa de cama.
El conductor deberá disponer de un fondo en dinero efectivo, permanente, de $100.000.- para cancelación de reparaciones menores, en que no sea necesario solicitar el permiso establecido en el punto “ De los Permisos”, párrafo segundo, de estas bases, dinero respecto del cual CONAF no tendrá responsabilidad alguna.
De este mismo fondo se utilizará para cancelar los peajes, gasto que será devuelto por CONAF una vez que sea rendido.
Será responsabilidad del contratista, a través del conductor, mantener el camión aljibe operativo con combustible, sin restricción de horas y kilometraje recorrido, en los diferentes desplazamientos, aseo interno y externo del vehículo.
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CARACTERÍSTICAS CAMIÓN ALJIBE |
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Camión del tipo Ford Cargo, o similar.
Año de fabricación preferentemente superior año 2009.
Estanque de agua con capacidad entre 8.000 y 10.000 litros.
Motobomba de 3 “para succión y de 1,5 “para salida, con reducción, con llaves a 2 salidas, con conexiones storch.
Con conductor.
Camión sin doble puente.
Cabina con capacidad para tres personas.
Cilindrada sobre 6.500 cc., (6.5 lt.)
Vaciado rápido.
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